NTC 1757

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1757 1982-08-04 MECÁNICA. MEZCLADORAS DE HORMIGÓN. GENERALIDADES E: MECHANICS. CONCRETE

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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 1757 1982-08-04

MECÁNICA. MEZCLADORAS DE HORMIGÓN. GENERALIDADES

E:

MECHANICS. CONCRETE MIXER. GENERALITIES

CORRESPONDENCIA:

DESCRIPTORES:

mezcladora; mezcladora de hormigón; equipo de obra; mezcladora de concreto.

I.C.S.: 91.220.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. Tel. 6078888 Fax 2221435

Prohibida su reproducción

Editada 2003-11-11

PRÓLOGO

El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 1757 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1982-08-04. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico C2.4 Maquinaria y equipo para uso en Construcción e Ingeniería Sanitaria. ACUAFORJAS S.A. CÁMARA COLOMBIANA DE LA CONSTRUCCIÓN -CAMACOL-SECCIONAL ANTIOQUIA EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI -EMCALIESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA GRIFOS Y VÁLVULAS S A.-GRIVALHELBERT & CÍA LTDA. HIDROMAC COINOR INDUSTRIAL S.A. INDUSTRIAS CONSOLIDADAS LTDA.

INDUSTRIAS HIDRO-MECÁNICAS LTDA. INDUSTRIAS METALÚRGICAS APOLO S.A. INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO MUNICIPAL-INSFOPALMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA SOCIEDAD GENERAL DE SUPERVISIONES S.A. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO URREGO G. MARTINIANO

Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las siguientes empresas: CANTERAS Y ARENERAS SAN ANTONIO S.A. EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESCOBAR Y MARTÍNEZ LTDA. INDUSTRIAS TECNOCONCRETO DE COLOMBIA S.A.. INSTITUTO COLOMBIANO DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES - ICCE-

INSTITUTO COLOMBIANO DE PRODUCTORES DE CEMENTO - ICPCSIKA ANDINA S.A. WALSON LTDA. MANUFACTURAS METÁLICAS GUALTER SEMCO LTDA.

ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN

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NTC 1757

MECÁNICA. MEZCLADORAS DE HORMIGÓN. GENERALIDADES

1.

OBJETO

1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir las mezcladoras de hormigón y sus accesorios. 1.2 Esta norma contempla las mezcladoras de hormigón de los tipos de caída libre (tambor) y acción forzada (cubeta). No se aplica a las mezcladoras tipo camión. 2.

DEFINICIONES Y DESIGNACIÓN

2.1

DEFINICIONES

2.1.1 Mezcladora de hormigón de caída libre (tipo tambor): aquella que posee un tambor que gira alrededor de un eje horizontal o inclinado y tiene generalmente una serie de aspas montadas internamente. La acción de mezclado se realiza cuando una porción de la carga es levantada mientras el tambor gira y, en un cierto punto de cada revolución, cae hacia la base del tambor, donde se combina con otras partes de la carga en una secuencia continua hasta formar una mezcla homogénea. Esta clase de mezcladora se divide en: 2.1.1.1 Mezcladora de tambor inclinable: el tambor tiene un eje inclinable y un compartimiento simple. 2.1.1.2 Mezcladora de tambor no inclinable: el tambor gira en una dirección alrededor de un eje horizontal y consta de un compartimiento simple con dos aberturas. 2.1.1.3 Mezcladora de tambor reversible: el tambor gira alrededor de un eje horizontal. La dirección de movimiento se invierte en el momento de la descarga. 2.1.2 Mezcladora de hormigón de acción forzada (tipo cubeta): aquella que posee una cubeta (o canal), la cual tiene aspas (o paletas) que se mueven relativamente unas a otras. La acción de mezclado se realiza por los movimientos relativos entre la mezcla, la cubeta (o canal) y las aspas (o paletas). Esta clase de mezcladora se subdivide en: 2.1.2.1 Mezcladora de canal anular: cubeta estacionaria con paletas giratorias colocadas concéntricamente. 1

