La Superintendencia de Pensiones

Nombres y matriculas Melissa Santana 2015-2506 Karla Perallón 2015-2019 Helen Martínez 2014- 0253 Profesora Apolinar

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Nombres y matriculas

Melissa Santana 2015-2506 Karla Perallón

2015-2019

Helen Martínez 2014- 0253

Profesora Apolinar De los Santos Asignatura Gerencia de seguros Grupo 3 Superintendencia de pensiones

05 de octubre 2018

Introducción El Sistema Dominicano de Pensiones constituye una de las reformas socioeconómicas de mayor trascendencia para la República Dominicana, que dota al país de un esquema financieramente sostenible, bajo una estructura de mercado en la que las inversiones son realizadas por empresas especializadas en la administración de fondos de pensiones, a la vez que ofrece cobertura universal al incluir, bajo un marco de gradualidad, a los trabajadores del sector formal, a los dominicanos residentes en el exterior, a los trabajadores independientes y a los sectores de menores ingresos de la población. El sistema previsional instituido con la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, se enmarca en el proceso de reforma a los sistemas de pensiones que desde hace varios años se evidencia alrededor del mundo, como resultado del éxito del modelo creado por Chile en los años ochenta. La alternativa de reforma de pensiones escogida por la República Dominicana constituye un modelo innovador, debido principalmente a que incorpora, de manera integral, la sostenibilidad financiera de los esquemas de capitalización individual, con la experiencia mexicana positiva en materia de centralización del proceso de recaudo y pago, así como del procesamiento de la información. Esta investigación persigue convertirse en un instrumento para conocer todo lo relacionado con esa institución. Asimismo, busca exponer las principales características de nuestro sistema de pensiones.

Objetivos

Esta investigación tiene como objetivo profundizar sobre la superintendencia de pensiones para así saber cómo esa compuesta, sus áreas, los objetivos y como funciona esta. A demás, nos enseña informaciones asicas a saber al momento de afiliarse al plan de pensiones de nesro país.

La Superintendencia de Pensiones es una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerce la función de velar por el estricto cumplimiento de la Ley 87-01 y sus normas complementarias, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el Sistema Previsional Dominicano. Las funciones principales que desempeña la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) son:    

Proteger los derechos previsionales de los afiliados y beneficiarios. Velar por la transparencia del mercado y el cumplimiento de la Ley y sus normas complementarias. Garantizar la solvencia y eficiencia de los entes del Sistema Previsional. Ser una Superintendencia altamente competitiva, moderna y eficaz.

Objetivos Institucionales    

Proteger los derechos previsionales de los afiliados y beneficiarios. Velar por la transparencia del mercado y el cumplimiento de la Ley y sus normas complementarias. Garantizar la solvencia y eficiencia de los entes del Sistema Previsional. Ser una Superintendencia altamente competitiva, moderna y eficaz.

Política de Calidad La Superintendencia de Pensiones (SIPEN) garantiza los derechos previsionales, cumpliendo con las leyes y normas complementarias, aplicando las mejores prácticas de regulación, supervisión y fiscalización al Sistema Previsional Dominicano, a través de una gestión basada en la excelencia de los servicios y la mejora continua de nuestros procesos, así como la satisfacción de las expectativas de los afiliados y sus beneficiarios.

Misión Resguardar los derechos previsionales de los afiliados y sus beneficiarios, aplicando las mejores prácticas de regulación, supervisión y fiscalización al Sistema Dominicano de Pensiones.

Visión Ser modelo de excelencia en materia de regulación, supervisión y fiscalización entre las entidades homólogas, con reconocimiento nacional e internacional.

Valores       

Liderazgo Integridad Excelencia Compromiso Social Prudencia Transparencia Trabajo en equipo

Objeto Social Velar por la sostenibilidad del Sistema Previsional, garantizando el oportuno y correcto otorgamiento de pensiones y beneficios a los afiliados y sus beneficiarios, promoviendo el conocimiento sobre el Sistema Previsional e impulsando su desarrollo.

Historia El actual Sistema Dominicano de Pensiones se instituye el 9 de mayo de 2001, con la promulgación de la Ley 8701, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Esta Ley fue resultado del consenso entre los sectores gubernamental, empleador y trabajador, donde a través de un esquema abierto y participativo, la República Dominicana se unió al grupo de países latinoamericanos que en décadas recientes han implementado una de las reformas estructurales de mayor trascendencia social y humana. El proceso de reforma de seguridad social responde a la necesidad imperiosa de dotar a los trabajadores y a las familias dominicanas de protección contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales, pues antes de la entrada en vigor de la Ley 87-01, la cobertura y los beneficios del sistema de seguros sociales existente no satisfacían plenamente estas necesidades.

Previo a la aprobación del actual Sistema Dominicano de Pensiones, existían cuatro tipos fundamentales de regímenes previsionales de reparto: I.

II. III. IV.

uno obligatorio ofrecido por el Instituto Dominicano de Seguros Sociales, IDSS, para los empleados del sector privado, que excluía los que percibían salarios superiores a un mínimo establecido; el fondo de jubilaciones y pensiones del Estado Dominicano para los funcionarios y empleados públicos; un esquema previsional para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; cajas y fondos de pensiones con carácter complementario sectorial, creados por leyes especiales.

