Historia Del Derecho Mexicano

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ÍNDICE DE CONTENIDO Presentación Prólogo Introducción GENERALIDADES Concepto de historia del Derecho mexicano Concepto de historia Concepto de Derecho Concepto de mexicano El hecho histórico-jurídico Características Origen de la asignatura El Derecho como constante histórica La escuela histórica del Derecho Evolución de la historia del Derecho Método Concepto de método Métodos generales Métodos particulares Utilidad y características de la asignatura Criterios que establecen la utilidad de la asignatura en la formación del licenciado en Derecho Limitaciones de la investigación histórico-jurídica Fuentes históricas del Derecho Concepto de fuentes históricas del Derecho Clasificación de las fuentes históricas del Derecho Marco cronológico Cronología de la historia de México Cronología de la historia del Derecho mexicano Relatividad territorial EL DERECHO PREHISPÁNICO Justificación del tema Limitaciones y cronología Distribución geográfica de los pueblos prehispánicos de México Importancia de la agricultura en el desarrollo de los pueblos prehispánicos Derecho olmeca Importancia del arte olmeca

Economía Otros aspectos de la cultura olmeca Derecho teotihuacano Derecho maya-quiché Cronología Fuentes Organización política Organización social Estructura económica Derecho penal Derecho familiar Derecho mexica, azteca o tenochca Origen y peregrinación Etapas históricas Fuentes Organización política Los tlatoanis El calpulli Organización social Organización económica Instituciones militares La tenencia de la tierra Estructura judicial Derecho procesal Derecho penal Derecho fiscal Derecho familiar y educación El mundo prehispánico en vísperas de la conquista

PRÓLOGO La enseñanza de la Historia del Derecho mexicano cuenta con una larga tradición en nuestra Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, donde su rango ha transitado de materia optativa a obligatoria al consolidarse el reconocimiento de su trascendencia en la formación del abogado. Sin embargo, el acervo bibliográfico especializado, además de ser reducido no se ha adecuado lo suficiente a las exigencias académicas que plantean los planes de estudio adoptados en la última década del siglo xx, incluida nuestra máxima casa de estudios. Por ello resulta sumamente significativa la presentación de este libro, fruto de la amplia experiencia académica del doctor Marco Antonio Pérez De los Reyes, catedrático de las Facultades y Escuelas de Derecho de las Universidades Nacional Autónoma de México, Autónoma de Nayarit, La Salle e Iberoamericana. A lo largo de sus 28 años de vida académica, el autor ha impartido Historia de Derecho mexicano, Historia universal del Derecho, Derecho romano, Derecho electoral y Sociología. Evidentemente, esta amplia conjunción de áreas afines del conocimiento jurídico es un factor que explica en parte la perspectiva completa e integral que sobre esta especialidad nos ofrece el magnífico trabajo que el lector tiene en sus manos. Esta obra está integrada por ocho capítulos. El primero de ellos, titulado Generalidades, analiza el concepto de historia del Derecho, narra la trayectoria que esta asignatura ha tenido en la Facultad de Derecho, y termina con un estudio de los diferentes métodos que son empleados para el desarrollo de la investigación histórico-jurídica. El capítulo 2 ubica al lector en el poco explorado campo del Derecho prehispánico, y en él Pérez De los Reyes ofrece un estudio detallado de los sistemas jurídicos producidos por las naciones olmeca, maya y azteca, así como de la organización política, social y económica que influyó en el desarrollo de tal riqueza legal. El estudio del Derecho castellano se desarrolla en el capítulo 3, en donde se analiza la evolución del reino de Castilla y del Derecho castellano, sin dejar de comentar la importante obra de Alfonso X el Sabio, y la formación de las universidades en la Edad Media. El Derecho indiano es tratado en el capítulo 4, cuyo contenido incluye las fuentes que sirvieron para la creación de aquél, la organización gubernamental de la época, la estructura económica, social y religiosa de las Indias y el importante tema del régimen de propiedad. A continuación, en el capítulo 5 el autor trata con claridad sistemática, el tema del Derecho insurgente, además de comentar las causas de la Guerra de Independencia, hasta la consumación de la misma, y de resaltar las aportaciones jurídico-políticas del movimiento encabezado por José María Morelos y Pavón. El capítulo 6 analiza el Derecho del México independiente, a partir de una concisa cronología de los dos imperios mexicanos, y de la República, en sus diversas manifestaciones políticas, amén de tratar las constituciones promulgadas de 1824 a 1857, así como las relaciones Estado-Iglesia, un tema interesante y controvertido aun en nuestros días. El Derecho porfirista es desarrollado en el capítulo 7, en el que se tratan tanto la rebelión de La Noria como la de Tuxtepec-Palo Blanco, la obra gubernamental y jurídica del porfirismo, así como los aspectos socia-les, políticos, económicos y culturales de la época.

