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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Curso de capacitación para el desempeño de funciones de nivel básico MINISTERIO DE TRAB

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Curso de capacitación para el desempeño de funciones de nivel básico

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

RELACIÓN DE AUTORES COORDINACIÓN Cuenca Álvarez, Isabel. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. García de Castro Ruiz de Velasco, Macarena. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. AUTORES Díez Maté, Carlos R. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Fraile Cantalejo, Alejo. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT. García de Castro Ruiz de Velasco, Macarena. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Iglesias Martínez, Virtudes. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. López Muñoz, Gerardo. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Luna Mendaza, Pablo. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Martín Martín, Luis Vicente. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Molina Benito, José Antonio. Gabinete de Seguridad e Higiene de Salamanca. Junta de Castilla y León. Moliné Marco, José Luis. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Moreno de la Osa, Eloy. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Pérez Guerrero, Adolfo. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Rocasalbas Vázquez, Pilar. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Solé Gómez, Mª Dolores. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Urrutia de Diego, Marta. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT. EDICIÓN ACTUALIZADA 2004 Bestratén Belloví, Manuel. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. De la Iglesia Huerta, Antonio. Centro Nacional de Medios de Protección. Sevilla - INSHT. Fernández Martínez, Olga. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Fernández Pereira, Paloma. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Fraile Cantalejo, Alejo. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT. Gómez-Cano Hernández, Manuel. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Ledesma de Miguel, Jesús. Centro Nacional de Medios de Protección. Sevilla - INSHT. Montes Mayorga, Manuel. Centro Nacional de Medios de Protección. Sevilla - INSHT. Partida Perdigones, Emilio. Centro Nacional de Medios de Protección. Sevilla - INSHT. Pérez Bilbao, Jesús. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT. Pinilla García, F. Javier. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Pyqué Ardanuy, Tomás. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Portillo García-Pintos, Jesús. Centro Nacional de Medios de Protección. Sevilla - INSHT. Zubizarreta Molinuevo, Jon. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT. EDICIÓN ACTUALIZADA 2007 Berlana Llorente, Tania. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Cantalejo García, Marcos. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Catellá López, José Luis. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Diaz Aramburu, Clara Isabel. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Fraile Cantalejo, Alejo. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT Iranzo García, Yolanda. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. López Fernández, Elisenda. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Martín Martín, Luis Vicente. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Orofino Vega, Pablo. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Pérez Nicolás, Joaquín. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Pérez Varela, Raquel. Centro Nacional de Nuevas Tecnologías. Madrid - INSHT. Ruiz Pascual, Victoria. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Solé Gómez, Mª Dolores. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo. Barcelona - INSHT. Zubizarreta Molinuevo, Jon. Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Vizcaya - INSHT REVISIÓN Cañizares Garrido, María Asunción. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. del Valle Guzmán, Carmen Marta. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Fernández Pereira, Paloma. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Martín Martín, Luis Vicente. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Ruiz Pascual, Victoria. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT. Utande Hervás, Sagrario. Subdirección Técnica. Madrid - INSHT.

DISEÑO DE LA CUBIERTA Cruz Gala, José Miguel. Servicio de Ediciones y Publicaciones. Madrid - INSHT. ILUSTRACIONES Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo e Instituto Social de la Marina. EDITA Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. C/ Torrelaguna, 73 - 28027 MADRID. COMPOSICIÓN E IMPRESIÓN Servicio de Ediciones y Publicaciones. Madrid - INSHT. © Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. NIPO: 211- 08 - 025 - 9 ISBN: 978 - 84 -7425 -742-7 Depósito Legal: M - 26477-2008

SUMARIO Presentación Manual del promotor Guía didáctica del alumno Módulo 1: CONCEPTOS BÁSICOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Introducción Objetivo Unidad Didáctica 1. Introducción a la prevención de riesgos laborales Unidad Didáctica 2. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales Documentación básica de consulta Bibliografía Módulo 2: RIESGOS GENERALES Y SU PREVENCIÓN Introducción Objetivos Unidad Didáctica 1. Los riesgos ligados a las condiciones de seguridad Unidad Didáctica 2. Los riesgos ligados al medio ambiente de trabajo Unidad Didáctica 3. La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral Unidad Didáctica 4. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual Unidad Didáctica 5. Nociones básicas de actuación en emergencias y evacuación Unidad Didáctica 6. Primeros auxilios Unidad Didáctica 7. El control de la salud de los trabajadores Documentación básica de consulta Bibliografía Modulo 3. ELEMENTOS BÁSICOS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Introducción Objetivos Unidad Didáctica 1. La gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa Unidad Didáctica 2. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo Documentación básica de consulta Bibliografía Glosario

PRESENTACIÓN El propósito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales fue introducir la prevención de riesgos en todos los centros de trabajo. En muchas empresas, las de menor tamaño, esto se ha llevado a cabo mediante la designación de uno o varios trabajadores para hacerse cargo de las funciones preventivas, o mediante la asunción de estas funciones por el propio empresario, cuando el número de trabajadores no es superior a cinco. La formación para el desempeño de funciones de nivel básico es uno de esos puntos clave donde la estrategia preventiva de un Estado puede alcanzar una mayor eficacia, apoyándose en la incidencia que estos “trabajadores de la prevención” tienen en el mundo laboral. En este sentido, el “curso de capacitación para el desempeño de las funciones de nivel básico” ha sido, desde el momento de su aparición, uno de los productos de nuestra Institución con mejor acogida por parte de las entidades dedicadas a la formación y, en general, por las personas, colectivos y organizaciones preocupadas por la prevención de los riesgos laborales. El tiempo transcurrido desde la primera edición del curso, en sus versiones de 30 y 50 horas, así como la reciente reforma del marco normativo de prevención de riesgos laborales han hecho necesario revisar y poner al día parte de sus contenidos. Esperamos que este material pedagógico, cuya nueva edición se presenta ahora revisada y actualizada, siga manteniendo la misma utilidad para todos sus destinatarios y de este modo el INSHT continúe cumpliendo eficazmente con una de sus misiones clave: la promoción y apoyo a la mejora de las condiciones de trabajo en las empresas de nuestro país.

Concepción Pascual Lizana DIRECTORA DEL INSHT

MÓDULO

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Conceptos básicos de seguridad y salud en el trabajo ESTRUCTURA DEL MÓDULO INTRODUCCIÓN OBJETIVO

UNIDAD DIDÁCTICA 1. INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES UNIDAD DIDÁCTICA 2. MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 1

INTRODUCCIÓN Uno de los objetivos fundamentales de la sociedad es la creación de un “empleo de calidad”, entendido como aquél capaz de satisfacer las necesidades de la empresa, los trabajadores y la sociedad. Entre esas necesidades, las relativas a la seguridad y salud de los trabajadores tienen mucha importancia y deben ser abordadas desde la perspectiva de la “prevención”, entendida como el “conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo”. Para prevenir dichos riesgos hay que analizar las condiciones de trabajo existentes y determinar su influencia en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. Entre ellas habrá aspectos positivos a promover y otros negativos que será preciso eliminar controlar adecuadamente. Debemos conseguir métodos de trabajo que, sin dejar de ser rentables económicamente, creen condiciones de trabajo que se acerquen al estado ideal de bienestar físico, mental y social al que todos los trabajadores tienen derecho. Este módulo tiene la finalidad de ofrecer una visión de conjunto que permita comprender mejor el trabajo y los daños que puedan derivarse de unas condiciones de trabajo inadecuadas. Por otra parte, se pretende dar a conocer los derechos y deberes de los trabajadores en esta materia, así como la reglamentación básica existente en sus respectivos puestos de trabajo.

OBJETIVO



Establecer el marco conceptual y legislativo en que se desarrolla la Prevención de Riesgos Laborales.

UNIDAD DIDÁCTICA

1

Introducción a la prevención de riesgos laborales ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS 1. 2. 3. 4. 5.

EL TRABAJO LA SALUD EL TRABAJO Y LA SALUD LOS RIESGOS LABORALES CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS

RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 1, UNIDAD 1

1

INTRODUCCIÓN El trabajo puede conllevar riesgos para la salud de los trabajadores, que es necesario identificar y controlar adecuadamente. Para ello, es imprescindible conocer la naturaleza del trabajo y de todos los elementos que influyen en él (técnicos, organizativos, económicos, sociales, etc.). Esto es especialmente complejo en una situación de cambio casi permanente como la que vive actualmente el mundo del trabajo, con una competencia creciente que obliga a realizar un esfuerzo continuo de adaptación ante los cambios en los procesos de trabajo, las formas de organizarlo, las caracteristicas de los trabajadores, e incluso en la naturaleza de los riesgos para la salud. Prevenir implica adaptarse a dichos cambios y aprovechar las oportunidades de mejora que pueden acompañarles. En ocasiones nos permiten solucionar problemas de seguridad y salud de los trabajadores ya existentes, e incluso promover la creación en el trabajo de condiciones de desarrollo profesional, personal y social. Sin embargo, los cambios también pueden traer nuevos peligros que será preciso eliminar o controlar adecuadamente. Hay que desarrollar actuaciones preventivas dirigidas a todos los riesgos laborales existentes, tanto aquellos que puedan provocar un accidente de trabajo y/o una enfermedad profesional, como cualquier otro posible daño para la salud de los trabajadores, como la fatiga mental, el estrés laboral, etc.

OBJETIVOS



Conocer los conceptos básicos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo.



Identificar los tipos de riesgos laborales existentes y los posibles daños derivados del trabajo.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

EL TRABAJO

2.

LA SALUD

3.

EL TRABAJO Y LA SALUD

4.

LOS RIESGOS LABORALES

5.

CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS 5.1.

Accidente de trabajo

5.2. Enfermedad profesional 5.3. Otros daños para la salud 5.4. Otros daños. Repercusiones económicas y de funcionamiento

Va usted a iniciar un curso que pretende ayudarle a conocer los peligros para su salud que pueden existir en el trabajo, así como las medidas que debe adoptar para prevenir sus efectos.

MÓDULO 1, UNIDAD 1

3

1. EL TRABAJO

3. EL TRABAJO Y LA SALUD

El trabajo es una actividad social organizada que, a través de la combinación de recursos de naturaleza diferente, como trabajadores, materiales, energía, tecnología, formación, organización, etc., permite alcanzar unos objetivos y satisfacer unas necesidades.

El trabajo y la salud están interrelacionados. A través del trabajo buscamos satisfacer una serie de necesidades, desde las de supervivencia, hasta las de desarrollo profesional, personal y social. Sin embargo, en ese proceso podemos ver agredida nuestra salud, por ejemplo, si el trabajo no se realiza en las condiciones adecuadas.

El progreso tecnológico y social ha mejorado notablemente la calidad de vida de la sociedad en general, y también las condiciones en que se realiza el trabajo eliminando o reduciendo muchos de los problemas antes existentes. No obstante, siguen manteniéndose muchos de ellos, incluso otros se han incrementado y han aparecido algunos nuevos que es preciso identificar, evaluar y controlar. Entre estos problemas, juegan un papel predominante los relacionados con la salud de los trabajadores.

2. LA SALUD La Organización Mundial de la Salud define la salud como “el estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño o enfermedad”. Es importante resaltar la triple dimensión de la salud y la importancia de lograr que nuestro organismo, nuestra mente y nuestras relaciones sociales estén en equilibrio.

El mundo del trabajo, al igual que la sociedad, está en proceso de cambio permanente. Los sistemas de trabajo, las instalaciones, productos y equipos que se utilizan, las formas de organizarlo..., no son las mismas que hace unos pocos años. Las empresas desarrollan su actividad en un marco sumamente competitivo que obliga a adaptar su sistema productivo para lograr la eficacia que asegure su supervivencia. Hoy es frecuente oír hablar de “calidad”, entendida como la aptitud de un producto, servicio o proceso para satisfacer las necesidades de los usuarios, y del concepto de “calidad total”, que implica hacer las cosas bien y mejorarlas constantemente. En muchos casos, su implantación genera una mejora importante de las condiciones materiales y organizativas en que se desarrolla el trabajo. La salud está relacionada con todos esos aspectos y, cuando en una empresa cambia el proceso de trabajo o los elementos técnicos, materiales u organizativos, hay que tener en cuenta que

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

también pueden cambiar, para bien o para mal, las condiciones de seguridad y salud. Esos cambios, hoy tan frecuentes en la empresa, están dirigidos en gran medida a aumentar la eficacia productiva, y frecuentemente nos proporcionan la ocasión de mejorar las condiciones de trabajo. Ahora bien, en algunas ocasiones pueden conllevar modificaciones que, directa o indirectamente, perjudiquen la salud de los trabajadores. Se debe prestar una atención especial a los factores organizativos y psicosociales que pueden pasar más desapercibidos, ya que generalmente sus consecuencias negativas (fatiga mental, estrés laboral, ...) no suelen ser tan evidentes como las de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. En esa línea van las numerosas iniciativas de la Unión Europea en este ámbito, entre las que es importante destacar las siguientes:

• Estrategia acordada en el Consejo Europeo de Lisboa en marzo de 2000, subrayando la necesidad de avanzar hacia el pleno empleo, creando no sólo más puestos de trabajo, sino puestos de trabajo de más calidad. • Estrategia comunitaria 2002-2006: Cómo adaptarse a los cambios en la sociedad y en el mundo del trabajo: una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad (2002-2006). Con ella se trataba de promover un enfoque global del bienestar del trabajo mediante la mejora continua del mismo. • Estrategia comunitaria 2007-2012: mejorar la calidad y la productividad en el trabajo: estrategia comunitaria de salud y seguridad (2007-2012), reconociéndose que la garantía de calidad y de productividad en el trabajo puede contribuir en gran medida a promover el crecimiento económico y el empleo.

LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (art.4. Definiciones) RIESGO LABORAL: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

PREVENCIÓN: Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. CONDICIÓN DE TRABAJO: Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. (...)

MÓDULO 1, UNIDAD 1

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Se avanza hacia un enfoque global del mundo del trabajo, que incorpora otros aspectos de la actuación de las empresas como su incidencia en el medio ambiente. Así es común hablar de la “Responsabilidad social de las empresas”, entendida como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores, según se indica en el Libro verde de la Comisión de las Comunidades Europeas dedicado a “Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas”. En él se dice que “ser socialmente responsable no significa solamente cumplir plenamente las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de su cumplimiento invirtiendo “más” en el capital humano, el entorno y las relaciones con los interlocutores”. Esta amplia perspectiva requiere considerar actividades muy variadas, entre las que vamos a destacar, por su incidencia con nuestro tema de estudio, las de carácter interno, representadas en el esquema adjunto, donde vemos que la seguridad y salud en el trabajo está interrelacionando con la gestión de los recursos humanos, la adaptación al cambio y la gestión del impacto ambiental y de los recursos naturales. RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS Principales aspectos internos

Adaptación al cambio

Gestión de recursos humanos

Gestión del impacto ambiental y de los recursos naturales

Salud y seguridad en el lugar de trabajo

Controlar los efectos e la actividad productiva es una exigencia de la calidad y de la productividad que tiene una repercusión social importante, lo que requiere conocer los elementos que pueden influir, positiva o negativamente, en el desarrollo del trabajo y en el trabajador encargado del mismo, teniendo en cuenta sus capacidades y necesidades. Entre los elementos negativos más importantes, vamos a comentar a continuación los relacionados directamente con la salud del trabajador, también denominados “riesgos laborales”.

4. LOS RIESGOS LABORALES Veamos a continuación una serie de definiciones que aparecen en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre): Dicha Ley (LPRL), en su artículo 15 define los “principios generales de la acción preventiva” que el empresario debe aplicar en cumplimiento del deber general de prevención a aplicar en el trabajo. Estos son los siguientes: a) Evitar los riesgos. b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. c) Combatir los riesgos en su origen. d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud. e) Tener en cuenta la evolución de la técnica. f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo. h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

¡RECUERDE! En el trabajo, ante cualquier peligro para la salud, si se quiere ser eficaz lo primero que hay que intentar es EVITAR LOS RIESGOS, es decir, eliminarlos, y, si no se puede hacer completamente, a continuación EVALUAR LOS QUE NO SE PUEDAN EVITAR y después ACTUAR sobre ellos, en primer lugar COMBATIENDOLOS EN SU ORIGEN y, así, ir aplicando sucesivamente los principios generales de la acción preventiva indicados en el artículo 15 de la LPRL.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

TRABAJO

CONDICIONES DE TRABAJO

- LOCALES - INSTALACIONES

POSITIVOS:

- EQUIPOS

Promover desarrollo profesional, personal y social

- PRODUCTOS - ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, ETC EFECTOS SOBRE LA SALUD

- CONOCIMIENTOS - EXPERIENCIA - APTITUDES - ACTITUDES TRABAJADOR

- EXPECTATIVAS

Hay que tener en cuenta todo lo que pueda afectar a la salud del trabajador, especialmente lo que represente un peligro para ella. Como se indica en el gráfico, hemos de analizar las “condiciones de trabajo”, recordando que se refieren a aspectos del trabajo de naturaleza muy diversa, pues junto a los locales, instalaciones, equipos y productos, encontramos los procedimientos de trabajo y en general todo el ámbito de la organización del trabajo y su ordenación, de gran incidencia en la actividad productiva y en sus consecuencias para el trabajador, tanto positivas como negativas. La actividad preventiva debe analizar esas condiciones de trabajo en función de las características de los trabajadores, de sus conocimientos, experiencia, aptitudes, actitudes y expectativas, en definitiva de sus capacidades y necesidades. De esa forma será posible controlar mejor los efectos negativos sobre la

NEGATIVOS: RIESGOS PROFESIONALES: - Accidentes de trabajo - Enfermedades profesionales - Otros daños para la salud OTROS DAÑOS: - Costes - Productividad - Competividad, etc.

salud de algunas de esas condiciones de trabajo y, a la vez, intentar aprovechar las posibilidades de favorecer un desarrollo del trabajador a través, por ejemplo, de estrategias de participación y comunicación.

¡RECUERDE!

En el trabajo que realizamos hay aspectos negativos que hay que evitar o disminuir, como los riesgos laborales. Pero, también, hay otros aspectos positivos que conviene promover y potenciar, como, por ejemplo, las posibilidades de desarrollo del trabajador, tanto profesional, como personal y social.

MÓDULO 1, UNIDAD 1

5. CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS 5.1. Accidente de trabajo Los accidentes de trabajo son uno de los indicadores inmediatos y más evidentes de unas malas condiciones de trabajo y, la lucha contra ellos es una de las actividades preventivas más importantes.

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La “Seguridad en el Trabajo” es el conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir el riesgo de que se produzcan los accidentes de trabajo. Obtendrá más información sobre la Seguridad en el Trabajo en la unidad didáctica 1 del módulo 2.

5.2. Enfermedad profesional Legalmente, se entiende por accidente de trabajo “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena”. Esta definición legal se refiere tanto a las lesiones que se producen en el centro de trabajo como a las producidas en el trayecto habitual entre éste y el domicilio del trabajador. Estos últimos serían los accidentes llamados “in itinere”. Desde un punto de vista técnico-preventivo, accidente de trabajo es todo suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de forma brusca e inesperada, aunque normalmente es evitable, que interrumpe la normal continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas. Los accidentes, por muy inesperados, sorprendentes o indeseados que sean, no surgen por casualidad. Son consecuencia de una situación anterior, en la que existían las condiciones que hicieron posible que el accidente se produjera. Siempre hay unas causas de carácter natural, no misteriosas o sobrenaturales, y, aunque a veces cueste encontrarlas, no debemos echar la culpa a “la mala suerte” o resignarnos, pues de esa manera no es posible prevenir que vuelvan a aparecer y den lugar a nuevos accidentes.

¡RECUERDE!

Los accidentes tienen causas naturales y explicables, y, si no las descubrimos y controlamos, los accidentes volverán a producirse.

El artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social define la “enfermedad profesional” como toda aquélla contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o substancias que en dicho cuadro se indique para toda enfermedad profesional. El cuadro vigente en la actualidad fue aprobado por Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre. Las enfermedades contraídas como consecuencia del trabajo y que no estén contempladas como enfermedades profesionales serán consideradas, a efectos legales, como accidentes de trabajo. Desde el punto de vista técnico-preventivo, se habla también de enfermedad relacionada con el trabajo, entendiendo por ella aquel deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas, sean éstas producidas por el ambiente en que se desarrolla el trabajo o por la forma en que éste está organizado.

¡IMPORTANTE!

El término enfermedad profesional hace referencia al concepto legal y el de enfermedad relacionada con el trabajo, al concepto técnico-preventivo.

Los factores que determinan una enfermedad profesional se reflejan en la siguiente ilustración.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

dividuos e, incluso, llegar a materializarse en dolencias de tipo somático o psicosomático. PO N EM TI DE ICIÓ S PO EX ICAS TERÍST CARAC ONALES PERS OS DE L ES JADOR TRABA

CO N O I CENT NT EN RACIÓ S CO NTA DEL IDAD N MIN AN TE

PRE SIMUSENCIA DE V LTÁNEA A CON TAM RIOS INAN TES

Los aspectos a considerar en este apartado serían los relativos a la carga de trabajo, especialmente la mental, pudiendo producirse fatiga mental, a veces acompañada de la física. Este tipo de factores pueden ocasionar entre otros daños, estrés e insatisfacción laboral.

¡RECUERDE!

En el trabajo se puede perder la salud de muchas formas y todas son importantes. Evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es imprescindible, pero, en ocasiones, no es suficiente, porque pueden producirse otros daños para la salud como, por ejemplo, la fatiga y el estrés derivados de la carga de trabajo, tanto física como mental. ENFERMEDAD PROFESIONAL

La “Higiene Industrial” es una técnica de prevención de las enfermedades profesionales mediante la actuación en el medio ambiente de trabajo. Obtendrá más información sobre la Higiene Industrial en la unidad didáctica 2 del módulo 2.

5.3. Otros daños para la salud No debemos limitar la actividad preventiva a la lucha contra los accidentes de trabajo y las enfermedades consideradas legalmente como profesionales, pues ello supondría definir la salud como la ausencia de daño o enfermedad, abarcando una parte importante, pero sólo una parte, de la definición propuesta por la Organización Mundial de la Salud, y que proponemos como modelo. Para plantearnos la labor preventiva de forma completa hemos de tener en cuenta que en el trabajo también pueden existir elementos agresivos capaces de ocasionar trastornos que, sin ser de naturaleza física, puedan causar daño al trabajador. Éstos pueden ser perniciosos para el equilibrio mental y social de los in-

Para actuar sobre estos “otros daños para la salud” contamos con la Ergonomía y la Psicosociología aplicada a la Prevención de riesgos laborales, además de la aportación general de la Medicina del Trabajo, al igual que lo hace en relación con los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Globalmente, podemos definir la “Ergonomía” como el conjunto de técnicas cuyo objetivo es la adecuación entre el trabajo y la persona. Por su parte, la “Psicosociología aplicada a la Prevención de riesgos laborales” estudia los factores de naturaleza psicosocial y organizativa existentes en el trabajo, que pueden repercutir en la salud del trabajador. La “Medicina del Trabajo” es una ciencia que, partiendo del conocimiento del funcionamiento del cuerpo humano y del medio en que éste desarrolla su actividad, en este caso el laboral, tiene como objetivos la promoción de la salud (o prevención de la pérdida de salud), la curación de las enfermedades y la rehabilitación.

MÓDULO 1, UNIDAD 1

5.4. Otros daños. Repercusiones económicas y de funcionamiento Además de las razones de carácter ético-moral existen otros motivos para hacer prevención. Éstos son, por ejemplo, los costes económicos que tienen para la sociedad los daños a la salud que sufren los trabajadores. Limitándonos a los costes producidos por los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, vamos a indicar algunos datos suficientemente ilustrativos.

CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL(2006) ....... 9.190 millones de euros JORNADAS NO TRABAJADAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL en 2005 ....... 20.238.293

Estos los costes más conocidos, también llamados “directos”, pero además hay que considerar otros, entre ellos los debidos a:

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• la producción no realizada, • el contrato y formación del personal que sustituya al accidentado, • los daños materiales producidos, • los retrasos en el suministro y la posible pérdida de clientela, • el deterioro de imagen interna y externa, que podrían considerarse como costes “indirectos”. Estos costes son muy superiores a los directos, y así es posible hacer la estimación de que las PÉRDIDAS TOTALES en España, referidas al año 2006, pueden estimarse en 45.950 MILLONES DE EUROS. El conjunto de todos esos elementos perjudica considerablemente el buen funcionamiento de las empresas, al incrementar sus costes y limitar su competitividad, poniendo en peligro su continuidad y la del empleo que generan. Además, la capacidad de respuesta de los trabajadores está condicionada tanto por el grado en que su salud se vea amenazada como por el grado en que se satisfacen sus expectativas de desarrollo profesional, personal y social.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN El trabajo nos permite satisfacer muchas de nuestras necesidades, sin embargo, las condiciones en que lo realicemos pueden contener peligros para nuestra salud, que es necesario identificar y eliminar, o al menos controlar adecuadamente. Si tenemos en cuenta la salud en todas sus dimensiones, física, mental y social, hemos de considerar todos los factores que pueden llegar a provocar un daño en ella como, por ejemplo, los productos que se utilizan, los equipos y herramientas, los locales e instalaciones, los procedimientos de trabajo, etc., así como el resto de aspectos organizativos y psicosociales que también pueden influir en la salud, tanto en sentido negativo como positivo, al influir en mayor o menor grado, en el logro de un trabajo en el que podamos alcanzar un desarrollo profesional, personal y social. El mundo del trabajo está cambiando rápidamente para lograr unos niveles de competitividad suficientes y hay que analizar sus efectos beneficiosos o perjudiciales en la salud de los trabajadores, con el fin de poder adoptar las medidas preventivas adecuadas. Entre los daños a la salud es preciso analizar, en primer lugar, los accidentes de trabajo y buscar sus causas, rehuyendo explicarlos por la mala suerte o la casualidad. Será necesario, asimismo, descubrir los riesgos de contraer una enfermedad profesional, teniendo en cuenta los contaminantes existentes, su concentración o intensidad y la exposición a los mismos. Además de esos daños, encontramos que la salud de los trabajadores puede verse agredida, también, como consecuencia de la carga de trabajo, física y mental, y en general, de los factores psicosociales y organizativos capaces de generar fatiga, estrés, insatisfacción laboral, etc. La importancia de los daños a la salud y el sufrimiento que generan deben bastar para justificar las medidas encaminadas a su prevención. No obstante, es necesario conocer también la trascendencia de los costes económicos derivados de ellos, por su envergadura y trascendencia social.

MÓDULO 1, UNIDAD 1

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

¿Qué se entiende por “calidad total”? .......................................................................... ..........................................................................

2.

¿Qué se entiende por “prevención”? .......................................................................... ..........................................................................

3.

¿Cuáles son los principios generales que deben orientar la acción preventiva? .......................................................................... ..........................................................................

4.

Cuando se está estudiando introducir en la empresa cambios de equipos, productos o planteamientos organizativos, hay que analizar con especial atención sus posibles efectos sobre la salud. ¿Por qué? .......................................................................... ..........................................................................

5.

¿Cuál es la definición legal de “accidente de trabajo”? .......................................................................... ..........................................................................

6.

Los principales factores que determinan una enfermedad profesional son los siguientes: • la concentración o intensidad del agente contaminante en el ambiente de trabajo. • las características personales de cada trabajador. • la presencia de varios agentes contaminantes al mismo tiempo. • ¿cuál falta?: .......................................................................... ..........................................................................

7.

¿Cuál es el objetivo de la “Ergonomía”? .......................................................................... ..........................................................................

8.

¿Cuál es el objetivo de la “Psicosociología aplicada a la Prevención de Riesgos Laborales”? .......................................................................... ..........................................................................

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

9.

Relacione cada tipo de daño con la Especialidad o Área preventiva encargada de su control: 1

Accidente de trabajo

a

Higiene Industrial

2

Enfermedad profesional

b

Psicosociología aplicada a la Prevención de riesgos laborales

3

Estrés laboral

c

Ergonomía

4

Fatiga Física

d

Seguridad en el Trabajo

10. Cuando se habla de costes de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, se suele considerar que junto a los asegurados, también llamados directos (cuotas a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) hay otros menos conocidos, que suelen superar a los anteriores. ¿Cuáles son esos otros costes? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

MÓDULO 1, UNIDAD 1

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ANOTACIONES

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Por “calidad total” se entiende hacer las cosas bien y mejorarlas constantemente. En resumen, se trata de combinar la introducción de la calidad en todos los aspectos del trabajo y la implantación de un proceso de mejora continua.

2.

Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995 de 8 de noviembre, se entiende por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

3.

Según indica el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios de la acción preventiva son los siguientes:

4.

a

Evitar los riesgos.

b

Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.

c

Combatir los riesgos en su origen.

d

Adaptar el trabajo a la persona (...).

e

Tener en cuenta la evolución de la técnica.

f

Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.

g

Planificar la prevención de forma integrada.

h

Anteponer la protección colectiva a la individual.

i

Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Porque los cambios pueden ayudar a solucionar problemas anteriores, pero también pueden introducir otros nuevos que será necesario prever. Analizar las propuestas de cambios y sus posibles efectos sobre la salud, antes de llevarlos a la práctica, permite evitar muchos problemas posteriores.

5.

Accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

6.

El tiempo de exposición.

7.

La Ergonomía busca la adaptación del trabajo a la persona.

8.

La Psicosociología aplicada a la Prevención de Riesgos Laborales estudia los factores de naturaleza psicosocial y organizativa existentes en el trabajo que puedan afectar a la salud del trabajador.

9.

(1-d), (2-a), (3-b), (4-c).

10. Entre otros, se pueden reseñar los siguientes: • Tiempo de trabajo perdido por otros trabajadores. • Retrasos en la producción prevista. • Gastos de contratación y formación del personal que sustituya al accidentado. • Daños materiales. • Retrasos en el suministro y posible pérdida de clientela. • Deterioro de imagen, interna y externa, etc.

UNIDAD DIDÁCTICA

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Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS 1. DERECHOS Y DEBERES BÁSICOS 2. LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS 3. LA LEGISLACIÓN BÁSICA APLICABLE RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 1, UNIDAD 2

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INTRODUCCIÓN El ordenamiento jurídico español en materia de seguridad y salud en el trabajo está formado por diferentes instrumentos normativos que actúan en este campo, estableciendo derechos y deberes para los diferentes sujetos que intervienen en la relación laboral. La norma principal es la Constitución, a partir de la cual se desarrolla el resto de disposiciones que regulan la política del Estado en esta materia, singularmente a través de Leyes, Reales Decretos y Órdenes Ministeriales. Adquiere especial importancia el papel que desempeñan las Directivas Comunitarias, que nacen de la necesidad de armonizar las legislaciones sobre seguridad y salud en el trabajo de los países de la Unión Europea. De estas Directivas, la más significativa es, sin duda, la denominada “Marco”, que fue incorporada al derecho español mediante la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En esta Unidad Didáctica se resumen las principales normas legales que deben ser aplicadas con objeto de evitar los daños a la integridad física y a la salud de los trabajadores.

OBJETIVOS



Conocer y valorar los fundamentos jurídicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales.



Conocer las normas básicas de aplicación directa en España en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

DERECHOS Y DEBERES BÁSICOS

2.

LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS 2.1.

Alcance y fundamentos jurídicos

2.2. Directivas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo 2.3. Directivas sobre Seguridad del Producto 3.

LA LEGISLACIÓN BÁSICA APLICABLE 3.1.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales

3.2. El Reglamento de los Servicios de Prevención 3.3. Reglamentaciones técnicas específicas derivadas de la Ley 3.4. Otras disposiciones

MÓDULO 1, UNIDAD 2

1. DERECHOS Y DEBERES BÁSICOS El derecho a la vida y a la integridad física y moral es un derecho fundamental recogido en el artículo 15 de la Constitución Española. Paralelamente, al tratar de la política social y económica, se establece el deber que tienen los poderes públicos de “velar por la seguridad e higiene en el trabajo” (art. 40.2). En este sentido el Estatuto de los Trabajadores impone, como una condición de la relación de trabajo, el derecho que tienen los trabajadores “a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene” (art. 4.2) e incluso a “una protección eficaz en materia de seguridad e higiene” (art. 19.1). De igual manera, el Estatuto de los Trabajadores establece el deber que tienen los trabajadores de “cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo” (art. 5.a) y “observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten” (art. 5.b); reiterándose de nuevo esta obligación en el artículo 19.2, cuando dice que “el trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene”.

¡RECUERDE! La Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores reconocen el derecho a la protección de la salud y la integridad física en el trabajo.

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Ser informados y formados en materia preventiva

Ser consultados y participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos

Poder interrumpir la actividad en caso de riesgo grave e inminente

Recibir una vigilancia de su estado de salud

Además, el empresario “deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo” (art. 14.2) conforme a los principios generales de la prevención. (Ver Unidad 1). Por su parte, corresponde a los trabajadores velar, según sus posibilidades, por su seguridad y su salud, así como por las de las demás personas afectadas, a causa de sus actos u omisiones en el trabajo, de conformidad con la formación y las instrucciones que reciban del empresario. Finalmente, respecto al derecho de participación en las empresas o centros de trabajo que cuenten con 6 o más trabajadores, éste se canalizará a través de sus representantes y de la representación especializada que se regula en el artículo 34 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

¡RECUERDE! EL EMPRESARIO DEBERÁ: Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. EL TRABAJADOR DEBERÁ:

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) pone de manifiesto una vez más, en su artículo 14, “el derecho que tienen los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo”, así como el “deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias”. Según se detalla en la Ley forman parte de este derecho de los trabajadores:

Velar, según sus posibilidades, por su seguridad y su salud, y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional.

Concretamente los trabajadores deberán: a) Usar correctamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

b) Utilizar correctamente el equipo de protección individual puesto a su disposición. c) No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad de las máquinas, aparatos, herramientas, instalaciones, etc. d) Informar de inmediato a su superior jerárquico y a los trabajadores designados en las actividades preventivas, en su caso, acerca de la situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. e) Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. f) Cooperar con el empresario y con los trabajadores que tengan encomendadas funciones específicas en materia preventiva para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

2. LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS 2.1. Alcance y fundamentos jurídicos Una de las políticas más importantes de la Unión Europea es la política social. Dentro de la política social se encuentra incluida la política de “Seguridad y Salud de los trabajadores en el lugar de trabajo”, cuyo propósito es fijar unos niveles mínimos de protección que se apliquen por igual a los trabajadores de todos los países europeos de la Unión. El actual artículo 137 del Tratado de la Comunidad Europea señala que “La Comunidad apoyará y completará la acción de los Estados miembros en los siguientes ámbitos: a. La mejora, en concreto, del entorno de trabajo, para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores; b. las condiciones de trabajo; (...)”. Para ello, el Consejo (ver Módulo 3 unidad didáctica 2) “podrá adoptar, (...) mediante directivas, las disposiciones mínimas que habrán de aplicarse progresivamente (...)”. Los objetivos, en definitiva, son dos: aumentar la protección a todos los trabajadores y procurar que, en materia de seguridad

y salud en el trabajo, no haya grandes diferencias entre un Estado y otro (armonizar). Para hacer esto posible, la Unión Europea utiliza fundamentalmente el instrumento de la “directiva”. Las directivas son actos jurídicos de carácter vinculante cuyos destinatarios son los Estados miembros. A través de ellas se adoptan las “disposiciones mínimas que habrán de aplicarse”. Los Estados miembros están obligados en cuanto al resultado a conseguir (los objetivos de la directiva), aunque tienen cierta libertad en cuanto a los medios para “transponer” la directiva. La “transposición” de una directiva consiste en convertir esa directiva en una norma legal que sea de obligado cumplimiento en el país. Aunque, para transponer una directiva, sería perfectamente posible convertirla en ley sin cambiar una sola coma del texto inicial, la mayoría de los países prefieren hacer adaptaciones de las directivas para ajustarlas a sus características o sus situaciones nacionales.

¡RECUERDE! La Unión Europea pretende, por medio de las directivas, establecer disposiciones mínimas que habrán de aplicarse progresivamente, teniendo en cuenta las condiciones y reglamentaciones técnicas existentes en cada uno de los Estados miembros.

2.2. Directivas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo La directiva fundamental en esta materia es la 89/391/CEE (Directiva del Consejo de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo). Aunque su título es bastante largo, recibe inmediatamente el sobrenombre de Directiva “Marco” de Seguridad. Es la directiva que fija las principales reglas de juego para los empresarios y los trabajadores en lo que se refiere a la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo. La Directiva “Marco” fue transpuesta al derecho

MÓDULO 1, UNIDAD 2

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español mediante la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

2.3. Directivas sobre Seguridad del Producto

La Directiva “Marco” abre la puerta a un abanico de directivas específicas sobre seguridad y salud en el trabajo, que podemos clasificar en varios grupos, según su contenido:

Además de las directivas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, la Unión Europea trabaja en otro frente: el de la seguridad del producto, es decir, que todos los productos que se comercialicen en los países de la Unión sean “seguros” desde el momento de su puesta en el mercado.

1. COLECTIVOS ESPECIALES DE TRABAJADORES. Directivas dedicadas a diversos colectivos a los que se les supone una mayor necesidad de protección: trabajadoras embarazadas, trabajadores atípicos (trabajo temporal), trabajadores jóvenes, etc. 2. LUGARES DE TRABAJO. Existe una directiva con este mismo título que establece los requisitos para el diseño y utilización de los lugares de trabajo en general. Además, existen varias directivas sobre lugares de trabajo especiales (Obras de Construcción, Canteras y Minas, Sondeos, Buques de Pesca). 3. AGENTES CONTAMINANTES. Éste es el grupo más numeroso y se refiere a la protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos (agentes cancerígenos y mutágenos, amianto, plomo, ruido, vibraciones, radiaciones ionizantes, agentes biológicos, etc.). 4. OTRAS DIRECTIVAS. Entre las directivas no incluidas en los grupos anteriores podemos destacar, por su importancia, las de utilización de Equipos de trabajo, Pantallas de visualización, Manipulación manual de cargas, Accidentes mayores en la industria o la de Equipos de protección individual (EPI).

