Informe Hora Hombre

CALCULO DE HORA HOMBREDescripción completa

Views 221 Downloads 28 File size 2MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

Contenido I.

INTRODUCCION: ............................................................................................................................ 2

II.

OBJETIVOS: .................................................................................................................................... 3

III.

MARCO TEÓRICO ........................................................................................................................... 4

IV.

MARCO LEGALES ....................................................................................................................... 5

4.1. 4.2. 4.3.

         4.4.

  4.5. 4.6. 4.7. 4.8. 4.9. 4.10. 4.11. V.

REMUNERACIÓN BÁSICA (JORNAL)....................................................................................................... 6 REMUNERACIÓN POR LOS DÍAS DE DESCANSO: DOMINICAL Y FERIADOS ....................................................... 6 BONIFICACIONES:............................................................................................................................. 6 Bonificación Única de Construcción Civil (BUC) ........................................................................... 6 Bonificación por movilidad acumulada ....................................................................................... 7 Bonificación por altura ................................................................................................................ 7 Bonificación por altitud ............................................................................................................... 8 Bonificación por trabajo nocturno .............................................................................................. 8 Bonificación por contacto directo con agua................................................................................ 9 Bonificación por aguas servidas .................................................................................................. 9 Bonificación por alta especialización .......................................................................................... 9 Bonificación por riesgo de trabajo bajo la cota cero................................................................. 10 ASIGNACIONES .............................................................................................................................. 10 Asignación por escolaridad ....................................................................................................... 10 Asignación por sepelio .............................................................................................................. 11 GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD ............................................................................. 11 HORAS EXTRAS .............................................................................................................................. 12 COMPENSACIÓN VACACIONAL .......................................................................................................... 12 TIEMPO DE SERVICIO....................................................................................................................... 13 PERMISOS ................................................................................................................................. 13 Permiso Por Duelo ..................................................................................................................... 13 Permiso Por Nacimiento ............................................................................................................ 13 SALARIO POR CATÁSTROFE ....................................................................................................... 14 UNIFORME ................................................................................................................................ 14

CALCULO DE COSTO HORA HOMBRE ........................................................................................... 15 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP) ........................................................................................ 15 SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES – SNP ..................................................................................... 15 CALCULO DE DIAS LABORADOS ..................................................................................................... 17 CÁLCULO DE INCIDENCIAS: ............................................................................................................ 17 CALCULO DE LA INCIDENCIA DE LEYES SOCIALES ........................................................................... 19 CÁLCULO DE HORA HOMBRE PARA AFILIADOS AL SNP .................................................................. 21 CÁLCULO DE HORA HOMBRE PARA AFILIADOS AL SPP .................................................................. 23

VI.

CONCLUSION ........................................................................................................................... 25

VII.

BIBLIOGRAFIA ......................................................................................................................... 26

VIII.

ANEXOS ................................................................................................................................... 27

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 1

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

I.

INTRODUCCION: En el Perú en todas las obras de construcción civil nos vemos ante el paradigma del real pago hacia los trabajadores de este sector, ya que ante los continuos conflictos que se han venido suscitando a lo largo de los años entre la Cámara Peruana de construcción (Capeco) y la Federación de trabajadores en construcción civil (FTCCP), se han venido generando disyuntivas que emergen al caos, la informalidad, entre otros. Por esto y otros aspectos que detallaremos en el presente informe es de vital importancia mostrar el procedimiento de cálculo del valor de la Hora Hombre (HH) para obras de construcción Este trabajo le he elaborado basándome en la forma usual de cálculo explicada en el libro Costos y Presupuestos del Ing. Jesús Ramos Salazar editado por CAPECO

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 2

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

II.

OBJETIVOS: 1.1.

OBJETIVO GENERAL:  Conocer el procedimiento de cálculo para el COSTO HORAHOMBRE.

1.2.

OBJETIVOS PARTICULARES:  Conocer las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico.

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 3

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

III.

MARCO TEÓRICO

TERMINOS: 1. UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT): La UIT es el valor de referencia que puede utilizarse en las normas tributarias para determinar bases imponibles, deducciones, límites de afectación y otros aspectos relacionados a los tributos, como también para la aplicación de sanciones, obligaciones contables y otras obligaciones de carácter formal. Para el año 2012 en la suma de S/. 3,650.00 (tres mil seiscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). 2. APLICACIONES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS: Aplicación geográfica: a nivel nacional. Ámbito subjetivo: trabajadores que laboran en obras públicas o privadas (con excepción de quienes laboran en obras que tienen un costo menor a 50 UIT). 3. CATEGORIAS DE TRABAJADORES:  Operarios: Albañiles, carpinteros, ferreros, pintores, electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, choferes, maquinistas, Operarios mezcladores, concreteros, wincheros, mecánicos y los dedicados a la construcción de puentes, caminos y túneles.  Ayudantes u Oficiales: Son los que se desempeñan como ayudantes de los Operarios.  Peones: Son los trabajadores no calificados, ocupados en diversas tareas de la Construcción. 4. CARACTERISTICA DE LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION CIVIL: Son dos:  La Eventualidad: Se explica por el carácter temporal de la relación laboral en construcción civil. Relación que no es permanente pues dura mientras se ejecuta la labor, para la cual se ha contratado al trabajador o mientras dure la ejecución de la obra.  Ubicación Relativa: No existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las labores de construcción, ellas se desenvuelven en diversos sitios, sin fijeza absoluta. 5. JORNAL LABORAL (JB): Es el periodo de tiempo de la jornada laboral y es de 8.5 horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un total de 48 horas semanales. 6. PACTO COLECTIVO:

