La Democracia y Los Derechos Humanos

LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS Democracia La democracia es un sistema que permite organizar un conjunto de individ

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LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS Democracia La democracia es un sistema que permite organizar un conjunto de individuos, en el cual el poder no radica en una sola persona sino que se distribuye entre todos los ciudadanos. Por lo tanto, las decisiones se toman según la opinión de la mayoría. También se entiende como democracia al conjunto de reglas que determinan la conducta para una convivencia ordenada política y socialmente. Se podría decir que se trata de un estilo de vida cuyas bases se encuentran en el respeto a la dignidad humana, a la libertad y a los derechos de todos y cada uno de los miembros. Etiología del Termino Democracia Concepto conocido en español como democracia tiene sus bases en el antiguo griego y se forma al combinar los vocablos demos (que se traduce como “pueblo”) y kratós (que puede entenderse como “poder” y “gobierno”). La noción comenzó a ser empleada en el siglo V A.C., en Atenas. Marco Normativo de Derechos Humanos Los valores de libertad y respeto por los derechos humanos y el principio de celebrar elecciones periódicas y genuinas mediante el sufragio universal son elementos esenciales de la democracia. A su vez, la democracia proporciona el medio natural para la protección y la realización efectiva de los derechos humanos. Esos valores se han incorporado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y han sido elaborados aún más en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que consagra una multitud de derechos políticos y libertades civiles en que se basan las democracias significativas. El Nexo Entre Democracia Y Derechos Humanos figura en el artículo 21(3) de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece: «La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se debe expresar mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto». Los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en instrumentos de derechos humanos posteriores que abarcan los derechos de ciertos grupos (por ejemplo, los pueblos indígenas, las mujeres, las minorías, las personas con discapacidades, los trabajadores inmigrantes y sus familias) son igualmente esenciales para la democracia habida cuenta de que garantizan la inclusión de todos los grupos, incluyendo la igualdad y equidad con respecto al acceso a los derechos civiles y políticos. Durante muchos años la Asamblea General de las Naciones Unidas y la ex Comisión de Derechos Humanos trataron de valerse de los instrumentos internacionales de derechos humanos para promover una comprensión común de los principios, las normas, y los valores que constituyen la base de la democracia, con miras a orientar a los Estados Miembros para la formación de tradiciones e instituciones democráticas internas; y atender sus compromisos en cuanto a derechos humanos, democracia y desarrollo. Ello llevó a articular varias resoluciones de la ex Comisión de Derechos Humanos que han constituido un hito. En el 2000, la Comisión recomendó una serie de importantes medidas legislativas, institucionales y prácticas para consolidar la democracia (resolución 2000/47); y en 2002, la Comisión declaró lo siguiente como elementos esenciales de la democracia: • Respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales • Libertad de asociación • Libertad de expresión y de opinión • Acceso al poder y su ejercicio de conformidad con el imperio de la ley; • La celebración de elecciones periódicas, libres y justas por sufragio universal y por voto secreto como expresión de la voluntad de la población; • Un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas; • La separación de poderes; • La independencia del poder judicial;