¡RECUERDE! La Directiva “Marco” ha sido transpuesta a la legislación española en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El artículo 95 del Tratado de la Comunidad Europea señala que “La Comisión en sus propuestas referentes a la aproximación de las legislaciones en materia de salud, seguridad, protección del medio ambiente y protección de los consumidores, se basará en un nivel de protección elevado, (...)”. La política europea de protección de los consumidores tiene también una gran influencia en el mundo del trabajo, ya que exige que las máquinas, herramientas, materiales, equipos o productos que el trabajador va a utilizar en el desempeño de su trabajo cumplan, desde el momento de su comercialización, unas mínimas condiciones de seguridad garantizadas por el fabricante o por el vendedor. Para que un producto pueda ser comercializado en Europa debe cumplir los requisitos esenciales establecidos para ese tipo de producto. En el caso de que los cumpla, el fabricante o el importador, si se trata de un producto fabricado fuera de la Unión Europea, podrá estampar en él, en lugar visible, el marcado “CE”.

El marcado “CE” en este caso es una especie de “etiqueta de producto seguro”. Si se trata de productos cuya utilización puede generar un riesgo grave, se exigirá un examen previo en laboratorios de ensayo debidamente acreditados. En caso contrario se permitirá que el propio fabricante, bajo su responsabilidad, declare que sus productos cumplen los requisitos y estampe en ellos el marcado “CE”.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Las directivas establecen, además de los requisitos esenciales de seguridad, la información que debe facilitar el fabricante junto con el producto, por ejemplo: manuales de instrucciones, normas de uso, normas de mantenimiento, planos detallados, pruebas efectuadas, etc. Así como, en lo que se refiere a Seguridad y Salud en el Trabajo, existe la Directiva “Marco”, en lo relativo a productos existe una directiva denominada “Seguridad general en los productos” (92/59/CEE) que trata sobre las condiciones generales que deben cumplir los productos para ser comercializados en los países de la Unión Europea. Afecta no sólo a los productos utilizados en el trabajo, sino prácticamente a todos los productos que pueden ser comprados o vendidos en Europa y que no estén regulados por una directiva propia. Esta directiva ha sido transpuesta a nuestra legislación por el Real Decreto 44/1996. Podemos clasificar las directivas sobre productos utilizados en el lugar de trabajo en cinco grupos: 1. MAQUINARIA. Existe una directiva sobre máquinas en general y varias sobre tipos concretos de máquinas (carretillas automotoras, tractores...) y elementos (cables, cadenas y ganchos). 2. RECIPIENTES Y APARATOS A PRESIÓN O “A GAS”. Directivas sobre recipientes simples a presión, aparatos a presión, botellas de gas, generadores de aerosoles, etc. 3. MATERIALES ELÉCTRICOS Y UTILIZABLES EN ATMÓSFERAS EXPLOSIVAS. Materiales eléctricos en general y materiales (eléctricos o no) utilizables en atmósferas explosivas.

4. SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS. Hay varias directivas sobre sustancias y preparados peligrosos en general, a las que hay que agregar las de “disolventes, pinturas, barnices y productos afines”, plaguicidas y explosivos de uso civil. De especial interés son las disposiciones que obligan a clasificar y etiquetar, y elaborar fichas de seguridad para los usuarios de las sustancias y preparados en función de su peligrosidad. 5. OTRAS DIRECTIVAS. En este último grupo podemos destacar la directiva sobre Equipos de Protección Individual (comercialización de EPI) y la de productos de la construcción.

3. LA LEGISLACIÓN BÁSICA APLICABLE 3.1. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Esta Ley (LPRL) transpone a nuestro derecho, además de la Directiva Marco (89/391/CEE), que contiene la normativa básica de la política de prevención comunitaria, tres directivas relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporal. La LPRL establece el marco jurídico para desarrollar los requisitos de seguridad y salud en el trabajo que establecen las directivas comunitarias que fueron aprobadas en base al artículo 118 A del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. La LPRL se estructura en siete capítulos, trece disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

DIRECTIVAS

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (derivadas del art. 118 A)

SEGURIDAD EN EL PRODUCTO SEGURIDAD EN EL PRODUCTO (derivadas del art. 100 A)

General

DIRECTIVA “MARCO” DE SEGURIDAD

SEGURIDAD GENERAL EN LOS PRODUCTOS

Específicas

– Lugares de trabajo – Trabajo con pantallas de visualización de datos – Manipulación manual de cargas, etc.

– Máquinas – Productos de construcción – Equipos Aparatode s aprotección presión, eindividual tc. – Aparatos a presión, etc.

MÓDULO 1, UNIDAD 2

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ESTRUCTURA DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Cap I

Determina el carácter de estas normas, el objeto de la Ley y su ámbito de aplicación. Establece las definiciones de conceptos básicos tales como “prevención”, “riesgo laboral”, “daños derivados del trabajo”, etc.

Cap II

Regula los objetivos, normas reglamentarias y actuaciones de las Administraciones Públicas. Contempla la cooperación entre las distintas Administraciones y la participación que tienen las organizaciones de empresarios y trabajadores en la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se crea como órgano asesor y de participación nacional en esta materia.

Cap III

Desarrolla los derechos de los trabajadores y las correlativas obligaciones empresariales, referidas al comienzo de esta Unidad.

Cap IV

Se refiere a los Servicios de Prevención (cuyo contenido se desarrollará cuando tratemos el tema del “Reglamento”).

Cap V

Regula la consulta y participación de los trabajadores en la seguridad y salud en el trabajo, a través de los Delegados de Prevención.

Cap VI

Hace referencia a las obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo, a fin de garantizar los máximos niveles de seguridad para los usuarios, en la línea de la normativa comunitaria sobre la “Seguridad del producto”.

Cap VII

Contempla las responsabilidades y sanciones derivadas del incumplimiento de la Ley. Clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Las sanciones pueden oscilar entre los 40 euros, para el caso de las infracciones leves en su grado mínimo, y los 819.780 euros para las infracciones muy graves en su grado máximo.

La LPRL ha sido reformada en varias ocasiones, en lo que se refiere al régimen sancionador y a la ampliación del grado de protección a la maternidad (art. 26). No obstante, la reforma más importante se acometió en el año 2003. La Ley 54/2003 desarrolla, entre otras cuestiones, el principio de integración de la prevención en todas las actividades y decisiones de la empresa a la que ya se refería expresamente el artículo 1 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997). Esa reforma viene a insistir en la integración como primera obligación empresarial, la cual se materializará en “un plan de prevención de riesgos labo-

rales”. Dicho plan “deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa”. Otra modificación la constituye la obligación de contar con la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos (es decir, alguien que vigile) cualquiera que sea su modalidad (propios, ajenos, mancomunados, trabajador designado) cuando se den circunstancias de especial peligrosidad de las operaciones que se realicen.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Por su parte, en el año 2004 el RD 171/2004 desarrolla el artículo 24 de la LPRL, en materia de coordinación de actividades empresariales, estableciendo los medios de coordinación que deben adoptar los empresarios cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas.

los delegados pueden proponer al empresario la adopción de medidas de carácter preventivo. Ante dichas propuestas el empresario, si no las atiende, deberá motivar su decisión negativa. • Ejercer una acción de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

El capítulo V regula la consulta y participación de los trabajadores en la seguridad y salud en el trabajo, a través de los Delegados de Prevención. Los Delegados de Prevención son “los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.” (art 35.1)

En el ejercicio de dichas competencias, los Delegados de Prevención están facultados para:

Salvo que por convenio se establezca otro sistema, los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal (Delegados de Personal o miembros del Comité de Empresa), con arreglo a la siguiente escala:

• Tener acceso a la información y documentación necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

De 6 a 49 trabajadores

1 delegado

De 50 a 100 trabajadores

2 delegados

De 101 a 500 trabajadores

3 delegados

De 501 a 1000 trabajadores

4 delegados

De 1001 a 2000 trabajadores

5 delegados

De 2001 a 3000 trabajadores

6 delegados

De 3001 a 4000 trabajadores

7 delegados

De 4001 trabajadores en adelante

8 delegados

Son competencias de los Delegados de Prevención: • Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. • Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. • Ser consultados sobre la planificación y la organización del trabajo y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores. También serán consultados sobre la organización y las actividades preventivas, incluida la formación. Además de opinar sobre las consultas que le dirija el empresario, autónomamente

• Formar parte, en su caso, del Comité de Seguridad y Salud.

• Acompañar a los Técnicos en la evaluación de los riesgos laborales y a los Inspectores de Trabajo en sus visitas de verificación.

• Realizar visita a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo. El tiempo utilizado por los Delegados de Prevención para el desempeño de sus funciones se considera como de ejercicio de sus funciones de representación a efectos de la utilización del crédito de horas mensuales previsto en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, se considera como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al citado crédito horario: • El correspondiente a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud. • El tiempo utilizado en las reuniones que convoque el empresario para tratar temas de prevención de riesgos. • El destinado a las visitas para colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. Los Delegados de Prevención pueden efectuar propuesta al empresario para mejorar los niveles de protección y adoptar por mayoría, cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por

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un riesgo grave e inminente con ocasión de un trabajo. La reforma del año 2004 antes citada exige que los delegados de prevención sean informados cuando se concierten contratos de prestación de obras o servicios por parte de su empresa que de lugar a la presencia de trabajadores ajenos a esa plantilla en el centro de trabajo. En estas circunstancias la función de vigilancia, tutela y consulta se extiende a las tareas y trabajadores de las empresas que presten servicios en el centro de trabajo. El artículo 37 de la LPRL establece la obligación que tiene el empresario de proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones. En este mismo Capítulo se crea el denominado “Comité de Seguridad y Salud”, como un órgano paritario de participación en la empresa, formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes, de otra. Se constituirá en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud tiene las siguientes competencias: a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en él se deben debatir, antes de su puesta en práctica, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención. b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes. El Comité está facultado para conocer y analizar directamente la situación relativa a la prevención de riesgos laborales y proponer, en su caso, la medidas preventivas oportunas.

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¡RECUERDE! El Delegado de Prevención tiene competencias para ejercer una acción de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, así como de consulta y propuesta sobre una gran variedad de decisiones importantes en la empresa que pueden tener repercusión sobre el nivel de seguridad y salud.

3.2. El Reglamento de los Servicios de Prevención El Reglamento, considerando la prevención de riesgos laborales como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, determina los procedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores y las modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención, así como las capacidades y aptitudes que deben reunir dichos servicios y los trabajadores designados para desarrollar actividades preventivas. La evaluación de los riesgos viene definida como: “el proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse”. La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas deberá realizarla el empresario con arreglo a alguna de las modalidades siguientes: a) Asumiendo personalmente tal actividad. b) Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo. c) Constituyendo un servicio de prevención propio. d) Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.

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Tales servicios deberán ser suficientes y adecuados a las actividades preventivas a desarrollar, en función del tamaño de la empresa, el tipo de riesgos o la peligrosidad de las actividades desarrolladas en la misma. Las empresas que cuenten con más de 500 trabajadores tienen que constituir un Servicio de prevención propio. La obligación se extiende también a las empresas de más de 249 trabajadores que desarrollen actividades peligrosas o con riesgos especiales, sea por la naturaleza de la actividad (minería, construcción, etc.) o porque conlleven la exposición de los trabajadores a agentes físicos, químicos o biológicos peligrosos. La imposición de requisitos especiales o adicionales para las empresas en las que se realicen actividades peligrosas no se produce sólo en el Reglamento de los Servicios de Prevención, sino también en otras disposiciones legales tales como las relativas a las obras de construcción o a las empresas de trabajo temporal. En relación con las capacidades o aptitudes para el desarrollo de la actividad preventiva, el Reglamento establece tres niveles de funciones preventivas (básico, intermedio y superior) y la formación exigible en cada uno de estos casos.

3.3. Reglamentaciones técnicas específicas derivadas de la Ley La LPRL dice que el Gobierno regulará “los requisitos mínimos que deben reunir las condiciones de trabajo para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores” (art. 6.a). En este sentido las reglamentaciones técnicas más importantes son las relativas a “lugares de trabajo”, “equipos de trabajo”“agentes químicos” y “equipos de protección individual”.

Lugares de Trabajo Esta disposición establece las condiciones mínimas de seguridad y salud que deben reunir los lugares de trabajo: estructuras, espacios y superficies, accesos, condiciones ambientales (iluminación, ventilación, temperatura, etc.) y servicios, fundamentalmente.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Equipos de Trabajo Regula las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo empleados por los trabajadores: máquinas, aparatos, instrumentos o instalaciones utilizadas en el trabajo.

Agentes químicos Regula las disposiciones mínimas de seguridad y salud contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo o en cualquier actividad con agentes químicos.

Equipos de Protección Individual (EPI) Recoge las disposiciones generales que han de cumplir estos equipos, los riesgos en los que corresponde utilizarlos, su clasificación y las actividades o sectores de actividad donde pueden ser necesarios. También se regulan las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar los riesgos en trabajos de manipulación manual de cargas y en la utilización de equipos que incluyen pantallas de visualización de datos (PVD), la protección frente a agentes cancerígenos y mutágenos y frente a agentes biológicos, así como el empleo de la señalización de seguridad en los lugares de trabajo.

¡RECUERDE! La LPRL prevé que el desarrollo de los aspectos concretos de la Seguridad y la Salud en el Trabajo se realice por medio de reglamentos, entre los cuales destacan por su importancia los de “lugares de trabajo”, “equipos de trabajo” “agentes químicos” “agentes cancerígenos y mutágenos” y “equipos de protección individual”.

3.4. Otras disposiciones Bajo la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que define el marco en el que ha de

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desenvolverse la seguridad industrial en nuestro país, podemos resaltar las disposiciones de aplicación sobre máquinas y sus componentes, equipos de protección individual, recipientes y aparatos a presión, materiales en general y productos, sustancias y preparados peligrosos.

derechos de información, consulta y participación de los trabajadores en la Prevención de Riesgos Laborales.

En Construcción, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, establece las obligaciones preventivas de todos los que intervienen en estas actividades, crea sujetos preventivos específicos como es la figura del coordinador de proyecto y de obra cuando, como es habitual, participen en una u otra fase varias empresas.

LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social se definen los conceptos de accidente de trabajo y de enfermedad profesional, y se tratan ampliamente las prestaciones y situaciones a las que dan lugar dichas contingencias. Por Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, se aprueba el Cuadro de Enfermedades Profesionales, con la lista de elementos o sustancias y actividades reconocidas por el sistema de la Seguridad Social como causantes de enfermedades profesionales. En el capítulo IV de la Ley General de Sanidad se regula la actuación sanitaria en el ámbito de la salud laboral, indicando los objetivos y funciones que deben desarrollarse en esta área. A través de los convenios colectivos se pueden establecer disposiciones más favorables, especialmente para el ejercicio de los

DISPOSICIONES OBLIGATORIAS

REGLAMENTOS DERIVADOS DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: – – – – – – –

Servicios de Prevención Lugares de Trabajo Equipos de Trabajo Agentes Químicos Agentes Cancerígenos o Mutágenos Agentes Biológicos Equipos de Protección Individual (EPI) – Seguridad y salud en las obras de Construcción, etc. OTRAS DISPOSICIONES LEGISLATIVAS: – – – –

Ley de Industria Ley General de la Seguridad Social Ley General de Sanidad Cuadro de Enfermedades Profesionales – etc.

CONVENIOS COLECTIVOS

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN El empresario debe garantizar la protección de los trabajadores a su servicio frente a los riesgos laborales. Los trabajadores tienen derecho: a la información y la formación; a ser consultados y participar en esta materia; a la autoprotección; y a una vigilancia médica específica. El trabajador está obligado a velar, en la medida de sus posibilidades, por la seguridad y la salud en el trabajo y a cooperar con el empresario para mantener unas condiciones de trabajo seguras. La Unión Europea, mediante directivas, ha establecido un espacio común, donde las condiciones de trabajo de los distintos países se van aproximando cada vez más entre sí y donde los productos que se comercialicen deben cumplir los mismos requisitos de seguridad. Las directivas comunitarias son adaptadas por cada país europeo a su propia legislación. A esto se le llama “transposición”. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal más importante en esta materia en España. Regula la actuación de la Administración Pública, los empresarios y los trabajadores, los Servicios de Prevención y las formas de participación de los trabajadores en la prevención de riesgos en el trabajo. El Reglamento de los Servicios de Prevención regula la organización de la prevención en las empresas, así como los criterios para una correcta evaluación de los riesgos y la información y cualificación de los especialistas en prevención. Existen además gran número de disposiciones relacionadas directa o indirectamente con la prevención de riesgos, que tratan muy diversos aspectos, desde el ruido o el uso de pantallas de visualización de datos, hasta las condiciones de seguridad que deben reunir las instalaciones eléctricas, o en qué casos se puede declarar una “enfermedad profesional”.

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

La Directiva 89/391/CEE, que establece los derechos y obligaciones generales de los empresarios y los trabajadores en lo que se refiere a la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo se conoce como Directiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de seguridad.

2.

Entre las obligaciones que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece para los trabajadores está la de “No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de seguridad de las máquinas, aparatos, herramientas, instalaciones, etc.”.

3.

Las directivas comunitarias pasan a formar parte de la legislación de cada país por medio de una adaptación que se denomina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4.

Las siglas EPI significan “. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de protección . . . . . . . . . . . . . . . . . .”.

5.

El “. . . . . . . . . . . . . . . . . de los trabajadores” establece, en su artículo 19.2, que “el trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene”.

6.

La política de “seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo” está encuadrada dentro de la política . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de la Unión Europea.

7.

Cuando un producto ha sido fabricado fuera de la Unión Europea, el responsable de asegurar que cumple los requisitos exigidos para ese tipo de producto es el . . . . . . . . .

8.

El representante de los trabajadores que tiene competencias específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales recibe el nombre de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..........................................................................

9.

La norma legal más importante sobre seguridad y salud en el trabajo es la Ley

......

.......................................................................... 10. El marcado “CE” estampado sobre un producto dice que . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .”.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Marco.

2.

dispositivos.

3.

transposición.

4.

equipos/individual.

5.

Estatuto.

6.

social.

7.

importador.

8.

delegado de prevención.

9.

de Prevención de Riesgos Laborales.

10. cumple los requisitos esenciales de seguridad establecidos para ese tipo de producto.

MÓDULO 1, UNIDAD 2

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ANOTACIONES

DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA DEL MÓDULO

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BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 1, DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA

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BIBLIOGRAFÍA •

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. “LIBRO VERDE. Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas”. Bruselas, 18.7.2001.COM(2001) 366 final



CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD BESTRATÉN BELLOVÍ, MANUEL. y otros técnicos del INSHT. 5ª edición (2003).



CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD. GUÍA DEL MONITOR FERNÁNDEZ DE PINEDO, I. y otros técnicos del INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Edición revisada 2002 disponible en CD-Rom y en la página web del INSHT.



EL TRABAJO Y TU SALUD NOGAREDA CUIXART, C. y otros técnicos del INSHT. 3ª edición (2005).

REFERENCIAS LEGALES BÁSICAS: •

LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES LEY 31/1995 de 8 de noviembre. BOE de 10 de noviembre. Modificada por: LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. BOE de 31 de diciembre. (Modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículos 45, 47, 48 y 49). LEY 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. BOE de 6 de noviembre. (Modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículo 26). Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social; y modificaciones posteriores. BOE de 8 de agosto. LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. BOE de 13 de diciembre. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. BOE de 31 de enero.



REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. BOE de 31 de enero. Orden Ministerial de 27 de Junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997 de los Servicios de Prevención. BOE de 4 de julio. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las dis-

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

posiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 127 del viernes 29 de mayo de 2006. ENFERMEDADES PROFESIONALES REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. BOE núm. 302 de 19 de diciembre. DIRECCIONES WEB DE INTERÉS: INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: http://www.mtin.es/insht AGENCIA EUROPEA PARA LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO: http://es.osha.eu.int

MÓDULO Riesgos generales y su prevención ESTRUCTURA DEL MÓDULO

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INTRODUCCIÓN OBJETIVOS UNIDAD DIDÁCTICA 1. LOS RIESGOS LIGADOS A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD UNIDAD DIDÁCTICA 2. LOS RIESGOS LIGADOS AL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO UNIDAD DIDÁCTICA 3. LA CARGA DE TRABAJO, LA FATIGA Y LA INSATISFACCIÓN LABORAL UNIDAD DIDÁCTICA 4. SISTEMAS ELEMENTALES DE CONTROL DE RIESGOS. PROTECCIÓN COLECTIVA E INDIVIDUAL UNIDAD DIDÁCTICA 5. NOCIONES BÁSICAS DE ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS Y EVACUACIÓN UNIDAD DIDÁCTICA 6. PRIMEROS AUXILIOS UNIDAD DIDÁCTICA 7. EL CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 2

INTRODUCCIÓN En estos últimos años, se ha producido un cambio en el modo de abordar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. De un enfoque “puntual” y “reparador” (sólo se actúa cuando ocurre “algo”) se ha pasado a un enfoque ”global” y “preventivo” (se actúa antes de que ocurra “algo” planificándolo adecuadamente). De este nuevo enfoque se desprende que la actuación preventiva: • se debe planificar e integrar en el conjunto de actividades de la empresa a través de todos sus niveles jerárquicos; • debe comenzar por una evaluación inicial de los riesgos presentes en el medio laboral derivando, cuando sea necesario, en la adopción de las medidas adecuadas que eliminen o al menos reduzcan los riesgos detectados. Es necesario, pues, que todas aquellas personas que deban desempeñar funciones preventivas en la empresa conozcan, al menos, los principales riesgos que pueden estar presentes en el medio laboral así como los sistemas de evaluación y control de los mismos. Asimismo, para colaborar eficazmente en la protección de la salud de los trabajadores, será necesario que todos y cada uno de los responsables en el desempeño de acciones preventivas en la empresa puedan, en un momento determinado, actuar en caso de emergencia y primeros auxilios. Con el módulo 2 “Los riesgos Generales y su Prevención” obtendrá la información y la formación necesaria que le facilite el desempeño de las tareas que tenga asignadas en materia preventiva.

OBJETIVOS



Capacitar al trabajador para la realización de evaluaciones elementales de riesgos y, en su caso, establecer medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación.



Preparar al trabajador para la participación en las acciones de emergencia y primeros auxilios mediante la aplicación de las técnicas correspondientes.

UNIDAD DIDÁCTICA

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Los riesgos ligados a las condiciones de seguridad ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVO CONTENIDOS 1. 2. 3. 4. 5. 6.

EL LUGAR Y LA SUPERFICIE DE TRABAJO LAS HERRAMIENTAS LAS MÁQUINAS LA ELECTRICIDAD LOS INCENDIOS ALMACENAMIENTO, MANIPULACIÓN Y TRANSPORTE 7. LA SEÑALIZACIÓN 8. TRABAJOS DE MANTENIMIENTO RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 2, UNIDAD 1

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INTRODUCCIÓN En todo sistema de trabajo se producen una serie de trastornos que pueden llegar a dañar a las personas, a los productos y a las máquinas e instalaciones. Muchos son los factores determinantes de que existan riesgos de accidentes en los centros de trabajo, ante una realidad laboral cada vez más compleja. Las causas de los accidentes normalmente no producen molestias ( un hueco sin cubrir, un cable eléctrico sin proteger...), por lo que a veces no hay prisa en solucionarlas. En otras ocasiones se desconoce la existencia de un peligro por quienes están expuestos al mismo. La Seguridad en el Trabajo trata de identificar y anular o disminuir estas causas y así conseguir su objetivo: “REDUCIR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO”.

OBJETIVO



Conocer las causas que son origen de accidentes debidos a lugares de trabajo, equipos, productos e instalaciones y la actuación frente a las mismas para evitarlos.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

EL LUGAR Y LA SUPERFICIE DE TRABAJO

2.

LAS HERRAMIENTAS

3.

LAS MÁQUINAS

4.

LA ELECTRICIDAD

5.

LOS INCENDIOS

6.

ALMACENAMIENTO, MANIPULACIÓN Y TRANSPORTE

7.

LA SEÑALIZACIÓN

8.

TRABAJOS DE MANTENIMIENTO

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1. EL LUGAR Y LA SUPERFICIE DE TRABAJO Es importante que el lugar en que se desarrolla el trabajo esté en buenas condiciones de seguridad, de esta manera evitaremos accidentes y trabajaremos con la mayor comodidad. Los accidentes pueden ser evitados si conocemos los peligros del entorno y aplicamos unas elementales medidas preventivas.

PELIGROS DEBIDOS AL LUGAR DE TRABAJO • Caídas al mismo nivel • Caídas a distinto nivel • Pisadas sobre objetos • Choques contra objetos inmóviles • Choques contra objetos móviles • Atropellos con vehículos • Caídas de objetos por desplome o derrumbamiento

Puede conseguirse un lugar más seguro de trabajo aplicando, entre otras, las siguientes recomendaciones: • Las máquinas deben guardar las distancias de separación que permitan a los trabajadores suficiente espacio para el acceso y movimientos seguros alrededor de la máquina. • Los puestos de trabajo conviene que estén claramente delimitados y que dispongan de un lugar fijo para depositar los útiles y herramientas. • Las materias primas deben llegar fácilmente al punto de trabajo y los productos acabados y materiales de desecho han de poder ser retirados sin estorbar los movimientos de los operarios. • Los pasillos, corredores y escaleras serán de dimensiones adecuadas y libres de obstáculos. • La señalización de esquinas y obstáculos fijos será la adecuada.

• Disponer de unas condiciones de iluminación adecuadas. • Los edificios y las instalaciones generales (electricidad, agua, gases, aire comprimido, etc.) estarán en buen estado de conservación mediante un mantenimiento adecuado. • Pasillos distintos de circulación para trabajadores y vehículos y bien señalizados. • Los suelos han de ser no resbaladizos y se deberá utilizar calzado apropiado al tipo de suelo. • Colocar protecciones adecuadas en huecos y paredes por los que puedan caer materiales o personas.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

PRESTE ATENCIÓN A LO SIGUIENTE: El orden y la limpieza son principios básicos que propician la seguridad.

¿POR QUÉ? • Son aspectos clave que dan una idea del estado de seguridad de una empresa. • Permiten un aprovechamiento más racional del espacio.

• Utilización de herramientas defectuosas. • Empleo de herramientas de mala calidad. • Transporte y almacenamiento incorrecto. ¿Y LOS PELIGROS MÁS IMPORTANTES? • Contacto con elementos cortantes. • Proyección de fragmentos de materiales. • Caídas al mismo nivel o a distinto nivel. • Sobreesfuerzos.

• Evitan muchos accidentes y comportamientos inseguros.

Ya conoce los peligros y las causas principales de lesiones debidas al uso de herramientas manuales. No siga leyendo y reflexione sobre las medidas preventivas que pueden aplicarse.

• Contribuyen a crear un clima favorable para la mejora de las condiciones de trabajo y de la productividad.

A continuación compare sus conclusiones con las medidas preventivas que proponemos.

• Facilitan la adopción de medidas preventivas.

MEDIDAS PREVENTIVAS

¡RECUERDE! Es necesario el orden y la limpieza en los puestos de trabajo y la realización de inspecciones periódicas de los mismos. Muchos accidentes pueden ser evitados con medidas preventivas elementales y de bajo costo.

2. LAS HERRAMIENTAS Muchas de las lesiones que se producen en los lugares de trabajo se deben a la utilización de herramientas, ya sean manuales o accionadas por motor. Las herramientas manuales más utilizadas son: martillos, cinceles, cuchillos, hachas, tenazas, alicates, destornilladores y llaves.

¿CUÁLES SON LAS CAUSAS PRINCIPALES DE LESIONES? • Inadecuada utilización de las herramientas.

• Adquisición de herramientas de calidad. • Se usarán solo para el trabajo para el que han sido diseñadas. • Instrucción adecuada para la utilización de cada tipo de herramienta. • Utilización de gafas protectoras cuando haya peligro de proyección de partículas. • Utilización de guantes de protección al manipular herramientas cortantes. • Mantenimiento periódico (reparación, afilado, limpieza, etc.). • Revisión periódica del estado de los mangos, recubrimientos, aislantes, etc. • Almacenamiento en cajas o paneles adecuados, donde cada herramienta tenga su lugar.

Las HERRAMIENTAS A MOTOR están desplazando a las manuales, implicando la aparición de nuevos riesgos para el trabajador.

MÓDULO 2, UNIDAD 1

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¿QUÉ MEDIDAS PREVENTIVAS PODEMOS APLICAR? Las normas a aplicar son las mismas que para las herramientas manuales, a las que hay que añadir la prevención contra los riesgos derivados de la energía utilizada (electricidad, aire comprimido, etc). Las herramientas eléctricas portátiles deben estar dotadas de doble aislamiento o bien funcionar con tensión de seguridad (24 voltios).

¡RECUERDE!

Las herramientas a motor más peligrosas son: martillos neumáticos, taladradoras y motosierras. ¿Y LOS PELIGROS MAS IMPORTANTES? • Contacto eléctrico. • Contactos con elementos de corte. • Proyección de partículas. • Caídas por sobreesfuerzos.

Utilizar adecuadamente las herramientas repercutirá tanto en un trabajo bien hecho como en nuestra integridad física. Las principales causas de lesiones como consecuencia del manejo de herramientas son: uso inapropiado, inadecuación de las mismas al trabajo, herramientas defectuosas, transporte y almacenamiento incorrectos. Antes de comenzar el trabajo revise las herramientas.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

3. LAS MÁQUINAS Para evitar los accidentes producidos por máquinas el empresario deberá llevar a cabo dos actuaciones: • Adquirir máquinas seguras (máquinas con el marcado CE). • Instalar, utilizar y mantener adecuadamente la máquina, siguiendo las instrucciones del fabricante. PELIGROS ASOCIADOS A LAS MÁQUINAS: A) Peligro mecánico: son un conjunto de factores físicos que pueden originar una lesión. A.1) Lesiones que pueden producir los elementos móviles. A.2) Lesiones que pueden producir los elementos de transmisión. A.3) Lesiones por proyección de elementos de la máquina por rotura. A.4) Lesiones por proyección del material trabajado. B) Peligro eléctrico: este peligro puede ocasionar lesiones o la muerte por choque eléctrico o quemaduras derivadas de: contacto con partes normalmente en tensión (contactos directos) o accidentalmente en tensión (contactos indirectos), o aislamiento no adecuado. Encontrará más información sobre la prevención del riesgo de contacto con la corriente eléctrica en el apartado 4

C) Peligro térmico: este peligro puede originar quemaduras por contacto con objetos o materiales calientes o frios. D) Peligros producidos por la exposición al ruido: el ruido puede ser origen de: pérdida permanente de la agudeza auditiva, fatiga, estrés, interferencia con la comunicación oral y con señales acústicas. E) Peligros producidos por la exposición a vibraciones: las vibraciones pueden dar lugar a trastornos musculares en la mano, lumbago, ciática, etc. F) Peligros derivados de no aplicar la Ergonomía al diseño de la máquina: la inadecuación de la máquina a las características y aptitudes humanas puede ser origen de efectos fisiológicos derivados de posturas forzadas y de esfuerzos excesivos o repetitivos.

¿CÓMO PODEMOS PROTEGERNOS DE ESTOS RIESGOS? 1. Adquiriendo máquinas seguras (con marcado CE) La seguridad en el diseño y en la construcción de una máquina es más barata, más eficaz y facilita más el trabajo que la seguridad realizada en una máquina que ya está en funcionamiento. En algunas ocasiones no se puede eliminar el riesgo en el origen y por lo tanto el fabricante tendrá que utilizar medios

MÓDULO 2, UNIDAD 1

de protección colectiva: resguardos y dispositivos de protección.

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¡RECUERDE!

Con el fin de proteger contra los peligros que no puedan ser evitados se utilizan los resguardos y los dispositivos de protección.

El empresario deberá adquirir máquinas seguras e instalar, utilizar y mantener adecuadamente la máquina, siguiendo las instrucciones del fabricante.

Un resguardo es el componente de una máquina utilizado como barrera material para garantizar la protección. (Ver dibujos

La certificación de una máquina (marcado CE) indica que cumple con los requisitos esenciales de seguridad de las directivas que le son aplicables.

en la página 6)

¡IMPORTANTE!

No debe confundir el resguardo con el dispositivo.

Un dispositivo de protección es aquel que impide que se inicie o se mantenga una fase peligrosa de la máquina, mientras se detecta o sea posible la presencia humana en la zona peligrosa. 2. Consultando el libro de instrucciones, que acompaña a la máquina, antes de realizar cualquier tarea. Para realizar trabajos de reparación, mantenimiento o limpieza de una máquina, ésta debe consignarse. Encontrará información sobre consignación de máquinas en el apartado “EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO”.

4. LA ELECTRICIDAD La electricidad es una de las formas de energía más utilizada, proporcionando ayuda y bienestar en la mayoría de nuestras actividades, pero presenta importantes riesgos que es preciso conocer y prever. Tipos de contacto eléctrico: Contacto directo: Es el que se produce con las partes activas de la instalación. A MAYOR DURACIÓN DEL CONTACTO, MAYOR RIESGO A MAYOR INTENSIDAD, MAYOR RIESGO Contacto indirecto: Es el que se produce con masas puestas en tensión. Para evitar los contactos directos podemos disponer de alguna de las siguientes medidas: • Alejar los cables conductores y las conexiones de los lugares de trabajo y paso.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Interponer obstáculos. • Recubrir las partes en tensión con materiales aislantes. • Utilizar tensiones iguales o inferiores a 24 voltios. Para evitar los contactos contactos indirectos existen las siguientes medidas de protección: • La puesta a tierra. • El interruptor diferencial. Cuando se produce un contacto eléctrico indirecto, la PUESTA A TIERRA desvía una gran parte de la corriente eléctrica que, de otro modo, pasaría a través del cuerpo del trabajador. Pero ¡ATENCIÓN!: Todas las puestas a tierra no están en buen estado. Hay que asegurarse de que están bien diseñadas y cuidadas por el técnico especializado. El INTERRUPTOR DIFERENCIAL es un dispositivo de gran precisión que corta la corriente casi en el mismo instante en el que se produce una corriente de derivación o de defecto, evitando así el contacto peligroso de los trabajadores con masas metálicas accesibles que, accidentalmente, se hayan puesto en tensión. MEDIDAS BÁSICAS DE PREVENCIÓN • No realizar trabajos eléctricos sin estar capacitado para ello y disponer, en caso de ser necesario, de la certificación expedida por su empresa que sea adecuada a los trabajos que se van a realizar. • Tener cuidado con las líneas eléctricas, tanto aéreas como subterráneas, que estén próximas al lugar de trabajo. Tener en cuenta y respetar las distancias de seguridad que se hayan podido establecer con relación a dichas líneas. • Utilizar los equipos de protección colectiva e individual que sean adecuados al trabajo a realizar y que estén certificados. • En los lugares mojados o metálicos utilizar sólo aparatos eléctricos portátiles conectados a pequeñas tensiones de seguridad. • Vigilar que el entorno de trabajo sea seguro.

Si se tienen que realizar trabajos en instalaciones eléctricas, siempre que sea posible se harán sin tensión, para ello se deben recordar las conocidas como CINCO REGLAS DE ORO 1. 2. 3. 4.

Cortar todas las fuentes en tensión. Bloquear los aparatos de corte. Verificar la ausencia de tensión. Poner a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de tensión. 5. Delimitar y señalizar la zona de trabajo.

HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS • Los cables de alimentación tendrán aislamiento seguro y sin deterioro. • Todas las conexiones se harán por medio de clavijas normalizadas. • Todas las herramientas eléctricas manuales durante su utilización han de estar protegidas mediante alguna de las siguientes medidas: 1. Doble aislamiento 2. Interruptores diferenciales de alta sensibilidad (30 mA) asociados a instalaciones de puesta a tierra 3. Conexión de las herramientas a pequeñas tensiones de seguridad. • Se comprobará periódicamente el correcto funcionamiento de las protecciones. • Se desconectarán al término de su utilización o pausa en el trabajo. • No desenchufar la herramienta tirando del cable de alimentación, sino agarrando firmemente la clavija para desenchufarla de la toma de corriente. Relacione la información que acaba de recibir con la que ha recibido en el apartado 2. “Herramientas”. La integración de contenidos le facilitará el estudio global de la prevención.

EN GENERAL COMPROBAR QUE... • Las clavijas, enchufes, interruptores automáticos y fusibles son los adecuados. • Se impide el acceso a partes en tensión, manteniendo cerradas las envolventes, si es posible con llave, que debe ser guardada por la persona responsable.

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• Los interruptores de alimentación son accesibles y todos conocen cómo utilizarlos en caso de emergencia. • Se revisan periódicamente las instalaciones eléctricas y que las reparaciones y operaciones de mantenimiento son realizadas por electricistas técnica y legalmente capacitados. • Se tiene un listado de los aparatos portátiles con el fin de que sean revisados periódicamente. • Se retira del uso todo aparato del que se sospeche presenta algún defecto o problema y se coloca en lugar seguro con una indicación de “no usar”, en espera de ser revisado por personal competente o, en caso de no ser procedente su reparación, ser retirado del uso definitivamente.

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Puede destruir vidas humanas y causar graves pérdidas en nuestro medio ambiente. La seguridad contra incendios contempla todo un conjunto de medidas destinadas no sólo a evitar el inicio del mismo, sino a controlar y eliminar su propagación. Cuando la actuación trata de evitar el inicio la denominamos PREVENCIÓN DEL INCENDIO. Para que el fuego se inicie es necesario que coincidan en tiempo y lugar una serie de factores, a los que denominamos factores del fuego: combustible, comburente y calor. FACTORES DEL FUEGO COMBUSTIBLE: Es toda sustancia capaz de arder. Puede ser sólida, líquida o gaseosa.

• La revisión periódica de los interruptores diferenciales la realiza el personal responsable.

COMBURENTE: El comburente normal es el AIRE, que contiene aproximadamente un 21% en volumen de oxígeno.

• Se desconectan de la red eléctrica las herramientas y equipos antes de proceder a su limpieza, ajuste o mantenimiento.

CALOR: Es necesario que exista un foco que proporcione el calor suficiente para que el fuego se produzca. Los focos más comunes pueden ser: cigarrillos, chispas, fuegos mal apagados, fallos eléctricos, trabajos de soldadura, etc.

¡IMPORTANTE! Es preciso colocar carteles informativos sobre primeros auxilios ante descargas eléctricas.