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 4

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

Es el convenio que se realiza entre la cámara peruana de construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil del Perú (FTCCP). En la cual se determina los JB para el periodo de tiempo de ese año va desde el 01 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2010 7. FERIADO: Día que le corresponde una jornada laboral en la que no se trabaja, pero se recibe remuneración. 8. SISTEMA DE PENSIONES: Actualmente coexisten dos regímenes previsionales a los cuales se adscriben los trabajadores, el primero el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de carácter estatal, y el segundo el Sistema Privado de Pensiones (SPP) A los cuales los Trabajadores de construcción civil se adhieren. 9. BONIFICACION UNIFICADA DE CONSTRUCCION Consiste en reunir dentro de ella a varias otras bonificaciones:  La bonificación por desgaste de herramientas y ropa.  La bonificación por alimentación.  La bonificación por agua potable (esta bonificación reemplaza a la compensación por falta de agua potable y se otorga con prescindencia del hecho de que la obra cuente o no con agua potable).  La bonificación por especialización (sólo la percibe el operario).

IV.

MARCO LEGALES

A todos los trabajadores que realizan labor de construcción para otra persona, sea natural o jurídica y quien a su vez se encuentre dentro de lo establecido en el Código 45 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIUU revisión 3.1) (Preparación de terrenos, construcción de edificios completos, partes de edificios y obras de ingeniería civil, tales como carreteras, túneles, puentes, entre otros, con una relación de dependencia y a cambio de una remuneración, serán considerados como trabajadores del Régimen Especial de Construcción Civil, salvo lo establecido en el Art. 14 del Decreto Legislativo No. 727, que para promover la inversión privada en la construcción excluye a las obras cuyo presupuesto total NO superen las 50 UIT.

Forma especial de remuneración De acuerdo a los convenios colectivos celebrados en la actividad de la construcción y de los beneficios y remuneraciones que en este régimen laboral se aplica, podemos señalar que los trabajadores de construcción civil perciben los siguientes conceptos:

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 5

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

4.1.

Remuneración básica (Jornal)

La remuneración básica para los trabajadores de construcción civil se creó mediante decreto supremo del 2 de marzo de 1945; según esta norma, se establece el jornal básico para cada una de las categorías de trabajadores de este régimen. En el presente régimen se establecen tres (3) categorías: Operarios, Oficiales y Peones.

OPERARIO OFICIAL PEON

4.2.

JORNAL BASICO S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

Remuneración por los días de descanso: dominical y feriados

Descanso semanal. -El día de descanso semanal obligatorio será equivalente al de una jornada ordinaria y se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados. Cuando se labore en el día de descanso semanal obligatorio, sin sustituirlo por otro día en la misma semana, el trabajador tendrá derecho al pago de la retribución a la labor efectuada más una sobretasa del 100 %. Descanso en días feriados. - Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados establecidos en el D. Leg. Nº 713, Ley de Descansos Remunerados. Además, según la Ley Nº 24324, se considera feriado. El Día de los Trabajadores de Construcción Civil (25 de octubre). La remuneración por estos días es el equivalente a la remuneración ordinaria, la que se abonará en forma proporcional a los días efectivamente laborados, salvo el Día del Trabajo, que se abonará sin condición alguna. Cuando se labore en día feriado, sin sustituirlo por otro día, el trabajador tendrá derecho al pago de la retribución a la labor efectuada más una sobretasa del 100 %.

4.3.

Bonificaciones:

 Bonificación Única de Construcción Civil (BUC) Esta bonificación tiene carácter de condición de trabajo. De conformidad con la R.S.D. 193-91-1-1SD-NEC, se refiere a las bonificaciones por desgaste de herramientas y ropa, por alimentación, por compensación por falta de agua potable y por especialización para el operario. La Bonificación Unificada de la Construcción (BUC), se le paga al trabajador sobre la base de un porcentaje del jornal básico percibido, de acuerdo a la

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 6

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

categoría a la que pertenezca, mediante la Resolución Directoral Nº 155-94DPSC, los porcentajes correspondientes son: operario 32 %, oficiales 30 % y peón 30 %. BUC

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

TASA 32% 30% 30%

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

S/. 20.576 15.6 13.95

Asimismo, se deberá tener presente que:   

Se otorga por día laborado. Para el cálculo de la BUC, no es considerado el dominical. No es computable para el cálculo de las gratificaciones ordinarias (julio y diciembre), compensación vacacional, compensación por tiempo de servicios, asignación por escolaridad.

 Bonificación por movilidad acumulada La R.S.D. N° 367-85-SD-NEC, R.S.D. N° 232-1SD-NEC y la R.D.N° 77787DL-LlM (10.07.87) disponen que se debe pagar a los trabajadores de construcción civil por concepto de movilidad urbana e interurbana, el valor de seis pasajes urbanos. Este concepto se abona por día trabajado, sin distinción de categoría. No se paga esta bonificación cuando se trata de obreros en campamento, cuando el trabajador no asiste al centro de trabajo ni en días de descanso remunerado. Esta bonificación no está afecta a los aportes ni descuentos que se efectúan por planillas (Es salud, ONP y/o SPP). Para los trabajadores que laboren domingos o feriados será la equivalente a 4 (cuatro) pasajes urbanos.

