Importacion China - Zofra Tacna

Curso: Gestión de Importación UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y EDUCACION ESCUELA PROFESIO

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Curso: Gestión de Importación

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES Y EDUCACION ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION Y NEGOCIOS INTERNACIONALES TAREA ACADEMICA TEMA: PERFIL LOGISTICO DE IMPORTACIÓN DE CHINA A PERÚ P.A.

9504.30.10.00

MAQUINAS TRAGAMONEDAS DOCENTE: MAG. JAVIER MENDOZA QUISPE

INTEGRANTES: LIZBETH MILAGROS CHAVEZ SONCCO MILAGROS CHOQUE MAMANI MARICIELO BERMEO ORTIGOZO BEATRIS MAQUERA LAURA

TACNA – PERÚ 2017

Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

INDICE Introducción –

1.

Información General de Guatemala (Perfil País) 2.

Entidades Reguladoras en Guatemala

2.1. Entidades que regulan la cadena logística en la salida de productos en el Perú 2.2. Entidades que regulan la cadena logística el ingreso en el dicho país en Aspecto Aduanero, Sanitario, Transporte y Normas Técnicas en Guatemala 3. Regulación aduanera, tratamiento arancelario y otros impuestos de importación, Acuerdos comerciales de los principales sectores en el siguiente orden 3.1.

Documentación aduanera a presentar

3.2.

Estructura arancelaría

3.3.

Ad - Valorem e impuestos de importación

3.4.

Procedimiento de importación

3.5. Acogimiento a Acuerdos Comerciales entre Perú y Guatemala- Preferencias Arancelarias. 4.

Tratamiento Arancelario en Perú con respecto a la Partida Arancelaria

5.

Infraestructura Logística en Guatemala

5.1. Información General de Empresas Navieras y operadores de Guatemala 5.2. Perfil de Puertos     

Datos de la Infraestructura: capacidad, condiciones climatológicas, datos geográficos, etc. Identificar Instituciones relacionadas con la actividad Conectividad Frecuencia, días de tránsito, compañías terrestres que brinda el servicio. Costo de envió.

6.

Balanza Comercial entre Perú y Guatemala

6.1.

Partidas Importadas de Guatemala

7.

Costos logísticos de Importación en Términos CIF

8. Proceso de Importación desde Guatemala a Perú considerando los operadores logísticos 9.

Conclusiones – Recomendaciones

10.

Bibliografía.(Considerando normas APA)

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ANEXOS:  

Documentos de Importación Entrevista a la Sra. Karla Matencio Manzur Gerente General de Import Export Kamasa SAC

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RESUMEN EJECUTIVO 1. Introducción 1.1. Información General de China (Perfil País) 2. Entidades Reguladoras en China 2.1. Entidades que regulan la cadena logística en la salida de productos en el Perú 2.2. Entidades que regulan la cadena logística el ingreso en el dicho país en Aspecto Aduanero, Sanitario, Transporte y Normas Técnicas en China 3. Regulación aduanera, tratamiento arancelario y otros impuestos de importación, Acuerdos comerciales de los principales sectores en el siguiente orden 3.1. Documentación aduanera a presentar 3.2. Estructura arancelaría 3.3. Ad - Valorem e impuestos de importación 3.4. Procedimiento de importación 3.5. Acogimiento a Acuerdos Comerciales entre Perú y China- Preferencias Arancelarias. 4. Tratamiento Arancelario en Perú con respecto a la Partida Arancelaria 5. Infraestructura Logística en China 5.1. Información General de Empresas Navieras y operadores de China 5.2. Perfil de Puertos 6. Datos de la Infraestructura: capacidad, condiciones climatológicas, datos geográficos, etc. 7. Identificar Instituciones relacionadas con la actividad

8. Conectividad 9. Frecuencia, días de tránsito, compañías terrestres que brinda el servicio. 10. Costo de envió. 10.1. Balanza Comercial entre Perú y China 10.2. Partidas Importadas de China 10.3. Costos logísticos de Importación en Términos CIF 10.4. Proceso de Importación desde China a Perú considerando los operadores logísticos 11. Conclusiones – Recomendaciones

12. Bibliografía.(Considerando normas APA) 13. ANEXOS: 14. Documentos de Importación

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1. Introducción 1.1.

Información General de China (Perfil País) La República Popular China, hoy en día es la segunda economía más grande del mundo y el principal socio comercial del Perú, el intercambio comercial durante el 2014 bordea los 15 mil millones de dólares. El tamaño de china es aproximadamente 7.4 veces el tamaño de Perú, Teniendo una geografía muy variada y una línea costera de aproximadamente 18,000 kilómetros. La economía de China es por muchos años una de los locomotores de la Economía mundial y su tasa de crecimiento proyectada para el 2015 es de 7% la más baja de los últimos 20 años. Perú tiene un Tratado de Libre Comercio firmado con China firmado desde el año 2010 y que ya cumplió cinco años de vigencia, las líneas arancelarias Vinculadas a los capítulos 61 y 62 (prendas de vestir) involucran 295 su partidas a ocho dígitos, de las cuales a la fecha 77 se encuentran con preferencias del 100% y 214 de ellos ya están al 50% de preferencia de su tasa arancelaria, Los procedimientos aduaneros y los documentos utilizados en el comercio exterior son claros y de práctica habitual en el comercio internacional, es necesario recalcar la importancia del certificado de origen que deberá ser adecuadamente llenado (en inglés) y esté con las firmas autorizadas, que permitan al importador chino poder solicitar la exoneración del pago de aranceles ante la autoridad aduanera de su país. La oferta de servicios logísticos está adecuadamente establecida ya sea vía marítima una duración promedio de 35 días o aérea de 36 a 50 horas promedio, en ningún caso se cuenta con rutas directas, haciéndose necesario que se realicen escalas y trasbordos de la mercaderías antes que lleguen a destino final. El comercio de exportación del Perú hacia China se moviliza esencialmente por vía marítima, a pesar de la distancia, el servicio ofertado permite cubrir Cualquier punto de destino en el mercado chino. El presente documento se desarrolló en seis capítulos, el primer capítulo Presenta una visión general actualizada de la situación geográfica, económica, política y administrativa territorial de la República Popular China. República Popular China, R P China, (Zhoghua Rémin) China es la mayor economía de exportación en el mundo y la economía más compleja 17º de acuerdo con el Índice de Complejidad Económica (ECI). En 2016, China exportó $ 2,06 Billónes e importó $ 1,32 Billónes, dando como resultado un saldo comercial positive de $ 736 Miles de millones. En 2016 el PIB de China fue de $ 11,2 Billónes y su PIB per cápita fue de $ 15,5 Miles.

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Las principales exportaciones de China son:  Computadoras ($136 Miles de millones)  Equipos de Radiodifusión ($115 Miles de millones)  Teléfonos ($84,3 Miles de millones)  Circuitos integrados ($54,8 Miles de millones)  Instalaciones de Luz ($29,7 Miles de millones) De acuerdo a la clasificación del Sistema Harmonizado (HS). Sus principales importaciones son:  Circuitos integrados ($128 Miles de millones)  Petróleo Crudo ($116 Miles de millones)  Oro ($62,6 Miles de millones)  Mineral de Hierro ($58 Miles de millones)  Coches ($44 Miles de millones). Los principales destinos de las exportaciones de China son:  Estados Unidos ($385 Miles de millones)  Hong Kong ($287 Miles de millones)  Japón ($129 Miles de millones)  Corea del Sur ($93,7 Miles de millones)  Alemania ($65,2 Miles de millones) Los principales orígenes de sus importaciones son:  Hong Kong ($285 Miles de millones)  Corea del Sur ($124 Miles de millones)  Estados Unidos ($115 Miles de millones)  Japón ($113 Miles de millones)  Alemania ($85,4 Miles de millones). 1.2. UBICACIÓN La República Popular China se encuentra situada en el Este del Continente asiático. Sus coordenadas geográficas son: 35 00 N, 10500 E.

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Limita al norte con la República de Mongolia y Rusia, al noreste con Rusia y Corea del Norte, al este con el mar Amarillo y el mar de la China Oriental, a sur con el mar de la China Meridional, Vietnam, Laos, Myanmar (antigua Birmania), India, Bután y Nepal, al oeste con Pakistán, y Tayikistán y al noroeste con Kirguizistán y Kazajstán.

1.3. Perfil Geográfico Es el cuarto territorio más grande del mundo, después de Rusia, Canadá y los Estados Unidos, y el mayor en cuanto a población. La superficie total de China es de 9.571.300 km², sin incluir el territorio perteneciente a la isla de Taiwan, China cuenta con más de 2.900 islas costeras, la mayor de las cuales es Hainan, en el mar de China Meridional. El territorio de China es muy diverso pero está, sobre todo, marcado por las montañas, el 40% del territorio tiene más de 2.000 metros de altitud y los desiertos que ocupan el 11,4 % y tan solo se podría considerar el 12% de su superficie como llana. China comprende una gran diversidad de paisajes y una gran variedad de recursos naturales. En términos generales, los picos más altos de China se encuentran en el oeste, donde se encuentran algunas de las cadenas montañosas más elevadas del mundo. Tres de ellas, el Tien Shan, los montes Kunlun y Qin Ling, datan de un episodio de la orogenia paleozoica; Una cuarta, el Himalaya, tiene un origen más reciente. Las numerosas cadenas montañosas del país encierran una serie de mesetas y cuencas, y suministran una gran riqueza de agua y recursos minerales.

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1.4. Clima El clima de China es muy variado, subtropical (a veces llamado «clima chino») en el sur (de la isla de Hainan en Shanghái) hasta el subártico en el norte (provincia de Heilongjiang), y marcado por el monzón. Es el monzón el responsable de una gran parte de la lluvia recibida por las diferentes regiones del país. La distribución de la población de China está relacionada con las zonas climáticas. La diferencia de temperatura entre el norte y el sur es muy elevada en invierno, pero esta es mucho menor en verano. Así pues, la máxima media en enero es inferior a 0 ° en el norte de Heilongjiang y la temperatura puede bajar hasta 30 °C. Las medias del mes de julio superan los 20 °C. En comparación, la media de enero es superior a 10°C en el centro y en el sur de Cantón llegan a 28 °C en julio. La costa sureste está muy expuesta a riesgo de huracanes de julio a septiembre. Estas tormentas tropicales provocan cada año importantes desastres causados por violentos vientos y por inundaciones. Las variaciones regionales de las precipitaciones son más importantes que las de las temperaturas. Al sur de las montañas Qinling, las precipitaciones son abundantes, especialmente durante el monzón de verano. El nordeste, sin embargo, es mucho más seco debido a la presencia de un anticiclón en el invierno. En el centro-norte, el desierto de Gobi está considerado un desierto frío y sometido a tormentas de arena. Al noroeste, el desierto de Taklamakán es un desierto donde la agricultura es posible solamente en los oasis.

1.5. Perfil económico

China es la segunda potencia económica del mundo, el primer exportador y posee las reservas de cambio más elevadas. La recesión mundial de 2009 interrumpió el ritmo de crecimiento constante que había emprendido el país, y se manifestaron los límites de un crecimiento enfocado esencialmente en las exportaciones. Como consecuencia de la desaceleración económica mundial y la disminución del comercio, el crecimiento chino se desaceleró a menos de 7% en 2015, su nivel más bajo en 25 años, lo que debiera prolongarse. En 2016, el crecimiento fue de 6,6% del PIB, y se prevé que será solo de 6,2% en 2017. En 2016, la economía china prosiguió su ralentización, lo que se ha traducido en una evidente recesión en la región del noreste, dependiente de la industria pesada, las empresas públicas y la extracción minera. La actividad manufacturera volvió a repuntar, pero las empresas y colectividades locales están muy endeudadas, y la inyección de miles de millones de yuanes en la economía alimenta la especulación. La deuda de las empresas de Estado representa 145% del PIB, mientras que la deuda del sector privado habría representado cerca de 210% del PIB en marzo de 2016. El consumo sigue débil y la baja del yuan con respecto al dólar implica una fuga de capitales.

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Las reservas de cambio del banco central disminuyen, lo que ha llevado a las autoridades a recurrir al control de las inversiones. La calidad de los activos bancarios se degrada y esta tendencia es subestimada debido a la importancia de la banca en la sombra. Durante el tercer plenario de los miembros del comité central del partido comunista (PCC) a fines de 2013, el PCC anunció su programa de reforma de aquí a 2020. Este incluye: avances políticos como el cierre de los centros de trabajos forzados; una mayor independencia de las cortes de justicia a nivel local; la flexibilización de la política del hijo único; la reforma del "hukou", que regula la movilidad (o más bien la ausencia de movilidad) y el acceso a los servicios públicos por los ciudadanos; la reforma del acceso a bienes raíces para facilitar la venta de tierras agrícolas para los campesinos; la liberalización de las tasas de interés y la apertura progresiva de las transacciones financieras; y la reforma de las empresas de Estado. Así como el quinto pleno del partido comunista puso fin a la política del hijo único y reafirmó su deseo de desarrollar el sistema de protección social, el sexto pleno dictó nuevas reglas de disciplina para prevenir la corrupción. El plan quinquenal 2016-2020 prevé un crecimiento de un 6,5% y el gobierno ha previsto un presupuesto con déficit de 3% en 2016 para financiar reducciones fiscales para las empresas y un vasto programa de inversión en infraestructuras. El presidente Xi Jinping consolidó su poder, como lo muestra la adopción de leyes (antiterroristas, sobre la administración de las ONG y sobre la seguridad cibernética) que refuerzan el control estatal y acentúan su carácter policial. El décimo noveno congreso del PPC, que se reunirá a fines de 2017, debiera reelegirlo por otro cinco años, en un contexto de tensiones sociales étnicas cada vez mayores. Aún persisten numerosos desafíos relacionados con el problema del envejecimiento de la población, la reducción de la fuerza laboral, la falta de apertura del sistema político, la competitividad de una economía dependiente de gastos de inversión elevados y la expansión del crédito. Todavía existen grandes diferencias entre los niveles de vida de la ciudad y el campo, entre las zonas urbanas de las costas de China y el interior y el oeste del país, así como entre las clases medias urbanas y los olvidados por el crecimiento. Estas desigualdades preocupan cada vez a las autoridades chinas y a los inversores. Si bien la pobreza ha disminuido considerablemente en China, y que la cesantía está estable (en torno a 4%), casi 10% de la población (esto es, más de 120 millones de personas), vive con menos de 1 dólar al día.

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1.6. Principales sectores económicos La economía de China, muy diversificada, está dominada por los sectores manufacturero y agrícola. La agricultura emplea a cerca de un tercio de la población activa y aporta de 9% del PIB, aunque solo 15% de la tierra china (es decir, 1,2 millones de km ²) es arable. China es el país más poblado del mundo y uno de los mayores productores y consumidores de productos agrícolas. El país ocupa el primer lugar en la producción mundial de cereales, arroz, algodón, patatas y té. En cuanto a la ganadería, China domina también la producción ovina, porcina y de especies marinas. Una serie de planes tienen por objetivo transformar la agricultura, modernizándola, diversificándola y volviéndola más productiva. El sector de la minería desempeña un papel importante en la economía china, ya que el país cuenta con un subsuelo rico en recursos energéticos. China tiene grandes reservas de carbón (la primera fuente de energía del país), que representa dos tercios del consumo total de energía primaria. El país es líder mundial en la producción de ciertos minerales (estaño, hierro, oro, fosfatos, zinc y titanio) y tiene importantes reservas de petróleo y gas. Es el quinto productor de petróleo del mundo, con 3,8 millones de barriles. Los sectores de la industria manufacturera y la construcción aportan casi la mitad del PIB de China. China se ha convertido en uno de los destinos favoritos para el traslado de unidades manufactureras mundiales a causa del bajo coste de la mano de obra, aunque su valor está en aumento. El crecimiento económico ha coincidido principalmente con el desarrollo de un sector manufacturero competitivo y orientado a la exportación. Más de la mitad de las exportaciones chinas son realizadas por empresas con capital extranjero. Su participación en el valor agregado sectorial varía según el Perfil Logístico de Importación China a Perú

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sector: desde más de 60% para la electrónica hasta menos de 20% para la mayoría de las materias primas. El sector estatal todavía contribuye aproximadamente a 40% del PIB. El sector terciario se ha quedado atrás, obstruido por los monopolios públicos y las regulaciones restrictivas. Su cuota en el PIB se eleva a un 50% del PIB y emplea a cerca de la mitad de la población activa.

1.7. El marco político Forma de gobierno La República Popular China es un Estado comunista. Deng Xiao Ping propuso la frase "socialismo de mercado" para definir la evolución del país. China es un Estado centralizado unitario, totalmente administrado por el Partido Comunista Chino, con una gran burocracia nacional que se ocupa de todo, y autoritario tanto en su estructura como en su ideología. El poder ejecutivoEl poder ejecutivo chino está supervisado por un órgano colegial dotado de importantes poderes: el Consejo de Asuntos del Estado (CAE), bajo el que se sitúan las comisiones gubernamentales, los ministerios y ciertos organismos con rango ministerial. Según la Constitución, el CAE es el "órgano administrativo supremo" del Estado chino, aunque la mayoría de las decisiones importantes las toma el buró político del Partido Comunista Chino. El CAE juega una papel importante en el campo económico. El Primer Ministro encabeza el CAE y controla la acción del gobierno, asistido por cuatro viceprimer-ministros. El CAE incluye además cinco consejeros de Estado, que, como los viceprimer- ministros, tienen competencias sobre un grupo de ministerios o comisiones de rango ministerial. El Secretario General del gobierno también pertenece al CAE. El poder legislativo Él poder legislativo es unicameral y recae en la Asamblea Nacional Popular (ANP), el "órgano supremo de poder del Estado". Está constituido por unos 3000 diputados que son elegidos cada cinco años por sufragio indirecto por las instancias locales, se reúne en sesión plenaria una sola vez al año y se convirtió, a partir de los años 80, en una simple "caja de resonancia" de los intereses locales o sectoriales. En efecto, los diputados representan a las 23 provincias, las 5 regiones y los 4 municipios autónomos. La ANP incluye una delegación del Ejército Popular de Liberación. El Comité Permanente de la Asamblea Nacional Popular (CPANP) es nombrado por el buró político del Comité Central del Partido Comunista. Sustituye a la Asamblea entre sesiones y dispone del conjunto de sus poderes. Está formado por un presidente, quince vicepresidentes y 176 miembros permanentes. El CPANP se reúne regularmente, pero es el buró de la APN el que ejerce sus funciones diariamente. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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La elegibilidad de sus miembros está controlada por el PCC, que tiene también derecho a supervisar el nombramiento de los dirigentes y los altos funcionarios de las diferentes circunscripciones administrativas. Principales partidos políticosEl PCC (Partido Comunista Chino) es el único partido político de China. Existen otros ocho pequeños partidos, pero están controlados por el PCC. Líderes políticos en el poder:Presidente: Xi Jinping (desde el 14 de marzo de 2013) – PCC Primer ministro: Li Keqiang (desde el 16 de marzo de 2013) - PCC Próximas fechas electorales Presidente: 2018 2.

Información general de ZOFRA TACNA La Zona Franca de Tacna es un espacio privilegiado dentro del territorio nacional, que ofrece una serie de beneficios tributarios y aduaneros para las empresas que desarrollen actividades industriales, agroindustriales, ensamblaje, maquila y servicios, dentro de los cuales se incluyen el almacenamiento, distribución, embalaje, desembalaje, envasado y rotulado, clasificación, exhibición; además de actividades de reparación, mantenimiento y/o reacondicionamiento de maquinarias, motores y equipos para la actividad minera; actividades de call center y desarrollo de software. Las mercancías que se internen en esta Zona Franca se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero para efectos de los derechos e impuestos de importación, bajo la presunción de extraterritorialidad aduanera, gozando de un régimen especial en materia tributaria y aduanera. Se ubica en la región fronteriza de Tacna en el centro de la Costa Pacífico de Sudamérica, compartiendo frontera con países como Bolivia y Chile; y a través del mar con toda la Cuenca del Pacífico. 2.1. Historia El Sistema Especial de Tacna ZOFRATACNA opera desde el año 1989, anteriormente tuvo la denominación de ZOTAC (1989) y posteriormente CETICOS Tacna (1996). A lo largo de su funcionamiento ha captado inversiones y clientes de diversos países del mundo como Estados Unidos, Argentina, Pakistán, Corea, China, Japón, Italia, India, entre otros. A través de su funcionamiento ha permitido dinamizar las actividades comerciales, de servicios logísticos, industriales y otras vinculadas con el uso de la tecnología, como el desarrollo de software y call center; todas ellas, así como los servicios complementarios, han permitido darle un importante movimiento socioeconómico a la región Tacna.

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La ZOFRATACNA ha hecho aportes significativo al desarrollo de la región sur fronteriza y del país; y entre los principales indicadores que muestran su operatividad tenemos que promueve las exportaciones, el aprovechamiento del potencial productivo macro regional, la generación de empleo y la atracción de inversiones. Como todo sistema especial, su evolución se ha orientado a fortalecer las actividades industriales, actividades tecnológicas y de servicios de exportación, complementando las comerciales que por la naturaleza fronteriza del departamento de Tacna se han desarrollado. 2.2. Clima de negocios En el Perú existe un clima favorable para la inversión, caracterizado por:  

Primer lugar en América Latina por receptividad del gobierno a la inversión extranjera directa. Segundo lugar en América Latina por protección de la inversión extranjera directa. Marco Legal atractivo a la inversión extranjera directa, basado en libertad y trato igualitario Economía comprometida con el proceso de integración comercial Acceso preferente a CAN, MERCOSUR, Estados Unidos y Unión Europea.

2.3. Normas legales 2.3.1. Leyes de ZOFRATACNA 

Ley Nº 27688 del 28 de marzo de 2002. Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna.



Ley Nº 27825 del 12 de setiembre de 2002. Ley que modifica los artículos 14 y 18 de la Ley Nº 27688.



Ley Nº 28599 del 16 de agosto del 2005. Ley que modifica la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna.



Ley Nº 29739 del 06 de julio de 2011 Ley de promoción de inversiones en la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna



Ley Nº 30446 del 03 de Junio del 2016 Ley que establece el marco legal complementario para las Zonas Especiales de Desarrollo, la Zona Franca y la Zona Comercial de Tacna.

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2.4. Actividades permitidas 2.4.1 Actividades Industriales Es la actividad que consiste en realizar la transformación de insumos nacionales o del exterior en la industria instalada en ZOFRATACNA, los productos manufacturados pueden ser destinados hacia el interior y/o exterior del país, con beneficios tributarios y aduaneros, esta actividad la pueden realizar personas nacionales o extranjeras, naturales o jurídicas. Las actividades industriales tienen que estar comprendidas en la sección D Industrias Manufactureras de la división 15 a la 37 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme - CIIU, excepto la lista de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales que será aprobada por Decreto Supremo, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley. En tanto se apruebe dicho Decreto Supremo, será de aplicación transitoria el inciso a) del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 023-96- ITINCI, sustituido por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-97- ITINCI. : CIIU.      

CIIU 3114Elaboración de Pescados, Crustáceos y otros productos marinos CIIU 3115Fabricación de Aceites y grasa vegetales y animales CIIU 3118Fábrica y Refinerías de Azúcar CIIU dfs3122 Elaboración de Alimentos preparados para animales CIIU 3530Refinerías de Petróleo CIIU 3720Industrias Básicas de Metales No Ferrosos

Con excepción de los productos agroindustriales de la región (Ley Nº28599) Los metales no ferrosos son aquellos en cuya composición no se encuentra el hierro. Los más importantes son 7: cobre, zinc, plomo, estaño, aluminio, níquel, y magnesio además del titanio, berilio, níquel cromo, wolframio, cobalto. 2.4.2. Actividades Agroindustriales Actividades productivas dedicadas a la transformación primaria de productos agropecuarios y que dicha transformación se realice dentro de la ZOFRATACNA o en la Zona de Extensión. Los productos resultantes de la actividad agroindustrial pueden ser destinados hacia el interior y/o exterior del país, con beneficios tributarios y aduaneros. Esta actividad la pueden realizar personas nacionales o extranjeras, naturales o jurídicas. 2.4.3. Actividades de maquila Proceso por el cual ingresan mercancías a la ZOFRATACNA con el objeto que sólo se les incorpore el valor agregado correspondiente a la mano de obra. Para llevar a cabo esta actividad, deberá existir un contrato entre el usuario de maquila y un tercero que encarga la producción.

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2.4.4. Actividad de ensamblaje Actividad que consiste en acoplar partes, piezas, subconjuntos o conjuntos que al ser integrados dan como resultado un producto con características distintas a dichos componentes. 2.4.5. Actividades de Servicios Dentro de las actividades de servicio que se pueden desarrollar se encuentran:  Almacenamiento de Mercancías: Actividad destinada al Depósito y Custodia de las mercancías procedentes del Exterior, del Resto del Territorio Nacional y/o las producidas o manufacturadas en la ZOFRATACNA y Zona de Extensión, para su posterior comercialización interna y/o externa. 

Distribución de Mercancías: Actividad que comprende la comercialización interna y/o externa de las mercancías ingresadas por los usuarios a los Depósitos Francos de la ZOFRATACNA.



Embalaje: Disponer o colocar convenientemente las mercancías dentro de cubiertas para su transporte.



Desembalaje: Retiro o cambio de las cubiertas de las mercancías para su mejor acondicionamiento y/o almacenaje.



Rotulado y etiquetado: Identificación y/o individualización de las mercancías mediante el uso de etiquetas o rótulos.



División: Redistribución o separación de lotes de mercancías.



Clasificación: Ordenamiento características y otras.



Exhibición: Mostrar las características de las mercancías al público en lugares determinados por la Administración de la ZOFRATACNA al interior de los Depósitos Francos.



Envasado: Introducir mercancías en envases para su conservación o preservación.



Reparación, reacondicionamiento y/o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera: De acuerdo a la lista de bienes aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, la misma que establecerá las características y requisitos técnicos que deberán cumplir los bienes a ser reparados, reacondicionados y/o sujetos a mantenimiento. Dichos bienes deberán ser de uso exclusivo, por las empresas mineras autorizadas y

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de

las

mercancías

según

sus

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registradas por el Ministerio de Energía y Minas para el desarrollo de las actividades mineras. Asimismo podrán ingresar a reparación los bienes descritos de empresas mineras constituidas en el exterior. 

Call Center y Desarrollo de Software: Actividad de servicio que permite implementar un centro que brinde servicios por llamadas telefónicas, del mismo modo la actividad de servicios de Desarrollo de Software.

2.5. Beneficios 2.5.1. Aduanero Los beneficios aduaneros con los que cuenta la ZOFRATACNA son: 

La maquinaria, equipos, herramientas, repuestos y materiales de construcción necesarios para el desarrollo de sus actividades, procedentes del exterior gozan de suspensión del pago de Derechos e Impuestos a la importación.



Los productos manufacturados en ZOFRATACNA, cuando ingresen al resto del territorio nacional, pagarán la menor tasa arancelaria que aplique el país (ad/valorem 0%), según los acuerdos y convenios internacionales vigentes. Se considera producto manufacturado en la ZOFRATACNA, a las mercancías que resulten de un proceso de transformación realizado en la ZOFRATACNA, distinto del ensamblaje, montaje o maquila, que: o La mercancía resultante del proceso de transformación clasifica en un capítulo del arancel, diferente a cada uno de los bienes usados en su elaboración; o, Genere un valor agregado no menor a 50% del valor declarado para su nacionalización



2.5.2. Logísticos El sistema logístico de ZOFRATACNA cuenta con Depósitos Francos Públicos y Particulares que permiten almacenar mercancías por tiempo indefinido, sin pagar derechos e impuestos. Además, ZOFRATACNA cuenta con un conjunto de operadores logísticos, tales como oficina de Aduanas-Sunat, empresas de Transporte Terrestre y Marítimo, Agencias de Aduana y Bancos, que permiten que desde nuestro Complejo se realice cualquier operación de comercio internacional. Dentro de las ventajas logísticas de la ZOFRATACNA destacan las siguientes:

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Tiene una ubicación estratégica, en la Región fronteriza de Tacna, en el centro de la costa Pacifico de Sudamérica, compartiendo frontera con los países de Chile, Bolivia y a través del mar con toda la Cuenca del Pacifico, que le permite tener acceso a los principales mercados del mundo. Es la puerta de ingreso y salida de mercancías hacia y desde el mercado asiático.



Tiene acceso por autopistas asfaltadas a los mercados del norte de Chile y Argentina, a todo Bolivia y occidente de Brasil.



Permite abastecer de productos manufacturados como calzados, vestido y otros, al norte de Chile, oeste de Bolivia y Perú.



Cercanía a puertos. La Zona Franca se encuentra ubicada a 240 Km del puerto de Matarani, 140Km del puerto del Ilo y a 56 Km. del puerto de Arica; este último de gran movimiento de mercancías y frecuencia de arribo de naves facilitando sus operaciones de logística y distribución internacional. Tiene acceso al Malecón de Atraque al Servicio del Perú-MASP, en la ciudad chilena de Arica.



Se encuentra cerca del Ferrocarril Tacna-Arica (a 56 Km).



Tiene proximidad horaria y afinidad cultural respecto a EEUU y España.



Su costo de mano de obra es menor al del promedio de la región.



Posibilita prestar servicios de Contact Center (Helpdesk, telecobranzas, Telemarketing) al mercado hispanohablante de Estados Unidos y a España, y la región Tacna cuenta con una oferta de profesionales que pueden ser capacitados en Contact Center. Permite desarrollar el ensamblaje de productos relacionados a la tecnología, considerando que Tacna es conocido como mercado abastecedor de estos productos a menor costo que el resto de territorio nacional.