DE

¡RECUERDE! El paso de la corriente eléctrica por el cuerpo humano puede producir quemaduras graves y muerte por asfixia o paro cardíaco. La gravedad de los efectos y lesiones dependerá principalmente de la duración e intensidad de la corriente. Electricidad + humedad = Peligro

5. LOS INCENDIOS El fuego es una reacción de combustión que se caracteriza por la emisión de calor acompañada de humos, llamas o ambos.

¡IMPORTANTE! Para evitar el inicio bastará con eliminar alguno de los factores del fuego. PREVENCIÓN DEL INCENDIO: NORMAS GENERALES PARA EVITAR EL INICIO • Almacenar los productos inflamables y combustibles aislados y alejados de las zonas de trabajo.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Utilizar recipientes herméticamente cerrados para almacenamiento, transporte y depósito de residuos inflamables y combustibles. • Permisos de trabajo especiales para intervenciones de mantenimiento o reparación de instalaciones que han contenido o por las que han circulado productos inflamables. • Prohibición de fumar y de introducir útiles que puedan generar llamas o chispas en lugares en los 77que puedan existir sustancias inflamables. • Alejar de las zonas de incendio fuentes de calor (hornos, calderas, estufas, etc.) • Evitar que la instalación eléctrica sea origen de focos de calor. Cuando se termine la jornada se observará que todos los aparatos eléctricos quedan desconectados de la red. • No mezclar sustancias químicas cuya reacción desconozca, pues puede desprenderse calor suficiente para generar el incendio. • Las empresas contratadas que trabajen en nuestros locales tendrán conocimiento de nuestras normas de prevención de incendios. En el apartado 8 encontrará la explicación de lo que es un permiso de trabajo.

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS • Es el conjunto de medidas destinadas a completar la acción preventiva. • Una buena protección viene en función de una buena detección, extinción y alarma. • Una vez iniciado el incendio, el tiempo de actuación es fundamental.

¡IMPORTANTE! Es muy fácil apagar un fuego en su comienzo.

Por ello es muy importante dotar a nuestros centros de trabajo de detección automática o al menos hacerlo en aquellas zonas donde el riesgo de incendio puede ser mayor. No todos los fuegos son iguales, ni todos los agentes extintores son adecuados para todos los fuegos. El mal uso del agente extintor frente a un determinado tipo de fuego puede aumentar el problema en lugar de reducirlo. Por tanto es necesario conocer los diferentes tipos de fuego que se pueden presentar y la

AGENTES EXTINTORES Y SU ADECUACIÓN A LAS DISTINTAS CLASES DE FUEGO AGENTE EXTINTOR

CLASE DE FUEGO A (Sólidos) 2

Agua pulverizada

XXX

Agua a chorro

XX

D (Metales)

X

XX

XXX

XX

XX

XX

Polvo específico metales Espuma física

C (Gases)

2

Polvo BC (convencional) Polvo ABC (polivalente)

B (Líquidos)

XX XX

Anhídrido carbónico

X

Agentes limpios (gases nobles)

X

XX

1

X

1

XX

Siendo: XXX: Muy adecuado XX : Adecuado X : Aceptable 1 : En fuegos poco profundos funcionan mejor. 2 : En presencia de tensión eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma.

MÓDULO 2, UNIDAD 1

adecuación de cada uno de los agentes extintores frente al mismo. (Ver tabla en página anterior) ¿QUÉ ES UN EXTINTOR? Es un aparato que contiene una sustancia extintora que puede ser proyectada sobre el fuego por la acción de una presión interna. El tipo de extintor se elegirá en función del tipo de fuego. Debe ser fácilmente visible y tendrá fácil acceso, no debiendo estar colocado su punto más elevado a más de 1,70 m. del suelo. EJEMPLO DE CÓMO SE HA DE UTILIZAR UN EXTINTOR PARA UN FUEGO SÓLIDO 1. Descolgar el extintor. 2. Tirar de la anilla. 3. Con una mano coger la manguera y dirigirla hacia la base de la llama, mientras con la otra apretar la válvula de salida del agente extintor.

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¿CÓMO SE REALIZA SU MANTENIMIENTO? Operaciones a realizar por el personal del titular de la actividad: Comprobación de la accesibilidad, buen estado, precintos, estado de carga (peso y presión), estado de las partes mecánicas (boquilla, válvulas, mangueras, etc). Estas operaciones se realizarán cada 3 meses. Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador: Cada año: Verificación del estado de carga, comprobación de la presión de impulso del agente extintor, estado de las mangueras, boquillas... Cada 5 años: Se realizará el retimbrado del extintor (hasta un máximo de tres veces). Todas las personas que trabajan en locales con riesgo de incendio deben ser adiestradas en el manejo de extintores y deben realizar prácticas con fuegos reales para conocer por sí mismas la eficacia de un extintor.

¡IMPORTANTE! • Si las actuaciones para atacar el incendio no se dificultan a causa del humo, no deben abrirse puertas ni ventanas. • Si no dispone de careta antihumo, colóquese un pañuelo húmedo cubriendo la entrada de las vías respiratorias, procurando ir agachado a ras de suelo. El humo tiende a ir hacia arriba. • Usar los extintores de acuerdo con las normas de utilización. Es mejor actuar con varios extintores que uno a uno, tomando la precaución de no enfrentarlos entre sí. • Si se inflaman las ropas, no correr: las llamas aumentarían. Revolcarse por el suelo y/o envolverse con manta o abrigo. Si es otra persona, trataremos de detenerla y actuaremos igual. Una elemental medida de seguridad: NO EXPONERSE INÚTILMENTE.

¡Exija en su empresa el adiestramiento e información correspondiente!

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

¡RECUERDE! La prevención de incendio es el conjunto de acciones tendentes a evitar el inicio del incendio, mediante la eliminación de alguno de los tres factores del fuego. La protección contra incendios es un conjunto de acciones destinadas a completar la acción preventiva para que, en el caso de que se inicie el incendio, este quede reducido en su propagación y en sus consecuencias. Recibirá información sobre EVACUACIÓN en la Unidad Didáctica nº 5

6. ALMACENAMIENTO, MANIPULACIÓN Y TRANSPORTE El correcto almacenamiento de los distintos materiales evitará en gran medida los riesgos de su desprendimiento, corrimiento, etc con las graves consecuencias que se pueden derivar. Ver la información recibida en el apartado 1 “El lugar y la superficie de trabajo”.

Desde el punto de vista prevencionista hay que considerar: a) Los almacenes generales. b) Los puestos de trabajo. c) El transporte y manejo de materiales.

a) ALMACENES GENERALES: – La mala ubicación de los almacenes, además de producir pérdidas de tiempo importantes, puede originar desplomes, atropellos, golpes, incendios, etc. – Su buena ubicación debe mejorar las condiciones de trabajo y la productividad. – El almacén de materias primas y el almacén de productos acabados deberán encontrarse en consonancia con el proceso productivo.

ALMACÉN DE MATERIAS PRIMAS

PROCESO PRODUCTIVO

ALMACÉN DE PRODUCTOS ACABADOS

SECUENCIA DEL ALMACENAMIENTO

Con esta distribución se evita el cruce de vías entre materiales y personas, eliminando riesgos debidos a atropellos, choques, golpes, etc.

Recomendaciones: • Almacenar debidamente los objetos en sentido vertical sobre el nivel del suelo de manera que no se descompensen. • No dejar que los objetos sobresalgan de los montones o de los cajones donde se encuentran. • No subir a los bastidores para llegar a las repisas superiores; utilizar una escalera. • No apoyar los montones pesados en paredes estructurales. • No deshacer los montones arrojando cosas desde arriba o tirando desde abajo. • No superar la carga de seguridad de bastidores, repisas o suelos. • Calzar los objetos que puedan rodar, como los cilindros, y mantener los artículos pesados cerca del nivel del suelo. • Proteger el material de la humedad y el calor. • Inspeccionar los contenedores y los bastidores periódicamente. Evitar que sean dañados por las horquillas de las carretillas elevadoras y otros vehículos.

¡RECUERDE!

Los almacenes generales se ubicarán siguiendo el proceso productivo, evitando entrecruzamientos entre materiales y personas.

MÓDULO 2, UNIDAD 1

b) PUESTOS DE TRABAJO: En la mayoría de las empresas cada puesto de trabajo termina constituyéndose en un pequeño almacén que, cuando no está bien ordenado y limpio, produce demoras en el trabajo y atascos, y es origen de muchos accidentes.

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EQUIPOS PARA LEVANTAR CARGAS ELEVADORES

ASCENSORES PLATAFORMAS ELEVADORAS MONTACARGAS

APARATOS

GRÚAS APAREJOS

ELEMENTOS AUXILIARES

CADENAS CABESTRILLOS GANCHOS HORQUILLAS

Normas a seguir: • Retirar de la zona de trabajo lo que no esté en uso y no se necesite. • Tener solamente la materia prima necesaria para la jornada. • Evitar el apoyo de materiales en el piso utilizando bastidores con diferentes niveles, tarimas de madera, barras de apoyo y/o contenedores. • Colocar cada cosa en su lugar y disponer de un lugar para cada cosa.

¡RECUERDE!

La correcta ubicación de los almacenes mejora la seguridad y evita pérdidas de tiempo. Es necesario mantener el puesto de trabajo ordenado y limpio disponiendo de la materia prima necesaria para la jornada. Así evitamos hacer del puesto de trabajo un almacén.

El peligro más frecuente que comportan estos equipos es el mal funcionamiento de algunos de sus elementos, lo cual puede originar roturas con posibilidad de consecuencias graves, ya sea por caída de objetos, caídas de altura, golpes o atrapamientos. Las medidas preventivas para estos equipos las clasificaremos en tres apartados: Normas Básicas, Método de Trabajo y Transporte interior. NORMAS BÁSICAS • Utilizar máquinas y elementos en buen estado y adecuadas para la función a realizar. • Llevar a cabo revisiones periódicas de todos los elementos cuyo deterioro puede suponer un riesgo. • Comprobar previamente todos los elementos importantes antes de poner la máquina en funcionamiento. Todas las normas también deberán ser aplicadas a los elementos auxiliares, cuerdas, cables, ganchos, cadenas, etc. MÉTODO DE TRABAJO

c) TRANSPORTE Y MANEJO DE MATERIALES:

• La elevación y descenso de cargas se hará lentamente, evitando todo arranque y parada brusca. • No dejar cargas suspendidas.

Los equipos para levantamientos de cargas deben ser diseñados y construidos de manera que siempre puedan ser utilizados en condiciones aceptables de seguridad.

• No trasladar cargas por encima de personas o puestos de trabajo. • Prohibir que las personas permanezcan debajo de cargas izadas.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Situar al maquinista en una posición que controle tanto la zona de carga como la de descarga. • Los conductores deben poseer la formación suficiente y adecuada, teórica y práctica. • Cuando no se están utilizando las máquinas, guardar las llaves en lugar seguro. TRANSPORTE INTERIOR • Zonas de circulación de materiales y personas claramente delimitadas y, si es posible, separadas. • Zonas de circulación libres de obstáculos. • Zonas de circulación y paso bien iluminadas. • La anchura de la zona debe ser la adecuada, en función de la máquina.

El conductor de carretillas debe haber superado una serie de pruebas de capacitación físicas y técnicas y ser consciente de la responsabilidad que conlleva su conducción. En caso de no disponer de equipos mecánicos deberá emplearse una técnica de levantamiento de cargas adecuada a la forma y al peso de la misma.

7. LA SEÑALIZACIÓN La señalización es la técnica que suministra una indicación relativa a la seguridad de personas y/o bienes.

¡IMPORTANTE! La correcta señalización resulta eficaz como técnica de seguridad complementaria, pero no debe olvidarse que, por sí misma, nunca elimina el riesgo.

Relacione esta información con el tema “el lugar y la superficie de trabajo”, le facilitará la integración de contenidos y su posterior aplicación práctica.

¿CUÁNDO SE DEBE APLICAR? Por favor, preste atención a lo siguiente

1. Cuando se ponga de manifiesto la necesidad de:

La ELEVACIÓN MANUAL DE CARGAS, es una de las mayores causas de lesiones en el medio laboral.

a) Llamar la atención de la existencia de determinados riesgos (ej. advertencia sobre la presencia de materias inflamables)

Hay que diseñar y organizar el trabajo de forma que la manipulación de cargas manualmente sea mínima.

b) Alertar cuando se produzca una situación de emergencia (ej. señal acústica de evacuación)

Antes de pasar al siguiente apartado reflexione sobre las siguientes cuestiones: Todo el personal de la empresa que realice operaciones de transporte y manejo de materiales ha de conocer las normas básicas, el método de trabajo y las condiciones en que debe realizarse el transporte interior. En las operaciones de carga y descarga se irá provisto de la ropa de trabajo adecuada, evitando toda clase de adornos, especialmente anillos.

c) Facilitar la localización de determinados medios e instalaciones (ej. señal de localización de extintor) d) Orientar para que se realicen determinadas maniobras (ej. señal gestual o verbal de parada) 2. Como complemento al resto de las actuaciones preventivas, cuando ninguna limita el riesgo en su totalidad. SEÑALES DE SEGURIDAD Existen diferentes maneras de expresar una indicación relacionada con seguridad:

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Señal en forma de panel: resultan de la combinación de una forma geométrica, un color y un símbolo o pictograma.

Señal de obligación: Señal que obliga a un comportamiento determinado. Panel con forma redonda, pictograma blanco sobre fondo azul.

Señal acústica: es un sonido codificado, emitido y difundido por medio de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.

Señal de advertencia: Advierte de un riesgo o peligro. Panel de forma triangular, pictograma negro sobre fondo amarillo y bordes negros.

Comunicación verbal: es un mensaje verbal determinado, en el que se utiliza voz humana o sintética. Señal gestual: es un movimiento o disposición de los brazos en forma codificada para guiar a las personas que realizan maniobras que pueden constituir un peligro. De todas las anteriores la más empleada en el ámbito laboral es la señal en forma de panel. CLASES DE SEÑALES A su vez las señales en forma de panel se clasifican según su significado en: Señal de prohibición: Prohíbe un comportamiento que pueda producir un peligro. Panel con forma redonda, pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda transversal rojo.

Señal relativa a los equipos de lucha contra incendios: Indicación relativa a los dispositivos de salvamento (extintor, manguera,…). Forma rectangular o cuadrada, pictograma blanco sobre fondo rojo. Señal de salvamento o socorro: Indicación relativa a las salidas de socorro, primeros auxilios, duchas de seguridad, lavaojos, entre otras. Panel de forma rectangular o cuadrada, con pictograma blanco sobre fondo verde. A continuación se incluye una tabla resumen con los colores y el significado de cada una de las señales. Para más información ver cartel CAR 030 señalización de seguridad en los centros de trabajo, editado por el INSHT.

COLOR DE SEGURIDAD: SIGNIFICADO Y APLICACIONES COLOR DE SEGURIDAD

ROJO

AMARILLO

VERDE

AZUL

SIGNIFICADO

APLICACIONES

Parada Prohibición

Señales de parada Señales de prohibición Dispositivos de desconexión

Lucha contra incendios

En los equipos de lucha contra incendios: Señalización Localización

Atención

Señalización de riesgos

Zona de peligro

Señalización de umbrales, pasillos de poca altura, obstáculos, etc.

Situación de seguridad

Señalización de pasillos y salidas de socorro

Primeros auxilio

Rociadores de socorro Puesto de primeros auxilios y salvamento

Obligación

Obligación de usar protección personal

Indicaciones

Emplazamiento de teléfono, talleres, etc.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

8. TRABAJOS DE MANTENIMIENTO Los trabajos de mantenimiento son necesarios para prevenir paradas y averías o para arreglarlas si se producen. Aproximadamente unos 100 trabajadores pierden la vida en España anualmente en trabajos de mantenimiento.

¡IMPORTANTE! Nunca debe realizarse un trabajo de mantenimiento por un trabajador que no tenga la formación adecuada.

CONSIGNACIÓN DE MÁQUINAS Antes de trabajar en una máquina, hay que aislarla de las redes de alimentación eléctrica, hidráulica o neumática desconectando y bloqueando el interruptor de alimentación y las válvulas de entrada. También hay que anular las energías residuales, ya sean éstas de naturaleza eléctrica, hidráulica, neumática, etc. ¿QUÉ NORMAS DEBE SEGUIR? • Para el bloqueo de interruptores o válvulas de alimentación, utilice candados con una sola llave, que debe estar en poder del empleado que realiza el trabajo en la máquina. • Cuando varios trabajadores estén trabajando en una máquina o instalación, utilice un dispositivo de bloqueo con posibilidad de colocar varios candados (cada uno con el suyo). • Sólo debe poder conectarse la alimentación a la máquina cuando se hayan quitado todos los contactos. • Señalice que la máquina se encuentra consignada. ¿QUÉ ES UN PERMISO DE TRABAJO? Es un documento que especifica el trabajo que hay que hacer y las precauciones que hay que adoptar al hacerlo.

Antes de llevar a cabo un trabajo de mantenimiento debe considerarse la necesidad de disponer de un permiso de trabajo. ¿DÓNDE SE DEBEN UTILIZAR LOS PERMISOS DE TRABAJO? Entre otros: • En la entrada a recipientes, espacios confinados o máquinas. • En trabajo con herramientas que puedan producir chispas cuando la atmósfera puede ser explosiva. • En la apertura o desconexión de recipientes que hayan contenido sustancias inflamables o tóxicas. • En tejados y zanjas. ¿QUÉ ES UN ESPACIO CONFINADO? Es un recinto con aberturas limitadas para entrada y salida, con ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse atmósferas tóxicas, inflamables o con deficiencias de oxígeno y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador. Los espacios confinados se encuentran en todos los sectores de la industria, entre los más frecuentes destacan: pozos, alcantarillas, sótanos, fosos, depósitos, tanques, cubas, silos, túneles, etc. ¿QUÉ MEDIDAS PREVENTIVAS PODEMOS APLICAR? • Elaborar un procedimiento de trabajo. • Antes de entrar, analizar la atmósfera para comprobar su peligrosidad: existencia de sustancias tóxicas, inflamables y si existe suficiente oxígeno. • Seguir las instrucciones del permiso de trabajo y entrar con los medios y equipos necesarios. Ejemplo: ventilación continua suficiente, protecciones personales, herramientas especiales, arnés con cuerda de salvamento desde el exterior.

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• No se deben utilizar motores de combustión dentro de espacios confinados. • Disponer de un equipo de rescate en el exterior con trabajadores formados en rescate y primeros auxilios.

¡RECUERDE! Los trabajos de mantenimiento deben ser planificados eliminando la realización de operaciones puntuales y por personal no especializado.

RESUMEN El objetivo de la Seguridad es mejorar las condiciones de trabajo hasta el punto de que sea imposible o al menos muy difícil accidentarse. El lugar y la superficie de trabajo Muchos de los accidentes pueden ser evitados con medidas elementales y de poco costo. Ejemplo: almacenamiento adecuado de materiales, pasillos, corredores y escaleras de dimensiones adecuadas. El orden y la limpieza son principios básicos que propician la seguridad. Las herramientas Un adecuado uso de las herramientas repercutirá tanto en un trabajo bien hecho como en nuestra integridad física. Las principales causas de lesiones son: uso inapropiado, inadecuación de las herramientas al trabajo, herramientas defectuosas, transporte y almacenamiento incorrecto. Las máquinas La seguridad en las máquinas tiene una importancia vital para mantener la integridad física y salud de los trabajadores. Para evitar estos accidentes el empresario deberá llevar a cabo dos actuaciones: • Adquirir máquinas seguras. • Instalar, utilizar y mantener adecuadamente la máquina, siguiendo las instrucciones del fabricante. La electricidad La electricidad presenta importantes riesgos que es preciso conocer y prever. Tipos de contacto eléctrico: • Contacto directo: se produce con las partes activas de la instalación. • Contacto indirecto: se produce con masas puestas en tensión. Para evitar los contactos directos: • Alejar los cables y conexiones de los lugares de trabajo y de paso. • Usar Equipos de Protección Individual. • Recubrir las partes en tensión con material aislante.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Para evitar los contactos indirectos: • Puesta a tierra. • Interruptor diferencial. Los incendios La prevención de incendios es el conjunto de acciones tendentes a evitar el inicio del incendio mediante la eliminación de alguno de los tres factores del fuego. La protección contra incendios es el conjunto de acciones destinadas a completar la acción preventiva para que, en el caso de que se inicie el incendio, este quede reducido en su propagación y en sus consecuencias. Una buena protección viene en función de una buena detección, extinción y alarma. Almacenamiento, manipulación y transporte Desde el punto de vista prevencionista hay que considerar: a) los almacenes generales, b) los puestos de trabajo c) el transporte y manejo de materiales El peligro más frecuente que presentan los equipos de levantamiento de cargas es el mal funcionamiento de alguno de sus elementos. Las medidas preventivas las clasificaremos en tres apartados: Normas básicas, Método de Trabajo y Transporte interior. Para levantar cargas manualmente se empleará una técnica adecuada a la forma y al peso de la misma. La señalización La correcta señalización resulta eficaz como técnica de seguridad complementaria, pero nunca por sí misma elimina el riesgo. Según el significado de la señal se puede clasificar en: Prohibición, Obligación, Advertencia, Salvamento, Indicación. Trabajos de mantenimiento Los trabajos de mantenimiento deben ser planificados, eliminando la realización de operaciones puntuales y por personal no especializado. Aspectos a considerar: Consignación de máquinas Permiso de trabajo Espacio confinado

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

2.

Relacione con una flecha los peligros con sus correspondientes medidas preventivas. PELIGROS

MEDIDAS PREVENTIVAS

– Caídas a distinto nivel

– Los suelos han de ser antideslizantes y utilizar calzado apropiado al tipo de suelo.

– Caídas al mismo nivel

– Colocar protecciones adecuadas en huecos y paredes por los que puedan caer materiales o personas.

– Atropellos con vehículos

– Señalización adecuada de esquinas y obstáculos fijos.

– Choque contra objetos inmóviles

– Pasillos distintos de circulación para trabajadores y vehículos bien señalizados.

Cite dos principios básicos que propician la Seguridad en el lugar de trabajo. 1. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3.

Para evitar accidentes con las máquinas, el empresario deberá llevar a cabo dos actuaciones: 1. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ...................................................................... 2. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4.

Con el fin de proteger contra los peligros de las máquinas que no han podido ser evitados, se utilizan: ........................................................................

5.

6.

Los dos mecanismos que nos protegen contra los contactos indirectos son: a)

La . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

b)

El . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las tres condiciones necesarias para que se inicie un incendio son: a) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . b) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . c) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7.

¿En qué se diferencia la prevención del incendio de la protección contra incendios? ..........................................................................

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

8.

A continuación se indican una serie de medidas de seguridad para las operaciones de levantamiento de cargas, pero no todas son verdaderas. Marcar con una cruz donde corresponda Verdadera (V) o Falsa (F)

9.

El enganche de la carga puede realizarlo cualquier operario

V

F

Se prohíbe cargar un aparato con pesos superiores a la máxima carga útil

V

F

El descenso de las cargas se hará rápidamente en caso de urgencia

V

F

No se dejarán los aparatos de izar con cargas suspendidas

V

F

La elevación se hará siempre en sentido vertical

V

F

La correcta señalización resulta eficaz como técnica de seguridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . pero no debe olvidarse que por sí misma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

10. ¿Cuál de estas afirmaciones es verdad?: a) Los trabajos de mantenimiento deben ser realizados por trabajadores con la formación adecuada. b) Los trabajos de mantenimiento son operaciones puntuales y realizadas por personal no especializado.

MÓDULO 2, UNIDAD 1

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ANOTACIONES

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

2.

PELIGROS

MEDIDAS PREVENTIVAS

– Caídas a distinto nivel

– Los suelos han de ser antideslizantes y utilizar calzado apropiado al tipo de suelo.

– Caídas al mismo nivel

– Colocar protecciones adecuadas en huecos y paredes por los que puedan caer materiales o personas.

– Atropellos con vehículos

– Señalización adecuada de esquinas y obstáculos fijos.

– Choque contra objetos inmóviles

– Pasillos distintos de circulación para trabajadores y vehículos, bien señalizados.

• ORDEN • LIMPIEZA

3.

1. Adquirir máquinas seguras (marcado CE). 2. Instalar, utilizar y mantener adecuadamente la máquina, siguiendo las instrucciones del fabricante.

4.

RESGUARDOS Y DISPOSITIVOS

5.

a) La puesta a tierra b) El interruptor diferencial

6.

a) COMBUSTIBLE b) COMBURENTE c) CALOR

7.

La PREVENCIÓN trata de evitar el inicio del incendio y la PROTECCIÓN lucha para que su propagación y consecuencias se reduzcan.

8.

F V F V V

9.

La correcta señalización resulta eficaz como técnica de seguridad complementaria, pero no debe olvidarse que por sí misma no elimina el riesgo.

10. a) Los trabajos de mantenimiento deben ser realizados por trabajadores con la formación adecuada.

UNIDAD DIDÁCTICA

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Los riesgos ligados al medio ambiente de trabajo ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVO CONTENIDOS 1. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES QUÍMICOS 2. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES FÍSICOS 3. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES BIOLÓGICOS 4. LA EVALUACIÓN DEL RIESGO 5. EL CONTROL DEL RIESGO RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 2, UNIDAD 2

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INTRODUCCIÓN El hombre desarrolla su actividad profesional en un medio ambiente que puede llegar a deteriorar su estado de salud a corto, medio o largo plazo. La presencia de substancias químicas en el medio ambiente es algo habitual tanto en la vida cotidiana como en la laboral. Sin embargo, los productos químicos que se encuentran en el trabajo suelen ser mucho más numerosos y potencialmente más dañinos que los que se encuentran en la calle. La energía que nos rodea en sus diversas formas también puede dañar al trabajador por su “calidad” (naturaleza) y/o “cantidad” (intensidad). La energía está presente en los puestos de trabajo bajo distintas formas, en forma de energía mecánica (ruido y vibraciones), energía electromagnética (luz visible, ultravioleta, infrarroja, rayos X, Gamma, etc.) y calorífica (el calor o su ausencia, el frío). Por último es posible encontrar microorganismos que pueden causar enfermedades en el hombre como son hongos, bacterias, virus, etc. La higiene laboral es la encargada de prevenir los riesgos generados por todos estos “agentes”. En esta unidad didáctica vamos a ver estos tres tipos de agentes causales de daño, cómo interactúan con el hombre, las consecuencias de esta relación y el distinto modo de prevenir los riesgos que generan.

OBJETIVO



Identificar posibles riesgos derivados del medio ambiente de trabajo.

2

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES QUÍMICOS

2.

LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES FÍSICOS 2.1.

Energía mecánica: ruido y vibraciones

2.2. Energía electromagnética: radiaciones ionizantes y no ionizantes 2.3. Energía calorífica 3.

LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES BIOLÓGICOS

4.

LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

5.

EL CONTROL DEL RIESGO 5.1.

Actuaciones sobre el foco

5.2. Actuaciones sobre el medio 5.3. Actuaciones sobre el trabajador 5.4. Tres casos particulares: ruido, vibraciones y agentes biológicos.

MÓDULO 2, UNIDAD 2

1. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES QUÍMICOS Los contaminantes químicos, también llamados agentes químicos, son substancias que, por la forma de presentarse, pueden ser absorbidas por el organismo y producir, en poco tiempo o a lo largo de los años, efectos dañinos para la salud del individuo. Tanto las substancias manejadas por el trabajador, como las que se generan durante el proceso productivo, se pueden contar por miles siendo algunas de origen natural y otras de origen artificial (creadas por el hombre). Su origen poco importa ya que tanto unas como otras pueden ser tóxicas para el hombre, porque todas pueden producir daños si la cantidad absorbida, o dosis, es suficiente. Cuanto menor sea la dosis necesaria para que una sustancia produzca daños en el organismo, mayor es su toxicidad. Puesto que los agentes químicos difieren en sus propiedades físicas y químicas, también los efectos que producen son diferentes, siendo estos efectos de importancia variable, desde la simple irritación de ojos y mucosas hasta el cáncer. También se caracterizan estos efectos por poderse manifestar mucho tiempo después de cesar la exposición, como es el caso del cáncer. (Ver figura página 4) Los agentes químicos son absorbidos por el organismo a través de una o varias vías de entrada que, por orden de importancia, son las vías inhalatoria (respiratoria), dérmica, digestiva y parenteral. (Ver figura página 5) La vía inhalatoria es la más importante en el mundo laboral por lo que, para hacemos una idea de la dosis absorbida por el trabajador, es necesario conocer la concentración del tóxico (cantidad de tóxico que hay en el aire) presente en la atmósfera de trabajo y también durante cuánto tiempo se encuentra el individuo expuesto a la misma. Este tiempo es lo que se conoce como tiempo de exposición. Cuanto mayor sea la concentración ambiental o el tiempo de exposición, mayor será la dosis. La materia se encuentra en la Naturaleza en tres estados: gaseoso, líquido y sólido. Puesto que, como hemos visto, los tóxicos entran en nuestro organismo principal-

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mente a través de la respiración, es importante conocer cómo las substancias químicas pueden encontrarse en el aire que nos rodea.

¡RECUERDE! La dosis por inhalación de un agente químico depende de la concentración ambiental del agente y del tiempo de exposición.

Los gases y vapores forman una mezcla perfecta con el aire, llegando directamente al fondo de los pulmones donde se incorporan a la sangre y se distribuyen por el organismo. Se caracterizan por permanecer en el ambiente durante prolongados períodos de tiempo, expandirse en el espacio rápidamente, y además por carecer, en ocasiones, de olor y/o color. De ello se desprende que se debe prestar mayor atención a las substancias que se encuentren en este estado. Sin embargo, los líquidos y sólidos también pueden permanecer durante largo tiempo suspendidos en el aire en forma de aerosoles, es decir, en forma de partículas finamente divididas. Los aerosoles líquidos son las nieblas y los sólidos; según su procedencia pueden ser: polvo (de origen mecánico, como por ejemplo el polvo de madera generado al serrar o lijar), o humo (si su origen es térmico, por ejemplo: el desprendido durante una combustión). Los metales, por ejemplo, originan humos al ser calentados. El tamaño, por tanto, de las partículas que constituyen el aerosol determina en gran medida su peligrosidad, ya que condiciona su permanencia en el aire. En el caso concreto de los aerosoles sólidos es también un factor importante la geometría (forma) de la partícula. Es importante conocer qué tamaños pueden llegar al fondo del pulmón para ejercer allí su acción tóxica o bien incorporarse al torrente sanguíneo para ejercerla después sobre otra parte del organismo.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

EFECTOS DE LOS PRODUCTOS TÓXICOS SOBRE EL CUERPO HUMANO

CORROSIVOS

Destrucción de los tejidos sobre los que actúa el tóxico

IRRITANTES

Irritación de la piel o las mucosas en contacto con el tóxico

NEUMOCONIÓTICOS

Alteración pulmonar por partículas sólidas

ASFIXIANTES

Desplazamiento del oxígeno del aire o alteración de los mecanismos oxidativos biológicos

ANESTÉSICOS Y NARCÓTICOS

Depresión del sistema nervioso central. Generalmente el efecto desaparece cuando desaparece el contaminante

SENSIBILIZANTES

Efecto alérgico del contaminante ante la presencia del tóxico, aunque sea en pequeñísimas cantidades (Asma, Dermatitis)

CANCERÍGENOS ÁGENOS MUTÓ Y TERATÓGENOS

Producción de cáncer, modificaciones hereditarias y malformaciones en la descendencia respectivamente

SISTÉMICOS

Alteraciones de órganos o sistemas específicos (hígado, riñón, etc.)

MÓDULO 2, UNIDAD 2

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VÍAS DE ENTRADA DE LOS CONTAMINANTES QUÍMICOS

VÍA RESPIRATORIA A través de la nariz y la boca, los pulmones, etc.

Es la vía de penetración de sustancias tóxicas más importante en el medio ambiente de trabajo, ya que con el aire que respiramos pueden penetrar en nuestro organismo polvos, humos, aerosoles, gases, vapores de productos volátiles, etc.

VÍA DÉRMICA A través de la piel

Es la vía de penetración de muchas sustancias que son capaces de atravesar la piel, sin causar erosiones o alteraciones notables, e incorporarse a la sangre, para posteriormente ser distribuidas por todo el cuerpo. La superficie total de piel expuesta a la posible penetración es muy importante, así como su estado de integridad, que en ocasiones puede estar debilitada por lesiones o por la acción de los disolventes capaces de eliminar las grasas que protegen su superficie.

VÍA DIGESTIVA A través de la boca, estómago, intestinos, etc.

Es la vía de penetración a través de la boca, el esófago, el estómago y los intestinos. También hemos de considerar aquí la posible ingestión de contaminantes disueltos en las mucosidades del sistema respiratorio.

VÍA PARENTERAL A través de heridas, llagas, etc.

Es la vía de penetración directa del contaminante en el cuerpo a través de llagas, heridas, etc.

Las partículas que llegan hasta el fondo del pulmón son las menores de 2 µm (µm =millonésima parte de un metro), constituyendo el 70% del depósito. Estas partículas son invisibles al ojo humano que sólo capta las de diámetro superior a las 50 µm, las de ta-

maño inferior a 1 µm tardan casi 3 h en descender 1 m en un aire quieto. (Ver figura página 6). El peligro de las actividades que generan aerosoles está en que podemos creer que ya no quedan partículas en el ambiente, pues, como hemos visto, son precisa-

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

COMPARACIÓN DEL DIÁMETRO DE LAS PARTÍCULAS TAMAÑO AMPLIADO 50.000 VECES A B DIÁMETROS DE:

C

A PARTÍCULA MÁS PEQUEÑA VISIBLE AL OJO HUMANO B PARTÍCULA MÁS GRANDE DE LAS QUE SE ENCUENTRA MAYORITARIAMENTE EN EL PULMÓN. C PARTÍCULA QUE TARDA 3 HORAS EN CAER 1 METRO EN UN AIRE TRANQUILO

2.1. Energía mecánica: ruido y vibraciones. El ruido se define en general como un sonido no deseado y molesto. Se caracteriza por el nivel y la frecuencia. Cuanto más fuerte golpeemos los objetos entre sí, mayor será el nivel de ruido, que es la presión sonora medida en decibelios (dB), en cambio la frecuencia que se mide en Hercios (Hz), dependerá de los materiales que choquen. La sirena de una ambulancia es ejemplo de ruido de frecuencias altas, mientras que el motor de un coche emite sonido de frecuencias fundamentalmente medias y bajas. El individuo medio tiene capacidad para oír sonidos entre 20 y 20.000 Hz y las conversaciones normales constan de sonidos entre 500 y 3.000 Hz. (Ver figura).

mente las partículas que permanecen durante largo tiempo en el aire, cuando el resto ya ha desaparecido de nuestra vista, las que pueden afectamos.

¡RECUERDE! Aunque no se vean, puede haber partículas suspendidas en el aire capaces de ejercer su acción tóxica.

2. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES FÍSICOS Las tres manifestaciones de la energía que nos ocupan son: • la energía mecánica en forma de ruido y vibraciones, • la energía electromagnética en forma de radiación (luz visible, infrarroja, ultravioleta, rayos X, etc.) y corpuscular (α, β, γ, etc.), • la energía calorífica en forma de calor o frío.

La existencia de ruido en el ambiente de trabajo puede suponer riesgo de pérdida de audición. Los niveles excesivos de ruido lesionan ciertas terminaciones nerviosas del oído provocando la hipoacusia. El individuo

MÓDULO 2, UNIDAD 2

es consciente de esta pérdida irrecuperable cuando en sus conversaciones no oye correctamente a los demás, a pesar de que no haya ningún ruido en el ambiente. El riesgo de pérdida auditiva empieza a ser significativo a partir de un nivel equivalente diario (LAeq,d) de 80 dB(A) para exposiciones en jornadas de 8 horas a lo largo de la vida profesional del trabajador. El LAeq,d es el promedio diario del nivel de presión sonora (nivel de ruido) asignable a un puesto de trabajo, en decibelios “A” (dB(A)). El dB(A) es la unidad en la que se mide el nivel de ruido en la escala de ponderación A, mediante la cual el sonido que recibe el aparato medidor es filtrado de forma parecida a como lo hace el oído humano.

¡RECUERDE!

El nivel de ruido de una jornada laboral, en promedio, se denomina: “Nivel de Presión Sonora Equivalente Diario”.

Existen, no obstante, otros efectos del ruido, además de la pérdida de audición. Algunos individuos han manifestado alteraciones respiratorias, cardiovasculares, digestivas o visuales. Elevados niveles de ruido pueden provocar trastornos del sueño, irritabilidad y cansancio. El ruido disminuye el nivel de atención y aumenta el tiempo de reacción del individuo frente a estímulos diversos, por lo que favorece el crecimiento del número de errores cometidos y, por lo tanto, de accidentes.

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ras, etc., que provocan efectos sobre el oído interno y retardo en los tiempos de reacción; y de elevada frecuencia, tales como las que producen las motosierras, los martillos neumáticos, etc. que tienen consecuencias más graves como son problemas articulares, vasomotores y en brazos y piernas. Según el modo de contacto entre el objeto vibrante y el cuerpo, la exposición a vibraciones se divide en dos grandes grupos: Vibraciones mano-brazo y Vibraciones globales de todo el cuerpo. Las primeras, generalmente, resultan del contacto de los dedos o la mano con algún elemento vibrante (por ejemplo: una empuñadura de herramienta portátil, un objeto que se mantenga contra una superficie móvil o un mando de una máquina). Los efectos adversos se manifiestan normalmente en la zona de contacto con la fuente de vibración, pero también puede existir una transmisión importante al resto del cuerpo. El efecto más frecuente y más estudiado es el Síndrome de Raynaud de origen profesional, o Dedo blanco inducido por vibraciones, que tiene su origen en alteraciones vasculares. La transmisión de vibraciones al cuerpo y sus efectos sobre el mismo dependen mucho de la postura y no todos los individuos presentan la misma sensibilidad, en consecuencia la exposición a vibraciones puede no tener las mismas consecuencias en todas las situaciones. Entre los efectos que se atribuyen a las vibraciones globales se encuentran frecuentemente los asociados a traumatismos en la columna vertebral, aunque normalmente las vibraciones no son el único agente causal.