Adicionalmente, algunas empresas contaban con planes de pensiones corporativos, como beneficio colateral para sus trabajadores, sobre la base de sus propias reglamentaciones internas. La cobertura previsional a través del IDSS se efectuaba bajo el amparo de la Ley 1896 del año 1948. Esta norma contemplaba un sistema de reparto y proveía de una pensión de vejez y de discapacidad. El sistema se caracterizaba por ser de beneficios definidos, en el que la mayoría de los trabajadores recibía apenas la pensión mínima, debido a las características estructurales de este sistema. Los trabajadores del sector público estaban afiliados a un régimen previsional particular, regido por la Ley 379 del año 1981, que modificaba el hasta entonces existente sistema de pensiones para los empleados públicos. En cuanto al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, éste funcionaba también dentro de un esquema de reparto, pero con una fórmula de beneficios definidos más generosa que los esquemas anteriores, al amparo de los decretos que rigen su funcionamiento. Durante muchos años se había discutido sobre la necesidad de dotar al país de un sistema de seguridad social integral, pero es a finales de la década de los noventa cuando las discusiones relacionadas con una reforma a la seguridad social, en particular al sistema de pensiones, comienzan a evidenciar resultados. En agosto de 1996, el entonces presidente de la República creó una Comisión Tripartita con el objetivo de desarrollar un proyecto de ley de seguridad social. Dicha Comisión preparó un proyecto que fue sometido al Congreso Nacional y que proponía un esquema de dos pilares: un primer pilar de reparto y un segundo pilar de capitalización individual. Luego, un grupo de senadores sometió al Congreso un segundo proyecto de reforma, que exhibía también dos pilares, pero a diferencia de la Comisión Tripartita, estos estaban definidos como un primer pilar de capitalización individual y un segundo financiado por el Estado y que constituía un fondo de solidaridad social.

Posteriormente, la creciente necesidad de una mejor cobertura de seguridad social fortaleció el proceso de reforma en este ámbito, con la participación de los trabajadores, el sector privado y el gobierno. Un grupo de legisladores que promovían la reforma dio origen a la creación de la primera Comisión Permanente de Seguridad Social, creada en el Senado en 1998. Dicha Comisión Permanente inició un proceso de consulta a nivel nacional, el cual contó con vistas públicas en las distintas provincias del país, en búsqueda de la identificación de las necesidades de la población. El proceso de consulta de esta reforma fue tan participativo que se extendió incluso hasta la ciudad de New York, Estados Unidos, donde los dominicanos residentes en esa ciudad expresaron sus opiniones sobre el anteproyecto de ley. Es así como posteriormente, se marca un hito en la historia del país, cuando en mayo de 2001 se aprueba la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Ésta establece el sistema previsional actual, con el propósito de incrementar el bienestar de los trabajadores asalariados, los trabajadores dominicanos residentes en el exterior y los trabajadores independientes, quienes podrán disfrutar en los años de retiro de una mejor calidad de vida, a través de un sistema que gestiona el ahorro proveniente de su trabajo, les garantiza una adecuada inversión de dichos fondos y, por consiguiente, la disponibilidad de una pensión al momento del retiro, así como de distintos beneficios previsionales. Asimismo, se establecen además esquemas de protección para la población de escasos recursos, como parte de una política general tendente a reducir los niveles de pobreza. Es a través de la referida Ley 87-01 que queda instituida la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), como una entidad estatal autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargada de proteger los derechos previsionales de los afiliados al Sistema, vigilar la solvencia de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y contribuir al fortalecimiento y sostenibilidad del Sistema Dominicano de Pensiones. Desde sus inicios, la Superintendencia de Pensiones ha estado comprometida con la implementación, consolidación y continuo perfeccionamiento del Sistema Dominicano de Pensiones, en aras de constituirse como modelo de supervisión de los sistemas previsionales.

Organigrama

Estructura organizacional de la SIPEN La estructura organizacional de la SIPEN está conformada, principalmente, por las áreas funcionales siguientes: 

Dirección planificación y desarrollo

Es la responsable de coordinar todas las actividades concernientes a la formulación y ejecución del Plan Estratégico, asegurándose de que la estrategia y los objetivos estén alineados a la Misión, Visión y Valores de la SIPEN, estableciendo los mecanismos de control y seguimiento a los Proyectos Estratégicos y las actividades de todas las áreas funcionales de la Institución, a fin de velar por la calidad de los resultados esperados. Es la instancia responsable del diseño, implementación y control del Sistema de Gestión Documental de la Institución, elaborar y coordinar la ejecución de los proyectos, así como el análisis y la mejora continua de los procesos internos con miras a consolidar el fortalecimiento institucional y el Sistema de

Gestión de Calidad de la SIPEN. La Dirección de Planificación y Desarrollo está conformada por los siguientes departamentos: Formulación, Monitoreo y Evaluación de Planes, Programas y Proyectos (PPP); Calidad en la Gestión; Desarrollo Institucional y Cooperación Internacional. 