El último apartado está dedicado al Derecho revolucionario, y ofrece un fecundo tratamiento de la problemática prerrevolucionaria, así como de los movimientos revolucionarios de Madero y Zapata, entre otros, hasta concluir con el Congreso Constituyente de 1916 y 1917 que nos legó la Carta Magna vigente. En el contenido de este capítulo destaca el cuadro comparativo de los gobiernos posrevolucionarios, ya que presenta una panorámica sistematizada de nuestra historia reciente. Como es natural, la obra está sustentada en una amplia bibliografía que reafirma la autoridad de sus contenidos, al mismo tiempo que guía al lector que desee acceder a fuentes de referencia adicionales. Así, podemos afirmar que el lector tiene en sus manos una excelente obra académica orientada especialmente a los estudiosos del Derecho. Por ello, la comunidad jurídica mexicana se congratula por recibir del doctor Pérez De los Reyes una obra de excelencia que enriquece notablemente nuestro patrimonio cultural y académico, de manera que le expresamos una merecida felicitación, así como nuestro agradecimiento por beneficiarnos con nuevos frutos de su enseñanza magistral. INTRODUCCIÓN El Derecho, considerado como ciencia, exige el conocimiento de los aspectos positivos de los distintos sistemas jurídicos nacionales e internacionales, pero también el análisis de sus raíces históricas, que a veces son muy profundas e implican una postura determinada respecto a la resolución de los casos concretos litigiosos que se presentan en la actualidad. Todo estudioso del orden jurídico se ve en la necesidad de hacer referencias frecuentes a los orígenes de las instituciones que configuran el panorama del Derecho. Por esta razón, para los académicos, tanto docentes como investigadores, y desde luego para los estudiantes de Derecho, resulta de primordial importancia adentrarse en el conocimiento histórico-jurídico. Esta obra procura allegar a los juristas y a los estudiantes los aspectos más destacados de la historia jurídica nacional, que tiene un contenido muy rico, configurado por una amalgama de sistemas jurídicos originados ven diversas culturas de América y del Viejo Mundo. No debe olvidarse que Historia del Derecho mexicano es una asignatura que tiene presencia en nuestros medios académicos desde el siglo xix, si bien con otras denominaciones, como es el caso de Historia del Derecho patrio, que ya se impartía en dos cursos anuales en la antigua Escuela de Jurisprudencia, y en los que se analizaban no sólo aspectos netamente histórico-jurídicos, sino también constitucionales, canónicos, etc. Actualmente es materia obligatoria en los planes de estudio de casi todas las escuelas de Derecho públicas y privadas del país; por cierto, en la Facultad de Derecho de la UNAM hasta fechas muy recientes, con la profunda reforma planteada por la administración del doctor Máximo Carvajal Contreras, la asignatura que había sido optativa se elevó a la calidad de obligatoria en el segundo semestre de la licenciatura. Debe tomarse en cuenta que también en casi todos los planes de estudio de maestrías y doctorados en Derecho encontramos esta disciplina, si bien con contenidos académicos de diversa profundidad y especialización. A pesar de ello, la bibliografía dedicada a esta materia estuvo reducida por casi tres décadas a la obra de Guillermo Floris Margadant, que representó un magnífico intento de síntesis, con el dinamismo y la erudición que caracterizaron al inolvidable maestro. En fechas relativamente cercanas se han publicado algunos libros como los de José Luis Soberanes, Ariel Rojas Caballero y Graciela Macedo Jaimes, de la UNAM, del Centro Universitario México y la Universidad Autónoma del Estado de México, respectivamente. Cada uno de ellos es sin duda un valioso punto de apoyo para facilitar la labor del docente y del alumno. Destaca igualmente el texto del Oscar Cruz Barney, el más reciente en la materia y de gran calidad.

La obra que presentamos consta de ocho unidades vinculadas en una exposición evolutiva acorde con el desarrollo de la historia nacional, con una primera unidad introductoria que pretende proporcionar los elementos básicos para la investigación y el estudio metodológico de la asignatura. El texto se ilustra con cuadros sinópticos y tablas cronológicas que consideramos que permitirán al lector una comprensión más cabal de los diversos temas tratados. Asimismo, al final se presenta un cuadro en el que se concentran los aspectos más destacados de la obra política, social, económica y jurídica de los gobiernos de los presidentes posrevolucionarios, incluidos los años de ejercicio de Ernesto Zedillo Ponce de León. Este cuadro evolutivo seguramente servirá para que se entienda y valore nues¬tra historia jurídica reciente, que aunque parezca difícil de aceptar resulta casi desconocida para muchos, tal vez porque los maestros prestamos mayor atención a otras épocas históricas, ya que esta deficiencia también puede observarse en los estudios de historia universal. Cierro este mensaje con unas palabras de gratitud para Oxford University Press México, prestigiada empresa editorial que cuenta con un acervo bibliográfico indispensable para todo abogado, y que me ha brin-dado la oportunidad de presentar este estudio que es el fruto de 28 años al servicio de la cátedra universitaria. Igualmente expreso mi gratitud a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, mi Alma Mater, que me confió, el 22 de abril de 1974, la delicada y honrosa misión de catedrático, dignidad que debe encabezar mi currículo, pues representa la responsabilidad de formar a los juristas del país. Finalmente, manifiesto mi reconocimiento sin límites a la profesora y licenciada Susana del Rocío Barragán Alatorre, mi esposa, porque su apoyo académico, técnico y emocional han sido fundamentales para que el lector llegara a tener este texto en las manos. GENERALIDADES CONCEPTO DE HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO El nombre de nuestra asignatura está compuesto de tres vocablos: historia, Derecho y mexicano; en consecuencia, analizaremos por separado cada uno de ellos a fin de obtener luego, al unirlos, un concepto razonado de historia del Derecho mexicano, lo cual es conveniente por las características peculiares de la materia. Antes de proceder de la manera indicada, recordemos que de acuerdo con Aristóteles, padre de la Lógica, para proporcionar una definición es necesario señalar dos aspectos básicos: el género próximo y la diferencia específica. Se denomina género próximo a la parte del universo a la que pertenece el objeto por definir; por ejemplo, la Tierra no es una persona, ni una religión, ni un país, sino un planeta. En cuanto al género próximo, es el conjunto de notas características que distinguen al objeto por definir respecto a otros que comparten su lugar dentro del género próximo; por ejemplo, la Tierra es el tercer planeta del sistema solar, en él se desarrolla la vida humana, tiene un satélite lunar, etcétera. De acuerdo con lo anterior, procederemos a definir los vocablos que forman el nombre de nuestra asignatura. CONCEPTO DE HISTORIA Es la ciencia que estudia los hechos humanos, pretéritos y trascendentes. Según Raúl Bolaños Martínez, la historia "es la ciencia que estudia y sistematiza los hechos más importantes del pasado humano, analizados en función de sus antecedentes, causas y consecuencias...".1 M. Bloch, historiador francés, la considera "la ciencia de los hombres en el tiempo" .2