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2.1.2.2 Mezcladora de cubeta estacionaria: aquella que posee una cubeta estacionaria con paletas giratorias colocadas concéntricamente y uno o más grupos de paletas giratorias planetarias. 2.1.2.3 Mezcladora de cubeta giratoria: aquella que posee una cubeta giratoria con paletas giratorias no planetarias colocadas excéntricamente. 2.1.2.4 Mezcladora de canal axial: aquella que posee un canal estacionario con uno o más grupos de paletas giratorias montadas alrededor de un eje horizontal o inclinado. 2.1.3 Transportabilidad 2.1.3.1 Mezcladora estática: aquella no provista de ruedas y usualmente construida dentro de una planta de mezcla. 2.1.3.2 Mezcladora portátil: aquella acondicionada con ruedas de forma simple. 2.1.3.3 Mezcladora de remolque: aquella acondicionada con ruedas de vehículo automotor de modo que pueda ser conducida o remolcada eficiente y seguramente a la máxima velocidad permitida para la mezcladora. 2.1.4 Nivel de referencia: aquel sobre el cual se sitúan las ruedas o, si se acondicionan ruedas para riel, el nivel de la superficie más alta del riel. 2.1.5 Punto de descarga: punto establecido para determinar la altura de descarga a partir del nivel de referencia. 2.1.5.1 En un tambor inclinable: es el punto más bajo del tambor abierto, cuando éste se inclina hasta la posición más alta en la cual descarga totalmente, véase la Figura 1b). 2.1.5.2 En un tambor no inclinable, es el punto más bajo del conducto móvil normal de descarga cuando se encuentra en esta posición, o el punto más bajo de una extensión fija del conducto normal si ésta es instalada (véase la Figura 1a). 2.1.5 3 En un tambor tipo reversible, es el punto más bajo de la descarga abierta, o el punto más bajo de la extensión fija del conducto normal si ésta es instalada (véase la Figura 1a). 2.1.5.4 En una mezcladora de acción forzada, es el punto más bajo de la puerta en posición de descarga, o el punto más bajo del conducto fijo de placas guías si éste es instalado (véase la Figura 1d). 2.1.6 Punto de carga: punto establecido para determinar la altura de carga a partir del nivel de referencia. Sobre este punto se levanta el material para comenzar a cargar la mezcladora. 2.1.7 Medición de agua: 2.1.7.1 Tanque automático: aquel que se llena de agua por medio de la manipulación de una válvula y descarga su contenido en cantidades predeterminadas. 2.1.7.2 Dosificador de agua: elemento que mide la cantidad de agua que entra en la mezcladora, donde es controlada manual o automáticamente. 2.1.8 Hormigón compacto: aquél que ha sido compactado por varillado o por vibración.

2

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Tolva del cargador mecánico

Tambor mezclador

Tolva de carga fija Placa del conducto 50° mín.

Conducto de descarga

Altura de descarga

50° mín.

40° mín. Nivel de referencia

(a) Mezcladoras no inclinables

Altura de descarga

Altura de descarga Nivel de referencia

Nivel de referencia

(b) Tambor inclinable

(c) Tambor reversible

Conducto de descarga Punto más bajo de la puerta Altura de la descarga

Altura de descarga Nivel de referencia

(d) Cubetas mezcladoras Continúa... Figura 1. Nomenclatura de las mezcladoras de hormigón

3

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Placa de conducto

Ancho de la boca de alimentación

Nivel de referencia Altura de descarga

(e) Tolva del cargador mecánico

(f) Mezcladora de paletas Figura 1. (Final)

2.2

DESIGNACIÓN

2.2.1

Tipo y tamaño

2.2.1.1 La mezcladora de hormigón se designa por un número que representa su capacidad de carga nominal en dm3 para tamaños que contengan hasta 1 000 dm3 y en metros cúbicos para tamaños mayores de 1 000 dm3, conjuntamente con una (s) letra (s) indicando el tipo de mezcladora, de la siguiente manera:

-

Tipo tambor inclinable I.

-

Tipo tambor no inclinable NI.

-

Tipo tambor reversible R.

-

Tipo acción forzada F.

La letra sigue al número en aquellos casos donde éste representa la capacidad en dm3 y lo precede en aquellos casos donde el número representa la capacidad en metros cúbicos. 3.