Dirección de estudios

Entre sus funciones están la de evaluar y proyectar el funcionamiento del sistema previsional y realizar estudios en esta materia. Asimismo, la Dirección de Estudios está encargada de elaborar y difundir las estadísticas sobre el Sistema Dominicano de Pensiones, así como coordinar y desarrollar actividades de índole informativo en materia previsional, con las escuelas, universidades, organizaciones y diferentes partes interesadas de la Institución. Está conformada por los Departamentos de Análisis y Estadísticas, el Departamento de Investigación y el Departamento de la Escuela Previsional SIPEN. 

Dirección jurídica

Es el área encargada de estudiar, analizar y resolver todos los casos en materia jurídica relacionados con la SIPEN. Asimismo, debe mantener un estudio constante de las Resoluciones que en virtud de la facultad normativa conferida por la Ley 8701, constituyen normas complementarias de ese dispositivo legal. De igual modo, debe velar por el estricto cumplimiento de la potestad sancionadora de la SIPEN, de conformidad con la Ley 87-01, sobre los entes supervisados. La Dirección Jurídica está conformada por el Departamento de Litigios y el Departamento de Elaboración de Documentos Legales. 

Contraloría

Es la oficina de control interno que tiene entre sus funciones velar por la transparencia de la gestión administrativa y financiera institucional. Asimismo, ejercer los controles en la ejecución de las actividades financieras, administrativas y tecnológicas llevadas a cabo por la Superintendencia de Pensiones y verificar el apego a las normas y procesos vigentes, además de promover las mejoras de lugar y diseñar los instrumentos dirigidos a eficientizar la gestión administrativa y contribuir con el fortalecimiento del sistema de control interno de la entidad. 

Dirección de la secretaría técnica de la comisión clasificadora de riesgos y límites de inversión

Cumple la función de Secretaría Técnica de la Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión (conformada por representantes de varias instituciones según lo establecido por la Ley 87-01), instancia que toma las decisiones relativas a la clasificación de riesgos de instrumentos financieros que constituyan alternativa de inversión de los Fondos de Pensiones; a la inclusión de nuevos tipos de instrumentos financieros a la lista de alternativas de inversión para los Fondos de Pensiones y al establecimiento de los límites de inversión aplicables a los mismos.

La Dirección de la Secretaría Técnica de la Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión está conformada por el Departamento de Análisis de Riesgos, el Departamento de Diversificación de Inversiones y el Departamento de Renta Variable y Patrimonio Separado. 

Dirección de finanzas e inversiones

Fiscaliza y supervisa que las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones cumplan con lo establecido en la Ley 87-01, sus modificaciones, Reglamento de Pensiones y demás normas complementarias. Asimismo, verifica las políticas y procedimientos que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) aplican en el proceso de inversiones con la finalidad de identificar los riesgos operativos inherentes al mismo. En adición, elabora y remite diariamente el vector de precios con el cual las AFP valoran los instrumentos financieros adquiridos a favor de los Fondos de Pensiones. Esta Dirección de Finanzas e Inversiones está conformada por el Departamento Control de Inversiones y el Departamento Desarrollo de Mercados y Normativas. 

Dirección de control operativo

Tiene la responsabilidad de supervisar los entes fiscalizados en materia de su desempeño operacional, asegurándose que cumplan con el marco legal y regulatorio; así como los procesos críticos de Afiliación, Traspaso, Recaudación, Dispersión y Administración de Cuentas de Capitalización Individual (CCI). Esta Dirección está conformada por el Departamento de Inspección y Fiscalización, el Departamento de Vigilancia y Seguimiento y el Departamento de Control de Gestión. 

Dirección de control de beneficios

Se encarga de velar por el correcto otorgamiento y tramitación de los beneficios establecidos en la Ley 87-01, sus modificaciones y normas complementarias, a fin de contribuir a garantizar la credibilidad y sostenibilidad del Sistema Dominicano de Pensiones; incluyendo la supervisión de los procesos relacionados al otorgamiento de los beneficios de Solicitudes de Pensiones por Vejez, Sobrevivencia, Discapacidad, Cesantía por Edad Avanzada, Pensión a Cargo del Fondo de Solidaridad Social (FSS) y Solicitudes de Beneficios por Ingreso Tardío. Esta Dirección está conformada por el Departamento de Prestaciones y el Departamento de la Secretaría de la Comisión Técnica Sobre Discapacidad. 

Dirección administrativa y financiera

A esta Dirección de apoyo le corresponde dirigir las actividades administrativas y financieras de la institución, incluyendo la contabilidad y el archivo de toda la documentación interna y externa recibida o enviada, de acuerdo con las normas y políticas establecidas. De igual manera, es responsable de las adquisiciones de bienes y servicios, así como de determinar y controlar los sistemas de custodia y

mantenimiento de bienes muebles e inmuebles de la SIPEN. Está conformada por los departamentos siguientes: Contabilidad, Compras y Contrataciones, Correspondencia y Servicios Generales, este último con una sección de Mantenimiento bajo su dependencia. 

Dirección tecnología de la información y comunicación

Esta Dirección de apoyo de toda la estructura organizacional de la SIPEN, tiene entre sus funciones determinar las necesidades de requisitos informáticos, así como de desarrollo de los sistemas de información y control requeridos por las diferentes áreas de la Institución. También, le corresponde planificar, instalar y dar mantenimiento a las redes de datos, sistemas operativos y aplicaciones, así como conexiones en línea con las AFP y con otras entidades del sistema de pensiones, el mercado de capitales y sistemas de pagos. Está conformada por los departamentos siguientes: Desarrollo e Implementación de Sistemas, Departamento Operaciones TIC, Departamento Administración del Servicio TIC y Departamento Seguridad y Monitoreo TIC.

