Mercancias Peligrosas Iata Oaci

14 ABRIL 2020 MERCANCÍAS PELIGROSAS JESSICA CHURQUE KARINA BONILLA ANGIE PATIÑO LUNA MUÑOZ 3B REGLAMENTACIÓN IATA 61

Views 157 Downloads 5 File size 5MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

14 ABRIL 2020

MERCANCÍAS PELIGROSAS JESSICA CHURQUE KARINA BONILLA ANGIE PATIÑO LUNA MUÑOZ

3B

REGLAMENTACIÓN IATA 61° EDICION

La reglamentación de mercancías peligrosas de la IATA, esta basado en las instrucciones técnicas de la organización de aviación civil internacional OACI, dicho manual incorpora requerimientos operacionales adicionales, que proveen a los operadores un sistema armonizado para la aceptación y el transporte de mercancías peligrosas en forma segura y eficiente.

CLASE 1 Explosivos Artículos y sustancias que presentan un riesgo de explosión masiva. Artículos y sustancias que presentan riesgo de proyección, pero no-explosión masiva. Artículos y sustancias que presentan riesgo de incendio, riesgo de que se produzcan pequeños efectos de onda explosiva y/o un pequeño riesgo de explosión masiva. Artículos y sustancias que no presentan ningún riesgo considerable. Sustancias muy poco sensibles que presentan riesgo de explosión masiva. Sustancia extremadamente insensible que no presentan riesgo de explosión masiva.

CLASIFICACIÓN CLASE DE RIESGO

CLASE 2 Gas Gas inflamable Gas no inflamable, no toxico Gas Toxico

CLASE 3 Liquido Inflamable

CLASE 4 Sólidos inflamables: sustancias que presentan riesgo de combustión espontanea; sustancia que, en contacto con el agua, emite gases inflamables Sólido Inflamable Sustancia que presentan riesgo de combustión espontánea Sustancia que, en contacto con el agua, emiten gases inflamables

CLASE 5 Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos Comburentes Peróxidos orgánicos.

CLASE 6 Sustancias toxicas e infecciosas Sustancias toxicas Sustancias infecciosas.

CLASIFICACIÓN CLASE DE RIESGO

CLASE 7 Material radioactivo CLASE 8 Corrosivos CLASE 9 Mercancías peligrosas diversas

ETIQUETAS Y MARCAS 1 Las marcas deben tener número de la ONU y su respectivo registro ( siempre se pone visible sobre el embalaje ) 4) Se pondra etiquetas necesarias para identificar el peligro de estas mercancia

2) Estas etiquetas deberan ser las reglamentadas , segun el contenido.

3) La informacion debe ser clara y prevalecera siempre el idioma ingles

PROHIBICIONES Se prohibiran explosivos muy fuertes y sensibles , sustancias que excedan el 70% de alcohol , sustancias que emane calor o gas en condiciones normales , acidos o cloruros fuertes y las que no esten en lista de excepciones . NOTA : Expediciones bajo ONU 3480 – Las pilas y baterías de ion litio, incluidas las baterías poliméricas de litio, están prohibidas para su transporte como carga en las aeronaves de Jetstar. Estos envios tienen estos requisitos : • No deben exceder los 100 kg neto cada uno • Deben cumplir con todas las secciones de la Reglamentación sobre Mercancías peligrosas que corresponde (por ejemplo, la Declaración del expedidor, si es aplicable); • No deben exceder los 100 kg total por avión; y • Deben ser cargados en un compartimento de carga de la Clase C (solamente bodega inferior).

CARGAS ADMISIBLES : Están el hielo seco , el material magnetizado , sillas de ruedas manejadas con baterias ( El operador debe verificar los terminales de la batería estén protegidos contra cortocircuitos, tapas de ventilación resistentes a derrames ), cada una de estas deben cumplir con estrictos parametros establecidos

CARGUE DE LAS MERCANCÍAS Separar las que puedan reaccionar entre si. Cuando se transportan animales de laboratorio: 80 cm de distancia Separar sustancias peligrosas en bodegas distintas Cada explotador es responsable del debido cargue y verificación

GRUPOS DE EMBALAJE EMBALAJE: es todo aquel que tiene por propósito contener cualquier producto -sólido, líquido o pulverulento- susceptible de causar daños en los bienes materiales cercanos, las personas o el medio ambiente con el que se relacionan. Grupo 1: Peligro grande Grupo 2: Peligro intermedio Grupo 3: Peligro bajo

REGLAMENTACIÓN OACI BAJO EL ANEXO 18

Estado contratante deberá notificar de anormalidades en procesos de transporte de mercancías peligrosas Cada estado tomara medidas preventivas en sus vuelos nacionales y dará aviso de su respectiva entidad encargada

Prohibiciones: Animales Infectados y elementos no autorizados

EMBALAJES Excelente calidad Construidos y cerrados de modo seguro Resistentes a toda reaccion quimica Se someteran a ensayos y pruebas Acolchonados en el interior y sin fugas

OBLIGACIONES DEL EXPEDIDOR Deberá asegurarse que la carga no este en la lista de mercancias prohibidas Deberá asegurarse de su sellado, embalaje, marcas y etiquetas Llenar, firmar y proporcionar al explotador un documento con informacion detallada de la entrega En el documento proporcionado debera prevalecer el idioma Ingles OBLIGACIONES DEL EXPLOTADOR Preparar una lista de verificacion para el recibimiento de las mercancías Cargar las mercancías a la aeronave, según instrucciones técnicas Inspeccionar cada mercancía. Si hay una fuga o derrame, no se transportara. Descargar de la aeronave las mercancias que presenten averías o perdidas

NORMAS GENERALES El comandante debe estar al tanto del contenido de la carga La tripulación debe contar de manual de operaciones para trato de M.P. Notificar a la OACI sobre irregularidades y accidentes presentados Cada estado debe preveer sistemas de vigilancia e inspección Debe existir cooperación entre cada estado miembro Los pax de cada aerolinea deben daber cuales son las M.P. Contar con instrucciones tecnicas en cada aerolinea