CONDICIONES GENERALES

3.1

TAMAÑO

3.1.1

Las mezcladoras deben ser de uno de los siguientes tamaños:

-

Tipo tambor inclinable 100 I. 150 I, 175 I, 200 I y 250 I

-

Tipo tambor no inclinable 175 NI, 200 NI, 250 NI, 350 NI y 750 NI.

-

Tipo tambor reversible 200 R, 250 R, 350 R, 500 R.

-

Tipo acción forzada 200 F, 250 F, 350 F, 500 F, 750 F, 1 000 F, F 1,5 y F 2,0.

4

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 3.2

NTC 1757

CAPACIDAD NOMINAL DE LA MEZCLADORA

3.2.1 La capacidad nominal de la mezcladora debe ser el mínimo volumen, en dm3 o m3, de hormigón completamente compactado producido en una mezcla. 3.2.2 El volumen de hormigón se debe calcular como la suma de las masas de todos los componentes agregados, dividida por la masa por metro cúbico de hormigón fresco completamente compactado. 3.2.3 Para determinar la capacidad nominal de la mezcladora se debe usar la mezcla No. 4 especificada en la NTC en proceso C2.52/79. 3.2.4 El tamaño de la mezcladora debe ser tal que, sobre el nivel del suelo, pueda contener todos los materiales y mezclarlos homogéneamente sin derramarlos, para producir el volumen de hormigón dado. Nota. El volumen suelto de los materiales no mezclados puede ser hasta 50 % mayor que el volumen del hormigón producido y compactado.

3.3

SISTEMA DE AGUA

3.3.1 Cada mezcladora de 200 dm3 o más, debe tener un sistema operado manual o automáticamente para entregar un volumen medido de agua a la mezcladora. Los medidores para el agua deben estar de acuerdo con lo establecido en las NTC 672 y NTC 1063. 3.3.2 Se debe facilitar la forma de verificar la exactitud del sistema de agua. 3.3.3 El sistema de agua debe descargar las cantidades especificadas en la Columna 2 de la Tabla 1, en menos de la mitad del tiempo mínimo de mezcla especificado por el fabricante de la mezcladora. 3.3.4 Se deben facilitar medios para drenar el sistema de agua en caso de que éste lleve tanque. 3.3.5 El sistema debe operar satisfactoriamente con agua a cualquier temperatura, hasta 50 °C 3.4

TANQUES

3.4.1 Los tanques deben tener la capacidad adecuada para contener y entregar al menos las cantidades de agua especificadas en la columna 2 de la Tabla 1. Sus accesorios deben ser tales que, el tiempo total requerido para el ciclo de alimentación del tanque con las cantidades mencionadas y para descargar éstas dentro de la mezcladora, no exceda de 2 min para mezcladoras de caída libre o de 1 min para mezcladoras de acción forzada. 3.4.2 Los tanques medidores de agua tipo presión deben resistir una presión de ensayo de 1 MPa (10 kgf/ cm2 aprox.). 3.4.3 Los tanques automáticos deben tener capacidad de entregar la mínima cantidad de agua especificada en la columna 3 de la Tabla 1, y cualquier cantidad entre ésta y la capacidad total, con los incrementos especificados en la columna 4 de la misma Tabla.

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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

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Tabla 1. Capacidad de los tanques, descarga inicial e incrementos de descarga, para tanques automáticos 1 Tamaño de la mezcladora

3

dm 200 250 350 500 750 1 000

m

2 Capacidad mínima del tanque

3

1,5 2,0

3

dm 35 50 65 100 150 200 300 400

3

4

Tanques automáticos únicamente Descarga mínima inicial 3 dm 7 10 10 15 25 35 50 70

Incremento de descarga 3 dm 1 1 1 2 2 5 5 7

Nota. El valor establecido en la columna 2, también especificada la cantidad de agua por descargarse en la mitad del tiempo mínimo de mezcla especificado por el fabricante. Para mezcladoras de tamaños especiales, los volúmenes equivalentes a aquellos de las columnas 2, 3 y 4 deben ser aproximadamente 20 %, 3 % y 0,5 % respectivamente, del tamaño de la mezcladora.