Mucho se ha discutido por los especialistas si la historia debe ser considerada una disciplina, es decir, simple narración o descripción evolutiva del desarrollo de la humanidad o si, por el contrario, estamos ante una verdadera ciencia, lo cual implicaría advertir la relación de causa-efecto y las consecuencias de los hechos que analiza la historia, de la misma manera que aceptar su vinculación y posibilidad de postular leyes que expliquen los cambios históricos presentados por la humanidad. Así, el tratadista César Cantú afirma: "Para que la historia se convierta en ciencia no basta que contenga tradiciones vagas e inconexas, sino que requiere hechos averiguados, observados, clasificados y bien descritos".3 Este afán de entender a la historia como ciencia lo encontramos ya en autores del siglo XVIII influidos por la corriente enciclopedista, como es el caso de Bossuet, Voltaire, Condorcet, Vico y Montesquieu, preocupados todos ellos por la causalidad histórica y siempre con la inquietud de que los estudios históricos sirvan de ejemplo para evitar errores cometidos por generaciones pasadas. De ahí surgió la idea de que la historia es "la gran maestra de la vida". En el siglo xix se dieron los pasos necesarios para considerar la historia como una ciencia, a lo que contribuyó muchísimo el trabajo realizado por especialistas como Mommsen, Thierry, Fustel de Coulanges y particular¬mente Hegel, quien distinguió entre las ciencias del hombre y las ciencias de la naturaleza, lo que luego dio pie para que Wilhem Dilthey manifestara que la historia implica evolución, libertad, mientras que la naturaleza implica ordenación mecánica, necesidad.4 A su vez, Karl Marx con su materialismo histórico y dialéctico, que entiende la historia como el resultado de la lucha de clases, dio origen a un mayor rigor en el manejo de las fuentes de la historia. Hoy es evidente que el historiador se esfuerza por ser menos anecdótico y más cuidadoso en comprobar los hechos que manifiesta. Precisamente gracias a ese cuidado en el manejo de sus fuentes, de ese apego a lo comprobable y de esa necesidad de buscar la causalidad de los hechos, no tanto de describirlos, la historia va adquiriendo rango de ciencia. En este sentido se postulan, entre otros, Thomas Hobbes, que la define como la "ciencia del saber de hechos"; Schopenhauer, que la llama "ciencia empírica o a posteriori fundada en la teoría de los motivos", y Wuntd, para quien la historia es "ciencia real del espíritu sistemático". 5 LA HISTORIA SE CONSIDERA UNA CIENCIA porque presenta los elementos básicos de la misma, es decir, tiene un objeto de estudio, un método y un sistema: •

Objeto de estudio. Los hechos humanos pretéritos y trascendentes.

• Método. La historia puede estudiarse con diversos métodos propios, sin que éstos sean contradictorios entre sí; antes bien, son complementarios. • Sistema. Hoy los amplios conocimientos conseguidos por la historia son complejos y jerarquizados, es decir, parten de los aspectos más generales y simples hasta alcanzar los más elevados y especializados. Lo anterior implica la necesidad de contar con medios didácticos cada vez más acordes con la realidad del hombre actual y su necesidad de abarcar, en el menor tiempo posible, la mayor información en todas las áreas. En cuanto hace a la formulación de leyes científicas, último requisito básico para que la historia sea unánimemente aceptada como ciencia, cabe destacar que al precisar su objeto de estudio no debemos limitarnos a suponer que basta describir de manera real y concisa los hechos humanos pretéritos y trascendentes, sino que resulta indispensable comprender las causas que los motivaron y prever consecuencias, hasta donde lo permiten las ciencias sociales, tomando en cuenta la variable del albedrío y que, dadas las mismas causas y necesidades, se obtendrán resultados similares.

Según Luis Recaséns Siches,6 el albedrío se manifiesta en la libertad de elección entre opciones reales que tienen los sujetos y las sociedades; en consecuencia, al ser el albedrío el fruto de la más amplia libertad del individuo puede, sin embargo, preverse en sus posibilidades y consecuencias. En otras palabras, el hombre no hace lo que quiere, sino lo que puede, y su albedrío se ejerce solamente en cuanto a la elección que haga entre las opciones que se le presentan en cada caso concreto. Por eso podemos concluir con José Fortuna 7 afirmando que el objetivo de la historia "no es satisfacer nuestras curiosidades, ni enriquecernos eventualmente, sino averiguar cómo funcionaron las sociedades en el pasado, para que podamos entender cómo lo hacen hoy, ayudar a la gente a comprender su situación, haciéndoles inteligible el pasado". Con base en los planteamientos expuestos, sostenemos que la historia es una ciencia y que en ella no cabe el refrán popular de que "la historia la hacen los vencedores". Esto será válido en el fraude histórico, en la llamada historia oficial, pero no en la verdadera ciencia histórica que busca, con apego irrestricto a un método, los hechos del hombre, ocurridos en el pasado, debidamente relacionados y analizados en sus causas, contexto, desarrollo y consecuencias. Es de advertirse que, como ocurre en muchos casos, el sustantivo historia desempeña un doble papel: por un lado denomina al conjunto de hechos humanos, pasados y trascendentes, y por otro a la ciencia que los investiga, analiza y divulga. Ello significa que se define como historia a la vez su objeto y la ciencia misma. Por último, etimológicamente historia significa "indagación", en este caso de los hechos pretéritos de la humanidad. Actualmente se pretende elaborar una historia integral que abarque no sólo los aspectos políticos y anecdóticos más destacados, sino la actividad total de los hombres en los ámbitos económico, jurídico, religioso, sociológico, etc., para buscar en el pasado la explicación del presente y crear así las condiciones que permitan prever el futuro. Además, no debemos olvidar que los hechos estudiados por la historia, como todo lo que el hombre hace, son fenómenos plurifactoriales, es decir, son producidos por varios factores que inciden a la vez para generarlos, aunque en proporciones diferentes. Por otra parte, la historia, como ciencia muy amplia, ha ido especializándose en varias áreas, por ejemplo, historia de la Medicina, de la Economía, del Derecho, etc., cada una de las cuales ha de combinar sus temas y métodos de estudio específicos con los que son propios de su tronco común: la historia. CONCEPTO DE DERECHO Según Eduardo García Máynez, 8 el Derecho puede considerarse desde tres puntos de vista: a) Como conjunto de normas impero-atributivas; así, el Derecho es, en última instancia, normatividad, y éste sería el sentido objetivo de la definición de Derecho. b) Como una facultad derivada de la norma, como cuando decimos "mi derecho de libre tránsito", o "mis derechos políticos", lo que equivale al sentido subjetivo del Derecho. c) Como el estudio metódico y sistematizado de la normatividad. Así, hablamos del Derecho como profesión, como ciencia e incluso de sus especialidades académicas, como el Derecho agrario, el Derecho penal, etcétera. En cuanto a la historia del Derecho mexicano, estudia al Derecho en sus tres opciones posibles. Así, se estudian normas que estuvieron vigentes en el pasado, como las Leyes de Indias o el Código Civil de 1870; de la misma manera, facultades que se tuvieron o no en otros tiempos, como el derecho de huelga,

y finalmente, también se estudia la evolución que ha sufrido la ciencia jurídica, por ejemplo, el Derecho administrativo que se derivó del Derecho constitucional o la relativamente reciente creación del área de los llamados derechos sociales. En consecuencia, más que hablar de Derecho deberíamos considerar como objeto de estudio el sistema jurídico mexicano, debido a que con el término sistema jurídico abarcamos el Derecho en sus tres formas de manifestarse, independientemente de que también comprenderíamos sus subsistemas de aplicación como son el ámbito federal, el local y el municipal. En este sentido se presenta la obra de José Luis Soberanes Fernández, titulada precisamente Historia del sistema jurídico mexicano.

