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MANUAL DE SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Versión: 01 Vigencia: 15 de marzo de 2017 INFORMACIÓN

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MANUAL DE SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Versión: 01 Vigencia: 15 de marzo de 2017

INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO Elaboró

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Aprobó

Cruz Alba Benavides Delgado Maricruz Durán Paternina Gustavo Alejandro Echeverría Magister en Salud Ocupacional Asesor de Planeación y Calidad. Vallejo Licencia 706 -IDSN. Gerente.

Versión 2. Vigencia: 15 de marzo de 2017 Actualización noviembre 15 2018

E.S.E. HOSPITAL EDUARDO SANTOS

Código: MA-ST-00-001

MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROCESO: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 2 de 40

CONTENIDO INTRODUCCION JUSTIFICACION ALCANCE DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 1. POLITICA DE SST 1.1 Objetivos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo 2. 2.1. 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2.7 2.8 2.9

ORGANIZACION Identificación de la ESE Hospital Eduardo Santos Funciones y responsabilidades frente a Seguridad y Salud en el trabajo Responsabilidades del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo Responsabilidades del Comité de Convivencia laboral Definición de recursos Comunicación participación y consulta Perfil Sociodemográfico Programa de capacitación, formación y toma de conciencia Control de documentos del SG-SST

3.

PLANIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

3.1. 3.2 3.3 3.4 3.5 3.6 3.7

Evaluación inicial del SG-SST Matriz de peligros, valoración del riesgo e identificación de controles Matriz Legal Plan de Trabajo Anual del SG-SST Indicadores del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Gestión del cambio en Seguridad y Salud en el Trabajo Contratación y acuerdos con los contratistas

4.

IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

4.1 Gestión de peligros y medidas preventivas 4.2 Sistemas de vigilancia epidemiológicos 4.3 Medidas de prevención y control en las condiciones de salud 4.3.1 Morbilidad sentida de la población trabajadora 4.4 Medidas de prevención y control en las condiciones de seguridad 4.5 Control de proveedores contratistas y subcontratistas 4.6 Registro de Ausentismo 4.7 Registro de accidentalidad 4.8 Prevención, preparación y respuesta ante las emergencias 5.

VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

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5.1 5.2

Registro de accidentalidad Registro de Ausentismo

6. 6.1 6.2

AUDITORIA Y REVISION POR LA ALTA DIRECCION DEL SG-SST Auditoria del cumplimiento y revisión por la alta dirección del SG-SST Alcance de la auditoria del cumplimiento del SG-SST

6.3 6.4

Revisión anual por la alta dirección Investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales

7. 7.1 7.2

MEJORAMIENTO DEL SG-SST Acciones preventivas y correctivas Mejora continua

ANEXOS

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Código: MA-ST-00-001 Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 4 de 40

INTRODUCCION

La gerencia de la ESE Hospital Eduardo Santos, comprometido con la salud laboral de sus trabajadores, establece el presente Manual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, el cual consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, acorde a las normas legales establecidas; con el presente Manual del SG-SST se determina una guía de seguridad y salud en el trabajo para La ESE, que su implementación se realizara en cascada, es decir los líderes de procesos, jefes de áreas, y personal operativo en el hacer del día a día, implementaran con el cumplimiento de sus funciones asistenciales y administrativas pero con enfoque de seguridad, consecuentemente de salud. La seguridad y salud en el trabajo es un compromiso de todos, muy bien lo dijo la OIT, que el binomio de seguridad y salud entre empleadores y trabajadores deberán realizar una sinergia que fortalezca la prevención en seguridad en sus lugares de trabajo, por lo tanto se desea implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizando continuamente un ciclo gerencial de planear, hacer, verificar y actuar, pues es el camino a la excelencia no el fin de la seguridad y salud en el trabajo, como consecuencia el logro de conseguir la acreditación en seguridad y salud en el trabajo en el 2020, como lo ha determinado el Ministerio de Trabajo en su Resolución 1111 del 27 de marzo del 2017, estableciendo los estándares mínimos de seguridad y salud en el trabajo para todas las empresas públicas y privadas, independientemente de su actividad económica y número de trabajadores, por lo tanto se requiere fortalecer el compromiso de la población trabajadora del Hospital en autocuidado y autoprotección, determinados en el Decreto 1072 del 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, en su artículo 2.2.4.6.10 las responsabilidades de los trabajadores, “ el cuidado integral de su salud. Este Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, tiene como propósito la estructuración de la acción conjunta entre el empleador y los trabajadores, en la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través del mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad y las condiciones de salud, el medio ambiente laboral y el control eficaz de los peligros y riesgos en los lugares de trabajo.

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JUSTIFICACION

La ESE Hospital Eduardo Santos se encuentra en la etapa de implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se lleva a cabo mediante la realización de actividades de promoción y prevención que puedan fortalecer el bienestar de los trabajadores, la disminución de los factores de riesgos que generen accidentes, enfermedades laborales, detección temprana de enfermedades de origen común, e incapacidades, y costos que implican para el trabajador y sus familias estos acontecimientos, además de la disminución de productividad que se presentan en las empresas como consecuencia de los accidentes y enfermedades laborales o generales. Mediante este proyecto se busca contribuir a la mejora continua de la empresa particularmente con los trabajadores, proporcionando un ambiente de trabajo seguro y velar por su integridad. ALCANCE El presente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST se establece para todo el personal de la ESE Hospital Eduardo Santos, independientemente de la forma de contratación y de las partes interesadas, entendiendo que la seguridad es el valor más importante de la institución, y que los factores de riesgo no discriminan en sus efectos la vinculación del trabajador cuando no genera autocuidado o autoprotección.

DEFINICIONES Y ABREVIATURAS •

Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable.



Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), para lograr mejoras en el desempeño de la organización en la seguridad y la salud en el trabajo de forma coherente con su política.



Acción preventiva: Acción para eliminar o mitigar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable.



Actividad no rutinaria: Actividad que no forma parte de la operación normal de la organización o actividad que la organización ha determinado como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.



Actividad rutinaria: Actividad que forma parte de la operación normal de la organización, se ha planificado y es estandarizable.



Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa



Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como

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también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales. Autorreporte de condiciones de trabajo y salud: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo.

• • Centro de trabajo: Se entiende por Centro de Trabajo a toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinad. • Ciclo PHVA: Procedimiento lógico y por etapas que permite el mejoramiento continuo a través de los siguientes pasos: Planificar: Se debe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, encontrando qué cosas se están haciendo incorrectamente o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar esos problemas. Hacer: Implementación de las medidas planificadas. Verificar: Revisar que los procedimientos y acciones implementados están consiguiendo los resultados deseados. Actuar: Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores. •

Condiciones de salud: El conjunto de variables objetivas y de auto reporte de condiciones fisiológicas, psicológicas y socioculturales que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora.



Condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores quedan específicamente incluidos en esta definición, entre otros: ⁕ Las características generales de los locales, instalaciones, máquinas, equipos, herramientas, materias primas, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; ⁕ Los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; ⁕ Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores y; ⁕ La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos o biomecánicos y psicosociales.



Descripción sociodemográfica: Perfil sociodemográfico de la población trabajadora, que incluye la descripción de las características sociales y demográficas de un grupo de trabajadores, tales como: grado de escolaridad, ingresos, lugar de residencia, composición familiar, estrato socioeconómico, estado civil, raza ocupación, área de trabajo, edad, sexo y turno de trabajo.

• Efectividad: Logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con la máxima eficacia y la máxima eficiencia.

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• Eficacia: Es la capacidad de alcanzar el efecto que espera o se desea tras la realización de una acción. • Eficiencia: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados. • Emergencia: Es aquella situación de peligro o desastre o inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud. • Evaluación del riesgo: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción. •

Evento Catastrófico: Acontecimiento imprevisto y no deseado que altera significativamente el funcionamiento normal de la empresa, implica daños masivos al personal que labora en instalaciones, parálisis total de las actividades de la empresa o una parte de ella y que afecta a la cadena productiva, o genera destrucción parcial o total de una instalación.



Identificación del peligro: Proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de este.



Indicadores de estructura: Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo.



Indicadores de proceso: implementación del SG-SST.



Indicadores de resultado: Medidas verificables de los cambios alcanzados en el periodo definido, teniendo como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del programa o del sistema de gestión.



Matriz legal: Es la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables.



Mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para lograr mejoras en el desempeño en este campo, de forma coherente con la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización.

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Medidas

verificables

del

grado

de

desarrollo

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e

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No conformidad: No cumplimiento de un requisito. Puede ser una desviación de estándares, prácticas, procedimientos de trabajo, requisitos normativos aplicables, entre otros.



Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones.



Política de seguridad y salud en el trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización.



Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas.



Rendición de cuentas: Mecanismo por medio del cual las personas e instituciones informan sobre su desempeño.



Revisión proactiva: Es el compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la torna para generar mejoras en el SG-SST.



Revisión reactiva: Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad.



Requisito Normativo: Requisito de seguridad y salud en el trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la organización.



Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por estos.

• Valoración del Riesgo: Consiste en emitir un juicio sobre la tolerancia o no del riesgo estimado. •

Vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiológica de la salud en el trabajo: Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación, ejecución y evaluación los programas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores.

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1.

Código: MA-ST-00-001 Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 9 de 40

POLITICA DE SST

La ESE Hospital Eduardo Santos institución prestadora de servicios de salud a la comunidad, reconoce la importancia del talento humano y se compromete desde el más alto nivel de la empresa, con la implementación y mejoramiento continuo a través del sistema de gestión de seguridad y Salud en el Trabajo, el cual está encaminado a: Promover y mantener el bienestar físico, mental y social de los trabajadores y partes interesadas, ofreciendo lugares de trabajos seguros y adecuados, con el compromiso en el autocuidado y la autoprotección de los trabajadores. En concordancia con lo anterior, contempla los siguientes objetivos: • Cumplir la normativa nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales • Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles, con el fin de evitar y minimizar los accidentes de trabajo, enfermedades laborales o lesiones personales que puedan surgir en cada una de ellas. • Para lograrlo, la Organización destina los recursos necesarios a nivel económico, tecnológico y del talento humano; con el fin de proteger la Seguridad y Salud de todos los trabajadores independiente de su forma de contratación o vinculación, mediante la mejora continúa. • • Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del SGSS en el Trabajo • Responder oportunamente las inquietudes que provengan de las partes interesadas Esta política hace parte de las políticas de gestión de la empresa, será revisada anualmente y comunicada a todos los trabajadores.

________________________________ Firma Representante Legal de la Empresa.

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Código: MA-ST-00-001 Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 10 de 40

Fecha___, versión___.

1.1 OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La ESE Hospital Eduardo Santos, comunica sus objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme a la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y coherentes con el plan anual de trabajo.

1. Propender por disminuir la accidentalidad y aparición de enfermedades laborales. 2. Fortalecer los conocimientos de seguridad y salud en el trabajo, mediante el cumplimiento del Plan anual de Capacitación.

3. Implementar eficazmente las medidas de prevención y control de acuerdo a la identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos. 4. Realizar las evaluaciones médicas requeridas para el monitoreo de las condiciones de salud de los trabajadores.

5. Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.

________________________________ Firma Representante Legal de la Empresa. Fecha___, versión___.

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Código: MA-ST-00-001

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2.

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ORGANIZACIÓN 2.1.

Identificación de la ESE Hospital Eduardo Santos



Razón Social: ESE Hospital Eduardo Santos - Departamental



NIT: 891200952-8



Dirección carrera 2ª no 16-08 Zona urbana - Municipio la unión



Nivel de atención II (dos)



Gerente: Gustavo Alejandro Echeverría vallejo



Coordinador del SG-SST: Martha Cecilia Mosby Salas



Teléfonos y fax 7442030-7442031-fax 7265293



Correo electrónico [email protected] y la página web www.hospitaleduardosantos.gov.co



Horarios: Personal asistencial de 7am a 1 pm de 1pm a 7pm y de 7pm a 7 am y de 7 am a 7 pm Personal administrativo con horario de 7am a 12 m y de 2 p.m. a 6 p.m., viernes de 7am a 12 m, de 2 a 5 pm, los sábados de 7am a 1 pm

2.2

Funciones Y Responsabilidades Frente Seguridad Y Salud En El Trabajo.

2.2.1. Obligaciones de los empleadores. 1. Definir, firmar y divulgar, actualizar la política y los objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito. 2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización. 3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño.

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4. Asignar los recursos, humanos, financieros, técnicos para la implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, gestión de peligros y riesgos en el lugar de trabajo. 5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012. 6. Gestión de los peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la Salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones. 7. Plan de Trabajo Anual en SST: ejecutar el plan de trabajo anual para alcanzar los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales. 8. Prevención y Promoción de Riesgos Laborales: El empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el SG-SST, de conformidad con la normatividad vigente. 9. La participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el COPASST, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable. Así mismo, el empleador debe informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el COPASST, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de estos para el mejoramiento del SG-SST. El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabaja, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas; 10. Dirección de la Seguridad y Salud en el Trabajo-SST en las Empresas: Debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, otras:

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Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el SG-SST, y como mínimo una (1) vez a la año, realizar su evaluación; Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y; Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del SG-SST

