III. Homicidio Calificado

Derecho Penal II. Sesión III M.A. Héctor Oswaldo Samayoa Sosa Inducción o ayuda al suicidio “Art. 128… Quien indujere

Views 76 Downloads 0 File size 592KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Derecho Penal II. Sesión III M.A. Héctor Oswaldo Samayoa Sosa

Inducción o ayuda al suicidio “Art. 128… Quien indujere a otro al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo, si ocurriere la muerte…Si el suicidio no ocurre, pero su intento produce lesiones…” Tipicidad

Resultado muerte.

Inducción Ayuda o cooperación. Intento que produce lesiones.

Resultado es distinto a la muerte.

es

la

Inducción o ayuda al suicidio De no producirse la muerte las conductas quedan impunes. A no ser que provoquen lesiones. Parece no caber la posibilidad de tentativa.

Inducción o ayuda al suicidio Inducción

-Bien jurídico la vida -El medio de comisión consiste en inducir a que otra persona se prive a si misma de la vida. -Supuesto necesario es que el suicida lo ha decidido derivado de la inducción eficaz. -Sujetos activos y pasivos pueden ser cualquier persona. -Resultado debe ser la muerte.

“…La voluntad de darse muerte debe ser libre y consciente. Si el suicida es incapaz de auto determinarse se convierte en un instrumento del inductor, quien tendría el dominio del hecho, volviéndose un homicidio…” …El suicida tiene que tener siempre el dominio del hecho…

Inducción o ayuda al suicidio Prestar ayuda Al hacer referencia al prestar ayuda: ¿hace referencia a una cooperación? Artículo 36. CP … “3º Quienes cooperan a la realización del delito, ya sea con su preparación… con un acto sin el cual no se hubiere podido cometer.”

-Medio de comisión es mediante actos necesarios e idóneos. -Supuesto necesario es que el suicida utiliza esos actos necesarios e idóneos.

Inducción o ayuda al suicidio. Elemento subjetivo. En ambos casos es dolosa. B tiene la obligación de cuidar de C quien esta deprimido y tiene tendencia suicida. B es el padre de C. El lunes mientras B dormía C decide tomarse una botella de cloro y muere.

Infanticidio Art. 129. “…La madre que impulsada por motivos íntimamente ligados a su estado, que le produzcan indudable alteración síquica, matare a su hijo durante su nacimiento o antes de que haya cumplido tres días…” Art. 23. código penal numeral 2º.

Infanticidio -Sujeto activo es determinado: la madre. -Elemento necesario: “…desde el momento en que el parto empieza… toda conducta anterior sería aborto…” -Elemento normativo temporal: tres días.

Elemento subjetivo se ve alterado por la condición síquica exigida.

Suposición de Muerte Art. 130 “…quien maliciosamente se hiciere pasar por muerto o conociendo la existencia de proceso instruido con ocasión o motivo de su fallecimiento, no se manifestare…” Bien jurídico ¿vida? Sujeto activo ¿el que se hace el muerto? Sujeto pasivo ¿el que se hace el muerto? Elemento subjetivo es doloso.

El código penal regula como Homicidios Calificados del artículo 131 al 132 bis. Art. 131 Parricidio. Art. 132 Asesinato. Art. 133 Ejecución extrajudicial.

Sector doctrina propugna por que son tipos penales autónomos: En esencia por su que sus circunstancias no son agravantes del Homicidio, sino, son elementos típicos distintos. En el parricidio, asesinato y ejecución extrajudicial no cabe la comisión por imprudencia.

Parricidio A mata a B, sin conocer que B era su hijo. Sería un delito de homicidio y no de parricidio ¿por qué? Filiación legal Filiación natural.

Parricidio A mata a B, sabiendo que B es su hermano. Sería un delito de homicidio y no de parricidio ¿por qué? Consanguíneo colateral

Parricidio Elemento subjetivo es doloso. -debe conocerse el vínculo y siendo así tiene la voluntad de ejecutar el acto que tiene como resultado la muerte.