Liquidacion Sociedad Conyugal

Señor NOTARIO XXXXXX DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. E. S. D. ASUNTO: DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL BLANCA

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Señor NOTARIO XXXXXX DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. E. S.

D.

ASUNTO: DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL BLANCA MARIA RIOS GAITAN – CESAR ARMANDO LAVERDE ROA. XXXXXXXXXXXXXXS, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad, Identificado con la cédula de ciudadanía No. XXX de Bogotá, abogado en ejercicio, con tarjeta Profesional No. XXXXX del Consejo Superior de la Judicatura quien actúa en nombre y Representación de los señores XXXXX, mayor de edad, domiciliada en Bogotá, identificada con la cédula de ciudadanía No.XXXXXX de Bogotá, XXXXXXXX, mayor de edad, domiciliado en Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número de Bogotá; según poder que se adjunta y manifestó su propósito de celebrar el acto que definen las siguientes estipulaciones de acuerdo con el poder concedido: PRIMERA.- MATRIMONIO: Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, contrajeron matrimonio por el rito Católico el día 29 de Junio de 1.991 en la Iglesia de Santa Marta de Bogotá, matrimonio Registrado en la Notaria 20 del Circulo de Bogotá y cuyo registro se protocoliza con esta escritura. Que en virtud del matrimonio, se constituyó entre ellos una sociedad conyugal de bienes, al tenor del artículo 180 del Código Civil y según las normas del Título XXII Libro 4º. Del mismo código y de la Ley 28 de 1932. SEGUNDA.- Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA no pactaron Capitulaciones Matrimoniales. TERCERA.- Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA son propietarios de un inmueble ubicado en la calle 151 # 115 – 63 Apto 301de la ciudad de Bogotá y no tienen bienes propios que no formen parte de la sociedad conyugal, adquiridos antes del matrimonio y después de este, a título gratuito. CUARTA.- Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, efectúan la liquidación amistosa de la sociedad conyugal, por mutuo acuerdo y garantizando que no se causaran perjuicios a terceros, de acuerdo con la distribución del bien social que se relaciona más adelante. QUINTA.- BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, manifiestan que la Hipoteca constituida mediante Escritura Pública No. 3937 del 19 de Diciembre de 1995 otorgada en la Notaria 27 del Circulo de Bogotá se encuentra en trámite de cancelación y anexamos el paz y salvo respectivo, así mismo se encuentra en trámite la cancelación del patrimonio de familia constituido mediante Escritura Pública No. 3937 del 19 de Diciembre de 1995 otorgada en la Notaria 27 del Circulo de Bogotá y que grava el inmueble materia de esta liquidación. ACTIVO. SEXTA: El activo Bruto de la sociedad conyugal conformado por los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA está

integrado por el bien que se describe a continuación: El apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) de la Calle CIENTO CINCUENTA Y UNO ( 151 ) número CIENTO QUINCE – SESENTA Y TRES ( 115 – 63 ) de Bogotá, Antes apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) que forma parte del edificio número DOS (No. 2) de la manzana SETENTA Y TRES (Mz.73.) ubicado en la. URBANIZACION COMPARTIR SUBA del Distrito Capital de Santafé de Bogotá, de la CALLE CIENTO CUARENTA Y NUEVE (Cll.149) NUMEROS CIENTO CATORCE H-SESENTA Y TRES/CIENTO CATORCE H-SESENTA Y NUEVE (No.114H-63/114H-69) de la nomenclatura urbana de Santafé de Bogotá D.C. El lote de terreno sobre el cual se levanta el edificio número DOS (No. 2.) de la Manzana SETENTA Y TRES (Mz.73), tiene una cabida superficiaria de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (144.00 M2); identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 050- 20226220 y comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON LA CALLE CIENTO CUARENTA NUEVE (cll.149). POR EL SUR: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON LOS LOTES NUMEROS VEINTICINCO (25) y VEINTISEIS (26) LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. POR EL ORIENTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON EL LOTE NUMERO CINCO (5) DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. POR EL OCCIDENTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON EL LOTE NUMERO DOS (2) DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. El apartamento número TRESCIENTOS UNO. (No. 301) objeto de la presente Liquidación se identifica con el folio de matrícula inmobiliaria número 50N20226237, Registro Catastral en mayor extensión número SBR-912. Se describe y alindera de la siguiente manera: Apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) de la Calle CIENTO CINCUENTA Y UNO ( 151 ) número CIENTO QUINCE – SESENTA Y TRES ( 115 – 63 ) de Bogotá, Antes APARTAMENTO NUMERO TRESCIENTOS UNO (301): TERCER PISO- Calle ciento cuarenta y nueve (Cll. 149) número ciento catorce H sesenta y tres/ciento catorce H sesenta y nueve (114H- 63 /114H - 69) de Bogotá, con AREA TOTAL PRIVADA, de cincuenta y un metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados (51.73M2), con AREA CONSTRUIDA PRIVADA de cincuenta y un metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados (51.73M2); sus linderos son: HORIZONTALES: DE LOS PUNTOS: A al B: En línea quebrada de dos metros con veinticinco milímetros (2.025mtrs), tres metros con sesenta centímetros (3.60mtrs) con muro común de fachada que lo separa de la calle ciento cuarenta y nueve (CII.149). B al C: En línea quebrada de seis metros con trescientos veinticinco milímetros (6.325mtrs), cincuenta centímetros (0.50mtrs), ochocientos setenta y cinco milímetros (0.875mtrs), cincuenta centímetros (0.50mtrs) y cinco metros con ciento setenta y cinco milímetros (5.175mtrs.) con muro común que lo separa del edificio