La exposición a vibraciones se produce cuando se transmite a alguna parte del cuerpo el movimiento oscilante de una estructura, ya sea el suelo, una empuñadura o un asiento.

2.2. Energía electromagnética: radiaciones ionizantes y no ionizantes.

Las vibraciones pueden ser de muy baja frecuencia (las que generan, por ejemplo, el balanceo de trenes y barcos producen mareo); de baja frecuencia, como las de los vehículos en movimiento, carretillas elevado-

Una de las formas de transmisión de energía es la que se realiza a través de la radiación de ondas electromagnéticas. Las ondas electromagnéticas se diferencian unas de otras por la cantidad de energía que son

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capaces de transmitir, y ello depende de su frecuencia. Una radiación es ionizante cuando, al interaccionar con la materia, origina partículas con carga eléctrica (iones). Las radiaciones ionizantes pueden ser electromagnéticas, como las mencionadas (rayos X y gamma) o corpusculares (partículas componentes de los átomos que son emitidas, partículas α y β). Las exposiciones a radiaciones ionizantes pueden originar daños muy graves e irreversibles para la salud (entre ellos, la generación de cáncer). Respecto a las radiaciones no ionizantes, sus efectos sobre el organismo son de diferente naturaleza, dependiendo de la banda de frecuencias de que se trate. Así, mientras que las Radiaciones Ultravioleta pueden producir afecciones en la piel (desde enrojecimientos hasta quemaduras) y conjuntivitis por exposición de la piel y los ojos, respectivamente, la Radiación Infrarroja puede lesionar la retina o producir opacidad del cristalino del ojo y daños en la piel a causa del calor que cede. Las Microondas son especialmente peligrosas por los efectos sobre la salud derivados de la gran capacidad de calentamiento que poseen, al potenciarse su acción cuando inciden sobre moléculas de agua que forman parte de los tejidos. Las ondas electromagnéticas correspondientes a la Radio Frecuencia también logran el efecto de calentamiento de los tejidos, algunas de ellas con mayor facilidad. La radiación Láser puede alcanzar un gran poder destructor de los tejidos, al proyectar una gran cantidad de energía sobre una superficie muy pequeña. La luz visible origina otro tipo de problemas que, aunque menos graves, son más habituales. Son los problemas relacionados con la iluminación. Un buen sistema de iluminación debe asegurar: suficientes niveles de iluminación, el contraste adecuado en la tarea, el control de los deslumbramientos, la reducción del riesgo de accidente y un cierto grado de confort visual.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Es conveniente conocer ciertos conceptos utilizados en iluminación de los que se destacan los siguientes: El Nivel de iluminación es la cantidad de luz que se recibe por unidad de superficie, su unidad es el lux. La 1uminancia es la cantidad de luz devuelta por unidad de superficie en la dirección de la mirada. La luminancia determina el aspecto luminoso de una superficie o de un foco luminoso, su unidad es la candela por metro cuadrado (cd/m2). El Contraste es la apreciación subjetiva de la diferencia de apariencia de dos partes del campo visual vistas simultánea o sucesivamente. De aquí se desprenden los conceptos: contraste de luminancia, de color, contraste simultáneo o sucesivo. Se suele cuantificar a través de la relación de luminancias, entre las partes. El Deslumbramiento es la incapacidad temporal de ver. Está originado por la presencia en el campo visual de una fuente de elevada luminancia que produce la insensibilización de la retina. La iluminación natural es deseable por la calidad de luz que proporciona y por el bienestar que implica. No obstante, debido a que su intensidad varía con las estaciones y las horas del día, se recurre a la iluminación artificial.

¡RECUERDE! Los factores fundamentales a tener en cuenta en la iluminación de un puesto de trabajo son: • El nivel de iluminación. • El contraste. • Evitar deslumbramientos. Son tres los tipos principales de fuentes luminosas artificiales: lámparas de incandescencia, fluorescentes y de descarga de gases. Las lámparas de incandescencia están indicadas cuando la iluminación artificial sólo se precisa de forma ocasional y en ilumina-

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ción localizada. Para iluminación general de locales, está indicado el uso de fluorescentes, por su eficacia luminosa y larga duración. Para iluminación exterior (depósitos y vías de comunicación) y en naves industriales de grandes dimensiones se utilizan lámparas de descarga de gases. Toda actividad requiere una determinada iluminación que debe existir como nivel medio en la zona en que se desarrolla la misma. Este valor depende de los siguientes factores: • El tamaño de los detalles. • La distancia entre el ojo y el objeto. • El factor de reflexión del objeto. • El contraste entre el objeto (detalle) y el fondo sobre el que destaca. • La rapidez del movimiento del objeto. • La edad del observador. VALORES MÍNIMOS DE ILUMINACIÓN* LUX ZONA O PARTE DEL LUGAR DE TRABAJO

100 TAREA CON EXIGENCIA VISUAL BAJA 200 TAREA CON EXIGENCIA VISUAL MODERADA 500 TAREA CON EXIGENCIA VISUAL ALTA 1000 TAREA CON EXIGENCIA VISUAL MUY ALTA 50 ÁREAS O LOCALES DE USO OCASIONAL 100 ÁREAS O LOCALES DE USO HABITUAL 25 VÍAS DE CIRCULACIÓN DE USO OCASIONAL 50 VÍAS DE CIRCULACIÓN DE USO HABITUAL * Se deben duplicar si: a) existen riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes. b) la tarea efectuada no permite errores de apreciación porque pueda suponer peligro para los trabajadores

Cuanto mayor sea la dificultad para la percepción visual, mayor debe ser el nivel medio de iluminación (Ver figura anterior). Para obtener un buen nivel de iluminación deben seguirse las siguientes recomendaciones: Adecuar el número, la distribución y la potencia de las fuentes luminosas a las exi-

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gencias visuales de la tarea, teniendo en cuenta la edad del observador. Sustituir las lámparas de forma regular. El rendimiento lumínico de algunas lámparas, por ejemplo de los fluorescentes, disminuye con el uso antes de que se deterioren completamente. Limpiar regularmente las lámparas, las luminarias y las paredes. El polvo depositado reduce la cantidad de luz emitida. Pintar las paredes y los techos con colores claros con factores de reflexión altos, utilizando sistemas que, en parte o totalmente, dirijan la luz a la parte superior de las paredes y techos. Se puede mejorar el contraste mediante la disminución de los deslumbramientos por reflexión. Esto se puede conseguir ubicando los puestos de trabajo entre las líneas de luminarias y paralelos al eje de visión del trabajador. Los trabajos que requieren gran agudeza visual precisan de un mayor grado de contraste. El deslumbramiento será mayor cuanto mayor sea la cantidad de luz por unidad de superficie, el contraste y el tiempo de exposición. También cuanto más próxima esté la fuente luminosa y cuando ésta esté dentro del ángulo visual. Para disminuir el deslumbramiento, se deben cubrir las lámparas con paralúmenes, difusores u otros dispositivos que permitan regular la luz e impidan la visión directa del foco luminoso. Es conveniente utilizar materiales, acabados superficiales y pinturas mates, así como eliminar objetos muy pulidos o brillantes (Ver figura siguiente).

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

¡RECUERDE! En el caso de los agentes físicos es importante tanto su propia naturaleza como la intensidad con la que incida sobre el trabajador, además del tiempo de exposición. Se debe evitar que los puestos de trabajo, en general, y los que tienen pantallas de visualización de datos (PVD), en particular, estén situados frente o contra una ventana o una superficie que tenga una luminancia elevada; por otra parte, las ventanas de dichos puestos deben estar dotadas de cortinas o persianas opacas y regulables, preferentemente de láminas verticales. La legislación española recoge diversos aspectos normativos referentes a la iluminación en el Reglamento de Lugares de Trabajo (Real Decreto 485/97) y en el caso concreto de personal que emplea PVD, en el Reglamento para dichos usuarios (Real Decreto 488/97).

2.3. Energía calorífica. El ser humano necesita mantener una temperatura interna de aproximadamente 37 º C (37 º C ± 1 º C) para el desarrollo de la vida; para lograrlo posee mecanismos físicos y fisiológicos. Mediante la actividad física el hombre genera calor y, dependiendo de lo intensa que sea esta actividad, la cantidad de este calor será mayor o menor. Para evitar que la acumulación del calor producido por el cuerpo y/o ganado del ambiente descompense la temperatura interna, el hombre utiliza los mecanismos de defensa que posee destinados a disipar al ambiente el exceso de calor acumulado, por ejemplo, la segregación del sudor.

¡RECUERDE! El calor es el único contaminante que puede ser generado por el hombre, por ello posee mecanismos de autodefensa naturales.

Estos mecanismos son capaces de contrarrestar casi cualquier situación térmica, propiciando la eliminación del exceso de calor o impidiendo la pérdida de calor interno (Ver figura anterior). Las formas de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente dependen de las condiciones termohigrométricas del medio ambiente de trabajo, que son: la temperatura del aire, la temperatura húmeda, la velocidad del aire, el tipo de vestimenta y el consumo metabólico del individuo. Estas variables pueden medirse y sus valores son la base de la valoración de los riesgos o del confort. Las relaciones del ser humano con el ambiente térmico definen una escala de sensaciones que oscilan del calor al frío, pasando por una zona que se puede calificar como térmicamente confortable. Esta escala tiene sus límites bien marcados a partir de los cuales existe riesgo para la salud por desequilibrio térmico. Los efectos negativos para la salud comienzan cuando los mecanismos naturales del hombre, de generación de calor para mitigar el frío o de disipación del calor para evitar la subida de la temperatura interna, se ven desbordados. Los efectos de las exposiciones a ambientes calurosos más importantes son: el golpe de calor, los desmayos, la deshidratación, etc.

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En cuanto a los efectos por exposición a ambientes muy fríos destacan como más importantes la hipotermia y la congelación.

¡RECUERDE! El riesgo para la salud de los trabajadores comienza cuando las condiciones medioambientales son capaces de superar la capacidad de los mecanismos de autodefensa.

3. LA EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES BIOLÓGICOS Los agentes biológicos son los microorganismos y endoparásitos humanos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

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Los agentes biológicos se pueden clasificar según su peligrosidad en cuatro grupos, atendiendo a cuatro características: • La capacidad del agente de provocar enfermedad en el hombre y la gravedad de la misma. • La peligrosidad para los trabajadores expuestos. • La capacidad de contagio de la enfermedad causada entre un grupo humano. • La existencia de tratamiento adecuado para la enfermedad. De esta forma, en el primer grupo estarían los agentes que es poco probable que causen enfermedad en el hombre si accidentalmente entraran en contacto con él, y en el cuarto estarían aquellos agentes que no sólo causan enfermedad grave sino que son un peligro para el hombre, se contagian rápidamente dentro de un colectivo humano y no existe tratamiento adecuado para la enfermedad. Esta clasificación sirve para fijar los niveles de protección adecuados para cada microorganismo y para cada actividad.

4. LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

La exposición laboral a estos agentes se puede considerar bajo dos puntos de vista, definidos por el tipo de actividad que se desarrolle. En primer lugar, se distinguen aquellas actividades en las que existe la intención deliberada de manipular agentes biológicos, por ejemplo, los laboratorios de diagnóstico microbiológico o las industrias en cuyos procesos se utilizan estos agentes. En segundo lugar, se encuentran aquellas actividades en las que no existe la intención deliberada de manipular agentes, biológicos pero sí puede existir la exposición debido a la naturaleza del trabajo, por ejemplo: los trabajos en centros de producción de alimentos, los trabajos agrarios o en los que exista contacto con animales y/o sus productos, los trabajos sanitarios o los trabajos en unidades de eliminación de residuos y de tratamiento de aguas residuales.

Para evaluar el riesgo de exposición a los diferentes agentes químicos y físicos es necesario conocer los valores del nivel de presencia del agente en el medio ambiente de trabajo y el tiempo de exposición del trabajador a los mismos y comparar este dato con otro, llamado criterio de valoración o valor límite. Si este valor límite es superado, la salud de los trabajadores puede encontrarse en peligro. El criterio de valoración es un valor establecido en la legislación del país o, en caso de que en ésta no exista, por una Institución reconocida. Para emplear estos valores debe partirse de la concentración ambiental (c) medida en el puesto de trabajo y el tiempo de exposición al contaminante (t). Se valora la importancia de la exposición, comparando el producto de c por t con el producto del valor límite VL por el tiempo para el que está fijado dicho valor limite (generalmente 8 horas

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por jornada). Debe cumplirse como mínimo que c x t sea menor que VL x 8. En España el Real Decreto 374/2001 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, es la disposición legal donde se establecen los requerimientos para valorar los riesgos debidos a los agentes químicos en el trabajo. Éste define los valores límite ambientales (VLA), como los valores límite de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en la zona de respiración de un trabajador. Estos VLA vienen establecidos en el caso del plomo por ejemplo en el anexo I del mencionado Real Decreto, para algunos otros productos químicos hay que remitirse a la legislación correspondiente y en ausencia de normativa específica, se emplean los VLA publicados anualmente por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en el “Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España”. Adicionalmente puede recurrirse a recomendaciones de carácter técnico (es decir, no obligatorias) establecidas por instituciones de carácter profesional. Para determinados agentes químicos existe la posibilidad de utilizar el control biológico que consiste en medir la presencia del agente en el organismo de las personas expuestas. Así por ejemplo se puede saber la concentración de plomo en sangre o la de disolventes en orina que, comparada con la máxima admisible, permite complementar la información acerca de la exposición. La evaluación de la exposición a un agente químico supone un proceso largo y necesario, en el que la información sobre la toxicidad del agente y las condiciones de trabajo son la base de partida. Las sustancias químicas que se manipulan deben estar convenientemente etiquetadas, según establece la legislación vigente, respecto a clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas (Real Decreto 363/1995). Las etiquetas deben indicar los riesgos que comporte la manipulación de las sustancias, mediante un pictograma y frases de explicación de los riesgos. (Ver figura).

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ETIQUETADO CLARO Y VISIBLE

Muchos agentes químicos se generan durante el proceso, por lo que no pueden ser objeto de etiquetado. La información toxicológica sobre ellos debe ser lo más completa posible. En general, para cualquier exposición a un agente químico, deben conocerse los posibles efectos sobre la salud, la posibilidad de que se absorba a través de la piel y la vía digestiva y la concentración ambiental máxima que puede existir en el ambiente (VLA) para un período de tiempo determinado. La evaluación de los agentes químicos como se ha visto hasta ahora, está basada en la medición de las concentraciones ambientales y su comparación con los valores límite establecidos. Sin embargo, en el caso concreto de los agentes cancerígenos la relación dosis-efecto se basa en probabilidades, es decir, a mayor dosis recibida en la exposición, mayor es la probabilidad de que se inicie el proceso canceroso, pero a dosis bajas, también puede iniciarse el proceso aunque con menor probabilidad. Además, existe otro factor importante en el desarrollo del proceso y que es la susceptibilidad individual, que hace que cada individuo por sus características genéticas muestre una mayor predisposición a padecer una enfermedad, independientemente de la exposición. Por todo ello, para la exposición a agentes cancerígenos, no es aplicable el mismo criterio que para el resto de agentes químicos. Las precauciones que

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hay que adoptar ante los mismos deben ser extremas, haciendo todo lo posible para su sustitución de acuerdo con el Real Decreto sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. La evaluación de la exposición a estos agentes en el lugar de trabajo, se basa en el estudio de las posibilidades de que la exposición tenga lugar, más que en las concentraciones ambientales de la sustancia. El objetivo es determinar si existe o no presencia de tales sustancias en el puesto de trabajo. Los procesos deben evitar la exposición a cancerígenos, no obstante en algunas circunstancias puede existir la posibilidad de que el trabajador entre en contacto con ellas, como es el caso de operaciones de toma de muestra, operaciones de limpieza y mantenimiento de equipos o en circunstancias accidentales. En consecuencia, la evaluación del riesgo de exposición a carcinógenos se basará en el análisis de los procedimientos de trabajo, para valorar la probabilidad de que exista exposición y poder adoptar las medidas preventivas pertinentes. Para los agentes físicos en el caso del ruido, vibraciones, la iluminación, los agentes biológicos y las radiaciones ionizantes existe legislación específica, mientras que para el resto de agentes físicos es necesario acudir a normas técnicas nacionales o internacionales (UNE, EN, DIN o ISO). Respecto al ruido, la disposición legal que rige en España es el Real Decreto Real Decreto 286/2006 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, que establece las condiciones en que se deben realizar las mediciones de ruido, y la valoración de los resultados. La evaluación de las exposiciones a ruido supone la medición inicial de los niveles de ruido en todos los puestos de trabajo, excepto aquéllos en los que es evidente que no se alcanzan 80 dB(A) en promedio para 8 horas de trabajo (L Aeq,d ), o superior a 135 dB(C) de pico y la comparación con los niveles máximos establecidos por la legislación y la planificación acerca de las medidas preventivas a adoptar en cada caso.

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El nivel de pico (L pico ) es la presión acústica máxima instantánea, expresado en dB(C), que a diferencia de los dB(A) miden exclusivamente la magnitud física del ruido. El Real Decreto mencionado establece el tipo de acción preventiva exigible, dependiendo del (L Aeq,d ) y del nivel de pico, correspondiente al puesto de trabajo, de la siguiente forma: Si el L Aeq,d está entre 80 dB(A) y 85 dB(A) o L pico entre 135 y 137 dB(C), se entregarán equipos de protección individual (EPIs) y se procederá a la repetición de la evaluación y medición cada año como mínimo. Si el L Aeq,d está entre 85 dB(A) y 87 dB(A) o L pico entre 137 y 140 dB(C), implica uso obligatorio de EPIs (salvo las excepciones que estable el Real Decreto) y señalización de dicha obligación, delimitación de la zona, limitación de acceso y adopción de un programa de medidas técnicas y/o organizativas para disminuir el riesgo, así como la repetición de la evaluación y medición cada año como mínimo. Si el L Aeq,d es superior a 87 dB(A) o L pico superior a 140 dB(C), se procederá al empleo obligatorio de EPIs y las medidas del apartado anterior. De este modo probablemente se conseguirá reducir el nivel de exposición por debajo de estos valores, pero en el caso de que considerando el efecto de atenuación por la utilización de las protecciones individuales, el valor todavía sea superior a 87 dB(A) o 140 dB(C), en ningún caso podrá mantenerse esta situación, por lo que se adoptarán inmediatamente medidas para reducir la exposición por debajo de los valores límite. En las tres situaciones se realizará además información y formación a los trabajadores expuestos, así como vigilancia de la salud de la forma en que establece el Real Decreto.

¡RECUERDE! La evaluación de la exposición al ruido debe llevarse a cabo según indica el Real Decreto 286/2006.

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Los instrumentos que se utilizan para la medición del nivel de ruido se denominan de forma genérica sonómetros. Cuando interesa conocer el ruido promediado durante un tiempo determinado, se, utilizan sonómetros integradores o dosímetros. Estos últimos están diseñados para que los transporte la persona expuesta mientras realiza su trabajo. La reglamentación española especifica las características que deben cumplir los aparatos de medición, los cuales deben estar calibrados convenientemente mediante un patrón de referencia. Las mediciones de ruido deben llevarse a cabo de forma que los resultados sean representativos de la verdadera exposición de los trabajadores. Esto condiciona el lugar y el tiempo de la medición. (Ver figura).

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ción del mismo, a fin de poderlo clasificar según su grado de peligrosidad. Desgraciadamente, hasta el momento apenas se dispone de criterios de valoración similares a los existentes para los contaminantes químicos; ello es consecuencia de las especiales características de los contaminantes biológicos, que puede mutar su estructura genética, su alta variabilidad de su capacidad infectiva, además de la susceptibilidad individual, estado de salud del trabajador, etc. Todo ello hace que prácticamente sea imposible establecer criterios de valoración fiables, para cualquier situación en la que se presenten este tipo de contaminantes.

La legislación actual no contempla situaciones de disconfort por ruido, ya que se orienta en principio a prevenir la hipoacusia. Para evitar situaciones de disconfort y prevenir otro tipo de efectos del ruido se recomienda no sobrepasar 65 dB(A) en trabajos que requieran un mínimo de concentración mental y 55 dB(A) para tareas más difíciles y complejas. No obstante, el estudio de las frecuencias predominantes y el tipo de tarea a realizar es necesario para conocer los niveles de ruido deseables y evitar molestias durante el trabajo. En las vibraciones su medición se lleva a cabo mediante vibrómetros cuyo diseño tiene en cuenta el punto de contacto entre el elemento vibrante y el cuerpo (empuñadura, asiento o suelo) y la unidad de medida que se emplea habitualmente es m/s2. La evaluación, así como las mediciones se realizarán atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 1311/2005, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. En el caso de la evaluación del riesgo a la exposición de agentes biológicos, según Real Decreto 664/1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, la primera medida que debe tomarse cuando se sospeche de la existencia de una posible exposición, es la identifica-

5. EL CONTROL DEL RIESGO Cuando el factor de riesgo se halla presente y no es posible eliminarlo, hay que minimizar el riesgo. Para ello actuaremos sobre el foco o el medio o el receptor (el trabajador) o una combinación de ellos.

5.1. Actuaciones sobre el foco Sustituir el agente por otro no peligroso o al menos no tan peligroso. En el caso de cancerígenos y sensibilizantes es especialmente recomendable, ya que las otras actuaciones sobre el foco pueden disminuir su concentración pero no eliminan su presencia; cualquier fallo en el control del agente podría entrañar la liberación al ambiente de la sustancia tóxica.

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Foco

– Selección de equipos y diseño adecuados. (Fase de diseño). – Sustitución de productos. (Cancerígenos, sensibilizantes, ...). – Modificación del proceso. – Encerramiento del proceso. – Aislamiento del proceso. – Métodos húmedos. (Agentes pulvígenos). – Extracción localizada. – Mantenimiento preventivo.

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Medio

– Limpieza. – Ventilación por dilución. – Aumento de distancia entre emisor y receptor. – Sistemas de alarma (recomendadas para un solo agente).

Sería adecuado tener en cuenta, en la fase de diseño de una instalación, la protección de la salud eligiendo equipos diseñados para evitar la exposición a cualquiera de los agentes contemplados en esta unidad didáctica. Esta medida es especialmente adecuada para evitar el ruido y las vibraciones. Si posteriormente se revela inadecuado el diseño o si en éste no fueron considerados los aspectos preventivos y la sustitución del agente es imposible, habrá que tomar una o varias de las siguientes acciones: Modificar el proceso, por ejemplo, automatizar para hacer innecesaria la presencia del trabajador durante su funcionamiento o utilizar productos en otro estado (en vez de gas, una disolución que lo contenga). Se puede proceder al encerramiento, encapsulando el proceso. Llevar a cabo la operación en reactores cerrados en vez de hacerla en abiertos, encerrar el punto de operación de la máquina que genera el ruido o el foco emisor de radiaciones. El aislamiento en edificio aparte puede ser realmente útil cuando el proceso no necesita especialmente la presencia del trabajador. Disminuye el número de operarios afectados.

Receptor

– Formación e información. – Rotación de personal. – Encerramiento del trabajador. – Equipos de protección individual.

La extracción localizada es una manera de eliminar un agente químico del ambiente en el momento en que éste se genera. El mantenimiento preventivo de los equipos de trabajo (no hay que confundirlo con el servicio de mantenimiento que acude a demanda cuando una máquina falla) es otra técnica complementaria que evita exposiciones accidentales a cualquiera de los tres tipos de agentes estudiados: escape de gases, radiaciones o ruido, por ejemplo.

5.2. Actuaciones sobre el medio Por “medio” entendemos el espacio que media entre el foco y el receptor. Las actuaciones sobre el medio son complementarias a las adoptadas en el foco y no sustitutivas. La limpieza es un elemento clave y elemental. La falta de limpieza se traduce en la creación de focos secundarios (de agentes químicos o biológicos) y, lo que es más grave, de focos incontrolados, con lo que pueden llegar a convertirse en verdaderos e importantes centros de contaminación. Es fundamental limpiar suelos, paredes, maquinaria

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y, en general, todos los lugares en donde se pueda depositar la suciedad. La ventilación por dilución o ventilación general es utilizada junto a la extracción localizada. Consiste en introducir grandes caudales de aire para renovar el existente y así, disminuir la concentración del tóxico. El aumento de la distancia entre el foco y el receptor es otra forma, como la ventilación general, de diluir la concentración del agente, por mezcla con el aire, en el caso de los agentes químicos, y de disminuir la intensidad, en el caso de los agentes físicos. Los sistemas de alarma no disminuyen el riesgo, sólo avisan cuando se supera una concentración o una cierta intensidad. Sirven para detectar fugas y aumentos inesperados del agente en el medio ambiente.

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Aunque parecen de fácil empleo, requieren un grado de atención mucho más alto que el adoptado con otro tipo de intervenciones. Estas medidas son de las que necesitan un más alto grado de formación e información. (Consultar la unidad didáctica 4 de este mismo módulo) La formación e información al trabajador, aunque están incluidas en las acciones sobre el receptor, no es el último eslabón de la cadena preventiva, sino que, al contrario, es el primero y básico en la acción preventiva.

5.4. Tres casos particulares: ruido, vibraciones y agentes biológicos Las medidas de prevención frente al ruido crecen en exigencia a medida que aumenta el LAeq,d y obliga al trabajador a utilizar protectores auditivos, a partir de un LAeq,d de 85 dB(A).

En última instancia y como complemento a las anteriores medidas de control se actúa sobre el trabajador.

5.3. Actuaciones sobre el trabajador Una manera de disminuir el riesgo es reducir el tiempo de exposición. Una forma es la rotación del personal, empleado a menudo para operaciones de potencial alta peligrosidad como operaciones en centrales nucleares. Es especialmente útil en ambientes hostiles térmicos o ruidosos. El encerramiento del trabajador es el reverso del encerramiento del proceso. A veces crea más problemas de los que soluciona. Requiere un cuidadoso estudio, ya que el ser humano tiene más dimensiones que las físicas y unas necesidades de relación con sus compañeros que no posee un objeto inanimado. Los equipos de protección individual (EPI) son el último recurso. Deben ser tomados como medida provisional en tanto se arbitran otras soluciones. Sin embargo, en determinadas circunstancias, pueden ser imprescindibles y de incalculable valor (tareas de limpieza, situaciones de emergencia, labores esporádicas, etc...).

La disminución del nivel de ruido se consigue a través de medidas operativas (encerramiento de las fuentes de ruido, colocación de barreras acústicas, aumentando la absorción de paredes y techos, etc...) o disminuyendo el tiempo de exposición al ruido. Así por ejemplo, reducir a la mitad el tiempo de exposición es equivalente a reducir el L Aeq,d en tres decibelios. El nivel de ruido disminuye cuando aumenta la distancia a la fuente de ruido. (Ver figura ). Cuando nada de esto es posible o es insuficiente, se recurre a los protectores personales. Estos deben poseer el correspondiente marcado “CE” que garantiza su atenuación y calidad de fabricación según Normas Armonizadas.

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Los protectores auditivos pueden ser cascos-auriculares o tapones. Aunque los segundos parecen más cómodos, la reducción del ruido que consiguen (atenuación) depende de la buena inserción en el oído. Los protectores auditivos atenúan más o menos, dependiendo del tipo de ruido (frecuencia), por ello, para seleccionar los EPI adecuados, además de consultar a los destinatarios sobre el confort de los mismos, es necesario conocer algunas características del ruido además del L Aeq,d como por ejemplo el espectro de frecuencias (diferentes frecuencias que componen el ruido).

Las acciones técnicas tienen como objetivo la disminución de la intensidad de la vibración que se transmite al cuerpo humano, bien sea por la modificación de los métodos de trabajo que impliquen elección de equipos que generen menos vibraciones y con un buen diseño ergonómico, evitar operaciones que generen vibraciones, evitar la transmisión de las vibraciones mediante el empleo de las técnicas de aislamiento más apropiadas en cada caso, el suministro de equipos auxiliares que reduzcan los riesgos de lesión por vibraciones como asientos, amortiguadores asas, mangos, cubiertas , etc. (Ver figura).

Para prevenir los efectos de las vibraciones en el cuerpo humano se puede actuar mediante medidas de tipo administrativo y técnico.

El desgaste normal de una máquina es una de las causas más frecuentes de aparición de vibraciones o de aumento de las existentes, por ello un plan de mantenimiento preventivo que incluya el control y reposición de las piezas sometidas a desgaste es fundamental para prevenir daños por vibraciones.

Las acciones de tipo administrativo tienen como objetivo común la disminución del tiempo diario de exposición a las vibraciones; dentro de este grupo se incluyen acciones tales como la organización del trabajo, el establecimiento de pausas en el trabajo, la rotación de puestos, o la modificación de las secuencias de montaje.

Además hay que educar a los trabajadores en la forma correcta de uso de los equipos, informarles de los niveles de vibración a que están expuestos y de las medidas de protección disponibles, así como mostrarles cómo pueden optimizar su esfuerzo muscular y su postura para realizar su trabajo. El empresario debe proporcionar una vigilancia de la salud a aquellos trabajadores para los cuales la evaluación de riesgos indica un riesgo para su salud relacionado con las vibraciones. En el caso de agentes biológicos, las medidas preventivas están muy relacionadas con los dos tipos de exposición existentes: actividades en las que existe la intención deliberada de manipular contaminantes biológicos y actividades en las que NO existe la intención deliberada de manipular contaminantes biológicos pero sí puede existir la exposición debido a la naturaleza del trabajo. Para el primer grupo de actividades, el Real Decreto 664/1997 especifica las medidas preventivas que deben adoptarse, algunas de las cuales son medidas de carácter general, como la evaluación de los riesgos; otras medidas, son específicas en función de la peligrosidad de los posibles contaminantes biológicos que intervienen en el proceso, de acuerdo con la clasificación que en

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por otros que no sean peligrosos o lo sean en menor grado. Reducción al mínimo posible del número de trabajadores expuestos o que puedan estar expuestos. Establecimiento de procedimientos de trabajo y medidas técnicas adecuadas, de gestión de residuos, de manipulación y transporte de agentes biológicos en el lugar de trabajo y de planes de emergencia frente a los accidentes que incluyan agentes biológicos. Establecimiento de planes para hacer frente a accidentes de los que puedan derivarse exposiciones a agentes biológicos Utilización de la señal de peligro biológico y otras señales de aviso pertinentes. (Ver figura).

él se establece, pudiendo así fijar los niveles de protección apropiados para cada microorganismo y para cada actividad. Se establecen de este modo tres niveles de contención: el 2, el 3 y el 4, que corresponden a los grupos de riesgo designados con los mismos números. Estos Niveles de contención son el conjunto de medidas de contención física, que imposibilitan el paso del contaminante biológico al ambiente y, por tanto, puedan llegar a afectar a los trabajadores y/o a la colectividad. Las diferencias entre los niveles de contención radican en el grado de exigencia en el cumplimiento de las medidas propuestas. Las medidas preventivas de aplicación general son: Sustitución, si la índole de la actividad lo permite, de los agentes biológicos nocivos

Utilización de medidas de protección colectivas y/o medidas de protección individual cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios. Existencia de servicios sanitarios apropiados en los que se incluyan productos para lavarse los ojos y/o antisépticos para lavarse la piel. Formación e información a los trabajadores y/o a sus representantes en relación con: los riesgos potenciales para la salud, las disposiciones en materia de seguridad e higiene, la utilización de los equipos de protección, las medidas a adoptar en caso de incidente y para su prevención. Establecimiento de un control sanitario previo y continuado. En los casos en que se disponga de vacunas y se conozca su efectividad, éstas se deben poner a disposición de los trabajadores.

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RESUMEN El hombre en su relación con el medio ambiente de trabajo puede ver perjudicado su estado de salud. Los agentes que causan la pérdida de la salud no siempre son detectables por los sentidos, tal es el caso del olfato que puede verse engañado por la ausencia de olor de ciertos agentes químicos (el monóxido de carbono es mortal para el hombre), o el caso de la vista que no puede detectar ninguna de las radiaciones ionizantes ni las ultravioleta ni tampoco las infrarrojas y no puede ver sin instrumental especial los agentes biológicos. Por esto es necesario identificar el agente. Para ello contamos con información que puede ser útil a la hora de conocer la presencia de algunos de estos agentes en el lugar de trabajo. Mediante el etiquetado y la ficha de seguridad del fabricante se puede saber qué substancias forman parte de los compuestos involucrados en la producción, los riesgos que de su manejo se derivan y los consejos para la utilización segura de los mismos; mediante la ficha técnica de la maquinaria se puede saber cuál es el nivel de ruido que provocan o el de radiaciones que emiten; y por último, si se manipulan agentes biológicos de modo intencionado, se puede acudir a la legislación en donde se indican los niveles mínimos de protección que se deben adoptar. Para conocer si la situación de exposición a estos agentes está dentro de los márgenes aconsejados se puede acudir a la legislación en el caso del plomo, benceno, cloruro de vinilo, polvo de maderas duras, amianto, ruido, vibraciones, iluminación, radiaciones ionizantes y agentes biológicos (si su manipulación es intencionada) y acudir a normas técnicas o criterios de valoración dictados por Instituciones de reconocido prestigio para el resto de los agentes.

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

¿Recuerda ud. de qué depende fundamentalmente la dosis recibida por el individuo, durante una exposición a un contaminante, por vía inhalatoria? .......................................................................... ..........................................................................

2.

¿En qué consiste la evaluación de la exposición a contaminantes químicos? .......................................................................... ..........................................................................

3.

¿Qué es el nivel de presión sonora equivalente diario (LAeq,d) de un puesto de trabajo? .......................................................................... ..........................................................................

4.

¿Es obligatoria, en nuestro país, la medición de los niveles de ruido en todos los puestos de trabajo, al menos una primera vez? .......................................................................... ..........................................................................

5.

¿En qué consisten las medidas preventivas de tipo administrativo, para la prevención de riesgos debidos a vibraciones? .......................................................................... ..........................................................................

6.

¿En qué se diferencian las radiaciones ionizantes de las no ionizantes? .......................................................................... ..........................................................................

7.

¿Qué factores deben intervenir en la elección de un adecuado nivel de iluminación de los puestos de trabajo? .......................................................................... ..........................................................................

8.

¿Qué son los contaminantes biológicos? .......................................................................... ..........................................................................

9.

¿Qué es el control biológico? .......................................................................... ..........................................................................

10. ¿Cuándo es obligatorio por parte del trabajador utilizar protectores auditivos, según el Real Decreto 286/2006? .......................................................................... ..........................................................................

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ANOTACIONES

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RESPUESTAS 1.

De la concentración del contaminante en el aire que le rodea y del tiempo de exposición.

2.

Es el proceso minucioso de recabar información acerca de la toxicidad de las sustancias presentes y de las características del proceso, la medición de las concentraciones y el tiempo de exposición, la comparación de los resultados con valores límite adecuados y la toma de decisiones respecto a las medidas preventivas necesarias, cuando se superan o pueden superarse los valores límite.

3.

Es el nivel de ruido en dBA, al que en promedio se supone que están expuestos, diariamente los trabajadores de ese puesto de trabajo.

4.

Sólo están exentos de esta primera medición y evaluación aquellos puestos de trabajo en los que resulte evidente que no se pueden superar en promedio 80 dBA, es decir que su LAeq,d no supere 80 dBA.

5.

Son medidas basadas fundamentalmente en la organización del trabajo, tendentes a disminuir el tiempo de exposición y por tanto la dosis recibida, como por ejemplo, el establecimiento de pausas, la rotación de puestos, o la modificación de las secuencias en montajes.

6.

Se diferencian en que las primeras pueden ionizar la materia creando partículas con carga eléctrica. Además, mientras que éstas pueden ser ondas electromagnéticas o corpúsculos emitidos por materiales radiactivos, las no ionizantes siempre son ondas electromagnéticas.

7.

El tamaño de los detalles, la distancia entre el ojo y el objeto, el factor de reflexión del objeto, el contraste, el movimiento del objeto y la edad del observador.

8.

Son los microorganismos y endoparásitos humanos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

9.

El control biológico consiste en medir la presencia del agente en el organismo de las personas expuestas.

10. Cuando el LAeq,d supera 85 dB(A) o Lpico 137 dB(C) (salvo las excepciones que establece el Real Decreto).

UNIDAD DIDÁCTICA

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La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS 1. 2. 3. 4. 5.

LA CARGA DE TRABAJO LA CARGA FÍSICA LA CARGA MENTAL LA FATIGA LA INSATISFACCIÓN LABORAL

RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

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INTRODUCCIÓN El trabajo es una actividad para cuya realización es necesario invertir determinadas energías, tanto físicas como mentales. Trabajar supone un esfuerzo que resulta necesario conocer, para poder valorar las consecuencias del mismo sobre la salud del que lo realiza y sobre la eficacia del trabajo que desempeña. Es comúnmente admitido que trabajar es sinónimo de fatigarse. Y, ciertamente, la fatiga es la consecuencia lógica del esfuerzo realizado, pero siempre que se mantenga dentro de unos límites que permitan al trabajador recuperarse después de una jornada de descanso. Sin embargo, este equilibrio se rompe si lo que la actividad laboral exige al trabajador está por encima de sus posibilidades y no le garantiza la protección de su salud ni la calidad de la tarea que desempeña. Por ello, es imprescindible conocer las exigencias físicas y mentales de cada actividad laboral para planificar, diseñar y organizar el trabajo, de manera que se adapte a las capacidades y características de los individuos. Por otro lado, en cualquier organización empresarial (sea grande o pequeña) confluyen determinados factores (conocidos como psicosociales) que pueden favorecer o impedir la satisfacción laboral de los operarios y la calidad de su trabajo. Conocer cuáles son dichos factores y cómo evaluarlos para tratar de reducir sus influencias negativas en la salud de los trabajadores y en la eficacia del sistema productivo es también la finalidad de la presente unidad didáctica.

OBJETIVOS



Conocer los conceptos fundamentales relacionados con la carga de trabajo y las recomendaciones para reducir sus efectos negativos.



Conocer los factores que influyen en la aparición de la fatiga y de la insatisfacción laboral.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

LA CARGA DE TRABAJO

2.

LA CARGA FÍSICA 2.1.

Los esfuerzos físicos

2.2. La postura de trabajo 2.3. La manipulación de cargas 2.4. Los movimientos repetitivos 3.

LA CARGA MENTAL

4.

LA FATIGA 4.1.