11. Integración: El empleador debe involucrar los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa. 2.2.2. Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales (ARL). Las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL, dentro de las obligaciones que le confiere la normatividad vigente en el Sistema General de Riesgos Laborales, capacitarán al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST o Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo en los aspectos relativos al SG-GGT y prestarán asesoría y asistencia técnica a sus empresas y trabajadores afiliados, en la implementación del presente capítulo. (Decreto 1443 de 2014, art 9) 2.2.3. Responsabilidades de los líderes de procesos y coordinaciones frente al SGSST • Divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo como un marco de referencia para cumplir con los objetivos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. • Asignar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo, con todo el personal que participa en los procesos, frente a la Seguridad y Salud en el Trabajo determinadas en el Artículo 2.2.4.6. 10 del Decreto 1072 del 2.015 Único Reglamentario del Sector Trabajo. • Propiciar al personal que participa en los procesos, para constituir los comités: Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST), Comité de Convivencia Laboral y Brigada de Emergencias Hospitalarias. • Fortalecer la implementación de las medidas de prevención y control de los peligros y riesgos en los lugares de trabajo y de la institución en general, para no ser tolerante al riesgo. • Participar activamente en procesos de identificación de necesidades, para el desarrollo de capacitación, formación y toma de conciencia del personal que hace parte de la ejecución de los procesos. • Incentivar el reporte de incidentes, accidentes y enfermedades laborales, acorde a las normas legales establecidas, del personal que participa en los procesos.

1.

2.2.4. Responsabilidades de las enfermeras jefes y jefes de áreas asistenciales y administrativas Divulgar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, como marco de referencia para establecer y cumplir los objetivos de esta, y los objetivos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo de la institución.

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Comunicar y asignar al personal que participa en los procesos las responsabilidades, frente a la Seguridad y Salud en el Trabajo determinadas en el Artículo 2.2.4.6. 10 del Decreto 1072 del 2.015 Único Reglamentario del Sector Trabajo. Propiciar al personal que participa en los procesos, para constituir los comités: Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o COPASST, el Comité de Convivencia laboral y la Brigada de Emergencias Hospitalaria. Hacer cumplir las medidas de prevención y control para la minimización de los peligros y riesgos en las áreas de trabajo y no ser tolerante al incumplimiento de estas normas determinadas en el Manual de Bioseguridad, PGIRSHS y otros que la institución haya determinado, con el personal que participa en los procesos. Asistir y propiciar la asistencia de los trabajadores que participan en los procesos, a las capacitaciones , formación y toma de conciencia que se hayan programado por parte de la institución Incentivar el reporte de incidentes, accidentes y enfermedades laborales, acorde a las normas legales establecidas, del personal que participa en los procesos.

3.

4.

5.

6.

2.2.5. Responsabilidades de los trabajadores. Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las siguientes responsabilidades: 1. Procurar el cuidado integral de su salud; 2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud; 3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa; 4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo; 5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST; y 6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SG-SST 2.2.6. Responsabilidades de la coordinadora del SG-SST • Fortalecer la implementación del SG-SST acorde a lo establecido en la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. •

Desarrollar el Plan de Trabajo Anual, para el cumplimiento de los objetivos del SG-SST.



Desarrollar los sistemas de vigilancia epidemiológicos de los factores de riesgo prioritarios, y los programas determinados para fortalecer la prevención.



Proponer medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.



Llevar registros y estadísticas de accidentes, ausentismo y los indicadores del SG-SST Participar activamente en las reuniones del COPASST, Comité De Convivencia Laboral cuando sea requerida por este comité.





Mantener comunicación con los trabajadores referente a la seguridad y salud en el trabajo.

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2.3. Responsabilidades del COPASST (Resolución 2013 de 1986) • Proponer a las directivas las actividades relacionadas con la salud y la seguridad de los trabajadores, y las que resulten de las investigaciones de los incidentes y accidentes laborales. • Realizar las investigaciones de los incidentes y los Accidentes de Trabajo y las enfermedades laborales, para identificar las causas básicas y las causas inmediatas y proponer medidas de prevención. • Realizar inspecciones planeadas periódicamente a las instalaciones, para identificar oportunidades de mejora y hacer planes de acción realizando su seguimiento en las soluciones propuestas en seguridad y salud en el trabajo. • Acoger las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de seguridad y Salud. • Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de seguridad y salud en el trabajo. • Servir de punto de coordinación entre las directivas y los trabajadores para las situaciones relacionadas con Seguridad y Salud en el Trabajo. 2.4. Responsabilidades Del Comité De Convivencia Laboral (Resolución 652 del 2012) • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan. • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada. • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja. • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. • Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos, • Presentar a la alta dirección de la entidad las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral. • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones. 2.5 Definición De Recursos: La ESE Hospital Eduardo Santos ha determinado para el establecimiento del SG-SST, los siguientes recursos: • • •

Recursos Humanos: La ESE Hospital Eduardo Santos tiene una coordinadora del SGSST de nómina, con funciones propias de la implementación del SG-SST y contrato a una personal con licencia en salud ocupacional para el diseño del presente SG-SST Recursos Financieros: La ESE Hospital Eduardo Santos ha determinado un presupuesto para la financiación de la implementación del SG-SST Recursos locativos y logísticos: La ESE Hospital Eduardo Santos determino una oficina que es compartida con Talento humano donde se encuentra el puesto de trabajo

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de la coordinadora del SG-SST hay computador, impresora, línea telefónica e insumos de oficina. Grupos de apoyo para el desarrollo del SG-SST Brigada de Emergencia; quienes están preparados para la atención y obtener una buena respuesta ante las emergencias.

2.6 Comunicación Participación y Consulta: Teniendo en cuenta la importancia de la comunicación participación y consulta de la población trabajadora, La ESE Hospital Eduardo Santos, ha determinado las siguientes estrategias de comunicación: • La información por cartelera • Mediante oficio • Medio de televisión, entrevistas 2.7 Perfil Sociodemográfico: La ESE Hospital Eduardo Santos determina su perfil sociodemográfico, con las variables de personal operativo y administrativo, personal acorde al sexo, su personal acorde así: 2.8

Programa de capacitación, formación y toma de conciencia:

La ESE Hospital Eduardo Santos para fortalecer el SG-SST determinó un programa de capacitación, formación y toma de conciencia para la población trabajadora, donde se brindara conocimientos actualizados para el manejo de los factores de riesgo, de igual manera se llevara un registro de capacitaciones por cada trabajador, con el fin de verificar el grado de conocimiento recibido, acorde a las convocatorias realizadas para tal fin. Ver anexos 2.9. Control y conservación de documentos del SG-SST: Teniendo en cuenta que la documentación correspondiente al SG-SST puede ser en físico (papel), disco magnético, óptico o electrónico, fotografía, o una combinación de éstos y debe estar en custodia del Responsable del SG-SST. Donde se debe garantizar la confidencialidad de los documentos, acorde con la normatividad legal vigente, la ESE Hospital Eduardo Santos determino un espacio en la oficina de la coordinación de SST, además como el Hospital tiene una líder de calidad se ira progresivamente controlando esta documentación del SG-SST, teniendo en cuenta lo siguiente: • • • •