2.5.3. Tributario 



Exoneración del Impuesto a la Renta (en el Perú 30%): Las utilidades que obtengan los usuarios producto del desarrollo de las actividades autorizadas en la ZOFRATACNA, gozan de la exoneración del Impuesto a la Renta, aun cuando estás actividades se realicen para el resto del territorio nacional. Exoneración del impuesto general a las ventas 16%: Las ventas hacia cualquier destino de las mercancías almacenadas o fabricadas en la ZOFRATACNA están exoneradas del IGV.De igual forma las

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operaciones que se efectúen entre los usuarios dentro de la ZOFRATACNA. Están exoneradas del Impuesto General a la Ventas – IGV e Impuesto de Promoción Municipal – IPM Exoneración del Impuesto Promoción Municipal (IPM) 2%: Las ventas hacia cualquier destino de las mercancías almacenadas o fabricadas en la ZOFRATACNA están exoneradas del IPM. Exoneración del Impuesto selectivo al consumo para el ingreso de mercancías: El ingreso de mercancías del exterior hacia ZOFRATACNA está exonerado de todos los derechos de importación. Exoneración del pago del Ad-valoren del arancel de aduanas para el ingreso de mercancías: El ingreso de mercancías del exterior hacia ZOFRATACNA está exonerado de todos los derechos de importación Exoneración de todo tributo de Gobierno Central, Regional y municipal creado o por crearse En la ZOFRATACNA los inversionistas tienen total libertad de invertir o transferir sus capitales. Las utilidades obtenidas de las actividades que desarrollan en el Complejo de ZOFRATACNA también son de libre disponibilidad de los inversionistas Los requisitos para gozar de las exoneraciones tributarias están señalas en el Art. 9 del DS 02-2006-MINCETUR, modificado por el art. 4 del DS. 0062012-MINCETUR y son los siguientes: o Reunir los requisitos para ser considerado domiciliado en el país de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias. o Estar inscritos en el RUC y no se encuentren en el estado de baja de inscripción, con suspensión temporal de actividades, ni tenga la condición de contribuyente no habido. o Fijar su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto en el Art. 11del texto único ordenado del código tributario, aprobado por decreto supremo Nº 135-99-EF.

2.6. Trámites frecuentes 2.6.1.

Inclusión o cambio de suplente para usuarios de Depósito Franco Público y Usuarios de Zona Comercial Los requisitos para efectuar este trámite son:     

Solicitud o formato Nº 1 dirigida a la Gerencia de Operaciones. Carta Poder Notarial original vigente según modelo. Fotografía (01) del suplente a colores, tamaño pasaporte (fondo blanco y sin lentes). Fotocopia del DNI del suplente Devolución de carné anterior o denuncia policial en caso de pérdida.

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Fotocopia de pago por derecho de trámite, S/. 27.20 Nuevos Soles.

Todo los documentos solicitados deben ser presentaran en la oficina de Trámite Documentario en el orden que se indica, en un FILE AMARILLO con faster. Después de 3 días hábiles de presentado el expediente, el titular o representante legal se acercará a la oficina de Registro de Usuarios de la Gerencia de Operaciones para firmar su contrato de usuario y entrega de carné respectivo. 2.6.2.

Cambio de representante legal Los requisitos para efectuar este trámite son:       

2.6.3.

Solicitud o formato Nº 1 dirigida a la Gerencia de Operaciones. Poder Notarial inscrito en Registros Públicos Copia del DNI o Carné de Extranjería del nuevo Representante Legal. Fotografía (01) a color, tamaño pasaporte (fondo blanco y sin lentes) del nuevo representante legal. Ficha RUC actualizada con información del nuevo apoderado Devolución del carné anterior o denuncia policial en caso de pérdida del carné Fotocopia de pago por derecho de trámite S/. 27.20 Nuevos Soles

Constancia de usuario Los requisitos para efectuar este trámite son:  

2.6.4.

Solicitud o formato Nº 1 dirigida a la Gerencia de Operaciones Fotocopia de la factura por derecho de trámite S/. 9.30 nuevos soles

Solicitud de Autorización de Ingreso/Salida de Bienes propios de Usuarios Instalados en el Complejo: Los requisitos para efectuar este trámite son:  

Carta de Solicitud de Autorización (según formato), debidamente llenada y firmada. Formato de DD.JJ. de Bienes (según formato), debidamente llenada y firmada o comprobante de pago (boleta o factura).

2.7. Beneficios de vender en la Zona Comercial A la zona comercial de Tacna pueden ingresar mercancías desde terceros países a través de los depósitos francos públicos y/o particulares y/o Industrias de la Zona Franca, pagando un arancel único del 6% sobre el valor CIF siempre y cuando se encuentren dentro del listado de mercancías autorizados para dicha zona. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Las operaciones de venta hacia los turistas que visitan la ciudad de Tacna están exoneradas de los siguientes impuestos:     

Impuestos General a las Ventas. Impuesto Selectivo al Consumo. Impuesto de Promoción Municipal. Demás tributos creados y por crearse que graven las operaciones de venta, excepto el Impuesto a la Renta. Los costos logísticos de almacenamiento de los Depósitos Francos de ZOFRATACNA son inferiores a los depósitos temporales de Aduana.

2.8. ¿Cómo hacerse usuario? El Usuario de la Zona Comercial es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera que está autorizada por la ZOFRATACNA a comprar mercancías en los Depósitos Francos, Industrias de la Zona Franca de Tacna, o ingresar mercancías del extranjero a través del Depósito Franco de Régimen Simplificado para ser comercializadas en la Zona Comercial de Tacna a los turistas nacionales o extranjeros que visitan la ciudad de Tacna. Existen distintos tipos de usuarios de la Zona Comercial: 3.8.1

USUARIOS DE AJU- ZOTAC

o Solicitud o Formato Nº 03 dirigida al Gerente de Operaciones. o Copia simple de la ficha R.U.C. o Copia simple del D.N.I. o carné de extranjería del titular o representante legal (sólo persona jurídica). o Contrato de Alquiler u otro similar, con firma legalizada ante Notario Público o Constancia de Asociado original y vigente visada por AJU-ZOTAC en ambos casos. (requisito exigible cuando el local de venta se encuentre ubicado en un centro comercial integrante del AJU-ZOTAC) o Copia simple de la escritura de constitución de la persona jurídica inscrita en Registros Públicos y Ficha Registral vigente (Partida Electrónica) cuando corresponda (personas jurídicas). o 01 foto a color tamaño pasaporte del titular (Persona Natural) o del representante legal Persona Jurídica). o Croquis de ubicación del local. o Comprobante de Pago de S/. 194.00 soles por derecho a trámite de autorización para adquirir la condición de Usuario de la Zona Comercial de Tacna.

3.8.2

USUARIOS PARTICULARES

o Solicitud o Formato Nº 03 dirigida al Gerente de Operaciones. o Copia simple de la ficha R.U.C.

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o Copia simple del D.N.I. o carné de extranjería del titular o representante legal (sólo persona jurídica). o Contrato de Alquiler u otro similar, con firma legalizada ante Notario Público o título de propiedad o Copia simple de la escritura de constitución de la persona jurídica inscrita en Registros Públicos y Ficha Registral vigente (Partida Electrónica) cuando corresponda (personas jurídicas). o 01 foto a color tamaño pasaporte del titular (Persona Natural) o del representante legal Persona Jurídica). o Croquis de ubicación del local. o Licencia de funcionamiento emitida por la Municipalidad de Tacna o Comprobante de Pago de S/. 194.00 soles por derecho a trámite de autorización para adquirir la condición de Usuario de la Zona Comercial de Tacna. 2.9. Operatividad en la Zona Comercial Para operar como usuario en la Zona Comercial, existen dos modalidades: 2.9.1. Compra en los Depósitos Francos de la Zona Franca de Tacna, Ingreso de mercancías a la Zona Comercial utilizando el Régimen Simplificado de la ZOFRATACNA  El usuario de la Zona Comercial de Tacna compraría sus mercancías en los Depósitos Francos de la ZOFRATACNA, a un usuario de Depósito Franco Público, y/o a un usuario de administrador de Depósito Franco Particular.  El vendedor le emite al usuario de Zona Comercial una factura de venta sin IGV o IVA El Depósito Franco emite la orden de compra de distintivos de identificación de mercancías de la Zona Comercial y elabora la Declaración de Salida de Mercancías  El usuario de Zona Comercial se apersona a Caja de Tesorería de la ZOFRATACNA a cancelar los distintivos de identificación, el arancel especial del 6% del valor CIF de las mercancías adquiridas, y el derecho por el servicio de salida de mercancías desde los depósitos francos.  El usuario retorna al Depósito Franco a colocar los distintivos de identificación a las mercancías comprendidas en la declaración de salida con destino a la Zona Comercial 2.9.2. Antes de la salida de las mercancías, el Depósito Franco verifica:    

Que éstas tengan adherido el distintivo de identificación. Que la declaración de salida tenga los sellos de haber cancelado el Arancel especial y la factura de los distintivos de identificación y La factura por el servicio de salida de mercancías, así como La presentación de algún requisitos o autorización de los órganos competentes para el ingreso de las mercancías al país, como ser registros sanitarios para la importación de juguetes o alimentos, etc.

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De estar todo conforme el Depósito Franco autoriza la salida de las mercancías en un vehículo el cual tiene que haber sido pesado vacío al ingreso al complejo y a la salida con las mercancías, El usuario o el transportista a la salida del Complejo de ZOFRATACNA presentará en la garita de la Gerencia de Operaciones la Declaración de Salida y demás documentos que sustenten la salida de las mercancías Las mercancías obligatoriamente deberán ser trasladas hacia los puntos de ventas autorizados en la ficha RUC del usuario. El usuario comercializará sus mercancías en su local de venta autorizado a los turistas que visitan la ciudad. Las compras que realicen los turistas son sin fines comerciales ni empresariales de acuerdo a la Franquicia Turística que permite el ingreso de las mercancías de la Zona Comercial hacia el resto del territorio nacional Ingreso de mercancías a la Zona Comercial utilizando el Régimen Simplificado de la ZOFRATACNA El usuario de la Zona Comercial de Tacna adquiere las mercancías en el extranjero y las embarca con destino a la ZOFRATACNA, indicando en el manifiesto de carga como destino al Depósito Franco de Régimen Simplificado. Debe tener en consideración que por este Régimen solo se permite el ingreso mercancías hasta por 2,000 dólares americanos por despacho diario y un máximo de 10,000 dólares americanos mensuales. Una vez arribado el vehículo transportador con las mercancías al depósito Franco de Régimen Simplificado, el usuario solicita al transportista su factura, manifiesto de carga y Carta Porte, los cuales son presentados en la ventanilla de recepción de documentos de la administración del Depósito Franco, la información de estos documentos es ingresada al sistema informático de ZOFRATACNA. Seguidamente, el usuario se apersona a caja a comprar los distintivos de identificación de mercancías para adherirlos a sus mercancías. Posteriormente personal de la Gerencia de Operaciones realiza las siguientes actividades: Reconocimiento físico de las mercancías de acuerdo con los documentos presentados por el usuario. Codificación de las mercancías. Valoración de las mercancías. Impresión de la Declaración Simplificada de importación ZOFRATACNA donde se señalan las mercancías que van a ingresar a la Zona Comercial y el monto a pagar del Arancel Especial correspondiente al 6% del valor CIF de las mercancías. Después de haber cancelado el Arancel Especial y el derecho por el servicio de Ingreso y Salida de Mercancías del Depósito Franco de Régimen Simplificado, se autoriza la salida de las mercancías del usuario con destino a la Zona Comercial en un vehículo transportador. El usuario o el transportista a la salida del Complejo de ZOFRATACNA presentará en la garita de la Gerencia de

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Operaciones la Declaración de Simplificada y demás documentos que sustenten la salida de las mercancías. Las mercancías obligatoriamente deberán ser trasladas y/o almacenados en los puntos de ventas autorizados en la ficha RUC del usuario. El usuario comercializará sus mercancías en su local de venta autorizado a los turistas que visitan la ciudad. Las compras que realicen los turistas son sin fines comerciales ni empresariales de acuerdo a la Franquicia Turística que permite el ingreso de las mercancías de la Zona Comercial hacia el resto del territorio nacional.

2.10. Perspectivas de desarrollo de la Zona Comercial de Tacna La Zona Comercial de Tacna es la única zona especial en el Perú que goza de exoneraciones tributarias para la venta de mercancías del exterior o de mercancías de las industrias instaladas en la Zona Franca de Tacna. Estas ventas están exoneradas de los impuestos como IGV, impuesto selectivo al consumo, derechos antidumping, y solamente están afectas a un Arancel Especial y único del 6% sobre el valor CIF de las mercancías; mecanismo que posibilita el desarrollo turístico, comercial y de otros servicios conexos de la ciudad de Tacna. En la actualidad un gran volumen, de aproximadamente 6000 turistas de Chile, visitan diariamente la ciudad de Tacna, que se convierte en el segundo punto de mayor ingreso de turistas al país para realizar compras y utilizar otros servicios como los médicos y de la gastronomía. Este incremento considerable de turistas sustenta el desarrollo de la Zona Comercial. Para el futuro se tiene grandes expectativas en el desarrollo de la Zona Comercial, entre las que se puede mencionar: La anunciada construcción para el año 2015 de la carretera hacia la Paz Bolivia que unirá la ciudad de Tacna con la capital boliviana en tan solo 5 horas, que generaría un gran flujo de turistas de Bolivia que vendrían a comprar a nuestra Zona Comercial y el consumo de otros servicios como los de gastronomía turísticos, médicos, entre otros. El incremento de las importaciones de origen que están realizando los usuarios de este sistema, permite que en Tacna se cuente con mercancías a menores precios que Iquique o Lima, consolidando a la Zona Comercial de Tacna como un punto estratégico para la distribución de mercancías de última tecnología o moda a precios competitivos. Artículos de importación a) Prendas de vestir de uso personal hasta seis (06) unidades de ropa interior y tres (03) unidades de ropa exterior. b) Artículos de tocador, adecuados a su condición

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c) Objetos de Uso y adorno personal d) Medicamentos de uso personal e) Libros, revistas y otros. f) Hasta Tres (03) litros de licor. g) Hasta 50 puros ó 250 grs. de tabaco picado o en hierbas h) Una (01) Cámara fotográfica ó digital y hasta cinco (05) rollos de películas o un (01) soporte de memoria. i) Maletas, carteras, bolsas y otros envases de uso común que constituyen su equipaje. j) Dos (02) pares de zapatillas de uso personal. 2. Entidades Reguladoras en China Administración General de Aduanas de la República Popular China - General Administration of Customs People´s Republic of China GACC. La Aduana de China es una agencia gubernamental que supervisa y gestiona todas las llegadas y salidas del territorio aduanero de la parte continental de la República Popular de China. Ejerce una estructura de gestión centralizada. Es un organismo del Consejo de Estado para la aplicación administrativa de la ley y encargado del trabajo de las aduanas. Sus atribuciones principales consisten en estudiar y trazar las orientaciones, políticas, leyes y reglamentos sobre este trabajo y el plan de desarrollo y organizar su implementación, supervisión y verificación, administrar en sentido vertical todas las aduanas del país, y administrar el buró estatal de inspección y cuarentena de las entradas y salidas del país; estudiar y trazar los reglamentos de cobro y control de los aranceles y las reglas detalladas para su implementación, organizar la implementación del cobro y control de los aranceles de importación y exportación y de otros impuestos y tarifas, y aplicar por ley las medidas antidumping y anti subsidios; organizar la implementación de las inspecciones de las aduanas y responder en forma unificada de la lucha contra el contrabando.

La Administración tiene diez departamentos (burós y divisiones) funcionales, incluyendo la oficina general, el departamento de políticas y reglamentos, el de cobro y control de los aranceles, el de administración del paso por la aduana, el de supervisión y control, el de estadística integral, el buró de investigación, el

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departamento de cooperación internacional, el de personal y educación y el de asuntos financieros, ciencia y tecnología La aduana China utiliza el Sistema Armonizado de Clasificación de Mercancías (SA), como base para la recaudación de impuestos, la tramitación y la elaboración de estadísticas de comercio.

Código de registro (CR) en la Aduana obligatorio para importadores y exportadores: Todas las empresas importadoras y exportadoras en China tienen que registrarse en la aduana para conseguir su código de importador o exportador o contratar a un agente que ya lo posea y lo represente. Este código CR debe incluirse en la documentación aduanera de todos los envíos, excepto los de documentos y envíos personales.

2.1. Perú 

Entidades que regulan la cadena logística en la salida de productos en el ¿Cómo se crean los organismos reguladores?

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En una economía con existencia de fallas de mercado como el monopolio natural por ejemplo; la posibilidad de ejercicio de poder de mercado y comportamiento de la economía será ineficiente. Es en ese escenario pues que surgen los organismos reguladores para establecer reglas que permitan obtener resultados similares a los que se obtienen en un escenario de competencia. Legislación sobre creación de organismos reguladores 

¿En qué contexto se crean los organismos reguladores?

En los últimos años han ocurrido grandes cambios en el sector de telecomunicaciones, en los últimos años. Además numerosas empresas estatales fueron privatizadas lo anterior sumado a una ola de políticas pro-competencia y de desregulación de servicios se diseminó por todo el mundo, avances tecnológicos. Antes esto pues se tiene que promover los servicios de telecomunicaciones que se presenten bajo esquemas de competencia. 

¿Cuáles son las razones principales para que los organismos reguladores intervengan?

a) Otorgamiento de concesiones (Caso peruano: MTC). b) Remover las barreras de entrada al mercado a nuevos operadores (Caso peruano: MTC/OR). c) Vigilar la interconexión entre las empresas. d) Políticas de protección de los usuarios que incluye garantizar la calidad del servicio, mientras la competencia sea incipiente. e) Permitir que los servicios se extiendan a zonas geográficas en las que el mercado en competencia aún no ha cubierto. 

¿Qué es lo que busca un organismo regulador?

Buscar crear institucionalidad, una organización pensada para una gestión a largo plazo, más allá de la existencia de personas específicas. También busca crear legitimidad, soporte de la sociedad a través de la transparencia de sus acciones, la especialización en la toma de decisiones y mecanismos adecuados de rendición de cuentas. 

¿Qué se necesita para regular?

Independencia y autonomía • Autonomía y evaluación técnica en la toma de decisiones. • Miembros de CD y Alta Dirección elegidos de forma imparcial y transparente y/o con mecanismos representativos. • Financiamiento sin restricciones presupuestaria a pesar de tratarse de recursos públicos. • Autonomía en la ejecución presupuestaria. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Objetividad y equilibrio • En la toma de decisiones técnicas. • Análisis de costo/beneficio de una medida regulatoria.

Solvencia técnica • Rigurosa selección de equipo humano con excelencia profesional, condiciones de empleo competitivas y línea de carrera. • Capacitación permanente.

Transparencia y Predictibilidad • Política de puertas abiertas. • Publicación de Sesiones y Actas del Consejo Directivo. • Publicación previa de proyectos y estudios para comentarios de las partes interesadas. • Fomentar esquemas de participación ciudadana a través de audiencias públicas, foros, conversatorios, etc. • Facilitar el acceso a la información a todos los agentes del mercado. 

¿Cuáles son las funciones de los organismos reguladores?

Dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, los Organismos Regulares ejercen las siguientes funciones: a) Función supervisora: comprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por parte de las entidades o actividades supervisadas, así como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolución emitida por el Organismo Regulador o de cualquier otra obligación que se encuentre a cargo de la entidad o actividad supervisadas; b) Función reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ámbito; c) Función normativa: comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; d) Función fiscalizadora y sancionadora: comprende la facultad de imponer sanciones dentro de su ámbito de competencia por el incumplimiento de

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obligaciones derivadas de normas legales o técnicas, así como las obligaciones contraídas por los concesionarios en los respectivos contratos de concesión; e) Función de solución de controversias: comprende la facultad de conciliar intereses contrapuestos entre entidades o empresas bajo su ámbito de competencia, entre éstas y sus usuarios o de resolver los conflictos suscitados entre los mismos, reconociendo o desestimando los derechos invocados. f) Función de solución de los reclamos de los usuarios de los servicios que regulan. 2.2. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT 2.2.1 ¿Qué es la SUNAT? La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad. Tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. o .Ley 24829 - Ley de creación Ha dado la Ley siguiente: Artículo 1.- Créase la Superintendencia Nacional de Aduanas como Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. La Superintendencia Nacional de Aduanas tendrá por finalidad administrar, aplicar, fiscalizar, sancionar y recaudar los aranceles y tributos del Gobierno Central que fije la legislación aduanera, Tratados y Convenios Internacionales y demás normas que rigen la materia y otros tributos cuya recaudación se le encomienda; así como la represión de la de la defraudación de Rentas de Aduana y del contrabando, la evasión de tributos aduaneros y el tráfico ilícito de bienes. La Superintendencia Nacional de Aduanas, a partir de la vigencia de su Ley General, asumirá íntegramente las funciones y atribuciones de la Dirección General de Aduanas, así como los recursos que se le transfieran, en la forma y plazos que señale dicha Ley General. Contará para su presupuesto administrativo hasta con el 2% de lo que recaude para el Tesoro Público.

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o Decreto Legislativo 500 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas LEY GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS – SUNAD (DEL REGIMEN LEGAL, FINES, DOMICILIO Y DURACION) Artículo 1.- La Superintendencia Nacional de Aduanas creada por Ley No. 24913, es una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas, con autonomía funcional, técnica, económica, financiera y administrativa, conforme a la presente Ley General y su Estatuto. La Superintendencia Nacional de Aduanas tiene por finalidad la gestión, inspección y control de la política aduanera en el territorio nacional, administrando, aplicando, fiscalizando, sancionando y recaudando los aranceles y tributos del Gobierno Central que fije la legislación aduanera, asegurando la correcta aplicación de tratados y convenios internacionales y demás normas que rigen en la materia y otros tributos cuya recaudación se le encomienda, así como la prevención y represión de la defraudación de rentas de aduana, del contrabando y del tráfico ilícito de bienes. Artículo 2.- La Superintendencia Nacional de Aduanas tiene su domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao. Puede establecer dependencias en el territorio nacional. Artículo 3.- El plazo de duración de la Superintendencia Nacional de Aduanas es indefinida y sólo se extingue por mandato expreso de la ley. Artículo 4.- La administración, gestión y uso de los recursos por la Superintendencia Nacional de Aduanas están regidos por las normas del Sistema Nacional de Control. o Decreto Legislativo 501 - Ley General de Superintendencia de Administración Tributaria LEY GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT TITULO I DEL REGIMEN LEGAL, FINES, DOMICILIO Y DURACION Artículo 1.- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), creada por la Ley 24829, es una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y Finanzas, con autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa, conforme a la presente Ley General y su Estatuto. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) tiene por finalidad administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos con excepción de los municipales así como proponer y participar en la reglamentación de las normas tributarias. Artículo 2.- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria tiene domicilio legal y sede principal en la Ciudad de Lima, puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.

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Artículo 3.- El plazo de duración de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria es indefinido y sólo se extingue por mandato expreso de la Ley. Artículo 4.- La Administración, gestión y uso de los recursos por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, están regidos por las normas del Sistema Nacional de Centro. o Ley 27334 - Ley que Amplía las funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria LEY QUE AMPLÍA LAS FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Artículo 1.- Incorpora segundo y tercer párrafos al Artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 501 Incorpórase, como segundo y tercer párrafos del Artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 501 Artículo 2.- Funciones de la SUNAT La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) ejercerá las funciones antes señaladas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a las que hace referencia la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF. La SUNAT también podrá ejercer facultades de administración respecto de otras obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que se establezca en los convenios interinstitucionales correspondientes.” o Ley 29816 – Ley de Fortalecimiento de la SUNAT LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUNAT Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto establecer las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la SUNAT, con la finalidad de mejorar su labor en relación con: la lucha contra la evasión y elusión tributaria; el contrabando y el tráfico ilícito de mercancías; la facilitación del comercio exterior; la ampliación de la base tributaria y el crecimiento sostenido de la recaudación fiscal. Artículo 2. Denominación de la SUNAT Sustitúyese la denominación de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. Para todo efecto legal, cualquier mención a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT se entenderá referida a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT.

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Artículo 3. Naturaleza jurídica La SUNAT es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas. Cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa. Artículo 4. Domicilio legal y sede principal La SUNAT tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. Finalidad La SUNAT tiene como finalidad primordial administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por Ley o de acuerdo a los convenios interinstitucionales que se celebren, proporcionando los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurando la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia y combatiendo los delitos tributarios y aduaneros conforme a sus atribuciones. También tiene como finalidad la implementación, la inspección y el control del cumplimiento de la política aduanera en el territorio nacional y el tráfico internacional de mercancías, personas y medios de transporte, facilitando las actividades aduaneras de comercio exterior y asegurando la correcta aplicación de los tratados y convenios internacionales y demás normas que rigen la materia. Asimismo, le corresponde participar en el combate contra la minería ilegal así como del narcotráfico, a través del control y fiscalización del ingreso, permanencia, transporte o traslado y salida de los productos de la actividad minera, de insumos químicos y maquinarias que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como del control y fiscalización de los insumos químicos, productos y sus sub productos o derivados, maquinarias y equipos que puedan ser utilizados directa o indirectamente en la elaboración de drogas ilícitas; y otros fines que se establezcan mediante Ley. Adicionalmente, debe proveer a los administrados los servicios que les faciliten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras y otras vinculadas a las funciones que realiza la SUNAT, así como brindar servicios a la ciudadanía en general dentro del ámbito de su competencia. (Establecido en el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias)

2.2.2. Funciones y Atribuciones Son funciones y atribuciones de la SUNAT: Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Administrar los tributos internos del Gobierno Nacional, así como los conceptos tributarios y no tributarios cuya administración o recaudación se le encargue por Ley o Convenio Interinstitucional. Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la reglamentación de las normas tributarias, aduaneras y otras de su competencia. Expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los trámites correspondientes a los regímenes aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de éstos. Dictar normas en materia de organización y gestión interna en el ámbito de su competencia. Sistematizar y ordenar la legislación e información estadística de comercio exterior, a fin de brindar información general sobre la materia conforme a Ley, así como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra. Celebrar acuerdos y convenios de cooperación técnica y administrativa en materia de su competencia. Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperación técnica, de investigación, de capacitación y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el país o en el extranjero. Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley. Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepción de los tributos que administra y disponer la suspensión de las mismas cuando corresponda, de acuerdo a Ley. Controlar y fiscalizar el tráfico de mercancías, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional. Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depósitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el tráfico internacional de personas, mercancías u otros. Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas, la defraudación tributaria yel tráfico ilícito de mercancías, así como aplicar medidas en resguardo del interés fiscal. Desarrollar y aplicar sistemas de verificación y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancías, excepto las que estén en tránsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificación en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables. Desarrollar y administrar los sistemas de análisis y fiscalización de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en vía administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; elevar los recursos de apelación y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial. Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carácter tributario y aduanero, con arreglo a Ley. Ejercer los actos y medidas de coerción necesarios para el cobro de deudas por los conceptos que administra. .

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Mantener en custodia las mercancías y bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones. Adjudicar mercancías de acuerdo a Ley. Desarrollar programas de información, divulgación y capacitación en materia tributaria y aduanera. Editar, reproducir y publicar oficialmente el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carácter aduanero, así como las normas y procedimientos aduaneros para su utilización general. Determinar la correcta aplicación y recaudación de los tributos que administra y de otros cuya recaudación se le encargue, así como de los derechos que cobren por los servicios que prestan, de acuerdo a Ley. Liderar las iniciativas y proyectos relacionados con la cadena logística del comercio exterior cuando tengan uno o más componentes propios de las actividades aduaneras, coordinando con las entidades del sector público y privado que corresponda, las cuales deberán implementar los procesos armonizados que se establezcan Controlar y fiscalizar el ingreso, permanencia, transporte o traslado y salida de los bienes controlados que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como en la elaboración de drogas ilícitas. Ejercer las demás funciones que le señale la Ley.

2.2.3. Sistema tributario nacional En mérito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Legislativo No. 771 dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos: Incrementar la recaudación. Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad. Distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades. El Código Tributario constituye el eje fundamental del Sistema Tributario Nacional, ya que sus normas se aplican a los distintos tributos. De manera sinóptica, el Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la siguiente manera:

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o ¿Qué entiende por tributo?







Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines . El Código Tributario establece que el término TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas . Impuesto: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta. Contribución: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO. Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos.