OPERARIO OFICIAL PEON

BONIFICACION POR MOVILIDAD S/.7.2 S/.7.2 S/.7.2

 Bonificación por altura Es equivalente al 7 % de la remuneración básica del obrero, por cada 4 pisos, por toda labor efectuada en el exterior de un edificio a partir del cuarto piso, que comprenda los trabajos de andamio, revoques exteriores de toda clase, revestimiento de cerámica y otros, molduras que deben forjarse desde el exterior, encofrado de aleros; y, a los

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 7

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

obreros que realizan labores en fachadas interiores en las que utilicen andamios, que comparten los riesgos de los trabajadores que realizan labores desde el exterior. Cuando no se pueda determinar los 4 pisos, se considera el pago de este beneficio a partir de los 10 metros, contados desde la cota del suelo. También, se paga esta bonificación por trabajos de tanques elevados en urbanizaciones, a partir de cinco (5) metros de altura. Esta bonificación no se considera para la CTS, ni para las vacaciones. (R.M. N° 480, R.M. N° 918, R.M. N° 963,R.M. N° 072 y la R.S.D. N° 604-75-91) JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

BONIFICACION POR ALTURA TASA S/. 4.50 7% 3.64 7% 3.25 7%

 Bonificación por altitud De conformidad con la R.S.D. N° 058-76-911000 y R.S.D. N° 443¬884SD/NEC, cuando se contraten los servicios de trabajadores que habitualmente residen en ciudades de la costa para que realicen labores en lugares ubicados a partir de los tres mil metros (3,000) sobre el nivel del mar, se les deberá pagar este beneficio, en un monto que asciende a S/.1.80 por día laborado. Esta bonificación solo se abonará en tanto el trabajador preste servicios en esa obra sobre la altitud indicada. Esta bonificación no será computable para el cálculo de los beneficios sociales ni para la indemnización del tiempo de servicios.  Bonificación por trabajo nocturno Se considera horario nocturno las labores realizadas a partir de las 11 p.m. El trabajo en horario nocturno se pacta y es retribuido con el equivalente a un salario básico por una jornada de 8 horas con una bonificación del 25 %. La media hora de descanso para tomar refrigerio está incluida dentro de las 8 horas. (R.M. N° 480, R.M. N° 072 y R.D. N°100-72-DPRTEES.)

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

COSTOS Y PRESUPUESTOS

BONIF. POR TRABAJOP NOCTURNO TASA S/. 16.08 25% 13.00 25% 11.63 25%

Pág. 8

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

 Bonificación por contacto directo con agua La bonificación en este caso es equivalente al 20 % sobre el salario básico. Se entiende por contacto directo con el agua a la situación por la cual el trabajador de construcción civil tenga que ingresar al agua, e incluso sumergirse en ella; tal es el caso específico de trabajo en inundaciones, ríos, lagos, represas y demás que le sean semejantes, tales como trabajos en contacto directo con aguas servidas. Resolución Ministerial Nº 480 (20.03.64).

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

BONIF. POR CONTACTO CON EL AGUA TASA S/. 12.86 20% 10.40 20% 9.30 20%

 Bonificación por aguas servidas Se extiende la bonificación ascendente al 20 % sobre el jornal básico a los trabajos que se realicen con contacto directo con aguas servidas en los sistemas de alcantarillado y recolectores, con las mismas especificaciones y condiciones establecidas para la bonificación por contacto directo con el agua.

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

BONIF. POR AGUAS SERVIDAS TASA S/. 12.86 20% 10.40 20% 9.30 20%

 Bonificación por alta especialización Este beneficio BAE (de carácter permanente), se otorga a los trabajadores operarios que estén debidamente certificados por el empleador o por institución educativa para realizar trabajos especializados, teniendo en cuenta las siguientes características:  

Se otorga únicamente a los trabajadores operarios. Porcentajes discriminados que se aplican sobre el jornal básico.

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 9

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

  

El BAE se paga por día laborado en jornada semanal obligatoria, excluyéndose los domingos, feriados o descansos semanales. No es base computable para el cálculo de los benéficos sociales. Dichos porcentajes a pagar se diferencian en tres escalas: - Operario operador de equipo mediano: 8 % - Operario operador de equipo pesado: 10 % - Operario electromecánico: 15 %

A partir del Acuerdo Colectivo 2013-2014, se incluye a los topógrafos dentro de los alcances del BAE, siendo su monto equivalente al 9 % de su jornal básico.  Bonificación por riesgo de trabajo bajo la cota cero Conforme se establece en el último Acuerdo Colectivo 2013-2014, los trabajadores del presente régimen especial, que laboren en un nivel inferior al segundo sótano o cinco metros bajo la cota del suelo, tendrán el derecho a una bonificación por riesgo de trabajo, equivalente a S/.1.90 soles diario, cuyo pago se efectuará hasta la culminación de las obras de estructuras al nivel en mención. Cabe señalar que el presente beneficio tiene la condición de permanente.

4.4.