La conservación de los documentos debe ser de manera controlada. Se debe garantizar que los documentos sean legibles, fácilmente identificables y accesibles protegidos contra daño, deterioro o pérdida. El responsable del SG-SST tendrá acceso a todos los documentos y registros exceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales de los trabajadores cuando no tenga perfil de médico especialista en seguridad y salud en el trabajo. La conservación puede hacerse de forma electrónica siempre y cuando se garantice la preservación de la información. Los siguientes documentos y registros del SG – SST deben ser conservados por un período mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con el Hospital

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Los resultados de los perfiles epidemiológicos de salud y los conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro de los trabajadores. Cuando el Hospital cuente con médico especialista los resultados de exámenes de ingreso, periódicos y de retiro, así como los resultados de los exámenes complementarios. Resultados de mediciones y monitoreo a los ambientes de trabajo. Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento. Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal. La ESE Hospital Eduardo Santos, determinó un espacio físico con estantería para la recepción y custodia de toda documentación del SG-SST

3.

PLANIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.1. Evaluación inicial del SG-SST La ESE Hospital Eduardo Santos realizo una evaluación con los estándares del Decreto 1443 del 2014 de implementación del SG-SST en el mes de marzo del presente 2017 con los siguientes resultados:

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El Ministerio de Trabajo recientemente determino la Resolución 1111 del 2017, donde se establecen los estándares mínimos para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) para empleadores. Estos estándares son de obligatorio cumplimiento para cualquier empresa, independientemente de su tamaño o tipo de riesgo. Según la Resolución 1111 de 2017 del Ministerio de Trabajo, "los estándares mínimos son el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento, mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica; de suficiencia patrimonial y financiera; y de capacidad técnico administrativa, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades de los empleadores y contratantes en el Sistema General de Riesgos Laborales. Es importante destacar que las empresas de manera obligatoria deben cumplir con los estándares mínimos que establece la Resolución 1111 de 2017, y el cumplimiento de estos le da derecho a la empresa a recibir un reconocimiento oficial por parte del Ministerio de Trabajo en el que se certifique que está cumpliendo con esos estándares mínimos; además, para obtenerlo también debe cumplir con los numerales que están en el artículo séptimo de la misma resolución. En el Decreto 1072 se prevé que los actores del sistema pueden estar acreditados de dos maneras: 1. De carácter obligatorio y oficial a cargo del Ministerio de Trabajo, la Resolución 1111 es una herramienta que tiene el Ministerio de Trabajo para visitar a las empresas y hacer lo que no puede hacer hoy: un reconocimiento oficial a la empresa a través de un profesional competente y que esa persona declare que dicha empresa efectivamente cumple con un

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SG-SST. Cabe aclarar que las empresas que pretendan tenerla, deben ser empresas que cuenten con dos o más planes de trabajo anual con cumplimiento del 100 % en los estándares mínimos. Adicionalmente, el Ministerio de Trabajo pide, para hacer el reconocimiento oficial, que la empresa tenga bajos o escasos indicadores de frecuencia de mortalidad o accidentalidad. Allí ya estaría evaluando, por la vía del resultado de la gestión, la acreditación y el cumplimiento de los estándares mínimos. 2. A través del programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad, el cual viene alineado con la implementación del SG-SST (está en su parte de verificación en el ciclo de mejora continua), por lo que se espera que una empresa que tenga dos años de ejecución del SG-SST, con dos años de trabajo anual y cumplimiento del 100 %, naturalmente debe tener un programa de verificación o de auditorías con más de dos años de funcionamiento. Adicionalmente, el Ministerio evaluará todos los proyectos, los planes y sus resultados, que sean de valor agregado al cumplimiento de la ley; es decir, que el Ministerio espera que los empleadores cumplan con la ley y que sean capaces de demostrar que están trabajando por ir más allá del mínimo establecido. "Este punto es muy importante, ya que está muy acorde con la posición jurisprudencial de asignación de responsabilidad civil en casos de accidente de trabajo y enfermedad laboral. No queremos empleadores simplemente reactivos, o que hagan el mínimo, sino que preocupados por su gestión hagan más de lo que establece la ley en materia laboral", Todas las empresas deben tener cumplidos esos estándares al iniciar el 2020, y para que las empresas los tengan totalmente cumplidos para esa época deben empezar a trabajar a partir del primero de junio de este año, o incluso pueden comenzar a evaluarlos desde ya. Fases del SG-SST propuesto por el Ministerio mediante la Resolución 1111 del 2017 La meta del Ministerio de Trabajo, es que todas las empresas tengan en funcionamiento, e incluso ya maduro, el SG-SST al 31 de diciembre del 2020, cumpliendo todos los estándares de la Resolución, y para ello, dividió las fases de implementación del SG-SST en un lapso de dos años y medio así: 1. Fase de evaluación inicial (junio – agosto de 2017). Las empresas deberán autoevaluarse con el fin de identificar las prioridades y necesidades en SST. Desde ya las empresas pueden realizar la primera autoevaluación que está contenida en la Resolución 1111 con la finalidad de saber si están clasificados en nivel crítico, moderadamente aceptable o aceptable en la implementación del SG-SST. A partir de esa evaluación inicial que se hace, las empresas podrán saber qué puntaje tienen y cómo debe ser su plan de mejoramiento. Dicho plan es un concepto nuevo que se hace con el fin de enfocarse en la implementación del sistema. Las medidas de intervención y control de los factores del riesgo ocupacional forman parte del plan anual del trabajo; por ello, las empresas deben tener dos planes: el de mejoramiento y el anual de trabajo 2. Plan de mejoramiento (septiembre – diciembre de 2017). Es el resultado de la autoevaluación y se puede ejecutar en tres o seis meses. Para aquellas empresas calificadas como críticas (menos del 60 %), deben hacerlo en tres