CONCEPTO DE MEXICANO Normalmente entenderíamos como mexicano lo relativo a nacionalidad, es decir, lo perteneciente a México como país, y así tendríamos que buscar en el Derecho constitucional y en el Derecho internacional público y privado un concepto adecuado, que incluso encontraríamos en la Sociología si lo consideramos vinculado al concepto de nación. De esta manera, el art. 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece quiénes son mexicanos por nacimiento o por naturalización, y los arts. 42 y 43 del mismo ordenamiento señalan las partes integrantes del territorio nacional y de la federación. Sin embargo, en la historia del Derecho mexicano se deben estudiar épocas en las que el país no tenía los límites actuales y tampoco existía éste como tal y, en consecuencia, menos se contaba con un concepto o con un sentimiento de mexicanidad; tal sería el caso de la época prehispánica o de la colonial. Por ello, proponemos que lo mexicano sea entendido como el conjunto de elementos culturales que contribuyeron a formar la nacionalidad mexicana actual. Esta idea, de orden netamente cultural, permite abarcar una temática rica y amplia, y justifica estudiar en esta obra aspectos generales del Derecho árabe, visigótico o carolingio, ya que contribuyeron, así sea de manera indirecta y limitada, a la formación del sistema jurídico mexicano actual. Por consiguiente, la historia del Derecho mexicano es la ciencia que estudia el origen, los elementos formativos y el desarrollo del sistema jurídico nacional. Esta definición coincide en términos generales con la que de la historia del Derecho nos da Jorge Basabe: "estudio de la naturaleza, elementos, características y variaciones sufridas por un sistema jurídico del pasado".'1 José Luis Soberanes Fernández considera que es la "disciplina que estudia de manera sistemática, crítica e interpretativa los fenómenos jurídicos del pasado que han tenido verdadera importancia y trascendencia en la sociedad mexicana".10 EL HECHO HISTÓRICO-JURÍDICO El objeto mismo de la historia es el hecho histórico, es decir, el actuar del hombre en otras épocas. Alberto Malet señala: "El conjunto de los hechos históricos ocurridos desde la más remota antigüedad hasta nuestros días constituye la historia... Sin embargo, no todos los hechos del pasado entran en la historia; sólo son hechos históricos los que han influido de algún modo en los acontecimientos posteriores."11 Ahora bien, nuestro objeto de estudio se limita al campo del Dere¬cho; así, puede hablarse del hecho histórico-jurídico como un acontecimiento humano pretérito con contenido normativo, por ejemplo, la expedición y vigencia de las Siete Partidas, el procedimiento inquisitorial, el juicio militar incoado a Maximiliano de Habsburgo o los debates del Congreso Constituyente de 1916-1917.

CARACTERÍSTICAS De este modo, el hecho histórico y específicamente el hecho histórico-jurídico presenta las características siguientes: 1. Es humano. En virtud del albedrío, facultad única del ser humano, a éste es a quien corresponde ser actor de la historia, tomando decisiones y emprendiendo afanes que nacen de su libertad de elección entre opciones dadas para un caso concreto. De esta manera, la historia siempre describe y explica hechos realizados por los hombres, y si en sus páginas aparecen descritos algunos seres irracionales, como Bucéfalo, el caballo de Alejandro, o eventos naturales, como la destrucción de Pompeya y Herculano por la erupción del Vesubio, es por la vinculación que tuvieron con un personaje histórico o una sociedad antigua o por la influencia que ejercieron en ellos. Es pretérito. La historia siempre trata de acontecimientos ocurridos con anterioridad, ya sea lejanos o cercanos. Si describiera el presente o las posibilidades futuras estaría invadiendo los terrenos de otras disciplinas como la Sociología, el Derecho, la Demografía, la Economía, etc. No obstante, la historia, como ciencia que es, puede manfestar posibilidades para el futuro, ya que la ciencia no sólo se propone conocer y comprender sino que, y ésta es su finalidad más noble, aplica sus logros al mejoramiento humano. También esta finalidad se cumple en el caso de la historia, puesto que su conocimiento permite al hombre intervenir con creciente libertad y conciencia en su propio desarrollo. Sin embargo, el objeto de estudio de la historia y de la historia del Derecho se limita a analizar los hechos ya ocurridos. Es de naturaleza normativa. Independientemente de su contenido económico, político, militar, social, religioso, etc., la historia debe guardar vinculación con el Derecho. De esta manera, cuando examinamos por ejemplo el Derecho prehispánico, estudiaremos sus normas, organización política, sistema agrario y de propiedad, familia, la estructura y el desempeño de sus tribunales, temas todos que nos dan cuenta de su sistema normativo, sin que penetre en otros aspectos muy importantes pero ajenos al Derecho, como sería el caso de sus concepciones religiosas o conocimientos médicos, astronómicos o matemáticos. Es trascendente. Esto implica que sus consecuencias influyeron en generaciones incluso posteriores; por ejemplo en 1943, el Presidente Manuel Ávila Camacho abrió al servicio de la clase trabajadora el Instituto Mexicano del Seguro Social, institución que sigue siendo de importancia básica en el contexto nacional. 2. Es único. Los hechos históricos en general son irrepetibles, lo cual descarta otro refrán popular que afirma que "la historia vuelve a repetirse", esto independientemente de las teorías cíclicas, que tratan de estudiar el desarrollo de la historia como una vuelta a los orígenes. Así, se ha hablado de morfologías, es decir, grandes regularidades que se repiten en ciclos, lo que de ser cierto no sólo nos permitiría comprender el pasado, sino incluso profetizar con mucha aproximación el porvenir. En este sentido se han pronunciado historiadores como Oswald Spengler y Arnold J. Toynbee, este último con la concepción de que la historia es obra de individuos y de reducidas minorías elegidas. No obstante, no debemos confundir hechos históricos de características semejantes que, sin embargo, son en esencia únicos en su propia manifestación. De lo contrario, se podría decir de los hombres que son semejantes entre sí como cualquier ser irracional porque nacen, se desarrollan, se reproducen, envejecen y mueren, sin tomar en cuenta la individualidad biográfica de cada uno de ellos. 3. Es inmodificable. Por virtud de la característica anterior, si el hecho ya no ha de volver a vivirse, no puede modificarse, aunque podemos evitar sus consecuencias posteriores, por ejemplo, derogando una norma, reformando la Constitución, indemnizando al afectado, etc. Pero lo ocurrido ya no puede alterarse y cualquier intento por hacer lo originaría un fraude histórico,