Asignaciones

 Asignación por escolaridad Es equivalente a 30 jornales básicos al año, por cada hijo menor de 18 años que curse estudios de nivel inicial, primarios o secundarios y/o que realice estudios técnicos superiores hasta los 21 años. El promedio de hijos según el INEI es de 3. Para ello el trabajador deberá acreditar con las partidas de nacimiento y el documento otorgado por la autoridad de educación correspondiente. Esta asignación no está afectada a los aportes de Essalud, ni a los descuentos por pensiones (ONP o AFP). Esta asignación podrá ser pagada en 12 cuotas, la última semana de cada mes, a razón de un dozavo del total de la asignación por cada hijo.

OPERARIO OFICIAL PEON

JORNAL BASICO S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

COSTOS Y PRESUPUESTOS

N° DE JORNALES 30 30 30

ANUAL S/.

MENSUAL S/.

DIARIO S/.

1929 1560 1395

160.75 130.00 116.25

5.36 4.33 3.88

Pág. 10

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

 Asignación por sepelio Los partes acuerdan que la asignación por sepelio que se abona a los familiares de los trabajadores fallecidos durante el contrato de trabajo es de una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siempre y cuando el costo de la obra presupuestada sea igual o mayor cincuenta (50) UIT.

4.5.

Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad

De conformidad con la R.D. 777-87-DRLIM, los trabajadores de construcción civil tienen derecho al pago de: -

Por Fiestas Patrias (julio), a 40 jornales básicos, si es que el trabajador laboró en una misma obra los 7 meses anteriores. Por Navidad (diciembre), a 40 jornales básicos, siempre y cuando el trabajador haya laborado cinco meses anteriores a las fiestas de Navidad.

En el caso de gratificaciones por Fiestas Patrias, el trabajador percibirá tantos sétimos como meses hubiera laborado. Tratándose de Navidad, el trabajador percibirá tantos quintos como meses hubiera laborado. En el caso de que un trabajador cesara antes de cumplir un mes calendario, percibirá tantas partes proporcionales (treintavos) de los sétimos y quintos del monto de cada una de las gratificaciones, como días haya laborado. Las gratificaciones se pagarán en la semana anterior a las Fiestas Patrias o Navidad, salvo el caso de renuncia o despido. (R.S.D.531-81-911000).

OPERARIO OFICIAL PEON

GRATIFICACION POR FIESTAS PATRIAS JORNAL POR 7 MENSUAL S/. DIARIO S/. BASICO MESES 2572 367.43 12.25 S/.64.30 2080 297.14 9.90 S/.52.00 1860 265.71 8.86 S/.46.50

OPERARIO OFICIAL PEON

JORNAL BASICO S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

COSTOS Y PRESUPUESTOS

GRATIFICACION POR NAVIDAD POR 5 MENSUAL S/. DIARIO S/. MESES 2572 2080 1860

514.40 416.00 372.00

17.15 13.87 12.40

Pág. 11

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

4.6.

Horas extras

Pago de sobretasa de 60% hasta la hora décima y de 100% a partir de la décima hora sobre el jornal básico (Pacto Colectivo de 08.05.51 (*) Por Ley se dispone el pago mínimo de 25% sobre la remuneración total del trabajador como sobretasa por horas extras. Este pago reemplazaría a la sobretasa fijada para construcción de 60%. En cambio, la sobretasa de 100% se continuaría aplicando (Decreto Legislativo N-54).

4.7.

Compensación Vacacional

Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a 30 días calendario de descanso vacacional, por cada año de trabajo para un mismo empleador, siempre y cuando cumplan con los requisitos que menciona el D. Leg. Nº 713, como son cumplir con el récord de 260 días efectivos de labor si la jornada es de 6 días a la semana. En tal sentido, se considera días efectivos de trabajo los siguientes: -

-

La jornada ordinaria mínima de cuatro (4) horas. La jornada cumplida en día de descanso cualquiera que sea el número de horas laborado. Las horas de sobretiempo en número de cuatro (4) o más en un (1) día. Las inasistencias por enfermedad común, por accidentes de trabajo o enfermedad profesional, en todos los casos siempre que no supere sesenta (60) días al año. El descanso previo y posterior al parto. El permiso sindical. Las faltas o inasistencias autorizadas por ley, convenio individual o colectivo o decisión del empleador. El período vacacional correspondiente al año anterior; y, Los días de huelga, salvo que haya

La compensación vacacional equivale al 10 % del salario básico percibido durante el año de servicios. El trabajador tendrá derecho al récord incompleto en las siguientes situaciones: -

Si fueran despedidos después de seis (6) días de labor, percibirán como compensación vacacional un monto equivalente al 10 % de todos los salarios básicos percibidos durante su periodo de trabajo, no incluye la remuneración dominical.

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 12

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

-

-

Los trabajadores que renuncien después de haber laborado dieciocho (18) días, tendrán derecho a percibir una compensación vacacional equivalente al 10 % de todos los salarios básicos percibidos durante su permanencia en el trabajo. Si la despedida o retiro involuntario se realiza exactamente al cumplir los dieciocho (18) días de labor efectiva, la compensación vacacional equivale a dos jornales y medio.