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La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos. o Tributos que administra la SUNAT Con el fin de lograr un sistema tributario eficiente, permanente y simple se dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo N° 771), vigente a partir del 1 de enero de 1994. La ley señala los tributos vigentes e indica quiénes son los acreedores tributarios: el Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades con fines específicos. En aplicación del Decreto Supremo 061-2002-PCM, publicado el 12 de julio del 2002, se dispone la fusión por absorción de la Superintendencia Nacional de Aduanas(SUNAD) por la Superintendencia Nacional de Tributos Internos (SUNAT), pasando la SUNAT a ser el ente administrador de tributos internos y derechos arancelarios del Gobierno Central. El 22 de diciembre de 2011 se publicó la Ley Nº 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, estableciéndose la sustitución de la denominación de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT. Los principales tributos que administra la SUNAT son los siguientes: o Impuesto General a las Ventas: Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importación de bienes, así como en la prestación de distintos servicios comerciales, en los contratos de construcción o en la primera venta de inmuebles. o Impuesto a la Renta: Es aquél que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos. o Régimen Especial del Impuesto a la Renta: Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las actividades de comercio y/o industria; y actividades de servicios. o Nuevo Régimen Único Simplificado: Es un régimen simple que establece un pago único por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promoción Municipal). A él pueden acogerse únicamente las personas naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría (bodegas, ferreterías, bazares, puestos de mercado, etc.) y cumplan los requisitos y condiciones establecidas. o Impuesto Selectivo al Consumo: Es el impuesto que se aplica sólo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, etc. o Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional: Impuesto destinado a financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional. o Impuesto Temporal a los Activos Netos: Impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la Renta, sobre los Activos Netos al 31 de diciembre del año Perfil Logístico de Importación China a Perú

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anterior. La obligación surge al 1 de enero de cada ejercicio y se paga desde el mes de abril de cada año. Impuesto a las Transacciones Financieras: El Impuesto grava algunas de las operaciones que se realizan a través de las empresas del Sistema Financiero. Creado por el D.Legislativo N° 939 y modificado por la Ley N° 28194. Vigente desde el 1° de marzo del 2004. Impuesto Especial a la Minería: Creada mediante Ley Nº 29789 publicada el 28 de setiembre de 2011, es un impuesto que grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera proveniente de las ventas de los recursos minerales metálicos. Dicha ley establece que el impuesto será recaudado y administrado por la SUNAT. Casinos y Tragamonedas: Impuestos que gravan la explotación de casinos y máquinas tragamonedas. Derechos Arancelarios o Ad Valorem, son los derechos aplicados al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el arancel de aduanas. Derechos Específicos, son los derechos fijos aplicados a las mercancías de acuerdo a cantidades específicas dispuestas por el Gobierno. Aportaciones al ESSALUD y a la ONP: Mediante la Ley N° 27334 se encarga a la SUNAT la administración de las citadas aportaciones, manteniéndose como acreedor tributario de las mismas el Seguro Social de Salud (ESSALUD) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Regalías Mineras: Se trata de un concepto no tributario que grava las ventas de minerales metálicos y no metálicos. El artículo 7° de la Ley 28258 - Ley de Regalías Mineras, autoriza a la SUNAT para que realice, todas las funciones asociadas al pago de la regalía minera. Se modificó mediante la Ley Nº 29788 publicada el 28 de setiembre de 2011. Gravamen Especial a la Minería: Creado mediante la Ley Nº 29790, publicada el 28 de setiembre de 2011, está conformado por los pagos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables y que aplica a los sujetos de la actividad minera que hayan suscrito convenios con el Estado. El gravamen resulta de aplicar sobre la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera, la tasa efectiva correspondiente según lo señalado en la norma. Dicha ley, faculta a la SUNAT a ejercer todas las funciones asociadas al pago del Gravamen.

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2.2.4. Dependencias y oficinas a nivel nacional Superintendencia Nacional de aduanas dependencias y oficinas a nivel nacional

2.1.2 Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868. Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Además, fomenta en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología. El INDECOPI es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno. En Perfil Logístico de Importación China a Perú

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2.3. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868. Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Además, fomenta en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología. El INDECOPI es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno. En consecuencia, goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa (Decreto Legislativo No 1033). Como resultado de su labor en la promoción de las normas de leal y honesta competencia entre los agentes de la economía peruana, el INDECOPI es concebido en la actualidad, como una entidad de servicios con marcada preocupación por impulsar una cultura de calidad para lograr la plena satisfacción de sus clientes: la ciudadanía, el empresariado y el Estado. Tribunal El Tribunal del INDECOPI se encuentra conformado por cinco Salas: Una especializada en tramitar y resolver los procedimientos relacionados con la defensa de la Propiedad Intelectual; otra especializada en la defensa de la competencia; la Sala especializada encargada de los procedimientos relativos a la protección del consumidor, la Sala especializada para los procedimientos concursales y la Sala especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas. Sala Especializada en Defensa de la Competencia





La Sala Especializada en Defensa de la Competencia es el órgano funcional que conoce, en segunda y última instancia administrativa, las apelaciones interpuestas por las partes contra las resoluciones que ponen fin a la primera instancia respecto de las siguientes materias: eliminación de barreras burocráticas, fiscalización de dumping y subsidios, libre competencia, fiscalización de barreras comerciales no arancelarias y competencia desleal. Asimismo, soluciona los reclamos en queja interpuestos contra las Comisiones en materia de defensa de la competencia, la Sala del Tribunal del INDECOPI que corresponda o algún funcionario que trabaje en ellas por presuntos defectos en la tramitación de un procedimiento. Adicionalmente, se pronuncia respecto de pedidos de recusación de funcionarios, así como de solicitudes de aclaración, ampliación y enmienda de resoluciones. Las Comisiones u órganos funcionales del INDECOPI cuyas resoluciones pueden ser impugnadas ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia son: La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas.

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Las Oficinas Regionales en materia de Eliminación de Barreras Burocráticas con sede en provincia. La Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios. La Comisión de Defensa de la Libre Competencia. La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal. Las Oficinas Regionales en materia de Fiscalización de la Competencia Desleal con sede en provincia. o Misión Constituirse en un órgano administrativo promotor de la leal y libre competencia en el Perú, para propiciar el buen funcionamiento del mercado. o Visión Asumir el reto de ser la última instancia resolutiva en el área de Competencia del INDECOPI mostrando resultados predecibles, oportunos y de calidad, en bien del mercado y sus agentes. o Mandato Conocer y resolver en segunda y última instancia administrativa los procedimientos relacionados con la defensa de la competencia, específicamente de libre competencia, competencia desleal, eliminación de barreras burocráticas, concursal, dumping y subsidios, normalización y fiscalización de barreras comerciales no arancelarias. o Objetivos Desarrollar de manera integral el capital humano en la institución. Mejorar la eficiencia resolutiva. Mejorar la imagen y el posicionamiento del INDECOPI. Sala Especializada en Protección al Consumidor Asimismo, resuelve los reclamos en queja interpuestos, por presuntos defectos en la tramitación de un proceso, contra las Comisiones de Protección al Consumidor a nivel nacional, contra la Sala que corresponda o contra algún funcionario que labore en ellas. Adicionalmente, la Sala Especializada en Protección al Consumidor se pronuncia respecto de los pedidos de aclaración, ampliación y enmienda de sus propias resoluciones. Las comisiones cuyas resoluciones pueden ser impugnadas ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor son: • Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Norte (ILN-CPC). • Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Sur Nº 1 (CC1). • Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Sur Nº 2 (CC2). • Comisión de Protección Al Consumidor - Sede Lima Sur N° 3 (CC3).

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• Comisiones de las Oficinas Regionales del INDECOPI con desconcentración de funciones en materia de protección al consumidor. o Sala Especializada en Propiedad Intelectual La Sala Especializada en Propiedad Intelectual es el órgano funcional que resuelve en apelación los procesos seguidos ante las Direcciones de Signos Distintivos, Invenciones y Nuevas Tecnologías y de Derecho de Autor del INDECOPI. Está integrada por cinco vocales y tiene entre sus atribuciones el establecimiento de precedentes de observancia obligatoria, a través de las resoluciones que expide en casos particulares. o Misión: Administración de la propiedad intelectual moderna y eficiente que promueva y de valor a los elementos de la propiedad intelectual en el mercado. o Visión: Órgano funcional con un alto índice de predictibilidad y eficiencia, modelo a nivel nacional e internacional. Mandato: Conocer y resolver en segunda y última instancia administrativa los procesos relacionados con derechos de propiedad intelectual. o Sala Especializada en Procedimientos Concursales

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La Sala Especializada en Procedimientos Concursales es una de las salas que integran el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de Propiedad Intelectual del Indecopi. Es el órgano funcional que conoce y resuelve, en segunda y última instancia administrativa, las apelaciones interpuestas contra las resoluciones de primera instancia que se pronuncian de forma definitiva en procedimientos concursales tramitados a nivel nacional. Asimismo, resuelve las quejas formuladas por los administrados contra las Comisiones de Procedimientos Concursales, sus respectivas secretarías técnicas y sus oficinas desconcentradas, contra las Salas del Tribunal del Indecopi y sus secretarías técnicas por defectos en la tramitación de un procedimiento. Adicionalmente, la Sala Especializada en Procedimientos Concursales se pronuncia respecto de pedidos de aclaración, ampliación y enmienda de sus propias resoluciones. Las comisiones cuyas resoluciones pueden ser impugnadas ante la Sala Especializada en Procedimientos Concursales son las siguientes: Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur. Comisión de Procedimientos Concursales Lima Norte.

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Comisiones de las Oficinas Regionales del Indecopi con desconcentración de funciones en materia de procedimientos concursales. o

Misión

Contribuir a facilitar al deudor y a sus acreedores un ambiente idóneo de negociación que les permita maximizar el patrimonio en concurso para obtener el mayor grado de recuperación del crédito, a través de la celeridad y predictibilidad de sus procedimientos. o

Visión

Ser conocido por la institución y los usuarios a nivel nacional como el órgano resolutivo con mayor eficacia, eficiencia y predictibilidad en la resolución de los asuntos puesto en su conocimiento para contribuir al correcto funcionamiento del sistema concursal. Mandato Conocer, analizar y resolver en segunda y última instancia administrativa las apelaciones interpuestas contra las resoluciones de primera instancia que se pronuncian de forma definitiva en los procedimientos concursales tramitados a nivel nacional, así como resolver las quejas formuladas por los administrados contra las Comisiones de Procedimientos Concursales, las Salas del Tribunal del Indecopi y sus respectivas Secretarías Técnicas por defectos en la tramitación de un procedimiento. o

Objetivos

(i) Reducir los plazos de tramitación y conclusión de los expedientes, asegurando la calidad y oportunidad de los servicios brindados por la Sala a todos sus clientes. (ii) Asegurar que los procedimientos de apelación y queja de la Sala se encuentren en el marco del sistema integrado de gestión. (iii) Lograr que los usuarios tomen conocimiento oportuno de los criterios emitidos por la Sala. (iv) Fortalecer las capacidades del talento humano y el clima laboral. o

Funciones

Corresponde a la Dirección de Derecho de Autor proteger el derecho de autor y los derechos conexos. Además, es misión de la Dirección fomentar una cultura de respeto a los mismos, teniendo como visión lograr que los titulares de derechos de autor y derechos conexos vean protegidos eficazmente sus derechos en el país.

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Atribuciones de la Dirección de Derecho de Autor

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La Dirección de Derecho de Autor es responsable de cautelar y proteger administrativamente el derecho de autor y los derechos conexos. Adicionalmente, resuelve en primera instancia las causas contenciosas y no contenciosas que le sean sometidas a su jurisdicción, por denuncia de parte o por acción de oficio. Administra el Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, así como los actos constitutivos o modificatorios correspondientes a las sociedades de gestión colectiva y derechos conexos; mantiene y custodia el depósito legal intangible, entre otras funciones establecidas en la ley de la materia. Sus funciones son, entre otras: Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión; En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes; Emite informes técnicos en los temas de su competencia; Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos; Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que emite la Dirección, a través de cualquiera de sus órganos internos, tanto en los casos de procedimiento contenciosos como no contenciosos; Ejerce la representación de la Dirección; Coordina la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales, en la materia que es de competencia de la respectiva Dirección y vigilan su cumplimiento; Desarrolla programa de difusión, capacitación y formación en los temas que son de competencia en la respectiva Dirección, pudiendo coordinar al efecto con organismos nacionales o internacionales afines a la materia; Conduce, ejecuta y evalúa las acciones requeridas para el funcionamiento de sus respectivos registros; y, Ejerce las demás funciones que se les encomienden.

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Nuestras Oficinas

LIMA - CALLAO AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ ZONA NACIONAL E GAMARRA Dirección: Av.Prolongación Huánuco 2108, La Victoria Teléfono: (+511) 323-3944 y (+511) 2247800 anexo 3301 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Rosario Incio E-mail: [email protected] LIMA NORTE Servicio de Atención al Ciudadano Dirección: Av. Carlos Izaguirre Nº 988, Urbanización Las Palmeras, Los Olivos. Horario de atención: Oficinas: L- V 8:30 a 16:30 h. MAC CALLAO Dirección: CC Mall Aventura Plaza Av. Oscar R. Benavides 3866, Urb. El Águila, Bellavista – Callao (Referencia: Av. Faucett cruce con Av. Ex. Colonial) Teléfono: (+511) 7480330 / 7480331 / 7480332 / anexo 409 Celular: 944823697 MAC Lima Este Dirección: CC.Agustino Plaza, 1er nivel. Av. Ancash 2151, El Agustino. Teléfono: (+511) 5004740 / anexo 1106 Celular: 951912623 MAC LIMA NORTE Dirección: CC Plaza Norte, Sótano (frente a Maestro Home Center) Av. Tomás Valle cruce con Panamericana Norte Celular : 985187019 MAC VENTANILLA Dirección: Cuadras 6 y 7, Calle Las Gaviotas Mza. C10, Ex zona comercial, Ventanilla Teléfono : (+511) 6311400 anexo 738 Celular : 945769964 PLATAFORMA DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Dirección: Plaza José Faustino Sánchez Carrión - Jr. Andahuaylas S/N Cercado de Lima, Puerta posterior del Congreso de la República, Sótano. Telf.: (+511) 311-7777, anexo 2035 y (+511) 2247800, anexo 3210 SEDE CENTRAL LIMA SUR Servicio de Atención al Ciudadano Dirección: Calle de la Prosa 104, San Borja. Central: (+511) 224-7800. Consultas y reclamos: (+511) 224-7777 Horario de atención: Perfil Logístico de Importación China a Perú

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PROVINCIAS AMAZONAS Dirección: Jr. Ayacucho 1073 – Chachapoyas. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Andrey Guerrero E-mail: [email protected] ANCASH SEDE HUARAZ Dirección: Av. Agustin Gamarra Nº 671, Huaraz. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Jorge Cabel E-mail: [email protected] ANCASH SEDE CHIMBOTE Dirección: Jr. Elias Aguirre N° 130, Chimbote. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Judith Rodrigo E-mail: [email protected] APURIMAC Dirección: Av. Andrés Avelino Cáceres Nº 211, Abancay. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Karin Díaz E-mail: [email protected] AREQUIPA Dirección: Mz. O Lt. 20 - Urbanización La Esperanza, Distrito de José Luis Bustamante y Ribero. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: María Lucia Cornejo E-mail: [email protected] AYACUCHO Dirección: Av. Mariscal Cáceres N° 1387, Ayacucho. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Contacto: Victor Rodríguez E-mail: [email protected] CAJAMARCA Dirección: Jr. Amazonas Nº 785. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Milagros Castillo E-mail: [email protected] CUSCO Dirección: Urbanización Constancia Mz. A-11-2, Wanchaq. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Paola Aragón E-mail: [email protected] HUÁNUCO Dirección: Jr. Bolívar Nº 337 - Huánuco. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Jina Troyes E-mail: [email protected] ICA Dirección: Av. Conde de Nieva Nº 446, Urb. Luren. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Ernesto Fernando Martin Perla Najarro E-mail: [email protected] JUNIN SEDE HUANCAYO Dirección: Pasaje Comercial Nº 474, El Tambo. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Karina Alvarado E-mail: [email protected] JUNIN SEDE LA MERCED Dirección: Jr. Los Robles N° 102 – Urb. Capelo, La Merced – Chanchamayo – Junín. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30. Contacto: Rebeca Rodríguez E-mail: [email protected] LA LIBERTAD Dirección: Calle Santo Toribio de Mogrovejo Nº 518, Urb. San Andrés II etapa. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Sergio Obregón E-mail: [email protected] LAMBAYEQUE Dirección: Los Tumbos Nº 245, Urb. Santa Victoria-Chiclayo. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Claudia Lucero E-mail: [email protected] LORETO Dirección: Calle Putumayo Nº 446 - Iquitos Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Francisco Ruiz E-mail: [email protected] MADRE DE DIOS Dirección: Jr. Piura Nº 425 Mz. 1-Y, Lote 4 - Puerto Maldonado Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Javier Castro E-mail: [email protected] MOQUEGUA Dirección: Jr. Abtao Nº 614, Dpto. A - Ilo Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Yojanna Alvarez E-mail: [email protected] PASCO Dirección: Asociación Pro Vivienda UNDAC Mz. Q Lt. 02 – Distrito de Yanacancha Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Contacto: Nataly Ledesma E-mail: [email protected] PIURA Dirección: Av. Los Cocos Nº 181-183, Urb. Club Grau. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Ana Peña E-mail: [email protected] PUNO Dirección: Jr. Ancash Nº 146 - Cercado, Puno. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Waldir Zanabria E-mail: [email protected] SAN MARTÍN Dirección: Jr. Antonio Raymondi Nº 328, Tarapoto. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Gena Chávez E-mail: [email protected] TACNA Dirección: Avenida Bolognesi N° 158, esq. con Calle Arequipa Nº 110, Cercado de Tacna. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Marcos Lipa E-mail: [email protected] TUMBES Dirección: Av. Francisco Navarrete N° 103 - Tumbes. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Edgar Vilela E-mail: [email protected] UCAYALI Dirección: Av. Sáenz Peña Nº 485, Pucallpa. Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 16:30 h. Contacto: Jorge Correa Perfil Logístico de Importación China a Perú

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E-mail: [email protected] VRAEM Dirección: Av. Arriba Perú cuadra 1 S/N Pichari - Interior del Local de Organizaciones Sociales de Base - Pichari. La Convención-Cusco Central telefónica: 01-2247777 Línea gratuita para provincias (solo teléfonos fijos): 0-800-4-4040 + opción 6 Horario de Atención: L-V 08:30 a 13:00 y de 14:00 a 16:30 h. Contacto: Christian Rodríguez E-mail: [email protected]

2.2. Entidades que regulan la cadena logística el ingreso en el dicho país en Aspecto Aduanero, Sanitario, Transporte y Normas Técnicas en Perú. 

Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA)

Establece los requisitos y procedimientos para el registro sanitario, habilitación de plantas y certificado sanitario de exportación de alimentos y bebidas destinados al consumo humano. 

Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)

Certifica el estado fitosanitario y zoosanitario de los predios o establecimientos dedicados a la producción agraria, incluyendo las empacadoras que destinen productos para la exportación de conformidad con los requerimientos de la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria del país importador. Realiza también la certificación fitosanitaria y zoosanitaria, previa inspección, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal; así como la certificación de insumos agrarios destinados a la exportación.  Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) Realiza acciones de inspección y vigilancia en todas las fases de las actividades pesqueras acuícolas, de productos pesqueros provenientes de la pesca y acuicultura incluyendo la habilitación sanitaria de establecimientos para actividades de pesca y acuicultura. 2.2. Entidades que regulan la cadena logística el ingreso en el dicho país en Aspecto Aduanero, Sanitario, Transporte y Normas Técnicas en China 2.2.1. La Administración General de Calidad, Supervisión, Inspección y Cuarentena, (AQSIQ) 

La AQSIQ es una organización administrativa que resguarda la seguridad pública y depende directamente del Concejo Estatal de China. Actúa en el campo de la calidad, metrología, inspección de materias primas de entrada y salida, cuarentenas de salubridad de entrada y salida, entrada y salida de animales y cuarentena de plantas, certificación, acreditación, y estandarización. La AQSIQ tiene 19 departamentos internos: Oficina General

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Departamento de Legislación Departamento de Gerencia de Calidad



Departamento de Metrología



Departamento de Inspección y Liberación de Cuarentena



Departamento de Supervisión de Cuarentena de Salud



Departamento de Supervisión de Cuarentena de Animales y Plantas



Departamento de Supervisión de Inspección



Oficina de Seguridad de Importación y Exportación de Alimentos



Oficina de Supervisión de Seguridad de Equipos Especiales



Departamento de Supervisión de Calidad de Producto



Departamento de Supervisión de Producción de Alimentos Departamento de Seguridad



Pública y Supervisión (Oficina de la AQSIQ contra la Falsificación)



Departamento de Cooperación Internacional (Oficina de asuntos para OMC),



Departamento de Ciencia y Tecnología Departamento de Personal Departamento de Planeamiento y Finanzas



Oficina de Comité del Partido (PC)



Oficina de Funcionarios Jubilados. Adicionalmente un Equipo de Inspección de Disciplina y el Residente permanente de la Oficina de Inspección en AQSIQ asignados por la Comisión Central de Inspección de Disciplina del CPC y el Ministerio de Supervisión. Adicionalmente se encarga de desarrollar los estándares y políticas de medición de la conformidad en China.

2.2.2. Ministerio de Comercio, MOFCOM Regula las operaciones de comercio exterior. Los importadores (y exportadores) deben registrarse en MOFCOM antes de registrar sus declaraciones de aduanas. 2.2.3. División de Pesquería – Ministerio de Agricultura (CNFM) La División de Pesquería del Ministerio de Agricultura de China es el departamento a cargo de la pesca y acuáticos. 2.2.4. Administración de Normalización / Estandarización de China – SAC

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Se encarga de implementar los proyectos de cooperación internacional y elabora gran cantidad de normas técnicas sobre productos agrícolas e industriales. Estas normas pueden ser nacionales, sectoriales y locales obligatorias o voluntarias. Adicionalmente es autorizado por el Gobierno Central para ejercitar las responsabilidades administrativas que se derivan de unificar el control, supervisión y coordinación de los estándares de calidad de los productos en China. Representa a China en la Organización de Estandarización Internacional (ISO), la Comisión de Electrotecnia Internacional (IEC) y otras organizaciones de estandarización internacionales y regionales. Es la responsable de organizar las actividades del Comité Nacional Chino para la ISO y la IEC. Además, es también la encargada de aprobar y organizar la implementación de la cooperación internacional y de intercambiar proyectos de estandarización. 2.2.5. Administración Nacional de Certificación y Acreditación de China, CNCA Fue fundada bajo AQSIQ como entidad independiente para promover la unificación de los dos regímenes de inspección existentes que diferenciaban a los productos domésticos de los importados. Administra el Sistema de Certificación Obligatoria de Productos y la Marca de Certificación Obligatoria para China (CCC). Las categorías de certificación incluyen la certificación de piensos, buenas prácticas agropecuarias (GAP), productos agrícolas inocuos, productos orgánicos, calidad alimentaria y el sistema de gestión de análisis de riesgos y puntos de control críticos (HACCP).Cabe destacar que tanto la Administración de Estandarización (SAC) como la Administración de Certificación y Acreditación (CNCA) son organismos bajo la tutela de AQSIQ 2.2.6. Cuadro de comparación de china y Perú de las entidades reguladoras

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3. Regulación aduanera, tratamiento arancelario y otros impuestos de importación, Acuerdos comerciales de los principales sectores en el siguiente orden 3.1.

Documentación aduanera a presentar

3.1.1. INVOICE(factura comercial) Documento en el que se fijan las condiciones de venta de las mercancías y sus especificaciones. Sirve como comprobante de la venta, exigiéndose para la exportación en el país de origen y para la importación en el país de destino. También se utiliza como justificante del contrato comercial. En una factura deben figurara los siguientes datos: fecha de emisión, nombre y dirección del exportador y del importador extranjero, descripción de la mercancía, condiciones de pago y términos de entrega. 3.1.2. BL(Bill of Lading) Un conocimiento de embarque (a veces abreviado como B / L o BoL ) es un documento emitido por un transportista (o su agente ) para acusar recibo de la carga para el envío . En inglés británico, el término se refiere únicamente al transporte marítimo y en inglés americano a cualquier tipo de transporte de mercancías. Un conocimiento de embarque debe ser negociable y cumple tres funciones principales:



Es un recibo concluyente, es decir, un reconocimiento de que los bienes han sido cargados Contiene o evidencia los términos del contrato de transporte Sirve como un documento de propiedad de los bienes, sujeto a la regla de nemo dat .

Los conocimientos de embarque son uno de los tres documentos cruciales que se utilizan en el comercio internacional para garantizar que los exportadores reciban el pago y que los importadores reciban la mercancía. Los otros dos documentos son una póliza de seguro y una factura. Mientras que un conocimiento de embarque es negociable, tanto una política como una factura son asignables . 3.1.3. PACKING LIST El packing list o relación de contenido completa la información descrita en la factura comercial, en cuanto a la mercancía, y debe ser siempre emitido por el exportador. Es un documento que tiene una gran importancia en aquellas situaciones donde se produzca un despacho aduanero físico y sirve para facilitar el reconocimiento selectivo por parte del "actuario" de aduanas. Asimismo, se hace servir para comprobar, en el momento de entrar la mercancía en el almacén, la corrección en cuanto a faltas, daños, sobras, etc.

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Debe contener: • Indicación de la factura a la que corresponde. • Fecha, nombre y razón social del vendedor y comprador. • Cantidad, denominación precisa y tipo de embalaje de la mercancía, con identificación de marcas. • Numeración del tipo de embalaje y el contenido de cada uno de ellos. • Peso bruto y neto y cubicación. 3.1.4. DI (DECLARACION DE INGRESO) Uno de los cuatro informes que componen el Estado financiero de una empresa. Ésta es una declaración de ingresos para el período de informes, los Gastos asociados con lo que gana. Esta declaración es también donde la empresa informa de sus Ganancias por acción (EPS) y las ganancias diluidas por acción. También conocido como de Pérdidas y Ganancias. 3.1.5. MIC DTA (Manifiesto Internacional de Carga Declaración de Transito Aduanero) Documento emitido por el transportista que ampara el régimen aduanero especial bajo el cual las mercancías sujetas a control aduanero son transportadas en una unidad de transporte de un recinto aduanero a otro en una misma operación, en el curso de la cual se cruzan una o varias fronteras. 3.2.

Estructura arancelaría

Los aranceles de aduana son los derechos de importación y exportación, con un total de 8.238 artículos gravables, de acuerdo al Plan de Aplicación de Arancel de Aduanas 2013 de China (“Plan de Tarifa 2013″). Los aranceles de aduana se calculan ya sea sobre una base ad valorem o en base a la cantidad. China aplica el Sistema Armonizado de aduanas (sobre la base de la clave internacional de seis cifras). Aranceles de Importación Los aranceles de aduana sobre las mercancías de importación consisten en: • Tasa arancelaria de la nación más favorecida (NMF); • Tipo de arancel convencional; • Tasas especiales de aranceles preferenciales; • Las tasas generales de arancel; Tipo de arancel NMF Los tipos NMF son las tarifas de importación más comúnmente adoptadas. Son bastante más bajas que las tasas generales que se aplican a las naciones no-NMF. Se aplican a los siguientes productos: • Los bienes importados a China desde los países miembros de la Organización Mundial de Comercio; • Las mercancías originarias de países o territorios que hayan celebrado acuerdos comerciales bilaterales que contienen disposiciones sobre el trato NMF con China • Productos que se originaron en China. Tipo de arancel Convencional Las tasas convencionales se aplican a las mercancías importadas que se originan en países o territorios que han entrado en acuerdos 42 comerciales regionales que contienen disposiciones preferenciales sobre los tipos de derecho con China. Bajo el “Plan de Tarifa 2013″: • 1.875 productos importados originarios de Corea del Sur, India, Sri Lanka, Bangladesh y Laos adoptarán los tipos convencionales del Acuerdo Comercial. • Ciertos productos de los miembros de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), Chile, Pakistán, Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Nueva Zelanda, Singapur, Perú y Costa Rica están sujetas a derechos convencionales en virtud de los tratados de libre comercio pertinentes. • Algunas importaciones procedentes de Hong Kong, Macao y Taiwán disfrutan de políticas libres de aranceles. Tasas especiales de aranceles Preferenciales Las tasas especiales de aranceles Preferenciales se aplican a las mercancías importadas de países o territorios con los acuerdos comerciales que contienen disposiciones especiales de aranceles preferenciales con China. Por lo general son más bajos que los tipos NMF y los tipos convencionales. Bajo el Plan de Tarifa 2013, las tasas especiales de aranceles preferenciales se aplican a las mercancías originarias de 40 países menos desarrollados, según la clasificación de las Naciones Unidas. Estos países son Etiopía, Ruanda y Afganistán. Tasas Generales Las tasas generales se aplican a los productos importados procedentes de países o territorios que no están cubiertos por los acuerdos o tratados, o de lugares desconocidos de origen. MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS                       

CAPITULO:95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios 95.03 Los demás juguetes; modelos reducidos a escala y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. 9503.00.10.00 - Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos 9503.00.22.00 - - Muñecas o muñecos, incluso vestidos 9503.00.28.00 - - Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocados 9503.00.29.00 - - Partes y demás accesorios 9503.00.30.00 - Modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados 9503.00.40.00 - Rompecabezas de cualquier clase 9503.00.91.00 - - Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios 9503.00.92.00 - - De construcción 9503.00.93.00 - - Que representen animales o seres no humanos 9503.00.94.00 - - Instrumentos y aparatos, de música 9503.00.95.00 - - Presentados en juegos o surtidos o en panoplias 9503.00.96.00 - - Los demás, con motor 9503.00.99.00 - - Los demás 95.04 Artículos para juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos. 9504.20.00.00 - Billares de cualquier clase y sus accesorios 9504.30.10.00 - - De suerte, envite y azar 9504.30.90.00 - - Las demás 9504.40.00.00 - Naipes 9504.50.00.00 - Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504.30 9504.90 - Los demás: 9504.90.10.00 - - Juegos de ajedrez y de damas

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   

9504.90.30.00 - - Juegos de bolos, incluso automáticos («bowlings») 9504.90.91.00 - - - De suerte, envite y azar 9504.90.99.00 - - - Las demás 95.05 Artículos para fiestas, carnaval u otras diversiones, incluidos los de magia y artículos sorpresa. 9505.10.00.00 - Artículos para fiestas de Navidad 9505.90.00.00 - Los demás

  3.3.