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meses, y las que estén calificadas como moderadamente aceptable (puntaje superior al 60 % e inferior al 86 % en la autoevaluación) deben hacerlo en seis meses, mientas que las empresas que superen el 86 % se considerarán aceptables y no requieren estrictamente de un plan de mejoramiento, pero sí deben tener un plan de trabajo anual. El objetivo es dejar listo el diseño total del SG-SST para el 31 de diciembre de 2017 para así poder iniciar su ejecución el 1 de enero de 2018 con todos los componentes que establece el Decreto 1072. Así mismo tendrá que tener diseñado para el 2018 un plan anual de trabajo que es distinto del plan de mejoramiento. 3. Ejecución del SG-SST (enero – diciembre de 2018). En diciembre de 2018 se prepara el plan de trabajo anual para el 2019 (identificación, intervención y monitoreo de los factores de riesgo). 4. Seguimiento y plan de mejora (enero a marzo de 2019). Se hace un seguimiento a la implementación del SG-SST. Allí se revisa el cumplimiento de los procedimientos, el funcionamiento del sistema, realización de inspecciones, seguimiento de las no conformidades al sistema, cumplimiento del plan de auditorías y del plan de capacitación, evaluación de la política y alimentación de los indicadores, entre otros. Además, se hace una auditoría para saber si el SG-SST se cumplió y se hace una nueva autoevaluación de estándares mínimos. Si la empresa está por debajo de 60 puntos debe volver a emitir un plan de mejoramiento con fecha límite de tres meses, si está con más de 60 puntos pero inferior a 86 debe hacer un plan de mejoramiento con fecha límite de seis meses 5. Inspección, vigilancia y control (abril de 2019 en adelante). El Ministerio de Trabajo podrá empezar a ejercer su función de inspección, vigilancia y control del SG-SST y lo hará de manera más fuerte a partir del primero de enero del 2020. "Ya no tendría excusa ninguna empresa para decir que no ha implementado el SG-SST, porque el Ministerio está dando un plazo muy amplio, le dice qué hacer en cada plazo y le está dando unos criterios estandarizados para verificar que verdaderamente están implementado el sistema y esos criterios técnicos están en los anexos de la Resolución 1111". Los planes de mejoramiento resultantes de las autoevaluaciones deben ser registradas en las ARL a partir del 2020. Allí utilizarán la información con el fin de orientar las visitas que hagan a las empresas y ayudarlas a obtener el reconocimiento oficial de que están implementando el SG- SST. Sanciones: El no cumplimiento de la Resolución 1111 de 2017 contempla las multas establecidas en la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1295 de 1994 que se pueden presentar por el incumplimiento de los programas de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades, que acarrearan multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes y hasta de 1000 salarios mínimos mensuales legales vigentes cuando no se reporten accidentes o se incumplan las normas de seguridad y salud en el trabajo que generen accidentes o enfermedades mortales.

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La ESE Hospital Eduardo Santos, realizara la evaluación con la Resolución 1111 del 2017 del SG-SST determinando el plan de mejoramiento continuo, acorde a los hallazgos encontrados. 3.2 Matriz de peligros, valoración del riesgo e identificación de Controles Para la Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos, la metodología aplicada fue con de manera sistemática, con alcance sobre todos los procesos y actividades rutinarias y no rutinarias internas o externas, máquinas y equipos, todos los puestos de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de contratación y vinculación, que permitió identificar los peligros y evaluar los riesgos en seguridad y salud en el trabajo, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios, realizando mediciones ambientales cuando se requiera. Esta matriz está documentada. Ver anexo Priorización de los factores de riesgo VALORACIÓN DEL RIESGO

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E.S.E. HOSPITAL EDUARDO SANTOS MANUAL DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROCESO: SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.3

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Matriz Legal

Para el presente Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, se ha levantado una matriz d legal, teniendo en cuenta la Ley 9ª de 1979 Código Sanitario Nacional, la Resolución 2400 de 1979 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial lo pertinente y aplicable al Plan Básico legal, como lo es el COPASST, el Comité de Convivencia Laboral, Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y Brigada y Plan de Emergencias. Ver Anexo.

3.4



Diseñar y establecer el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.



Determinar las obligaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo a todo nivel de la institución



Fortalecer las acciones del COPASST y del Comité de Convivencia Laboral



Implementar medidas preventivas para el control de los factores de riesgo en la institución



Establecer los sistemas de vigilancia epidemiológicos de los factores de riesgo prioritarios



Fortalecer la respuesta ante emergencias



Identificar acciones de mejora con la investigación de accidentes e incidentes laborales.

Plan de Trabajo Anual del SG-SST

Para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, se determinó un Plan de Trabajo Anual, teniendo en cuenta la evaluación inicial realizada en el mes de marzo del presente año 2017, con actualización en el 2018, después de la revisión de la matriz de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles y la revisión de la matriz legal, teniendo en cuenta lo determinado en el Decreto 1072 del 2015, acorde a los artículos del 2.2.4.6.1 al artículo 2.2.4.6.37. Ver anexo 3.5

Indicadores del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

Acorde a lo establecido en el Decreto 1072 del 2015, para la implementación del SG-SST se deberá implementar los indicadores de estructura proceso y resultado así: Los indicadores de estructura son medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo. Los indicadores de Proceso: Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación del SG-SST.

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Los Indicadores Resultado: Medidas verificables de los cambios alcanzados en el periodo definido, teniendo como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del programa o del sistema de gestión

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3.6

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Gestión del cambio en Seguridad y Salud en el Trabajo

La ESE Hospital Eduardo Santos, estará atento conjuntamente con el COPASST a los diferentes cambios que puedan generar situaciones de riesgo que se originen en la institución para los trabajadores, y determinara las acciones para minimizar los cambios generados en el Hospital del Hospital en seguridad y salud en el trabajo. La ESE Hospital Eduardo Santos, levantara un procedimiento para evaluar el impacto sobre la seguridad y salud en el trabajo que puedan generar los cambios internos (introducción de nuevos procesos, cambio en los métodos de trabajo, cambios en instalaciones, entre otros) o los cambios externos (cambios en la legislación, evolución del conocimiento en seguridad y salud en el trabajo, entre otros). Para ello realizara la identificación de peligros y la

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evaluación de riesgos que puedan derivarse de estos cambios y adoptara las medidas de prevención y control antes de su implementación, con el apoyo del Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo. De la misma manera, actualizara el plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo. 3.7

Contratación y acuerdos con los contratistas

La ESE Hospital Eduardo Santos , adoptara las disposiciones que garanticen el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo de su empresa, por parte de los proveedores, trabajadores dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, durante el desempeño de las actividades objeto del contrato. Para este propósito, La ESE Hospital Eduardo Santos considera como mínimo, los siguientes aspectos en materia de seguridad y salud el trabajo: • Incluir los aspectos de seguridad y salud en el trabajo en la evaluación y selección de proveedores y contratistas; • Procurar canales de comunicación para la gestión de seguridad y salud en el trabajo con los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas; • Verificar antes del inicio del trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la obligación de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, considerando la rotación del personal por parte de los proveedores contratistas y subcontratistas, de conformidad con la normatividad vigente; • Informar a los proveedores y contratistas al igual que a los trabajadores de este último, previo al inicio del contrato, los peligros y riesgos generales y Específicos de su zona de trabajo incluidas las actividades o tareas de alto riesgo, rutinarias y no rutinarias, así como la forma de controlarlos y medidas de prevención y atención de emergencias. En este propósito, se debe revisar periódicamente durante cada año, la rotación de personal y asegurar que dentro del alcance de este numeral, el nuevo personal reciba la misma información; • Instruir a los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, sobre el deber de informarle, acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato para que el empleador o contratante ejerza las acciones de prevención y control que estén bajo su responsabilidad. • Verificar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato en la empresa, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud el trabajo por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en misión, proveedores, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.