Por otro lado, no tendrán derecho al récord incompleto: -

Si fueran despedidos dentro de los primeros seis días de labor, no recibirán pago alguno. Si renuncian antes de haber laborado dieciocho (18) días, no recibirán pago alguno. En el pago de la compensación no se incluye las horas extras. Resolución Ministerial Nº 918 (06.08.65). Si el trabajador comete falta grave debidamente comprobada, perderá su derecho al pago de la compensación vacacional.

4.8.

Tiempo de servicio

La compensación por tiempo de servicios para los trabajadores de construcción civil es equivalente al 15 % de las remuneraciones básicas percibidas por el trabajador durante el tiempo de servicios que laboró para un mismo empleador. (Decreto Supremo Nº 0120T, publicado el 02.11.53). A dicho cálculo, también se le incluyen las horas extras, las cuales son computadas como horas simples y no con sobretasa. A partir del 01.06.90 por R.S.D.450-90-2SD-NEC de fecha 25.05.90 se estableció que el cálculo de la CTS se determina aplicando el último jornal vigente a la fecha de cese del trabajador. El 15 % en mención está conformado por un 12 % que corresponde realmente a la CTS y un 3 % es una sustitución de la participación en las utilidades. (D.S. 012-DT). Para determinar el tiempo de servicios solo se computa los días efectivamente trabajados, no se incluye los días feriados, los dominicales, ni las faltas. Resolución Ministerial Nº 480 (20.03.64) y Resolución Subdirectoral Nº 450-90250-NEC (25.05.95).

4.9. -

PERMISOS

Permiso Por Duelo Derecho a tres (03) días de permiso con goce de salario por fallecimiento de padres, cónyuge e hijos (R.M. N"80 de 20.03.64;R.S.D. N-79-82-91 000 de 16.08.82).

-

Permiso Por Nacimiento

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 13

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

Medio (112) día sin salario y sin pérdida del dominical cuando el padre concurra a firmar el nacimiento de su hijo (R.D. NWO-70-DRTL de 03-04.70).

4.10. SALARIO POR CATÁSTROFE Pago al trabajador del jornal y la porción de dominical correspondiente en aquellos días dejados de laborar por caso fortuito o "actos de Dios", como terremotos, maremotos, aluviones (R.S.D. NWO4-75-91000).

4.11. UNIFORME El empleador debe proporcionar a los trabajadores de la obra el uso de un overol con tirantes de tipo standard, que debe ser devuelto al finalizar la obra, en aquellas obras de más de veinte (20) trabajadores (R.D. N"777-87-DR-LIM de 08.07.87, R.S.D. NO-90-2SD-NEC de 25.06.90).

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 14

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

V.

CALCULO DE COSTO HORA HOMBRE

El JORNAL BÁSICO vigente es de:

OPERARIO OFICIAL PEON

JORNAL BASICO S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

sobre estos jornales se calcula todos los ingresos para los trabajadores que el Régimen Laboral de Construcción establece, así como los aportes que los empleadores deben efectuar en función a estos ingresos, asimismo debemos tomar en cuenta que actualmente coexisten dos regímenes previsionales a los cuales se adscriben los trabajadores, el primero el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) de carácter estatal, y el segundo el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

5.1.

SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP)

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un régimen de capitalización individual que ofrece pensiones de jubilación, invalidez y sobrevivencia, así como reembolso de gastos de sepelio. El trabajador es dueño de una cuenta personal en la que acumula sus aportaciones. El total de los aportes que acumula en su cuenta, más la rentabilidad que le generan, sirve para obtener una pensión de jubilación al final de su vida laboral. No existe un requisito de años de aporte o cantidad mínima de aportaciones para jubilarse, ni un límite máximo en el monto de las pensiones que puede recibir. Además de los Aportes Obligatorios, el trabajador puede realizar Aportes Voluntarios con la finalidad de incrementar su Fondo y mejorar así su Pensión de Jubilación en el futuro. En el SPP la administración está a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que son empresas privadas, y la supervisión está a cargo de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS). El trabajador puede cambiar de AFP las veces que desee, pero su Fondo siempre será suyo.

5.2.

SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES – SNP

Se creó en sustitución de los sistemas de pensiones de las Cajas de Pensiones de la Caja Nacional de Seguridad Social, del Seguro del Empleado y del Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares. A partir del 1 de junio de 1994 la Oficina de Normalización Previsional (ONP), tiene como función administrar el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990. Se consideran asegurados obligatorios, a los siguientes: -

Trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada a empleadores particulares, cualquiera que sea la duración del contrato de trabajo

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 15

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

-

y/o el tiempo de trabajo por día, semana o mes, siempre que no estén afiliados al Sistema Privado de Pensiones. Algunos trabajadores que prestan servicios al Estado. Trabajadores de empresas de propiedad social, de cooperativas de usuarios, de cooperativas de trabajadores y similares. Trabajadores del servicio del hogar.

Las aportaciones -

Aportan los trabajadores en un porcentaje equivalente al 13% de la remuneración asegurable Las aportaciones serán calculadas sin topes, sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el asegurado.