Ad - Valorem e impuestos de importación

TRIBUTOS QUE GRAVAN LA IMPORTACIÓN A continuación haremos una síntesis de los tributos que gravan la importación de mercancías: 3.3.1. Derechos AD – Valorem Derecho arancelario grava la importación de las mercancías. Base imponible: valor CIF aduanero determinado según el Acuerdo del Valor de la O.M.C. Tasa impositiva: cuatro (04) niveles: 0%, 4%, 6% y 11%, según subpartida nacional. 

Derechos Correctivos Provisionales ad Valorem Medidas correctivas aplicadas por el Perú a los demás Países Miembros de la Comunidad Andina que son de carácter no discriminatorio, de conformidad con el Acuerdo de Cartagena. Se aplica a las importaciones de mantecas bajo las subpartidas NANDINA 1511.90.00, 1516.20.00, y 1517.90.00, procedentes de Colombia.

Tasa: 29% Ad-Valorem CIF (Base Legal: Resolución Ministerial Nº 226-2005MINCETUR/DM publicada en el diario oficial El Peruano el 27.07.2005). 

Derechos Específicos-Sistema de Franja de Precios

Este tributo que tiene la naturaleza de derecho arancelario, grava las importaciones de los productos agropecuarios tales como arroz, maíz amarillo, leche y azúcar (productos marcadores y vinculados), fijando derechos variables adicionales y rebajas arancelarias según los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras. Los derechos variables adicionales y las rebajas arancelarias se determinarán en base a las Tablas Aduaneras y a los Precios de Referencia vigentes a la fecha de numeración de la declaración de importación y se expresarán en dólares por tonelada. En ningún caso las rebajas arancelarias excederán la suma que corresponda pagar al importador por derecho ad valorem correspondiente a cada producto.

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Los derechos variables adicionales que resulten de la aplicación de lo dispuesto en el Sistema Franja de Precios, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, sumados a los derechos ad valorem CIF no podrán exceder del 20% del valor CIF de la mercancía cuya supartida nacional está incluida en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 103-2015-EF, por cada serie de la declaración de importación. Tasa: variable. 3.3.2. Impuesto Selectivo al Consumo –ISC El Impuesto Selectivo al Consumo - ISC es un impuesto indirecto que, a diferencia del IGV, solo grava determinados bienes (es un impuesto específico); una de sus finalidades es desincentivar el consumo de productos que generan externalidades negativas en el orden individual, social y medioambiental, como por ejemplo: las bebidas alcohólicas, cigarrillos y combustibles. El impuesto se aplica bajo tres sistemas: a. Sistema al valor: la base imponible la constituye el valor CIF aduanero determinado según el Acuerdo del Valor de la O.M.C. más los derechos arancelarios a la importación Se aplica a los bienes contenidos en el Literal A y D del Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por D.S. N° 055-99-EF y modificatorias. Tasas: variable. b. Sistema específico: la base imponible lo constituye el volumen importado expresado en unidades de medida. Se aplica a los bienes contenidos en el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por D.S. N° 055-99-EF y modificatoria. Tasas: variable. c. Sistema al Valor según Precio de Venta al Público: la base imponible está constituida por el precio de venta al público sugerido por el importador multiplicado por el factor 0.847. El impuesto se determinará aplicando sobre la base imponible la tasa establecida en el Literal C y D del Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por D.S. N° 055-99-EF, modificado por la Ley N° 29740. 3.3.3. Impuesto General a las Ventas –IGV Este tributo grava la importación de todos los bienes, salvo las excepciones previstas en la normatividad que la regula.Su base imponible está constituida por el valor CIF aduanero determinado según el Acuerdo del Valor de la O.M.C. más los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación. Tasa impositiva: 16% Perfil Logístico de Importación China a Perú

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3.3.4. Impuesto de Promoción Municipal –IPM Este tributo grava la importación de los bienes afectos al IGV, y su base imponible es la misma que corresponde al IGV. Tasa impositiva: 2% 

Derechos Antidumping y Compensatorios Los derechos antidumping se aplican a determinados bienes cuyos precios 'dumping' causen o amenacen causar perjuicio a la producción peruana.

Los derechos compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier subsidio concedido directa o indirectamente en el país de origen, cuando ello cause o amenace causar perjuicio a la producción peruana. Para la aplicación de ambos derechos debe existir Resolución previa emitida por el INDECOPI. Los derechos antidumping y los compensatorios tienen la condición de multa. La base imponible, lo constituye el monto al que asciende el valor FOB consignado en la Factura Comercial o en base al monto fijo por peso o por precio unitario. Monto: variable. 

Régimen de Percepción del IGV – Venta Interna

Ámbito de aplicación: el régimen se aplica a las operaciones de importación definitiva que se encuentren gravadas con el IGV, y no será aplicable a las operaciones de importación exoneradas o infectas a dicho impuesto. Importe de la operación: está conformado por el valor CIF aduanero más todos los tributos que graven la importación y, de ser el caso, la salvaguardia provisional, los derechos correctivos provisionales, los derechos antidumping y compensatorios. Las modificaciones al valor en Aduanas o aquéllas que se deriven de un cambio en las subpartidas nacionales declaradas en al DAM o DSI, serán tomadas en cuenta para la determinación del importe de la operación, aún cuando éstas hayan sido materia de impugnación, siempre que se efectúe con anterioridad al levante de la mercancía y el importe de la percepción adicional que le corresponda al importador por tales modificaciones sea mayor a cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100.00). Porcentajes sobre el importe de la operación: 10% Cuando el importador se encuentre a la fecha en que se efectúa la numeración de la DAM o DSI, en alguno de los siguientes supuestos: 

Tenga la condición de domicilio fiscal no habido.



La SUNAT le hubiera comunicado la baja de su inscripción del RUC. Hubiera suspendido temporalmente sus actividades. No cuente con RUC o no lo consigne en la DAM o DSI



Realice por primera vez una operación y/o régimen aduanero.

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Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV. 5% Cuando el importador nacionalice bienes usados. 3.5% Cuando el importador no se encuentre en ninguno de los supuestos antes mencionados. La SUNAT podrá establecer, para determinados bienes que se señalen por Resolución de Superintendencia, que el monto de la percepción se determine considerando el mayor monto que resulte de comparar el resultado obtenido de: 

Multiplicar un monto fijo por el número de unidades del bien importado consignado en la DAM. Al monto resultante se le aplicará el tipo de cambio promedio ponderado venta.



Aplicar el porcentaje (10%, 5% o 3.5%) según corresponda sobre el importe de la operación.

En la importación definitiva de mercancías realizada mediante DSI, el monto de la percepción del IGV será determinado considerando los porcentajes y no el monto fijo. (*) Ley N° 29173 del 23.12.2007. Importación de mercancías sensibles al fraude: Tratándose de la importación de bienes considerados como mercancías sensibles al fraude por concepto de valoración, el monto de la percepción del IGV se determinará considerando el mayor monto que resulte de comparar el resultado obtenido de: a. Aplicar el porcentaje establecido en los párrafos anteriores según corresponda, sobre el importe de la operación. b. Multiplicar un monto fijo, el cual deberá estar expresado en moneda nacional, por el número de unidades del bien importado, según sea la unidad de medida, consignado en la DAM (Declaración Aduanera de Mercancías). Tanto la relación de subpartidas nacionales donde se encuentran las mercancías sensibles al fraude como los montos fijos correspondientes a efectos de determinar el monto de la percepción se encuentran detallados en el Anexo del Decreto Supremo N° 243-2013-EF. TRIBUTOS QUE GRAVAN LA EXPORTACIÓN La exportación de mercancía no está afecta al pago de ningún tributo. CONSULTAS EN EL PORTAL DE LA SUNAT: 1. Consignar en el campo CODIGO la subpartida nacional correspondiente a la mercancía a consultar y presionar "enter" en el campo Consultar. Nota: las consultas también pueden iniciarse detallando la mercancía en el campo "Descripción".

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2. Aparecerá el cuadro con los valores asociados a los tributos o multas vigentes, debiendo tener en cuenta que: N.A. = No aplica S ó Detalle = Aplica; debiendo pulsar "enter" para el siguiente cuadro con los valores específicos. Ejemplo 1 MEDIDAS IMPOSITIVAS PARA LAS MERCANCÍAS DE LA SUBPARTIDA NACIONAL 9504.30.10.00 ESTABLECIDAS PARA SU INGRESO AL PAIS

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3.4.

Procedimiento de importación

PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS. El procedimiento para importar es sencillo y a grandes rasgos se resume en lo siguiente:      

 

Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes Encontrarse al corriente de su situación fiscal Contar con Firma Electrónica Avanzada. Para mayor información se le sugiere ingresar a la página de Internet www.sat.gob.mx. Contratar los servicios de un agente o apoderado aduanal. Inscribirse en el padrón de importadores (Reglas 1.3.2., 1.3.1. y 1.3.6. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017). Inscribirse en el padrón de importadores sectorial, si la mercancía se encuentra en el Anexo 10, apartado A de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, de acuerdo a su clasificación arancelaria. (Regla 1.3.2. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017). Realizar el encargo conferido al agente aduanal. (Regla 1.2.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017). Cumplir con el pago de las contribuciones y aprovechamientos aplicables, así como los gastos de almacenaje, carga, descarga, transportación de la



Cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias que en su caso esté sujeta la mercancía (avisos, normas oficiales mexicanas, permisos, etc.).



Recuerde que el pedimento de importación es el documento que comprueba la legal estancia de las mercancías en México, es importante que la conserve y la porte cuando la transporte

  

Padrón de importadores Padrón de importadores de Sectores Específicos Encargo conferido Presentación de las mercancías ante la aduana para su despacho

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I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para el despacho de las mercancías destinadas al régimen de importación para el consumo en las intendencias de aduana Aérea y Postal, Cusco, Iquitos, Pucallpa, Puerto Maldonado, Puno, Tacna, Tarapoto, Tumbes y las agencias aduaneras de Arequipa, Chiclayo, Desaguadero y La Tina, con la finalidad de lograr el debido cumplimiento de las normas que lo regulan II. ALCANCE Está dirigido a todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT y a los operadores del comercio exterior que intervienen en el procedimiento del régimen de importación para el consumo III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de las intendencias de aduana Aérea y Postal, Cusco, Iquitos, Pucallpa, Puerto Maldonado, Puno, Tacna, Tarapoto, Tumbes, de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, de la Intendencia de Gestión y Control Aduanero, de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, y de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) IV. DEFINICIONES Complejo aduanero: Zona primaria habilitada para la inspección y reconocimiento físico de las mercancías administrada por la SUNAT. Funcionario aduanero: Personal de la SUNAT que ha sido designado o encargado para desempeñar actividades o funciones en su representación, ejerciendo la potestad aduanera de acuerdo a su competencia. V. BASE LEGAL Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053 publicado el 27.6.2008 y modificatorias, en adelante Ley. Reglamento de la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N° 010-2009-EF publicado el 16.1.2009 y modificatorias, en adelante Reglamento. Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N° 031-2009-EF publicada el 11.2.2009 y modificatorias. Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N° 28008, publicada el 19.6.2003 y modificatorias. Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, Decreto Supremo N° 121-2003EF publicado el 27.8.2003 y modificatorias. Ley que establece la determinación del Valor Aduanero a cargo de la SUNAT, Ley Nº 27973 publicada el 27.5.2003 y modificatoria

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Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, Ley Nº 30230, publicada el 12.7.2014. Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo N° 133-2013EF, publicado el 22.6.2013. y modificatorias, en adelante Código Tributario. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 publicada el 11.4.2001 y modificatorias. Norma que aprueba las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo N° 943, Ley de Registro Único de Contribuyentes, Resolución de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria N° 210-2004-SUNAT, publicada el 18.9.2004 y modificatorias. Reglamento de Comprobantes de Pago, Resolución de Superintendencia N° 00799/SUNAT publicada el 24.1.1999 y modificatorias. Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, Resolución de Superintendencia N° 122-2014/ SUNAT publicada el 1.5.2014 y modificatorias. VI. DISPOSICIONES GENERALES Importación para el consumo 1. La importación para el consumo es el régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía, según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras. Importador 2. El dueño o consignatario debe contar con Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y no tener la condición de no habido para destinar las mercancías al régimen de importación para el consumo. Los datos relativos al número del RUC, nombre o denominación social, código y dirección del local del importador se deben consignar exactamente de acuerdo a su inscripción en la SUNAT; en caso contrario el Sistema Integrado de Gestión Aduanero (SIGAD) rechaza la numeración de la declaración aduanera de mercancías, en adelante declaración.

Los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, pueden solicitar la destinación aduanera al régimen de importación para el consumo utilizando su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de peruanos, o carné de extranjería, pasaporte o salvoconducto tratándose de extranjeros; considerándose entre éstos:

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a) Las personas naturales que realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US$ 1,000.00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo. b) Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías, cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US$ 1,000.00) y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US$ 3,000.00). c) Los miembros acreditados del servicio diplomático nacional o extranjero, así como los funcionarios de organismos internacionales que en ejercicio de sus derechos establecidos en las disposiciones legales, destinen sus vehículos y menaje de casa. Mercancías restringidas y prohibidas 3. Las mercancías de importación prohibida no pueden ser destinadas al régimen de importación para el consumo.

4. Para la destinación al régimen de importación para el consumo de mercancías restringidas se debe contar con la documentación exigida por las normas específicas antes de la numeración de la declaración, salvo en aquellos casos que estas normas señalen que la referida documentación se obtenga luego de la numeración.

5. La importación para el consumo de mercancías restringidas y prohibidas se regula por el procedimiento específico “Control de Mercancías Restringidas y Prohibidas” INTA-PE.00.06. La relación referencial de mercancías restringidas o prohibidas puede ser consultada en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) Modalidades y plazos para SUNAT/5F0000- 05/07/2016)

destinar

las

mercancías

(RIN

Nº14-2016-

6. En el despacho anticipado, dentro del plazo de treinta días calendario antes de la llegada del medio de transporte. Las mercancías deben arribar en un plazo no superior a treinta días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la declaración; vencido este plazo, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado conforme a lo previsto en el literal D de la sección VII, las mercancías serán sometidas a despacho diferido, en cuyo caso el despachador de aduana solicita la rectificación de la modalidad de despacho a través de una solicitud electrónica de rectificación de la declaración. La aceptación de la solicitud electrónica es automática y sin presentación física de documentos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: i. La declaración tenga canal de control asignado; ii. El depósito temporal haya transmitido el ingreso y recepción de la mercancía, y; iii. Solo se rectifiquen uno o más de los siguientes datos vinculados al cambio de modalidad: (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Perfil Logístico de Importación China a Perú

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- Tipo de modalidad de despacho (obligatorio) - Código de punto de llegada - Aduana, año, número y vía de transporte del manifiesto - Documentos de transporte. - Puerto de embarque - Puerto de destino - Fecha de embarque - Código de depósito temporal De no cumplirse con las condiciones señaladas en el párrafo precedente, el despachador de aduana solicita la rectificación de la modalidad de despacho de acuerdo al procedimiento específico “Solicitud Electrónica de Rectificación de la Declaración Única de Aduanas” INTA-PE.01.07.

El dueño o consignatario de la mercancía tramita el despacho anticipado con descarga en el terminal portuario o terminal de carga aéreo y puede optar por el traslado al depósito temporal o a la zona primaria con autorización especial (ZPAE).

7. En el despacho urgente, dentro del plazo de quince días calendario antes de la llegada del medio de transporte y hasta siete días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga. Vencido dicho plazo, las mercancías son destinadas al despacho diferido para lo cual rectifica la declaración de acuerdo a lo señalado en el procedimiento específico “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración Única de Aduanas” INTA- PE.01.07. Las declaraciones sujetas a la modalidad de despacho urgente no eximen al declarante de la obligación de cumplir con las formalidades y documentos exigidos por el régimen de importación para el consumo.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016)

8. En el despacho diferido, dentro del plazo de quince días calendario contados a partir del día siguiente del término de la descarga. Vencido dicho plazo la mercancía cae en abandono legal y puede ser sometida a los regímenes aduaneros establecidos en el Reglamento de la Ley previo cumplimiento de los requisitos previstos para el régimen al que se destinen. (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016)

9. En el caso de mercancías destinadas previamente al régimen aduanero de: a) Depósito aduanero, dentro del plazo concedido en dicho régimen.

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b) Exposiciones o ferias internacionales, dentro del plazo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día siguiente de la clausura del evento. 10. En el caso de mercancías ingresadas a los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios – CETICOS o ZOFRATACNA, dentro del plazo concedido conforme a la normativa específica.

11. En el caso de mercancías en abandono legal, hasta antes que la Administración Aduanera disponga de la mercancía. Requisitos de las mercancías para su destinación aduanera 12 Las mercancías amparadas en una declaración deben: a)

Corresponder a un solo consignatario y,

b)

Estar consignadas en un solo manifiesto de carga.

13. Las mercancías transportadas en el mismo viaje del vehículo transportador que se encuentren manifestadas a un solo consignatario en dos o más documentos de transporte, pueden ser destinadas en una sola declaración, incluso si han sido objeto de transferencia antes de su destinación, para lo cual debe adjuntarse fotocopias de los comprobantes de pago que acrediten la transferencia de mercancías a nombre del importador. 14. En el caso de transporte terrestre, la declaración puede amparar mercancías manifestadas en un mismo documento de transporte, consignadas a un solo consignatario y transportadas en varios vehículos, siempre que éstos pertenezcan a un mismo transportista autorizado por la SUNAT. 15. Las mercancías amparadas en un documento de transporte, siempre que no constituyan una unidad o las que se presenten en pallets o contenedores, pueden ser objeto de despachos parciales. La carga que ingrese amparada en un documento de transporte puede ser objeto de despachos parciales, conforme vaya siendo descargada. 16. Cuando la mercancía se presenta en contenedores, procede el despacho anticipado de la mercancía que en forma parcial se destine al régimen de importación para el consumo y a otro régimen. En estos casos:

a) Las mercancías transportadas en un (1) contenedor deben ingresar al depósito temporal para su apertura y separación. b) Las mercancías transportadas en dos (2) o más contenedores deben destinarse a nivel de contenedores y ser tramitadas por el mismo despachador de aduana, no siendo necesario su ingreso a un depósito temporal. Solicitud de Autorización Especial de Zona Primaria

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17. La autoridad aduanera puede autorizar el traslado y almacenamiento de las mercancías a locales que temporalmente son considerados zona primaria, cuando la cantidad, volumen, naturaleza de las mercancías o las necesidades de la industria o el comercio así lo ameriten, para lo cual, la solicitud debe contener la información y la documentación sustentatoria pertinente, así como las especificaciones necesarias que demuestren el carácter excepcional que justifique el traslado y almacenamiento, según sea el caso a esta zona primaria. 18. Para la modalidad de despacho anticipado, la solicitud de “Autorización Especial de Zona Primaria” (Anexo 2) debe ser presentada por el dueño o consignatario o su representante con la debida antelación en dos ejemplares, ante la ventanilla del área que administra el régimen. La solicitud debe haber sido aprobada (procedente) por el intendente o el funcionario a quien se haya delegado esta función, antes de la numeración de la declaración. Para las demás modalidades de despacho la autoridad aduanera emite una resolución autorizante. 19. La SUNAT a través del SIGAD, no permite la numeración de la declaración en el despacho anticipado con traslado a la ZPAE de aquellos dueños o consignatarios que tengan despachos similares pendientes de regularización cuyo plazo se encuentra vencido. Canales de Control 20. Los canales de control son: a) Canal verde: La declaración seleccionada a canal verde no requiere de revisión documentaria ni de reconocimiento físico. En este canal, el despachador de aduana no presenta ninguna documentación, pero debe guardarlos en su archivo, el cual debe estar a disposición de la SUNAT para las acciones de control que correspondan. b) Canal naranja: La declaración seleccionada a canal naranja es sometida a revisión documentaria. Los envíos de socorro sólo están sujetos a revisión documentaria. c) Canal rojo: La declaración seleccionada a canal rojo, está sujeta a reconocimiento físico de acuerdo a lo previsto en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03. El despachador de aduanas puede solicitar el examen físico o reconocimiento físico de las mercancías amparadas en declaraciones seleccionadas a canal verde y naranja antes de su retiro de la zona primaria. 21. El canal de control asignado por el SIGAD a que se sujetan las mercancías se muestra: a)

En el despacho anticipado, cuando:

- La deuda tributaria aduanera, recargos y la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) o percepción

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del Impuesto General a las Ventas (IGV) relacionados a la declaración hayan sido cancelados, garantizados o impugnados; y -La declaración contenga la información del manifiesto, tratándose de la vía aérea con el registro de llegada del medio de transporte; o -El despachador de aduana haya transmitido la información complementaria de la declaración relacionada con la información del manifiesto de carga, cuando corresponda; o - En la vía terrestre o fluvial, se cuente con la recepción del medio de transporte conforme a lo señalado en el procedimiento general “Manifiesto de Carga” INTA- PG.09; b)

En el despacho excepcional y urgente, cuando:

- Se cuente con declaración numerada y la deuda tributaria aduanera, recargos y la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del ISC o percepción del IGV relacionados a la declaración hayan sido cancelados, garantizados o impugnados. 22.

El canal de control se consulta en el portal web de la SUNAT.

Levante en cuarenta y ocho y hasta en veinticuatro horas (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 23. Para efectos del otorgamiento del levante de la mercancía dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al término de su descarga, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Contar con garantía global o específica previa a la numeración de la declaración, de conformidad con el artículo 160º de la Ley. b) Transmitir el manifiesto de carga antes de la llegada del medio de transporte. c) Numerar la declaración antes de la llegada del medio de transporte. d) Contar con toda la documentación requerida por la legislación aduanera, así como lo señalado en el artículo 194º del Reglamento. e) No se haya dispuesto sobre la mercancía una medida preventiva de inmovilización o incautación, o la suspensión del despacho por aplicación del procedimiento específico “Aplicación de Medidas en Frontera” INTA-PE.00.12. f) Transmitir la fecha de llegada del medio de transporte. (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Los importadores con declaraciones anticipadas asignadas a canal naranja numeradas en la IAAP, pueden optar por la revisión documentaria antes de la llegada de la mercancía a fin de obtener el levante de las mercancías hasta las veinticuatro horas siguientes al término de la descarga, según lo previsto en el inciso a) del numeral 31 de la sección VII, así como cumplir con los requisitos señalados en el presente numeral. (RIN Nº142016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016)

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Lo señalado en el párrafo precedente no aplica a las declaraciones anticipadas cuyas mercancías arriben como carga consolidada (uno a varios). (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 24. La Administración Aduanera no está obligada a otorgar el levante de las mercancías en los plazos de cuarenta y ocho horas o de veinticuatro horas señalados en el numeral 23, cuando no se pueda realizar o culminar el proceso de despacho por motivos imputables a los operadores de comercio exterior. En estos casos, las mercancías deben ser trasladadas o permanecer en el depósito temporal designado por el dueño o consignatario o en la ZPAE, según corresponda (RIN Nº14-2016- SUNAT/5F000005/07/2016) Asimismo, la Administración Aduanera no está obligada a otorgar el levante de la mercancía hasta veinticuatro horas, cuando corresponda a declaraciones seleccionadas a canal naranja que pasen a inspección física por presunción de DAM asociada a una mercancía restringida.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Valoración de mercancías 25. El valor en aduana de las mercancías se verifica y determina conforme con las normas del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la Organización Mundial de Comercio - OMC, aprobado por Resolución Legislativa Nº 26407; la Decisión 571 de la Comunidad Andina “Valor en aduana de las mercancías importadas”, la Resolución Nº 1684 - Reglamento Comunitario de la Decisión 571, la Resolución Nº 1456 – Procedimiento de los casos especiales de valoración aduanera, el Reglamento para la Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por el Decreto Supremo Nº 186-99-EF y modificatorias. También se aplican los demás procedimientos, instructivos y circulares, así como las Decisiones del Comité de Valoración Aduanera de la OMC y los instrumentos del Comité Técnico de Valoración en Aduana (Bruselas). Rectificación de la Declaración 26. La declaración puede ser rectificada de oficio, o a pedido de parte conforme a lo establecido en el procedimiento específico “Solicitud Electrónica de Rectificación de la Declaración Única de Aduanas”INTA-PE.01.07 En las rectificaciones de oficio, el funcionario aduanero que no cuente con la información necesaria, puede solicitar al despachador de aduana o importador, la presentación de documentos sustentatorios; luego de lo cual, determina la deuda tributaria aduanera así como los recargos, de corresponder. Las declaraciones sujetas a la modalidad de despacho anticipado, pueden ser rectificadas dentro del plazo de quince días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga, sin la aplicación de sanción de multa, salvo los casos establecidos en el Reglamento de la Ley.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Legajamiento de la declaración 27. La declaración se deja sin efecto conforme a lo dispuesto en el procedimiento específico “Legajamiento de la Declaración” INTA-PE.00.07.

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Medidas en frontera 28. La suspensión del levante de las mercancías por aplicación de medidas en frontera se realiza conforme a lo establecido en el procedimiento específico “Aplicación de Medidas en Frontera” INTA-PE.00.12. Mercancías vigentes 29. Cuando el despachador de aduana tenga conocimiento que alguna mercancía no ha sido embarcada o ha sido manifestada y no desembarcada o requiera constar que la mercancía declarada corresponde a la efectivamente arribada, puede solicitar el reconocimiento físico transmitiendo el código 20 en la casilla 7.24 de la declaración. 30. A solicitud del importador, pueden considerarse como vigentes aquellas mercancías declaradas cuya deuda tributaria aduanera y recargos hubieran sido cancelados y no son encontradas en el reconocimiento físico o en el examen físico realizado en zona primaria, en cuyo caso el funcionario aduanero registra en su diligencia de despacho la incidencia correspondiente a las mercancías vigentes. Tratándose de declaraciones que cuenten con garantía previa del artículo 160° de la Ley, la cancelación de la deuda tributaria aduanera y recargos debe efectuarse con antelación al registro de la diligencia de despacho. 31. El despacho posterior de las mercancías vigentes se realiza con una declaración exclusiva para este fin, por el mismo importador y sin el pago de la deuda tributaria aduanera y recargos, excepto el correspondiente a los gastos de transporte adicionales, los cuales deben ser cancelados mediante liquidación de cobranza tipo 26, estando sujetas las mercancías a reconocimiento físico obligatorio. Para tal efecto en la declaración se debe transmitir el código 21 en la casilla 7.24 de la declaración. 32. Para la numeración de la declaración de mercancía vigente, la declaración precedente debe contar con levante autorizado, estar regularizada conforme a los bultos y pesos efectivamente arribados en caso se trate de declaración anticipada o urgente y haber pagado la deuda tributaria aduanera y recargos de corresponder, incluso si se acoge a la garantía previa del artículo 160° de la Ley. 33. El tratamiento de mercancía vigente solo se otorga a mercancías transportadas en contenedores que cuenten con precintos colocados por la autoridad aduanera o carga suelta reconocida físicamente en zona primaria. 34. Para el control de los descargos de las mercancías vigentes, el despachador de aduana debe transmitir además del código 21, en la casilla 7.3 de la declaración el número de la declaración precedente y serie que corresponde. Validez y disponibilidad de información 35. La información de la declaración de importación para el consumo transmitida electrónicamente por el despachador de aduana se reconoce legítima y goza de plena validez legal VII. DESCRIPCIÓN A.

TRAMITACIÓN DEL RÉGIMEN

Numeración de la declaración Perfil Logístico de Importación China a Perú

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1. El despachador de aduana solicita la destinación aduanera del régimen de importación para el consumo mediante la transmisión electrónica de la información, según el instructivo “Declaración Aduanera de Mercancías” INTA-IT.00.04 y conforme a las estructuras de transmisión de datos publicados en el portal web de la SUNAT. La transmisión es realizada utilizando la clave electrónica asignada. En los casos que se constituya garantía previa, conforme al artículo 160° de la Ley, se debe indicar el número de la cuenta corriente de la garantía al momento de la transmisión de la declaración. 2. Las declaraciones se tramitan bajo las modalidades de despacho aduanero: anticipado, urgente y diferido, indicándose en el recuadro “Destinación” de la declaración el código 10 y los siguientes códigos:(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) I. Despacho anticipado: 1 – 0 03 Punto de llegada: A Terminal de carga, centros de atención en frontera B Depósito temporal

En la opción A, solo cuando se trate de la vía aérea se transmite el código del depósito temporal en el campo ADUAHDR1: COD_ALMA. 04 Zona primaria con autorización especial:

En caso se solicite el despacho anticipado con traslado a una ZPAE se debe considerar lo señalado en la sección VI del procedimiento. En el despacho anticipado 04, el SIGAD verifica el cumplimiento de los requisitos señalados en el Anexo 3 del presente procedimiento, con excepción de los incisos k, l y m los cuales son verificados por el funcionario aduanero al momento del reconocimiento físico. II. Despacho urgente: Despachos de envíos de urgencia: 0-1 a. Órganos, sangre y plasma sanguíneo de origen humano; b. Mercancías y materias perecederas susceptibles de descomposición o deterioro, destinadas a la investigación científica, alimentación u otro tipo de consumo; c. Materiales radioactivos; d. Animales vivos; e. Explosivos, combustibles y mercancías inflamables; f.

Documentos, diarios, revistas y publicaciones periódicas;

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g. Medicamentos y vacunas; h. Piedras y metales preciosos, billetes, cuños y monedas; i.

Mercancías a granel;

j.