una pérdida de la objetividad que debe perseguir no sólo la ciencia, sino cualquier disciplina académica. 4. Es testimonial. Si bien el hecho histórico-jurídico no se repite, quedan huellas de su existencia, que constituyen las fuentes del Derecho; por ejemplo, la tradición oral, los documentos, testigos, descripciones, reportajes, grabaciones, archivos, etcétera. ORIGEN DE LA ASIGNATURA El Derecho es una creación cultural tan antigua como puede serlo la vida humana comunitaria; sin embargo, dentro de la ciencia jurídica la especialidad encargada de historiarlo es relativamente nueva. El Derecho como constante histórica A través de los tiempos encontramos instituciones o creaciones humanas que siempre han existido, aunque con distintos grados de evolución. Tal es el caso de la familia, la religión o la educación, instituciones de presencia permanente y universal a las que llamamos constantes históricas. El Derecho es igualmente una constante histórica, porque ya en las sociedades primitivas hallamos rudimentos normativos, si bien mezclados con normas de tipo religioso y social. Así, podemos concluir que no hay sociedad, por elemental que sea, que no cuente con un sistema normativo de imposición coercible, es decir, con un sistema de Derecho, razón por la cual muchos hablan de éste como una constante histórica y social. LA ESCUELA HISTÓRICA DEL DERECHO Esta escuela interpretativa del Derecho, surgida a principios del siglo xix en Alemania, se basa en la concepción de que el Derecho no es un producto de la razón sino del espíritu del pueblo. Por tanto, nace de la entraña misma de cada pueblo y de su historia. Es, además, parte orgánica de la vida nacional y, por ende, emanación de su sentir ético-espiritual, que cambia cuando cambia ese sentir.12 Por lo mismo, esta escuela considera necesario que los juristas al interpretar una norma lo hagan dentro del contexto de otros conocimientos contemporáneos de economía, sociología o política. Esto era de aplicación indispensable, sostenían los historicistas, cuando se trataba del estudio del Derecho romano, cuyas características e instituciones no serían entendidas más que a la luz del marco cultural de la propia civilización romana, de ahí que fue en el campo de esta especialidad donde nació y se desarrolló la escuela histórica. En la Universidad de Gottingen, en 1788, un maestro de Derecho romano escribió la obra titulada Manual de Derecho natural, que otro ilustre alemán, Karl Marx, denominó el antiguo testamento de la escuela histórica. En ese libro se considera al Derecho como un producto histórico, ya que sus normas son reflejo de cada sociedad en un contexto temporal determina do y, por ello, sólo pueden ser interpretadas y entendidas dentro del mismo marco de referencia. Con estas ideas, su autor Gustav Hugo se convirtió en el "padre de la historia del Derecho", disciplina que entonces se hizo necesaria para establecer una auténtica interpretación normativa. Entre los discípulos de Hugo sobresale Friedrich Karl von Savigny, quien destacó como un importante tratadista de Derecho romano y cuya obra e influencia intelectual aún persisten. Él manifestaba que el Derecho es un producto histórico y social, puesto que cada sociedad genera su propio sistema normativo; además, sostenía que el Derecho alemán se derivaba directamente del Derecho romano, por lo cual se le tiene como uno de los fundadores de la escuela romanista del Derecho. Otro discípulo famoso fue Friedrich Eichhorn, quien escribió Historia del Estado y del Derecho, prácticamente el primer libro de historia del Derecho. Este autor postulaba que el Derecho alemán encuentra sus raíces en el sistema jurídico de los pueblos autóctonos de esa nación, por lo que se le considera uno de los fundadores de la escuela germanista. Como puede

observarse, en una o en otra escuela se está atendiendo a los antecedentes histórico-jurídicos, en este caso del Derecho alemán. Seguidores de la escuela histórica del Derecho en general fueron Mommsen y Jhering, entre otros. La escuela histórica del Derecho distinguió entre historia política, especialmente constitucional, e historia del Derecho, que apareció entonces como una disciplina autónoma, e incluso se intentó establecer las leyes generales de la evolución del Derecho, más allá de la individualidad de los ordenamientos nacionales. Evolución de la historia del Derecho A partir del siglo XIX se multiplicaron los autores y las obras que estudiaban la evolución histórica de sus respectivos sistemas jurídicos, como se muestra en el cuadro. ESTUDIOSOS DE LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PAÍS

AUTORES

Alemania

Theodoro Mommsen, Ludwig Mittels, Heinrich Brunner y Richard Scroder, entre otros

Francia

Fustel de Coulanges, Gustave Gloze, Adhemar Esmein, Paul Viollet, Jubainville, Brissaud, Emile Chinon, Declarevil, etcétera

Inglaterra

Ernest Glasson y Edward Henks

Italia

Salvioli y Solmi, entre otros

España

Francisco Martínez Marina, Rafael Altamira, Eduardo de Hinojosa, Minguijón, Torres López y Alfonso García Gallo, entre otros

Perú

Román Alzamora, Eleodoro Romero, Toribio Pacheco, Fuentes, Jorge Basabe, etcétera

Cuba

F. Carrera y Justiz

Chile

Valentín Letelier, Carlos Hamilton, Aníbal Bascuñón, Maquilet Quesada, Urrutia Salas, etcétera

