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LA JURISPRUDENCIA Del concepto latino iuris prudentĭa, se conoce como jurisprudencia al conjunto de las sentencias de lo

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LA JURISPRUDENCIA Del concepto latino iuris prudentĭa, se conoce como jurisprudencia al conjunto de las sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen. El término también puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema jurídico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho en general. Se entiende por jurisprudencia a la interpretación jurídica que realizan órganos jurisdiccionales competentes con la finalidad de aclarar posibles lagunas en relación con las leyes y es posible crearla a través de las reiteradas interpretaciones que hacen los tribunales en sus resoluciones de las normas jurídicas. La jurisprudencia está constituida por los fallos expedidos por los magistrados judiciales o por funcionarios que integran tribunales administrativos, al momento de resolver los procesos a su cargo. La jurisprudencia se puede invocar, pero no es vinculante. Es importante hasta el punto que cuando existe una interpretación diferente sobre una norma, La Jurisprudencia, en puridad técnica, es una fuente para la interpretación del derecho, pero no es creadora del derecho Administrativo, ni mucho menos suple a la Ley. Es oportuno recordar, que para que se establezca Jurisprudencia, se requiere que se sustente el mismo criterio en dos Ejecutorias no interrumpidas por otra en contrario. La sola lectura de los preceptos mencionados, fortalece la convicción de que la Jurisprudencia, sirve para la interpretación de la Ley, siendo indispensable que ésta exista previamente. El valor de fuente del derecho de estas decisiones está dado por la originalidad de la interpretación que hace el magistrado o funcionario de lo que señala la ley. De este modo, lo expresado a través de la legislación puede ser desarrollado en su aplicación a casos concretos.

La jurisprudencia puede ser dividida en dos clases: a) Jurisprudencia en sentido estricto: La emitida por los tribunales de justicia. b) Jurisprudencia administrativa: Aquella expedida por los tribunales administrativos. Esta última, a diferencia de la anterior, no necesariamente es definitiva, toda vez que puede ser impugnada ante el Poder Judicial.

JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA La Jurisprudencia administrativa es el resultado formal de la función del Derecho consistente en la interpretación de las reglas jurídico-administrativas, que se produce en su aplicación al caso concreto. Es expedida por los jueces o por las autoridades que resuelven una controversia o un conflicto de intereses dentro del ámbito del Derecho administrativo. Siguientes funciones de la jurisprudencia administrativa:  aclara el sentido del proceso legal oscuro o dudoso;  adapta el derecho escrito a las circunstancias de la realidad administrativa, y  contribuye a la sistematización del Derecho administrativo. La jurisprudencia está constituida por las sentencias judiciales concordantes sobre un mismo punto. Su misión es:  explicativa: si la ley es oscura, su aplicación por los órganos judiciales supone aclarar y fijar su alcance;  supletoria: la jurisprudencia debe dar solución a los casos que la ley no ha previsto;  renovadora: la jurisprudencia prolonga la vigencia de la ley, y hace flexibles y duraderos sus principios.

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA JURISPRUDENCIA COMO FUENTE DEL DERECHO ADMINISTRATIVO? Es indiscutible la creciente importancia de la jurisprudencia como fuente del Derecho en general y del Derecho administrativo en particular. Para el Derecho administrativo, la jurisprudencia es una fuente de innegable trascendencia, que ha estado ligada desde siempre a su desarrollo. Ejemplo histórico y actual de esta íntima relación lo constituye el tribunal administrativo francés: Consejo de Estado. La jurisprudencia, especialmente si es legalmente vinculante, es fundamental para la existencia del Estado de Derecho porque da seguridad jurídica y porque, además, crea políticas jurisdiccionales. Estos dos aspectos tienen que ser desarrollados con algo más de detalle. La jurisprudencia es fundamental para el Estado de Derecho porque da contenido al sistema jurídico de un determinado país en los detalles y, además, porque crea seguridad al hacer predecible la administración de justicia. Uno de los principales temas en el estudio de la administración de justicia es hacerla predecible, es decir, poder decir con antelación cómo es previsible que los tribunales resuelvan un problema determinado. En esos casos, las resoluciones previas, si están debidamente fundamentadas, pueden ayudar grandemente a la predictibilidad y eso da seguridad al que tendría la razón y, por qué no decirlo, puede desalentar procesos que quisieran jugar a la aventura de ganar pues se sabrá cuál es el sentido de la jurisprudencia sobre la materia. Pero la jurisprudencia es también importante porque crea políticas jurisdiccionales. Por éstas entendemos los grandes criterios de administración de justicia establecidos en ejercicio de sus competencias por el máximo órgano de resolución de conflictos del Poder Judicial. Las políticas jurisdiccionales no tienen nada que ver con la política partidaria: son lineamientos de cómo procesar y cómo resolver (y por cuáles fundamentos), en los asuntos en los que los jueces tienen que ejercer su