Conceptos

4.2. Medidas preventivas 5.

LA INSATISFACCIÓN LABORAL

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1. LA CARGA DE TRABAJO

• LA MANIPULACIÓN DE CARGAS,

Si usted tuviera que explicar, antes de conocer el contenido de esta unidad didáctica, en qué consiste la carga de trabajo, probablemente la identificaría con “el esfuerzo que supone desempeñar una actividad laboral”.

• LOS MOVIMIENTOS REPETITIVOS.

La primera conclusión importante que se deriva de esta definición es que: LA CARGA DE TRABAJO ES UN FACTOR DE RIESGO PRESENTE EN TODAS LAS ACTIVIDADES LABORALES Y EN CUALQUIER EMPRESA. Tradicionalmente, sin embargo, este “esfuerzo” se identificaba casi exclusivamente con una actividad física o muscular. Pero hoy sabemos que cada día son más las actividades pesadas encomendadas a las máquinas, apareciendo en su lugar nuevos factores de riesgo ligados al aumento de la complejidad de la tarea, la aceleración del ritmo de trabajo, la necesidad de adaptarse a tareas de supervisión y control, etc.

Veamos a continuación cada uno de estos apartados.

2.1. Los esfuerzos físicos Cuando usted realiza un esfuerzo físico desarrolla una actividad muscular. ¿EN QUÉ CONSISTE EL TRABAJO MUSCULAR? Lo primero que conviene establecer es la diferencia entre el trabajo muscular estático y el dinámico. Decimos que es estático cuando se trata de un esfuerzo sostenido en el que los músculos se mantienen contraídos durante un cierto período de tiempo. Por ejemplo, la utilización de una pistola grapadora o el mantenimiento de una postura determinada.

Tratemos, entonces, de dar una definición más global de la carga de trabajo, que incluya todos los tipos de “esfuerzos” posibles en una situación laboral.

Y dinámico cuando hay una sucesión periódica de tensiones y relajaciones de los músculos que intervienen en la actividad, como el esfuerzo desarrollado, por ejemplo, durante la operación de empujar una carretilla.

¡RECUERDE!

Reflexione un momento sobre la actividad muscular que desempeña para la realización de su trabajo habitual. ¿Combina los dos tipos de esfuerzos?.

Podemos definir la Carga de Trabajo como el conjunto de requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador a lo largo de su jornada laboral. Como puede observarse, en la definición aparecen dos aspectos claramente diferenciados, el aspecto físico y el psíquico, luego podemos hablar de carga física de trabajo y carga mental. Se define la Carga Física como el conjunto de requerimientos físicos a los que se ve sometida la persona a lo largo de su jornada laboral. Y la Carga Mental como el nivel de actividad mental necesario para desarrollar el trabajo.

2. LA CARGA FÍSICA Para estudiar la carga física hay que conocer: • LOS ESFUERZOS FÍSICOS, • LA POSTURA DE TRABAJO,

¡RECUERDE! Lo más adecuado para el desarrollo de un trabajo es combinar los dos tipos de esfuerzos: estático y dinámico. ¿POR QUÉ? ¡VEÁMOSLO! Cuando desempeña cualquier actividad que requiere un esfuerzo físico importante, usted consume una gran cantidad de energía y los ritmos respiratorio y cardíaco aumentan. Con estos criterios (consumo de energía y frecuencia cardíaca) podemos determinar el grado de penosidad de una tarea. Una tarea es tanto más penosa cuanto mayor consumo de energía le exige (medido en Kilocalorías) y/o cuanto más aumenta su

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Si nunca se había hecho estas preguntas, puede ser un buen momento para planteárselas.

¡IMPORTANTE!

Las posturas de trabajo desfavorables no sólo contribuyen a que el trabajo sea más pesado y desagradable, adelantando la aparición del cansancio, sino que a largo plazo pueden tener consecuencias más graves.

frecuencia cardíaca (comparando el número de pulsaciones durante el trabajo con el número de pulsaciones que tenga usted en situación de reposo). Para valorar la penosidad de trabajos de tipo dinámico, hay que calcular el consumo energético, mientras que el criterio de la frecuencia cardíaca es más fiable para valorar trabajos de tipo estático. COMBINAR LOS DOS TIPOS DE ESFUERZOS PUEDE FAVORECER QUE EL CONSUMO DE ENERGÍA Y EL AUMENTO DE SU RITMO CARDÍACO SE MANTENGAN DENTRO DE UNOS VALORES RAZONABLES.

¡RECUERDE! La prevención de la sobrecarga de trabajo, en cuanto a esfuerzos físicos se refiere, pasa por favorecer que el consumo de energía y el aumento del ritmo cardíaco se mantengan dentro de unos valores razonables.

2.2. La postura de trabajo Reflexione ahora acerca de las siguientes cuestiones: ¿Trabaja usted de pie o sentado?; ¿se ve obligado a adoptar posturas forzadas en determinados momentos?; ¿diría que el mismo trabajo se podría desempeñar igualmente en una postura más cómoda?

El trabajo sentado

La postura de trabajo más confortable es la de sentado. Pero, ¡CUIDADO¡:

Puede convertirse en incómoda si no se tienen en cuenta los elementos que intervienen en la realización del trabajo, o si no se alterna con otras posiciones que a ser posible impliquen un cierto movimiento. Si para la realización de su trabajo sentado mantiene el tronco derecho y erguido frente al plano de trabajo y lo más cerca posible del mismo, ya está haciendo prevención aun sin saberlo. Asimismo, el diseño de la mesa y la silla de trabajo juegan un papel importante. SE RECOMIENDA QUE: la silla sea de cinco ruedas, que tanto el asiento como el respaldo puedan ser regulados en altura y que cuente con un apoya-pies de dimensiones adecuadas. El trabajo de pie Si en su empresa algún trabajador desempeña una actividad la mayor parte del tiempo en posición de pie, LEA ATENTAMENTE LO QUE SIGUE: le resultará de gran utilidad. Esta posición implica una sobrecarga de los músculos de las piernas, espalda y hombros.

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¿CÓMO HACER PREVENCIÓN?

PARA EVITAR ADOPTAR POSTURAS FORZADAS E INCÓMODAS: • El plano de trabajo, los elementos de accionamiento y control y las herramientas deben situarse dentro del área de trabajo. • Diseñar la altura del plano de trabajo en función del tipo de actividad a realizar. Así, un trabajo de precisión requiere una altura superior, puesto que la vista juega un papel importante a la hora de realizar el trabajo; sin embargo, en un trabajo donde predomina el esfuerzo físico, la altura debe ser menor para poder aprovechar la fuerza del cuerpo.

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¡IMPORTANTE!

El Real Decreto no especifica criterios precisos o numéricos. No propone ningún elemento cuantitativo de evaluación. En definitiva, NO ESTABLECE UN PESO MÁXIMO PARA LA MANIPULACIÓN DE CARGAS.

¡RECUERDE!

Sin embargo la Guía técnica del INSHT, que ayuda a aplicar este RD, establece 25 kg cuando las condiciones óptimas de manutención se respeten.

PARA NO ACELERAR LA APARICIÓN DEL CANSANCIO: • Alternar esta posición con otras posturas como la de sentado o que impliquen movimiento

2.3. La manipulación de cargas USTED DEBE CONOCER QUE: el 14 de abril de 1997, se aprobó el Real Decreto 487/1997 (BOE nº 97), de 23 de abril, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso-lumbares, para los trabajadores. ¿DE QUÉ NOS HABLA EL REAL DECRETO?: • Supresión del riesgo, si puede evitarse, mediante equipos mecánicos. • Evaluación sistemática del riesgo por el empresario. • Adopción de medidas técnicas u organizativas para reducirlo. • Información y formación sobre la forma correcta del manejo de cargas. • Participación de los trabajadores en la aplicación del Real Decreto. • Vigilancia de la salud de los trabajadores que manejan habitualmente cargas.

Aunque, si usted tiene que manipular cargas para el desempeño de su trabajo, TENGA EN CUENTA LOS SIGUIENTES FACTORES QUE PODRÍAN HACER NECESARIA LA REDUCCIÓN DEL PESO MÁXIMO RECOMENDABLE:

• La disposición de la carga: altura y distancia del agarre. • La frecuencia de manipulación. • La forma de la carga. • Las distancias que hubiera que recorrer. • Las características individuales del trabajador. • La existencia de giros de tronco al manipular la carga. • La calidad de los agarres que permita la carga. Reflexione sobre el modo en que en su empresa se llevan a cabo las tareas de manipulación de cargas. ¿Se respetan siempre los PRINCIPIOS que enumeramos a continuación? Si no es así, DIFÚNDALOS entre los trabajadores que deben manipular cargas. Así conseguirá prevenir dolores de espalda e, incluso, lesiones más graves.

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• Apoyar los pies firmemente. • Separar los pies a una distancia aproximada de 50 cm uno del otro. • Doblar la cadera y las rodillas para coger la carga. • Coger la carga manteniéndola lo más cerca del cuerpo, levantándola gradualmente, estirando las piernas y manteniendo la espalda recta. • La cabeza debe permanecer levantada. • La carga debe distribuirse entre las dos manos, dentro de lo posible.

¡RECUERDE!

Tareas con movimientos repetitivos son un posible factor de lesión. Disminuir el esfuerzo a realizar, el número de repeticiones junto con un buen diseño del puesto y de las herramientas pueden prevenir estas lesiones. También podemos actuar sobre la organización de la tarea: pausas, enriquecer la tarea, rotar, etc.

3. LA CARGA MENTAL Quizás su trabajo le exige poca o nula carga física. Pero, hágase la siguiente pregunta: ¿la actividad que desempeña implica esfuerzos mentales importantes de atención y memoria? Definimos la carga mental como el nivel de actividad mental necesario para desarrollar el trabajo. Los factores que inciden en la carga mental son: • la cantidad de información que se recibe, • la complejidad de la respuesta que se exige, • el tiempo en que se ha de responder y • las capacidades individuales.

2.4. Los movimientos repetitivos Tareas como pulir, afilar, abrillantar, etc. que conllevan la repetición de una serie de movimientos, en función de: la velocidad con la que se lleven a cabo, la duración de la tarea, el mayor o menor grado de fuerza a aplicar de la postura en la que se haga el esfuerzo y del empleo de determinadas herramientas pueden llegar a producir lo que se suele denominar Lesiones por Movimientos Repetitivos. Tendinitis, tenosinovitis y otras lesiones pueden tener su origen en las demandas de la tarea.

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¿CÓMO PODEMOS MEDIR LA CARGA MENTAL? Con métodos objetivos como: • la valoración de la cantidad y la calidad del trabajo realizado, porque cuando estamos cansados disminuye el ritmo de trabajo y aumentan los errores; • la medición de una serie de reacciones del organismo tales como la actividad cardíaca, la actividad respiratoria, etc... Pero conviene complementar estos métodos con valoraciones subjetivas, esto es, con la impresión de sobrecarga que tengan los propios trabajadores.

4. LA FATIGA 4.1. Conceptos La consecuencia más directa de la carga de trabajo es lo que conocemos como fatiga. Se puede definir la fatiga como la disminución de la capacidad física y mental de un individuo, después de haber realizado un trabajo durante un período de tiempo determinado.

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En las pausas que realiza durante la jornada de trabajo, por la noche o durante el tiempo de ocio usted siente que se recupera de este cansancio y que puede volver al trabajo en plena forma. Pero ¡CUIDADO¡: Cuando el trabajo le exige una concentración, un esfuerzo prolongado de atención, etc. a los que usted no puede adaptarse, es decir, cuando existe una sobrecarga que se va repitiendo y de la cual no se puede recuperar, hablamos ya de un estado de fatiga prolongada o crónica. En este caso, se puede hablar de los siguientes SÍNTOMAS: • Irritabilidad • Depresión • Falta de energía y de voluntad para trabajar • Salud más frágil • Dolores de cabeza • Mareos • Insomnio • Pérdida de apetito, etc... Estos síntomas es probable que se sientan no sólo durante el trabajo o al finalizarlo, sino que a veces perduran y se notan incluso al levantarse de la cama, antes de ir a trabajar. De ahí la necesidad de valorar LA IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN DE LA SOBRECARGA DE TRABAJO. Además, si usted trabaja a turnos, ponga una atención especial en el estudio de la fatiga porque este tipo de trabajo suele facilitar la aparición de esta dolencia por la mayor dificultad de recuperación del esfuerzo realizado, debido a los cambios de horario de trabajo y descanso y a las dificultades de adaptación a los mismos.

Cuando, como consecuencia de su actividad y generalmente coincidiendo con el fin de su jornada laboral, usted empieza a sentir que disminuye su atención, que razona más lentamente y que empeora su capacidad de trabajo, está notando los síntomas que corresponden a un primer nivel de fatiga, que podríamos llamar normal.

Observe si entre sus compañeros de trabajo se da un aumento “injustificado” del absentismo, sobre todo períodos cortos de ausencia, que reflejan una necesidad de descanso. Suele ser un primer indicador de estos trastornos a nivel colectivo.

4.2. Medidas preventivas ESTUDIE Y ANALICE CON DETALLE EL SIGUIENTE CUADRO. EN ÉL PUEDE ENCONTRAR LA CLAVE DE LA PREVENCIÓN DE LA FATIGA.

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MEDIDAS PREVENTIVAS PARA REDUCIR LA FATIGA EN EL TRABAJO

1. Adaptar la carga de trabajo (física y mental) a las capacidades del trabajador. 2. Situar los elementos de mando y control dentro del campo eficaz de trabajo del operario. 3. Organizar las tareas de manera que sea posible combinar distintas posturas de trabajo. 4. Procurar dotar a las tareas de un nivel de interés creciente. 5. Controlar la cantidad y la calidad de la información tratada. 6. Adecuar, en relación con la tarea, el número y duración de los períodos de descanso. 7. Elegir un mobiliario de trabajo (mesas, sillas ...) adecuado a las tareas a desempeñar y que cumpla ciertos requisitos ergonómicos. 8. Mantener dentro de los valores de confort los factores ambientales (ruido, iluminación, temperatura, etc.). 9. Aconsejar una adecuada nutrición en relación con el consumo metabólico producido en el trabajo.

5. LA INSATISFACCIÓN LABORAL ¿Ha sentido alguna vez que no encuentra motivación para seguir trabajando y que, aunque no sabe expresarlo muy bien, diría que su trabajo no le llena o que no le permite realizarse? En caso afirmativo, está usted hablando de lo que se conoce como insatisfacción laboral. La insatisfacción laboral puede definirse como el grado de malestar que experimenta el trabajador con motivo de su trabajo. Expresa en qué medida las características del trabajo no se acomodan a los deseos, aspiraciones o necesidades del trabajador.

¿DÓNDE PODEMOS ENCONTRAR LA CAUSA DE LA INSATISFACCIÓN LABORAL? Generalmente, son ciertos factores de la organización del trabajo o psicosociales (salario, falta de responsabilidades, malas relaciones, trabajos rutinarios, poca participación, inestabilidad en el empleo...) los que favorecen su aparición, aunque las características individuales tienen a su vez una gran influencia, porque no todos los trabajadores reaccionan de la misma manera ante la misma situación laboral. ¿Cuáles son algunos de estos FACTORES PSICOSOCIALES?: • El salario (no sólo cuando se considera insuficiente sino cuando el trabajador se siente discriminado con respecto a otros que realizan el mismo trabajo y son mejor remunerados). • La falta de responsabilidades e iniciativa para el desempeño de su tarea; es decir, cuando todo está decidido de antemano y el trabajador se limita a seguir un programa. • Las malas relaciones en el ambiente de trabajo (con los superiores y/o compañeros). • Los trabajos de poco contenido, rutinarios y que no permitan al trabajador aplicar sus conocimientos y aptitudes. • La presión de tiempo y un horario de trabajo que impida al trabajador compaginar su vida laboral con su vida privada.

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• Las dificultades para promocionar dentro de la empresa.

tiempo prolongado sobre otra persona en el entorno laboral.

• La ausencia de participación, cuando el trabajador siente que nunca es consultado ni se tiene en cuenta su opinión.

Lo cierto es que, a pesar de tener su origen en las relaciones interpersonales, hay ciertas características de la organización del trabajo y de la forma de gestión de los conflictos por los superiores, que favorecen la aparición de este tipo de conductas: cargas excesivas de trabajo, o mal reparto de estas, trabajos con pobre contenido, estilos de dirección autoritarios, ausencia de apoyo y de interés y por parte de los superiores etc. forman un buen caldo de cultivo para la aparición de conductas de acoso. Como ya comentábamos, en estas circunstancias nos vamos a encontrar dos bloques: la parte acosadora (normalmente con más recursos, bien jerárquicos, o de antigüedad, popularidad en el grupo, fuerza física…) y la parte hostigada, que percibe que toda esta serie de conductas se realizan con la intención explicita de hacerle daño.

• La inestabilidad en el empleo. Etc... ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTUDIAR LA PROBLEMÁTICA DE LA INSATISFACCIÓN LABORAL? Porque repercute de forma negativa: • Sobre la salud de los trabajadores, asociada a ciertos síntomas psíquicos, como un sentimiento desmotivador, una actitud negativa hacia el trabajo, ansiedad, etc... • Sobre la organización porque se relaciona con el absentismo, con los cambios de trabajo solicitados por el trabajador y con una actitud negativa hacia la seguridad en el trabajo. Sólo nos queda reflexionar sobre la manera de hacer prevención frente a la insatisfacción laboral. Estudie las propuestas que le presentamos y pregúntese si serían aplicables a su empresa y situación de trabajo. La mejor manera de PREVENIR la insatisfacción laboral es ACTUAR SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO: • Favoreciendo nuevos modelos de planificar las tareas que faciliten la participación y el trabajo en grupo, huyendo de los trabajos monótonos y repetitivos. • Asumiendo cambios desde la dirección que afecten a los canales de comunicación, promoción y formación de los trabajadores.

6. EL ACOSO LABORAL O “MOBBING” Uno de los problemas, ligados a esa organización del trabajo que comentábamos en el punto anterior, que puede darse, y del que seguramente usted habrá oído hablar, es el del denominado “mobbing” o acoso moral en el trabajo, hostigamiento psicológico en el trabajo etc. términos, todos estos, sinónimos de una situación en la que, una persona, o varias, ejercen una violencia psicológica de una forma sistemática y durante un

Hemos de decir que CUALQUIERA puede verse afectado por este problema, si bien las consecuencias del mismo variarán en función de la forma en la que la persona agredida reacciona ante este hecho. Conductas de huida, o de enfrentamiento mal entendido, pueden agravar la situación llegando, si nadie toma medidas de intervención, a causar consecuencias graves, no solo para la salud física del afectado (depresión, ansiedad, estrés, con largos periodos de baja o incluso con incapacidad,) sino también para su vida social, que puede quedar marcada con actitudes de inadaptación social y familiar. Incluso afectará a la organización del trabajo, incluyendo un rendimiento menor en el trabajo de los afectados, un aumento del absentismo (en un intento de escapar de la situación de agresión).También se pueden producir perdidas de fuerza de trabajo al intentar el trabajador cambiar de puesto de trabajo. Prevención: Debería atender a las deficiencias del diseño del trabajo, desarrollando reglas claras y conocidas por todos, sobre la resolución de conflictos personales y que prevea sistemas de detección del problema, y de mediación para atajar estos hechos desde sus primeros estadios.

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Si el conflicto ya se hubiera manifestado, desde los ámbitos jerárquicos de la empresa se deberían tomar medidas (departamento de personal, servicio medico, dirección) encaminadas a la resolución positiva del conflicto, favoreciendo el dia-

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logo entre los implicados o incluso el cambio de puesto, y en ningún caso intentando desembarazase del supuesto origen o centro del problema, lo que provocaría aun mayor culpabilización y sufrimiento al afectado.

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RESUMEN La carga de trabajo es un factor de riesgo más a tener en cuenta en la prevención de riesgos laborales. Como carga física, son los esfuerzos físicos, la postura de trabajo y la manipulación manual de cargas los que pueden suponer un riesgo para los trabajadores. Un diseño ergonómico de una actividad laboral donde predomina el trabajo físico exige: • Combinar los esfuerzos estáticos y dinámicos en el desarrollo de las tareas, para favorecer que el consumo de energía y el aumento del ritmo cardíaco de los trabajadores se mantenga dentro de unos valores razonables. • Combinar las posturas de trabajo de pie y sentado, así como adecuar la altura del plano de trabajo y el diseño de la silla y la mesa al tipo de tarea que se tiene que desempeñar y a las características del operario. • Para el cálculo del peso máximo recomendable de la carga cuando su manipulación tenga que ser manual, por falta de medios mecánicos, valorar factores como la forma de la carga, la frecuencia de manipulación, las distancias a recorrer y las características personales de los trabajadores. Y, en cualquier caso, no superar los 25 kg de peso a ser posible. • Reducir en lo posible los movimientos repetidos en el puesto, intentando que no sean siempre los mismos grupos musculares los que intervienen en la actividad. Disminuir los niveles de esfuerzo requeridos en estos movimientos, y cuidar el diseño del puesto, especialmente de las herramientas manuales. Para las actividades laborales donde predomina la carga mental, se recomienda que el diseño del trabajo tenga en cuenta la calidad de las señales con las que se presenta la información que el trabajador tiene que procesar, que se incluyan pausas en número y duración suficiente y que, en definitiva, no se planifiquen las tareas sin adecuarlas a las capacidades individuales de los sujetos. Como consecuencia directa de la carga de trabajo física y mental aparece la fatiga. Esta se convierte en crónica cuando las exigencias de la tarea están por encima de las posibilidades de respuesta del trabajador y existe una sobrecarga repetida a la que no puede hacer frente. De esta manera, la salud del trabajador se ve dañada y su capacidad de trabajo se resiente. La adopción de ciertas medidas preventivas en la planificación de las tareas (control de tiempos, contenido interesante del trabajo a desarrollar, participación, etc...) debería evitar llegar a esta situación. Otra fuente de riesgo en el mundo laboral es la misma organización del trabajo. Factores como el salario, las malas relaciones laborales, los trabajos de poco contenido, la falta de responsabilidades o de participación pueden generar el sentimiento de malestar que se conoce como insatisfacción laboral. Su prevención pasa por actuar sobre la organización del trabajo, adoptando nuevos modos de planificar las tareas que potencien la aplicación de las aptitudes de los trabajadores y, con ello, la promoción de su salud. En cuanto al mobbing, es otro de los problemas que pueden derivarse de una mala organización de trabajo, que puede afectar a cualquiera. Cuanto más “débil” sea el agredido (eventuales, trabajadores recién incorporados, inmigrantes, mujeres…) menores recursos validos tendrá para enfrentarse a la situación y su sufrimiento y daño, será mayor. Que la empresa establezca, y cumpla, un compromiso de tolerancia cero sobre estas conductas, es un buen comienzo para evitar estas situaciones.

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

La Carga de Trabajo se define como .......................................................................... ..........................................................................

2.

El trabajo muscular desarrollado durante la actividad laboral puede ser estático y dinámico. Decimos que es_____________ cuando los músculos se contraen y se relajan sucesivamente durante el desarrollo de una actividad. Y es______________ cuando el esfuerzo físico es sostenido y los músculos se mantienen contraídos.

3.

Con el consumo energético valoramos la penosidad de trabajos de tipo________________, y con el criterio de la frecuencia cardíaca, los de tipo___________________

4.

Para el diseño adecuado de un puesto de trabajo de pie, un factor a tener en cuenta es . . . . . . . . . . . . . . . . . . . del plano de trabajo. Para un trabajo de precisión, deberá ser (superior o inferior) . . . . . . . . . . . . . . . que para un trabajo donde predomine el esfuerzo físico.

5.

Enumere, al menos, 3 factores que deberían tenerse en cuenta en el cálculo del peso máximo recomendable de una carga, para su manipulación manual. .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

6.

Podemos definir la carga mental como .......................................................................... Los factores que inciden en ella son: .......................................................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . y, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7.

Relacione los dos niveles de fatiga con sus síntomas más frecuentemente asociados:

NIVEL DE FATIGA Primer nivel de fatiga

SÍNTOMAS • depresión • disminución de la atención • falta de energía • dolores de cabeza

Fatiga crónica

• enlentecimiento del pensamiento • pérdida de apetito • irritabilidad

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Enumere, al menos, 5 medidas preventivas para reducir la fatiga en el trabajo. .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

9.

Enumere, al menos, 4 factores de la organización del trabajo que pueden favorecer la aparición de la insatisfacción laboral. .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

10. La mejor manera de prevenir la insatisfacción laboral es actuar sobre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pueden adoptarse dos tipos de medidas. Por un lado, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . y, por otro, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11. Podemos definir el mobbing como: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

ANOTACIONES

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RESPUESTAS 1.

El conjunto de requerimientos psicofísicos a los que se ve sometido el trabajador a lo largo de su jornada laboral.

2.

dinámico / estático.

3.

dinámico / estático.

4.

La altura / superior.

5.

frecuencia de manipulación / forma de la carga / distancias a recorrer / características individuales del trabajador.

6.

El nivel de actividad mental necesario para desarrollar el trabajo. La cantidad de información / la complejidad de la respuesta / el tiempo / las capacidades individuales.

7.

Primer nivel de fatiga: disminución de la atención y enlentecimento del pensamiento / Fatiga crónica: el resto.

8.

Adaptar la carga de trabajo a las capacidades del trabajador/ adecuar los períodos de descanso / dotar a las tareas de un interés creciente / situar los mandos y controles dentro del campo eficaz del trabajador / adecuar la nutrición al consumo energético producido en el trabajo / combinar distintas posturas de trabajo / mantener dentro de los valores de confort los factores ambientales / adecuar el mobiliario a las tareas / controlar la cantidad y la calidad de la información tratada.

9.

Salario / falta de responsabilidades / malas relaciones laborales / trabajos rutinarios / presión de tiempo / falta de promoción / ausencia de participación / inestabilidad en el empleo.

10. La organización del trabajo / planificar el trabajo en grupos / introducir cambios en los canales de comunicación, promoción y formación de los trabajadores. 11. Situación en la que una persona o un grupo de personas ejercen una violencia psicológica de una forma sistemática y durante un tiempo prolongado sobre otra persona en el entorno laboral.

UNIDAD DIDÁCTICA

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Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVO CONTENIDOS

1. LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL TRABAJO 2. LA PROTECCIÓN COLECTIVA 3. LA PROTECCIÓN INDIVIDUAL 4. CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

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INTRODUCCIÓN Un principio básico de la acción preventiva es “combatir los riesgos en el origen”. Esto no siempre se consigue y es necesario adoptar otras medidas. La protección colectiva es la técnica que nos protege frente a aquellos riesgos que no se han podido evitar o reducir. La protección individual es aquella que protege exclusivamente al trabajador que la utiliza. Esta técnica sólo se debe utilizar cuando los riesgos no se puedan eliminar o controlar suficientemente por medios de protección colectiva o con métodos o procedimientos de trabajo adecuados y bien organizados. La elección eficaz de un Equipo de Protección Individual, frente a los riesgos que ha de proteger y la formación de los trabajadores para su utilización y mantenimiento son determinantes para conseguir minimizar las consecuencias de los accidentes.

OBJETIVO



Conocer los diferentes tipos de protección y sus aplicaciones más elementales.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL TRABAJO

2.

LA PROTECCIÓN COLECTIVA

3.

LA PROTECCIÓN INDIVIDUAL

4.

CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

MÓDULO 2, UNIDAD 4

1. LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL TRABAJO El principio fundamental de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre) es: la prevención de los riesgos. La protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo pasa a ser el objetivo principal, y ello va a exigir ir más allá del cumplimiento de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, de la simple corrección de situaciones de riesgo ya manifestadas. La Ley establece un nuevo enfoque preventivo cuyos elementos básicos van a ser: • La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño empresarial. • La evaluación de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica. • La adopción de un conjunto de medidas adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados. • El control de la efectividad de dichas medidas. Cuando el resultado de la evaluación inicial ponga de manifiesto situaciones de riesgo, se deberá realizar una planificación adecuada de la actividad preventiva a desarrollar con el fin de evitar o controlar y reducir dichos riesgos. En esta planificación se deberán tener en cuenta los principios generales de la prevención establecidos en la Ley y que ahora le recordamos. (Acuda a la unidad didáctica 1 “Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales”, apartado 4”Los riesgos y su Prevención” del módulo 1”Conceptos básicos de Prevención de Riesgos Laborales”).

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2. LA PROTECCIÓN COLECTIVA Es la técnica que nos protege frente a aquellos riesgos que no se han podido evitar o reducir. También podemos definirla como aquella que protege simultáneamente a más de una persona. Básicamente, las medidas de protección colectiva se pueden clasificar en dos grandes grupos: a) Medidas de protección incorporadas al lugar de trabajo: b) Medidas de protección incorporadas a equipos y medios de trabajo Las primeras se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, y 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, mientras que las segundas deben cumplir lo establecido en el Real Decreto 1215/1997 relativo a la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo. Los principales tipos de protección que se pueden encontrar dentro de cada categoría son los que se indican a continuación: a) Medidas de protección incorporadas al lugar de trabajo: •

Ventilación industrial: – Ventilación general por dilución – Sistemas de extracción localizada • Sistemas de protección contra incendios • Específicas de sectores de actividad (rodapiés y marquesinas en construcción, por ejemplo) • Barandillas • Redes de seguridad

b) Medidas de protección incorporadas a equipos de trabajo: • Relativas a sistemas eléctricos

PRESTE ATENCIÓN AL APARTADO h que dice lo siguiente:

– Tomas de tierra – Interruptores diferenciales • Incorporadas en escalas y escaleras

¡Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual!

• Incorporadas en máquinas – Resguardos

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

– Técnicas de seguridad • Incorporadas en andamios Veamos a continuación algunos ejemplos de aplicación de algunas de ellas:

a) MEDIDAS INCORPORADAS AL LUGAR DE TRABAJO Ventilación general: Es una medida de protección colectiva que se aplica sobre el medio de propagación de los contaminantes químicos. Se considera únicamente adecuada en aquellos casos en que los contaminantes son de baja toxicidad y se encuentran en pequeñas concentraciones. Es una medida a emplear en aquellos locales en los que se pretende básicamente eliminar el aire viciado (oficinas, talleres de confección, etc.).

Ventilación localizada o extracción localizada:

Redes de seguridad: Los elementos más importantes desde el punto de vista de la protección son el correcto montaje de la red (sujeción adecuada a la estructura del edificio) y el adecuado mantenimiento de la misma (protegerla de los rayos solares en su almacenamiento, por ejemplo)

Tiene como objetivo captar el contaminante químico en el punto donde se ha generado, evitando que se difunda al ambiente del conjunto del local.

La sección de la horca es constante y cuadrada en toda su longitud

b) MEDIDAS DE PROTECCIÓN INCORPORADAS A EQUIPOS DE TRABAJO Resguardos: Barandillas: Serán de materiales rígidos y resistentes y tendrán una altura mínima de 90 cm.

Son los componentes de una máquina utilizados como barrera material para garantizar la protección. Ejemplo: tapas, cubiertas, pantallas, vallas, carcasas y barreras.

MÓDULO 2, UNIDAD 4

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Incorporadas en Andamios Los elementos más importantes son el montaje adecuado del andamio (utilizar los husillos de regulación para una correcta nivelación) y disponer las protecciones adecuadas (barandillas, rodapiés, etc.)

Interruptor diferencial: Es un dispositivo de seguridad que desconecta automáticamente la instalación cuando se produce una derivación de una intensidad superior a la que hemos establecido previamente.

3. LA PROTECCIÓN INDIVIDUAL La selección y utilización de los equipos de protección individual se deberá realizar aplicando el procedimiento establecido en el RD 773/1997. Encerramientos para las máquinas ruidosas: Es una medida de protección colectiva compleja y, en la medida de lo posible, se ha de diseñar de manera que no incluya en su interior al trabajador.

¿Qué entendemos por “equipo de protección individual” (EPI)? Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos, que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. En relación con la selección y utilización de los EPI, cabe destacar los siguientes aspectos: A) Los equipos de protección individual (EPI) sólo deben ser utilizados cuando los riesgos no se puedan eliminar o controlar suficientemente por medios de protección colectiva o con métodos o procedimientos de trabajo adecuados y bien organizados.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

B) Al elegir un EPI se deberá considerar que éste sea eficaz frente a los riesgos que ha de proteger sin introducir otros nuevos. C) El trabajador tiene derecho a: • Participar en su elección. • Que se le proporcione la FORMACIÓN e INFORMACIÓN necesaria para que sepa utilizarlos correctamente. • Que el empresario se los proporcione, y se asegure de que el mantenimiento es apropiado y adopta medidas para su correcta utilización. D) Se deberán limpiar con regularidad y guardar en un lugar limpio y seco después de su uso.

• Colocar el equipo, una vez utilizado, en un lugar adecuado habilitado a tal efecto. • Informar a su superior jerárquico de los daños que perciba en el EPI, que puedan suponer merma en su eficacia protectora.

4. CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Los EPI, de acuerdo con lo indicado en el RD 1407/1992, se clasifican en tres categorías, atendiendo al tipo de riesgo frente al que protegen:

E) En la utilización de los EPI se tendrán que seguir las instrucciones del fabricante. Éstas tienen que venir redactadas en un idioma comprensible para el trabajador, y el fabricante tiene la obligación de especificarlas en el FOLLETO INFORMATIVO que tiene que acompañar a cada EPI. F) Los EPI deberán cumplir unos requisitos mínimos que garanticen la seguridad y salud de los usuarios, sin poner en peligro ni la salud ni la seguridad de las personas (RD 1407/1992). Deberán ir marcados con el “marcado CE”

MARCADO “CE”

+ XXXX (A) (A)

(B)

Marcado de los EPI de Categorías I y II

(A) y (B) Marcado de los EPI de Categoría III (B)

Cifra de cuatro dígitos identificativa en el ámbito de la UE, del Organismo que lleva a cabo el control de aseguramiento de la calidad de la producción.

G) Habrá que comprobar que existan recambios disponibles y examinar regularmente los EPI para poder retirar aquellos que estén deteriorados o fuera de uso. H) Los trabajadores tienen la obligación de: • Utilizar y cuidar correctamente los EPI puestos a su disposición

• Categoría I.- EPI cuyo sencillo diseño permite al usuario juzgar por sí mismo su eficacia contra riesgos mínimos, y cuyos efectos cuando sean graduales, puedan ser percibidos a tiempo y sin peligro para el usuario. • Categoría II.- EPI que, no reuniendo las condiciones de la categoría anterior, no estén diseñados para proteger al usuario de un peligro mortal o que pueda dañar gravemente o de forma irreversible la salud. • Categoría III.- EPI de diseño complejo, destinados a proteger al usuario de todo peligro mortal o que pueda dañar gravemente y de forma irreversible a la salud, sin que se pueda descubrir a tiempo su efecto inmediato. Los equipos de protección individual pueden proteger de una forma parcial o integral a los individuos que los utilizan.

MÓDULO 2, UNIDAD 4

Los equipos de protección parcial protegen al individuo contra los riesgos que actúan preferentemente sobre zonas o partes concretas del cuerpo. Pueden estar destinados a proteger el cráneo, la cara y el aparato visual, el aparato auditivo, las extremidades superiores, las extremidades inferiores o el aparato respiratorio.

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A continuación le presentamos una situación de trabajo, OBSERVE la diferencia entre la protección colectiva y la protección individual.

arnés anticaídas

La protección integral protege al individuo contra riesgos que no actúan sobre partes o zonas determinadas del cuerpo. Los más utilizados son: la ropa de protección, la ropa de señalización, los sistemas de protección contra caídas de altura y las protecciones contra el riesgo eléctrico.

La protección colectiva se diseña y aplica con el fin de evitar o reducir la situación de riesgo, mientras que la protección personal no tiene nunca por finalidad eliminar ni tan siquiera disminuir la situación de riesgo sino que tan sólo pretende eliminar, o en su defecto mitigar, las consecuencias que, para la salud del trabajador, se derivan de aquella situación de riesgo.

¡RECUERDE! La protección colectiva nos protege frente a aquellos riesgos que no se han podido evitar o reducir.

arnés anticaídas

La protección individual no elimina los riesgos, sólo sirve para minimizar las consecuencias. Se debe comprobar el estado de los EPI. El uso de equipos de protección individual no certificados o caducados equivale legalmente a no usar la protección.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN El objetivo fundamental de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es la protección de la Seguridad y Salud de los Trabajadores en el Trabajo. Cuando el resultado de la evaluación inicial ponga de manifiesto la necesidad de planificar la actividad preventiva en la empresa, ésta deberá tener en cuenta los principios generales de la prevención y, entre ellos, se considerará el deber de ADOPTAR MEDIDAS QUE ANTEPONGAN LA PROTECCIÓN COLECTIVA A LA INDIVIDUAL. Entendemos por PROTECCIÓN COLECTIVA aquella técnica que nos protege frente a los riesgos que no se han podido evitar o reducir; ejemplos: barandillas, resguardos, interruptor diferencial, ventilación general, ventilación localizada, encerramientos para las máquinas ruidosas. En la PROTECCIÓN INDIVIDUAL el equipo es llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo. Los EPI sólo deben ser utilizados cuando los riesgos no se puedan eliminar o controlar suficientemente por medios de protección colectiva. Los equipos de protección individual se clasifican en tres categorías, en función del tipo de riesgo contra el que protegen. El cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad y salud de los EPI se identifica por el marcado CE, esto implica que usar una protección no certificada o caducada equivale legalmente a no usar ninguna.

MÓDULO 2, UNIDAD 4

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

La protección colectiva es la técnica que elimina el riesgo en el origen. Rodee con un círculo la respuesta correcta. V

2.

3.

F

¿Cuáles de estas afirmaciones son verdad? a

La protección personal disminuye el riesgo.

b

La protección personal miniminiza las consecuencias.

A continuación le exponemos una serie de medidas a considerar en la selección y uso de los Equipos de Protección Personal. Rodee con un círculo la respuesta correcta. a

Seleccionarlo en función del riesgo a proteger



NO

b

Se recomienda que los trabajadores participen en su selección



NO

Es necesaria la formación del trabajador para su correcta utilización



NO

El empresario tiene la obligación de proporcionar los Equipos de Protección Individual



NO

Un EPI puede ser utilizado por varios trabajadores que realicen el mismo trabajo



NO

c

d

e

4.