Argentina

Daniel Antokoletz, Ricardo Levene y Donato L Frías, entre otros

Brasil

Isidoro Marins

Bolivia

Medrano Ossio

Colombia

Martínez Sarmiento

Costa Rica

Alberto Brenes Córdova

República Dominicana

Gustavo A. Mejía y D. Báez

Venezuela

Jesús Vásquez Gayoso

El Salvador

N. Rodríguez Ruiz

Paraguay

Juan José Soler13

Para el caso de México, en 1833 el entonces Vicepresidente de la República, Valentín Gómez Farías, en funciones de Presidente sustituyendo al general Antonio López de Santa Anna, suprimió la Universidad de México, a la vez que creó la Dirección General de Instrucción Pública para el Distrito y Territorios Federales, en la cual se fundó la Escuela de Ciencias Jurídicas, que se instaló en el edificio que antes ocupaba el Colegio de San Ildefonso. La mencionada institución contemplaba en su plan de estudios dos cursos de Derecho patrio, materia que en términos generales puede equipararse a la historia del Derecho mexicano, si bien destacando únicamente los orígenes españoles. Diez meses más tarde, en julio de 1834, el Presidente Santa Anna restableció la Universidad y dispuso que el estudio de la jurisprudencia se llevara a cabo en los colegios de San Juan de Letrán y de San Gregorio, en cuyas cátedras se incluía la Historia del Derecho civil, romano, canónico, patrio y natural, en lo que constituía una verdadera enciclopedia de estudios histórico-jurídicos. A partir de entonces los conocimientos propios de la historia del Derecho mexicano quedaron, a través de las diversas reformas académicas a los planes de estudios, en el área del Derecho civil, romano, canónico o constitucional. Es interesante destacar que en 1858, durante la presidencia del general Félix Zuloaga, se estableció una cátedra de Derecho romano comparado con Derecho patrio y que a partir de 1867, a la caída del Segundo Imperio, quedó asentada la existencia de dos cursos de Derecho patrio, que se impartían en el segundo y tercer años de la carrera. En 1914 el director de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, José Natividad Macías, manifestaba: La historia interna y externa del Derecho no consiste en una simple relación de antecedentes, sino en la exposición sistemática de sus tendencias y de su desarrollo evolutivo en cada época y en cada raza, es decir, en sus diferenciaciones o adaptaciones a las necesidades sociales en los diversos pueblos a medida que éstos han avanzado en la senda del progreso hasta el momento de la civilización actual.14 En 1929 se fundaron dos cursos de historia del Derecho mexicano, que posteriormente se redujeron a uno que quedó en calidad de materia optativa, para cursarse en el quinto año de la licenciatura en la Escuela Nacional de Jurisprudencia. A partir de entonces esta asignatura se ha incorporado prácticamente a todos los planes de estudio de la licenciatura en Derecho, en escuelas y facultades públicas o privadas, y en casi todos ellos aparece como materia obligatoria, incluso en la Facultad de Derecho de la UNAM, a raíz de la reforma realizada hace algún tiempo.

Paralelamente, aunque con dificultad, se ha desarrollado la historiografía del Derecho mexicano, es decir, el conjunto de autores nacionales o extranjeros que han cultivado esta disciplina. No haremos mención de los tratadistas de épocas específicas, como es el caso del Derecho indiano o del prehispánico, en virtud de que se tratarán en detalle en su oportunidad. Más bien queremos mencionar a los tratadistas que de alguna manera han abarcado el panorama general de la asignatura, entre ellos Jacinto Pallares con su Curso completo de Derecho mexicano o exposición filosófica, histórica y doctrinal de toda la legislación mexicana, en dos tomos, de los cuales el segundo se dedica a temas de nuestra asignatura; José Miranda, autor español, con su obra Las ideas y las instituciones políticas mexicanas; Toribio Esquivel Obregón, con sus clásicos Apuntes para la historia del Derecho en México; Javier Cervantes y su Tradición jurídica de Occidente; Guillermo Floris Margadant y su obra precursora Introducción a la historia del Derecho mexicano; José Luis Soberanes Fernández, con dos textos básicos para nuestro tema: Una aproximación a la historia del sistema jurídico mexicano e Historia del Derecho mexicano. Cabe mencionar que en forma monográfica, es decir, de desarrollo de temas específicos, como la encomienda indiana, el calpulli azteca o las Leyes de Reforma, la bibliografía suele ser abundante, pero la panorámica general de la materia es aún terreno en el que han incursiona-do pocos tratadistas. 15 MÉTODO Aun cuando hemos insistido en el carácter científico de la disciplina que nos ocupa, es necesario que hagamos algunas anotaciones en torno al método al que debe apegarse nuestra investigación y exposición temática. En el conocimiento científico se da una trilogía de elementos: a) sujeto, quién conoce; b) objeto, qué conoce, y c) método, cómo conoce. En las Ciencias Naturales es más difícil que se plantee el problema de la objetividad del investigador, ya que los fenómenos que estudia son, en términos generales, ajenos a sus convicciones y posturas ideológicas o morales. Así es posible estudiar, sin problemas de conciencia, el movimiento de los astros, las corrientes marinas o la migración de las aves, mientras que el problema de respetar la objetividad que merece la investigación científica se presenta con mayor dificultad en el caso de las Ciencias Sociales, puesto que puede vulnerarse la identidad moral, filosófica, religiosa o política del investigador al estudiar su objeto y al obtener sus conclusiones. De esta suerte, resulta más difícil ser objetivos cuando se trata del análisis del aborto, de la economía neoliberal o de las relaciones Iglesia-Estado. Por eso, al estudiar los temas histórico-jurídicos debemos ser muy estrictos en la aplicación del método apropiado, a fin de no caer en la tentación de hacer de cada tema un motivo de interminables discusiones, la mayor parte de las veces con resultados académicos muy pobres. CONCEPTO DE MÉTODO La palabra método proviene del griego methos, que significa "camino, dirección", y se puede definir como el conjunto de procedimientos y técnicas aplicables para obtener un conocimiento. En cada área de conocimiento deben aplicarse métodos específicos que serán determinados por la natu raleza del objeto de estudio; por eso el maestro español Alfonso García Gallo señala: "El modo de concebir y elaborar la ciencia de la historia del Derecho no puede quedar al arbitrio del estudioso, sino que le viene im puesto por el objeto de que se ocupa." 11' Métodos generales Se llaman métodos generales los que son aplicables en cualquier área del conocimiento, incluso en los conocimientos vulgares que carecen de sistematización; están basados en los principios elementales de la lógica y, por lo mismo, se utilizan en todo razonamiento, por sencillo que éste sea. Esos métodos son los siguientes: a) Inducción. Partiendo de la frecuencia de casos particulares reiterativos en un mismo sentido, se abre la posibilidad de formular un criterio general; en otras palabras, consiste en ir de lo particular a lo