Base legal Las leyes y decretos que constituyen el marco regulatorio de la Superintendencia de Pensiones son las siguientes: El Sistema de Pensiones se establece con la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. La Ley 87-01 es resultado del consenso entre empleados, empleadores y gobierno, a través de un esquema abierto y participativo, teniendo como referencia las reformas previsionales en Latinoamérica. En el ámbito previsional tiene como objetivo regular y velar por los derechos y deberes recíprocos del Estado y los ciudadanos en cuanto a la protección de los riesgos de:    

Vejez Cesantía por edad avanzada Discapacidad Sobrevivencia

También esa la ley 188-07 la cal introduce modificaciones a la Ley No. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. A demás de dichas leyes, la superintendencia de pensiones se apoya en la constitución de la República dominicana; los decretos no. 408-17, 45-17, 363-16, 119-16, 543-12, 247-11, 20-03. Existe un reglamento de pensiones, el cual plantea todas las normas y reglamentos a seguir para el buen funcionamiento del sistema de pensiones en nuestro país.

Funcionamiento de la superintendencia de pensiones Según una investigación, hay varios factores importantes a saber de dicha institución: 

Montos asignados a las pensiones:

Los montos de las pensiones dependerán del tipo de beneficio correspondiente tomando en consideración la ley 87-01 y las normativas complementarias: Pensión por vejez: El monto de la pensión depende, entre otras variables, del saldo acumulado en la Cuenta de Capitalización Individual (CCI), edad a la fecha de la solicitud, cantidad de cotizaciones y sexo. Pensión por Discapacidad: Dependerá de si el afiliado discapacitado sufre una discapacidad total o parcial. Se considerará discapacidad total, cuando reduzca en dos tercios su capacidad productiva, y discapacidad parcial, entre un medio y dos tercios. La pensión por discapacidad total equivaldrá al sesenta por ciento (60%) del salario base y en los casos de discapacidad parcial corresponderá al treinta por ciento (30%). En ambos casos la pensión será calculada en base al promedio del salario cotizable indexado de los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de concreción. Para pensiones por Sobrevivencia: Los beneficiarios recibirán una pensión no menor al sesenta por ciento (60%) del promedio del salario cotizable indexado de los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de fallecimiento.



Solicitudes canceladas hasta por incumplimientos

Las solicitudes de afiliados que no cumplen con la edad establecida son declinadas por incumplimiento del requisito. Para pensiones por Discapacidad: Al 31 de agosto del 2018, se han declinado 64 pensiones por ese concepto. Para pensiones por Sobrevivencia: Al 31 de agosto del 2018, se han declinado 3,453 pensiones por ese concepto. Cabe destacar que a partir de la edad establecida en el Contrato Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia (entre la AFP y la compañía de seguros que otorga la pensión por discapacidad y sobrevivencia) no se cotiza al seguro de discapacidad y sobrevivencia por lo que no existe cobertura del referido seguro.



Tiempo de vigencia de las pensiones

La duración de la pensión dependerá del tipo de pensión tomando en consideración lo establecido en las normas existentes. Para cada beneficio la pensión tendrá la siguiente duración: Para pensiones por Vejez: Hasta el fallecimiento del afiliado o hasta el agotamiento de los recursos. Para pensiones por Discapacidad: Hasta el cumplimiento de los 65 años, para afiliados cuya fecha de concreción de la discapacidad sea a partir del 1 de junio del 2015; y hasta el cumplimiento de los 60 años, para afiliados cuya fecha de concreción de la discapacidad sea con anterioridad al 1 de junio del 2015. Para pensiones por Sobrevivencia: El cónyuge sobreviviente con edad menor o igual a cincuenta (50) años, al momento del fallecimiento del afiliado, recibirá una pensión durante sesenta (60) meses consecutivos; si la edad es mayor de cincuenta (50) años y menor o igual a cincuenta y cinco (55), recibirá una pensión durante setenta y dos (72) meses consecutivos; si la edad es mayor a cincuenta y cinco (55) años recibirá una pensión vitalicia. El hijo menor de dieciocho (18) años, al momento del fallecimiento del afiliado, recibirá una pensión hasta los dieciocho (18) años, o hasta los 21 años de preservar las condiciones de ser soltero y estudiante. Aquellos con edad cumplida de dieciocho (18) años y menores de veintiún (21) años, al momento del fallecimiento del afiliado, recibirán una pensión hasta los veintiún (21) años, siempre que demuestren ser solteros y estudiantes. Los hijos de cualquier edad considerados discapacitados, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Médica Regional, recibirán una pensión vitalicia. Según los beneficiarios e indica el artículo 51 de la ley 87-01, una vez fallecido el pensionado podrán solicitar una pensión por Sobrevivencia en la Administradora de Fondos de Pensiones en la cual cotizaba el afiliado fallecido 

Personas con derecho a ser sucesores de dichas pensiones

La normativa actual no contempla la sucesión de las pensiones. En caso de que un pensionado por vejez bajo la modalidad de retiro programado fallezca, el saldo acumulado en la CCI pasaría a ser reclamada por los herederos legales de acuerdo con las leyes del país. Para los afiliados al sistema de reparto, se da la opción al pensionado de pagar un seguro de sobrevivencia a los fines de transferir la pensión en caso de fallecimiento a sus beneficiarios. .

