Juicio Monitorio

JUICIO MONITORIO 1. COMPETENCIA 1. Domicilio deudor conocido: 2. Domicilio deudor no conocido: 3. Cantidades debidas co

Views 146 Downloads 0 File size 70KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

  • Author / Uploaded
  • Mjose
Citation preview

JUICIO MONITORIO 1. COMPETENCIA 1. Domicilio deudor conocido: 2. Domicilio deudor no conocido:

3. Cantidades debidas comunidades de propietarios de inmuebles urbanos. SUMISIÓN EXPRESA/TÁCITA:

Juzgado de 1ª Instancia del Domicilio o residencia del deudor. El lugar en que el deudor pudiere ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal. También será competente el Juzgado del lugar donde se halle la finca, a elección del solicitante. No será de aplicación.

2. INICIACIÓN: Petición del Acreedor. 3. ABOGADO Y PROCURADOR:   

No necesario para la petición inicial. No necesario para tramite de clausulas abusivas. Oposición: El escrito de oposición deberá ir firmado por abogado y procurador cuando su intervención fuere necesaria por razón de la cuantía, según reglas generales.

4. PLAZOS. MOMENTO

CONCEPTO

Admisión de la petición y requerimiento de pago.

El LAJ requerirá al deudor para que en el plazo de x días pague al peticionario. Acreditándolo ante el tribunal o comparezca ante este y alegue escrito de oposición. En la propuesta se deberá informar al peticionario de que si en un plazo no superior a x días no envía la respuesta o la misma es de rechazo se le tendrá por desistido. Cuando el juez apreciare que alguna de las clausular puede ser calificada como tal dará audiencia por plazo de: Oídas estas, resolverá lo procedente mediante auto dentro de los x días siguientes Impugnación del escrito de oposición por el acreedor cuando siga tramites del juicio verbal. Cuando el importe de la reclamación exceda tramites de juicio verbal si el peticionario no interpusiera la demanda dentro del plazo de X desde el traslado del escrito de oposición dictara decreto sobreseyendo las actuaciones y

CLAUSULAS ABUSIVAS

OPOSICION

JUICIO MONITORIO

Página 1

20 DIAS

10 DIAS

5 DIAS A LAS PARTES. 5 DIAS SIGUIENT ES. 10 DIAS 1 MES

condenando en costas al acreedor.

5. RECURSOS AUTO que se dicte clausulas abusivas.

APELACION.

6. OPOSICION. Hay que diferenciar cuando dicha oposición: 

NO SEA POR PLUSPETICIÓN:



SI LA OPOSICION SE FUNDARA EN LA EXISTENCIA DE PLUSPETICIÓN: Se actuará respecto a la cantidad

Se resolverá definitivamente por el JUICIO QUE CORRESPONDA, teniendo la sentencia que se dicte efectos de COSA JUZGADA.

reconocida como debida conforme a lo que dispone art 21.2

7. TERMINACIÓN. Deudor no atendiere al requerimiento de pago o no compareciere: Deudor atendiere pago: OPOSICION. Cuando la cuantía de la pretensión no excediera de la propia del juicio verbal dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio OPOSICION. Cuando el importe de la reclamación exceda trámites de juicio verbal si el peticionario no interpusiera la demanda dentro del plazo de X desde el traslado del escrito de oposición el laj dictara decreto sobreseyendo las actuaciones y condenando en costas al acreedor. OPOSICION NO PLUSPETICIÓN: Si el deudor presentare escrito de oposición dentro del plazo el asunto se resolverá en el juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se dicte:

DECRETO LAJ. ARCHIVO LAJ DECRETO LAJ

DECRETO LAJ

EFECTOS DE COSA JUZGADA.

8. COSTAS.

JUICIO MONITORIO

Página 2

Oposición: Si acreedor no presenta demanda de oposición en el plazo de 1 mes desde el traslado del escrito de oposición el LAJ dictará decreto sobreseyendo las actuaciones y condenando en costas al acreedor. 9. OTROS. 

Es posible efectuar el requerimiento de pago a través de edictos? Solo se admitirá el requerimiento por medio de edictos en procesos monitorios en los asuntos de comunidad de propietarios.

JUICIO MONITORIO

Página 3