número tres (3), manzana setenta y tres (Mz.73), de la calle ciento cuarenta y nueve (Cll. 149), número ciento catorce H cincuenta y uno / ciento catorce H cincuenta y siete (114H - 51/ 114H - 57), de la misma urbanización. C al D: En línea recta de dos metros con seiscientos veinticinco milímetros (2.625mtrs), con muro común medianero que lo separa del apartamento trescientos dos (302), del edificio número trece (13), manzana setenta y tres (Mz.73), de la calle ciento cuarenta y ocho (CIl.148), número ciento catorce H sesenta y cuatro / ciento catorce H setenta (114H -64/ 114H- 70), de la misma urbanización. D al E: En línea quebrada de tres metros con quince centímetros (3.15mtrs) y tres metros con quince centímetros (3.15mtrs.), con muros de fachada común que lo separa del vacío sobre el patio del apartamento ciento uno (101), del mismo edificio. E al F: En línea recta de seis metros con quince centímetros (6.15mtrs) con muro común medianero que lo separa del apartamento trescientos dos (302), del mismo edificio. F al A: En línea quebrada de dos metros con ciento setenta y cinco milímetros (2.175mtrs), quince centímetros (0.15mtrs) y noventa centímetros (0.90mtrs), con muro común que lo separa del hall de acceso común del mismo edificio. VERTICALES: NADIR: Con placa común de entre piso que los separa del apartamento doscientos uno (201), del segundo piso del mismo edificio. CENIT: Con cubierta común del edificio. DEPENDENCIAS: Salón – comedor, hall, cocina, zona de ropas, baño, tres (3) alcobas, cada una con espacio para closet. ALTURAS: Variable entre dos metros con doscientos dieciocho milímetros (2.218mtrs) y tres metros con veinte centímetros (3.20mtrs) en áreas cubiertas. COEFICIENTE DE COPROPIEDAD: Diecisiete punto cero por ciento (17.0%), sobre los bienes comunes del edificio. El inmueble descrito y alinderado, comprende no solo los bienes susceptibles de dominio particular y exclusivo conforme al Régimen de Propiedad Horizontal a que está sometido, sino el derecho de copropiedad en el porcentaje señalado para el inmueble en el Reglamento de Propiedad contenido en la Escritura número: 2.388 del 17 de Mayo de 1995 de la Notaría Quinta (5ª.) debidamente inscrito en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 050-20226220. Asignado en el edificio número dos (No.2), de la Manzana setenta y tres (MZ.73) y en los correspondientes Folios de Matrícula Inmobiliaria de los apartamentos que lo conforman. TRADICIÓN:

Los señores CESAR ARMANDO LAVERDE ROA y BLANCA MARÍA RÍOS GAITAN adquirieron el inmueble por compraventa que de él hicieran a la fundación EMPRESA PRIVADA COMPARTIR por escritura pública número 3.937 del 19 de diciembre de 1995 de la notaria 27 de Bogotá, debidamente inscrito al folio de matrícula inmobiliaria número 50N – 20226237 de la oficina de registros de instrumentos públicos de Bogotá – zona norte. AVALUO: El presente bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ( $ 87.220.000.oo m/cte). TOTAL ACTIVO BRUTO: SEPTIMA: Pasivo Externo: La sociedad conyugal formada por Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, no tiene pasivo externo que inventariar. OCTAVA: Pasivo Interno : No existe pasivo interno. NOVENA: La liquidación definitiva de la sociedad conyugal conformada entre Los señores BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, se efectúa así: LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Activo bruto: OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ( $ 87.220.000.oo m/cte). Pasivo: Cero pesos ( $ 0 ) Total liquidación: OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ( $ 87.220.000.oo m/cte). DECIMA: Para establecer el haber de la sociedad conyugal se resta el pasivo del activo dando un neto de OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ( $ 87.220.000.oo m/cte) del cual corresponde a cada uno de los cónyuges el cincuenta por ciento ( 50 % ) a título de gananciales, es decir la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES SEIS CIENTOS MIL PESOS M/CTE ( $ 43.600.000.oo ). El cónyuge CESAR ARMANDO LAVERDE ROA , de manera libre y voluntaria manifestó que renunció a los gananciales que le correspondan o puedan corresponder dentro de la presente liquidación de la sociedad conyugal y los cedió en favor de la cónyuge BLANCA MARIA RIOS GAITAN y esta manifiesta que acepta de manera libre y voluntaria los mencionados gananciales .

DÉCIMAPRIMERA: De acuerdo con lo antes determinado se realiza la distribución de bienes entre los cónyuges BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA, como sigue: ADJUDICACIONES HIJUELA UNICA, para la cónyuge BLANCA MARIA RIOS GAITAN identificada con la cédula de ciudadanía 51.937.410 de Bogotá. Para cubrir este valor se le adjudica el siguiente bien: PARTIDA UNICA : El 100 % del apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) de la Calle CIENTO CINCUENTA Y UNO ( 151 ) número CIENTO QUINCE – SESENTA Y TRES ( 115 – 63 ) de Bogotá, Antes apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) que forma parte del edificio número DOS (No. 2) de la manzana SETENTA Y TRES (Mz.73.) ubicado en la. URBANIZACION COMPARTIR SUBA del Distrito Capital de Santafé de Bogotá, de la CALLE CIENTO CUARENTA Y NUEVE (Cll.149) NUMEROS CIENTO CATORCE HSESENTA Y TRES/CIENTO CATORCE H-SESENTA Y NUEVE (No.114H63/114H-69) de la nomenclatura urbana de Santafé de Bogotá D.C. El lote de terreno sobre el cual se levanta el edificio número DOS (No. 2.) de la Manzana SETENTA Y TRES (Mz.73), tiene una cabida superficiaria de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (144.00 M2); identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 050- 20226220 y comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON LA CALLE CIENTO CUARENTA NUEVE (cll.149). POR EL SUR: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON LOS LOTES NUMEROS VEINTICINCO (25) y VEINTISEIS (26) LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. POR EL ORIENTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON EL LOTE NUMERO CINCO (5) DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. POR EL OCCIDENTE: EN DOCE METROS (12.00 Mtrs) CON EL LOTE NUMERO DOS (2) DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION. El apartamento número TRESCIENTOS UNO. (No. 301) objeto de la presente Liquidación se identifica con el folio de matrícula inmobiliaria número 50N20226237, Registro Catastral en mayor extensión número SBR-912. Se describe y alindera de la siguiente manera: Apartamento número TRESCIENTOS UNO (No. 301) de la Calle CIENTO CINCUENTA Y UNO ( 151 ) número CIENTO QUINCE – SESENTA Y TRES ( 115 – 63 ) de Bogotá, Antes APARTAMENTO NUMERO TRESCIENTOS UNO (301): TERCER PISO- Calle ciento cuarenta y nueve (Cll. 149) número ciento catorce H sesenta y tres/ciento catorce H sesenta y nueve (114H- 63 /114H - 69) de Bogotá, con AREA TOTAL PRIVADA, de cincuenta y un metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados (51.73M2), con AREA CONSTRUIDA