Maquinarias y equipos de gran peso y volumen, incluso aeronaves;

k. Partes y piezas o repuestos para maquinaria para no paralizar el proceso productivo, solicitados por el productor; l.

Carga peligrosa;

m. Insumos para no paralizar el proceso productivo, solicitados por el productor; n. Otras mercancías que a criterio del jefe del área que administra el régimen merezcan tal calificación. Despachos de envíos de socorro: 0-2 a.

Vehículos u otros medios de transporte;

b.

Alimentos;

c.

Contenedores para líquidos y agua, bolsas y purificadores de agua;

d.

Medicamentos, vacunas, material e instrumental médico quirúrgico;

e.

Ropa y calzado;

f.

Tiendas y toldos de campaña;

g.

Casas o módulos prefabricados;

h.

Hospitales de campaña

i. Otras mercancías que a criterio del jefe del área que administra el régimen constituyan envíos de socorro y aquellas que se establezca por normas especiales. En el Anexo 6 se encuentra el modelo de solicitud para atender los casos que requieran la calificación del jefe del área que administra el régimen para su autorización o rechazo, según lo señalado en los incisos n) (envíos de urgencia) e i) (envíos de socorro) precedentes. En la solicitud se debe sustentar los motivos para que la mercancía sea sometida a un despacho urgente. III. Despacho Diferido : 0-0(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) En la declaración se debe consignar el tipo de documento de transporte con los siguientes códigos: 1 = Directo 2 = Consolidado 3 = Consolidado 1 a 1 (mercancía consolidada que pertenece a un solo consignatario, amparada en un documento de transporte). Perfil Logístico de Importación China a Perú

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3. Tratándose de la modalidad de despacho anticipado la transmisión de la declaración debe contener la información referida al manifiesto de carga incluyendo además el número de documento de transporte máster y el número del contenedor o contenedores de corresponder; si no se cuenta con esta información al momento de numerar la declaración, dichos datos deben transmitirse con la información complementaria de la declaración. 4. En la transmisión de la información de la declaración con despacho anticipado tipo 04 (ZPAE), el despachador de aduana remite la información del domicilio principal o establecimiento anexo, consignando en la casilla 7.38 del rubro Observaciones del formato A de la declaración, el código del local donde va a ser trasladada la mercancía y la dirección en forma detallada. Para tal efecto, debe tener en cuenta lo siguiente: a)

Si es un establecimiento anexo (E.A.) del dueño o consignatario:

E.A.:XXXX y la dirección del establecimiento (donde XXXX es el código del establecimiento de acuerdo a lo dispuesto en el rubro “Consulta RUC SUNAT”). b)

Si es el domicilio principal del dueño o consignatario: E.A.:0000 y la dirección del domicilio. El código de ubigeo correspondiente.

Los datos relativos al número del RUC, nombre o denominación social, código y dirección del local con autorización especial de zona primaria, se deben consignar exactamente de acuerdo a su inscripción en la SUNAT; caso contrario el SIGAD rechaza la numeración de la declaración. 5. Las mercancías sometidas al despacho anticipado pueden ser trasladados a un depósito temporal cuando el dueño o consignatario lo indique expresamente al despachador de aduana para la consignación en la declaración o cuando la autoridad aduanera lo determine. 6. En los casos de declaraciones de despacho anticipado con garantía previa del artículo 160° de la Ley o consignados a importadores frecuentes, la transmisión electrónica de los formatos B y B1 de la declaración se efectúa: a) En el canal rojo, antes de la confirmación de la Solicitud Electrónica de Reconocimiento Físico (SERF) o de la presentación de la documentación sustentatoria de la declaración ante la ventanilla encargada del régimen, según corresponda; b) En el canal naranja, antes de la presentación del formato C y de la documentación sustentatoria de la declaración ante la ventanilla encargada del régimen; y c) En el canal verde, antes de la regularización electrónica de la declaración. En la importación para el consumo de vehículos automotores usados y cuando se declaren mercancías que contengan valores provisionales, se transmite el formato B al momento de la numeración de la declaración. El valor estimado correspondiente al

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valor provisional es declarado en el campo VAL_ESTIMA del archivo ADUADET1 en el formato A además de la consignación del código “2” en la casilla 5.6 del formato B. 7. El SIGAD valida los datos de la información transmitida, de ser conforme genera el número de la declaración y la liquidación de la deuda tributaria aduanera y recargos, de corresponder; información que es consultada en el portal web de la SUNAT. En caso contrario, el SIGAD comunica al despachador de aduana, el motivo del rechazo, para que realice las correcciones pertinentes Cancelación de la deuda tributaria aduanera y recargos 8.

La deuda tributaria aduanera y recargos deben ser cancelados:

a)

En los despachos que cuenten con la garantía previa del artículo 160º de la Ley:

- Los anticipados y urgentes numerados antes de la llegada del medio de transporte, desde la fecha de numeración de la declaración hasta el vigésimo día calendario del mes siguiente a la fecha del término de la descarga. - Los diferidos y urgentes numerados después de la llegada del medio de transporte, desde la fecha de numeración de la declaración hasta el vigésimo día calendario del mes siguiente a la fecha de numeración de la declaración.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F000005/07/2016) b)

En los despachos que no cuenten con la garantía previa del artículo 160° de la Ley:

- Los anticipados y urgentes numerados antes de la llegada del medio de transporte, desde la fecha de numeración de la declaración hasta la fecha del término de la descarga. - Los diferidos y urgentes numerados después de la llegada del medio de transporte, el mismo día de la fecha de numeración de la declaración. (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 9. Vencido el plazo para la cancelación se liquidan los intereses moratorios por día calendario hasta la fecha de pago inclusive, excepto para la percepción del IGV. 10. La deuda tributaria aduanera y recargos se cancelan, según lo establecido en el procedimiento específico “Extinción de Deudas por Pago” INPCFA-PE.02.01. 11. En caso que la percepción del IGV se cancele con cheque, el pago debe efectuarse mediante cheque certificado o de gerencia. 12. Para la cancelación, el personal de las oficinas bancarias accede al portal web de la SUNAT a fin de obtener el monto de la deuda tributaria aduanera y recargos cuando corresponda, de acuerdo al Código de Documento Aduanero (C.D.A.) que presenta el despachador de aduana. Recibido el pago, ingresa esta información al SIGAD y entrega al interesado el comprobante de transacción bancaria o refrendo en el formato C de la declaración como constancia de la cancelación. 13. El funcionario aduanero verifica el pago o la garantía de la deuda tributaria aduanera y recargos en el módulo de importación.

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14. Cuando en el despacho aduanero surja discrepancia con relación a las mercancías, el despachador de aduana puede impugnar la deuda tributaria aduanera y recargos mediante la presentación de un escrito fundamentado, pudiéndose conceder el levante previo pago de la deuda no impugnada, reclamada o apelada y del otorgamiento de garantía por el monto que se impugna, de conformidad a lo establecido en el procedimiento específico “Garantías de Aduanas Operativas” INPCFA-PE.03.03. 15. Cuando el despacho de la declaración se encuentre garantizado de conformidad con lo establecido en el artículo 160º de la Ley, la deuda tributaria aduanera y recargos se mantienen garantizados aun cuando sean materia de impugnación, reclamo o apelación. 16. No están comprendidos en el trámite previsto en el numeral 14 anterior el monto acotado por concepto de percepción del IGV, derechos antidumping y compensatorios definitivos. 17. En caso que la impugnación resulte procedente, no se requiere la expedición de resolución para la devolución o desafectación de la cuenta corriente de la garantía, sino la emisión del informe correspondiente y la re-liquidación de la declaración, remitiéndose copia del mismo al área de fianzas y áreas intervinientes para la devolución o desafectación de la garantía, notificándose al interesado. Si la impugnación de derechos resulta improcedente, se proyecta la resolución que declara improcedente la devolución o la desafectación de la cuenta corriente de la garantía y determine el cobro de la deuda tributaria impugnada. 18. Cuando los derechos impugnados correspondan a un procedimiento de reclamación, se sujetan al trámite establecido en el procedimiento general “Reclamos Tributarios” INPCFA-PG.04. Recepción, registro y control de documentos 19. El despachador de aduana presenta el formato C correspondiente a la aduana de despacho, de acuerdo a la distribución del Anexo 1, y los documentos sustentatorios de la declaración que haya sido seleccionada al canal naranja o rojo en la ventanilla del área que administra el régimen, en el horario establecido por la intendencia de aduana. 20. Los documentos sustentatorios deben ser legibles, sin enmendaduras, debidamente foliados y numerados con “refrendadora” o “numeradora” con el código de la intendencia de aduana, código del régimen, año de numeración y número de la declaración, los cuales deben ser presentados en un sobre. 21. En los despachos de declaraciones asignadas a canal rojo, el despachador de aduana solicita el reconocimiento físico, presentando los documentos sustentatorios, de acuerdo a lo señalado en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico – Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03, salvo que se trate de una declaración sujeta a la modalidad de despacho anticipado con traslado a ZPAE, en la cual la documentación debe ser presentada en la ventanilla del área que administra el régimen. 22. Los documentos sustentatorios de la declaración son: a) Fotocopia autenticada del documento de transporte.

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En la vía aérea, se acepta la representación impresa de la carta de porte aéreo internacional emitida por medios electrónicos, en la que consten los endoses contemplados en la Ley de Títulos Valores, Ley N° 27287 y en la Ley.(RIN Nº022016-SUNAT/5F0000- 05/02/2016) En la vía terrestre, cuando la mercancía sea transportada directamente por sus propietarios, el documento de transporte puede ser reemplazado por una declaración jurada. b) Fotocopia autenticada de la factura, documento equivalente o contrato. La factura, documento equivalente o contrato emitido, transmitido, impreso o recibido por cualquier medio físico o electrónico se considera original para efectos del despacho. Estos documentos deben contener la siguiente información, según corresponda:

- Nombre o razón social del remitente y domicilio legal; - Número de orden, lugar y fecha de su formulación; - Nombre o razón social del importador y su domicilio; - Marca, otros signos de identificación; numeración, clase y peso bruto de los bultos; - Descripción detallada de las mercancías, indicándose: código, marca, modelo, cantidad con indicación de la unidad de medida utilizada, características técnicas, estado de las mercancías (nueva o usada), año de fabricación u otros signos de identificación si los hubieren; -Origen de las mercancías, entendiéndose por tal el país en que se han producido; - Valor unitario de las mercancías con indicación del incoterm pactado, según la forma de comercialización en el mercado de origen, sea por medida, peso, cantidad u otra forma; - Moneda de transacción; - Forma y condiciones de pago; - Subpartida del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; - Número y fecha del pedido o pedidos que se atienden; y - Número y fecha de la carta de crédito irrevocable que se utiliza en la transacción. En caso la factura, documento equivalente o contrato no consigne toda la información antes señalada, dicha información debe ser transmitida en la declaración aduanera de mercancías. Para los despachos urgentes con declaración numerada antes del arribo de la mercancía y anticipados con garantía previa del artículo 160° de la Ley, se acepta la fotocopia simple de la factura, documento equivalente o contrato, debiéndose presentar

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la fotocopia autenticada durante la regularización o la revisión post levante de despachos con garantía previa, según corresponda.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) c) Fotocopia simple del comprobante de pago, cuando se efectúe la transferencia de bienes antes de su nacionalización, excepto en los siguientes casos: - Cuando la transferencia de bienes haya sido efectuada por comisionistas que actúen por cuenta de terceros, para lo cual el comisionista, antes de solicitar el despacho y por única vez, registra el contrato de comisión donde conste dicho mandato. -Cuando las entidades del sistema financiero nacional hayan endosado los documentos de transporte a favor de los importadores. -En los casos de transferencia a título gratuito de los bienes que ingresan al país consignados a nombre de una entidad del sector público (excepto empresas del Estado) o de la Iglesia Católica. -Cuando el comprobante de pago es emitido utilizando un medio informático autorizado o proporcionado por la SUNAT." (RIN N° 05-2017-SUNAT/310000 03/09/2017)

d) Fotocopia autenticada del seguro de transporte, de corresponder. En el caso de una póliza global o flotante, el documento que acredite la cobertura de las mercancías sujetas a despacho. Se consideran originales los documentos generados por medios electrónicos por las compañías de seguros nacionales o extranjeras e impresos por los corredores de seguro o por los importadores. e) En los casos de mercancías restringidas: i. Los documentos registrados en el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), para lo cual el funcionario aduanero verifica la hoja de resumen del documento resolutivo y la respectiva autorización del sector o la solicitud única de comercio exterior cuando corresponda, en la opción: Ingresar al sistema VUCE / Mercancías restringidas/Autenticación extranet. ii. Los documentos no autorizados a través de la VUCE según el siguiente detalle: - La fotocopia autenticada por el agente de aduana de la autorización o del documento de control del sector competente, si estos documentos tienen validez para un único despacho o la declaración jurada suscrita por el importador cuando la norma específica lo señale. - La fotocopia con firma y sello del agente de aduana en los casos no contemplados en el punto anterior. f)

Fotocopia autenticada del certificado de origen, cuando corresponda.

g) La Declaración Andina del Valor (DAV) en los casos que sea exigible la transmisión del formato B.

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h) Otros que la naturaleza u origen de las mercancías y del presente régimen requieran, conforme a las disposiciones específicas sobre la materia. Tratándose de despachos anticipados y urgentes, adicionalmente se presenta la autorización de ZPAE o para el despacho urgente. En los despachos anticipados con traslado a ZPAE y los despachos urgentes tramitados antes de la llegada de la mercancía, el despachador de aduana adicionalmente presenta el ticket o volante de autorización de salida cuando corresponda. Los despachadores oficiales y los dueños o consignatarios que realizan directamente el despacho están obligados a presentar los documentos antes mencionados en original, excepto el comprobante de pago señalado en el inciso c) del presente numeral. 23. El jefe del área que administra el régimen o la persona a quien éste delegue ingresa al SIGAD el rol de los funcionarios aduaneros que realizan la revisión documentaria, el reconocimiento físico y la revisión pos levante de despachos con garantia previa. Asimismo puede disponer la reasignación de los funcionarios aduaneros de acuerdo a la operatividad del despacho y a la disponibilidad del personal; registrando en el SIGAD el motivo de la reasignación y la fecha.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 24. Tratándose de declaraciones asignadas a canal naranja y canal rojo sin transmisión de SERF, el funcionario aduanero encargado recibe el sobre con la documentación sustentatoria y registra esta información en el módulo de recepción de documentos del SIGAD, a fin de emitir la Guía de Entrega de Documentos (GED) en original y copia, entregando la copia al despachador de aduana en señal de recepción y anexando el original al sobre. En caso se efectúe la transmisión de la SERF, el funcionario aduanero asignado al depósito temporal recibe el sobre con la documentación sustentatoria y procede de conformidad con el procedimiento específico “Reconocimiento Físico – Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03. 25. Los documentos presentados que corresponden a una declaración cuyo trámite se encuentra en abandono legal permanecen en el área de despacho por un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes al plazo del abandono legal, vencido el cual son remitidos al archivo para su custodia. 26. Tratándose de la modalidad de despacho anticipado el SIGAD permite la recepción de los documentos sustentatorios de la declaración asignada a canal naranja de mercancías que aún no han arribado al país, excepto cuando se trate de declaraciones tipo 04 (ZPAE). Revisión documentaria 27. El funcionario aduanero recibe los documentos sustentatorios de la declaración seleccionada a canal naranja y efectúa la revisión documentaria. 28.

La revisión documentaria comprende las siguientes acciones:

a) Verificar el riesgo de la mercancía.

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b) Verificar que la documentación presentada corresponda a la declaración y cumpla con las formalidades. c) Evaluar la admisibilidad del ingreso al país de las mercancías (prohibidas y restringidas) y verificar los documentos de control emitidos por las entidades competentes. d) Verificar la descripción de las mercancías (marca, modelo, etc.), el estado (usado, desarmado, deteriorado, etc.), su naturaleza (perecible, peligrosa, restringida) y calidad, entre otras, según corresponda. e) Verificar la clasificación arancelaria, el valor de las mercancías y la determinación de la deuda tributaria aduanera y recargos. En caso que la declaración cuente con garantía previa del artículo 160° de la Ley y se encuentre en uno o mas de los supuestos señalados en el numeral 1 del literal C de la sección VII, dicha verificación será efectuada en la revisión pos levante prevista para los despachos con garantia previa, a fin de no suspender el levante de la mercancía. (RIN Nº14-2016- SUNAT/5F000005/07/2016) f) Verificar si los códigos consignados en la declaración están sustentados. g) Verificar si la mercancía tiene alerta de suspensión del despacho por medidas en frontera o medidas preventivas de inmovilización o incautación. h) Verificar otros datos que la naturaleza u origen de las mercancías requiera, así como la información señalada por norma expresa. 29. El jefe del área que administra el régimen el régimen o funcionario encargado, puede disponer el reconocimiento físico de la mercancía, cuando el funcionario aduanero encargado de la revisión documentaria lo solicite. 30. Si la declaración ha sido seleccionada para la suspensión del despacho por medidas en frontera o medidas preventivas de inmovilización o incautación, se procede conforme a los procedimientos específicos “Aplicación de Medidas en Frontera” INTA-PE.00.12 o “Inmovilización-Incautación y Determinación Legal de Mercancías” INPCFA- PE.00.01, respectivamente. 31. De ser conforme la revisión documentaria, el funcionario aduanero registra su diligencia en el SIGAD mostrándose en el portal web de la SUNAT lo siguiente: a) En el despacho anticipado, con revisión documentaria antes de la llegada de la mercancía cuya declaración fue asignada a canal naranja, se muestra el mensaje “DILIGENCIA CONFORME”. El levante se otorga una vez que el SIGAD haya validado la fecha de llegada del medio de transporte, que las liquidaciones de cobranza asociadas a la declaración se encuentren canceladas o garantizadas según corresponda, excepto aquellas liquidaciones de cobranza generadas como consecuencia de la aplicación de sanciones de multa al despachador de aduana, y que no exista medidas de frontera o medidas preventivas establecidas por la autoridad aduanera, mostrándose en ese momento el mensaje “LEVANTE AUTORIZADO”.

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La revisión documentaria antes de la llegada de la mercancía no es de aplicación para las declaraciones con despacho anticipado tipo 04 (ZPAE) asignadas a canal naranja. (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) b) En el despacho diferido y urgente, el levante se otorga una vez que el SIGAD haya validado la diligencia del funcionario aduanero, el ingreso y la recepción de la mercancía, que las liquidaciones de cobranza asociadas a la declaración se encuentren canceladas o garantizadas según corresponda, excepto aquellas liquidaciones de cobranza generadas como consecuencia de la aplicación de sanciones de multa al despachador de aduana, y que no exista medidas de frontera o medidas preventivas establecidas por la autoridad aduanera, mostrándose en ese momento el mensaje “LEVANTE AUTORIZADO”.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 32. El levante en la modalidad de despacho anticipado se efectúa en el terminal de carga o en el complejo aduanero, según corresponda, excepto que se trate de: a) Carga consolidada que pertenece a más de un consignatario. b) Despachos parciales de mercancía acondicionada en un contenedor. c) Mercancías que por las condiciones específicas a su naturaleza no pueden ser reconocidas físicamente en el terminal de carga o complejo aduanero. En este caso la autoridad aduanera dispone su traslado a una ZPAE o a un depósito temporal, este último a elección del importador. 33. Otorgado el levante se entregan los documentos sustentatorios al funcionario aduanero asignado a la revision post levante en los supuestos establecidos en el presente procedimiento, caso contrario se remite al área correspondiente para su archivo. (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 34. De no ser conforme la revisión documentaria, el funcionario aduanero: a) Registra en el SIGAD las notificaciones o requerimientos, los cuales se visualizan en el portal web de la SUNAT o puede notificar al despachador de aduana e importador por cualquiera de las formas previstas en el Código Tributario, a fin que sean subsanadas las deficiencias encontradas. Recibidas las respuestas, son remitidas al funcionario aduanero encargado de la revisión documentaria, para su evaluación. b) Efectúa de oficio las rectificaciones correspondientes, de ser el caso requiere al despachador de aduana la transmisión de la solicitud de rectificación electrónica, conforme a lo dispuesto en el procedimiento específico “Solicitud Electrónica de Rectificación de Declaración Única de Aduanas” INTA-PE.01.07, de corresponder formula el documento de determinación por la diferencia de los tributos y recargos dejados de pagar, la percepción del IGV, o multas, de acuerdo a los procedimientos “Determinación y Control de la Deuda Tributaria Aduanera y Recargos” INPCFA- PG.03 y “Valoración de Mercancías según el Acuerdo de Valor de la OMC” INTA- PE.01.10A; y notifica el referido documento a los deudores tributarios para que cancelen o garanticen los montos correspondientes, registrando tales actos en el SIGAD. 35. Cuando la deuda tributaria aduanera y recargos se encuentren garantizados conforme el artículo 160° de la Ley y existan incidencias que no impliquen restricciones de ingreso de la mercancía al país, el funcionario aduanero registra en el SIGAD su diligencia de levante y los códigos de incidencia. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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36. En los casos de mercancías en abandono legal, el funcionario aduanero antes de otorgar el levante verifica que las mercancías no hayan sido objeto de disposición por la Administración Aduanera. 37. Tratándose de la revisión documentaria en el despacho anticipado tipo 04 (ZPAE), el funcionario aduanero, antes de otorgar levante de las mercancías, verifica que los datos contenidos en el ticket o volante de autorización de salida el peso, número de bultos, número de manifiesto de carga y número del documento de transporte, coincidan con los registrados en el SIGAD por parte del oficial de aduana al momento del control de salida de la mercancía. 38. La revisión documentaria, concluye con el registro de la diligencia en el SIGAD o excepcionalmente con la derivación de la declaración a reconocimiento físico. De la programación del reconocimiento físico 39. El despachador de aduana está obligado a transmitir la SERF de las declaraciones tramitadas ante las intendencias de aduana habilitadas cuando la mercancía ingresa a un depósito temporal, conforme al procedimiento específico “Reconocimiento Físico – Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03.” En los demás casos, el despachador de aduana presenta la documentación sustentatoria en la oficina aduanera habilitada para la emisión de la GED y la asignación del funcionario aduanero. 40. El despachador de aduana requiere la SERF a través del portal web de la SUNAT: OPERATIVIDAD ADUANERA/ TRABAJO EN LINEA, opción / “solicitud electrónica de reconocimiento físico SERF” e ingresa el código del despachador de aduana y el número de la declaración y el SIGAD genera el número de la SERF. 41. La SERF puede ser visualizada a través de la opción “consulta/confirmación” en la ruta indicada en el numeral anterior. El despachador de aduana imprime la GED en original y dos (2) copias en papel autocopiativo. 42. El funcionario aduanero accede al SIGAD a fin de verificar: la relación de declaraciones que le han sido asignadas y el depósito temporal donde se ubica la mercancía, a efectos de realizar el reconocimiento físico. Reconocimiento físico 43. El despachador de aduana se presenta con la documentación sustentatoria y la GED ante el funcionario aduanero designado por el SIGAD para que efectúe el reconocimiento físico de las mercancías en los lugares habilitados para ello. Tratándose de la Intendencia de Aduana de Tacna y del primer turno en la Intendencia de Aduana Aérea y Postal, el despachador de aduana debe presentarse al reconocimiento físico hasta las 10:00 horas del día programado. 44. El funcionario aduanero recibe sólo las declaraciones asignadas y revisa que la documentación sustentatoria se encuentre conforme a lo consignado en la GED. 45. (Dejado sin efecto - RIN Nº02-2016-SUNAT/5F0000- 05/02/2016)

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46. El reconocimiento físico se realiza de acuerdo a lo establecido en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico - Extracción y Análisis de Muestras” INTAPE.00.03. 47. La presentación de los documentos se realiza de acuerdo al numeral 22 del literal A de la presente Sección y el funcionario aduanero procede de acuerdo a lo señalado en los numerales 28 al 38 del citado literal y a lo señalado en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico - Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03, según corresponda. 48. En la modalidad de despacho anticipado el reconocimiento físico se realiza en los terminales de carga y complejos aduaneros, en la medida que cuenten con zonas habilitadas para dicho fin y con interconexión a la red informática de la SUNAT y puede realizarse fuera del horario administrativo, conforme a lo que disponga cada intendencia. Para dar cumplimiento a lo señalado en el presente numeral, en caso el reconocimiento físico no se efectúe en los terminales de carga, el despachador de aduana es responsable del retiro de la mercancía del terminal de carga y de su traslado hacia la zona de reconocimiento físico en los complejos aduaneros. En caso se detecte una incidencia por la que no se pueda otorgar el levante en el día o no se pueda efectuar el reconocimiento físico en los lugares antes citados, el funcionario aduanero designado puede disponer el traslado de las mercancías al depósito temporal (tipo 03 B) o a la ZPAE (tipo 04) consignados en la declaración. Tratándose de declaraciones tipo 03 A, el funcionario aduanero debe disponer el traslado al depósito temporal elegido por el importador. Las rectificaciones de los códigos en la declaración producto del traslado las realiza de oficio el funcionario aduanero encargado del reconocimiento físico. 49. El funcionario aduanero verifica en el módulo de importaciones del SIGAD, en el ícono “ver riesgo”, el motivo de la asignación a canal rojo de la declaración y luego comprueba que esté conforme a los documentos de despacho, verifica asimismo que la deuda tributaria aduanera y los recargos, de corresponder, se encuentren cancelados o garantizados y cancelada la percepción del IGV según corresponda, pudiendo presentarse los siguientes casos: a) De ser conforme, efectúa el reconocimiento físico de las mercancías. b) De no ser conforme, no se realiza el reconocimiento físico y se notifica los motivos de la decisión. 50. La falta de documentos, no impide que la autoridad aduanera disponga la realización del examen físico de la mercancía, excepto cuando se trate de mercancías restringidas que requieran del reconocimiento físico conjunto con otra entidad del Estado. Realizado el examen físico el funcionario aduanero notifica al despachador de aduana para la presentación de los documentos faltantes.

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51. Para el reconocimiento físico en la modalidad de despacho diferido, el despachador de aduana presenta los documentos originales. (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F000005/07/2016) 52. Si en el reconocimiento físico, el funcionario aduanero encargado constata que el local con autorización especial de zona primaria designado por el importador no reúne los requisitos específicos señalados en los literales k, l y m del Anexo 3 del presente procedimiento, sin suspender el despacho, formula el Acta de Constatación – Zona Primaria con Autorización Especial (local del importador) (Anexo 4) o el Acta de Constatación – Medidas de Seguridad (Anexo 5) de corresponder y consigna en el rubro observaciones los fundamentos que la motivan. El acta debe ser suscrita por el funcionario aduanero encargado y el importador o quien lo represente. Al registrar la diligencia de levante, el funcionario aduanero encargado simultáneamente ingresa el código 44 (local no apto para la realización del reconocimiento físico en Despacho Anticipado). El código 44 imposibilita automáticamente que se numere una nueva declaración bajo la modalidad de despacho anticipado con traslado en dicho local como ZPAE. El importador puede presentar un expediente subsanando las observaciones y de ser procedente se habilita nuevamente el referido local. Si en el lapso de un (1) año existe reincidencia del código 44 el local queda restringido para el despacho anticipado por un (1) año a partir del registro de la segunda incidencia. 53. En el despacho anticipado el dueño o consignatario es responsable de la mercancía desde su recepción en el punto de llegada y no puede disponer de ella en tanto la autoridad aduanera no otorgue el levante. 54. Tratándose de la modalidad de despacho anticipado cuyo reconocimiento físico se realice en las zonas señaladas en el numeral 48 precedente, el funcionario aduanero registra su diligencia verificando la información del peso, número de bultos, número de manifiesto de carga y número del documento de transporte. 55. El funcionario aduanero encargado ingresa al SIGAD los estados de las declaraciones asignadas en el día, según corresponda: 01 Reconocimiento físico efectuado con registro de diligencia. 02 Reconocimiento físico efectuado con notificación. 03

Reconocimiento físico inconcluso.

04

El despachador no se presentó a reconocimiento físico.

05

Declaración notificada sin realizar el reconocimiento físico.

09 Reconocimiento físico de oficio (Solo aplica para la Intendencia de Aduana Aérea y Postal y la Intendencia de Aduana de Tacna) 56. En caso se produzcan las situaciones señaladas en los estados 04 o 05 del numeral anterior, el despachador de aduana debe presentar la declaración y documentación por ventanilla para solicitar la programación a reconocimiento físico de la mercancía en el siguiente turno.