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• Los proveedores y contratistas deben cumplir frente a sus trabajadores o subcontratistas, con las responsabilidades del SG-SST de sus empresas y la del SG-SST del hospital. 4.

IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

4.1

Gestión de peligros y medidas preventivas

La ESE Hospital Eduardo Santos, como principal estrategia de control y minimización de los factores de riesgo, determina el control en la fuente, en el medio y en el trabajador con la dotación de los elementos de protección personal, de igual manera, acorde a la matriz de peligros, implementa las acciones necesarias para controlar los riesgos, teniendo en cuenta la eliminación, sustitución, controles de ingeniera, controles administrativos y de ser necesario los elementos de protección personal, como también ha determinado implementar los sistemas De vigilancia epidemiológica de sus factores de riesgo prioritarios y programas enfocados a prevenir y fortalecer el autocuidado y la autoprotección de los trabajadores, de igual manera determino desarrollar el plan de capacitación formación y toma de conciencia, se aplicaran las listas de chequeo de verificación de control de factores de riesgo como: • •

Cumplimiento del PLAN DE TRABAJO ANUAL DETERMINACION DEL PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LA RESOUCION 1111 del 2017

Las recomendaciones en la valoración y evaluación de los factores de riesgos de las matrices de peligros. La aplicación de las listas de chequeo como las de: •

Lista de chequeo de bioseguridad



Lista de Inspección de Seguridad



Plan de acción de inspecciones planeadas



Plan de acción de investigación de accidentes laborales

4.2 Sistemas de vigilancia epidemiológicos La ESE Hospital Eduardo Santos, acorde a la priorización de sus factores de riesgo determino los siguientes sistemas de vigilancia epidemiológica para fortalecer la prevención en el manejo de los factores de riesgo: •

Sistema de vigilancia epidemiológico de riesgo biológico



Sistema de vigilancia epidemiológico de riesgo biomecánico



Sistema de vigilancia epidemiológico de riesgo psicosocial

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Sistema de vigilancia epidemiológico de riesgo radiación ionizante

4.3 Medidas de prevención y control en las condiciones de salud La ESE Hospital Eduardo Santos, realizo exámenes médicos ocupacionales en el mes de mayo de 2018, y se está haciendo el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones del médico laboral en los exámenes periódicos ocupacionales, se actualizo la bacteria del riesgo psicosocial en diciembre de 2017. Los programas de prevención son: Programa de Prevención de Sustancias Psicoactivas Programa de Estilos de Vida Saludables. Se tiene un Directorio serológico de los trabajadores asistenciales, donde se determina el estado inmunológico de la población expuesta a riesgo biológico. Se tiene un Manual de Bioseguridad para toda la institución Se tiene normas claras de limpieza y desinfección de las áreas, principalmente asistenciales. 4.3.1 Morbilidad sentida de la población trabajadora La ESE Hospital Eduardo Santos aplico un instrumento diseñado para y acorde a las características del Hospital, el cual contiene 15 variables de elección múltiple y la variable 16 eta referida a 22 opciones de molestias determinadas en SINTOMAS con la opción si se tiene o no se tiene, este instrumento fu aplicado al personal de nómina, en el entendido que las empresas tercer izadas, deberán tener los resultados de la morbilidad sentida de su población trabajadora. Los resultados obtenidos son los siguientes: 1. EDAD Variables a. 18 – 27 años b. 28 – 37 años c. 38 _ 47 años d. 48 años o más 3. SEXO Variables a. Hombre b. Mujer

Resultado % 5% 29% 26% 39% Resultado % 63% 37%

5. NIVEL DE ESCOLARIDAD Variables Resultado % a. Primaria 5% b. Secundaria. 18%

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2. ESTADO CIVIL Variables Resultado % a. Soltero (a) 33% b. Casado (a) /Unión libre 42% c. Separado (a) /Divorciado 22% d. Viudo (a) 3% 4. NUMERO DE PERSONAS A CARGO Variables Resultado % a. Ninguna 21% b. 1 – 3 personas 49% c. 4-6 personas 30% d. Más de 6 personas 0% 6. TENENCIA DE VIVIENDA Variables Resultado % a. Propia 23% b. Arrendado 45%

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Código: MA-ST-00-001 Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 29 de 40

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4.4

Código: MA-ST-00-001 Versión: 01 Vigencia: 15/11/2018 Página 30 de 40

Medidas de prevención y control en las condiciones de seguridad

La ESE Hospital Eduardo Santos tiene y realiza: Una ruta para el reporte y atención de accidente de trabajo, que se ha socializado mediante el proceso de inducción y re inducción, capacitaciones, y una circular para todos los trabajadores con este fin. Tiene un COPASST, muy comprometido, con reuniones de 4 horas semanales que se ocupan en la investigación de incidentes y accidentes laborales, determinando un plan de acción, inspecciones de seguridad, y reuniones extraordinarias cuando lo amerite la complejidad de la situación para resolver. Una matriz de peligros actualizada con priorización de sus factores de riesgo, donde se determina controles para estos peligros. Se tiene una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual sido socializada y actualizada, tomando compromisos de parte de sus trabajadores para su cumplimiento. Señalización y demarcación de áreas fortaleciendo la seguridad en los desniveles con información para trabajadores y usuarios. Clasificación de residuos hospitalarios de acuerdo al código de colores con un PGIRSH que cubre todas las áreas de la institución. Contamos con guardianes en todas las áreas asistenciales para recepción de material corto punzante. Plan de emergencias, brigada con personal comprometido, capacitado, entrenado, y certificado, se cuenta con extintores habilitados para su uso respectivo en todas las áreas de la ESE, contamos con dotación de camillas y botiquines para la atención de emergencias por servicios.

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Código: MA-ST-00-001 Versión: 02 Vigencia: 15/03/2017 Página 31 de 40