3.5

MEDIDORES DE AGUA

La superficie frontal del medidor debe estar protegida por un dispositivo metálico o por una placa de vidrio fuerte o plástico blindado transparente.

3.6

TOLVA DE ALIMENTACIÓN DE CARGA FIJA

3.6.1 Cuando se requiera esta tolva, debe tener una puerta de salida para alimentar la mezcladora y una capacidad adecuada para recibir y descargar la cantidad nominal de materiales no mezclados, sin derramarlos. Nota. "El volumen de la tolva debe ser por lo menos 50 % más grande que la capacidad nominal de la mezcladora (Véase el numeral 3.2)".

3.6.2 Excepto cuando se provee un dispositivo mecánico para ayudar a la descarga, el eje central del conducto de la tolva debe formar un ángulo no menor de 50° con la horizontal (véase la Figura 1a). 3.7

CARGADOR MECÁNICO

3.7.1 Como una alternativa a la tolva de carga fija (véase el numeral 3.6), las mezcladoras de tamaños mayores de 100 dm3 se pueden acondicionar de un cargador mecánico. 3.7.2 La tolva debe tener una capacidad adecuada para recibir y descarga la cantidad de materiales no mezclados, sin derramarlos. Nota. "El volumen suelto de los materiales no mezclados puede ser hasta 50 % mayor que el volumen del hormigón producido y compactado".

3.7.3 El mínimo ancho interior de la boca de alimentación de la tolva debe ser el especificado en la columna 2 de la Tabla 2 (véase la Figura 1e).

6

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 1757

3.7.4 Excepto cuando se provee un dispositivo mecánico para ayudar a la descarga, debe ser posible elevar una tolva de carga del tipo pivotado a tal altura que el eje central del conducto de la tolva, cuando está en posición de descarga, forme un ángulo no menor de 50° con la horizontal (véase la Figura 1a). 3.7.5 Excepto cuando se provee un dispositivo para ayudar a la descarga, la base de la tolva, cuando esté en posición de descarga, deben formar un ángulo no menor de 50° con la horizontal. Tabla 2. Ancho de la boca de alimentación de las tolvas de carga 1

2

Tamaño de la mezcladora 3

dm 150 200 250 350 500 750

Mínimo ancho de la boca de alimentación de la tolva I, NI, o R mm 1 000 1 100 1 200 1 300 1 600 1 900

F mm 750 1 100 1 100 1 200 1 500 1 700

3.7.6 Cuando los medios para levantar y bajar la tolva de carga incluyen cables flexibles enrollados sobre un tambor, el método para sujetar el cable al tambor debe ser tal que se evite, hasta donde sea posible, cualquier tendencia a cortar los hilos del cable y la sujeción debe estar colocada separadamente del barril del tambor. Debe ser posible reemplazar los cables fácilmente. 3.7.6.1 Cuando la tolva se encuentra en su posición normal de carga, el cable debe estar enrollado al menos 1 1/2 vueltas alrededor del tambor. 3.7.7 Todas las palancas de mando deben ser diseñadas para prevenir cualquier desplazamiento o cambio de posición por vibración de éstas o por contacto accidental con cualquier persona. 3.7.8 Se debe proveer de un dispositivo de seguridad para fijar la tolva en su posición levantada, cuando no esté en uso. 3.8

MECANISMO INCORPORADO PARA LA DETERMINACIÓN DE MASA

3.8.1 Cuando la mezcladora tiene un mecanismo para pesar, éste y su indicador no deben producir un error mayor de ± 3 % de la lectura, o de ± 1 % de la escala total (se escoge el mayor de los dos). 3.8.2

El indicador debe estar a la vista del operario.