atribución jurisdiccional. Las políticas jurisdiccionales no son una imposición vertical de arriba hacia abajo pero, obviamente, muestran al juzgador de rangos inferiores, cómo se verá la causa cuando sea recibida por los superiores jerárquicos. Esto permitirá que el Poder Judicial trabaje armónica y más eficientemente. En realidad, nosotros consideramos que la Corte Suprema de la República tiene como justificación principal de su existencia, el establecer políticas jurisdiccionales en todo el país, con la sapiencia y la mesura que ella requiere, desde luego. Esto hace ver que la jurisprudencia de la Corte Suprema debería cumplir todos estos roles pues a través de su función jurisdiccional que la Corte Suprema podrá sentar principios de política jurisdiccional. Al mismo tiempo, requiere una Corte Suprema que tenga más tiempo para considerar los asuntos sometidos a su jurisdicción y, eventualmente, que sea considerada más como un órgano de política jurisdiccional y no como una instancia de resolución o de casación. Esto requiere diseñar el papel de la Corte Suprema en la Ley Orgánica del Poder Judicial (no en la Constitución que permite una Corte como la que proponemos). La Corte Suprema deberá ver muy pocos casos (doscientos o cuatrocientos al año, tal vez), debidamente escogidos para que sean los más importantes en los que hay que sentar precedentes. Todo ello debería ser materia de una modificación legislativa que la propia Corte Suprema podría proponer en ejercicio de su iniciativa legislativa.

LA JURISPRUDENCIA Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO HONDUREÑO

En nuestro país, antes del funcionamiento de los tribunales de la Jurisdicción de lo Contencioso –administrativo la jurisprudencia no podía catalogarse de fuente del Derecho Administrativo. Si la jurisprudencia es declarada por la Corte Suprema de Justicia en tres sentencias conforme a materia de casación, es evidente que la misma no podía formarse en vista que no existía la Jurisdicción de lo Contenciosoadministrativo; en otras palabras, no había posibilidad alguna de que la Corte Suprema de Justicia conociese recursos de casación en esta materia, antes de la emisión de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso- administrativo. Actualmente está vigente dicha ley y en funcionamiento los Tribunales respectivos; asimismo la ley general de administración pública incorpora la “jurisprudencia administrativa” dentro de la jerarquía normativa a la que deben ajustarse los actos. Por lo anterior la jurisprudencia en nuestro país si es fuente del derecho administrativo.

CONCLUCIONES

 La jurisprudencia administrativa No es en el nacimiento de una ley, sino en su aplicación confirmada o corregida jurisprudencialmente, en que saldrán a la luz las virtudes y, con seguridad, también los defectos de la nueva herramienta normativa.

 La jurisprudencia es un instrumento que permite llenar las lagunas, tanto las de conocimiento como las de reconocimiento de un sistema jurídico determinado, en virtud de lo cual podemos afirmar que cada caso tiene una solución dentro del propio sistema. De tal forma que el proceso de aplicación de las normas permite determinar su significado, esto confiere certidumbre sobre su aplicación, eliminando así la arbitrariedad de la autoridad, lo cual redunda en una mayor seguridad jurídica. El intérprete debe tomar en cuenta su responsabilidad al crear la jurisprudencia, por lo que la justificación de sus resoluciones es fundamental, y ésta debe ser siempre coherente con el sistema jurídico.