Estadísticas 

Salario mínimo cotízale 2003-2018

Este recurso de datos detalla Salario mínimo cotizable de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) del periodo 2003 – 2018.

salario minimo cotizable 2003-2018 12000 10000 8000 6000 4000 2000 0

salario minimo



Cantidad de Afiliados, SIPEN, 2003 – 2018

Este recurso de datos detalla Cantidad de Afiliados de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) del periodo 2003 – 2018

cantidad de afiliados 4500000 4000000 3500000 3000000 2500000 2000000 1500000 1000000 500000 0 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Distribución total de Cotizantes, SIPEN, 2003-2018 Este recurso de datos detalla Distribución total de Cotizantes de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) del periodo 2003 – 2018. Muestra la cantidad de trabajadores que realizaron aportes durante el mes en cuestión. Estos datos abarcan desde septiembre del año 2003 hasta agosto 2018

Cantidad de Cotizantes 2000000 1800000 1600000 1400000 1200000 1000000 800000 600000 400000 200000 0 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Administradoras de Fondos de Pensiones en RD 

Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP): La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones, fue creada en el año 1998 con el propósito de agrupar como sector a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), a fin de colaborar en la búsqueda conjunta de ideas, soluciones y planes concretos de trabajo destinados a garantizar, eficientizar y mejorar el funcionamiento del nuevo sistema de pensiones de la Republica Dominicana. Misión Contribuir a un retiro de calidad para todos los trabajadores, mediante el fomento de las mejores prácticas de gestión, la seguridad jurídica y la sostenibilidad financiera.

Visión Ser el referente del sistema de pensiones en la República Dominicana. Operar con ética, institucionalidad y capacidad técnica. Valores Credibilidad Transparencia Respeto Compromiso 

Fondo Hotelero: Institución sin fines de lucro al servicio de los trabajadores Hoteleros y Gastronómicos. Su objetivo principal consiste en establecer un sistema económico mutuo y equitativo para garantizar el futuro y bienestar social de los trabajadores del área Hotelera y Gastronómica. Funciones a) Otorgar Pensiones y Jubilaciones a todos los trabajadores pertenecientes al área laboral Hotelera y Gastronómica, que califica de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento y en cualquier otra disposición dictada por el consejo. b) Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación integral, para hacer de él un ciudadano responsable, poseedor de los valores morales y culturales necesarios para la armonía y la convivencia nacional. c) Organizar programas de capacitación, perfeccionamiento y especialización, contando con la asesoría y cooperación de instituciones educativas, nacionales e internacionales. d) Realizar todo tipo de actividades que beneficien a los trabajadores Hoteleros y Gastronómicos elevando su calidad de vida y su bienestar social.



AFP Reservas: Somos una empresa financiera especializada en el manejo de fondos de pensiones, que trabaja en favor de sus afiliados con un objetivo claro y transparente de administrar las cuentas de capitalización individual, invertirlas de la manera más eficiente, para que al

momento de retiro del afiliado éste reciba un ingreso que le permita disfrutar la vida dignamente. Administradora de Fondos de Pensiones Reservas, S.A. (AFP Reservas) es una entidad financiera filial de la Familia Reservas, cuyo objeto principal es el desarrollo de todas las actividades y funciones necesarias para la administración de planes y fondos de pensiones, a los cuales se afilien voluntariamente trabajadores del sector público y privado que así lo determinen. Misión: Administrar los Fondos de Pensiones de forma ética y eficiente, para otorgar una pensión que contribuya a mejorar la calidad de vida de nuestros afiliados y al bienestar socioeconómico de los dominicanos. Visión: Ser reconocida como la Administradora modelo del Sistema Dominicano de Pensiones, brindando un servicio de alta calidad a nuestros afiliados. Valores Corporativos: Excelencia Solidaridad Integridad Seguridad Compromiso 

AFP Popular: La Administradora de Fondos de Pensiones Popular es una empresa filial del Grupo Popular, cuyo objetivo es diseñar y administrar Planes de Pensiones bajo el esquema de Cuentas de Capitalización Individual. Su objetivo es diseñar y administrar Planes de Pensiones bajo el esquema de Cuentas de Capitalización Individual (CCI) acorde a la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. La organización inició sus operaciones en el año 1998 en República Dominicana, como la primera Administradora de Fondos de Pensiones del país, en el esquema voluntario, hasta que en 2003 con el inicio del Sistema Previsional a nivel nacional bajo el esquema obligatorio, fueron formalmente habilitados mediante la Resolución 32-03, para operar en el marco regulatorio recién creado, siendo avalados por la experiencia adquirida por nuestro equipo de profesionales altamente capacitados durante el esquema anterior.