5.

¿Cuál de estas afirmaciones es verdad? a

La protección colectiva se diseña y aplica para que no aparezca el riesgo

b

La protección colectiva se diseña y aplica para corregir los riesgos residuales

¿La formación e información en el uso de EPI es responsabilidad del empresario? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

6.

En el siguiente cuadro hay 7 EPI. Algunos los ha estudiado en la Unidad Didáctica, otros no. Trate de buscarlos teniendo en cuenta que pueden estar de derecha a izquierda, de arriba a abajo o en diagonal y que una misma letra puede formar parte de una o dos palabras.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

C A S S U R K M J G O G M A N D I L I E T S F U V K E S L R C X I S D O T T C I F A N Z L A C D N V T A S O U O U F L A M Ñ B C P T T C S A U B N V O A B N E M T G R A I S T U P D E D I L L O L K A B O Z U A D E A T S R

7.

De los siguientes medios de protección, indique los que son de protección colectiva. Rodee con un círculo la respuesta correcta.

8.

a

Cinturón de seguridad.

b

Resguardo.

c

Interruptor diferencial.

d

Extracción localizada.

e

Mascarilla.

Los EPI que se comercialicen deberán llevar el marcado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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ANOTACIONES

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

F

2.

b La protección personal minimiza las consecuencias.

3.

a



b



c



d



e

NO

4.

a La protección colectiva se diseña y aplica para que no aparezca el riesgo.

5.



6.

C A S S U R K M J G O G M A N D I L I E T S F U V K E S L R C X I S D O T T C I F A N Z L A C D N V T A S O U O U F L A M Ñ B C P T T C S A U B N V O A B N E M T G R A I S T U P D E D I L L O L K A B O Z U A D E A T S R

7.

b, c, d.

8.

“CE + XXXX”

UNIDAD DIDÁCTICA

5

Nociones básicas de actuación en emergencias y evacuación ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVO CONTENIDOS 1. INTRODUCCIÓN 2. TIPOS DE ACCIDENTES GRAVES 3. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA 4. ORGANIZACIÓN DE EMERGENCIAS 5. ACTUACIONES EN UN PLAN DE EMERGENCIA INTERIOR (PEI) 6. INFORMACIÓN DE APOYO PARA LA ACTUACIÓN EN EMERGENCIA 7. SIMULACROS RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 2, UNIDAD 5

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INTRODUCCIÓN En la actividad laboral de una empresa se pueden presentar circunstancias inesperadas y súbitas que tengan como consecuencia la aparición de situaciones de peligro para la colectividad total o parcial de los trabajadores y, en ciertos casos, la población externa. Todo ello podría ir unido a un riesgo de daño a las instalaciones y al medio ambiente.Cuando ocurre alguna de estas circunstancias, se dice que hay una situación de emergencia. Según se establece en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales el empresario, teniendo en cuenta el tamaño y actividad de la empresa, debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias para evitar sus consecuencias, fundamentalmente en relación con los primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. Para ello el empresario deberá designar al personal encargado de poner en práctica dichas medidas, comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. La organización de la empresa debería prever una actuación rápida y eficaz para salvaguardar, en primer lugar, la integridad y salud de los trabajadores, de la población externa y también minimizar los posibles daños a las instalaciones y al medio ambiente. Considerando una situación de emergencia, se expondrán las nociones básicas de actuación de cualquier trabajador de una empresa, para conseguir evitar por completo o minimizar los daños a las personas, a las instalaciones y al medio ambiente. Se trata de extractar lo principal a tener en cuenta en una situación crítica de emergencia, incluyendo las recomendaciones sobre lo que no se debería hacer. Se van a definir las actuaciones a realizar en las diferentes situaciones de emergencia que se contemplan en un plan de emergencia interior de una empresa e igualmente lo que se debería hacer en una situación de evacuación de los trabajadores de un centro de producción.

OBJETIVO



Conocer las nociones básicas de actuación en una emergencia, para poder colaborar en ella y, así, evitar o minimizar los daños a las personas y/o las instalaciones.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

INTRODUCCIÓN

2.

TIPOS DE ACCIDENTES GRAVES

3.

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA

4.

ORGANIZACIÓN DE EMERGENCIAS

5.

ACTUACIONES EN UN PLAN DE EMERGENCIA INTERIOR (PEI)

6.

INFORMACIÓN DE APOYO PARA LA ACTUACIÓN EN EMERGENCIA

7.

SIMULACROS

MÓDULO 2, UNIDAD 5

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1. INTRODUCCIÓN Una situación de emergencia puede generar daños a las personas, instalaciones y medio ambiente. Para evitar o minimizar dichos daños, en la empresa se debe prever y organizar adecuadamente el modo de actuación ante las emergencias. Según sea el tamaño y actividad de la empresa, la actuación a desarrollar será más o menos compleja. Existe legislación que obliga a determinadas empresas, según su tamaño, tipo de actividad y cantidad de sustancias peligrosas empleadas, a que se disponga de un Plan de Autoprotección (ver documentación al final de la unidad), es decir: • que se identifiquen y evalúen los riesgos de accidentes graves, • que se elabore un plan de emergencia interior(PEI) y • que se informe, forme y equipe adecuadamente a las personas que trabajan en las instalaciones con el fin de garantizar su seguridad.

IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

AUTOPROTECCIÓN

PLAN DE EMERGENCIA INTERIOR (PEI)

FORMACIÓN, INFORMACIÓN Y EQUIPAMIENTO PARA LOS TRABAJADORES

En el caso de empresas muy pequeñas o que no estén obligadas por ley a disponer de un Plan de Autoprotección, también se debería garantizar la seguridad del trabajador. Para ello, se tendría que tener prevista una actuación mínima ante emergencias que debería ir acompañada también de un mínimo de información y formación al trabajador. En ambos casos siempre se debería tener en cuenta la posible colaboración de los re-

cursos exteriores que podrían ser: Protección Civil, Bomberos, Policía y, si existiese el Pacto de Ayuda Mutua, empresas cercanas.

2. TIPOS DE ACCIDENTES GRAVES Las situaciones de emergencia se presentan fundamentalmente cuando en la empresa tiene lugar un accidente o incidente graves. • TIPOS DE ACCIDENTES GRAVES que podrían provocar una emergencia: Fuegos sin riesgo de explosión. Ocurren por combustión de sustancias (papel, madera...) que no son explosivas ni tampoco están en condiciones de explotar. Fogonazo de gas inflamable (flash fire). Es una combustión tan rápida que impide que se puedan evitar sus consecuencias huyendo del lugar del accidente. Charco de líquido inflamado/dardo de fuego (pool fire/jet fire). Se presentan cuando se ha producido un derrame o una fuga de chorro líquido seguido de ignición. Este caso permite evitar sus efectos alejándose del lugar del accidente. Explosiones químicas. Producidas por reacciones químicas de combustión violenta. Tienen como característica principal tener una velocidad de combustión muy alta. Nubes de gases tóxicos. Ocurren por emisión accidental de dichos gases. Derrames nocivos. Se presentan por desbordamiento o rotura de recipientes o conducciones de sustancias peligrosas para la salud. • INCIDENTES que dan lugar a actuaciones de emergencia: la comunicación de amenaza de bomba o fenómenos naturales tales como terremoto, inundación, rayo y huracán.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

¡RECUERDE! Las circunstancias que generan situaciones de emergencia podrían ser accidentes graves tales como los fuegos, explosiones, nubes de gases tóxicos, derrames nocivos, e incidentes tales como la amenaza de bomba, terremoto, inundación, rayo y huracán.

¡ATENCIÓN! La evacuación puede ser considerada por sí sola una situación de emergencia o, también, formar parte de alguna de las otras tres situaciones de emergencia.

4. ORGANIZACIÓN DE EMERGENCIAS 3. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES DE EMERGENCIA

Para cada situación de emergencia debería existir un plan de actuación, una organización y unos medios de lucha.

Las situaciones de emergencia se pueden clasificar, siguiendo el criterio de menor a mayor gravedad, en:

Planes de actuación

• Conato de Emergencia: Situación que puede ser neutralizada con los medios contra incendios y emergencias disponibles en el lugar donde se produce, por el personal presente en el lugar del incidente. • Emergencia Parcial: Situación de emergencia que no puede ser neutralizada de inmediato como un Conato y obliga al personal presente a solicitar la ayuda de un grupo de lucha más preparado que dispone de mayores medios contra incendios y emergencias. • Emergencia General: Situación de emergencia que supera la capacidad de los medios humanos y materiales contra incendios y emergencias establecidos en el centro de trabajo y obliga a alterar toda la organización habitual de la empresa, sustituyéndola por otra de emergencia y teniéndose que solicitar ayuda al exterior. • Evacuación: Situación de emergencia que obliga a desalojar total o parcialmente el centro de trabajo de forma ordenada y controlada.

Ante una situación de emergencia, lo principal es salvaguardar a los trabajadores y población afectada. Esto se consigue alejando del peligro a las personas, o sea, realizando una Evacuación. Si además se quiere evitar completamente o minimizar el daño a las instalaciones debería disponerse de un Plan de Emergencia Interior(PEI). Cuando son varias las empresas que pueden estar implicadas se debería preparar un Plan de Emergencia Exterior. A continuación pasamos a describir cada uno de estos conceptos: Plan de evacuación Es un plan de actuación que obliga al personal de un centro de trabajo a trasladarse de forma ordenada y controlada hacia lugares seguros interiores o exteriores al centro, según sea evacuación parcial o total, respectivamente. El plan de evacuación protege a las personas. Plan de emergencia interior (PEI) Es la organización y conjunto de medios y procedimientos de actuación, previstos en una empresa o en empresas contiguas, con el fin de prevenir los accidentes de cualquier tipo y, en su caso, mitigar sus efectos en el interior de las instalaciones de trabajo.

MÓDULO 2, UNIDAD 5

El Plan de Emergencia Interior (PEI) protege a las personas y a las instalaciones.

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para la lucha contra cualquier tipo de emergencia. Son los bomberos de la empresa.

Plan de emergencia exterior (PEE) Es un plan de emergencia que agrupa: • varios planes de emergencia interiores de empresas cercanas, • el plan de actuación municipal (PAM), • el plan básico de emergencia municipal (PBEM) y • el plan de actuación de los grupos de actuación (PAGr). Se nutre de la información dada por las empresas. Organización En la organización de cualquier situación de emergencia debería considerarse la ubicación de un Centro de Control de Emergencias (CCE) en un lugar seguro.

Equipos de primeros auxilios (EPA) Grupos de trabajadores con la preparación imprescindible para realizar los primeros auxilios. Equipos de alarma y evacuación (EAE) Grupos de dos o tres trabajadores cuyas misiones serían las de dirigir ordenadamente a las personas hacia las salidas de emergencia correspondientes, verificando que nadie quede sin evacuar, y auxiliar a los heridos en colaboración con los equipos de primeros auxilios.

5. ACTUACIONES EN UN PLAN DE EMERGENCIA INTERIOR (PEI)

Asimismo dentro de la organización de emergencias nos podemos encontrar los siguientes equipos de actuación:

Como hemos dicho en el apartado anterior, para cada situación de emergencia debería existir un plan de actuación, una organización y unos medios de lucha.

Equipos de primera intervención (EPI)

Pasamos a describir ahora las actuaciones que se realizarían dependiendo de la situación de emergencia dada:

Grupos de un mínimo de dos trabajadores, con conocimientos básicos contra incendios y emergencias, que actúan directamente contra las causas de la emergencia. Sería recomendable que todos los trabajadores recibieran la formación imprescindible para ser EPI.

¡IMPORTANTE! Diferencie claramente este término con el término EPI (Equipo de Protección Individual) que ha estudiado en la unidad 4 de este módulo.

Conato de Emergencia Ante un Conato de Emergencia cualquier trabajador debería poder realizar las siguientes actuaciones: • Usar los medios disponibles contra incendios y emergencias. • No arriesgarse inútilmente, ni provocar un riesgo mayor. • Iniciar la alarma comunicando con el Centro de Control de Emergencias (CCE), por los medios previstos para ello. • Pedir ayuda. • Informar sobre la incidencia al CCE.

Equipos de segunda intervención (ESI) Grupos de trabajadores con formación y entrenamiento suficientemente intensivo

Éstas son las actuaciones básicas correspondientes a los equipos de primera intervención (EPI).

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Emergencia Parcial

les como megafonía o sonidos codificados de alarma.

Actuaciones Cualquier trabajador ante una emergencia si, según su criterio, la considera de mayor importancia que un Conato, debería actuar del siguiente modo: • Comunicar el incidente al Centro de Control de Emergencias utilizando alguno de los medios establecidos ( timbre de alarma, teléfono interno) y comprobar que lo han entendido bien. • Quedar alerta de cualquier otra comunicación que, sobre la emergencia, sea transmitida por el CCE a través de los medios establecidos, tales como megafonía o sonidos codificados de alarma. Los trabajadores integrados en los equipos de segunda intervención(ESI), al ser alertados por el Centro de Control de Emergencias(CCE), actuarían según sus conocimientos y experiencia como grupos de lucha contra cualquier tipo de emergencia. Igualmente, los trabajadores integrados en los equipos de primeros auxilios(EPA) y en los de alarma y evacuación(EAE) permanecerían en alerta ante una posible intervención, en el caso de ser requeridos.

Emergencia General

¡RECUERDE! La emergencia general es aquella situación que supera la capacidad de los medios humanos y materiales contra incendios y emergencias establecidos en el centro de trabajo y obliga a alterar toda la organización habitual de la empresa. La declaración de Emergencia General debería ser realizada por las personas de la empresa autorizadas para ello. Cuando el Centro de Control de Emergencias(CCE) recibe esta información debería comunicarla a todos los trabajadores, utilizando para ello los medios establecidos ta-

Cualquier trabajador de la empresa debería incorporarse al grupo que le corresponda, según la organización establecida para la emergencia. Esta no tiene necesariamente que coincidir con la existente para el funcionamiento normal de la actividad empresarial. En esta situación de emergencia los trabajadores integrados en los equipos de segunda intervención (ESI), así como los integrados en los equipos de primeros auxilios (EPA) y los pertenecientes a los equipos de alarma (EAE), actuarían en colaboración con los recursos exteriores de Protección Civil y Bomberos. Todo el personal recibiría la información sobre la evolución de la emergencia a través del Centro de Control de Emergencias(CCE) y por los medios de comunicación establecidos. Se debería actuar en consecuencia con esta información y siempre en coordinación con los recursos exteriores.

Evacuación

¡RECUERDE! Es aquella situación de emergencia que obliga a desalojar total o parcialmente el centro de trabajo de forma ordenada y controlada. La evacuación se inicia cuando lo comunica el Centro de Control de Emergencias (CCE), a través de los medios establecidos. En el caso de Evacuación Parcial, cada persona se dirigirá sin correr y en grupo, por las vías de evacuación señalizadas, hacia los puntos de reunión establecidos, en donde se identificará ante los responsables de contabilizar a los evacuados. En el caso de Evacuación Total, cualquier trabajador actuaría de manera semejante a la anterior, pero alargando el itinerario de evacuación hasta un punto de reunión en el exterior del recinto.

MÓDULO 2, UNIDAD 5

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Los trabajadores integrados en los Equipos de Alarma y Evacuación (EAE) actuarían según su cometido.

esquemática podrían aportar ayuda para recordar las actuaciones de emergencia correspondientes a cada trabajador.

Como RECOMENDACIONES de actuación en cualquier situación de emergencia encontramos las siguientes:

La Ficha Individual de Actuación podría ser uno de estos documentos.En ella se indican de manera resumida, para cada puesto de trabajo, las acciones a efectuar según la situación de emergencia.

• No utilizar nunca los medios de comunicación interna y externa para otros objetivos que no sean los propios de la emergencia. • No utilizar los ascensores o montacargas a excepción, si los hubiera, de los ascensores para uso específico de bomberos. • No abandonar el puesto de trabajo en ninguna situación de emergencia sin cumplir los procedimientos de emergencia asignados. • Una vez realizada la evaluación, los trabajadores no volverán al lugar de trabajo, hasta que la emergencia se anule. • Una vez concentrados se debería proceder al recuento del personal y de las visitas. A modo de resumen, OBSERVE ahora detenidamente el siguiente esquema. En él aparecen los equipos que actúan en un Plan de Emergencia Interior, dependiendo de la situación de emergencia que se presente:

Conato de emergencia

Grupos EPI

Emergencia parcial

Grupos ESI, EPA y EAE

Emergencia general

Grupos ESI, EPA, EAE y recursos exteriores

Evacuación

Grupos EAE

Actuación según Plan de Emergencia Interior (PEI)

6. INFORMACIÓN DE APOYO PARA LA ACTUACIÓN EN EMERGENCIA Además del documento Manual de Emergencia, básico para las actuaciones en emergencias, existen otros que de manera

En esta línea se pueden citar también los Carteles divulgativos que, de manera esquemática, presentarían en cada lámina las actuaciones para cada situación de emergencia. Otro tipo de documento recordatorio para las actuaciones de emergencia podrían ser, en el caso de que se utilicen en la empresa, las Tarjetas electrónicas individuales de control de presencia. En estas podrían ir inscritas las instrucciones a seguir por cualquier trabajador, en las distintas situaciones de emergencia.

¡RECUERDE! La información de apoyo para la actuación de emergencia se basa en documentos similares a la Ficha Individual de Actuación, los Carteles Divulgativos y las Tarjetas de Control de Presencia.

7. SIMULACROS Para que las actuaciones, en una situación de emergencia, puedan ser las correctas, es conveniente ensayarlas un mínimo de dos veces al año según supuestos de situaciones probables de emergencia. Estos ensayos programados se llaman Simulacros de Emergencia y sus objetivos son: • conseguir el hábito de las actuaciones en emergencias y • mejorar las actuaciones analizando los fallos, con la ventaja de no tener que sufrir una situación real de emergencia. Es importante actuar en todo momento con el mismo rigor que si fuera una situación real de emergencia.

8

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

¡RECUERDE! Los simulacros son ensayos periódicos de actuaciones en supuesto de emergencia, que se deben realizar un mínimo de dos veces al año.

RESUMEN En una actividad laboral pueden presentarse circunstancias (accidentes tales como nubes de gases tóxicos, derrames de sustancias nocivas o incidentes como inundaciones, amenazas de bomba...) que pueden generar daños a las personas, instalaciones y medio ambiente, cuando esto ocurre se origina una situación de emergencia. Cualquier empresa tendría que tener prevista una actuación mínima para emergencias con la correspondiente información y formación para los trabajadores. Algunas empresas necesitan Autoprotección, que supone identificación y evaluación de riesgos, plan de emergencia interior (PEI) y formación, información y equipamiento de los trabajadores. El Plan de Emergencia Interior es la organización y conjunto de medios y procedimientos de actuación, previstos en una empresa o empresas contiguas, con el fin de prevenir los accidentes de cualquier tipo y, en su caso, mitigar sus efectos en el interior de las instalaciones de trabajo. Protege a las personas y a las instalaciones. El Plan de Emergencia Exterior incluye a uno o varios PEI, al Plan de Actuación Municipal (PAM), al Plan Básico de Emergencia Municipal (PBEM) y al Plan de Actuación (PAGr). El Plan de Evacuación prevé el traslado del personal de manera ordenada y controlada a lugares seguros interiores (Evacuación Parcial) o exteriores (Evacuación Total). Protege solamente a las personas. Las situaciones de emergencia se clasifican, según su gravedad, en: Conato de Emergencia, Emergencia Parcial, Emergencia General y Evacuación. Cada situación de emergencia tiene un plan de actuación, una organización y unos medios de lucha. La información de apoyo para la actuación en emergencia se basa en documentos tales como la Ficha Individual de Actuación, los Carteles Divulgativos y las Tarjetas de Control de Presencia. Las actuaciones de entrenamiento para emergencias son ensayos periódicos de supuestos de emergencia que se denominan Simulacros y que podrían ser realizados un mínimo de dos veces al año.

MÓDULO 2, UNIDAD 5

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

Cuando en un centro de trabajo se presentan circunstancias inesperadas y espontáneas que pueden producir situaciones de peligro se puede decir que hay una .......................................................................... ..........................................................................

2.

En una situación de emergencia los daños principales que se pueden producir serían contra .......................................................................... ..........................................................................

3.

Las empresas obligadas a tener Plan de Autoprotección deberían disponer de .......................................................................... ..........................................................................

4.

Citar tres tipos de accidentes graves sin incendio: .......................................................................... ..........................................................................

5.

Las situaciones de emergencia que se podrían contemplar en un Plan de Emergencia Interior son: .......................................................................... ..........................................................................

6.

Los equipos de actuación que tienen por misión realizar los primeros auxilios se llaman .......................................................................... ..........................................................................

7.

En una Emergencia General la actuación de los trabajadores integrados en un Equipo de segunda intervención (ESI) sería en colaboración con .......................................................................... ..........................................................................

8.

En una Evacuación los Equipos de . . . . . . . . . . . . . . . . . . actuarán dirigiendo a las personas hacia salidas de emergencia y verificando .......................................................................... ..........................................................................

10

9.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Tres documentos de apoyo para las actuaciones de emergencia podrían ser .......................................................................... ..........................................................................

10. Las actuaciones de entrenamiento para emergencia se realizan en los ensayos de situaciones de emergencia llamados .......................................................................... ..........................................................................

MÓDULO 2, UNIDAD 5

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ANOTACIONES

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Situación de emergencia.

2.

Las personas, las instalaciones de la empresa y contra el medio ambiente.

3.

Una evaluación de riesgo, un Plan de Emergencia Interior y un plan de formación, información y equipamiento de sus trabajadores.

4.

Nubes de gases tóxicos, derrames de sustancias nocivas e inundación.

5.

Conato de Emergencia, Emergencia Parcial, Emergencia General y Evacuación.

6.

Equipos de primeros auxilios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . y sus siglas son . . . . . . (EPA).

7.

Los recursos exteriores de Protección Civil y Bomberos.

8.

Alarma y evacuación. /Que nadie quede sin evacuar.

9.

La Ficha Individual de Actuación, los Carteles divulgativos y las Tarjetas de control de presencia.

10. Simulacros.

UNIDAD DIDÁCTICA

6

Primeros auxilios ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS 1. 2. 3. 4. 5. 6.

¿QUÉ SON LOS PRIMEROS AUXILIOS? CONSEJOS GENERALES DE SOCORRISMO ACTIVACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA LOS ESLABONES DE LA CADENA DE SOCORRO LA FORMACIÓN EN SOCORRISMO LABORAL LA EVALUACIÓN PRIMARIA DE UN ACCIDENTADO 7. EMERGENCIAS MÉDICAS: TÉCNICA DEL SOPORTE VITAL BÁSICO (S.V.B.) Y HEMORRAGIAS

RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 2, UNIDAD 6

1

INTRODUCCIÓN El estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente dependen, en gran parte, de la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el Capítulo III, artículo 20, marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia, así como la adopción de las medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios. Los puntos a considerar, tal como marca la citada ley, serían: • Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas. • Comprobación periódica del correcto funcionamiento de las mismas. • En relación con el personal citado y en función de los riesgos existentes en la empresa se deberá proporcionar la formación adecuada y a un número suficiente de trabajadores. Asimismo será necesario proporcionar el material necesario. • Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones.

OBJETIVOS



Ofrecer al alumno la pauta de actuación ante cualquier accidente, como primera intervención, a fin de activar correctamente el Sistema de Emergencia.

• •

Orientar sobre la estructura de los primeros auxilios en la empresa. Ofrecer una metodología de actuación cuando se tiene que socorrer a cualquier accidentado.

2

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

¿QUÉ SON LOS PRIMEROS AUXILIOS?

2.

CONSEJOS GENERALES DE SOCORRISMO

3.

ACTIVACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA

4.

LOS ESLABONES DE LA CADENA DE SOCORRO

5.

LA FORMACIÓN EN SOCORRISMO LABORAL

6.

LA EVALUACIÓN PRIMARIA DE UN ACCIDENTADO

7.

EMERGENCIAS MÉDICAS: TÉCNICA DEL SOPORTE VITAL BÁSICO (S.V.B.) Y HEMORRAGIAS

MÓDULO 2, UNIDAD 6

1. ¿QUÉ SON LOS PRIMEROS AUXILIOS? Se entiende por primeros auxilios el conjunto de actuaciones y técnicas que permiten la atención inmediata de un accidentado, hasta que llega la asistencia médica profesional, a fin de que las lesiones que ha sufrido no empeoren.

2. CONSEJOS GENERALES DE SOCORRISMO EXISTEN 10 consideraciones que se deben tener en cuenta, siempre, como actitud a mantener ante los accidentes. El asumir estos 10 consejos nos permitirá evitar cometer los errores más habituales en la atención de accidentados y, con ello, conseguir no agravar las lesiones de los mismos. Por ello, le recomendamos que lea detenidamente cada uno de estos consejos: 1.

Conservar la calma: No perder los nervios es básico para poder actuar de forma correcta, evitando errores irremediables.

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2. Evitar aglomeraciones: No se debe permitir que el accidente se transforme en espectáculo. Evitando la “histeria” colectiva, se facilita la actuación del socorrista. 3. Saber imponerse: Es preciso hacerse cargo de la situación y dirigir la organización de recursos y la posterior evacuación del herido. 4. No mover: Como norma básica y elemental no se debe mover a nadie que haya sufrido un accidente, hasta estar seguros de que se pueden realizar movimientos sin riesgo de empeorar las lesiones ya existentes. No obstante, existen situaciones en las que la movilización debe ser inmediata: cuando las condiciones ambientales así lo exijan o bien cuando se deba realizar la maniobra de reanimación cardiopulmonar (técnica del soporte vital básico). 5. Examinar al herido: Se debe efectuar una evaluación primaria, que consistirá en determinar aquellas situaciones en que exista la posibilidad de la pérdida de la vida de forma inmediata.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Posteriormente, se procederá a realizar la evaluación secundaria o, lo que es lo mismo, controlar aquellas lesiones que pueden esperar la llegada de los servicios profesionalizados. 6. Tranquilizar al herido: Los accidentados suelen estar asustados, desconocen las lesiones que sufren y necesitan de alguien en quien confiar en esos momentos de angustia. Es función del socorrista el ofrecer esa confianza y mejorar el estado anímico del lesionado. 7.

Mantener al herido caliente: Cuando el organismo humano recibe una agresión, se activan los mecanismos de autodefensa implicando, en muchas ocasiones, la pérdida de calor corporal. Esta situación se acentúa cuando existe la pérdida de sangre, ya que una de las funciones de ésta es la de mantener la temperatura interna del cuerpo.

8. Avisar a personal sanitario: Este consejo o recomendación se traduce como la necesidad de pedir ayuda, con rapidez, a fin de establecer un tratamiento médico lo más precozmente posible. 9. Traslado adecuado: Según las lesiones que presente el accidentado, la posición de espera y traslado variará. Es importante acabar con la práctica habitual de la evacuación en coche particular, ya que, si la lesión es vital, no se puede trasladar y se debe atender “in situ” y, si la lesión no es vital, quiere decir que puede esperar la llegada de un vehículo (ambulancia) debidamente acondicionado. 10. No medicar: Esta facultad es exclusiva del médico.

¡RECUERDE! Ante un accidente: • No pierda los nervios. • No mueva al herido a menos que sea necesario (ver “consejo nº 4”). • Efectúe la evaluación primaria (ver “consejo nº 5”). • Avise. • Abríguelo.

3. ACTIVACIÓN DEL SISTEMA DE EMERGENCIA La rápida actuación ante un accidente puede salvar la vida de una persona o evitar el empeoramiento de las posibles lesiones que padezca. En cualquier accidente ud. ¡DEBE ACTIVAR EL SISTEMA DE EMERGENCIA!. Para ello recuerde la palabra PAS, que está formada por las iniciales de tres actuaciones para empezar a atender al accidentado: Proteger Avisar Socorrer Veamos a continuación cómo ha de actuar en cada caso: La P de PROTEGER Antes de actuar, asegúrese de que tanto el accidentado como ud. están fuera de todo peligro. Por ejemplo, ante un ambiente tóxico, no atienda al intoxicado sin antes proteger sus vías respiratorias (uso de máscaras con filtros adecuados), pues de lo contrario se accidentaría ud. también. Protéjase en casos de electrocución. La A de AVISAR Siempre que sea posible avise a los servicios sanitarios (médico, ambulancia...) de la existencia del accidente, y así activará el Sistema de Emergencia. Inmediatamente

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después comience a socorrer mientras espera la ayuda. Es muy importante dar la ALERTA de forma correcta y estructurada. Para ello se debe tener muy claro: • • • •

quién tiene que avisar, cómo tiene que dar el mensaje a quién debe dar el mensaje y no cortar la comunicación hasta que el receptor de la llamada lo haga, ya que muchas veces un error en la forma de alertar implica la pérdida de la vida del accidentado, por retraso o por mala interpretación del mensaje.

Una vez se compruebe la presencia de conciencia o respiración, se iniciará Evaluación Secundaria o, lo que es lo mismo: el reconocimiento de signos no vitales.

¡RECUERDE! • Siempre, y en cualquier tipo de accidente, debe ud. ACTIVAR EL SISTEMA DE EMERGENCIA. • La exploración de los signos vitales debe realizarse por el siguiente orden: Conciencia, Respiración y Pulso.

4. LOS ESLABONES DE LA CADENA DE SOCORRO

TELÉFONOS DE EMERGENCIA Ambulancia Bomberos Policía Hospital Inf. Toxicológica Serv. Emerg. Médica Mutua

Entre la víctima y la atención médica especializada pueden intervenir una serie de personas (eslabones) que deben ser informadas, formadas y entrenadas para asegurar la rapidez y eficacia de la actuación frente a emergencias.

En la actualidad existe un teléfono único de emergencias, que es el 112.

Entre ellas se encuentran: los testigos, el telefonista de la empresa, el socorrista, etc.

La S de SOCORRER Una vez haya protegido y avisado, procederá a actuar sobre el accidentado, realizando la Evaluación Primaria o lo que es lo mismo, reconociendo sus signos vitales ¡SIEMPRE! por este orden: 1. Conciencia 2. Respiración 3. Pulso

LOS TESTIGOS Existen tres tipos de posibles testigos de un accidente laboral: • Testigo ordinario: sin preparación ni formación e influenciable por la emoción y el pánico. No sabe qué mensaje ha de transmitir y puede olvidar incluso señalar el lugar del accidente.

ACTUACIÓN ANTE UNA EMERGENCIA ACTIVACIÓN DEL SISTEMA

1º PROTEGER 2º AVISAR 3º SOCORRER

RECONOCIMIENTO DE SIGNOS VITALES (Evaluación Primaria)

A) CONCIENCIA B) RESPIRACIÓN C) PULSO

EVALUACIÓN SECUNDARIA

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

• Testigo privilegiado: con una formación adecuada, es capaz de hacer una valoración global de la situación, sabe avisar de forma eficaz y se mantiene tranquilo.

• El tipo de trabajo: el/los riesgo/s existente/s; situaciones de aislamiento; trabajos fuera de la empresa...

• Testigo profesional: ha sido formado y entrenado específicamente para vigilar, detectar, alertar e intervenir (delegados de prevención, personal de seguridad, vigilantes de proceso...).

• La distancia (en tiempo real) de los servicios médicos externos.

Ni que decir tiene que la mayoría de los testigos en la empresa son del tipo ordinario, con lo que la transmisión de la alerta no estará ni mucho menos asegurada, redundando en retrasos innecesarios, asistencia inadecuada y, en último extremo, pérdidas humanas.

En todo caso se debería disponer en cualquier momento, en la empresa, de una persona encargada de la actuación en situaciones de emergencia.

Aquí surge la primera pregunta: ¿A quién hemos de formar? Sería conveniente que todos y cada uno de los trabajadores estuvieran informados (carteles informativos, charlas informales, folletos explicativos...) sobre lo que en primeros auxilios se conoce como PAS. EL/LA TELEFONISTA DE LA EMPRESA En algunas empresas un paso obligado para contactar con los servicios externos es el/la telefonista. Siempre que exista este eslabón se le deberá incluir en el grupo de testigos privilegiados. De él/ella depende la transmisión rápida, correcta y eficaz de la solicitud de ayuda. EL/LA SOCORRISTA No es posible concretar cuántos socorristas se requieren por número de trabajadores. El “número suficiente” dependerá de otros muchos factores. A modo de guía, a la hora de decidir cuántos socorristas formar, deberemos tener en cuenta: • El número de trabajadores. • La estructura de la empresa (superficie, naves, plantas...). • La distribución de los trabajadores en la empresa.

• Los turnos de trabajo.

• Las posibles ausencias por enfermedad, vacaciones...

Una cifra orientativa para situaciones de riesgo bajo (por ejemplo, oficinas) sería de un socorrista por cada 50 trabajadores por turno. Este número debería considerarse como mínimo en el resto de situaciones. A veces, es conveniente disponer de dos socorristas por grupo de trabajo (por ejemplo: trabajo con máquinas o herramientas peligrosas). LOS OTROS ESLABONES El/la testigo, el/la telefonista, el/la socorrista: todos ellos son eslabones pertenecientes a la empresa. El personal de la ambulancia, el equipo médico de urgencias y el personal del hospital son eslabones exteriores. Esta diferencia de ubicación no ha de suponer una traba para una actuación eficaz. Cada uno de ellos ha de saber quién va después y quién le precede, procurando que la información se transmita de forma clara y concisa; facilitando así las actuaciones posteriores.

¡RECUERDE! Los eslabones de la cadena de socorro son: a) Propios: el/la testigo, el/la telefonista y el/la socorrista. b) Exteriores: ambulancia, médico de urgencias y hospital.

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5. LA FORMACIÓN EN SOCORRISMO LABORAL La formación en socorrismo laboral debe basarse en los siguientes supuestos: • El socorrista laboral será voluntario. • El socorrista laboral deberá tener, además de los conocimientos básicos y generales, una formación específica en relación con los riesgos existentes en la empresa. • El socorrista laboral deberá recibir periódicamente cursos de reciclaje.

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¡RECUERDE! El/la socorrista será voluntario/a, adecuadamente formado/a y periódicamente reciclado/a. La formación básica capacita para atender emergencias médicas. La formación complementaria capacita para atender urgencias médicas. La formación específica capacita para atender determinadas situaciones, según los riesgos existentes (por ejemplo, uso de oxígeno).

FORMACIÓN EN SOCORRISMO LABORAL Esta formación se debería dividir en tres grandes bloques temáticos: formación básica, complementaria y específica. 1er Bloque: Formación básica o mínima En este bloque, el socorrista debe estar capacitado para atender situaciones de emergencia médica tales como: la pérdida de conocimiento, los paros cardio-respiratorios, la obstrucción de vías respiratorias, las hemorragias y el shock. Siendo ésta la parte más importante, es recomendable dominar las técnicas precisas y efectuar reciclajes periódicos de las mismas. 2º Bloque: Formación complementaria La formación complementaria permite atender situaciones consideradas como urgencia médica, siendo éstas las que pueden esperar la llegada de los servicios médicos, como por ejemplo: quemaduras leves, contusiones, fracturas, luxaciones y esguinces, heridas, etc... 3er Bloque: Formación específica Atendiendo a los riesgos existentes en la empresa es conveniente tener una formación muy específica. Se cita como ejemplo la formación que debería capacitar al socorrista para poder dominar con soltura, ante el riesgo químico, las siguientes técnicas: Rescate en ambiente tóxico, Oxigenoterapia, Quemaduras químicas, Intoxicaciones por productos químicos específicos, etc.

6. LA EVALUACIÓN PRIMARIA DE UN ACCIDENTADO Una vez activado el Sistema de Emergencia (PAS) y a la hora de SOCORRER, se debe establecer un método único que permita identificar las situaciones vitales o de emergencia médica. Para ello es importante saber que el órgano más delicado del ser humano es el cerebro (encéfalo) y que su función es coordinar y ordenar el buen funcionamiento del resto del organismo; es lo que vulgarmente se conoce como el “ordenador” del cuerpo humano, por lo que si él falla, el resto también falla. Las células que lo forman (neuronas) son extremadamente delicadas, tanto que su muerte implica la no regeneración de las mismas. Por este motivo se debe vigilar y evitar su lesión. Las neuronas se alimentan del oxígeno que transporta la sangre, oxígeno que se adquiere gracias a la respiración (pulmones) y se transporta por el impulso que realiza el corazón. Cuando este proceso se detiene, porque la persona no puede respirar o porque el corazón no envía la sangre al cerebro, éste sufre, se lesiona y muere. Las neuronas pueden soportar esta situación durante 4 minutos sin lesionarse; a partir de este tiempo, y si no hemos reestablecido el proceso, empiezan a morir de forma progresiva y, transcurridos 4 minutos más, se produce la muerte total del cerebro. Este espacio de tiempo (4 + 4 = 8 minutos) es lo que se conoce como “Muerte Clínica”,

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la cual es reversible aplicando una serie de técnicas que permitan de nuevo la llegada de sangre oxigenada al cerebro. Por todo lo expuesto, se comprende que delante de un accidentado, sea el que sea, SIEMPRE se debe hacer lo mismo: buscar las situaciones que impliquen la muerte clínica, o lo que es lo mismo: realizar la Evaluación Primaria o identificación de signos vitales (conciencia, respiración y pulso).

NO CONTESTA. Entonces lo que debe ud. es provocar el estímulo doloroso, mediante un pellizco para observar sus reacciones (gemidos, apertura de ojos, movimientos de cabeza, etc...); si no existe ningún tipo de reacción, significa que el estado de inconsciencia está declarado, por lo que inmediatamente y, en lo posible, SIN TOCARLO (pues puede ser un paciente traumático y existir lesiones óseas que agraven su estado) debe ud. comprobar la respiración.

¡RECUERDE! ¡RECUERDE! Se considea “muerte clínica” al tiempo en que el cerebro está sin oxígeno. Es reversible mediante la aplicación de técnicas adecuadas (ver: Reanimación cardiopulmonar).

La conciencia es siempre el PRIMER signo vital que debe ud. explorar.

CONCIENCIA:

RESPIRACIÓN:

Para saber si un accidentado está consciente se le preguntará qué le ha pasado. Si contesta, descartará la existencia de paro respiratorio. El problema surge cuando el paciente

Teniendo al accidentado inconsciente, existen dos posibilidades: que RESPIRE o que NO RESPIRE.