• La transparencia y la responsabilidad en la administración pública; • Medios de información libres, independientes y pluralistas. Desde su creación en el 2006, el Consejo de Derechos Humanos (sucesora de la Comisión) ha adoptado una serie de resoluciones que destaca la interdependiente y mutua relación que se refuerza entre la democracia y los derechos humanos. Algunos ejemplos recientes incluyen las resoluciones 19/36 y 28/14 sobre "Los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho". La Declaración Universal De Los Derechos Humanos Luego de la Segunda Guerra Mundial, durante la cual muchas personas fueron torturadas, encarceladas y muchas otras asesinadas, la Asamblea General de la recién creada Organización de las Naciones Unidas preocupada porque situaciones como estas no volvieran a repetirse, reconoció la existencia de derechos que no pueden ser violados bajo ninguna circunstancia; por ello, la Asamblea y los Estados que la conforman, se comprometieron a velar por la garantía y protección a estos derechos. La Declaración Universal De Los Derechos Humanos fue promulgada el 10 de diciembre 1948, día que desde entonces se conoce como el Día Internacional de los Derechos Humanos. En la Declaración Universal de Derechos Humanos encontramos derechos que se refieren tanto a la protección individual: vida, integridad, libertad, seguridad; como también aquellos aspectos que garantizan el disfrute del bienestar colectivo, tales como: seguridad social, salud, educación, trabajo, vivienda, recreación. Basándose en los principios de libertad e igualdad, la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace especial énfasis en la necesidad de desarrollar un orden de justicia a nivel internacional que garantice la plena vigencia de los derechos contemplados en ella. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aunque no tiene las características formales de una Ley vinculante para los Estados sí tiene enorme fuerza moral, pues supone la obligación de los Estados de respetar los principios en ella contenidos. Su importancia está en que constituye un acuerdo universal, una concepción común de los derechos de los que gozamos los seres humanos sin distinción de sexo, raza, cultura, religión, orientación sexual, opinión política o cualquier otra distinción. Venezuela suscribió los postulados y principios contenidos en la Declaración Universal, y así se comprometió ante la comunidad internacional a hacer efectiva su vigencia. Es por tanto esta Declaración una herramienta que podemos utilizar para exigir al Estado venezolano el cumplimiento de los derechos establecidos en ella, puesto que todos los derechos enunciados en la Declaración son expresados y reconocidos por nuestra Constitución Nacional. Los Derechos Humanos y el Estado Social de Derecho La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 contiende que todo individuo, independientemente de nacionalidad, raza, género, religión o cualquier otro factor discriminatorio, debe tener ciertos derechos por el solo hecho de ser humano. Sin embargo, la idea que todo ser humano tiene ciertos derechos naturales no es nueva. Desde los tiempos más tempranos de la civilización occidental el concepto de derechos universales se había manifestado en distintas formas: en el pensamiento de los juristas romanos, en las doctrinas expuestas por San Agustín y Tomás de Aquinas, y en las enseñanzas de las distintas tradiciones judío-cristianas. Más recientemente, los pensadores de los siglos XVI y XVII como Locke, Rousseau, y Paine identificaron de una manera concreta las necesidades de cada individuo, de tal manera que el estado le sirviera al individuo, un concepto revolucionario en su tiempo. Todos estos conceptos evolucionaron con el tiempo para producir documentos de importancia histórica como la Magna Carta en Inglaterra, y la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano en Francia. Así, poco a poco el concepto del derecho fue incorporado en la constitución política de los estados modernos. Todo este proceso culminó en 1948 cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Entre algunos de los derechos más importantes identificados por la Declaración de 1948 están: • El Derecho a La Vida y a La Libertad De Expresión. • El Derecho a La Educación y La Propiedad Privada. • El Derecho a La Libertad De Culto.

También hay provisiones sobre derechos civiles o derechos de ciudadano, y derechos económicos y culturales. Existe aún gran controversia respecto a los derechos humanos. Para empezar, no existe consenso sobre si es posible hablar de conceptos universales, mucho menos de derechos universales. Muchos observadores argumentan que no existe una fundación filosófica sólida para hablar de conceptos universales. Muchos ven en cualquier intento de imponer reglas universales una relación de poder en la que las llamadas reglas universales perpetúan una relación de inigualdad que favorecen al grupo que las impone. En el caso de los derechos humanos, por su carácter inherentemente occidental, muchos países los ven como ataques a sus tradiciones nativas, y por ende, como un intento de asimilar o destruir sus culturas. Otros críticos señalan que los derechos humanos se han politizado tanto, que ahora se aplican selectivamente, de tal manera que las faltas contra estos son perdonadas cuando resulta conveniente, y en otros casos, son usados como pretextos de guerra. La Carta Democrática Interamericana La Carta Democrática Interamericana, aprobada el 11 de septiembre de 2001, en sesión especial de la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en Lima, Perú, es un instrumento que proclama como objetivo principal el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, al establecer que la ruptura del orden democrático o su alteración, que afecte gravemente el orden democrático en un Estado miembro, constituye "un obstáculo insuperable" para la participación de su gobierno en las diversas instancias de la OEA. Es un mecanismo que se aplica en el caso de que se produjera una ruptura del proceso político institucional democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno democráticamente electo, en cualquiera de los Estados miembros de la organización. Venezuela es uno de ellos. Con la activación de la Carta Democrática Interamericana se puede acordar la suspensión temporal del Estado Miembro, del ejercicio de su derecho de participación en la OEA. Para que ello se materialice se requiere del voto de los dos tercios de los Estados que conforman la Organización (34 países). La Carta Social Interamericana Fue redactada con el objetivo de complementar el contenido de la Carta Democrática Interamericana que reconoce que "la democracia y el desarrollo económico y social son interdependientes y se refuerzan mutuamente". Ciudadanía y Democracia Son dos conceptos centrales en el pensamiento político de nuestro tiempo. Se trata, en principio, de conceptos estrechamente vinculados. El sentido común nos indica que sin democracia no puede haber ciudadanía. Ahora bien, el concepto de ciudadanía es complejo, fundado en una serie de derechos establecidos históricamente, pactados socialmente y pautados legalmente. El conjunto de estos derechos es un producto histórico que se ha constituido de manera diferente en cada país, y que está sujeto a constante debate y transformación. Así mismo, el vínculo real entre estos derechos y el sistema político de un país es un fenómeno contingente, pues varía en cada época histórica y de nación en nación. La relación conceptual general que podemos establecer entre la ciudadanía y la democracia se expresa en la historia de una manera diferenciada en el tiempo y en el espacio. En un contexto de constantes transformaciones político-sociales, a inicios del siglo XXI la lucha por el reconocimiento de la ampliación de derechos de ciudadanía, tanto en sociedades con sistemas democráticos ya consolidados como en incipientes democracias, orienta el debate conceptual sobre la ciudadanía y la democracia hacia un replanteamiento de la configuración de la ciudadanía más allá del ámbito de una democracia electoral, que considere la construcción de una ciudadanía activa, responsable, que conoce sus derechos y los defiende.