Prestaciones Las prestaciones a las que tiene derecho el asegurado son las siguientes: -

Pensión de invalidez Pensión de jubilación Pensión de sobrevivientes Capital de defunción

La diferencia principal entre estos regímenes se da por que al tener los trabajadores de construcción civil un sistema de jubilación anticipada debido a las condiciones propias de su labor, el fondo previsional que acumularía en el SPP (10% de su salario) sería insuficiente al llegar a su edad de jubilación (55 años) por lo que requiere de un aporte adicional que se ha establecido en 2% y que se aporta en forma solidaria entre el empleador y trabajador. Este costo adicional de 1% de los ingresos del trabajador que aporta el empleador constituye la diferencia entre el SNP y SPP, por eso veremos cómo afecta esto al valor de la HH. Vamos a calcular en primer lugar las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico, lo haremos suponiendo lo siguiente:

-

La jornada laboral es de 8.5 horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un total de 48 horas semanales. Se considera un trabajador con tres (3) hijos en edad escolar. La bonificación por movilidad diaria de S/. 7.20 Las condiciones de trabajo son normales Cada día equivale a una jornada de 8 horas

Para calcular las incidencias hemos de calcular primero los días efectivamente laborados en el periodo señalado, recordando que para el país existen once semanas al año donde

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 16

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

acontecen feriados nacionales no laborable, así como cincuenta y dos domingos que tampoco se labora normalmente. A cada día feriado le corresponde una jornada laboral en la que no se trabaja, pero se recibe remuneración.

5.3.

CALCULO DE DIAS LABORADOS CÁLCULO DE DÍAS LABORADOS EN EL PERIODO 1

Sem 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12-52

Descripción Día de San Pedro y San Pablo Fiestas Patrias Santa Rosa de Lima Combate de Angamos Día de Construcción Civil Día de Todos Los Santos La Inmaculada Concepción Navidad Año Nuevo Semana Santa Día del Trabajador Semanas "normales"

Fecha 29/06/2018 28/07/2018 30/08/2018 08/10/2018 25/10/2018 01/11/2018 08/12/2018 25/12/2018 01/01/2019 Jue y Vie 01/05/2019

TOTAL DE DIAS DEL AÑO Días laborados en el periodo

5.4.

Día

2 Feriado Domingo (HJ)/(EQUI HJ)

viernes Vie y Sab jueves lunes

1.0000 1.0000 1.0000 1.0000

1.0625 1.7500 1.0625 0.0000

2.0625 2.7500 2.0625 1.0000

jueves

1.0000

1.0625

2.0625

jueves

1.0000

1.0625

2.0625

sábado martes martes Jue y Vie miércoles

1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 41.0000

1.0625 1.0625 1.0625 2.1250 1.0625

2.0625 2.0625 2.0625 3.1250 2.0625 41.0000

Total

52.0000

12.3750

64.3750

365 DIAS 300.6250

dc

CÁLCULO DE INCIDENCIAS:

INCIDENCIA DE DESCANSO DOMINICAL:

𝐼𝐷𝐷 =

𝐷𝑂𝑀𝐼𝑁𝐺𝑂𝑆 𝐷𝐸𝐿 𝐴Ñ𝑂 52 = = 17.30% 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵𝑂𝑅𝐴𝐷𝑂𝑆 300.625

INCIDENCIA DE LOS FERIADOS:

COSTOS Y PRESUPUESTOS

1+2 Días no Laborados

Pág. 17

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

𝐼𝐹 =

𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐹𝐸𝑅𝐼𝐴𝐷𝑂𝑆 12.375 = = 4.12% 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵𝑂𝑅𝐴𝐷𝑂𝑆 300.625

INCIDENCIA DE LA GRATIFICACIÓN:

𝐼𝐺 =

𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐷𝐸 𝐺𝑅𝐴𝑇𝐼𝐹𝐼𝐶𝐴𝐶𝐼𝑂𝑁 2 ∗ 40 = = 26.61% 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵𝑂𝑅𝐴𝐷𝑂𝑆 300.625

INCIDENCIA DE LA ESCOLARIDAD:

𝐼𝐸 =

𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐷𝐸 𝐸𝑆𝐶𝑂𝐿.∗ 𝑁° 𝐻𝐼𝐽𝑂𝑆 30 ∗ 3 = = 29.94% 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵𝑂𝑅𝐴𝐷𝑂𝑆 300.625

INCIDENCIA DE LAS VACACIONES:

𝐼𝑉 =

𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐷𝐸 𝑉𝐴𝐶𝐴𝐶𝐼𝑂𝑁𝐸𝑆 30 + (300.625 − 260) ∗ 0.1 = = 11.33% 𝑃𝐸𝑅𝐼𝑂𝐷𝑂 𝑅𝐸𝑄𝑈𝐸𝑅𝐼𝐷𝑂 300.625

INCIDENCIA DEL OVEROL: 𝐼𝑂 =

𝐶𝑂𝑆𝑇𝑂 2 𝑂𝑉𝐸𝑅𝑂𝐿𝐸𝑆 2 ∗ 𝑆/.80 = = 𝑆/.0.53 300.625 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵. 𝐴𝐿 𝐴Ñ𝑂

INCIDENCIA DEL SEGURO DE VIDA

𝐼𝑆𝑉 =

𝐶𝑂𝑆𝑇𝑂 𝐷𝐸 𝑆𝐸𝐺𝑈𝑅𝑂 12 ∗ 𝑆/.5 = = 𝑆/.0.20 300.625 𝐷𝐼𝐴𝑆 𝐿𝐴𝐵. 𝐴𝐿 𝐴Ñ𝑂

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 18

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

Luego de calcular las incidencias de las leyes sociales deducidas en función a los días laborados al año encontraremos que existen leyes sociales ya establecidas que afectan al jornal básico por cada día de labor y que son: -

compensación por tiempo de servicio al 12% aporte a ESSALUD que equivale al 9% Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) cuyo porcentaje depende de las condiciones de obra, así como la calificación de seguridad que tenga la empresa y que nosotros estableceremos en promedio de 3%.