La trayectoria de AFP Popular fue consolidada con la confianza depositada por sus afiliados, llegando a alcanzar el liderazgo del mercado previsional al recibir el mayor número de afiliados cotizantes al nuevo sistema. En respuesta a esta confianza y cónsonos con los valores que ostenta, obtuvieron en el año 2014 la certificación internacional de la calidad de sus procesos bajo la Norma ISO 9001:2008, siendo así la primera empresa del ramo previsional en lograr tan importante distinción, avalando el servicio de calidad que ofrece a sus clientes y cumpliendo con los más exigentes estándares a nivel internacional. El modelo de gestión de AFP Popular de mejora continua está basado en las necesidades de nuestros afiliados, ya que son la prioridad de la organización, y por ello su enfoque siempre será ofrecer una solución previsional que permita defender sus derechos y proteger sus beneficios presentes, con miras al futuro. AFP Popular mantiene su liderazgo en el mercado previsional al gestionar el mayor fondo de pensiones administrado, el cual alcanzó al cierre del año 2017 un monto de RD$143,617.6 millones para un crecimiento de 18.76% en relación con 2016. En cuanto a participación de mercado, registró el 35.2% de los fondos administrados por el sistema de AFP, ocupando el primer lugar en este renglón. En 2017 se sumaron 27,461 nuevos cotizantes promedios para un crecimiento neto de 5.6% y una cifra total de 1,095,976 afiliados, lo que equivale a una posición de 31.5% en el mercado previsional. La rentabilidad anual fue de 10.61% nominal, y 6.15% real, consolidando el compromiso con los afiliados. Misión Somos un equipo de profesionales comprometido con la rentabilidad de los fondos y la capacidad de planificar el bienestar presente y futuro de nuestros clientes. Visión Ser socios estratégicos del presente y futuro de nuestro país contribuyendo al bienestar de todas las personas. Valores Integridad

Innovación Trabajo en Equipo Satisfacción del Cliente Respeto 

AFP Siembra: Empresa especializada en el manejo de fondos de pensiones, la cual desde sus inicios en el año 1998 ha trabajado bajo los más estrictos principios de seguridad, estabilidad y transparencia, para ofrecer al trabajador dominicano la seguridad de que, al llegar el momento de su retiro, podrá contar con la garantía de un merecido descanso. primera AFP de la Rep. Dom. autorizada por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), para la administración de fondos de pensiones, conforme Resolución 25-03, de fecha 03-01-2003 y de conformidad con la Ley 87-01. Misión Somos una empresa que cuenta con un equipo humano apasionado, con pleno conocimiento del sistema de pensiones y comprometido con la excelencia en el servicio; que, apoyada en una plataforma tecnológica de punta, administra de forma segura, rentable, transparente y con alto sentido de responsabilidad los recursos de nuestros afiliados, contribuyendo así a mejorar su calidad de vida y de la sociedad. Visión Ser la AFP más comprometida con la tranquilidad de nuestros afiliados. Valores - Satisfacción al cliente: Trato amable y agilidad Solución al primer contacto Cumplimiento de la promesa de atención - Trabajo en equipo: Compañerismo Cooperación Efectividad Meta común - Integridad: Honestidad Comportamiento ético Transparencia - Productividad: Máximo rendimiento Eficacia

Orientación a resultados - Mejoramiento continuo: Superación de metas Crecimiento personal y profesional Búsqueda de crecimiento 

Administradora de Fondo de Pensiones Romana, S.A.: La empresa Administradora de Fondo de Pensiones Romana, S.A. (AFP ROMANA) es una compañía constituida bajo las leyes de la República Dominicana, y tiene por objeto ofrecer los servicios que están específicamente determinados por la Ley 87-01, sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, de fecha 9 de mayo del 2001 y las Normas Complementarias, emitidas por la Superintendencia de Pensiones de la República Dominicana, y en consecuencia, la sociedad podrá estar actuando como una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).



Scotia Crecer AFP: Administradora de Fondos de Pensiones establecida en la República Dominicana con el objetivo de ofrecer un mejor futuro para ti y los tuyos, a través de Planes de Pensiones. Scotia Crecer AFP ha marcado una trayectoria de éxitos y ha consolidado su posición de liderazgo en el mercado con el mayor número de afiliados en el país marcando un hito en la historia al superar un 1,000,000 de afiliados. Misión Administrar de manera eficiente y confiable los recursos de nuestros afiliados, a través de un excelente equipo de profesionales capacitados, para ofrecer el mejor servicio y lograr la optimización de los recursos en beneficio de nuestros clientes, accionistas y empleados. Visión Ser la principal Administradora de Fondos de Pensiones del país, garantizando un excelente servicio y tranquilidad a nuestros afiliados. Valores Integridad Respeto

Pasión Responsabilidad 

Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (FOPETCONS): Institución descentralizada del Estado Dominicano, de carácter no lucrativo, con fines de proteger y garantizar una vejez o enfermedad digna al trabajador de la construcción. El FOPECONS – Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, es un organismo creado en el año 1986, a través de la Ley Núm. 6-86 y su Reglamento de aplicación Núm. 683-86, con la finalidad de protección y garantía de una vejez o enfermedad digna, del sector que físicamente es la parte esencial en el desarrollo, progreso y modernidad de nuestro país: el trabajador de la construcción. Visión Ser reconocida como una prestigiosa institución nacional, modelo con los más altos estándares de calidad en la prestación de los servicios de pensiones basada en su autosostenibilidad financiera y con un personal competente. Misión Garantizar una pensión digna a todos los trabajadores de la construcción y propiciar mejores niveles de vida para ellos y sus familiares directos, durante y después de su vida productiva, sobre la base de un sistema de protección social accesible y equitativo, sustentado en la recaudación efectiva y la óptima utilización de los recursos, según lo contemplado en la ley 6-86. Valores Transparencia Equidad Vocación de Servicio Integridad Solidaridad