Una ciudadanía activa no sólo espera que el Estado por fin respete e implemente los derechos universales de ciudadanía, sino que lucha por ellos, coopera con el Estado, se enfrenta políticamente con él, hace valer sus argumentos en el espacio público y busca construir alianzas con la sociedad política en la promoción de un proyecto democrático-participativo. La ciudadanía implica la conformación de espacios públicos para el debate, la reflexión y la propuesta, de instituciones que den respuesta a los requerimientos de los ciudadanos de hoy, activos, arquitectos de las nuevas democracias, a las que dan forma y vida, no sólo como sujetos de derechos, sino que se apropian de esos derechos y los ejercen a la vez que asumen sus responsabilidades ante su comunidad. Sin la participación activa del individuo, el concepto de ciudadanía pierde su sentido original y permanece sólo como identidad con el Estado, comunidad o territorio al que pertenece, de ahí la pertinencia de abordar la relación de la ciudadanía con la concepción, construcción y permanencia de la democracia y en la democracia. Legitimidad Democrática y Soberanía En democracia, la legitimidad política la confieren los ciudadanos con sus votos y las instituciones que, a través de mayorías, tienen la capacidad de otorgar el poder en nombre del pueblo. No es un cheque en blanco ni permanente. Por eso la legitimación de origen ha de revalidarse día a día en el ejercicio del poder y la ley establece mecanismos judiciales y parlamentarios para apartar a aquellos individuos o gobiernos que violen la norma o traicionen la confianza ciudadana. La soberanía es el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a través de los poderes públicos de acuerdo a su propia voluntad y sin la influencia de elementos extraños. Para el catedrático de la UNAM, Enrique Pérez De León, "la autodeterminación de la voluntad colectiva de un pueblo es la soberanía." De León sostiene que "la soberanía es la cualidad de una sola potestad pública que manda sobre los suyos y que en nombre de los suyos trata con los de más… que no admite limitaciones o determinaciones jurídicas extrínsecas." La soberanía no es una mera formalidad, es un principio jurídico que a pesar de estar expuesto a las corrientes de la globalización financiera que caracteriza al contexto internacional actual, debe ser defendida para garantizar la seguridad del Estado. La soberanía se da en las naciones, y es importante porque delimita lo que otros países no pueden hacer en ese territorio, en el cual el gobierno es quien ejerce el poder y la custodia del mismo. Tipos De Democracia La democracia se puede clasificar tomando en cuenta el grado de intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones. Entre las cuáles se destacan: • Democracia Directa: Es aquella por medio de la cual los ciudadanos intervienen de forma directa en la toma de decisiones en asambleas o reuniones. Este tipo de democracia es utilizada en pequeñas comunidades y también se le conoce como democracia pura. • Democracia indirecta: Conocida también como democracia representativa, en esta solo un grupo de personas que son reconocidas ante la comunidad como representantes legítimos son las que tienen el poder de la toma de decisiones. • Democracia Participativa: Es aquella que mediante Instituciones gubernamentales, hace partícipe a la ciudadanía de la toma de decisiones de una manera organizada. El pueblo se expresa en cuatro mecanismos: plebiscito, referéndum, destitución popular e iniciativa popular. • Democracia Representativa: Es aquella que por medio de la elección se escoge un representante por medio del voto que intervendrán en la toma de decisiones de un pueblo. Este tipo de democracia va ligada con el tema electoral. Estas pueden ser presidencialistas, parlamentarias y colegiadas. • Democracia Deliberativa: Designa un modelo normativo, un ideal regulativo que busca complementar la noción de democracia representativa al uso mediante la adopción de un procedimiento colectivo de toma de decisiones políticas que incluya la participación activa de todos los potencialmente afectados por tales decisiones, y que estaría basado en el principio de la deliberación, que implica la argumentación y discusión pública de las diversas propuestas. • Democracia Constitucional: Es aquella cuyo fundamento se encuentra en la constitución de un pueblo.