A estos porcentajes establecidos debemos añadir, en el caso de los trabajadores afiliados al SPP, un aporte adicional de 1%. Los porcentajes deducidos inicialmente generan ingresos adicionales al trabajador, estos ingresos pueden estar o no afectos a los aportes indicados por lo que podemos resumirlos como sigue:

5.5.

CALCULO DE LA INCIDENCIA DE LEYES SOCIALES

DETALLE 01.00 01.01

01.02 01.03

01.04 02.00 02.01 02.02 02.03 02.04 02.05

03.00

PORCENTAJES ESTABLECIDOS Liquidación CTS Utilidades Aporte a ESSALUD Seguro Complementario de Riesgo (SCTR) Prestación Asistencial Prestación Económica Aporte AFP TOTAL P.E PORCENTAJES DEDUCIDOS Salario Dominical Vacaciones Gratificación Feriados no laborables Asignación escolar TOTAL PORCENTAJES DEDUCIDOS APORTE A RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE SALUD

COSTOS Y PRESUPUESTOS

TRABAJADORES DEL SNP JB BUC

TRABAJADORES DEL SPP JB BUC

12.00% 3.00% 9.00%

9.00%

12.00% 3.00% 9.00%

1.30% 1.70%

1.30% 1.70%

27.00%

1.30% 1.70% 1.00% 12.00% 28.00%

17.30% 11.33% 26.61% 4.12% 29.94% 89.30%

17.30% 11.33% 26.61% 4.12% 29.94% 89.30%

0.00%

Pág. 19

9.00%

1.30% 1.70% 1.00% 13.00%

0.00%

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

03.01 03.02 03.03 03.04

04.00

04.01 04.02 04.03 04.04

05.00 05.01 05.02 05.03 05.04

Salario Dominical (9% sobre 2.01) Vacaciones (9% sobre 2.02) Gratificación (9% sobre 2.03) Feriados no laborables (9% sobre 2.04) TOTAL APORTE A ESSALUD APORTE A SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO Salario Dominical (3% sobre 2.01) Vacaciones (3% sobre 2.02) Gratificación (3% sobre 2.03) Feriados no laborables (3% sobre 2.04) TOTAL APORTE AL SCTR APORTE A AFP Salario Dominical (1% sobre 2.01) Vacaciones (1% sobre 2.02) Gratificación (1% sobre 2.03) Feriados no laborables (1% sobre 2.04) TOTAL APORTE AFP

TOTAL

COSTOS Y PRESUPUESTOS

1.56%

1.56%

1.02% 2.39%

1.02% 2.39%

0.37%

0.37%

5.34%

0.00%

5.34%

0.52%

0.52%

0.34% 0.80%

0.34% 0.80%

0.12%

0.12%

1.78%

0.00%

1.78%

0.00%

0.00%

0.17% 0.11% 0.27% 0.04% 0.00%

0.00%

0.59%

0.00%

123.42% 12.00% 125.02% 13.00%

Pág. 20

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

5.6.

CÁLCULO DE HORA HOMBRE PARA AFILIADOS AL SNP

CALCULO DE HORA HOMBRE AFILIADOS AL SNP INGRESOS PARA OBREROS EN CONDICIONES NORMALES Jornal Básico Bonificaciones Bonificación Unificada de Construcción Bonificación por Alta Especialización Bonificación por Movilidad Leyes Sociales Sobre el Jornal Básico Sobre las Bonificaciones Afectas Overol ESSALUD Vida COSTO DIARIO COSTO POR HORA HOMBRE

COSTOS Y PRESUPUESTOS

OPERARIO

OFICIAL

PEON

JB

S/. 64.30

S/. 52.20

S/. 46.50

BUC

S/. 20.58

S/. 15.66

S/. 13.95

32%

30%

30%

BAE

123.42% 12%

S/. 7.20

S/. 7.20

S/. 7.20

S/. 79.36 123.42% S/. 2.47 12% S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 64.43 123.42% S/. 1.88 12% S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 57.39 S/. 1.67 S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 174.63 S/. 21.83

S/. 142.09 S/. 17.76

S/. 127.44 S/. 15.93

Pág. 21

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

INGRESOS PARA OBREROS EN CONDICIONES NORMALES

Jornal Básico Bonificaciones Bonificación Unificada de Construcción Bonificación por Alta Especialización Bonificación por Movilidad Leyes Sociales Sobre el Jornal Básico Sobre las Bonificaciones Afectas

OPERADOR EQUIPO LIVIANO

JB

BUC

32%

BAE

8%

123.42% 12%

Overol ESSALUD Vida COSTO DIARIO COSTO POR HORA HOMBRE

COSTOS Y PRESUPUESTOS

OPERADOR OPERADOR EQUIPO PESADO ELECTROMECANICO

TOPOGRAFO

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 20.58 S/. 5.14 S/. 7.20

S/. 30% 19.29 S/. 10% 6.43 S/. 7.20

S/. 19.29

S/. 19.29 S/. 5.79 S/. 7.20

30% 15%

S/. 9.65

30% 9%

S/. 7.20

S/. S/. S/. 79.36 123.42% 79.36 123.42% 79.36 123.42% S/. S/. S/. 2.31 2.47 12% 2.31 12% 12% S/. S/. S/. 0.53 0.53 0.53 S/. S/. S/. 0.20 0.20 0.20

S/. 79.36 S/. 2.31 S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 179.78 S/. 22.47

S/. 178.98 S/. 22.37

S/. 179.62 S/. 22.45

S/. 182.84 S/. 22.85

Pág. 22

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

5.7.