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Del reconocimiento físico de oficio en la Intendencia de Aduana Aérea y Postal e Intendencia de Aduana de Tacna 57. Tratándose de la Intendencia de Aduana de Tacna y del primer turno de la Intendencia de Aduana Aérea y Postal, en caso que el despachador de aduana no se presente al reconocimiento físico hasta las 10:00 horas del día programado, el funcionario aduanero designado puede disponer el reconocimiento físico de oficio, para lo cual registra el código 04 “El despachador no se presentó a reconocimiento físico” y el código 09 “Reconocimiento físico de oficio”, consignando la fecha y hora estimada del reconocimiento físico de oficio. 58. La información sobre los reconocimientos físicos de oficio se encuentran registrados en el portal web de la SUNAT en el link: http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informao/HRVistas.htm (Ruta: operatividad aduanera – despacho – regímenes, operaciones – Importación Definitiva – ID). 59. Los depósitos temporales deben verificar diariamente a las 10:30 horas en el portal web de la SUNAT, los reconocimientos físicos de oficio programados para el día. Asimismo deben proporcionar el servicio logístico para la realización de los reconocimientos físicos de oficio programados y obtener las tomas de acercamiento, así como la grabación y almacenamiento de la filmación correspondiente a través de las videocámaras más cercanas a la zona de reconocimiento físico, la cual pondrá a disposición de la autoridad aduanera cuando ésta lo requiera, teniendo en cuenta lo señalado en el inciso h), numeral 1, literal A.2 de la sección VII y Anexo 18 del procedimiento general “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24. 60. Cuando la declaración no cuente con la GED, el despachador de aduana debe presentar los documentos por ventanilla. 61. El reconocimiento físico de oficio se realiza en la fecha y hora programada y con la sola presencia del personal responsable del depósito temporal en caso no se presente el despachador de aduana. El funcionario aduanero designado podrá adoptar las acciones necesarias, tales como: tomas de fotografías o videos, retiro de catálogos y de documentos con información técnica, extracción de muestras, entre otros, dejando constancia de estas acciones en el “Acta de Reconocimiento Físico de Oficio” (Anexo 7). 62. Finalizado el reconocimiento físico de oficio, el funcionario aduanero, el responsable del depósito temporal y el despachador de aduana en caso se haya presentado, suscriben dicha Acta en señal de conformidad, procediendo el funcionario aduanero al precintado del bulto o contenedor. 63. En caso la declaración no cuente con GED, el funcionario aduanero elabora un informe dando cuenta del resultado del reconocimiento físico de oficio a su jefe inmediato superior. 64. El jefe del área de importaciones y los supervisores pueden programar en cualquier momento los reconocimientos físicos de oficio respecto de las declaraciones con código 04. Cuando la programación se efectúe después de las 10:00 horas se debe coordinar previamente con el depósito temporal. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Retiro de la mercancía 65. El retiro de las mercancías de los puntos de llegada, los depósitos temporales, los CETICOS, la ZOFRATACNA y los complejos aduaneros, se permite previa verificación en el portal web de la SUNAT, del otorgamiento del levante y de ser el caso, que se haya dejado sin efecto la medida preventiva dispuesta por la autoridad aduanera, la cual puede visualizarse en el link: http://www.sunat.gob.pe/ol-ad- ao/aduanas/informao /jsp/Levante Dua.jsp (Ruta: operatividad aduanera – despacho – regímenes, operaciones – Importación Definitiva–ID, opción: ACE). La SUNAT puede comunicar a través del correo, mensaje o aviso electrónico acerca de las acciones de control aduanero que impidan el retiro de la mercancía. 66. Los depósitos temporales, los CETICOS o la ZOFRATACNA registran la fecha y hora de salida de la mercancía en el portal web de la SUNAT. 67. Tratándose de mercancías sin levante autorizado, se permite el retiro de las mercancías del terminal de carga cuando: a) Sean trasladadas a un depósito temporal (tipo 03 B); o b) Cuenten con autorización especial de zona primaria (tipo 04) y con canal de control asignado. 68. Para el control de salida de mercancías sin levante autorizado, el despachador de aduana se apersona al funcionario aduanero designado en el terminal de carga para dicho control, a fin de efectuar el registro en el SIGAD de los siguientes datos: a) Número de la declaración. b) Fecha y hora de retiro de la mercancía. c) Cantidad de bultos para carga suelta. d) Peso de la mercancía registrado en la balanza. e) Número de contenedor. f) Número de precinto de origen. g) En el caso de vehículos usados, el número de chasis y/o número de motor.

Y entrega al funcionario aduanero, copia autenticada de la solicitud de autorización especial de zona primaria (Anexo 2) de corresponder; luego de lo cual, verifica en el SIGAD: el canal de control asignado a la declaración, el mensaje “Salida Autorizada” y de ser conforme, autoriza la salida de la mercancía. Tratándose de mercancías transportadas en contenedores, el funcionario aduanero del Control de Salida dispone la colocación del precinto de seguridad. 69. Si se detecta inconsistencia a través del SIGAD en las declaraciones asignadas al canal verde, respecto a un dígito del número del contenedor, el funcionario aduanero comunica este hecho al área que corresponda, permitiendo la salida del contenedor del

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terminal de carga. De verificarse otras situaciones, autoriza la salida del contenedor a un depósito temporal designado por el dueño o consignatario. 70. En los casos de declaraciones anticipadas que cuenten con levante, las mercancías son de libre disponibilidad y son retiradas por el dueño o consignatario, o el despachador de aduana en su representación, del terminal de carga o complejo aduanero y no requieren ingresar a un depósito temporal. El despachador de aduana realiza la rectificación de los datos del punto de llegada de la declaración (códigos 03 B o 04 al código 03 A) al momento de la regularización. 71. Cuando la declaración aduanera bajo la modalidad de despacho urgente es presentada y aceptada dentro del horario administrativo de atención pero la revisión documentaria o reconocimiento físico de la mercancía debe realizarse fuera del horario normal de atención, el funcionario encargado del área que administra el régimen remite la declaración mediante proveído en el reverso del formato C, a la oficina de oficiales o área de control para que se designe al funcionario aduanero que va a efectuar la revisión documentaria o el reconocimiento físico. Al término de estas actividades, el funcionario aduanero designado procede de acuerdo a lo establecido en el literal A, numerales 31, 34, 35, 38 y 49 de la sección VII del presente procedimiento. 72. Cuando la declaración aduanera bajo la modalidad de despacho urgente, es presentada fuera del horario administrativo de atención incluyendo sábados, domingos y feriados, la oficina de oficiales o área de control acepta el trámite a despacho, debiendo el despachador de aduana coordinar con el funcionario aduanero responsable quien genera la GED, efectúa la revisión documentaria o el reconocimiento físico al término de las cuales procede conforme a lo señalado en el numeral anterior. B. REGULARIZACIÓN DEL DESPACHO ANTICIPADO O URGENTE

Despacho Anticipado 1. La regularización comprende la transmisión por vía electrónica de la actualización de pesos de la declaración por el dueño o consignatario o su representante, y no requiere la presentación de documentos. El plazo para la regularización es de quince (15) días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga. 2. Para la regularización del despacho, el SIGAD verifica que la declaración se encuentre con “LEVANTE AUTORIZADO”. 3. Cuando el levante de la mercancía se otorga en el terminal de carga o complejo aduanero, el despachador de aduana, en representación del importador, transmite la información de la carga utilizando las estructuras aprobadas en el procedimiento general “Manifiesto de Carga” INTA-PG.09 para la transmisión de los datos del ingreso y recepcion de la mercancia si se trata de carga consolidada con documento de transporte tipo 3, dentro del plazo de regularización del despacho anticipado. (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 4. Cuando el levante de la mercancía se otorga en el depósito temporal, éste transmite los datos del ingreso y recepcion de la mercancia de acuerdo a lo regulado en

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el procedimiento general “Manifiesto de Carga” INTA-PG.09. (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 5. Para la regularización de la declaración se requiere cumplir las siguientes condiciones: a) Transmitir la información del ingreso y recepcion de la mercancia, de corresponder. (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) b) Transmitir la actualización de los pesos definitivos de la declaración, en base al reporte emitido por las entidades prestadoras de servicios metrológicos y registrado en el ticket de balanza del punto de llegada o los reportes de descarga, según corresponda. 6. La transmisión de la actualización de pesos comprende la siguiente información: - Puerto de embarque. - Peso bruto total. - Peso neto total. - Peso bruto por serie. - Peso neto por serie. - Fecha del término de la descarga. Para el caso de la mercancía cuya clase de bultos se declare en la casilla 7.13 de la declaración como atados, bobinas, barriles, galones US, graneles, kilogramos, libras, litros, planchas o toneladas métricas, también comprende: - Cantidad de bultos. - Valor FOB total. - Valor FOB moneda de transacción. - Valor FOB por serie. - Valor del seguro total. - Valor del seguro por serie. - Valor CIF total. - Valor CIF por serie. - Cantidad total de unidades físicas. - Cantidad de unidades físicas por serie. - Cantidad total de unidades comerciales. - Cantidad de unidades comerciales por serie.

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7. De ser conforme la transmisión, el SIGAD data y regulariza automáticamente la declaración, transmitiendo la conformidad y la fecha de la misma; en caso contrario, envía los motivos del rechazo. 8. Tratándose de atados, bobinas, barriles, galones US, graneles, kilogramos, libras, litros, planchas o toneladas métricas, cuando se modifique el valor FOB, se debe modificar también el valor del seguro, siempre que se haya aplicado la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguros. 9. En caso que la modificación implique un mayor valor, el despachador de aduana, previamente a la transmisión electrónica de la regularización, debe cancelar los tributos y recargos diferenciales mediante liquidación de cobranza (tipo autoliquidación), debiendo transmitir el número de este documento a efecto que el SIGAD valide el pago y acepte la regularización, salvo que la declaración se encuentre amparada en la garantía del artículo 160º de la Ley y esta se encuentre vigente y con saldo operativo suficiente, en cuyo caso se afecta la garantía. 10. De transmitirse la actualización de pesos fuera del plazo, el despachador de aduana debe acreditar el pago de la multa correspondiente, transmitiendo adicionalmente el número de la liquidación de cobranza (tipo autoliquidación) para su validación por el SIGAD; salvo que exista suspensión del plazo, en cuyo caso se transmite el número del expediente presentado ante la intendencia de aduana correspondiente. 11. Cuando la declaración no haya sido regularizada, el funcionario aduanero, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al término del plazo de la regularización, registra la condición “OBSERVADA” en el SIGAD y proyecta la resolución de multa correspondiente, en la que se otorga un plazo de treinta (30) días calendario para que se proceda a la regularización. Vencido este plazo sin que se produzca la regularización, el funcionario aduanero encargado registra la condición “DECLARACION NO REGULARIZADA” en el SIGAD. Despacho urgente 12. La regularización de los despachos sujetos a la modalidad de despacho urgente comprende la transmisión electrónica de datos y la presentación de documentos sustentatorios. El plazo para la regularización es de quince (15) días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga. Asimismo, es de aplicación lo señalado en los numerales 3, 4, 5, 8 y 10 precedentes, según corresponda. 13. Cualquiera sea la naturaleza de la mercancía, el despachador de aduana puede rectificar la declaración en la transmisión electrónica de la regularización, si los documentos definitivos sustentan tal rectificación. No son materia de modificación los datos consignados por el funcionario aduanero en el reconocimiento físico. 14. Luego de realizar la transmisión electrónica de los datos y dentro del plazo señalado en el numeral 12 precedente, el despachador de aduana presenta, al área que administra el régimen, copia autenticada de la declaración y de la documentación sustentatoria así como del ticket de balanza, constancia de peso, autorización de salida u otro documento similar que acredite el peso y número de los bultos o contenedores, o la cantidad de mercancía descargada. El funcionario aduanero encargado emite la GED

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(segunda recepción) en original y dos copias.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F000005/07/2016) 15. El funcionario aduanero designado verifica que los datos transmitidos se encuentren sustentados en la documentación presentada, así como la cancelación o garantía de los tributos, recargos y/o multas aplicables, de ser conforme registra en el SIGAD el resultado de la verificación mostrándose la condición de “REGULARIZADA”. 16. De no ser conforme se notifica al despachador de aduana para la subsanación respectiva, otorgándole un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida la notificación; en caso de incumplimiento, registra la condición “OBSERVADA CON NOTIFICACION” en el SIGAD. 17. No se otorga el tratamiento de despacho urgente al importador que no regularice sus despachos anteriores dentro del plazo establecido, excepto en los casos previstos en los incisos a) y g) del artículo 231º y del artículo 232º del Reglamento o exista suspensión de plazo. C. REVISIÓN POST LEVANTE DE DESPACHOS CON GARANTÍA PREVIA Mediante RIN Nº 021-2016-SUNAT/5F0000 de fecha 18.07.2016, se dispone la entrada en vigor de la modificación del literal C dispuesta en la RIN Nº 14-2016SUNAT/5C0000, a partir del 20.09.2016(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F000005/07/2016) 1. La revisión post levante es aplicable a las declaraciones que cuenten con garantía previa del artículo 160° de la Ley y se encuentren seleccionadas a canal naranja o rojo, para la determinación final de la deuda tributaria aduanera, por encontrarse pendiente uno o más de los siguientes supuestos : a) Boletín Químico b) Duda razonable c) Regularización de declaraciones acogidas a los beneficios tributarios del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano- Colombiano y/o Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, Ley Nº 27037. d) Aplicación de indicadores de gestión de riesgo por la autoridad aduanera. 2. El funcionario aduanero previo al ingreso de su diligencia de levante registra el tipo de supuesto sujeto a revisión post levante. Esta revisión se efectúa dentro del plazo de tres meses contado a partir de la fecha del registro de la diligencia de levante, dicho plazo puede ser prorrogado para el proceso de duda razonable conforme a sus normas específicas. 3. El funcionario aduanero designado realiza las siguientes acciones, siempre que se encuentren pendientes de ejecución a la fecha de otorgamiento del levante: a) Evalúa el contenido de la diligencia o notificación registrada en el sistema informático por el funcionario aduanero de reconocimiento físico o revisión documentaria. b) Valora las mercancías de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo del Valor de la OMC y el procedimiento específico “Valoración de Mercancías según el Acuerdo del Valor de la OMC” INTA-PE.01.10a. c) Confirma o desvirtúa la duda razonable iniciada.

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d) Verifica los beneficios tributarios declarados en la declaración correspondientes al Convenio de Cooperación Aduanera Peruano – Colombiano, PECO y a la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, Ley N° 27037. e) Verifica el origen de la mercancía consignado en la declaración. f) Clasifica arancelariamente las mercancías consignadas en la declaración. g) Evalúa y registra el resultado del análisis físico-químico en el sistema informático. h) Evalúa las acciones administrativas y/o requiere las acciones penales, respecto a los supuestos previstos en el numeral 1 precedente, cuando corresponda. i) Evalúa otros datos e información establecida en norma expresa directamente vinculados a los supuestos previstos en el numeral 1 precedente. 4. En caso que existan incidencias que impliquen modificar los datos consignados en la declaración, el funcionario aduanero puede efectuar de oficio las rectificaciones que correspondan, las que se visualizan en el portal web de la SUNAT y se notifican por cualquiera de las formas previstas en el artículo 104° del Código Tributario. Si se determinan tributos, recargos o multas por pagar, la garantía es afectada con la deuda determinada, de acuerdo al procedimiento específico “Sistema de Garantías Previas a la Numeración de la Declaración” INPCFA – PE.03.06. 5. El plazo, prórroga y fecha de la revisión post levante pueden ser visualizadas en el portal web de la SUNAT, en la opción de consulta del levante. D. CASOS ESPECIALES Mediante RIN Nº 021-2016-SUNAT/5F0000 de fecha 18.07.2016, se dispone la entrada en vigor de los numerales 9 y 12 del literal D, a partir del 20.09.2016 (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Despacho de Envíos de Entrega Rápida (EER) mediante declaración 1. La declaración de mercancías amparada en una guía EER clasificada en la categoría 4d1 puede tramitarse bajo las siguientes modalidades de despacho aduanero: - Anticipado: 1-0, solo: 03 B Punto de llegada con ingreso a depósito temporal - Diferido : 0-0 (RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 2. Para solicitar la destinación aduanera bajo cualquiera de las modalidades de despacho antes descritas, el despachador de aduana transmite, entre otros datos, la información relativa al manifiesto EER: a)

Número del manifiesto EER.

b)

Número de guía EER.

c)

Peso y bultos.

d)

Vía de transporte: “5”.

e)

Empresa de transporte aéreo.

f)

Código del depósito temporal EER.

g)

Fecha de llegada del medio de transporte. 3.

El canal de control asignado por el SIGAD se muestra, cuando:

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a) La deuda tributaria aduanera, recargos y la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del ISC o percepción del IGV relacionados a la declaración hayan sido cancelados, garantizados o impugnados; b) Se haya efectuado el registro del término del traslado al depósito temporal EER de las mercancías amparadas en una guía EER o de alguna de ellas tratándose de varias guías consignadas en la declaración; y, c) La declaración no tenga rectificaciones electrónicas pendientes de evaluar, en caso de modalidad anticipada. 4. El reconocimiento físico de la mercancía se realiza en el depósito temporal EER declarado y consignado en el manifiesto EER. 5. El funcionario aduanero asignado registra su diligencia en el SIGAD con posterioridad a la tarja al detalle de la guía declarada, siempre que tenga peso y bulto recibidos mayores a cero. Tratándose de varias guías declaradas por lo menos una de ellas debe tener peso y bulto recibidos mayores a cero. del ingreso y recepcion de la mercancia 6. Para el otorgamiento del levante de las mercancías se debe cumplir lo siguiente: a) La deuda tributaria aduanera, recargos y la liquidación de cobranza complementaria por aplicación del ISC o percepción del IGV relacionados a la declaración hayan sido cancelados, garantizados o impugnados. b) Las guías EER declaradas cuenten con tarja al detalle. c) No se haya dispuesto sobre la mercancía una medida preventiva o acción de control extraordinario, o la suspensión del despacho por aplicación de medidas en frontera; y d) Cuente con diligencia de levante registrada en el SIGAD, tratándose de declaraciones con canal rojo o naranja. 7. El responsable del depósito temporal EER entrega al despachador de aduana o importador la mercancía almacenada en su recinto, previa: a) Verificación en el portal web de la SUNAT que se haya otorgado el levante, y de ser el caso que se haya dejado sin efecto la medida preventiva dispuesta por la autoridad aduanera; y, b) Verificación en el portal web de la SUNAT del registro de la fecha y hora de la autorización de salida de la mercancía 8. Para la regularización de la declaración sujeta a despacho anticipado, se requiere que: a) y,

El manifiesto EER cuente con la información confirmatoria transmitida por la EER;

b) El despachador de aduana efectúe la transmisión de la actualización de los pesos y bultos consignados en la declaración, los mismos que deben ser por el total de los pesos

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y bultos recibidos en el manifiesto EER. No es necesaria la transmisión de los datos de ingreso de la carga al almacén (ICA). Ampliación de plazo del despacho anticipado por caso fortuito o fuerza mayor 9. La autoridad aduanera puede autorizar la ampliación del plazo del despacho anticipado a solicitud de parte, hasta por cuarenta y cinco días calendario contados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración, cuando el medio de transporte no arribe dentro de los treinta días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la declaración, por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado a satisfacción de la autoridad aduanera. Para tal efecto, el dueño, consignatario o su representante presenta dentro del último plazo señalado en el párrafo precedente una solicitud de “Ampliación de plazo anticipado por caso fortuito o fuerza mayor” (código 3126), ante el área de trámite documentario de las intendencias de aduanas, en original y copia, con la documentación que acredite la causal de caso fortuito o fuerza mayor al amparo del artículo 130 de la Ley. Mediante RIN Nº 021-2016SUNAT/5F0000 de fecha 18.07.2016, se dispone la entrada en vigor de los numerales 9 y 12 del literal D, establecidos en la (RIN Nº14- 2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016)(RIN 10. Para efectos de lo señalado en el numeral precedente se consideran causales de caso fortuito o fuerza mayor las siguientes: a)

Avería del medio de transporte.

b) Huelga o paro en los terminales de carga aérea o lugares habilitados para carga terrestre, nacionales. c) Huelga o paro en los terminales de carga aérea o terrestres, del país de embarque, o vías de navegación interoceánicas comprendidas en el trayecto del medio de transporte. d) Catástrofes o fenómenos naturales que afecten o alteren la travesía del medio de transporte. e) Otros eventos extraordinarios, imprevisibles o irresistibles que a criterio del jefe del área que administra el régimen sustente el arribo tardío del medio de transporte. 11. La solicitud de ampliación de plazo es evaluada por el funcionario aduanero designado quien la remite a su jefe inmediato para el registro de la aceptación o rechazo, en la opción “Ampliación de plazo del anticipado” del módulo de importaciones. 12. Una vez registrada la aceptación de la solicitud, el sistema informático muestra el nuevo plazo del despacho anticipado de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración. La ampliación de plazo es concedida por una vez. El funcionario aduanero designado notifica al usuario la aceptación o rechazo de la solicitud. Mediante RIN Nº 021-2016-SUNAT/5F0000 de fecha 18.07.2016, se dispone la entrada en vigor de los numerales 9 y 12 del literal D, establecidos en la (RIN Nº14-2016SUNAT/5F0000- 05/07/2016) 12. Una vez registrada la aceptación de la solicitud, el SIGAD muestra el nuevo plazo del despacho anticipado de treinta (30) días calendario contados a partir del día

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siguiente de la numeración de la declaración. La ampliación de plazo es concedida por una vez. El funcionario aduanero designado notifica al usuario la aceptación o rechazo de la solicitud. 13. Vencido el nuevo plazo o en caso de rechazo de la solicitud, el dueño, consignatario o su representante debe solicitar el cambio de la modalidad de despacho a diferido de acuerdo a lo establecido en el procedimiento específico “Solicitud Electrónica de Rectificación” INTA-PE.01.07.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016) Prórroga para la destinación aduanera 14. El dueño o consignatario puede solicitar la prórroga establecida en el artículo 132 de la Ley, conforme a lo establecido por los procedimientos de Manifiesto de Carga INTA- PG.09 y de Garantías de Aduanas Operativas INPCFAPE.03.03.(RIN Nº14-2016-SUNAT/5F0000- 05/07/2016)

3.5. Acogimiento a Acuerdos Comerciales entre Perú y China- Preferencias Arancelarias. 

Regulación Aduanera

Debe considerar que las entidades y personas que se dediquen a la importación y exportación de mercancías en China deben registrarse primero en el Ministerio de Comercio (MOFCOM). El Sistema de Importación de Bienes China clasifica sus importaciones en tres categorías: Permitido Restringido Prohibido Mercancías Permitidas La mayoría de los productos importados entran en la categoría permitida, y el Ministerio de Comercio (MOFCOM) ha puesto en marcha un sistema de licencias automáticas para controlar la importación de dichas mercancías. MOFCOM y la 

Administración General de Aduanas (AGA) conjuntamente emiten un catálogo de productos sujetos a licencias automáticas anuales.

Debe solicitarse una licencia automática, y el contrato de importación de mercancías es uno de los documentos requeridos. Cada licencia de importación automática es válida para seis meses naturales y, en principio, cada licencia sólo debe utilizarse para un lote de mercancías. Sin embargo, se pueden obtener varias licencias bajo un contrato de importación y, para determinados productos, se puede utilizar una licencia para un máximo de seis lotes. 

Mercancía Restringida

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Las mercancías restringidas se controlan mediante cuotas o licencias. Las razones para restringir estos productos incluyen el mantenimiento de la seguridad del Estado o bienestar público y la protección de los recursos naturales agotables. Mercancías de Importación que requieren licencias: El MOFCOM, GAC y GAQSIQ emiten conjuntamente un catálogo de productos que requieren licencias de importación sobre una base anual. 

Mercancía Prohibida

En China está prohibida la importación de mercancías tales como determinados residuos y toxinas. El Ministerio de Comercio Exterior y Cooperación Económica (MOFTEC, el predecesor del MOFCOM) y el GAC han publicado conjuntamente con otros organismos del estadopor

Ejemplo:  

La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (GAQSIQ)- varios catálogos de bienes que

Está prohibido ser importados en China. – Pueden verse en: Sistema de Exportación de Bienes Para las mercancías sujetas a restricciones de exportación, China implementa un sistema de administración de licencias de exportación. Existen tres tipos de licencias de exportación en China:    

Licencia de cuota de exportación (por ejemplo, trigo, maíz, algodón, aceite) Licitación de cuota de exportación (por ejemplo magnesio) Licencia de exportación (por ejemplo, ternera, cerdo, pollo) MOFCOM y GAC lanzaron conjuntamente un catálogo de productos que requieren licencias de exportación sobre una base anual. Para el 2013, hay 48 categorías de productos sujetas a la administración de licencias de exportación.

En general, cada licencia de exportación sólo se puede usar para un lote de mercancías. Sin embargo, la licencia puede ser utilizada para varios lotes (no más de 12) en determinadas circunstancias, incluyendo los productos de empresas con inversión extranjera (FIEs) que están sujetos a la administración de licencias de exportación. El período de validez más largo de un certificado de exportación es de seis meses y debe ser utilizado dentro del año en curso de la fecha de emisión. Si una licencia de exportación no se utiliza durante el periodo de validez, el operador puede solicitar una prórroga durante el periodo de validez del certificado de exportación y se expedirá una nueva licencia de exportación. 

Inspección/Certificación de Importación

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El gobierno Chino pone complejos requerimientos de inspección y certificación para la importación de mercancías. Algunos productos deben ser inspeccionados a su llegada o irán acompañados de un certificado formal reconocido por el gobierno chino. 

EL GAQSIQ es el departamento administrativo subordinado directo del Consejo de Estado que se encarga de la supervisión, inspección, cuarentena animal y vegetal, e inocuidad alimentaria para todas las mercancías transportadas a través de la frontera China. También supervisa la Administración de Certificación y Acreditación (CAA) y la Administración de Normalización (SA) de China.

El Certificado Obligatorio Chino (CCC) es un certificado o marca requerida por el gobierno chino para muchos productos (Incluyendo los bienes importados) que se venden en el mercado nacional desde mayo de 2002. El catálogo de productos sujeto a los requisitos CCC se aprueba y se publica conjuntamente por la AQSIQ y la CAA. Si las mercancías que figuran en el catálogo CCC no obtienen la marca CCC, no pueden ser importadas, vendidas o utilizadas en cualquier negocio o servicio en China. Trámites aduaneros para la exportación en China Regímenes arancelarios 

Restricciones

Material impreso, manuscritos, películas, fotografías, cassettes, vídeos, material de almacenamiento informático, etc., considerados potencialmente dañinos para la seguridad nacional; las antigüedades y otros artículos culturales anteriores a 1949; los animales raros y en peligro de extinción y/o plantas, incluyendo los especímenes y las semillas; los bezoares naturales; almizcles; platino; productos electrónicos o maquinaria para producirlos; huesos de tigre; cuernos de rinoceronte; los productos fabricados por presos; las plantas medicinales y los sellos de más de 100 años de antigüedad no pueden ser exportados. Impuestos a la exportación No existe un impuesto a la exportación. Pero el IVA (17%), no reembolsable en caso de exportación, podría considerarse un impuesto a la exportación. Despacho de aduana de mercancías La sociedad de importación y exportación se encarga de las formalidades. Organizar el transporte de mercancías desde y hacia China 

Principales medios de transporte

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Ocho puertos de China continental están incluidos entre los 30 puertos de contenedores más importantes del mundo. El puerto de Shanghái es, con mucho, el más activo del mundo. El movimiento de carga del puerto de Shanghái superó 650 millones de toneladas en 2010. Cada año los puertos chinos ven transitar 5,6 mil millones de toneladas de mercancías y 93 millones de contenedores. El transporte de mercancías por carretera representa una carga de 12 mil millones de toneladas. El transporte por carretera supone el 13% del transporte en China. El transporte aéreo mueve una carga de 2,2 millones de toneladas de mercancías. Actualmente, China cuenta con 180 aeropuertos de aviación civil, incluido el segundo más activo del mundo en Beijing. El transporte ferroviario sigue siendo el principal modo de transporte y la solución menos cara para el transporte a larga distancia. Cada año los trenes transportan una carga de 1.500 mil millones de toneladas-kilómetro de mercancías. A finales de 2011, China contaba con un total de 91.000 kilómetros de vías férreas, que se utiliza para satisfacer la demanda de transporte de mercancías y pasajeros, ocupando el segundo lugar en el mundo en términos de longitud. El volumen de carga alcanzó el 3,6 millones de toneladas en 2010, lo que representa 300 millones de toneladas más que en 2009. 3.5.1. Acuerdos Comerciales Como se señala en su Duodécimo Plan Quinquenal, China tiene la intención de acelerar la aplicación de la Estrategia de zonas de libre comercio, fortalecer los vínculos económicos con sus principales interlocutores comerciales e intensificar la cooperación con los mercados emergentes y los países en desarrollo. China ha concluido 12 acuerdos de libre comercio (ALC) con más de 20 Estados y regiones. Es miembro del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico (APEC) desde 1991 y de la Reunión Asia-Europa (ASEM) desde su creación en 1996. El país se adhirió al Acuerdo Comercial Asia- Pacífico en 2001. El acuerdo de libre comercio entre China y la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN) entró en vigor en 2005.23 La cooperación con los países de la ASEAN se ha ampliado a través de acuerdos complementarios a materias como las normas, los reglamentos técnicos, los procedimientos de evaluación de la conformidad y la propiedad intelectual. En 2003, China firmó acuerdos para establecer una asociación económica más estrecha con Hong Kong, China, y Macao, China. Al acuerdo inicial se añadieron varios acuerdos complementarios, el último de los cuales se firmó en agosto de 2013 y entró en vigor en enero de 2014. China tiene acuerdos de libre comercio en vigor con el Pakistán, Chile, Nueva Zelandia, Singapur, el Perú y Costa Rica (véase OMC, 2012). Desde su último examen de las políticas comerciales, ha firmado acuerdos de libre comercio con Suiza e Islandia, si bien estos acuerdos aún no han entrado en vigor (cuadro 2.1). China está negociando actualmente ALC con países del Consejo de Cooperación del Golfo, Australia, Noruega, la República de Corea y el Japón. En la 21ª cumbre de la ASEAN, celebrada en noviembre de 2012, se iniciaron negociaciones destinadas a formar una Asociación Económica Amplia Regional (RCEP) entre los miembros de la ASEAN, Australia, China, la India, la República de Corea, el Japón y Nueva Zelandia 46 Acuerdos comerciales internacionales y regímenes arancelarios -Miembro de la Organización Mundial del Comercio Adherido al Protocolo de Kyoto -Adherido al Convenio de Washington sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres - Adherido al Convenio de Basilea relativo al control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación -Adherido al Protocolo de Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono - Miembro de la convención sobre admisiones temporales y de uso de los cuadernos ATA Como recordatorio, ATA es un sistema que permite el libre tránsito de las mercancías y su admisión temporal. Las mercancías se acompañan de un único documento denominado cuaderno ATA que es regulado por acuerdos internacionales. 3.5.2. Acuerdo de Libre Comercio Perú China El Tratado de Libre Comercio entre el Perú y China, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de setiembre de 2011, fue suscrito el 28 de abril de 2009 en la ciudad de Beijing-China por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo de Perú, Mercedes Aráoz y por el Viceministro de Comercio de China, Yi Xiaozhun. Dicho acuerdo entró en vigencia el 01 de marzo de 2010. A la fecha ya son cinco años que tiene vigencia. En este acuerdo se negociaron los siguientes capítulos: Trato Nacional y Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Procedimientos Aduaneros, Defensa Comercial, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Obstáculos Técnicos al Comercio, Comercio de Servicios, Entrada Temporal de Personas de Negocios, Inversiones, Derechos de Propiedad Intelectual, Cooperación, Transparencia, Administración del Tratado, Solución de Controversias y Excepciones. Cabe mencionar que paralelamente al TLC, se negoció un “Acuerdo de Cooperación Aduanera" el cual permitirá que las Aduanas soliciten información sobre características tales como el valor u origen de una mercancía, que podrá ser utilizada en procesos administrativos y judiciales. Esto facilitará las labores de investigación de casos donde se presuman delitos aduaneros, con lo cual se busca que los productos procedentes de China ingresen al país en condiciones que permitan un comercio justo.

