Homicidio y Parricidio Antecedentes

Homicidio (Antecedentes históricos) ANTECEDENTES GENERALES Se ha dicho que el homicidio es tan antiguo como la humanidad

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Homicidio (Antecedentes históricos) ANTECEDENTES GENERALES Se ha dicho que el homicidio es tan antiguo como la humanidad. Algunos autores han considerado que desde que el hombre empezó a vivir en conjunto, surgió el crimen, porque el ser humano, en si mismo es una fusión de ideas y sentimientos positivos y negativos. Ejemplo: La generosidad y el Egoísmo El delito de homicidio en el transcurso de la historia, ha sido severamente castigado ya que atenta contra la vida, siendo este el valor o bien más preciado que tiene el hombre. En el antiguo oriente, principalmente Grecia, Babilonia y Hebreos, a la persona que efectuaba un homicidio, se le imponía la Ley del Talion: “vida por vida, ojo por ojo, diente por diente” En el Derecho romano primitivo, se estimo al homicidio como un sacrilegio, castigándolo con la expiación religiosa la Ley Numa, ya hacía referencia al homicidio, castigándolo con la pena de muerte, sanción que solo era para el homicida de un hombre libre y ciudadano. Ya en el tiempo de la Ley de las doce tablas, existieron jueces especiales para los procesos de homicidio a quienes se les denominaba quaestores parricidi. La Ley cornelia delego a un jurado presidido por Magistrados denominados Quaestiones el conocimiento y el castigo de este delito. En la edad media, con el derecho germánico prevaleció la tendencia de castigar el homicidio con penas privadas. Al surgir el derecho canónico, apoyado en el Derecho Romano se hizo la distinción entre el homicidio culposo y el homicidio doloso, dividiéndose este a su vez en homicidio calificado y simple, castigándose con pena pecuniaria al homicidio simple y con pena de muerte al homicidio calificado HISTORIA NACIONAL En nuestro país, en el periodo prehispánico, el homicidio se castigaba con la pena de muerte. En esta época el derecho establecía que los individuos no estaban facultados para hacerse justicia por si mismos, porque esto equivalía a usurpar la jurisdicción del Rey. Cabe advertir que la organización judicial era por tribunales encargados de administrar Justicia, existía uno en cada reino de la triple alianza

En la época colonial se impusieron las legislaciones de España, aquí ya se preocupaba más el legislador por saber la intención del agente (si existía la voluntad o no). Código de 1871 Por primera vez se divide al homicidio en simple y calificado. Código de 1929 Al igual que el Código de 1871 consideró el homicidio simple y calificativo, incluyendo también en homicidio causal, el cual no es sancionado por éste. Código de 1931 Aquí se fusiono el delito de homicidio en un solo capítulo, eliminándose los capítulos relativos al homicidio simple y calificado. Haciendo referencia únicamente al homicidio simple en un artículo.

Parricidio (Antecedentes históricos) Parricidio: encontrado en un versículo de la biblia en el libro escrito a Timoteo por Pablo dándole cartas de exhortación a él y al pueblo de Dios en esos tiempos. Ha sido especialmente perseguido y considerado uno de los más execrables crímenes, si bien en la Roma Antigua, la potestad del padre sobre la familia alcanzaba tal grado que durante ciertos periodos de tiempo el castigo que se infligía al padre parricida era menor que el de otros delitos menos graves. Sin embargo, a lo largo de la historia han sido frecuentes los casos de príncipes que mataban a sus padres para heredar sus reinos. La tradición judeo-cristiana se ha basado en la historia del sacrificio de Isaac (la prueba de la fe de Abraham) para afirmar que su Dios desaprueba expresamente el parricidio. Legislaciones: 



Argentina: tratado por el artículo 80 del Código Penal. Colombia: Tipificado como agravante punitivo del homicidio en el artículo 104 de la ley 599 del 2000, en su numeral 1, modificado por la ley 1257 de 2008, articulo 26. Ecuador: tratado por el artículo 452 del Código Penal.



Perú: tratado por el artículo 107 del Código Penal.



República Dominicana: tratado por el artículo 323 del Código Penal.



Venezuela: tratado por el artículo 406 del Código Penal, en su ordinal 3°, literal "a".