RECONOCIMIENTO DE SIGNOS VITALES INICIO

CONSCIENTE

INCONSCIENTE

PIDA AYUDA

ABRIR VÍA AÉREA

RESPIRA POSICIÓN LATERAL DE SEGURIDAD (PLS)

EVALUACIÓN SECUNDARIA

SI

NO

AVISAR

INICIAR MASAJE CARDÍACO Y LUEGO EL BOCA-BOCA (30 compresiones y 2 boca-boca) 5 ciclos

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Para comprobar la presencia de la respiración en un accidentado, el socorrista debe utilizar la vista, el oído y el tacto.

• Control de hemorragias

Para ello acercará su propia mejilla a la bocanariz del accidentado y mirando hacia el pecho podrá observar el movimiento torácico o abdominal, escuchar la salida del aire y notar en su mejilla el calor del aire exhalado.

• Inmovilización de fracturas

a) Si respira: No hará falta seguir explorando los signos vitales ya que el corazón funciona seguro. En ese momento, se iniciará la Evaluación Secundaria siendo el procedimiento a seguir:

• Tratamiento de heridas

• Siempre que NO sea traumático, colocarlo en una posición de seguridad para prevenir las posibles consecuencias de un vómito. Esta posición es la denominada en el argot de socorrismo como PLS (observar atentamente le siguiente dibujo), que significa Posición Lateral de Seguridad. • En el caso de que el paciente respire pero sea traumático, NO LO MUEVA.

En ambos casos deber seguir a su lado vigilando los signos vitales hasta que llegue la ayuda solicitada. b) Si no respira:

Hiperextensión del cuello

La lengua obstruye la vía aérea

Tras la hiperextensión del cuello, la vía aérea queda abierta

Si al acercar la mejilla o el dorso de la mano a la boca del accidentado, comprueba que NO RESPIRA, rápidamente y sin perder tiempo coloque al accidentado, sea traumático o no, en posición de decúbito supino (estirado mirando hacia arriba) y después de explorar su boca para comprobar la no existencia de cuerpos extraños (dientes desprendidos, chicles,...), proceda Ud a abrir las vías aéreas, mediante una hiperextensión del cuello, mediante la maniobra de fronto-mentón evitando que la lengua obstruya la vía de entrada de aire (Ver dibujo situado a la izquierda) En ocasiones, con esta simple maniobra el paciente vuelve a respirar. En caso contrario avisar (sí es posible que avise otra persona), iniciar directamente el masaje cardíaco y luego el boca-boca (30 masajes y 2 boca-boca) 5 ciclos. En caso de estar solo se debe avisar antes de empezar el Soporte Vital Básico (SVB).

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Al cabo de dos minutos (5 ciclos) si no hay signos de respiración se continúa el SVB.

3. Proceder a efectuar la apertura de sus vías aéreas:

¡RECUERDE!

4. Extraer posibles cuerpos extraños de la boca (dientes sueltos, chicles...).

La respiración se comprueba utilizando la vista, el oído y el tacto del socorrista.

5. Abrir vías aéreas (efectuar la HIPEREXTENSIÓN DEL CUELLO).

SI RESPIRA: Si no existe riesgo de otras lesiones, póngalo en posición lateral de seguridad

6. Si sigue sin respirar.

SI NO RESPIRA: Retire los cuerpos extraños de la boca. Abra la vía aérea (hiperextensión del cuello). Si es necesario inicie el SVB.

8. Si hay más de una persona socorriendo, uno de ellos se encargará de pedir ayuda, sí se encuentra solo deje al accidentado pida ayuda y regrese inmediatamente.

PULSO: Es necesario comprobar el pulso en un tiempo máximo de 10 segundos, por medio de los dedos índice y medio de la mano sobre las arterias carotídeas (cuello) por ser el punto más próximo al corazón y el de más fácil localización. (ver la siguiente figura)

Sí no existe pulso, pida ayuda e iniciar el S.V.B con ciclos de 30 compresiones torácicas y 2 insuflaciones.

7. EMERGENCIAS MÉDICAS: TÉCNICA DEL SOPORTE VITAL BÁSICO (S.V.B.) Y HEMORRAGIAS Se aplica cuando estamos ante un PACIENTE INCONSCIENTE Y QUE NO RESPIRA 1. Grite pidiendo ayuda. 2. Coloque a la accidentado en decúbito supino sobre una superficie dura.

7. Hacer dos insuflaciones boca-boca y comprobar la circulación.

9. Iniciar el masaje cardíaco • Localizar el tercio inferior del esternón y colocar el talón de nuestra mano sobre él, dos o tres dedos por encima de la punta del esternón (Apófisis Xifoides). La otra mano se apoyará de la misma forma sobre la que contacta con el tórax.

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• Con los dedos estirados y los brazos perpendiculares al punto de contacto con el esternón, ejerza una compresión directa sobre el tórax, consiguiendo que se deprima unos 4 ó 5 centímetros, asegúrese de no aplicar presión sobre las costillas, la parte superior del abdomen, ni sobre la parte distal del esternón. • El ritmo de compresión/relajación debe ser de 1 a 1, sin perder contacto con el tórax de la accidentado, repítalo aproximadamente unas 100 veces por minuto (algo menos de dos por segundo) Después de 30 compresiones realice dos insuflaciones boca-boca : • Hiperextensión del cuello. • Girar la mano de la frente y pinzar la nariz. • Colocar los labios alrededor de la boca de la accidentado sellando totalmente su boca con la nuestra. Existen otras técnicas de ventilación artificial como el BOCA-NARIZ o el BOCA-ESTOMA.

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(Para no complicar la unidad didáctica se hablará siempre del BOCA-BOCA sin olvidar las otras opciones). El rimo será de 30 compresiones y 2 insuflaciones. 9. Si hay más de un reanimador deben sustituirse cada 1-2 minutos para prevenir la fatiga, procurando que el tiempo de intercambio sea mínimo. Debe continuar el Soporte Vital Básico hasta: • La llegada de ayuda cualificada que lo releve. • Que el accidentado empiece a respirar normalmente. • Ud se agote. Las maniobras descritas son aplicables a personas adultas. Para lactantes y niños, varían en función de la edad y constitución física del niño.

¡RECUERDE! Ud. debe suplir las funciones vitales que el accidentado no tenga. SI NO RESPIRA: Ud. debe respirar por él (boca-boca). SI NO TIENE PULSO: Ud. debe ser su corazón (masaje cardíaco).

HEMORRAGIAS El sistema circulatorio tiene la función de transportar los nutrientes y el oxígeno a las células del organismo, también es el responsable de mantener la temperatura interna del cuerpo humano. El sistema circulatorio está compuesto por: • Corazón. • Vasos sanguíneos. • Sangre. El CORAZÓN actúa de bomba, impulsando la sangre a través de los vasos sanguíneos. Los VASOS SANGUÍNEOS son los conductos por donde circula la sangre. Existen tres tipos de vasos:

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• ARTERIAS: son los vasos que salen del corazón.

Atendiendo a esta última clasificación, las hemorragias pueden ser:

• VENAS: son los vasos que van hacia el corazón.

Exteriorizadas, externas e internas.

• CAPILARES: son los vasos más pequeños y son los responsables del intercambio gaseoso.

El objetivo del socorrista es evitar la pérdida de sangre del accidentado, siempre que ello sea posible.

La SANGRE está compuesta por una parte líquida, llamada plasma (de color acuoso) y una parte sólida, formada por:

Existen casos en que la actuación será prevencionista, a fin de evitar el empeoramiento del estado de salud del lesionado, ya que será imposible controlar la hemorragia, concretamente ante las hemorragias internas y exteriorizadas.

• HEMATÍES: Responsables del transporte de oxígeno. • LEUCOCITOS: Colaboran en la defensa del organismo contra las infecciones. • PLAQUETAS: Favorecen el proceso de coagulación.

Hemorragias exteriorizadas: Son aquellas hemorragias que, siendo internas, salen al exterior a través de un orificio natural del cuerpo: oído, nariz, boca, ano y genitales.

DIFERENCIAS ARTERIAS • • • • •

Salen del corazón. La sangre circula a mucha presión. La sangre circula a impulsos. Son rígidas. La gran mayoría transporta oxígeno (O2).

VENAS • • • • •

Van hacia el corazón. La sangre circula con poca presión. La sangre circula de forma continua. Son elásticas. La gran mayoría transporta anhídrido carbónico (CO2).

¡RECUERDE! Las arterias son los vasos sanguíneos donde se detecta el pulso.

CONCEPTO DE HEMORRAGIA Demoninamos hemorragia a cualquier salida de sangre de sus cauces habituales. CLASIFICACIÓN Existen dos tipos de clasificaciones, una atendiendo al tipo de vaso que se ha roto, siendo ésta arterial, venosa o capilar, y otra atendiendo al destino final de la sangre, o dicho de otra forma: ¿a dónde va a parar la sangre que se pierde?.

Hemorragias de oído: Las hemorragias que salen por el oído se llaman OTORRAGIAS. Cuando la pérdida de sangre es abundante y previamente ha existido un traumatismo (golpe) en la cabeza, el origen de la hemorragia suele ser la fractura de la base del cráneo. En este caso la actuación del socorrista va encaminada a facilitar la salida de sangre de la cavidad craneal, pues, de lo contrario, la masa encefálica sería desplazada o comprimida por la invasión sanguínea, pudiendo ocasionar lesiones irreversibles en el cerebro. Para facilitar la salida de sangre, se debe colocar al accidentado en P.L.S. (traumático), con el oído sangrante dirigido hacia el suelo. Control de signos vitales y evacuación urgente hacia un Centro sanitario con servicio de Neurología.

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hemorragia no se detiene, se debe evacuar a un Centro sanitario con urgencia.

¡RECUERDE! Si después de un golpe en la cabeza, el accidentado sangra por el oído, ud. no debe detener la hemorragia: facilite la salida de la sangre.

¡RECUERDE! En las hemorragias de nariz, ud. debe presionarla durante 5 minutos y colocar la cabeza del accidentado hacia adelante.

Hemorragias de nariz: Las hemorragias que salen por la nariz se denominan EPISTAXIS.

Hemorragias de la boca:

El origen de estas hemorragias es diverso; pueden ser producidas por un golpe, por un desgaste de la mucosa nasal o como consecuencia de una patología en la que la hemorragia sería un signo, como por ejemplo en el caso de la hipertensión arterial (HTA).

Cuando la hemorragia se presenta en forma de vómito, puede tener su origen en el pulmón (hemóptisis) o en el estómago (hematemesis). Es importante distinguir su origen para así proceder a su correcto tratamiento, para ello hay que tener en cuenta una serie de diferencias:

HEMOPTISIS

HEMATEMESIS

Vómito precedido de tos

Vómito precedido de náuseas

Sangre limpia con olor a óxido

Sangre con restos de alimento y maloliente

Puede tener aspecto espumoso

El paciente puede estar inconsciente

Actuación

Actuación

a) Control de Signos vitales

a) Control de signos vitales

b) Dieta absoluta

b) Dieta absoluta

c) Evacuar en posición semisentado

c) Evacuar en posición de PLS

Es cierto que muchas personas consideran la epistaxis como un suceso NORMAL, explicación que el socorrista no debe aceptar, pues el ser humano no está constituido para sangrar de forma habitual y “normal”. Para detener la hemorragia, se debe efectuar una presión directa sobre la ventana nasal sangrante y contra el tabique nasal, presión que se mantendrá durante 5 minutos (de reloj). La cabeza debe inclinarse hacia adelante, para evitar la posible inspiración de coágulos. Pasados los 5 minutos, se aliviará la presión, con ello comprobaremos si la hemorragia ha cesado. Caso contrario, se efectuará un taponamiento anterior con gasa mojada en agua oxigenada y se mantendrá la presión. Si la

Hemorragias del ano: Atendiendo al aspecto en que se presentan las heces, podemos determinar el origen de estas hemorragias. Son de origen digestivo cuando las heces son de color negro (melenas) y de origen rectal cuando las heces se presentan con sangre normal (rectorragia). Tanto en un caso como en el otro se procederá a recomendar la consulta médica por personal especialista. Hemorragias vaginales: Durante el período de gestación, la mujer no debe presentar ningún tipo de hemorragia

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vaginal (metrorragia). Su presencia indica la amenaza de aborto, por lo que se debe conseguir un reposo absoluto (en cama) por parte de la mujer y evitar que siga perdiendo sangre. Para ello aplique compresas vaginales y cruzándole las piernas las debe elevar en espera de su traslado en ambulancia a un hospital.

utilice un apósito lo más limpio posible (gasas, pañuelo...). Efectuar la presión durante un tiempo mínimo de 10 minutos, además de elevar el miembro afectado a una altura superior a la del corazón del accidentado.

Hemorragias externas: Son aquellas en las que la sangre sale al exterior a través de una herida. Las hemorragias más importantes se producirán en las extremidades, ya que son las partes del cuerpo más expuestas a traumatismos de tipo laboral y es por donde pasan las arterias de forma más superficial. No obstante, los métodos que a continuación se explican sirven para detener cualquier tipo de hemorragia, aplicando cierta lógica según el método, la forma y el lugar en donde se produce la hemorragia, así por ejemplo, el torniquete sólo se aplicará en caso de hemorragias en extremidades. A fin de controlar y detener la emergencia (hemorragia), utilice ud. siempre tres métodos, por orden, utilizando el siguiente en caso de que el anterior no tenga éxito. Estos métodos son los siguientes: la compresión directa, la compresión arterial y el torniquete (ver esquema):

HEMORRAGIA

¡RECUERDE! La compresión directa es siempre el PRIMER método para detener hemorragias externas y debe mantenerla durante 10 minutos y elevar la extremidad afectada.

Este método no se puede utilizar en el caso de que la hemorragia la produzca una fractura abierta de un hueso. 2º Compresión arterial. Cuando falla la compresión directa, se debe utilizar este segundo método. Es de mayor aplicación en hemorragias de extremidades, pues en el resto de zonas no es muy eficaz.

COMPRESIÓN DIRECTA FUNCIONA SI

NO

MANTENER LA COMPRESIÓN VENDAR EVACUAR

COMPRESIÓN ARTERIAL

Consiste en encontrar la arteria principal del brazo (A.humeral) o de la pierna (A.femoral) y detener la circulación sanguínea en esa arteria, consiguiendo una reducción (no eliminación) del aporte sanguíneo muy importante.

FUNCIONA SI

Transcurrido ese tiempo, se aliviará la presión, pero NUNCA se quitará el apósito. En caso de éxito se procederá a vendar la herida y se trasladará al hospital.

NO TORNIQUETE Y EVACUACIÓN

1º Compresión directa. Este primer método consiste en efectuar una presión en el punto de sangrado, para ello

La arteria humeral tiene su trayecto por debajo del músculo bíceps del brazo, por lo que el socorrista procederá a comprimir en esta zona con las yemas de sus dedos . La arteria femoral se comprime a nivel de la ingle o de la cara interna del muslo; para ello el socorrista utilizará el talón de su mano o bien el puño en caso de comprimir en el muslo.

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La compresión debe mantenerse hasta la llegada de la ambulancia o el ingreso en urgencias hospitalarias.

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• Ejercer presión controlada. La necesaria para detener la hemorragia. • NUNCA lo aflojará el socorrista.

¡RECUERDE! ¡RECUERDE! La compresión arterial se efectúa en brazos (arteria humeral) y piernas (arteria femoral). Sería el PRIMER método a utilizar en caso de que la hemorragia la produzca una fractura abierta de un hueso. 3º Torniquete. Este método se utilizará sólo en caso de que los demás no sean eficaces y la hemorragia persista. El torniquete produce una detención de TODA la circulación sanguínea en la extremidad, por lo que conlleva la falta de oxigenación de los tejidos y la muerte de los mismos, formándose toxinas (sustancias tóxicas) por necrosis y trombos por acumulación plaquetaria.

El socorrista JAMÁS debe aflojar un torniquete.

Hemorragias internas: Son las que se producen en el interior del organismo, sin salir al exterior, por lo tanto no se ven, pero sí que se pueden detectar porque el paciente presenta signos y síntomas de shock. Shock Definiremos el shock como el conjunto de signos y síntomas consecuentes a la falta o disminución del aporte sanguíneo a los tejidos, debido a la pérdida de volumen sanguíneo o al aumento de la capacidad de los vasos. Esto implica la falta de oxigenación de los tejidos, por lo que, si no se actúa con rapidez, puede derivar en la muerte del accidentado.

Condiciones de aplicación: • En la raíz del miembro afectado. • Utilizar una banda ancha (ni cinturones ni cuerdas). • Anotar la hora de colocación.

Shock hipovolémico Es el producido por la pérdida de volumen sanguíneo (pérdida de líquido) y se origina a causa de hemorragias, quemaduras (lesiones por calor) o por deshidratación (vómitos y diarreas).

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Shock normovolémico

Actuación

Producido por una detención de la circulación sanguínea (shock cardiogénico) o bien por un aumento de la capacidad de los vasos sanguíneos, lo que origina una pérdida o disminución de la presión necesaria para que la sangre llegue a oxigenar a los tejidos. Puede ser de varios tipos: shock séptico, producido por infección (ejemplo: heridas); shock anafiláctico, producido por alergias (ejemplo: intoxicaciones, picaduras...); shock neurogénico, producido por el dolor (traumatismos en general).

La actuación debe ir encaminada a tratar en primer lugar la causa que ha producido el shock, evidentemente siempre que ello sea posible, pues hay causas que no podrá tratar el socorrista, como, por ejemplo, las hemorragias internas.

Esto implica que cualquier lesión, si no se trata convenientemente, puede derivar en un estado de shock por parte del accidentado. Shock caracterizado por los siguientes signos y síntomas: • Alteración de la conciencia (no pérdida). • Estado ansioso, nervioso. • Pulso rápido y débil, a excepción del shock medular. • Respiración rápida y superficial. • Palidez de mucosas. • Sudoración fría y pegajosa, generalmente en manos, pies, cara y pecho.

No obstante, siempre debe actuar de la siguiente forma: • Control de signos vitales (Soporte Vital Básico). • Tratar las lesiones (si es posible). • Aflojar todo aquello que comprima al accidentado, a fin de facilitar la circulación sanguínea. • Tranquilizar al herido. • Evitar la pérdida de calor corporal. Taparlo. • Colocar al accidentado estirado con la cabeza más baja que los pies (posición de trendelenburg) y siempre que sus lesiones lo permitan. (Ver figura). • Evacuarlo urgentemente, controlando siempre los signos vitales, ya que la tendencia del shock siempre es a empeorar.

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RESUMEN La organización de los primeros auxilios no es más que una forma de prepararse para actuar ante situaciones excepcionales. Esto requiere un estudio a fondo tanto de la siniestralidad (accidentes e incidentes) como de los posibles riesgos o situaciones de riesgo existentes. Sin embargo, también es necesaria la sensibilización de todos los estamentos presentes en el entorno laboral. Para ello se deberá planificar la instrucción de todo nuevo trabajador en relación con la organización de los primeros auxilios; verificar de forma periódica la cadena de socorro; comentar y evaluar actuaciones reales y no dudar en cambiar aquello que no acaba de funcionar correctamente. La organización de los primeros auxilios ha de conseguir que éstos lleguen a todos los trabajadores en cualquier momento. Ha de ser, pues, un objetivo de la empresa organizar los primeros auxilios de acuerdo con la legislación y adecuados a los riesgos; con los medios suficientes tanto humanos como materiales y manteniendo a los equipos bien entrenados. Este objetivo ha de estar firmemente ligado a un deseo: no tener que utilizarlos nunca. Proteger es, ante todo, evitar.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

¿Qué tipo de evaluación se debe efectuar (al examinar al herido) para determinar aquellas situaciones que impliquen la pérdida de la vida de forma inmediata? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

2.

¿Es recomendable el uso del coche particular para la evacuación de un herido? .......................................................................... ..........................................................................

3.

¿Cuándo y dónde debe atenderse a un accidentado que presente una lesión de tipo vital (Ej. paro cardiaco)? .......................................................................... ..........................................................................

4.

¿Qué significa la palabra PAS? .......................................................................... ..........................................................................

5.

¿Cuáles son los signos vitales)? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

6.

¿Cómo se denomina el espacio de tiempo durante el cual el cerebro no recibe oxígeno? .......................................................................... ..........................................................................

7.

¿Cuánto tiempo puede estar el cerebro sin recibir oxígeno y sin lesionarse? .......................................................................... ..........................................................................

8.

¿Después de comprobar que un accidentado está insconsciente, ¿qué debe ud. comprobar inmediatamente? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

MÓDULO 2, UNIDAD 6

9.

19

Para saber si un accidentado respira, el socorrista debe utilizar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . y ..........................................................................

10. Cuál es el ritmo de Soporte Vital Básico con 1 socorrista? .......................................................................... .......................................................................... 11. ¿Cuánto tiempo se debe mantener la “compresión directa” en el punto de sangrado, en una hemorragia externa? .......................................................................... .......................................................................... 12. ¿Cada cuánto tiempo debe el socorrista aflojar un torniquete? .......................................................................... ..........................................................................

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Evaluación primaria

2.

No.

3.

De forma inmediata y en el mismo sitio (in situ) donde esté.

4.

Proteger, Avisar y Socorrer. Otra posible respuesta sería: Activar el Sistema de Emergencia.

5.

Conciencia, respiración y pulso.

6.

Muerte Clínica.

7.

4 minutos.

8.

La respiración.

9.

La vista, el oído y el tacto.

10. 30 compresiones 2 insuflaciones. 11. 10 minutos. 12. Nunca.

MÓDULO 2, UNIDAD 6

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ANOTACIONES

UNIDAD DIDÁCTICA

7

El control de la salud de los trabajadores ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS

1. DEFINICIÓN 2. LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL MARCO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 3. OBJETIVOS DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD 4. LAS TÉCNICAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD 5. INTEGRACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 2, UNIDAD 7

1

INTRODUCCIÓN La Medicina es una ciencia que, partiendo del conocimiento del funcionamiento del cuerpo humano y del medio en que éste desarrolla su actividad, tiene como objetivos la promoción de la salud, la prevención de la pérdida de la salud, la curación de las enfermedades y la rehabilitación. La Medicina del trabajo es parte de esta ciencia, valorando fundamentalmente como ambiente el medio laboral. En relación con los fines preventivos, la Medicina del trabajo utiliza determinadas técnicas que, esquemáticamente, pueden resumirse en: investigación epidemiológica, vigilancia de la salud, promoción de la salud y educación sanitaria. Entre todas estas técnicas la Vigilancia de la Salud de los trabajadores constituye uno de los instrumentos imprescindibles de los programas de prevención de riesgos laborales. Es además una de las obligaciones del empresario, según el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, apareciendo también en diversas disposiciones específicas como las relativas al amianto, al ruido o a los agentes cancerígenos o biológicos, por citar algunas de ellas.

OBJETIVOS

• • •

Conocer el marco normativo básico en materia de vigilancia de la salud. Conocer los principios de la vigilancia de la salud. Comprender las informaciones relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores.

2

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

DEFINICIÓN

2.

LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL MARCO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (LPRL)

3.

OBJETIVOS DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD

4.

LAS TÉCNICAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD

5.

INTEGRACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

MÓDULO 2, UNIDAD 7

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1. DEFINICIÓN

Voluntaria

La Vigilancia de la salud consiste en la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud para su análisis, interpretación y utilización en la planificación, desarrollo y evaluación de programas de salud.

Se deberá contar con el consentimiento informado del trabajador, salvo que concurran las siguientes circunstancias:

Sus objetivos son tanto individuales como colectivos.

a) Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores. b) Que el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros. c) Que exista una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad (ver el siguiente cuadro), que obligue a realizar reconocimientos.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

2. LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EN EL MARCO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (LPRL) La LPRL regula en su artículo 22 la vigilancia de la salud del personal al servicio de una empresa. Las características de la misma son:

FACTORES DE RIESGO: Amianto-Radiaciones ionizantes - Ruido - Agentes biológicos - Agentes cancerígenos Manipulación manual de cargas Agentes químicos. ACTIVIDADES: Actividades subacuáticas - Personal de vuelo de las aeronaves civiles - Pilotos de los aviones civiles - Minería - Trabajos realizados en los cajones de aire comprimido. OTRAS DISPOSICIONES: Estatuto de los trabajadores - Listado de Enfermedades Profesionales.

Garantizada por el empresario El empresario garantizará a sus trabajadores la vigilancia periódica de su salud.

¡RECUERDE! Específica Esa vigilancia se realizará en función del o de los riesgos a los que está sometido el trabajador en el lugar de trabajo. Se debe huir, pues, de los reconocimientos médicos indiscriminados e inespecíficos.

La vigilancia de la salud del trabajador deberá ser específica y, salvo en determinados casos, voluntaria. La Vigilancia de la Salud de los trabajadores será también:

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Confidencial La información médica derivada de la vigilancia de la salud de cada trabajador estará disponible para el propio trabajador, los servicios médicos responsables de su salud y la autoridad sanitaria. Ningún empresario podrá tener conocimiento del contenido concreto de las pruebas médicas o de su resultado sin el consentimiento expreso del trabajador. Esto no quita que al empresario se le deban facilitar las conclusiones de la vigilancia de la salud realizada en sus trabajadores en términos de: • Aptitud para desempeñar las tareas correspondientes a su trabajo. • Necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección o de prevención. Prolongada en el tiempo Una de las novedades de la Ley reside en la prolongación de la vigilancia de la salud más allá de la finalización de la relación laboral en aquellos casos en los que los efectos sobre los trabajadores así lo aconsejen. Por ejemplo, los trabajadores expuestos a determinados agentes químicos cancerígenos deberían ser objeto de seguimiento incluso varios años después del cese de su relación con la empresa. Documentada Se deberá elaborar y conservar la documentación sobre los resultados y las conclusiones de los controles del estado de salud de los trabajadores. Gratuita El coste económico de cualquier medida relativa a la seguridad y salud en el trabajo, y por tanto el derivado de la vigilancia de la salud, no deberá recaer sobre el trabajador (artículo 14.5 de la LPRL). Una consecuencia de lo anterior es la realización de los reconocimientos médicos dentro de la jornada laboral o el descuento del tiempo invertido en la misma.

3. OBJETIVOS DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD Existen dos tipos de objetivos: individuales y colectivos. OBJETIVOS INDIVIDUALES • DETECCIÓN PRECOZ DE LAS ALTERACIONES DE LA SALUD • IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES A CIERTOS RIESGOS OBJETIVOS COLECTIVOS • VALORACIÓN DEL ESTADO DE SALUD DE LOS TRABAJADORES • ALERTAR SOBRE POSIBLES SITUACIONES DE RIESGO • EVALUAR LA EFICACIA DEL PLAN DE PREVENCIÓN La valoración del estado de salud de la empresa nos permitirá responder a las preguntas: • ¿quién presenta alteraciones? • ¿en qué lugar de la empresa? • ¿cuándo aparecen o aparecieron?. Los resultados de la vigilancia de la salud nos serán útiles para motivar la revisión de las actuaciones preventivas en función de la aparición de daños en la población trabajadora y, a través de la evolución del estado de salud del colectivo de trabajadores, para evaluar la efectividad del plan de prevención de riesgos laborales.

4. LAS TÉCNICAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD Como ya hemos visto anteriormente la vigilancia de la salud se vale de distintas técnicas para conseguir sus objetivos. Estas técnicas son: El control biológico, cuya finalidad última es la evaluación de la exposición o de los efectos de los contaminantes químicos sobre el colectivo de trabajadores. El control

MÓDULO 2, UNIDAD 7

biológico se incluirá en el protocolo de vigilancia de la salud siempre que así lo disponga la normativa aplicable (como, por ejemplo, en los trabajadores expuestos a plomo y sus derivados inónicos). En los otros casos, la idoneidad del mismo dependerá de la existencia de un indicador biológico y de los factores de variabilidad ligados al mismo. En principio, se usarán los valores límite biológicos (VLB) recogidos en los Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España del INSHT. Los protocolos de control biológico deberán contemplar la interpretación de los resultados, los diferentes niveles y las actuaciones derivadas de los mismos. La detección precoz de las alteraciones de la salud mediante pruebas específicas que nos permitan poner de manifiesto lesiones, en principio reversibles, derivadas de la o las exposiciones laborales. La elección de la prueba dependerá evidentemente del tipo de daño. Existen pruebas de detección precoz para las alteraciones renales, hepáticas, del sistema nervioso, respiratorias...

5

Algunas consisten en determinación de parámetros en sangre u orina y, otras, en estudios funcionales como las audiometrías o la espirometría forzada.

¡RECUERDE! El contenido de la vigilancia de la salud dependerá del o de los riesgos presentes en el puesto de trabajo.

5. INTEGRACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La vigilancia de la salud debe considerarse como un instrumento de los programas de prevención en la empresa. La aportación de la misma a dichos programas se realizará a todos los niveles desde la identificación de los problemas (¿qué alteraciones presenta la salud de los trabajadores?) hasta la evaluación de la eficacia del programa global (¿las medidas preventivas han dado el resultado esperado?).

6

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN La vigilancia médica periódica es uno de los instrumentos que utiliza la Medicina del Trabajo para vigilar la repercusión de las condiciones de trabajo sobre la salud de la población trabajadora. La LPRL contempla la vigilancia de la salud como una obligación del empresario. En su artículo 22 dice que aquél garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud, confiriéndole a la misma el carácter de específica, es decir, ajustada al o a los riesgos existentes en la empresa. El trabajador no está obligado a pasar ningún reconocimiento médico salvo que: a) los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores, b) el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros, c) exista una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Las conclusiones de los reconocimientos médicos deberán ser comunicadas al empresario en términos de Aptitud y de Mejora de las medidas de protección o prevención. Cualquier otro dato individual o concreto no estará disponible más que para el propio trabajador, el servicio médico responsable de su salud y la autoridad sanitaria. Los objetivos de la vigilancia de la salud son de dos tipos: individuales y colectivos. Los individuales tienden a detectar de forma precoz las alteraciones sufridas en relación con el trabajo, mientras que los colectivos nos permiten valorar el estado de salud de la plantilla, establecer las prioridades de actuación preventiva, motivar una nueva evaluación de riesgos y contrastar la eficacia del plan de prevención de riesgos laborales de la empresa. Los instrumentos con los que cuenta la vigilancia de la salud son el control biológico y la detección precoz. La vigilancia de la salud no tiene sentido como instrumento aislado de prevención: ha de integrarse en el Plan de prevención global de la empresa.

MÓDULO 2, UNIDAD 7

7

EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

¿Qué significa que la vigilancia de la salud debe ser específica? .......................................................................... ..........................................................................

2.

¿En qué términos se le ha de comunicar al empresario el resultado de los reconocimientos médicos de sus trabajadores? ..........................................................................

3.

¿El trabajador tiene derecho a conocer el resultado de su reconocimiento médico? ..........................................................................

4.

¿La duración de la vigilancia de la salud por un riesgo presente en su puesto de trabajo se limita al período en que el trabajador está en activo en la empresa en cuestión? .......................................................................... .......................................................................... ..........................................................................

5.

¿En qué supuestos la vigilancia de la salud no tiene el carácter de voluntaria para el trabajador? ..........................................................................

6.

¿Cuáles son los objetivos individuales de la vigilancia de la salud? ..........................................................................

7.

¿Cuáles son los objetivos colectivos de la vigilancia de la salud? ..........................................................................

8.

¿Qué técnicas utiliza la vigilancia de la salud? ..........................................................................

9.

¿Qué información debe recibir el empresario sobre los reconocimientos? .......................................................................... ..........................................................................

10. ¿Cómo ayuda la vigilancia de la salud para la evaluación de la eficacia del plan de prevención de riesgos laborales? .......................................................................... ..........................................................................

8

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Que se realiza en función del riesgo o riesgos a que está sometido el trabajador en el lugar de trabajo.

2.

En los términos de aptitud y de mejora de las medidas de protección y prevención.

3.

Sí, es preceptivo que así sea.

4.

No. En los casos en que el efecto pueda aparecer una vez cesada la exposición, la vigilancia de la salud se extiende más allá de la relación personal del trabajador con la empresa.

5.

Cuando sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores, el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros o exista una disposición legal.

6.

Los objetivos individuales de la vigilancia de la salud en la empresa son: Detección precoz de las alteraciones de la salud e identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos.

7.

Los objetivos colectivos de la vigilancia de la salud en la empresa son: la valoración del estado de salud de los trabajadores, alertar sobre posibles situaciones de riesgo, evaluar la eficacia del plan de prevención.

8.

El control biológico y la detección precoz.

9.

Las conclusiones de los reconocimientos en lo relativo a la Aptitud del trabajador para su trabajo y a la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección o prevención.

10. Comprobando el efecto de las medidas preventivas sobre la salud de los trabajadores.

MÓDULO 2, UNIDAD 7

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ANOTACIONES

DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA DEL MÓDULO

2

BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 2, DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA

1

BIBLIOGRAFÍA •

SEGURIDAD EN EL TRABAJO BESTRATÉN BELLOVI, M. (coord) y otros técnicos del INSHT. 3ª edición (2001). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



SEGURIDAD EN EL TRABAJO. GUÍA DEL MONITOR BESTRATÉN BELLOVI, M. y GUASCH FARRAS, J. (1995). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Edición actualizada 2002 disponible en CD-Rom y en la página web del INSHT.



HIGIENE INDUSTRIAL GUASCH FARRAS, J. (coord) y otros técnicos del INSHT. Reimpresión (1999). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



HIGIENE INDUSTRIAL. GUÍA DEL MONITOR BERNAL DOMÍNGUEZ, F. (1996).Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Edición revisada 2002 disponible en CD-Rom y en la página web del INSHT.



PSICOSOCIOLOGÍA DEL TRABAJO NOGAREDA CUIXART, C.(coord) y otros técnicos del INSHT. 3ª edición (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



PSICOSOCIOLOGÍA DEL TRABAJO. GUÍA DEL MONITOR ONCINS DE FRUTOS, M. y otros técnicos del INSHT.(1998). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Edición revisada 2002 disponible en CD-Rom y en la página web del INSHT.



ERGONOMÍA NOGAREDA CUIXART, S. (coord) y otros técnicos del INSHT. 4ª edición (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



ERGONOMÍA. GUÍA DEL MONITOR ONCINS DE FRUTOS, M. y otros técnicos del INSHT. (1996). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Edición revisada 2002 disponible en CD-Rom y en la página web del INSHT.



SALUD Y MEDICINA DEL TRABAJO SOLÉ GÓMEZ, Mª D. (coord) y otros técnicos del INSHT. Reimpresión (2001). Instituto Nacional de Seguridad en Higiene en el Trabajo.



LA VIGILANCIA DE LA SALUD EN EL MEDIO LABORAL MORENO SÁENZ, N. Documentos Técnicos nº 74.93 (1993). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA: •

MANUAL DEL ALUMNO DEL CURSO: AUXILIAR DE TRANSPORTE SANITARIO CRUZ ROJA ESPAÑOLA. 2ª Edición. Madrid,1994



MANUAL DE SOCORRISME JACOBO, C. et al. Creu Roja Catalunya. Barcelona, 1990.



REANIMACIÓN CARDIOPULMONAR: PRIMEROS AUXILIOS MOLINÉ MARCO, J.L. Nota Técnica de Prevención nº 247 (1989). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



POLICÍA LOCAL: URGENCIES MÈDIQUES PERELLADA, J. Generalitat de Catalunya. D. Governaciò. Barcelona, 1986.



PRIMEROS AUXILIOS EN LA EMPRESA: ORGANIZACIÓN SOLÉ GÓMEZ, Mª. D. y MOLINÉ MARCO, J. L. Nota Técnica de Prevención nº 458 (1998). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo.



PRIMEROS AUXILIOS: HEMORRAGIAS Y SHOCK MOLINÉ MARCO, J. L. y SOLÉ GÓMEZ, Mª. D. Nota Técnica de Prevención nº 469 (1997). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



PRIMEROS AUXILIOS: EVALUACIÓN PRIMARIA Y SOPORTE VITAL BÁSICO MOLINÉ MARCO, J. L. y SOLÉ GÓMEZ, Mª. D. Nota Técnica de Prevención nº 605 (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



GUÍA TÉCNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS RELATIVOS A LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (1998).



GUÍA TÉCNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS RELATIVOS AL RIESGO ELÉCTRICO Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (2003).



MOBBING. VIOLENCIA FÍSICA Y ACOSO SEXUAL PÉREZ BILBAO, J., NOGAREDA CUIXART, C., MARTÍN DAZA, F., SANCHO FIGUEROA, T Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo 2001 (Revisión 2006).



EL HOSTIGAMIENTO PSICOLÓGICO EN EL TRABAJO: MOBBING MARTÍN DAZA. FÉLIX y PÉREZ BILBAO, JESÚS. Nota Técnica de Prevención nº 476. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

MÓDULO 2, DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA

3

REFERENCIAS LEGALES ESPECÍFICAS UNIDAD DIDÁCTICA 1 Real Decreto 486/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 1435/1992. Dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. BOE de 11 de noviembre. Real Decreto 1215/1997. Se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. BOE de 7 de agosto. Real Decreto 2291/1985. Reglamento de aparatos de elevación y manutención. BOE de 11 de diciembre. Real Decreto 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. BOE de 18 de septiembre. NBE-CPI-96, sobre condiciones de protección contra incendios de los edificios. BOE de 29 de octubre. Real Decreto 1942/1993, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. BOE de 14 de diciembre. Real Decreto 614/2001. Dicta las disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. BOE de 21 de junio. UNIDAD DIDÁCTICA 2 Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos. BOE de 1 de mayo. UNIDAD DIDÁCTICA 3 Real Decreto 487/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. BOE de 23 de abril. UNIDAD DIDÁCTICA 4 Real Decreto 773/1997. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. BOE de 12 de junio. Real Decreto 1407/1992, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. BOE de 28 de diciembre. UNIDAD DIDÁCTICA 5 Real Decreto 1196/2003, por el que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. BOE de 9 de octubre. Real Decreto 1254/1999, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. BOE de 20 de julio.

4

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Orden de Protección Civil de 29 de noviembre de 1984 por la que se aprueba el Manual de Autoprotección, Guía para el desarrollo del Plan de emergencias contra incendios y evacuación en locales y edificios. BOE de 26 de febrero.