Conclusión

Es cada vez más claro que la seguridad social es un elemento sustancial de una economía moderna. Su estudio entonces es de primordial importancia desde el ámbito político, económico, institucional jurídico actuarial, estadístico, demográfico e incluso histórico. El Sistema Dominicano de Pensiones, como se indica en esta investigación, representa una de las mejores y más modernas construcciones institucionales del mundo ya que ha tomado la experiencia de los sistemas existentes y ha mejorado su capacidad ampliamente

Bibliografía

http://www.sipen.gob.do/transparencia/index.php/organigrama http://www.sipen.gob.do/transparencia/index.php/planestrategico/category/planificacion-estrategica http://www.afpromana.com/qui%C3%A9nes-somos.html http://www.afpromana.com/qui%C3%A9nes-somos.html http://www.afpromana.com/qui%C3%A9nes-somos.html http://www.afppopular.com.do/app/do/frontpage.aspx http://datos.gob.do/dataset/distribucion-de-cotizantes/resource/8267283b-700d460a-b1c5-bc6befb6dae1

Anexos

Cuadro 3.10.10

Montos devueltos por concepto de solicitudes aprobadas de afiliados de ingreso tardío (RD$) Al 30 de junio de 2018 Entidad

Montos devueltos

Atlántico Popular Reservas Romana Scotia Crecer Siembra Total

9,074,828.88 4,892,965,558.80 2,320,263,951.47 418,217,851.00 2,883,480,561.59 3,097,414,492.86 13,621,417,244.60

Cuadro 3.10.4

Pensión promedio de sobrevivencia (RD$), según entidad Al 30 de junio de 2018

Entidad Atlántico Popular Reservas Romana Scotia Crecer

Promedio total 6,788.87 11,879.51 12,221.59 9,327.88 9,202.00

Siembra Plan sustitutivo - Banco Central Plan sustitutivo - Banco de Reservas* Auto seguro del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) Total

10,948.79 35,167.37 16,709.14 9,215.28 10,997.29

Cuadro 3.10.1

Cantidad de s olicitudes de pens ión de s obrevivencia por es tatus , s egún entidad Al término de cada mes Abril Entidad Atlántico Popular Res ervas Romana S cotia Crecer S iembra Plan s us titutivo - Banco Central Plan s us titutivo - Banco de Res ervas * Autos eguro del Ins tituto Dominicano de S eguros S ociales (IDS S ) T otal

Otorgadas

Declinadas

7 2,459 1,318 219 2,013 1,477 19 19 153 7,684

Mayo En trámite

4 2,931 2,110 202 2,827 2,322 12 10,408

1 85 69 2 104 48 1 310

T otal

Otorgadas

12 5,475 3,497 423 4,944 3,847 19 32 153 18,402

8 2,484 1,350 222 2,038 1,491 19 19 153 7,784

Declinadas

Junio

En trámite

4 2,988 2,138 206 2,879 2,362 12 10,589

T otal

3 79 59 5 101 43 1 291

Otorgadas

15 5,551 3,547 433 5,018 3,896 19 32 153 18,664

Declinadas

9 2,523 1,368 224 2,067 1,508 19 19 153 7,890

En trámite

7 3,029 2,185 208 2,935 2,390 12 10,766

T otal

3 61 48 5 100 49 1 267

19 5,613 3,601 437 5,102 3,947 19 32 153 18,923

* L as s olicitudes de pens iones cor r es pondientes al Plan Sus titutivo del Banco de Res er vas s on tr amitadas por AFP Res er vas .

Cuadro 3.10.2

Cantidad de pens iones de s obrevivencia declinadas s egún la caus a de declinación Al 30 de Junio de 2018 AF P Causa de declinación Acción bélica o res tauración del orden Caus a nuclear o radioactiva F alta pago de prima Guerra o ley marcial Índole laboral Mayor de 60 años Otras exclus iones Participación en actos delicitivos Pre-exis tencia Pres cripción S in beneficiario de Ley S uicidio T otal

Atlántico

P opular 2 5 7

835 209 829 2 13 376 762 3 3,029

Reservas 495 75 835 13 235 532 2,185

P lan sustitutivo Romana 53 7 73 6 33 36 208

S cotia Crecer 585 229 1,017 1 25 379 696 3 2,935

S iembra 524 191 612 6 43 290 724 2,390

Banco Central -

Autoseguro del IDS S

Banco de Reservas 3 2 2 -

-

5 12

-

T otal 2,497 713 3,368 9 100 1,313 2,760 6 10,766

Cuadro 3.10.6

Cantidad de pensiones de discapacidad declinadas por entidad, según la causa de declinación Al 30 de Junio de 2018 Entidad Causa de declinación Documentación incompleta Fallecimiento Falta de pago de prima Fus ión o fis ión nuclear Guerra, guerra civil y ley marcial Índole laboral Intento de s uicidio o les iones autoinducidas Mayor de 60 años No comparecencia Otras exclus iones de la póliza Participación en actos delictivos Participación en s ervicios militar, naval o policial Porcentaje menor al 50% Preexis tencia Pres cripción T otal