Tratamiento arancelario para productos de los capítulos 61 y 62 contemplados en el TL Perú-China

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Realizado un análisis de las listas “China`s Tariff Elimination Schedule” de productos negociados y con preferencias que se otorga a Perú, se identifican 295 subpartidas a ocho dígitos correspondientes a los Capítulos arancelarios 61 y 62. De estos: -

-

77 subpartidas están en la Categoria B, a la fecha tiene 100% de preferencia arancelaria. 214 en la Categoria C, con desgravación en 10 años; a la fecha como ya transcurrió 5 años se encuentran al 50% de preferencia del arancel Chino por lo tanto la tarifa a la que están sujetas durante el 2015 varía entre 7% y 12.5%. (reduciéndose entre 1.4 y 2.5% cada año) 4 subpartidas en la categoría D, los productos están exceptuados de cualquier preferencia. –

4. Tratamiento Arancelario en Perú con respecto a la Partida Arancelaria En esta opción se obtendrá información concerniente al tratamiento tributario y otras medidas que inciden en el comercio internacional de mercancías, tales como: derechos ad-valorem, derechos específicos, impuesto general a las ventas, impuesto de promoción municipal, impuesto selectivo al consumo, derechos antidumping, restricciones y prohibiciones, índice de criterios de clasificación, correlaciones teóricas con otras nomenclaturas y las preferencias arancelarias a las que se sujetan las mercancías para su ingreso o salida del país. Las mercancías prohibidas o restringidas para su ingreso o salida del país, las subpartidas nacionales y los regímenes aduaneros asociados a las mismas, son las establecidas en la normativa sectorial vigente. En esta opción de consulta, la SUNAT pone a disposición de los usuarios de modo referencial las subpartidas nacionales y regímenes aduaneros asociados a las mercancías prohibidas y restringidas. En caso de dudas relativas a la restricción o prohibición de una mercancía recurra a la entidad competente para hacer las consultas respectivas (lista de entidades que emiten documentos de control) o mediante el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE (www.vuce.gob.pe). Finalmente, las correlaciones con otras nomenclaturas (p.e.: CUODE, NABANDINA y NALADISA), deben considerarse como referenciales. 4.1.Correlaciones de la partida arancelaria

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4.2. CONVENIOS INTERNACIONALES SECCIÓN:

XX : MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS

CAPITULO: 95 : Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios 95.04

Artículos para juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos.

9504.30.10.00

- - De suerte, envite y azar

PAIS

CONVENIO INTERNACIONAL

VENEZU ELA

229 ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE NATURALEZA COMERCIAL PERU

P.NA LAD ISA

Perfil Logístico de Importación China a Perú

T.MA RGE N

ARANCEL BASE/PRE FERENCIA L

PORCE NTAJE LIBERA DO ADV

---

100%

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Curso: Gestión de Importación

CHILE

338 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU - CHILE

9504 3000

---

100%

URUGUA Y

358 - ALADI, ACE 58 PERU ARGENTINA, BRASIL, URUGUAY Y PARAG

9504 3000

---

100%

ARGENTI NA

358 - ALADI, ACE 58 PERU ARGENTINA, BRASIL, URUGUAY Y PARAG

9504 3000

---

100%

BRASIL

358 - ALADI, ACE 58 PERU ARGENTINA, BRASIL, URUGUAY Y PARAG

9504 3000

---

100%

BRAZIL

504 ACUERDO DE ALCANCE REGIONAL NRO. 4 - PAR 4 PERU-BRA-CH

---

6%

CHILE

504 ACUERDO DE ALCANCE REGIONAL NRO. 4 - PAR 4 PERU-BRA-CH

---

10%

EE.UU.

802 ACUERDO DE PROMOCION COMERCIAL PERU - EE.UU.

12%

100%

CANADA

803 TLC PERU CANADA

12%

100%

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Curso: Gestión de Importación

SINGAPU R

804 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU SINGAPUR

12%

100%

CHINA

805 TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU - CHINA

9%

100%

COREA

806 TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU - COREA

1

9%

100%

COREA

806 TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU - COREA

2

9%

100%

ISLANDI A

807 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU - AELC

12%

100%

LIECHTE NST

807 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU - AELC

12%

100%

SUIZA

807 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU - AELC

12%

100%

NORUEG A

807 ACUERDO DE LIBRE COMERCIO PERU - AELC

12%

100%

TAILAND

808

12%

100%

-

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Curso: Gestión de Importación

IA

PROTOCOLO PERU TAILANDIA

MEXICO

809 ACUERDO DE INTEGRACION ECONOMICA PERU MEXICO

12%

100%

JAPON

810 ACUERDO DE ASOCIACION ECONOMICA PERU - JAPON

9%

100%

PANAMA

811 TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU PANAMA

9%

100%

PANAMA

811 TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU PANAMA

9%

20%

ALEMAN IA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

AUSTRIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

BELGICA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

BULGARI

812

9%

83.33%

-

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Curso: Gestión de Importación

A

ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

CHIPRE

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

DINAMA RCA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

ESLOVA QUIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

ESLOVE NIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

ESPAÑA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

ESTONIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

FINLAND IA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

FRANCIA

812 ACUERDO COMERCIAL

9%

83.33%

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Página 101

Curso: Gestión de Importación

PERU - UNION EUROPEA

GRECIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

HUNGRI A

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

IRLAND A

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

ITALIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

LETONIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

LITUANI A

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

LUXEMB URGO

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

MALTA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 102

Curso: Gestión de Importación

PAISES BAJ

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

POLONIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

PORTUG AL

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

REINO UNID

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

REPUBLI CA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

RUMANI A

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

SUECIA

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

CROACI A

812 ACUERDO COMERCIAL PERU - UNION EUROPEA

9%

83.33%

COSTA RICA

813 TRATADO DE

9%

100%

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 103

Curso: Gestión de Importación

LIBRE COMERCIO PERU - COSTA RICA HONDUR AS

814 TLC PERU HONDURAS

9%

CHILE

815 PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL

6%/0%

COLOMB IA

815 PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL

6%/0%

MEXICO

815 PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL

6%/0%

BOLIVIA

100 COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

---%

100%

COLOMB IA

100 COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

---%

100%

ECUADO R

100 COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

---%

100%

100%

4.3.Restricciones y Prohibiciones para el ingreso y salida al país de las mercancías de la Subpartida Nacional 9504.30.10.00

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 104

Curso: Gestión de Importación

RÉGI MEN

MERCANCÍA C O D.

10

18

30

CONTROL

DESCRI PCION

01

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DIR.GRAL.JUE GOS CASINO Y MAQ.TRAGA MONEDAS (MINCETUR)

DIR.GRAL.JUE GOS CASINO Y MAQ.TRAGA MONEDAS (MINCETUR)

DIR.GRAL.JUE GOS CASINO Y MAQ.TRAGA MONEDAS (MINCETUR)

Perfil Logístico de Importación China a Perú

VIGENCIA

BASE

DES DE

LEGAL

01/04 /2007

01/04 /2007

01/04 /2007

HAS TA

31/12 /9999

Ley 27153 modif.Le y 27796.R egl DS 00902,MIN CETUR

31/12 /9999

Ley 27153 modif.Le y 27796.R egl DS 00902,MIN CETUR

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Ley 27153 modif.Le y 27796.R egl DS 00902,MIN CETUR

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Curso: Gestión de Importación

artí

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20

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DIR.GRAL.JUE GOS CASINO Y MAQ.TRAGA MONEDAS (MINCETUR)

01/04 /2007

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31/12 /9999

Ley 27153 modif.Le y 27796.R egl DS 00902,MIN CETUR

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Ley 27153 modif.Le y 27796.R egl DS 00902,MIN CETUR

4.4. Restricciones EXONERACION DE CERTIFICADO DE INSPECCION

NO APLICA

No existen restricciones No existen Prohibiciones de salida No existen Prohibiciones del Ingreso de la mercancía

de de

la

Inspección mercancía

4.5.Descripciones Mínimas

DESCR.1

Nombre del producto, marca y modelo: ejemplo: muñecas Baby modelo Bebito; botones marca El Botón; en

DESCR.2

Característica: ejemplo: relleno, de gas recargable, de 150 años de antigüedad, etc.

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Página 106

Curso: Gestión de Importación

5. Infraestructura Logística en China 5.1.

Información General de Empresas Navieras y operadores de China

OPERADORES LOGISTICOS Los Operadores Logísticos que operan en el medio ofrecen un servicio variado para el transporte de mercancías desde origen Perú y destino China, sea este aéreo como marítimo. 

Servicio de transporte marítimo

Arica (CHILE) Hong Kong(China) El servicio tiene un tiempo de tránsito promedio entre 31 a 46 días

Frecuencia e tiempo de tránsito desde los puertos de chile

Arica Iquique Antofagasta Coquimbo

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Curso: Gestión de Importación

Rutas encontradas y costos de CHINA A PERU El costo del servicio del flete del contenedor de 20" y 40" corresponde a la tarifa básica del flete internacional y no incluye los reajustes por características específicas, consultar directamente con las líneas navieras de su preferencia. Para saber los datos exactos de frecuencia de salida y los días de tránsito revisar en "Líneas navieras".

Puerto de origen (Perú)

Puerto de destino

US$

Tarifa promedio de flete por contenedor (*)

20 pies

40 pies

Días de tránsito (**)

Frecuencia de salida (**)

Callao (Perú)

Manzanillo (México)

1100

1333

7

SEMANAL

Callao (Perú)

Tokio (Japón)

1440

1760

31

SEMANAL

Callao (Perú)

Keelung (Taiwán)

1333

1629

31

SEMANAL

Callao (Perú)

Hong Kong (China)

1357

1685

32

SEMANAL

Callao (Perú)

Xiamen (China)

1333

1675

33

SEMANAL

Callao (Perú)

Ningbo (China)

1333

1675

36

SEMANAL

Callao (Perú)

Shangai (China)

1333

1675

36

SEMANAL

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 108

Curso: Gestión de Importación

Puerto de origen (Perú)

Puerto de destino

US$

Tarifa promedio de flete por contenedor (*)

Días de tránsito (**)

Frecuencia de salida (**)

20 pies

40 pies

Callao (Perú)

Busan (Corea del Sur (República de Corea))

1490

1780

37

SEMANAL

Callao (Perú)

Da Chan Bay (China)

500

700

30

SEMANAL

Callao (Perú)

Qingdao (China)

500

700

36

SEMANAL

Callao (Perú)

Xingang (China)

500

700

43

SEMANAL

Callao (Perú)

Dalian (China)

500

700

45

SEMANAL

Callao (Perú)

Yantian (China)

500

700

36

SEMANAL

Callao (Perú)

Bangkok (Tailandia)

800

1000

38

SEMANAL

Callao (Perú)

Laem Chabang (Tailandia)

800

1000

38

SEMANAL

Callao

Haiphong

800

1000

32

SEMANAL

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 109

Curso: Gestión de Importación

Puerto de origen (Perú)

Puerto de destino

(Perú)

(Vietnam)

Callao (Perú)

Hochiminh (Vietnam)

US$

Tarifa promedio de flete por contenedor (*)

20 pies

40 pies

800

1000

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Días de tránsito (**)

Frecuencia de salida (**)

35

SEMANAL

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Curso: Gestión de Importación



Tarifas

El flete marítimo está estructurado por los siguientes componentes: Tarifa básica: costo específico de transporte para un producto determinado entre dos áreas geográficas Recargos: valores adicionales que se aplican sobre la tarifa básica, para compensar las variaciones en los costos o en las operaciones de los buques. Fluctúan constantemente, y su aplicación en algunos de ellos dependerá de los puertos de destino. Actualmente los costos en transporte marítimo son producto del mercado y de la negociación entre las partes.  

TARIFAS MARITIMAS TARIFAS TRANSPORTE

MARÍTIMO

DE

CARGA

Fletes marítimos referenciales para planear los costos de exportación Actualmente los costos en transporte marítimo son producto del mercado y de negociación entre las partes, como se observa en la información que se presenta a continuación. Los fletes que se relacionan son referenciales, y servirán al exportador como base en el momento de negociar una tarifa. La información se ha procesado con base en datos suministrados directamente por las navieras o sus agentes marítimos. No se cuenta con las autorizaciones correspondientes para identificar el nombre de la línea, por lo cual, se ha asignado un número aleatorio para su diferenciación. Esto también contribuye a evitar la competencia indebida. Para

tener

en

cuenta:

El flete marítimo esta estructurado por los siguientes componentes: Tarifa Básica: Costo específico de transporte para un producto determinado entre dos áreas geográficas. Recargos: Son valores adicionales que se aplican sobre la tarifa básica, para compensar las variaciones en los costos o en las operaciones de los buques. Fluctúan constantemente, y su aplicación por parte de las navieras, de algunos de ellos, dependerá de los puertos de destino.

DESCUENTOS PA:Pallet allowance: descuento por presentación de carga paletizada FCL: Full container load- Descuento por carga completa Existen Fletes A.I. (All In – Todo Incluido): Que por lo general no cubren el costo del B/L (Bill Of Landing - Conocimiento de Embarque). Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

Los fletes -Costos -Costos

para

carga

suelta de

en

su

gran

mayoría incluyen: Consolidación Portuarios

Actualmente para cargas con destino final o en transito hacia/por puertos de Estados Unidos y México, deben cumplir con las disposiciones aduaneras, en la exigencia del manifiesto de carga, con 48 horas anticipación. Esto significa para el exportador tener la carga en puerto debidamente documentada con un tiempo de antelación suficiente que permita al transportador surtir los tramites y remitir la información en debida forma. Caso contrario se generara no solo multas sino sanciones. Al flete se le añaden otros impuestos y gastos que son percibidos porlos estados o autoridades portuarias o por los prestatarios de los servicios que aportan su concurso para las manipulaciones o los movimientos de mercancías, por ejemplo: Derecho de pasaporte: percibido en el momento de hacer escala en un puerto Derecho de permiso: Se emite un documento llamado patente que permite atestiguar que han sido efectuadas todas las formalidades requeridas Impuesto del práctico: pagadero a la salida o entrada al puerto Impuestos especiales de tránsito: por empleo de canales de Panamá y Suez Derechos de muelle: Para atraque Derechos sanitarios: Controles médicos, desinfecciones, etc. Sobre la modificación de los precios las conferencias de fletes suelen avisar con tres meses sobre el incremento de sus tarifas, usualmente las conferencias proveen de una completa justificación del incremento de sus fletes siendo este debido a los gastos de mantenimiento, reparación o gastos de capital.

Fletes referenciales: Servicio marítimo P.A. 01x20’ST 850.00 USD + gastos en destino (850.00 CNY) 01x40’ST/HC 1250.00 USD + gastos en destino (1215.00 CNY)

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5.2.

Perfil de Puertos

5.2.1 Perfil del Puerto de Hong Kong El puerto de Hong Kong, situado en el mar de China Meridional, es un puerto de aguas profundas dominado por el comercio de productos manufacturados en contenedores y en menor medida de materias primas y pasajeros. Un factor clave en el desarrollo económico de Hong Kong, es el refugio natural y las aguas profundas del Puerto de Victoria, que ofrecen condiciones ideales para el atraque y la manipulación de todo tipo de embarcaciones. Es uno de los puertos más activos del mundo (después del Puerto del Callao), en las tres categorías de movimiento de buques, manejo de carga y transporte de pasajeros. 

Administración

La responsabilidad de la administración del puerto recae en el Director de Marina. La Comisión de Operaciones Portuarias lo asesora en todas las cuestiones que afectan a las operaciones eficientes del puerto, excepto aquellos asuntos que son responsabilidad de la Comisión Consultiva de Pilotaje y la Comisión Consultiva de Embarcaciones Locales Provisionales. El Consejo de Desarrollo del Puerto de Hong Kong asesora al Gobierno en asuntos relacionados con la planificación y el desarrollo portuario y la promoción de Hong Kong como un puerto central regional y un puerto líder de contenedores en el mundo. Mientras tanto, el Consejo de la Industria Marítima de Hong Kong, asesora al Gobierno sobre las medidas para desarrollar aún más la industria marítima de Hong Kong y para promover la posición de Hong Kong como centro marítimo internacional. Ambos consejos están presididos por el Secretario de Transporte y Vivienda. El Departamento de Marina es responsable de garantizar que existan condiciones para permitir a los barcos entrar en el puerto, manejar sus cargas y salir lo más rápido y seguro que sea posible. Esto tiene que ver con muchos aspectos de las normas de seguridad para todas las clases y tipos de buques, desde los más grandes transportadores petroleros, hasta los más pequeños juncos transportadores de pasajeros. También brinda asistencia a la navegación y boyas de amarre para buques de navegación marítima, administra tres terminales de ferry transfronterizos y administra ocho áreas de trabajo de carga pública.

Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Transporte

Manejo de carga en Hong Kong. Hong Kong es uno de varios puertos centrales que sirven las regiones de Asia oriental y sur-oriental, y es una puerta de entrada económica a China continental. Hong Kong estableció un récord en su movimiento de contenedores en 2007, por el manejo de 23,9 millones de TEUs, manteniendo su estatus como el mayor puerto de contenedores que sirve el sur de China y uno de los más activos del mundo. Unos 456.000 buques llegan y parten de Hong Kong durante el año, llevando 243 millones de toneladas de carga y cerca de 25 millones de pasajeros.1 El promedio de tiempo de respuesta para los buques portacontenedores en Hong Kong es de aproximadamente 10 horas. Para los buques convencionales que trabajan en medio de la corriente en boyas o anclajes, es de 42 y 52 horas, respectivamente. 

Servicio de Ferry Ferry pasando grúa de carga.

El terminal de ferry Hong Kong-Macao entre el Distrito Central y Sheung Wan, y la Terminal de Ferry de China en Tsim Sha Tsui, proporciona servicios de ferry centralizados a Macao y 24 puertos de China continental. Cerca de 100 embarcaciones, en su mayoría navíos de pasajeros de alta velocidad, tales como jetfoils, catamaranes y aerodeslizadores, operan desde estos terminales. En 2001, más de 17 millones de pasajeros pasaron por las terminales, que comprende aproximadamente 11,2 millones de viajes de pasajeros desde / hasta Macao y 6,5 millones de viajes de pasajeros desde / hasta puertos continentales. 

Flota del Gobierno

Hay más de 600 embarcaciones de diferentes tipos y tamaños en la flota del gobierno. Alrededor de 152 buques son grandes barcos mecanizados sirviendo bajo 16 departamentos gubernamentales, como la Policía Marítima, Aduanas e Impuestos Especiales, y los Servicios de Bomberos. Algunos usuarios de los departamentos, operan y tripulan sus embarcaciones especialmente diseñadas. El propio Departamento de Marina controla cerca de 100 barcos, incluyendo lanchas-patrulla, transportadores de personal, pontones, barcazas autopropulsadas, y buques especializados, tales como lanchas de levantamiento hidrográfico y portadores de explosivos. Estos buques prestan apoyo a las propios Departamentos de Operaciones Portuarias o sirven a otros Departamentos que no tienen su propia flota.

Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

El astillero de Gobierno es el responsable del diseño, adquisición y mantenimiento de todos los buques propiedad del Gobierno. Ocupa un terreno de 980.000 m² en la Isla Stonecutters y tiene unos 83.000 m² protegidos de cuenca hidrográfica como base de operaciones para los buques operados por el Departamento de Marina. El astillero cuenta con un sistema de nave-ascensor y tres buques-montacargas capaces de varar en dique seco embarcaciones de hasta 750 toneladas. Se emplea un sistema de información computarizado en línea para coordinar las actividades de mantenimiento y servicios de apoyo para maximizar la eficiencia del mantenimiento y la disponibilidad de buques. 

Diques y Gradas

El puerto cuenta con amplias instalaciones para la reparación, mantenimiento, varado y deslizamiento de todo tipo de embarcaciones. Dos diques flotantes se encuentran frente a la costa oeste de la isla de Tsing Yi y dos al noreste de la isla Lantau. El más grande es capaz de atracar buques de hasta 150.000 toneladas de peso muerto (DWT). También hay un gran número de astilleros más pequeños, que llevan a cabo reparaciones de buques y construcciones de embarcaciones especializadas, incluidas las naves de patrulla sofisticadas y embarcaciones de recreo para los mercados de ultramar. 

Marina Mercante

Hong Kong es un centro para el empleo de marinos. 1.200 oficiales y marineros de Hong Kong sirven a bordo de más de 420 buques de navegación marítima de 12 naciones marítimas diferentes. La oficina de Marina Mercante registra los marinos, regula su trabajo a bordo de los buques de todos los pabellones y supervisa el empleo y despido de marinos a bordo en buques de Hong Kong y en buques extranjeros que no están representados en Hong Kong por una oficina consular. El Puerto de Hong Kong

Hong Kong es una entidad que no cuenta con grandes recursos naturales, por lo que ha tenido que coordinar sus estrategias económicas a través del puerto, donde la actividad portuaria maneja el 80% del comercio en Hong Kong. El puerto tiene principios definidos en lo que al libre flujo de mercancías se refiere ya que existen muy pocas y casi nulas restricciones arancelarias y no arancelarias, en 2002 Hong Kong manejó 19.1 millones de TEUS, y 190 millones de toneladas de carga general, lo anterior y la apertura económica de china han calificado al puerto de Hong Kong como el mas ocupado en el manejo de contenedores a nivel mundial. El puerto de Hong Kong es moderno, sus políticas de operación interna en general son de apertura ya que el gobierno deja la construcción, inversión y funcionamiento Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

de las instalaciones terminales al sector privado, concentrándose en el abastecimiento de la infraestructura de reserva y de la planeación estratégica para el desarrollo portuario, a tal grado que el gobierno ya trabaja en un programa maestro de operación para los próximos 20 años, el plan maestro 2020, mismo que estará definido a finales del presente año. La política portuaria, con una visión estratégica y de prevención, señala el aseguramiento y disposición oportuna de los espacios, servicios y terminales que se requieran según el volumen de producción demande.



Acciones

Las autoridades del Hong Kong trabajan hoy por el aumento en el volumen de carga del puerto, pasajeros e información para consolidar el puerto como el “cubo internacional preferido de la logística en Asia”. Los operadores de las terminales de contenedores del puerto establecieron la HKCTOA (Asociación de Operadores de Terminales de Contenedores de Hong Kong Limited), la cual se encarga de promover el puerto de Hong Kong, como el cubo concentrador y distribuidor del mayor número de contenedores en el mundo, la asociación tiene por objeto aumentar la competitividad del puerto y realizar contribuciones de importancia para los rubros de interés tales como el arribo de pasajeros, manejo de carga y preservación del medio ambiente. 

DATOS SOCIO-ECONOMICOS



País

China



Ubicación

Asia



Superficie

78 km².



Habitantes

5,900,000 hab.



P.I.B.

175 m.d.d.

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Moneda

Yuan/Dólar

El puerto de Hong Kong ha introducido lo ultimo en intercambio de información electrónica en puertas y accesos por medio de la tarjeta inteligente (TID) “Common Tractor Identity Card”, eliminando el uso de papeletas para circular, de esta forma se eficientiza el tráfico de contenedores dentro del puerto. 

Ventajas Operativas: Incorporación de tecnología

SISTEMATIZACION DE PUERTOS TECNOLOGIA DE INTERCAMBIO DE DATOS ELECTRONICOS Hong Kong promueve el intercambio de información por medios electrónicos desde 1988 (EDI).Este sistema permite el enlace entre los operadores de las líneas navieras y de las terminales de contenedores, para reforzar el intercambio de información que prevea de una mejor planeación estratégica en operaciones. PORTAL EN LA WEB E-BUSINESS El portal nace con la necesidad de crear un enlace con la comunidad de Hong Kong, para ofrecer una plataforma informativa sobre los temas que le interesan a la población de la zona de afluencia del puerto. SISTEMA GERENCIAL En Hong Kong millones de contenedores son manejados por operadores, para lograr dicha labor se diseñaron sistemas gerenciales especializados para cada área del proceso, de tal forma que, todo es resultado de la coordinación y ubicación del recurso humano así como de tecnología y procesos específicos, para lograr el mejor servicio y atención a los usuarios.

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5.2.1. PUERTO DE ARICA 

UBICACIÓN GEOGRÁFICA:

El Puerto de Arica se ubica en Chile a 2062 kilómetros al Norte de Santiago (capital del país), en la XV Región de Arica y Parinacota, Provincia de Arica, Comuna y Ciudad del mismo nombre. La Provincia de Arica limita al Norte con el Perú, al Este con la Provincia de Parinacota, al Sur con la Región de Tarapacá y al Oeste con el Océano Pacífico. Las características geográficas de Arica, junto con la infraestructura vial de la región, convierten al Puerto en un nodo estratégico para los productos generados en el centro oeste sudamericano y que se destinan a un tercer mercado.            

Latitud 18º 28’ 31” S Longitud 18º 28’ 31” S Clima Desértico cálido, con nublados abundantes Temperatura Máxima 22º C Temperatura Mínima 15º C Temperatura Promedio 18º C Vientos dirección Sur Oeste Magnitud Frecuente 13 a 14 nudos NubosidadAbundante y numerosas nieblas (camanchacas) Nubosidad medida en octavos 6,0 a las 8:00 hrs 2,5 a las 14:00 hrs 4,6 a las 20:00 hrs



HISTORIA DEL PUERTO DE ARICA

Empresa Portuaria de Arica inició sus actividades el 30 de abril de 1998 tiene como objetivo administrar, explotar, desarrollar y conservar el Puerto de Arica y sus bienes. Desde un comienzo hasta nuestros día, la historia de Arica se ha centrado y desarrollado en torno al mar y su ubicación geográfica estratégica. La historia se inicia hace más de nueve mil años con una de las culturas más antiguas del mundo, los chinchorros quienes comenzaron la actividad de la ensenada ariqueña, centrándose en la pesca y recolección de los abundantes recursos marinos que posee esta costa. En el siglo XVI Arica comenzó a incorporarse en las cartas de navegación, al realizar los españoles los primeros viajes hacía el sur del Virreinato del Perú. Su privilegiada bahía y abundancia de alimentos y agua, hacen que los viajeros la consideren puerto de recalada obligatorio.

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Curso: Gestión de Importación

Pero el gran salto llega con el descubrimiento en Potosí (Bolivia) de las más grandes y ricas minas de plata del “Nuevo Mundo”, pues Arica se transforma en el puerto natural para la salida del mineral. Tal fue el impacto, que en 1570 la Corona Española le otorga a la Villa San Marcos de Arica el título de ciudad. Esta época de prosperidad también estuvo marcada por la continua llegada de barcos que venían en busca de abastecimiento, incluso el puerto fue visitado por la Armada Real Española y asaltada por los más famosos corsarios y piratas (Drake, Spilbergen, Watlin, entre otros). Cerca de 200 años después, la bonanza del puerto llegó a su fin. Situaciones como el agotamiento del mineral y la creación del Virreinato del Río de la Plata, trasladaron el tránsito y transporte a la ciudad de Buenos Aires (Argentina), perdiendo Arica su prominencia.



DESARROLLO DEL PUERTO COMERCIAL

Tras el término de la Guerra del Pacífico y el Tratado de 1929, Arica se convierte en el puerto de entrada a Chile, por lo que se incentiva su desarrollo comercial. El mejoramiento de la infraestructura portuaria comienza con el llamado “Muelle de Ferrocarril” en 1928, construido principalmente como complemento de las labores ferroviarias que desde 1913 se realizaban de Arica a La Paz. Esta época de progreso tiene su consolidación en los años 50, al fortalecerse el intenso movimiento portuario con políticas públicas trascendentales: la declaración Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

de Arica como “Zona Aduanera Libre” (1953) y la creación de la Junta de Adelanto de la ciudad (1958). Precisamente, esta Junta de Adelanto impulsa el desarrollo de diversas obras de vanguardia en la ciudad. La mayor de estas: la construcción del “Puerto Comercial de Arica”, el cual es inaugurado en 1966, tras seis años de trabajo. A partir de esa fecha se inicia una nueva era en movilización de carga, producto de los volúmenes alcanzados y la condición de territorio trinacional de Arica. 