CÁLCULO DE HORA HOMBRE PARA AFILIADOS AL SPP

CALCULO DE HORA HOMBRE AFILIADOS AL SPP INGRESOS PARA OBREROS EN CONDICIONES NORMALES Jornal Básico JB Bonificaciones Bonificación Unificada de Construcción BUC Bonificación por Alta Especialización BAE Bonificación por Movilidad Leyes Sociales Sobre el Jornal Básico Sobre las Bonificaciones Afectas Overol ESSALUD Vida COSTO DIARIO COSTO POR HORA HOMBRE

COSTOS Y PRESUPUESTOS

OPERARIO

OFICIAL

S/. 64.30

32%

S/. 20.58 S/. 7.20

PEON

S/. 52.20

30%

S/. 15.66

S/. 46.50

30%

S/. 13.95

S/. 7.20

S/. 7.20

125.02% S/. 80.39 125.02% S/. 65.26 125.02% S/. 58.13 13% S/. 2.67 13% S/. 2.04 13% S/. 1.81

S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 175.87 S/. 21.98

S/. 143.09 S/. 17.89

S/. 128.33 S/. 16.04

Pág. 23

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

OPERADOR OPERADOR OPERADOR EQUIPO LIVIANO EQUIPO PESADO ELECTROMECANICO

INGRESOS PARA OBREROS EN CONDICIONES NORMALES Jornal Básico Bonificaciones Bonificación Unificada de Construcción Bonificación por Alta Especialización

JB

BUC

32%

BAE

8%

Bonificación por Movilidad

TOPOGRAFO

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 64.30

S/. 20.58 S/. 5.14 S/. 7.20

S/. 30% 19.29 S/. 10% 6.43 S/. 7.20

S/. 19.29

S/. 19.29 S/. 5.79 S/. 7.20

30% 15%

S/. 9.65

30% 9%

S/. 7.20

Leyes Sociales Sobre el Jornal Básico Sobre las Bonificaciones Afectas

125.02%

Overol ESSALUD Vida COSTO DIARIO COSTO POR HORA HOMBRE

COSTOS Y PRESUPUESTOS

13%

S/. S/. S/. 80.39 125.02% 80.39 125.02% 80.39 123.42% S/. S/. S/. 2.51 2.67 13% 2.51 13% 12% S/. S/. S/. 0.53 0.53 0.53 S/. S/. S/. 0.20 0.20 0.20

S/. 79.36 S/. 2.31 S/. 0.53 S/. 0.20

S/. 181.01 S/. 22.63

S/. 178.98 S/. 22.37

S/. 180.85 S/. 22.61

S/. 184.06 S/. 23.01

Pág. 24

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

VI.

CONCLUSION

EL COSTO DE HORA HOMBRE PARA UNA ALIFIADO AL SNP PARA LAS CONDICIONES YA INDICADAS ES DE:

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

COSTO HH DIARIO S/. 174.63 S/. 142.09 S/. 127.44

COSTO HH DIARIO O.EQUI.LIV O.EQUI.PES O. ELECT TOPOGRAFO

S/. 179.78 S/. 179.62 S/. 182.84 S/. 178.98

COSTO HH POR HORA S/. 21.83 S/. 17.76 S/. 15.93

COSTO HH POR HORA S/. 22.47 S/. 22.45 S/. 22.85 S/. 22.37

EL COSTO DE HORA HOMBRE PARA UN AFILIADO AL SPP PARA LAS CONDICIONES YA INDICADAS ES DE:

JORNAL BASICO OPERARIO OFICIAL PEON

S/.64.30 S/.52.00 S/.46.50

COSTO HH DIARIO S/. 175.87 S/. 143.09 S/. 128.33

COSTO HH DIARIO O.EQUI.LIV O.EQUI.PES O. ELECT TOPOGRAFO

COSTOS Y PRESUPUESTOS

S/. 181.01 S/. 180.85 S/. 184.06 S/. 178.98

COSTO HH POR HORA S/. 21.98 S/. 17.89 S/. 16.04

COSTO HH POR HORA S/. 22.63 S/. 22.61 S/. 23.01 S/. 22.37

Pág. 25

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

VII. BIBLIOGRAFIA

BLANCO, J. (2016). CÁLCULO DEL COSTO DE HORAS HOMBRE. LIMA: CIVILGEEKS. CAPECO. (2003). COSTOS Y PRESUPUESTOS EN EDIFICACIÓN. LIMA: Editorial CAPECO. TABLA DE SALARIOS Y BENEFICIOS SOCILAES PLIEGO NACIONAL 20172018

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 26

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

VIII. ANEXOS

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 27

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 28

UNIVERSIDDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

COSTOS Y PRESUPUESTOS

Pág. 29