Atlántico

Popular -

62 161 25 5 153 1 439 17 62 925

Reservas 18 70 21 6 132 299 10 37 593

Plan sustitutivo Romana 5 18 2 3 2 15 2 1 48

S cotia Crecer 30 207 49 23 88 470 9 97 973

S iembra 25 163 61 21 130 1 302 24 43 770

Banco Central

Banco de Reservas 2 1 1 5 4 13

1 5 5 32 19 62

Autoseguro del IDS S

2 2 1 84 177 2 268

T otal 142 622 166 64 590 1 1 1,739 85 242 3,652

Cuadro 3.10.11

P ens ión promedio de retiro programado (R D$)* Al 30 de Junio de 2018

Cuadro 3.10.10

Montos devueltos por concepto de s olicitudes aprobadas de afiliados de ingres o tardío (R D$) Al 30 de Junio de 2018

Entidad Atlántico P opular Res ervas Romana S cotia Crecer S iembra T otal

P romedio total 19,813.22 15,139.71 20,260.23 22,963.59 20,888.11

*Incluye s olamente montos de pens iones corres pondientes a beneficiarios actuales .

Entidad Atlántico Popular Res ervas Romana S cotia Crecer S iembra T otal

Montos devueltos 9,074,828.88 4,892,965,558.80 2,320,263,951.47 418,217,851.00 2,883,480,561.59 3,097,414,492.86 13,621,417,244.60

Cuadro 3.10.8

P ens ión promedio de dis capacidad por tipo de dis capacidad (R D$), s egún entidad Al 30 de Junio de 2018

E ntidad Atlántico P opular Res ervas Romana S cotia Crecer S iembra P lan s us titutivo - B anco Central P lan s us titutivo - B anco de Res ervas Autos eguro del Ins tituto Dominicano de S eguros S ociales (IDS S ) T otal

T ipo de discapacidad P arcial 4,704.96 4,682.00 3,635.71 3,105.29 4,480.51 10,919.62 12,670.99 5,960.35 4,526.93

T otal 10,364.57 11,297.92 8,199.92 7,910.41 9,699.78 35,146.44 25,954.51 15,038.88 10,526.50

P romedio total 8,303.54 8,178.31 6,910.03 5,873.73 7,835.76 29,594.46 19,480.19 10,851.37 8,099.86

Cuadro 3.10.2

Cantidad de pens iones de s obrevivencia declinadas s egún la caus a de declinación Al 30 de Junio de 2018 AF P Causa de declinación

Atlántico

P opular -

Acción bélica o res tauración del orden Caus a nuclear o radioactiva F alta pago de prima Guerra o ley marcial Índole laboral Mayor de 60 años Otras exclus iones Participación en actos delicitivos Pre-exis tencia Pres cripción S in beneficiario de Ley S uicidio T otal

R eservas

835 209 829 2 13 376 762 3 3,029

2 5 7

P lan sustitutivo R omana

495 75 835 13 235 532 2,185

53 7 73 6 33 36 208

S cotia Crecer

B anco Central -

S iembra

585 229 1,017 1 25 379 696 3 2,935

524 191 612 6 43 290 724 2,390

Autoseguro del IDS S

B anco de R eservas -

-

3 2 2 5 12

-

-

T otal 2,497 713 3,368 9 100 1,313 2,760 6 10,766

Cuadro 3.10.5

Cantidad de solicitudes de pensión de discapacidad por estatus, según entidad Al término de cada mes

Entidad Atlántico Popular Res ervas Romana S cotia Crecer S iembra Plan s us titutivo - Banco Central Plan s us titutivo - Banco de Res ervas * Autos eguro del Ins tituto Dominicano de S eguros S ociales (IDS S ) T otal

Abril Otorgadas 1,682 1,096 137 1,714 1,137 48 119 539 6,472

Declinadas 903 574 48 956 761 13 62 268 3,585

Mayo En trámite 1 180 282 5 238 180 1 1 50 938

* L as s olicitudes de pens iones cor r es pondientes al plan s us titutivo del Banco de Res er vas s on tr amitadas por AFP Res er vas .

T otal 1 2,765 1,952 190 2,908 2,078 62 182 857 10,995

Otorgadas 1,701 1,106 137 1,716 1,151 48 119 539 6,517

Declinadas 914 584 48 964 767 13 62 268 3,620

Junio

En trámite 2 172 295 8 254 190 1 1 51 974

T otal 2 2,787 1,985 193 2,934 2,108 62 182 858 11,111

Otorgadas 1,719 1,124 138 1,727 1,162 48 119 542 6,579

Declinadas 925 593 48 973 770 13 62 268 3,652

En trámite 2 160 283 9 262 204 1 2 56 979

T otal 2 2,804 2,000 195 2,962 2,136 62 183 866 11,210