INFRAESTRUCTURA

El Puerto de Arica es uno de los principales terminales portuarios del Norte de Chile, sirviendo de tránsito de mercaderías desde y hacia Bolivia, entre otros puntos importantes de la Macroregión Andina. 

Frente de Atraque No1



Sitio al Servicio del Perú



Área Sector Norte



Áreas externas de Respaldo



Área Proyecto Inmobiliario



Antepuerto

FRENTE DE ATRAQUE No 1

Los sitios de atraque están ubicados en la parte interior del molo de abrigo y conformados por un muro de cajones de hormigón y de celdas de tablestacas metálicas. Las áreas pavimentadas son 185.445 m2. Las áreas construidas (almacenes y otras dependencias) son 27.048 m2 Los delantales de los pavimentos de los sitios de atraque 3, 4 y 5 fueron reconstruidos el año 2003 y son capaces de resistir la operación de grúas de gran tonelaje. Poseen amplias explanadas que permiten eficiencia en las operaciones de embarque y desembarque. Capacidad de Transferencia: 3.956.000 Toneladas. El año 2005 se realizaron trabajos tendientes a la Reparación del Molo de Abrigo. Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

El Puerto de Arica, construido entre los años 1960 y 1966, junto a la construcción de un nuevo muelle el año 2009, cuenta con obras de abrigo y sitios de embarque y desembarque de carga según se indica en la Figura 1.4. En detalle, las obras de abrigo constan de: 

MOLO DE ABRIGO:

Esta obra es del tipo de rompeolas de escollera, estando constituida por un prisma de enrocados, cuyo núcleo de enrocados de regular tamaño va protegido, por el exterior, por capas de enrocado de tamaño mayor y finalmente por dos capas de tetrápodos. Por su lado exterior, tiene una longitud aproximada de 1.233 metros y tiene en su parte superior un ancho de 12 metros. Sobre esta se fundó un coronamiento de hormigón de 5 metros de ancho basal y 5,90 metros de altura, que alcanza hasta la cota +8,30 metros. Por su parte interior, hacia la poza de abrigo, el relleno está confinado por un muro de cajones de hormigón y de celdas de tablestacas metálicas, conformando los sitios 1-2-3-4-5, (los sitios 4, 5 y 6 fueron refundidos en sitios 4 y 5) respectivamente. 

MOLO DE ABRIGO NORTE:

Consiste también en un prisma de enrocado, de aproximadamente 450 metros de longitud. El núcleo se compone de relleno sin seleccionar. Por la parte interior, el prisma central se encuentra protegido por una capa de rocas. Por la parte exterior, el prisma se encuentra confinado por enrocados, y por celdas de tablestacas metálicas que conforman el sitio al servicio del Perú. En cuanto a los sitios de atraque, el Puerto de Arica consta de cuatro sitios comerciales de atraque, más el correspondiente al servicio del Perú, distribuidos los cuatro primeros en la banda interior del molo de abrigo; el quinto, se encuentra por el lado mar del Molo de Abrigo Norte. La ubicación de cada uno de los sitios comerciales se puede ver en la Figura 1. Un detalle de cada uno de los sitios en cuanto a longitud, calado y operatividad se presenta en el cuadro continuación.

Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Curso: Gestión de Importación

Frente Atraque

de

No 1

No 2

Sitio No

2b

3

4

5

7

Longitud (m)

220

200

260

250

200

Ancho del Delantal (m)

38

23

50

50

24

Año de Construcción

2009

1966

1966

1966

1985

Calado Máximo Permitido

12,4

8,2

9,2

9,7

9,2

Tipo de Estructura

Tablero de hormigón armado sobre pilotes tubulares de acero

Malecón de celdas de tablestacas metálicas

Malecón de celdas de tablestacas metálicas

Malecón de celdas tablestacas metálicas

El sitio 2b está conformado por un tablero de hormigón armado apoyado sobre pilotes tubulares metálicos, hincados en el fondo marino, y su profundidad deberá ser aumentada a 12,5 metros con anterioridad al 31 de Diciembre de 2012. Los sitios 3, 4 y 5 se ubican en un malecón, conformado en base a celdas de tablestacados metálicos. El borde de atraque lo constituye una plataforma de hormigón armado apoyada sobre pilotes de rieles hincados en el relleno de las celdas de tablestacado. El sitio 7, para el servicio del Perú, está construido asimismo con Gaviones en base a celdas de tablestacas de acero.

Perfil Logístico de Importación China a Perú

Página 122

de

Curso: Gestión de Importación

En cuanto a las áreas de almacenamiento, en los siguientes cuadros se incluye un detalle de las superficies existentes:

Cubiertas Cubierta

P

y

Semi

Descubiertas

Almacén No

m2

Sitio No

m2

1

1.972

-

-

2

5.000

2b

43.954

3

5.000

3

20.225

4

2.850

4

6.864

5

2.400

5

3.807

6

2.550

7

14.720

7A

366

Sector Norte EPA

5.000

7B

300

Sector Norte SOMARCO

12.750

7C

200

Sector Norte TPA

27.000

8

300

-

-

Cobertizo Carga Peligrosa (S/C)

340

-

-

Rezago Aduana

366

-

-

9 (Galpones S/C)

3.670

-

-

10

3.142

-

-

erfil Logístico de Importación China a Perú

23 Página 1

Curso: Gestión de Importación

(TEAGM) Bodega Sitio 7 (Perú)

2.000

Somarco

7.600

Totales

38.056

134.320

Áreas de parqueo de camiones

10.650 Mt2

Área norte

6.250 m2

almacenaje Infraestructura Patios Uso contenedores

de

4.400 m2

ALMACÉN N° 1

Carga General en sacos, mineral y trigo a granel

ÁREA DE RESPALDO

Mineral y trigo a granel, Contenedores, sacos



Área 2,000 m2

Pavimentadas

8.312 m2

No Pavimentadas

16.097 m2

SITIO AL SERVICIO DEL PERÚ

En concordancia con el Acta de Ejecución del Tratado de 1929, desde el año 1999 Perú, a través de ENAPU, ejerce la administración del malecón (Sitio 7) de propiedad de Empresa Portuaria Arica. La administración que tiene ENAPU es sobre cargas que tengan como destino el territorio peruano o provengan de él.

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Características Muelle de Atraque Directo Tipo Espigón

Tipo de Construcción

Plataforma y Pilotes de concreto

Largo

433 m

Ancho

61 m



Características Sitio de Atraque

Instalaciones

Profundidad

10 m

Longitud

200 m

Eslora Autorizada

160 m



ÁREA SECTOR NORTE



Sector Pesquero

Muelle Fiscal: Ubicado en el sector este de la poza del puerto, tiene aproximadamente 177 m. de longitud, 16,8 m. de ancho y 4 m. de altura sobre el nivel medio del mar y una profundidad de agua de 3 m. en su cabezo. Está destinado a la operación de faluchos, pesqueras y goletas, abastecimiento de combustible, cambio de redes, entre otras labores. Área Terminal Pescadores Artesanales: Consiste en el sector donde se encuentra la caleta de pescadores artesanales, los módulos de venta de productos del mar y restaurantes. Es un área de uso común, cuyo acceso conecta con la ciudad. El área global de este sector asciende a 13.877m2, siendo en su totalidad tierra sin tratamiento. En su interior se encuentran las parrillas ferroviarias del tren que ingresa al Sitio N°7, además de las vías que ingresan a puerto desde el sector norte. Actualmente, esta área presenta un tercio del terreno arrendado a pequeños y medianos empresarios, pero mantiene gran parte disponible para el desarrollo de nuevos negocios que otorguen mayor competitividad al Terminal portuario.

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ÁREAS EXTERNAS DE RESPALDO

Terreno ubicado en el Parque Industrial Puerta América, consistente en 214.000 m2, cercado en todo su perímetro. Posee puntos de conexión en su interior con los servicios básicos como Energía Eléctrica, Agua Potable y Alcantarillado. Su acceso se encuentra conectado con la Ruta 11 CH hacia Bolivia y la red de ferrocarril Arica - La Paz.



ANTEPUERTO

La Empresa Portuaria Arica está comprometida con sus clientes, es que inicio hace algunos años el desarrollo del proyecto Antepuerto, un recinto que permitirá mejorar las condiciones de los transportistas que trasladan cargas hacia el terminal. El Antepuerto, ubicado a 11 kilómetros del puerto, en el Valle de Lluta, significó una inversión de 3,2 millones de dólares, permitiendo que los transportistas cuenten con una infraestructura adecuada a la espera de su ingreso a puerto. El Antepuerto, tiene como propósito planificar y regular el flujo y tránsito hacia el puerto, cuenta con una superficie pavimentada de 4 hectáreas, una capacidad instantánea para 216 de camiones, un sistema de vigilancia y seguridad con apoyo de cámaras de monitoreo, oficinas para trámites administrativos y planificación logística. La planificación en el flujo del transporte con destino al puerto permitirá disminuir en forma importante las externalidades negativas, disminuyendo la congestión en el acceso al terminal. Los camiones deben ingresar al antepuerto y permanecer en él hasta que el concesionario Terminal Puerto Arica, los planifique para realizar las operaciones de descarga al interior del puerto. El Puerto de Arica realiza día a día importantes esfuerzos para cumplir con todas las normas medioambientales, reducir la congestión vehicular y acercarse a la comunidad ariqueña, convirtiéndose en el Puerto líder de la Macro Región Andina.

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Cuenta con baterías higiénicas, sector de descanso, sala de capacitación, transporte gratuito al centro de la ciudad y sala de tramitación.



CUADROS DE DISTANCIAS, PUERTO ARICA Y SU CONECTIVIDAD

La ruta principal es la Carretera Panamericana, Ruta Nº5 que atraviesa la XV Región de sur al norte, uniendo al país con Perú al Norte. Una de las principales rutas de conexión del Puerto de Arica es la Ruta 11 CH Arica – Tambo Quemado, que atraviesa toda la región hasta el límite con Bolivia, conectando directamente con La Paz. Esta es la carretera utilizada por los camiones que trasladan la mercadería proveniente desde Bolivia, el principal mercado del Puerto de Arica. En cuanto a las rutas ferroviarias, se está trabajando en la rehabilitación del Ferrocarril Arica – La Paz, que cuando reinicie sus funciones – aproximadamente el año 2012-, significará un importante instrumento de desarrollo turístico y comercial entre Arica y Bolivia.



CONEXIONES TERRESTRES Y FERROVIARIAS

Vías de conexiones con Bolivia Terrestre

Ferroviaria

Arica – Charaña

205 Km

Arica - Charaña

207 Km

Arica - Tambo Quemado

232 Km

Arica - La Paz

487 Km

Arica - La Paz

510 Km

Arica -Oruro

628 Km

Arica – Oruro

466 Km

Arica - Cochabamba

874 Km

Arica – Cochabamba

671 Km

Arica - Santa Cruz

1.171 Km

Vías de conexiones con Perú Terrestre Arica – Tacna

Ferroviaria 45 Km

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Arica - Tacna

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Vías de conexiones con Bolivia Terrestre

Ferroviaria

Arica – Ilo

209 Km

Arica – Matarani

436 Km

Arica – Callao

1.343 Km

Vías de conexiones con Chile Arica - Iquique

307 Km

Arica - Antofagasta

708 Km

Arica - Mejillones

766 Km

Arica - Santiago

2.75

6. Datos de la Infraestructura: capacidad, condiciones climatológicas, datos geográficos, etc.

7. Identificar Instituciones relacionadas con la actividad Principales Instituciones Involucradas con Comercio Exterior en China Ministerio de Comercio de China Agencia Nacional de Estadísticas de China Aduanas de China Consejo Chino para la Promoción de Comercio Internacional (CCPIT) – Cámara de Comercio Internacional de China División de Pesquería – Ministerio de Agricultura (CNFM) Cámara de Comercio de China para la Importación y Exportación de Alimentos, Vegetales Nativos y Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Derivados Animales (CFNA) Administración de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (AQSIQ) Cámara de Comercio China para la Importación y Exportación de Textiles (CCCT) Asociación China de Comercio Comercialización y Suministro de

de

Fruta

(CFMA)



Cooperativa

de

China / La Federación Única de Cooperativas de Suministro y Comercialización de China Asociación China de Distribución de Madera (CTDA) 8. Conectividad Start Point:MACAU, Macao Target Point:RADA DE ARICA, Chile Distance (nm):16001 Speed (knots):21 Time in : 31d 17h 58m

9. Frecuencia, días de tránsito, compañías terrestres que brinda el servicio.

EMPRESA DE TRASPORTE DE CARGA

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Versión - China La República Popular de China es un punto de enfoque clave para la organización Collyer. China es el socio comercial más grande del mundo y en 2003 manejó más del 50% del volumen mundial total de contenedores enviados a la Tierra. Se ha convertido en la potencia mundial y tiene pronósticos de crecimiento que se espera que continúen en auge en los próximos años. Con oficinas propias enDalian, Guangzhou, Ningbo, Qingdao, Shanghai, Shenzhen, Tianjin, Xiameny nuestra oficina central enHong Kong, Collyer Group está bien posicionado como su socio de elección en esta economía apasionante. Collyer Logistics tiene su propio socio de Joint Venture en China, que ofrece un paquete completo de servicios logísticos en transporte terrestre, marítimo y aéreo. Además, nuestra creciente presencia en el río Jiangtse y Pearl River Deltas, con oficinas en Nanjing, y Wuhan, Chongqing, Guangzhou y Zhuhai, significa que la cobertura logística general de Collyer Logistics se extiende cada día. china Una introducción al Collyer Logistics Group (Puede descargar la presentación completa aquí. Collyer Logistics es un grupo integrado de compañías que ofrece Global Logistics Services. Collyer tiene sus propias oficinas y compañías en Hong Kong, China continental, Alemania además de Joint Venture y compañías hermanas en Singapur, Indonesia, Malasia y Tailandia. The Collyer Group es compatible con una red global de más de 300 socios activos. En Collyer, nuestro lema es "El cliente primero". Nos enorgullecemos de poder ofrecer el mejor servicio de seguimiento y gestión de envíos. Para lograr esto, hemos invertido en nuestra propia gente que trabaja en nuestras oficinas de coordinación clave en Asia. La "Experiencia Collyer" dejará a un cliente con pleno conocimiento de la ubicación de su envío en todo momento. En China tenemos una licencia completa y estamos vinculados con equipos dedicados de profesionales de la industria en diferentes ciudades. Los servicios ofrecidos incluyen: Actuamos como tus Ojos y Oídos en China.       

E-Booking a través del sitio web de Collyer Gestión de órdenes de compra y seguimiento de envíos en línea. Informes a medida según las necesidades de su sistema o proceso. Consolidación multi-fábrica asegurando un envío rentable y oportuno. Hitos de información del proceso "en vivo" a través de actualizaciones de envío basadas en la web. Ofrecemos una solución completa de Supply Chain Management. Todos los modos de transporte, incluidos mar, aire, carretera y ferrocarril.

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Trasporte marítimo Seafreight Collyer Logistics ofrece un paquete completo de servicios puerta a puerta de transporte marítimo de mercancías. Incluimos el despacho de aduana, la recolección de carga y el relleno de contenedores, FCL y LCL, DDP o DDU, todos respaldados por nuestro exhaustivoconocimiento de embarque detransporte. Ofrecemos despacho de aduanas y documentación con la consolidación de Air a / desde las principales ciudades de todo el mundo. Si tiene alguna consulta sobre mar en Hong Kong y China, contáctese con cualquiera de nuestro personal profesional en el panel de la red a la derecha deChina.

10. Costo de envió. 10.1.

Balanza Comercial entre Perú y China

Balanza comercial: Perú registró en octubre superávit de US$ 275 millones De acuerdo a datos del BCR, la balanza comercial logró un superávit por cuarto mes consecutivo. En el acumulado entre enero y octubre también se consiguió un superávit de US$ 216 millones.

En octubre del 2016, la balanza comercial registró un superávit de US$ 275 millones, mejorando en US$ 303 millones respecto al déficit de octubre de 2015, informó el Banco Central de Reserva (BCR).

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El ente emisor explicó que este resultado, se debió al aumento en el volumen y precio de las exportaciones en 10.6% y 1.3%, respectivamente. Agregó, que lo alcanzado en octubre, la balanza comercial acumuló un superávit de US$ 126 millones en los diez primeros meses del año.

"Las exportaciones aumentaron US$ 372 millones (12.1%) respecto a octubre de 2015, por mayores ventas de productos tradicionales en US$ 359 millones (16.9%), principalmente cobre, zinc y café", detalló el BCR. Respecto a las exportaciones de productos no tradicionales, indicó que estas subieron US$ 10 millones (1%) en octubre de este año en comparación al 2015, por mayores envíos de productos agropecuarios (arándanos, alimento para camarones y alcachofas en conserva) y pesqueros (pota congelada, en conserva y conchas de abanico).

Mientras que las importaciones crecieron US$ 70 millones (2.2%), principalmente por mayores compras de insumos.

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10.2.

Partidas Importadas de China

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De las empresas exportadoras peruanas se puede observar que hay un gran número de empresas que han registrado ventas superiores a los 10 millones de dólares, y si Analizamos la tendencia podemos ver que esto ha sido constante en los últimos años. Se puede apreciar también que la mayoría de empresas peruanas que exportan a China se concentran en el rango de pequeña y micro empresas (exportan menos de US$ 1 millón), las cuales aumentaron significativamente en los últimos años su valor de exportación. Finalmente, cabe resaltar que a pesar del aumento de microempresas en el país, estas hasta ahora no han podido ocupar un valor significante en el total exportado.

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10.3.

Costos logísticos de Importación en Términos CIF

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10.4. Proceso de Importación desde China a Perú considerando los operadores logísticos PROCEDIMIENTOS DE IMPORTACION DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS DESDE CHINA PUERTO DE MACAO Se importara de CHINA puerto de MACAO dos contenedores de 20´ y 40´ pies conteniendo máquinas tragamonedas llegada será al puerto de Arica y desde el puerto será traslada vía terrestre a los almacenes de ZOFRA TACNA, para esta importación tenemos el siguiente procedimiento. 

Se realiza una búsqueda del proveedor, en el mercado de china quien cumpla todos los requisitos necesarios para ser nuestra importación y elegimos a EAST MACAU LIMITADA

Descripción de la EAST MACAULIMITADA Chris reside en Macao y con más de 15 años en la industria del juego Chris estableció 113 East en 2007. Tiene numerosas relaciones con la industria y capta la necesidad de asesorar, guiar y ayudar a los proveedores en el mercado asiático a obtener más oportunidades en Asia y ayudar a sus negocios para prosperar. 113 East es una empresa asiática que ofrece con éxito una gestión comercial de estilo occidental con una amplia experiencia en juegos asiáticos para ofrecer a los clientes un socio que comprende los requisitos de "Asian Gaming" y los objetivos de "Western Businesses". Nuestro equipo tiene 20 años de experiencia en la industria del juego. Nuestra administración y nuestro personal dentro de 113 East respaldan diversos requisitos de ventas, operativos y de relación. 113 East está contratada por Transcity Asia para todo el soporte técnico y de servicio. Trabajando como un equipo sólido y capacitado, nos aseguramos de que nuestros socios de todo el mundo, en particular, Asia, tengan la mejor oportunidad de hacer de sus negocios un éxito en Asia. East es el distribuidor y socio comercial en Asia para Slots Diseñado para ganar 

Una vez elegido nuestro proveedor realizamos el depósito correspondiente por el banco INTERBANK

¿QUÉ ME OFRECE? 

Realiza tus transferencias al exterior de manera rápida y segura Más rápido y fácil



Haz tus transferencias a través de Banca Por Internet para Empresas o red de Tiendas



Diversas monedas



Transfiere montos en dólares, euros, libras esterlinas, francos suizos, yenes y más

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Información siempre disponible



Consulta tus mensajes SWIFT en cualquier momento desde nuestra web



Comodidad



Envía dinero al exterior con cargo a tus cuentas Interbank



Realiza seguimiento



Controla tus transferencias a través de Banca Por Internet para Empresas



Gran cobertura



Goza de una amplia red de bancos corresponsales en todo el mundo

¿CÓMO LA PIDO? Requisitos 

Tener una Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorro activa en Interbank.



Deberás solicitar a tu cliente (beneficiario) los siguientes datos:



Datos del beneficiario



Nombre / Razón social



Tipo y número de documento de identidad



Dirección



Número de cuenta



Datos del banco del beneficiario



Nombre



Código del banco: SWIFT, ABA, o IBAN, entre otros



Ciudad/Estado



País

Canales de atención 

Puedes solicitar este producto a través de tu Ejecutivo de Negocios.



Realiza tus transferencias a través de Banca por Internet para Empresas.



Puedes enviar una carta de instrucción a nuestros Soportes.



También puedes realizarlas en nuestras Tiendas Interbank a nivel nacional (excepto tiendas ubicadas dentro de supermercados).

TENGO DUDAS Perfil Logístico de Importación China a Perú

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Preguntas Frecuentes ¿Cuánto tiempo tarda en llegar una transferencia a su destino? El tiempo depende del país que se tenga como destino. Las transferencias enviadas a Estados Unidos se hacen efectivas dentro de las 24 horas de realizada la operación. Las transferencias enviadas a otros países se hacen efectivas en un plazo de alrededor de 48 horas. ¿Es obligatorio proporcionar los datos de algún banco intermediario para realizar la operación? No, no es necesario. Interbank dirigirá la transferencia de manera óptima para que los fondos lleguen al banco del beneficiario. ¿Por qué en algunos casos el beneficiario recibe menos fondos de los que envié originalmente?

Es común que los bancos intermediarios y/o bancos destino que participan en una transferencia internacional cobren comisiones por recepción y envío de pagos. ¿Es necesario indicar un correo electrónico para la confirmación de abono en la solicitud de transferencia al exterior? No, no es necesario, pero sí recomendable indicar un correo electrónico en la solicitud de transferencia o a través de la web para empresas. Interbank enviará una copia del mensaje SWIFT que emite al banco del exterior. ¿Cuáles son los códigos de identificación bancaria en el exterior? 

SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication): es un código alfanumérico de 8 u 11 caracteres que identifican a los bancos.



ABA (American Banking Association / Fedwire Routing Number): es un código numérico, que consta de 9 dígitos, de uso exclusivo para transferencias a bancos dentro de los Estados Unidos.



IBAN (International Bank Account Number): es un código alfanumérico, que consta de un máximo de 34 caracteres, de uso exclusivo para los bancos ubicados en la comunidad Europea.

TE ASESORAMOS 

Ejecutivo de Negocios



Si tienes alguna duda o consulta, puedes comunicarte con tu Ejecutivo de Negocios.



Banca Telefónica Comercial

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Contáctate con nuestros asesores llamando al 311-9001 (Lima) o 080100801 (Provincias).

DOCUMENTACIÓN

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Beneficios 

Podrás utilizar nuestro módulo de consultas de transferencias para saber el estado de tus operaciones enviadas.



Contamos con una amplia red de Bancos Corresponsales que respaldan tus operaciones.



Una vez realizado el depósito se procede a preparar el envió de la mercancía.

Nuestro agente se contactó con Candy Tong en Macau y le confirmó que este embarque es en términos EXW y no FOB. Se hacen las coordinaciones; se considera que esta carga hay que recogerla en un FEEDER(Un alimentador, es un soporte de alimentación, como un soporte fijo o una tolva montada en un remolque, que suministra alimento o forraje para ganado, ovejas, caballos y otro ganado.) y luego llevarla al puerto de embarque. 

Nos envían el cuadro de gastos a realizarse por la merancia

GASTOS

20'

40'

CARGOS DE TRASPORTE

$230

$ 250

Despacho de adunas de macao

$85

Cargo de manejo de macao

$ 60

Impuesto documentacion Cargos de THC

de

la $ 70 $275

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Detalle de los gastos a realizar: Cargos del trasporte.- Persona que traslada efectivamente las mercancías o que tienen el mando del transporte o de la responsabilidad de éste. Despacho de aduanas.- Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros. Cargo de manejo.- Monto que resulta de la revisión de los documentos con los que se tramitó el despacho de las mercancías o de los presentados por los transportistas. Impuesto de la documentación.- El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público, que se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaría (acreedor tributario)que en este caso se paga por los tramites documentarios. Cargos THC.- Terminal Handling Charges(Terminal gastos de manejo). Son los gastos derivados de las manipulaciones de las mercancías en los Puertos de origen y destino. El THC es fijado en la moneda local del país en el que se manipula la carga. Su importe suele variar en función del puerto en el que se opera y en función del tipo de tráfico. 

Entrega.

Todas estas operaciones son efectuadas por las compañías estibadoras (o collas o terminales) establecidas en los Puertos de salida y de llegada de las mercancías. El Terminal Handling no debe englobar conceptos ya facturados en las Tarifas Empresarias Máximas de Manipulación de Mercancías y, si las incluye, su valor no debe ser superior a los máximos autorizados. En cualquier caso, se hacen las siguientes recomendaciones: o Antes de contratar el transporte, exija que le informen si existe el T.H.C. y qué conceptos engloba, ya que la naturaleza del mismo puede ser vaga. o Acote los conceptos que conformarán el T.H.C. o Compruebe que no se le facture dos veces el mismo concepto. o Compruebe que realmente ha recibido los servicios que le han dicho que engloba el T.H.C. y rechace el pago de aquellos servicios que no ha usado. Evite los automatismos o rutinas.

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La carga viene consignada a la siguiente empresa:



MANUFACTURAS Y DESCENTRALIZADOS SAC



CAR. PANAMERICANA SUR KM 1303 MZA. Q LOTE 89 (LOTES 8,9 Y 10) ZONA FRANCA DE TACNA PERU



RUC 20325851598



ATT: ESAU GUILLERMO



Se entregan los documentos al agente de aduanas de china para la revisión respectiva (BL,FACTURA Y PACKING LIST)



Los contenedores zarparon de Macao el 29/10

Start Point:MACAU, Macao Target Point:RADA DE ARICA, Chile Distance (nm):16001 Speed (knots):21 Time in : 31d 17h 58m



Llega al puerto de Arica 1 de diciembre 2 contendores a Chile y de ahí a Tacna. Con la documentación con la que salió desde MACAO.



Para el traslado de los contenedores a zona franca de Tacna hay que realizar un trámite en Arica que se llama “Apertura de Manifiesto” que se debe de

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realizar 3 a 5 días antes del arribo de la carga, se habla su agente de aduana y ver la manera si ellos lo puedan hacer pero me indico que eso lo debe de hacer la agencia de carga con quien están viniendo los contenedores y nuestro agente TANGO LOGISTICA por realizar ese Tramite tiene un costo de USD 150 por embarque lo cual se le estaría facturando. 

Se solicita el HBL para embarque, el primero con el detalle por contenedor y el segundo la descripción y el comentario MERCANCIA EN TRANSITO A ZONA FRANCA.



Gastos de despacho de puerto de arica a ZOFRA TACNA

HONORARIOS AG. AD. US$ 160,00 GASTOS DESPACHO

$ 80,00

FLETE CARRETERO

$ 900,00

GATE IN

$ 240,00

PZA.SEGURO

$ 440,00

CARGUIO CONTENEDOR

$ 160,00

LIMPIEZA CONT.VACIO

$ 100,00

===================================== TOTAL DESPACHO 

$2.080,00

Los contenedores llegan a ZOFRA TACNA se hace una exportación de puerto de Arica a la ZONA FRANCA de la ciudad de TACNA para el ingreso se solicita las MIC Y DI, se detalla los siguientes gastos realizados por la descarga de los contenedores en ZOFRA TACNA.

CONCEPTO

IMPORTE

Descarga de CTNE 40'

450.00

Descarga de CTNE 20'

300.00

Alquiler de MONTACARGA con Operario POR 2 HORAS

240.00

BALANZA Zofra Tacna

48.00

Movilidad para Recojo de Efectivo en Sala Tacna

20.00

TOTAL

1058.00



Las máquinas tragamonedas quedan almacenadas en los almacenes de ZOFRA TACNA

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11. Conclusiones – Recomendaciones Por medio de este trabajo pudimos estudiar los elementos conceptuales de importación y exportación simplificadas, las características que la componen, que bienes están permitidos para estos casos, restricciones y dis importante señalar que estas operaciones aduaneras se crearon con el fin de integrar adecuadamente la economía de los países, buscando una mejor utilización de los recursos y una mayor agilidad al momento de realizar una importación o a exportación para determinados artículos. Por medio de estas disposiciones aduaneras, los productores pueden dar a conocer sus artículos a potenciales clientes, exportaciones simplificadas permiten a las personas conocer y adquirir productos que tal vez en su país no producen, o productos de una mayor calidad o quizás más baratos; de allí la importancia de ser eficientes en los diferentes eslabones de la empresa y de la industria, para ingresar al mercado excelentes productos y que sean efectivo tránsito de la mercancía entre los países, es una de las estrategias que se convierte en un medio seguro de avanzar en este contexto de importaciones y exportaciones; es de suma importancia que los países implicados en estas transacciones hablen el mismo idioma por decirlo así, que cumplan a cabalidad todos los requisitos exigidos, para que las mercancías pasen los puestos de control sin ningún contratiempo que llegado el caso conllevan a una serie de pérdidas para ambas partes. 12. Bibliografía.(Considerando normas APA)

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13. ANEXOS:

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14. Documentos de Importación

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