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Democracia Social: Es la implementación de mecanismos democráticos de toma de decisiones en las instituciones estatales que caracterizan a la sociedad civil. Se emplea el término democracia social para distinguirlo de democracia política, relacionado con los procesos de toma de decisiones en el Estado. Democracia Semidirecta o Participativa: el pueblo delega una parte del ejercicio de su soberanía a representantes elegidos por él y se reserva la decisión directa en asuntos especiales, a través de tres mecanismos: iniciativa popular, referéndum o plebiscito y revocatoria o recall. Democracia Liberal: Es aquella en la que el gobierno es escogido mediante elección por el pueblo, y cuyas decisiones se encuentran sujetas a las disposiciones encontradas en la constitución. El ciudadano puede votar por las decisiones del parlamento por Internet y puede realizar propuestas. Así mismo puede transferir su voto a un representante cuando no desee participar.

• El Plebiscito Un plebiscito es una consulta popular en la que se convoca al pueblo para que emita su opinión sobre determinadas decisiones de tipo político o jurídico en un proceso electoral. Los plebiscitos son mecanismos de participación ciudadana, propios de la democracia, activados por los poderes públicos para que el pueblo tenga la posibilidad de expresar su acuerdo o desacuerdo con determinada cuestión legal o jurídica, o con alguna medida de gobierno. Por lo general, los plebiscitos someten a la consideración del electorado una o varias preguntas, a las cuales se puede responder de manera simple, con un sí o un no. En este sentido, la opción ganadora será la que obtenga la mayoría absoluta de votos. El Referéndum Es un mecanismo legal que permite a la población ratificar o rechazar ciertas resoluciones de un gobierno. Se trata de una herramienta propia de la democracia directa, en la cual la gente toma una decisión sin necesidad de la intermediación de los representantes. Plebiscito y el Referéndum El Referéndum es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual el pueblo puede aprobar o rechazar una ley o acto administrativo a través del sufragio. El plebiscito, en cambio, supone una consulta para someter a consideración del pueblo determinadas acciones o resoluciones de particular importancia, antes de su ejecución. En este sentido, mientras el referendo otorga al cuerpo electoral la capacidad de decidir sobre un acto normativo, el plebiscito es, fundamentalmente, un mecanismo para conocer su opinión sobre un asunto. La Iniciativa Popular (Ip) También conocida como iniciativa ciudadana es un mecanismo de democracia semidirecta; se refiere a la posibilidad amparada en la Constitución, de que las personas puedan presentar iniciativas de ley, sin ser representantes populares en sus respectivos congresos; dichas iniciativas de ley, deberán estar avaladas por una cantidad de firmas, para que se puedan tomar en cuenta por su respectiva cámara legislativa. Dichas iniciativas pueden versar sobre asuntos públicos, como puede ser una reforma de un estatuto o una ley, o incluso una enmienda constitucional. La Revocación o Destitución Popular o Recall Existen numerosas definiciones, formuladas por diversos tratadistas, acerca de la Revocatoria o Revocación del Mandato Popular. Así, para el tratadista argentino Mario Justo López, “el recall o revocación popular es un procedimiento para destituir a los representantes o funcionarios elegidos antes de que se cumpla el plazo fijado para su actuación, y cuyo objeto radica en mantener constantemente responsables ante sus electores a los funcionarios públicos elegidos”. Según el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, la revocatoria del mandato o plebiscito revocatorio “constituye un procedimiento a través del cual los electores pueden destituir a un cargo público con anterioridad a la expiración del período para el cual fue elegido”.