3.9

MEZCLADORAS CON ALIMENTADOR MECÁNICO DE EXTENSIÓN

3.9.1 Si el alimentador es del tipo cucharón accionado por cable, guiado manualmente por un operario diferente al de la mezcladora, el mecanismo de control debe poseer un "seguro de parada". 3.9.2 El diseño de la tolva de carga y del equipo alimentador de extensión debe ser tal que cada uno de los diferentes tamaños de agregados usados en la mezcla, puedan entregarse a la tolva, sin mezclarse, asegurando de ese modo una medida correcta de cada tamaño. 7

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 3.10

NTC 1757

ALTURA DE DESCARGA

3.10.1 La distancia mínima, desde el punto de descarga hasta el nivel de referencia, debe ser la especificada en las Columnas 2 y 3 de la Tabla 3 (véase la Figura 1). 3.10.2 En los modelos de mezcladoras conocidos como de alta descarga, la distancia mínima desde el punto de descarga de tales mezcladoras hasta el nivel de referencia, debe ser la especificada en la columna 4 de la Tabla 3. Nota. La distancia horizontal, desde el borde del conducto hasta el punto más cercano sobre la máquina, debe ser la especificada por el fabricante. Tabla 3. Altura de descarga 1

2

Tamaño de la mezcladora

Tipos inclinable, no inclinable y acción forzada (I, NI, o F)

Tipo tambor reversible (R)

Tipo alta descarga

mm 600 600 600 600 750 850 850 -

mm 700 750 1 200 1 200 -

mm 1 400 1 400 1 400 1 400 1 400 1 800 1 800 1 800 1 800

3

dm 100 150 200 250 350 500 700 1 000

m

3

1,5 2,0

3.11

3 Altura mínima del punto de descarga

4

PREVENCIÓN DE CAÍDAS

Las máquinas de alta descarga con plataforma a más de 2 m por encima del nivel del suelo, deben proveerse de barandillas alrededor de las plataformas. 3.12

ÁNGULOS DE LOS CONDUCTOS DE DESCARGA

Los conductos de descarga móviles, en mezcladoras tipo no inclinables, deben ser tales que el eje central de la placa del conducto forme un ángulo no menor de 40° con la horizontal, cuando esté en posición de descarga (véase la Figura 1a). Este ángulo mínimo debe también aplicarse a las extensiones fijas del conducto normal de descarga cuando éstas son acondicionadas. El conducto se debe poder auto-bloquear en las posiciones de mezcla y descarga. 3.13

RUEDAS

3.13.1 Las mezcladoras pueden ser acondicionadas con ruedas, de la siguiente forma: 3.13.1.1 Ruedas metálicas con llanta de caucho para remolque a bajas velocidades. 3.13.1.2 Ruedas metálicas con pestaña para el desplazamiento sobre rieles. 3.13.1.3 Ruedas neumáticas con núcleo de rodamiento de bolas o de rodillos y frenos, para remolque a altas velocidades. 8

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3.13.2 Si se adaptan neumáticos, se deben proveer medios para aliviar los de carga excesiva y también para estabilizar la máquina cuando está en operación. 3.13.3 Las mezcladoras de remolque deben cumplir con todas las legislaciones sobre tráfico en carretera. 3.14

UNIDADES MOTRICES

Las características de las unidades motrices se deben expresar sobre una placa adherida a éstas, en términos de vatios y revoluciones por minuto. 3.15

PROTECCIÓN

Se deben proveer de guardas efectivas para las ruedas, cadenas de impulsión, ejes de revolución, embragues, tornillos de retén o partes móviles similares, al menos que éstas sean resguardadas por partes del armazón de la mezcladora. 3.16

PROVISIÓN PARA LEVANTAMIENTO

Cada mezcladora estática debe estar provista de argollas u otros medios para su levantamiento. 4.

REQUISITOS

4.1

EFICIENCIA DE LA MEZCLADORA

4.1.1 La unidad mezcladora deberá producir una mezcla que cumpla con los requisitos de variabilidad establecidos en la Tabla 4, cuando se someta al ensayo especificado en el numeral 6.1. Porcentaje de contenido de agua =

Porcentaje de agregado fino =

Ma x 100 Mag + Maf + Mc

Maf Mag + Maf

Porcentaje con contenido de cemento =

Donde: Mag

=

Masa del agregado grueso

Maf

=

Masa del agregado fino

Mc

=

Masa de cemento

Ma

=

Masa de agua

9

x 100

Mc Mag + Maf

x 100

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 1757

Tabla 4. Eficiencia de la mezcladora Porcentaje de contenido de agua

Tamaño de la mezcladora

Mezcla No.