PRIVADA de cincuenta y un metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados (51.73M2); sus linderos son: HORIZONTALES: DE LOS PUNTOS: A al B: En línea quebrada de dos metros con veinticinco milímetros (2.025mtrs), tres metros con sesenta centímetros (3.60mtrs) con muro común de fachada que lo separa de la calle ciento cuarenta y nueve (CII.149). B al C: En línea quebrada de seis metros con trescientos veinticinco milímetros (6.325mtrs), cincuenta centímetros (0.50mtrs), ochocientos setenta y cinco milímetros (0.875mtrs), cincuenta centímetros (0.50mtrs) y cinco metros con ciento setenta y cinco milímetros (5.175mtrs.) con muro común que lo separa del edificio número tres (3), manzana setenta y tres (Mz.73), de la calle ciento cuarenta y nueve (Cll. 149), número ciento catorce H cincuenta y uno / ciento catorce H cincuenta y siete (114H - 51/ 114H - 57), de la misma urbanización. C al D: En línea recta de dos metros con seiscientos veinticinco milímetros (2.625mtrs), con muro común medianero que lo separa del apartamento trescientos dos (302), del edificio número trece (13), manzana setenta y tres (Mz.73), de la calle ciento cuarenta y ocho (CIl.148), número ciento catorce H sesenta y cuatro / ciento catorce H setenta (114H -64/ 114H- 70), de la misma urbanización. D al E: En línea quebrada de tres metros con quince centímetros (3.15mtrs) y tres metros con quince centímetros (3.15mtrs.), con muros de fachada común que lo separa del vacío sobre el patio del apartamento ciento uno (101), del mismo edificio. E al F: En línea recta de seis metros con quince centímetros (6.15mtrs) con muro común medianero que lo separa del apartamento trescientos dos (302), del mismo edificio. F al A: En línea quebrada de dos metros con ciento setenta y cinco milímetros (2.175mtrs), quince centímetros (0.15mtrs) y noventa centímetros (0.90mtrs), con muro común que lo separa del hall de acceso común del mismo edificio. VERTICALES: NADIR: Con placa común de entre piso que los separa del apartamento doscientos uno (201), del segundo piso del mismo edificio. CENIT: Con cubierta común del edificio. DEPENDENCIAS: Salón – comedor, hall, cocina, zona de ropas, baño, tres (3) alcobas, cada una con espacio para closet. ALTURAS: Variable entre dos metros con doscientos dieciocho milímetros (2.218mtrs) y tres metros con veinte centímetros (3.20mtrs) en áreas cubiertas. COEFICIENTE DE COPROPIEDAD: Diecisiete punto cero por ciento (17.0%), sobre los bienes comunes del edificio. El inmueble descrito y alinderado, comprende no solo los bienes susceptibles de dominio particular y exclusivo conforme al Régimen de Propiedad Horizontal a que

está sometido, sino el derecho de copropiedad en el porcentaje señalado para el inmueble en el Reglamento de Propiedad contenido en la Escritura número: 2.388 del 17 de Mayo de 1995 de la Notaría Quinta (5ª.) debidamente inscrito en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 050-20226220. Asignado en el edificio número dos (No.2), de la Manzana setenta y tres (MZ.73) y en los correspondientes Folios de Matrícula Inmobiliaria de los apartamentos que lo conforman. TRADICIÓN: Los señores CESAR ARMANDO LAVERDE ROA y BLANCA MARÍA RÍOS GAITAN adquirieron el inmueble por compraventa que de él hicieran a la fundación EMPRESA PRIVADA COMPARTIR por escritura pública número 3.937 del 19 de diciembre de 1995 de la notaria 27 de Bogotá, debidamente inscrito al folio de matrícula inmobiliaria número 50N – 20226237 de la oficina de registros de instrumentos públicos de Bogotá – zona norte. AVALUO: El presente bien inmueble se encuentra avaluado en la suma de OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ( $ 87.220.000.oo m/cte). DECIMASEGUNDA: Conforme a las cláusulas anteriores y de acuerdo con la Ley que regula la materia, los cónyuges BLANCA MARIA RIOS GAITAN y CESAR ARMANDO LAVERDE ROA declaran liquidada la sociedad conyugal y a paz y salvo por todo concepto proveniente de gananciales, compensaciones y restituciones en razón de herencias, legados , donaciones o por bienes aportados al matrimonio y declaran que renuncian expresamente a cualquier reclamación que por estos conceptos pudiere ocurrir y que por lo mismo modificare este acuerdo, comprometiéndose a responder ante terceros por cualquier concepto resultante de la sociedad conyugal habida entre ellos y liquidada por medio del presente documento. Señor Notario.

XXXXXXXXXXXXXX C.C. XXXXXX de Bogotá. T.P. XXXXXXXXX del C.S.J. COADYUVAMOS

BLANCA MARIA RIOS GAITAN.

CESAR ARMANDO LAVERDE ROA.

C.C. No. de Bogotá.

C.C. No. de Bogotá.