Sobre la base de estas definiciones, pueden identificarse los siguientes rasgos distintivos de esta institución Jurídica – Constitucional: • Es un derecho o facultad que asiste a los electores. • Tiene por objeto la destitución de un funcionario o autoridad de elección popular antes que expire el periodo de su mandato. • Requiere el acuerdo de la mayoría de los electores. • Puede promoverse por diversas causas En consecuencia, mediante el procedimiento de revocatoria del mandato, el electorado tiene el derecho a destituir del cargo a un funcionario público a quien él mismo eligió, antes de que concluya el período de su mandato. Es decir, el pueblo, mediante el sufragio y de manera vinculante, decide sobre la continuidad en el desempeño del cargo de un funcionario de elección popular. Fundamento La revocatoria de mandato se fundamenta en los principios de soberanía popular y de representación, puesto que el pueblo en ejercicio de su soberanía, otorga a sus representantes un mandato para que ejerzan el poder político. Causas Para Solicitar La Revocación Del Mandato En los ámbitos doctrinales y legislativo latinoamericano, se consideran las siguientes circunstancias, como causas idóneas para que el electorado pueda solicitar la convocatoria de una Consulta Popular de Revocatoria. • Voto Programático • Actos de Corrupción • Violación de Derechos Humanos • Pérdida de Legitimidad La revocación es un procedimiento electoral mediante el cual los electores pueden quitar de su puesto a un cargo electo. El ejemplo más reciente y conocido fue el referéndum de revocación de Hugo Chávez en 2004, que fue posible gracias al reconocimiento de este proceso en la constitución venezolana, y en el que un 40.74% de los electores votaron sí a la revocación y un 59.25% votaron no, con lo que no llegó a producirse la revocación efectiva. La Democracia Liberal Es una forma de gobierno que consiste en una democracia representativa donde la capacidad de los representantes electos para la toma de decisiones políticas, se encuentra sujeta al Estado de derecho y normalmente moderada por una Constitución que la regula en la protección de los derechos, libertades individuales y colectivas. Estableciendo esta Constitución restricciones tanto a los líderes demócratas como a la ejecución de las voluntades de una determinada mayoría social dentro de esa democracia liberal. La Socialdemocracia La socialdemocracia es una doctrina y movimiento político de tendencia socialista surgida en Europa a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, que si bien tiene su raíz en el marxismo clásico, se presenta como una propuesta teórica y práctica moderada. Es decir, que para los socialdemócratas la transición de la sociedad capitalista al socialismo se pretende a través de medios pacíficos -reformas graduales dentro del sistema- y no de medidas violentas como la revolución con miras a destruir el capitalismo como modo de producción. En este sentido, el modelo socialdemócrata se deslinda de las tesis y acciones ortodoxas del marxismo, desde la interpretación materialista de la historia, la lucha de clases y la dictadura del proletariado hasta la teoría de la extinción del Estado. De esta manera, la socialdemocracia, encabezada inicialmente por partidos políticos obreros, participa en el juego de poder de la democracia liberal. Así, el parlamentarismo y el electoralismo se presentan como los campos de batalla de este movimiento.

Desvirtuaciones de la Democracia o Democracias Autoritarias La democracia es una forma de gobierno en el que la toma de decisiones queda legitimada por una base racional. Una crítica común es la debilidad que muestra ante influencias desequilibradas en la toma de decisiones (conocidas como «democracias autoritarias», ya que autoridad es el poder legitimado) enmascaradas bajo esta legitimación, generando otras estructuras tales como: • Plutocracia: es una forma de gobierno que se desarrolla cuando las clases altas se encuentran a cargo de la dirección del Estado. El concepto deriva de Pluto, el dios de la riqueza de acuerdo a la mitología de la Antigua Grecia. Lo que implica la plutocracia es que las personas que dominan los recursos materiales de un país también ostentan el poder político. Incluso es posible que, en el marco de una democracia representativa (en la cual las autoridades estatales son elegidas por el voto popular y representan a la población), las decisiones más importantes sean tomadas, en realidad, por quienes cuentan con el poder económico. • Partitocracia: se trata de un neologismo empleado para definir la burocracia de los partidos políticos. Según el filósofo Gustavo Bueno "la Partitocracia constituye una deformación sistemática de la democracia. Cada partido tiene sistemáticamente que atacar al otro". • Oclocracia: es una de las tres formas específicas en las que puede degenerar la democracia. A veces, el término se confunde con tiranía de la mayoría, dado que ambos términos están íntimamente relacionados. Etimológicamente, la democracia es el gobierno del pueblo que con la voluntad general legitima al poder estatal, y la oclocracia es el gobierno de la muchedumbre, es decir," la muchedumbre, masa o gentío es un agente de producción biopolítica que a la hora de abordar asuntos políticos presenta una voluntad viciada, evicciosa, confusa, injuiciosa o irracional, por lo que carece de capacidad de autogobierno y por ende no conserva los requisitos necesarios para ser considerada como «pueblo»". Ley de Rummel: Sostiene que a menor nivel de democracia hay más probabilidades de que los gobernantes asesinen a sus propios ciudadanos.