La institución lideró un plan de ayuda mutua con sus vecinos geográficos con el fin de aunar esfuerzos e implementar las medidas necesarias de prevención ante una posible emergencias, sensibilizando a lograr mejores acciones de prevención con el apoyo de las autoridades y fuerzas vivas municipales, policía nacional y bomberos del municipio. De acuerdo con el estudio de confort térmico realizado el 25 de marzo de 2016, se determinó implementar las recomendaciones para ejercer el control de las temperaturas en las áreas de mayor riesgo de disconfort térmico (urgencias, cocina, auditoria médica, consultorios médicos en consulta externa y otras áreas), para la libre circulación de aire. Realizó remodelación a las áreas del servicio de urgencias Ha determinado reglas claras de seguridad industrial (manual de bioseguridad) para la población trabajadora la cual fue implementado, socializado, pendiente de actualizar. Se tiene contratado una empresa tercer izada para el mantenimiento preventivo correctivo y de mantenimiento a equipo biomédico. Se tiene una empresa de vigilancia para las 24 horas, la cual supervisa el ingreso de usuario. Se realizan periódicamente fumigaciones programadas para el control de roedores, vectores e infecciones con empresas contratada para tal fin. Lista de chequeo para control de automotores Fortalecimiento a la señalización y demarcación de áreas. Se suministra periódicamente y acorde a la necesidad los elementos de protección personal desde el área de almacén, mediante el formato de solicitud de necesidades de insumos proyectado por cada jefe de servicio. 4.5 Control de proveedores contratistas y subcontratistas La ESE Hospital Eduardo Santos determina en la minuta de contratación los parámetros de seguridad y salud en el trabajo, acorde a las norma legales establecidas, con los cuales se ha determinado compromiso de acuerdo seguridad y salud en el trabajo. Nuestras empresas tercer izadas son: Empresas Tercerizadas MEDIMERC HOSPITALARIA Vigilancia y Seguridad La Ley Ltda

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Representante Legal Objeto del Contrato Mario Alfonso Rodríguez Mantenimiento infraestructura Rosas equipo biomédico Franklin Hernando Quiñones Rodríguez Vigilancia y Seguridad

Documento controlado del SGC y del SGSST, elaborado por Asesor de Seguridad y Salud en el Trabajo, revisado por Planeación y calidad, aprobado por Gerente.

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SERVINARIÑO Comercializadora Fijación Externa S.A.S Cafetería COFFEE La Venta

Código: MA-ST-00-001 Versión: 02 Vigencia: 15/03/2017 Página 32 de 40

Suministro alimentación hospitalaria Suministro de material de osteosíntesis Suministro de productos de Deisy Yosely Muñoz Castillo cafetería Diana Asencio Lennin Edmundo Hidalgo Basante

4.6 Registro de Ausentismo La ESE Hospital Eduardo Santo, diligencia mensualmente el ausentismo de la población trabajadora, por todas las causas, se documenta mediante una matriz de registro. Ver anexo 4.7 Registro de accidentalidad La ESE Hospital Eduardo Santos lleva un registro de accidentes de trabajo ocurridos en la población trabajadora y contratistas por todas las causas, igualmente se tiene un consolidado en una matriz, de los accidentados por diferentes factores de riesgo, esto con el fin de identificar oportunidades de mejora en el manejo de su principal riesgo el biológico. Con esta información se identifica los trabajadores accidéntogenos para realizar lecciones aprendidas. Ver anexo 4.8 Prevención, preparación y respuesta ante las emergencias La ESE Hospital Eduardo Santos ha determinado un Plan de Emergencias y ha conformado la brigada de emergencias con la participación de trabajadores y contratistas comprometidos, los cuales se han capacitado, entrenado, certificado, y participado en los simulacros de evacuación realizados por la empresa, además cuentan con los elementos de protección personal determinados para los brigadistas. El Hospital lideró un Plan de ayuda mutua con sus vecinos geográficos con el fin de identificar oportunidades de mejora y de sensibilizar al compromiso ante la respuesta a las situaciones de emergencias que pudiesen ocurrir alrededor de la institución, situación bien acogida por la comunidad, quienes respondieron y se hizo esta alianza estratégica de prevención. 5.

VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

5.1

Inspecciones planeadas de seguridad industrial

La ESE Hospital Eduardo Santos, determino una lista de chequeo de seguridad para a verificación de las áreas con referencia a la seguridad industrial, esta lista de verificación contempla varias situaciones, desde el conocimiento y aplicación de la bioseguridad, el conocimiento en emergencias, el orden y el aseo y todas aquellas situaciones que pudiesen ocasionar accidentes de trabajo en las áreas de la ESE, esto con el fin de identificar oportunidades de mejora, en la realización del plan de acción y en el seguimiento.

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También se determinó una lista de chequeo de verificación de automotor, para el control de ambulancia, este instrumento muy completo será diligenciado por los conductores y brindara la información suficiente para identificar y prever situaciones de riesgo en las ambulancias, teniendo en cuenta que este servicio es ara los usuarios y deberá ser lo más eficiente posible. Ver anexo 5.2 Inspecciones planeadas de bioseguridad con lista de chequeo. La ESE Hospital Eduardo Santos, como parte importante de su SG-SST, determinó una lista de chequeo para la verificación del cumplimiento de las normas de bioseguridad generales y específicas, con el fin de fortalecer el autocuidado y la prevención, igualmente los eventos adversos de los usuarios del servicio por infecciones nosocomiales y de otro tipo, es importante que esta información que genere el diligenciamiento de esta lista de chequeo, brinde insumos para reforzar el conocimiento del trabajador asistencial, y así poder hacer que el personal lo refleje positivamente en el día a día en los servicios clínicos, asistenciales, y operativos, una vez diligenciada esta lista se identificará oportunidades de mejora, haciendo un plan de acción con acciones correctivas preventivas y el seguimiento necesario a estas situaciones subestandar. Ver anexo 6.

AUDITORIA Y REVISION POR LA ALTA DIRECCION DEL SG-SST

La ESE Hospital Eduardo Santos realizara una auditoría anual, la cual será planificada con la participación del Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, COPASST. Si la auditoría se realiza con personal interno de la entidad, debe ser independiente a la actividad, área o proceso objeto verificación. Teniendo en cuenta que el Hospital tiene una líder de calidad, se realizara el programa de auditoría el cual tendrá en cuenta entre otros, la definición de la idoneidad de la persona que sea auditora, el alcance de la auditoría, la periodicidad, la metodología y la presentación de informes, y debe tomarse en consideración resultados de autorías previas, si las hubiese. La selección del personal auditor no implicará necesariamente aumento en la planta de cargos existentes. Los auditores no deben auditar su propio trabajo. Los resultados de la auditoría deben ser comunicados a los responsables de adelantar las medidas preventivas, correctivas o de mejora en el Hospital. 6.1 Auditoria del cumplimiento y revisión por la alta dirección del SG-SST La alta dirección de la ESE Hostal Eduardo Santos, adelantara una revisión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), la cual debe realizarse por lo menos una (1) vez al año, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su funcionamiento, acorde a las normas legales establecidas. Dicha revisión debe determinar en qué medida se cumple con la política y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo y se controlan los riesgos. La revisión no debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los resultados (estadísticas sobre accidentes y

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enfermedades, entre otros), sino de manera proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la gestión en seguridad y salud en el trabajo. 6.2