MÓDULO

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Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos laborales ESTRUCTURA DEL MÓDULO INTRODUCCIÓN OBJETIVOS

UNIDAD DIDÁCTICA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA EMPRESA UNIDAD DIDÁCTICA 2. ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 3

INTRODUCCIÓN De acuerdo con la normativa vigente en este campo la prevención de riesgos laborales debe constituirse en una actividad que debe estar integrada en el resto de las funciones empresariales. Al igual que existen sistemas para gestionar la producción, las compras, las ventas o el personal, debe existir un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales que permita al empresario: 1. Cumplir sus obligaciones legales. 2. Evitar los elevados costes asociados a la falta de prevención. 3. Proteger la integridad física y la salud de sus trabajadores. 4. Una mejora continua de la seguridad y salud. Con el fin de organizar la prevención de riesgos laborales en la empresa, el empresario puede optar por uno o varios de los modelos que establece el Reglamento de los Servicios de Prevención, en función del tamaño de la plantilla y de los riesgos asociados a las actividades que desarrolla. Por otra parte, es de especial interés para los responsables de la prevención en la empresa conocer qué Organismos Públicos tienen competencias en esta materia: cuáles vigilan el cumplimiento de las normas legales, cuáles tienen capacidad para sancionar y a cuáles se puede acudir en busca de información y asesoramiento.

OBJETIVOS



Analizar la forma de gestionar la prevención de riesgos laborales en la empresa, en sus dos componentes básicos: El sistema de gestión de la prevención y las modalidades de recursos humanos y materiales para el desarrollo de las actividades preventivas.



Conocer e identificar los organismos públicos nacionales e internacionales más importantes relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

UNIDAD DIDÁCTICA

1

La gestión de la prevención de riesgos laborales en la empresa ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2. EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 3. MODALIDADES DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 3, UNIDAD 1

1

INTRODUCCIÓN La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales establecen un nuevo planteamiento de la Prevención en la empresa. Se ha de pasar de un modelo reactivo de actuación, es decir, el de actuar cuando ya se han producido los hechos indeseados en este campo (accidentes de trabajo o enfermedades laborales) a un modelo activo consistente en actuar con anterioridad a que se hayan producido los hechos indeseados. Este modelo activo de actuación se basa, a grandes rasgos, en: • Evaluar los riesgos inherentes al trabajo. • Tomar las medidas precisas para eliminar o reducir los riesgos, planificando la actividad preventiva. • Controlar periódicamente las condiciones de trabajo y el estado de salud de los trabajadores. Para gestionar la prevención se necesita: • Diseñar e implantar un Sistema de prevención de riesgos laborales que especifique las actuaciones e interrelaciones, en materia de prevención, de las distintas unidades organizativas de la empresa, mediante un Plan para integración de la prevención en su sistema de gestión (Plan de prevención). • Disponer de los recursos especializados, propios o concertados, necesarios para promover y apoyar la integración de la prevención en el sistema de gestión así como para realizar las actividades preventivas que exigen conocimientos o medios especializados.

OBJETIVOS

• •

Conocer cómo es un sistema de prevención de riesgos laborales. Conocer las modalidades de recursos humanos y materiales para el desarrollo de las actividades preventivas.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

2.

EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2.1.

El Sistema de prevención y el Plan de prevención

2.2. Integración de la prevención 2.3. Evaluación de los riesgos 2.4. Planificación y seguimiento de la actividad preventiva 2.5. Control y mejora de la actividad preventiva 2.6. Documentación 2.7. 3.

Auditorías

MODALIDADES DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS 3.1.

Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva

3.2. Designación de trabajadores 3.3. Servicio de prevención propio 3.4. Servicio de prevención ajeno

Puede comenzar el estudio de la unidad didáctica reflexionando sobre la forma en que su empresa gestiona la Prevención de Riesgos Laborales. Escriba dos columnas, una para los aspectos que usted considere positivos del sistema de gestión establecido y otra para los aspectos que considere mejorables. Compare más tarde sus conclusiones con la información que le ofrece la presente unidad didáctica.

MÓDULO 3, UNIDAD 1

3

1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

2. EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El nuevo modelo activo de prevención que propone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a ir por delante de los problemas.

2.1. El Sistema de prevención y el Plan de prevención

ANALICE LAS ACTUACIONES MÁS IMPORTANTES DE ESTE NUEVO MODELO ACTIVO: • Planificar la prevención desde el momento mismo del diseño empresarial. • Integrar la acción preventiva en la gestión de la empresa. • Evaluar los riesgos actualizando la evaluación periódicamente cuando cambien las circunstancias. • Adoptar un conjunto de acciones preventivas para eliminar y/o controlar los riesgos que se hayan detectado. • Controlar la eficacia de las medidas preventivas adoptadas. • Informar a los trabajadores sobre los riesgos que comporta su trabajo. • Formar a los trabajadores en materia preventiva. • Establecer una vigilancia adecuada de la salud de los trabajadores. • Desarrollar actuaciones ante situaciones de emergencia. • Etc. ¿QUÉ REQUISITOS SON NECESARIOS PARA PONER EN PRÁCTICA ESTAS ACTUACIONES? • Que la dirección sea consciente de sus responsabilidades y obligaciones. • Que se establezca y mantenga al día un “sistema de prevención”. • Que se asignen los recursos humanos y materiales precisos.

¡RECUERDE! Es necesario que exista el compromiso por parte de la dirección para poder establecer un sistema de gestión de la prevención.

El Sistema de prevención es el sistema de gestión de ésta en el Sistema general de gestión de la empresa. El Sistema de prevención es, en definitiva, el propio sistema general de gestión de la empresa una vez se ha incorporado efectivamente a sus objetivos el de “garantizar la seguridad y salud de los trabajadores”. El Plan de prevención es la herramienta mediante la que se integra la prevención en el sistema general de gestión de la empresa (es decir, se implanta el Sistema de prevención) y se establece la política de prevención de riesgos laborales. Se desarrolla en las siguientes fases: 1) Análisis general de las características de la empresa; 2) Diseño del Sistema de prevención, 3) Implantación del Sistema y, en su caso, 4) Revisión y mejora del Sistema. El Sistema de prevención, implantado mediante el Plan, gestiona la prevención siguiendo un proceso cíclico (Figura 1): 1) Evaluación de los riesgos, 2) Planificación de la prevención (de medidas -materiales u organizativas- y actividades para la reducción y control de los riesgos) 3) Ejecución y seguimiento de lo planificado y 4) Control de cambios, indicentes, daños y oportunidades de mejora.

2.2. Integración de la prevención La integración de la prevención en el Sistema general de gestión de la empresa supone la integración de la prevención en el conjunto de actividades que éste gestiona y (por tanto) en sus distintas unidades y niveles jerárquicos (su estructura organizativa). Se entenderá que la prevención está integrada en una actividad si su procedimiento de ejecución se ha fijado y se aplica respetando los “requisitos preventivos” exigibles (y no sólo los productivos) y las personas que intervienen en su gestión / ejecución disponen de la formación e información necesarias.

4

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La necesidad de integrar la preveción en una actividad, función o unidad sólo puede valorarse atendiendo a las circunstancias de cada caso. Sin embargo, es fundamental integrar la prevención en la Dirección de la empresa, en las actividades potencialmente peligrosas y, en general, en la actuación frente a los cambios (como, por ejemplo, en la compra de equipos o productos) y en el mantenimiento de instalaciones o equipos peligrosos, así como en la consulta a los trabajadores.

¡RECUERDE! La evaluación de riesgos es un proceso crítico para obtener aquella información que permita planificar la acción preventiva. El empresario debe adoptar un procedimiento para la evaluación de riesgos. El resultado de la evaluación de riesgos debe estar debidamente documentado y mantenerse a disposición de la autoridad laboral.

2.3. Evaluación de riesgos La evaluación de riesgos es el elemento clave de una actuación activa en prevención y es el proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos que no hayan podido evitarse. La información obtenida en la evaluación ha de servir de base para decidir si hay que adoptar medidas preventivas y de que tipo. El empresario debe adoptar un procedimiento para la evaluación de riesgos, previa consulta a los trabajadores o sus representantes. Para los puestos de trabajo cuya evaluación de riesgos ponga de manifiesto la necesidad de tomar medidas preventivas, el empresario debe mantener una documentación sobre dicha evaluación y mantenerla a disposición de la autoridad laboral.

2.4. Planificación y seguimiento de la actividad preventiva La planificación es un proceso mediante el cual se define: • ¿Qué hay que hacer en materia de Prevención de riesgos laborales (PRL)? • ¿Quién es el responsable de hacerlo? • ¿Cuándo hay que hacerlo? • ¿Cúal es el objetivo a alcanzar? • ¿Qué recursos hay que destinar?

¿QUE DATOS MÍNIMOS HA DE CONTENER ESTA DOCUMENTACIÓN?

Si la evaluación de los riesgos pone de manifiesto la existencia de éstos, se deberán planificar por parte del empresario todas aquellas medidas preventivas tendentes a la eliminación, control o reducción de dichos riesgos.

• La identificación del puesto de trabajo.

ENTRE OTRAS ACTIVIDADES ES NECESARIO PLANIFICAR:

• El riesgo o riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados.

• La información y la formación en materia preventiva a los trabajadores.

• El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes, incluyéndose dentro de éste el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores.

• Las medidas de emergencia.

• La referencia de los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados.

• La vigilancia de la salud de los trabajadores. La planificación ha de hacerse para un período determinado mediante el establecimiento de fases y prioridades en su desarrollo. Cuando el período sea superior a un año, se debe elaborar un programa anual de actividades.

MÓDULO 3, UNIDAD 1

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Figura 1: Modelo de Gestión de la prevención SISTEMA GENERAL DE GESTIÓN DE LA EMPRESA PLAN DE PRE VENCIÓN 1. Análisis de la empresa (por centtro de trabajo): actividad/procesos, trabajadores, riesgos principales, estructura organizativa, etc. 2. Diseño del Sistema de prevención: descripción de las actuaciones e interrelaciones, en prevención, de las distintas unidades del sistema de gestión de la empresa (incluido el Servicio de prevención) 3. Implantación del Sistema de prevención

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SISTEMA DE PREVENCIÓN

(diseñado e implantado mediante el Plan) Evaluación de los riesgos

Control y mejora

SISTEMA

Planificación prevención

actuando

Ejecución y seguimiento de lo planificado

¡RECUERDE!

La planificación de la actividad preventiva es un proceso que permite eliminar o controlar los riesgos y que debe hacerse para un período determinado de tiempo.

La planificación sirve de poco si lo planificado no se lleva a la práctica. Por ello, a medida que las actividades preventivas van desarrollándose, debe comprobarse que su ejecución se realiza en la forma y condiciones planificadas. Esta es la actividad de “seguimiento” a la que se refiere la Ley de Prevención al establecer que “el empresario deberá aseguarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.

2.5. Control y mejora de la actividad preventiva El “ciclo de la prevención” indicado en la Figura 1 se cierra a través de determinadas actividades, necesarias para el control y mejora de la acción preventiva. En primer lugar, las condiciones en que se efectuó la evaluación pueden cambiar y el cambio pasar desapercibido; por ello, es necesario realizar controles, revisiones o inspecciones de las instalaciones, equipos, ambiente o forma de realización del trabajo para prevenir riesgos e identificar oportunidades de mejora (control activo). De todas formas, siempre cabe la posibilidad de que la evaluación, la planificación o el seguimiento de la acción preventiva sean incorrectas y ésta, por tanto, ineficaz; por ello puede ser necesario, además, controlar

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

la salud de los trabajadores y, en todo caso, investigar cualquier suceso (daño, accidente o incidente) que ponga de manifiesto la insuficiencia o inadecuación de la actividad preventiva (control reactivo).

2.6. Documentación El empresario tiene que elaborar y mantener a disposición de la autoriddd competente la siguiente documentación: a. Plan de prevención de riesgos laborales. b. Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores. c. Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y en su caso, material de protección que deba utilizarse. d. Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores y conclusiones obtenidas de los mismos. e. Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo. La documentación de un Plan es, básicamente, la descripción del Sistema (o parte del mismo) ya implantado y/o que se quiere implantar. Describir (documentar) un Sistema de prevención supone describir las actuaciones (funciones y actividades) e interrelaciones, en prevención de las distintas unidades del Sistema general de gestión (incluyendo la modalidad organizativa y la actuación de los recursos especializados: Véase el apartado 3).

Puede ser interna o externa, según el auditor sea, o no, de la propia empresa. Las empresas que no concierten totalmente el servicio de prevención con una entidad especializada (servicio de prevención ajeno) deberán someter su sistema de prevención a una auditoría externa. La entidad auditora debe ser acreditada por la autoridad laboral. La primera auditoría debe llevarse a cabo dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de la actividad preventiva. La auditoría deberá ser repetida cada cuatro años, excepto cuando se realicen actividades de especial peligrosidad, en que el plazo será de dos años.

3. MODALIDADES DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS ¡RECUERDE! El empresario necesita disponer de los recursos especializados, propios o concertados, necesarios para promover y apoyar la integración de la prevención en el sistema de gestión, así como para realizar las actividades preventivas que exigen conocimientos o medios especializados. En concreto, los recursos humanos deben disponer de la formación adecuada (de nivel básico, intermedio o superior) para desarrollar las actividades preventivas que tengan encomendadas. La formación de nivel intermedio o superior debe corresponder a una titulación académica o profesional determinada por la autoridad educativa o haber sido certificada por una entidad de formación acreditada por la autoridad laboral.

2.7. Auditoría La auditoría es un instrumento de gestión que persigue reflejar la imagen fiel del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, valorando su eficacia y detectando las deficiencias que puedan dar lugar a incumplimientos de la normativa vigente para permitir la adopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento y mejora.

Estos recursos deberán ser determinados por el empresario con arreglo a alguna de las siguientes modalidades: • Asumiendo personalmente la actividad preventiva. • Designando trabajadores para realizar la actividad preventiva.

MÓDULO 3, UNIDAD 1

• Constituyendo un servicio de prevención propio. • Contratando un servicio de prevención ajeno. Antes de continuar LEA ATENTAMENTE Y DIFERENCIE LOS DOS TIPOS DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN: • Servicio de Prevención Propio es el conjunto de medios humanos y materiales de la empresa necesarios para la realización de las actividades de prevención. • Servicio de Prevención Ajeno es el prestado por una entidad especializada que concierte con la empresa la realización de actividades de prevención, el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgos o ambas actuaciones conjuntamente. Ambos Servicios han de tener carácter interdisciplinario. A continuación verá Ud. los requisitos básicos de cada una de las cuatro modalidades.

3.1. Asunción personal por el empresario de la actividad preventiva El empresario podrá realizar personalmente las actividades preventivas cuando: • La empresa tenga menos de seis trabajadores. • Las actividades de la empresa no estén incluidas en el Anexo I del Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención. • El empresario desarrolle habitualmente su actividad profesional en la empresa. • El empresario tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar. No podrá realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores, que deberá cubrir por alguna de las restantes modalidades.

3.2. Designación de trabajadores En esta modalidad el empresario designa uno o varios trabajadores para desarrollar

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la actividad preventiva. El número de trabajadores y el tiempo que necesiten serán los necesarios para realizar adecuadamente sus funciones preventivas. Los trabajadores designados han de tener la capacidad correspondiente a las funciones a desempeñar.

3.3. Servicio de prevención propio Es obligatorio que el empresario constituya un Servicio de Prevención Propio: • Cuando la empresa tenga más de 500 trabajadores. • Cuando la empresa tenga entre 250 y 500 trabajadores y sus actividades estén incluidas en el Anexo I del Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención. • Cuando la empresa no esté incluida en los apartados anteriores pero así lo decida la autoridad laboral. El Servicio de Prevención Propio debe ser una unidad organizativa específica, sus integrantes deben dedicar de forma exclusiva su actividad a la prevención y debe contar con las instalaciones y medios humanos y materiales necesarios.

¡IMPORTANTE! Podrán constituirse Servicios de Prevención mancomunados entre empresas que desarrollen simultáneamente actividades dentro de un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial. Los Servicios de Prevención mancomunados tendrán la consideración de servicios de prevención propios.

3.4. Servicio de prevención ajeno El empresario deberá concertar con uno o varios Servicios de prevención ajenos, acreditados por la autoridad laboral, las actividades preventivas que, estando obligado a desarrollar, no pueda efectuar con medios

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

propios, sea asumiéndolas personalmente, encomendándolas a un trabajador designado o a través de un Servicio de prevención propio. El concierto se hará por escrito debiendo constar en el mismo: • La identificación de la entidad especializada que actúa como servicio de prevención ajeno y de la empresa destinataria de la actividad, así como de los centros de trabajo de la misma a los que dicha actividad se contrae. • Los aspectos de la actividad preventiva a desarrollar en la empresa, especificando actuaciones concretas y los medios para llevarlas a cabo. Entre dichas actuaciones, el concierto incluirá obligatoriamente la valoración de la efectiviad de la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa.

• La actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores, en su caso. • La duración del concierto y las condiciones económicas del concierto. Los Servicios de Prevención ajenos han de ser acreditados por la autoridad laboral.

¡RECUERDE! Cada empresa deberá organizar la actividad preventiva de acuerdo con una de las cuatro modalidades establecidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención. Existe la posibilidad de constituir Servicios de Prevención Mancomunados. Los Servicios de Prevención Ajenos han de ser acreditados por la autoridad laboral.

RESUMEN La Normativa de Prevención de Riesgos Laborales supone el realizar las actividades de prevención a través de un modelo activo de actuación. Esto quiere decir que obliga a ir por delante de los problemas. La gestión de la actividad preventiva supone un conjunto de acciones que podemos agrupar en dos grandes bloques: a) Diseñar e implantar un Sistema de prevención de riesgos laborales que especifique las actuaciones e interrelaciones, en materia de prevención de las distintas unidades del sistema de gestión de la empresa. El Sistema deberá gestionar la prevención siguiendo un proceso cíclico: 1) Evaluación de los riesgos, 2) Planificación de la prevención (de medidas -materiales u organizativas- y actividades para la reducción y control de los riesgos) 3) Ejecución y seguimiento de lo planificado y 4) Control de cambios, incidentes, daños y oportunidades de mejora. b) Disponer de los recursos especializados, humanos y materiales, propios o concertados, necesarios para promover y apoyar la integración de la prevención en el sistema de gestión, así como para realizar las actividades preventivas que exigen conocimientos o medios especializados. Estos recursos deberán ser determinados por el empresario con arreglo a las siguientes modalidades: a) Asumiendo personalmente la actividad preventiva b) Designando trabajadores c) Constituyendo un servicio de prevención propio d) Contratando un servicio de prevención ajeno.

MÓDULO 3, UNIDAD 1

CUESTIONARIO DE AUTOCOMPROBACIÓN 1.

¿Cuándo pueden constituirse Servicios de Prevención mancomunados?

.......................................................................... .......................................................................... .......................................................................... 2.

¿Qué es el Plan de Prevención?

.......................................................................... .......................................................................... 3.

La integración de la prevención en el Sistema general de gestión de la empresa supone:

.......................................................................... .......................................................................... .......................................................................... 4.

¿Cuándo puede el empresario asumir la Prevención de Riesgos Laborales? A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5.

¿En que dos grandes bloques pueden agruparse las acciones necesarias para gestionar la prevención de riesgos laborales? A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6.

¿Qué documentación tiene que elaborar y mantener a disposición de la Autoridad competente el empresario? A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . B. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . E. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7.

¿Qué es una Auditoria?

.......................................................................... .......................................................................... 8.

¿De que tipo pueden ser las auditorias?

.......................................................................... ..........................................................................

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Podrán constituirse Servicios de Prevención mancomunados entre empresas que desarrollen simultáneamente actividades dentro de un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial.

2.

Es la herramienta mediante la que se integra la prevención en el sistema general de gestión de la empresa.

3.

La integración de la prevención en el conjunto de actividades que éste gestiona y (por tanto) en sus distintas unidades y niveles jerárquicos.

4.

A.

Cuando la empresa tenga menos de seis trabajadores.

B.

Cuando las actividades de la empresa no estén incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.

C.

Cuando desarrolle su actividad habitualmente en la empresa.

D.

Cuando tenga la capacidad corresondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar.

A.

Diseñar e implantar un sistema de prevención de riesgos laborales.

B.

Disponer de los recursos especializados humanos y materiales, propios o concertados.

A.

Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

B.

Evaluación de los Riesgos para la seguridad y salud en el trabajo

C.

Planificación de la actividad preventiva.

D.

Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores y las conclusiones obtenidas de los mismos.

E.

Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo.

5.

6.

7.

La auditoria es un instrumento de gestión que persigue reflejar la imagen fiel del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa valorando su eficacia y detectando las deficiencias que puedan dar lugar a incumplimientos de la normativa vigente para permitir la adopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento y mejora.

8.

Externas e internas.

MÓDULO 3, UNIDAD 1

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ANOTACIONES

UNIDAD DIDÁCTICA

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Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo ESTRUCTURA DE LA UNIDAD INTRODUCCIÓN OBJETIVOS CONTENIDOS

1. INSTITUCIONES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES 2. ORGANISMOS NACIONALES 3. ORGANISMOS DE CARÁCTER AUTONÓMICO RESUMEN EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS RESPUESTAS

MÓDULO 3, UNIDAD 2

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INTRODUCCIÓN En materia de seguridad y salud en el trabajo destaca el papel que desempeñan determinados organismos internacionales, cuyas normas y recomendaciones, una vez que se incorporan al Derecho interno español, constituyen un bloque normativo de especial importancia en el orden laboral. Corresponde al Estado, por medio de su actividad legislativa, fijar, por un lado, las medidas de seguridad y salud mínimas, que deberán respetar empresarios y trabajadores y, por otro, las responsabilidades a exigirles en caso de incumplimiento. En vía administrativa los organismos públicos del Estado intervienen realizando tres tipos de funciones: una función de regulación y desarrollo normativo (Reglamentos que pueden tomar la forma de Reales Decretos u Órdenes Ministeriales), una función controladora (inspectora y sancionadora) y una función de promoción y fomento de las actividades preventivas. La reparación de los daños ocasionados por los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales corresponde al campo de la seguridad social. En el capítulo II de la LPRL se ordena la actuación de las diversas Administraciones públicas con competencia en materia preventiva. En esta Unidad, el alumno podrá conocer las Instituciones y Organismos públicos más importantes relacionados con la seguridad y salud en el trabajo y las funciones y los servicios que se desarrollan en esta área.

OBJETIVOS



Identificar las Instituciones y Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.



Conocer las funciones y servicios atribuidos a la Administración pública en materia de prevención de riesgos laborales.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CONTENIDOS 1.

INSTITUCIONES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES 1.1.

OIT

1.2.

La Unión Europea

2.

ORGANISMOS NACIONALES

3.

ORGANISMOS DE CARÁCTER AUTONÓMICO

MÓDULO 3, UNIDAD 2

1. INSTITUCIONES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES Dentro del Derecho del Trabajo, y especialmente en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, adquieren especial importancia los Convenios elaborados en el seno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los Tratados y Directivas europeas asumidas por España al formar parte, como miembro de pleno derecho, de la Unión Europea.

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de máxima importancia el Convenio 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, adoptado con fecha 22 de junio de 1981. Buena parte de los principios y disposiciones que luego se trasladaron a la Directiva Marco y de ahí a la Ley de Prevención provienen de este Convenio. En la misma fecha se adoptó la Recomendación 164, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores.

1.2. LA UNIÓN EUROPEA 1.1. OIT La OIT, con sede en Ginebra, es sin duda una de las organizaciones internacionales laborales más importantes, tanto por su antigüedad, como por la intensidad de sus actividades y el gran número de países a ella acogidos. Entre las funciones típicas que la OIT realiza, cabe destacar las siguientes: • Asistencia técnica. • Recopilación y difusión de información. • Elaboración y aprobación de Convenios y Recomendaciones internacionales.

Los Convenios de la OIT, una vez ratificados por un Estado miembro concreto, son instrumentos destinados a la creación de obligaciones de carácter internacional. Las Recomendaciones, sin embargo, no generan ningún tipo de obligación internacional, estando orientadas a establecer pautas o directrices para el posterior desarrollo de la legislación laboral en los Estados miembros. España es uno de los Estados que más Convenios de la OIT ha ratificado, siendo

Desde el 1 de enero de 1986, fecha a partir de la cual España entró a formar parte de la entonces llamada Comunidad Económica Europea, nos hemos visto obligados a armonizar nuestro Derecho interno de acuerdo con las directivas de la Unión. En este sentido, el Acta Única Europea, que entró en vigor el 1 de julio de 1987, supuso un importante paso adelante hacia la consecución de un espacio social europeo, ocupando la seguridad y salud de los trabajadores un lugar prioritario, especialmente como consecuencia de las disposiciones relativas a la Política Social y al Mercado Interior.

La primera decisión social de envergadura adoptada en la línea del Acta Única, la Directiva Marco, fue aprobada en junio de 1989 y constituye aún hoy día la piedra angular de la actual política comunitaria.

1.2.1. Las Instituciones de la Unión La Unión Europea consta de cuatro Instituciones básicas: el Consejo, la Comisión, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Consejo

El Tribunal de Justicia

El Consejo está compuesto por un representante de cada uno de los veinticinco Estados miembros que integran la Unión Europea, normalmente ministros responsables de los asuntos que son objeto de discusión: Asuntos Exteriores, Economía, Trabajo y Asuntos Sociales, etc.

La función del Tribunal de Justicia garantiza el respeto a la legislación comunitaria por medio de sentencias que aseguran, además, una interpretación uniforme del derecho comunitario.

La función esencial del Consejo es la de ejercer el poder legislativo o normativo, aprobando, modificando o rechazando las propuestas que le presenta la Comisión.

La Comisión Compete a la Comisión velar por los intereses de la Unión y, más concretamente, asegurar la aplicación, desarrollo y cumplimiento de los Tratados y del conjunto de normas comunitarias. La Comisión elabora y presenta las propuestas normativas en el conjunto de las políticas comunitarias. La Comisión está compuesta por comisarios, responsables de áreas específicas, que son designados por sus respectivos Estados miembros para un mandato de 5 años.

El Parlamento Europeo El Parlamento Europeo está compuesto por Diputados elegidos por sufragio universal directo en cada uno de los Estados de la Unión. Los Diputados se agrupan dentro del Parlamento por grupos políticos compuestos por representantes de varios países en virtud de la línea ideológica que representan. El Parlamento participa en el proceso legislativo de la Unión mediante la formulación de dictámenes consultivos propuestos por la Comisión. Posteriores Tratados han ampliado la influencia del Parlamento, que puede, por medio de enmiendas, mejorar la legislación propuesta e incluso aprobar junto con el Consejo reglamentos, directivas u otros actos jurídicos en numerosas materias.

1.2.2. Otras Instituciones y Órganos de la Unión El Consejo Europeo Se crea en 1974, pero no se incorpora en los Tratados hasta el Acta Única. Está compuesto por los jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, así como por el Presidente de la Comisión. El Consejo Europeo se reúne al menos dos veces al año. Aunque no adopta decisiones con valor jurídico, sus funciones son muy amplias ya que establece las orientaciones generales de la unión común e impulsa el desarrollo de la integración europea.

El Comité Económico y Social Órgano de obligada consulta en determinadas materias por el Consejo y la Comisión. La discusión y preparación de los dictámenes corren a cargo de las secciones especializadas. Sus dictámenes se adoptan por mayoría simple. Todas las normas de cierta importancia se consultan al Comité. En materia específica de Seguridad y Salud en el Trabajo cabe destacar los siguientes Órganos de la Unión: El Comité Consultivo para la seguridad, la higiene y la protección de la salud en el centro de trabajo, creado en 1974, y reformado en el 2003 con un nuevo nombre: Comité Consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo, está encargado de asistir a la Comisión en la preparación y puesta en práctica de las actividades que se realicen en el ámbito de la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo.

MÓDULO 3, UNIDAD 2

Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo

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así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas.

La Agencia, con sede en Bilbao (España), se crea con el objeto de recoger toda la información técnica, científica y económica sobre la investigación relativa a la salud y la seguridad en el trabajo, examinar y validar esta información y difundirla a través de una Red. Para desarrollar sus funciones la Agencia cuenta con la colaboración de Centros nacionales de referencia, tantos como países miembros integran hoy la Unión. En España, el Centro de referencia nacional es el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo Es un organismo autónomo con sede en Dublín (Irlanda), creado por la Comunidad Europea, cuya labor fundamental se centra en la recogida, análisis, debate y difusión de la información para la mejora de las condiciones sociales y relacionadas con el trabajo (empleo, organización del trabajo, salud y seguridad, etc).

¡RECUERDE! La información europea sobre Prevención de Riesgos Laborales se difunde a través de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. ORGANISMOS NACIONALES 2.1. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) Adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Secretaría General de Empleo, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado, que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo,

La LPRL establece que al INSHT le corresponden, entre otras, las funciones de asesoramiento técnico, promoción y desarrollo de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación, desarrollo de programas de cooperación internacional, etc., contando con la colaboración, en su caso, de los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas en la materia. Asimismo el Instituto prestará, de acuerdo con las Administraciones competentes, apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación. Son órganos del INSHT: • La Dirección del Instituto, quien, a su vez, ejerce la Secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Su sede está en la C/ Torrelaguna,73 28027-Madrid. • El Consejo General, en el que están representadas las Organizaciones Sindicales y Empresariales y la Administración Pública, que se constituye como órgano participativo en la gestión del Instituto. • Los Centros Nacionales de Seguridad e Higiene en el Trabajo: – El Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, con sede en Barcelona. (C/ Dulcet, 2-10 08034 – Barcelona). – El Centro Nacional de Medios de Protección, con sede en Sevilla. (C/ Carabela La Niña,2 41007 – Sevilla). – El Centro Nacional de Verificación de Maquinaria, con sede en Vizcaya. (Camino de la Dinamita, s/n, Monte Basatxu-Cruces, Baracaldo 48903 – Vizcaya).

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

– El Centro Nacional de Nuevas Tecnologías, con sede en Madrid. (C/ Torrelaguna, 73 28027 – Madrid). A nivel periférico se mantienen dependientes del INSHT los Gabinetes Técnicos Provinciales de Ceuta y Melilla.

¡RECUERDE!

¡RECUERDE! La vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

2.3. Administraciones Públicas competentes en materia sanitaria

La misión principal del INSHT se realiza a través de dos tipos de actividades:

Según la LPRL, les corresponden, entre otras, las siguientes funciones:

a) Análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

• El establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas por los servicios de prevención actuantes.

b) Promoción y apoyo a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

• La implantación de sistemas de información adecuados: mapas de riesgos laborales, estudios epidemiológicos, etc.

2.2. Inspección de Trabajo y Seguridad Social Según la LPRL, corresponde a la Inspección de Trabajo vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral; proponiendo, en su caso, la sanción que corresponda aplicar. Sin menoscabo de su misión inspectora, corresponde a la Inspección de Trabajo: • Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene enconmendada. • Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social.

• La supervisión de la formación impartida en el ámbito sanitario. • La elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores.

2.4. Otras Administraciones Públicas relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo En el ámbito de las administraciones públicas relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, cabe destacar las competencias atribuidas al Ministerio de Industria y Energía, en relación con la ordenación y seguridad industrial, regulados en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

2.5. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

• Informar a las autoridades laborales. • Comprobar y favorecer el cumplimiento de las funciones asumidas por los servicios de prevención. • Ordenar la paralización de los trabajos en los que se advierta la existencia de riesgo grave e inminente.

Creada por la LPRL, es un órgano colegiado asesor de las administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo. La Comisión está integrada por un representante de cada una de las Comunidades

MÓDULO 3, UNIDAD 2

Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos ellos, por representantes de las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas. La Comisión conocerá y podrá informar y formular propuestas en lo referente a: • Criterios y programas en general de las actuaciones que desarrollen las administraciones públicas competentes en materia de prevención de riesgos laborales. • Proyectos de disposiciones de carácter general en materia de prevención de riesgos laborales. • Coordinación de actuaciones desarrolladas por las administraciones públicas competentes en materia laboral, sanitaria y de industria.

2.6. Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales En la LPRL se ordena la creación de una Fundación cuyo fin primordial es la promoción, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, de actividades destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Las acciones que desarrolla esta Fundación de forma directa o indirecta mediante financiación son: Acciones de información: Difusión entre empresarios y trabajadores de los principios de la acción preventiva. Acciones de asistencia técnica: Dirigidas al estudio y resolución de problemas derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. Acciones de formación: Diseño de métodos y contenidos de programas que pudieran ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, en especial en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas. Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa: Fomento del conocimiento y la aplicación por empresarios y trabajadores de las disposiciones legales, regla-

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mentarias y convencionales en materia de Prevención de Riesgos Laborales, en especial a través de mecanismos e instrumentos desarrollados en los ámbitos sectoriales y territoriales de la actividad productiva.

3. ORGANISMOS DE CARÁCTER AUTONÓMICO La Constitución Española, en su artículo 149.1.7º, reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. En este sentido, las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias, en materia de ejecución de la legislación laboral, disponen de la potestad sancionadora, que se efectuará de acuerdo con su regulación propia, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente y conforme con los respectivos Estatutos Autonómicos, las funciones y servicios que anteriormente venían desarrollando los Gabinetes Técnicos Provinciales del INSHT han quedado traspasados a las Comunidades Autónomas. Los órganos de dichas Comunidades con competencias en Prevención de Riesgos Laborales reciben distintas denominaciones, según la Comunidad de que se trate. Desarrollan funciones como la investigación de accidentes, la formación y el asesoramiento técnico en estas materias y constituyen, junto con la Inspección de Trabajo, los órganos de la Administración que mantienen una relación más directa con los trabajadores y las empresas.

¡RECUERDE! Las sanciones por incumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales son impuestas por las autoridades laborales competentes a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESUMEN La OIT es una de las organizaciones internacionales más importantes en el orden laboral. Entre sus resoluciones destaca el Convenio nº 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, ratificado por España en el año 1981. Desde que España entró a formar parte de la Unión Europea hemos tenido que incorporar a nuestro Derecho interno las directivas que se elaboran en la Unión. La Unión Europea consta de cuatro instituciones básicas: el Consejo, la Comisión, el Parlamento y el Tribunal de Justicia. Además, existen otros organismos especializados de Seguridad y Salud de los Trabajadores, como son: • El Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. • La Agencia Europea para la Seguridad en el Trabajo. • La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo. Adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado, a quien se le encomienda el estudio y análisis de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. La Dirección del Instituto ejerce la Secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, creada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), como órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas de prevención de riesgos laborales. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ejerce la función de vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, proponiendo, en caso de incumplimiento, la sanción que corresponda aplicar. Las actuaciones de las administraciones públicas competentes en materia de salud laboral se llevan a cabo conforme a los aspectos señalados en la Ley General de Sanidad. Los Órganos competentes del Ministerio de Industria y Energía regulan y ordenan la seguridad industrial conforme a la Ley 21/1992, de Industria. Las Comunidades Autónomas que han asumido las competencias en materia laboral disponen de la potestad sancionadora por el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Igualmente, las funciones y servicios que anteriormente venían desarrollando los Gabinetes Técnicos Provinciales del INSHT han quedado traspasados a las Comunidades Autónomas, a excepción de los Gabinetes de Ceuta y Melilla.

MÓDULO 3, UNIDAD 2

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EJERCICIOS DE AUTOCOMPROBACIÓN PREGUNTAS 1.

¿Qué diferencia existe entre un Convenio y una Recomendación de la OIT?

2.

Cite al menos tres instituciones u órganos de la Unión Europea.

3.

¿Cómo se denomina el órgano que integra a los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros de la Unión Europea?

4.

¿Cuál es el Centro de referencia nacional en España de la Agencia para la Seguridad y Salud en el Trabajo? Señale la respuesta correcta: • Las Comunidades Autónomas. • El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. • La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

5.

¿A qué órgano de la Administración corresponde vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales? Señale la solución correcta: • Al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. • A la Inspección de Industria. • A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

6.

¿A qué órgano de la Administración corresponde evaluar y controlar las actuaciones de carácter sanitario que se realicen en las empresas? • A las Autoridades Sanitarias. • Al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. • A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

7.

La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ¿es un órgano colegiado del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo?

8.

En la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ¿están integradas las Comunidades Autónomas?

9.

Las Comunidades Autónomas ¿ejercen alguna función en materia de prevención de riesgos laborales?

10. ¿Cuál de los siguientes órganos de la Administración puede ordenar la paralización de los trabajos en los que exista riesgo grave e inminente? • La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. • La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. • El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

RESPUESTAS 1.

Los Convenios ratificados son de obligado cumplimiento en los Estados miembros que los han ratificado. Las Recomendaciones establecen pautas o directrices, pero no obligaciones.

2.

El Consejo. La Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Consejo Europeo. El Comité Económico y Social. El Comité Consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo.

3.

Consejo Europeo.

4.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

5.

A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

6.

A las Autoridades Sanitarias.

7.

No, es un órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas, que tiene su secretaría en la Dirección del INSHT.

8.

Sí, la Comisión está integrada por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas, por 17 miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos ellos, por representantes de las organizaciones sindicales y empresariales.

9.

Sí, las competencias que antes desarrollaban los Gabinetes Técnicos Provinciales del INSHT.

10. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

MÓDULO 3, UNIDAD 2

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ANOTACIONES

DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA DEL MÓDULO

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BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 3, DOCUMENTACIÓN BÁSICA DE CONSULTA

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BIBLIOGRAFÍA •

EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES GÓMEZ-CANO HERNÁNDEZ, M. (Coord) y otros técnicos del INSHT. Documentos Divulgativos (DD. 014). 2ª edición (1998). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS BESTRATÉN BELLOVI, M; NOGAREDA CUIXART, C. y otros técnicos del INSHT. 4ª Edición revisada (2000). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA BESTRATÉN BELLOVI, M; MARRÓN, A. y otros técnicos del INSHT. (2001). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Documentos de Criterios (CR.002). (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



BASES PARA EL ANÁLISIS DE LAS ACTUACIONES DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS Documentos de Criterios (CR.001). (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.



ORIENTACIONES PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SISTEMA GENERAL DE GESTIÓN DE LA EMPRESA Documentos de Criterios (CR.003). (2003). Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.