100

Valor nominal

Variabilidad máxima

1

-

1,0

150 200

2

-

0,8

250 350

3

-

0,9

500 750

2

1 000

3

-

0,9

1,5 2,0

4

6,0

0,8

0,8

Porcentaje de agregado fino Variabilidad Valor máxima nominal permitida 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 2,5 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 2,5 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 2,5 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 2,5 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 2,5 45 4,0 40 3,5 35 3,0 30 25

6.

ENSAYOS

6.1

COMPROBACIÓN DE LA EFICIENCIA DE LA MEZCLADORA

Porcentaje de contenido de cemento Variabilidad Valor máxima nominal permitida 16,7

1,3

12,5

1,0

22,2

1,7

12,5

1,0

22.2

1,7

5,0

0,5

Se realiza de acuerdo con lo establecido en la norma en proceso C2.52/79.

7.

ROTULADO

7.1 Cada mezcladora deberá tener una placa de características con letras grabadas, adheridas en algún sitio visible sobre el armazón, con la siguiente información. 7.1.1 Nombre del fabricante. 7.1.2 Número de referencia de la máquina. 7.1.3 Velocidad del tambor o la cubeta, en r/min 7.1.4 Velocidad del motor, en r/min 7.1.5 Año de fabricación. 7.1.6 Tamaño de la mezcladora, en dm3 o m3 (véase el numeral 3.1). 7.1.7 Masa seca total, en kg. 10

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA

NTC 1757

7.2 Cada mezcladora deberá acompañarse de un manual de instrucciones de operación, con tiempos recomendados de mezcla e instrucciones de mantenimiento, incluyendo recomendaciones apropiadas de seguridad. 8.

PRECAUCIONES

8.1

PROVISIÓN DE GUARDAS

8.1.1 Mezcladoras no inclinables Se proveerán de guardas fijas para el mecanismo de manejo del tambor, saliente y rodillos de éste. 8.1.2 Mezcladoras inclinables Se proveerán de guardas fijas para las siguientes partes del tambor: base, salientes sobre el exterior (sin incluir cabezas de pernos en forma de copa), piñón de mando y transmisión. 8.1.3 Todas las mezcladoras se proveerán de guardas fijas para la unidad de fuerza y su accionamiento, las poleas de transmisión del mecanismo de carga y el accionamiento de los cargadores mecánicos, cuando sean acondicionados. 8.1.4 Mezcladoras de acción forzada. Se proveerán de una valla, con una compuerta incorporada, intercalada entre los motores de accionamiento de la mezcladora y el mecanismo de la puerta de descarga, para prevenir el acceso a partes móviles peligrosas en la cubeta mezcladora.

a)

Cuando la puerta de descarga es accesible desde abajo, se proveerá de un control bimanual o de una palanca de interrupción automática.

b)

Se proveerá de guardas fijas para la puerta y para su mecanismo en los puntos donde sea accesible.

8.1.5 Cargadoras motrices en mezcladoras de acción forzada. Se proveerá de una valla en el recorrido del montacarga para prevenir contacto con el cubilote móvil. El acceso al punto de carga será por medio de una compuerta intercalada con el motor de la máquina elevadora; este motor estará intercalado con la compuerta de la cubeta mezcladora, especificada en el numeral 8.1.4. 9.

APÉNDICE

9.1

INDICACIONES COMPLEMENTARIAS

Construcción de guardas. Las guardas se construyen con lámina metálica, metal perforado, malla metálica o material equivalente. Deben ser suficientemente fuertes y rígidas, resistentes a la distorsión y deben permitir, sin ser removidas, una rutina normal de inspección y trabajo de mantenimiento.

11

NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 9.2

NTC 1757

NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE

NTC en proceso C2. 52/70, Mezcladoras de hormigón. Evaluación de la eficiencia. NTC 672, Medidores de velocidad para agua potable fría. NTC 1063, Medidores para agua potable fría tipo volumétrico. 9.3

DOCUMENTO DE REFERENCIA

BRITISH STANDARD INSTITUTION. Specification for Batch Type Concrete Mixers. London. BSI, 1974. 12p. il. (British Standard Institution BS 1305).

12