Alcance de la auditoria del cumplimiento del SG-SST

El alcance de la auditarla de cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), deberá abarcar entre otros lo siguiente: 1. El cumplimiento de la política de seguridad y salud en el trabajo; 2. El resultado de los indicadores de estructura, proceso y resultado; 3. La participación de los trabajadores; 4. El desarrollo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas; 5. El mecanismo de comunicación de los contenidos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), a los trabajadores; 6. La planificación, desarrollo y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST); 7. La gestión del cambio; 8. La consideración de la seguridad y salud en el trabajo en las nuevas adquisiciones; 9. El alcance y aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) frente a los proveedores y contratistas; 10. La supervisión y medición de los resultados; 11. El proceso de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y su efecto sobre el mejoramiento de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa; 12. El desarrollo del proceso de auditoría; y 13. La evaluación por parte de la alta dirección. 6.3

Revisión anual por la alta dirección

Dicha revisión anual debe determinar en qué medida se cumple con la política y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo y se controlan los riesgos. La revisión no debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los resultados (estadísticas sobre accidentes y enfermedades, entre otros), sino de manera proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la gestión en seguridad y salud en el trabajo. La revisión de la alta dirección debe permitir: 1. Revisar las estrategias implementadas y determinar si han sido eficaces para alcanzar los objetivos, metas y resultados esperados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo; 2. Revisar el cumplimiento del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo y su cronograma; 3. Analizar la suficiencia de los recursos asignados para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y el cumplimiento de los resultados esperados;

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4. Revisar la capacidad del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), para satisfacer las necesidades globales de la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo; 5. Analizar la necesidad de realizar cambios en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), incluida la revisión de la política y sus objetivos; 6. Evaluar la eficacia de las medidas de seguimiento con base en las revisiones anteriores de la alta dirección y realizar los ajustes necesarios; 7. Analizar el resultado de los indicadores y de las auditorías anteriores del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST); 8. Aportar información sobre nuevas prioridades y objetivos estratégicos de la organización que puedan ser insumas para la planificación y la mejora continua; 9. Recolectar información para determinar si las medidas de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y son eficaces; 10. Intercambiar información con los trabajadores sobre los resultados y su desempeño en seguridad y salud en el trabajo; 11 Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de peligros y el control de los riesgos y en general mejorar la gestión en seguridad y salud en el trabajo de la empresa; 12. Determinar si promueve la participación de los trabajadores; 13. Evidenciar que se cumpla con la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales, el cumplimiento de los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales que le apliquen: 14. Establecer acciones que permitan la mejora continua en seguridad y salud en el trabajo: 15. Establecer el cumplimiento de planes específicos, de las metas establecidas y de los objetivos propuestos; 16. Inspeccionar sistemáticamente los puestos de trabajo, las máquinas y equipos y en general, las instalaciones de la empresa; 17. Vigilar las condiciones en los ambientes de trabajo; 18. Vigilar las condiciones de salud de los trabajadores; 19. Mantener actualizada la identificación de peligros, la evaluación y valoración de los riesgos;

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20. Identificar la notificación y la investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales; 21. Identificar ausentismo laboral por causas asociadas con seguridad y salud en el trabajo; 22. Identificar pérdidas como daños a la propiedad, máquinas y equipos entre otros, relacionados con seguridad y salud en el trabajo; 23. Identificar deficiencias en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo; 24. Identificar la efectividad de los programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores. Parágrafo. Los resultados de la revisión de la alta dirección deben ser documentados y divulgados al Copasst o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y al responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) quien deberá definir e implementar las acciones preventivas, correctivas y mejora a que hubiere lugar. 6.4 Investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales Los integrantes del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la ESE Hospital Eduardo Santos realiza las investigaciones de los incidentes, accidentes, enfermedades laborales. La investigación de las causas de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, se adelantara acorde con lo establecido en la Resolución número 1401 de 2007 es así como el resultado de esta investigación, debe permitir entre otras, las siguientes acciones: 1. Identificar y documentar las deficiencias del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) lo cual debe ser el soporte para la implementación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora necesarias; 2. Informar de sus resultados a los trabajadores directamente relacionados con sus causas o con sus controles, para que participen activamente en el desarrollo de las acciones preventivas, correctivas y de mejora; 3. Informar a la alta dirección sobre el ausentismo laboral por diferentes causas, o incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales y generales. 4. Alimentar el proceso de revisión que haga la alta dirección de la gestión en seguridad y salud en el trabajo y que se consideren también en las acciones de mejora continua. Ver anexo

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MEJORAMIENTO DEL SG-SST

La ESE Hospital Eduardo Santos dara las directrices y otorgar los recursos necesarios para la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el objetivo de mejorar la eficacia de todas sus actividades y el cumplimiento de sus propósitos. 7.1 Acciones preventivas y correctivas La ESE Hostal Eduardo Santos, propende porque se definan e implementen las acciones preventivas y correctivas necesarias, con base en los resultados de la supervisión y medición de la eficacia del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), de las auditorías y de la revisión por la alta dirección. Estas acciones entre otras, deben estar orientadas a: 1. Identificar y analizar las causas fundamentales de las no conformidades con base en lo establecido en el presente capítulo y las demás disposiciones que regulan los aspectos del Sistema General de Riesgos Laborales. 2. La adopción, planificación, aplicación, comprobación de la eficacia y documentación de las medidas preventivas y correctivas. Parágrafo 1. Cuando se evidencie que las medidas de prevención y protección relativas a los peligros y riesgos en Seguridad y Salud en el Trabajo son inadecuadas o pueden dejar de ser eficaces, estas deberán someterse a una evaluación y jerarquización prioritaria y sin demora por parte del empleador o contratante, de acuerdo con lo establecido en el presente capítulo. Parágrafo 2. Todas las acciones preventivas y correctivas se encuentran documentadas, ser difundidas a los niveles pertinentes, tienen sus responsables y fechas de cumplimiento. 7.2

Mejora continua

La ESE Hostal Eduardo Santos considerara las siguientes fuentes para identificar oportunidades de mejora: 1. El cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST); 2. Los resultados de la intervención en los peligros y los riesgos priorizados; 3. Los resultados de la auditoría y revisión del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), incluyendo la investigación de los incidentes, accidentes y enfermedades laborales; 4. Las recomendaciones presentadas por los trabajadores y el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda.

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5. Los resultados de los programas de promoción y prevención; 6. El resultado de la supervisión realizado por la alta dirección; y 7. Los cambios en legislación que apliquen a la organización.

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ANEXOS: Cuadro de distribución del personal Presupuesto del SG-SST Programa de capacitación Matriz de control de capacitaciones Matriz de peligros Matriz legal Plan de Trabajo Anual Plan de ayuda Mutua Registro de Ausentismo Registro de accidentalidad Lista de chequeo de inspección de seguridad industrial Lista de chequeo automotor Lista de chequeo de bioseguridad Formato de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales Formatos de auditoria acorde al Decreto 1072 del 2015

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Versión Inicial NA 01

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CONTROL DE CAMBIOS CONTROL DE CAMBIOS DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO Creación del Documento Se actualiza política, perfil sociodemográfico, distribución d epersonal, etc

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Versión Final 01 02

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