general. Este método en Derecho positivo es adecuado para la formación de la jurisprudencia. b) Deducción. Exactamente opuesto al anterior, en el que de una regla general se desprende el caso particular, es el método propio de la aplicación de la ley, cuando el juzgador determina lo conducente al caso concreto que le toca resolver, gracias a la identidad que se da entre lo previsto por la norma y lo sucedido en la realidad que ahora conoce. c) Análisis. Consiste en la descomposición de un todo en sus elementos integrantes para conocer sus alcances e interrelaciones; es un método de constante aplicación para el jurista cuando estudia un caso puesto a su consideración. d) Síntesis. Es la conformación de un todo a partir de sus elementos constitutivos, método usual en la redacción de sentencias y resoluciones, en donde se deben dar los antecedentes, los puntos controversiales, los aspectos debidamente probados, los fundamentos legales y por último los puntos resolutivos de la autoridad en ese caso concreto. Métodos particulares Son métodos utilizados frecuentemente en nuestra asignatura, los cuales no se excluyen entre sí; antes bien, se complementan y nos dan, si aplicamos varios de ellos para estudiar un hecho histórico-jurídico concreto, la oportunidad de obtener mayor información y contar con una base para su adecuada comprensión. Estos métodos son principalmente los siguientes: 1. Método histórico o evolutivo. Consiste en estudiar una misma institución o una sociedad a lo largo de sus etapas de desarrollo; por ejemplo, estudiar la historia de la Ciudad de México a partir de su pasado prehispánico, novohispánico, durante el siglo xix y en las distintas décadas del siglo xx hasta nuestros días. Este método es el común en cualquier obra histórica nacional o universal. 2. Método cronológico. Presenta dos aspectos, el primero de los cuales consiste en ubicar el acontecimiento por estudiar, con la mayor precisión, dentro de una escala temporal determinada, es decir, fechar el hecho. Esto no siempre resulta fácil, sobre todo si pensamos en acontecimientos ocurridos en la época prehispánica. El segundo aspecto consiste en relacionar acontecimientos anteriores, contemporáneos o posteriores con los que guarda relación el fenómeno histórico que queremos analizar. Debemos recordar que ningún acontecimiento humano está aislado, sino que mantiene estrecha vinculación con otros de tipo político, económico, ideológico, religioso, militar, etcétera. 3. Método comparativo. Pretende confrontar dos o más hechos históricos para observar entre ellos semejanzas y diferencias, a fin de encontrar fundamentos similares de causalidad y evolución; por ejemplo, comparar la conquista de México con la de Perú o comparar la Guerra de Independencia surgida a principios del siglo xix en casi todos los países de América. 4. Método dialéctico. Sostiene que la historia es el resultado del enfrentamiento de grupos de poder y de fuerzas sociopolíticas contradictorias. Se parte de la tesis, confrontada con una antítesis y se llega a una conclusión: la síntesis. Se elimina todo lo anecdótico o particular para destacar el enfrentamiento de grupos que produce un hecho histórico determinado. Este método es de gran utilidad al estudiar, por ejemplo, la causalidad y los efectos de las revoluciones que de tiempo en tiempo se manifiestan en la historia. 5. Método sociológico. Rechaza la idea de que la historia debe ser sólo la narración de las grandes biografías, es decir, el estudio de la vida y obra de las personalidades que tuvieron la facultad de tomar las decisiones fundamentales en una sociedad. Por el contrario, en este método se pretende poner

de relieve las costumbres, el desempeño y la manera de ser de los pueblos y las civilizaciones. Así, es cada vez más marcada la tendencia a estudiar a los aztecas, a los romanos o a los vikingos, independientemente de sus líderes políticos, religiosos o militares, atentos sólo a su forma de vida cotidiana. 6. Método descriptivo. Pone énfasis en narrar con la mayor precisión y detalle posibles los hechos ocurridos. Este método, proclive a la anécdota y a la anotación de aspectos muy poco divulgados, presenta el, inconveniente de ampliar exageradamente los volúmenes de la obra histórica, pero a la vez aporta tal cantidad de información, que resulta básica para apoyar la aplicación de otros métodos históricos. 7. Método comprensivo. Pretende buscar siempre la causalidad y las consecuencias de los hechos de la historia. Así, no basta conocer que Hernán Cortés ordenó desmantelar y hundir sus naves en las costas de Veracruz, sino explicarnos el porqué de esta determinación, ya que al respondernos respecto a sus razones estaremos desentrañando la motivación de la conquista española y los intereses políticos en juego en su época, a la vez que podremos entender otras determinaciones básicas de nuestra historia jurídica; por ejemplo, saber a qué se debió la fundación de la Villa Rica y la integración del primer Ayuntamiento indiano. 8. Método integral e historia externa del Derecho. Estudia el sistema jurídico en forma panorámica, abarcando sus principales áreas e instituciones. Por ejemplo, cuando estudiamos el sistema jurídico azteca o el novohispano se dice que estamos analizando la historia jurídica externa basada en lo que fueron sus fuentes formales, leyes, costumbres, doctrina y jurisprudencia. 9. Método sistemático e historia interna del Derecho. Estudia una a una las instituciones jurídicas a lo largo de su desarrollo histórico; por ejemplo, la historia del matrimonio desde los pueblos prehispánicos hasta nuestros días, o la historia del delito de violación, o de los títulos de crédito, o del derecho de huelga. En este caso se dice que estamos haciendo historia interna del Derecho, puesto que se estudia una institución jurídica en particular tratando de desentrañar sus antecedentes desde la antigüedad más remota. Este método es propio de monografías, tesis, tesinas y demás estudios particularizados de las diversas disciplinas jurídicas En realidad, si observamos los dos últimos enfoques de la historia jurídica podemos afirmar que la historia externa es sólo un instrumento para desarrollar dentro de él la historia interna. La distinción entre ambos tipos de historia jurídica fue señalada por primera vez por Leibniz, al tratar el tema de la que llamó jurisprudencia histórica. En todo caso, no se debe perder de vista que el Derecho es un fenómeno evolutivo y que la aplicación de estos métodos particulares nos ayuda a comprender las diferentes etapas de desarrollo y las tendencias de cambio que se presentan entre las instituciones y los sistemas jurídicos, lo que finalmente representa la razón de ser y la importancia de nuestra materia para el trabajo práctico del jurista actual. UTILIDAD Y CARACTERÍSTICAS DE LA ASIGNATURA Toda asignatura contenida en el plan de estudios de una licenciatura debe contribuir a la formación profesional de quien la cursa, y la historia del Derecho mexicano no es la excepción. Por eso conviene destacar sus características para luego comprender su importancia en la formación de los futuros licenciados en Derecho del país. La historia del Derecho mexicano como materia académica de la licenciatura en Derecho presenta, en términos generales, las características siguientes:

a) Es informativa. Proporciona una cantidad impresionante de datos histórico-jurídicos que constituyen el acervo de la cultura jurídica del país, desde los tiempos prehispánicos hasta fechas relativamente recientes. Si sólo éste fuera su propósito, nuestra asignatura contribuiría a desarrollar la erudición del futuro abogado. b) Es formativa. Propicia el desarrollo de dos aspectos básicos en el trabajo cotidiano del jurista. Por un lado, el análisis de un fenómeno jurídico, que debe ser estudiado incluso en su origen histórico; por ejemplo, si se habla del actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, su naturaleza, composición y facultades, es importante hacer lo propio con sus dos instituciones inmediatamente precursoras: el Tribunal Federal Electoral y el Tribunal de lo Contencioso Electoral. Por otro lado, a la capacidad de entender y aplicar correctamente el Derecho en un caso concreto sometido a consideración, ya sea como litigante o como autoridad, los abogados le llamamos criterio jurídico. c) Es vinculatoria. En un estudio panorámico o integral de la historia del Derecho se analizan las historias jurídicas de todas las disciplinas normativas; por ejemplo, del Derecho del trabajo, agrario, civil, mercantil, constitucional, penal, fiscal, etcétera. d) Es integral. El Derecho es la normación en que se basa una sociedad. Consecuentemente, al estudiarlo en una época y un lugar determina dos nos enteramos a la vez de su organización, limitaciones e ideología. Por ello conviene tener una amplia referencia respecto a otros fenómenos de esa misma sociedad o de otras de las que recibió in fluencia, de lo que se deduce que el estudioso de esta asignatura debe poseer una amplia cultura general, aspecto siempre necesario en la vida académica y profesional. e) Es comprensiva. Para quien la cultiva, implica una doble tarea consistente en describir los hechos histórico-jurídicos de la manera más precisa y fundamentada posible y luego analizar la causalidad y la intención que movió a quienes los realizaron. De otra manera, la his toria del Derecho sería una simple acumulación de datos poco atractivos para un jurista preocupado por la resolución de casos actuales. f ) Es jurídica. Se ha discutido mucho en torno a si esta ciencia es histórica o es jurídica. El que sea histórica es una tesis postulada, entre otros, por Coing y Wleacker, el primero de los cuales considera la historia del Derecho como parte de la historia de la cultura. A su vez, quien considera jurídica esta materia puede sustentar la defensa de la escuela histórica del Derecho, muy en boga en el siglo xix. Orestano afirma que la historia del Derecho ofrece al jurista una experiencia actual de la experiencia pretérita. A su vez, Graciela Macedo Jaimes señala: "Para nosotros la historia del Derecho es ciencia esencialmente jurídica. Si bien es cierto que para adquirir el conocimiento del derecho pretérito se debe emplear el método histórico, no lo es menos que el objeto de conocimiento, es decir, que el Derecho, una vez adquirido, debe ser estudiado conforme a un método jurídico."17 Optar por considerar la historia del Derecho como una ciencia jurí dica, aunque participe de los métodos de la historia, es de suma trascendencia tanto para el docente como para el investigador y para el estudiante. Debemos estar muy conscientes de que vamos a hacer historia, pero del Derecho; de lo contrario, caeremos en la tentación muy frecuente de hacer HISTORIA DE MÉXICO.

CRITERIOS QUE ESTABLECEN LA UTILIDAD DE LA ASIGNATURA EN LA FORMACIÓN DEL LICENCIADO EN DERECHO Establecer la utilidad de la historia del Derecho mexicano como materia generalmente obligatoria de los planes de estudio de la carrera de Derecho nos lleva a citar a algunos autores que han impartido esta cátedra en distintas instituciones y durante varios años: 1. José Luis Soberanes Fernández dice: "Si nos preguntamos acerca de la utilidad práctica de la historia del Derecho podemos dar varias respuestas válidas, pero desde nuestro personal punto de vista creemos que todas se reducen a destacar el carácter interpretativo de la disciplina." Este autor establece que las facultades y escuelas de Derecho pretenden hoy no sólo dar información, sino también formación a los futuros juristas. En síntesis, Soberanes encuentra los siguientes aspectos prácticos en el estudio de esta asignatura: • Desarrolla el método, siempre útil, de la interpretación histórico- jurídica de las distintas normas e instituciones jurídicas. • Da a conocer los antecedentes históricos del Derecho actual para comprenderlo más cabalmente. • Proporciona los elementos necesarios para alcanzar una visión global del Derecho, afirmando la naturaleza unitaria del mismo y permitiendo a los juristas tomar conciencia del momento histórico en el cual son protagonistas. El Derecho vigente es un eslabón de la cadena evolutiva del Derecho, pues continúa sobre las bases jurídicas del pasado a la vez que sirve a las del porvenir. • Brinda un valioso servicio a la historia universal, ya que al estudiar el orden normativo de otras épocas se obtiene un panorama total de los logros, alcances y limitaciones de las sociedades antiguas. • Ofrece al legislador la indispensable cultura histórico-jurídica para fundamentar y orientar su creatividad. Soberanes Fernández finaliza con este pensamiento de enorme trascendencia: "la ciencia histórico-jurídica es un valor espiritual en sí, independientemente del servicio práctico que a historiadores y juristas puede prestar, y en consecuencia, digna de ser estudiada por ella misma". 18 2. A su vez, María del Refugio González afirma: Su estudio resulta de sumo interés no sólo para los juristas, sino para el estudioso de las ciencias sociales en general... Por otra parte al jurista, al estudiante de Derecho, al juez, al legislador, el conocimiento de la historia del Derecho le proporciona una visión de lo que ha sido su ordenamiento jurídico, la forma en que juristas de épocas pretéritas han resuelto problemas que pueden ser semejantes a los que se les plantean, los factores que condicionaron la creación de las normas, las causas que llevaron a los tribunales a pronunciarse en un sentido determinado, la relatividad del Derecho; en una palabra, les proporciona un conocimiento más profundo del Derecho que están estudiando, aplicando o creando. En otra parte, la autora citada manifiesta: "La enseñanza de la historia del Derecho permite al estudiante familiarizarse con las instituciones y los conceptos de su nación; lo ayuda a desarrollar un criterio analítico que le permite encontrar soluciones jurídicas conformes al estado de la sociedad en que el Derecho se va a aplicar."19

En suma, González considera que la materia proporciona una visión general para el conocimiento de las Ciencias Sociales porque: Da a conocer los antecedentes del Derecho actual. Contribuye a formar un criterio jurídico. Proporciona experiencia histórico-jurídica.

• • •

3. Francisco Tomás y Valiente, destacado jurista español, al hablar de la historia del Derecho considera que cubre los aspectos siguientes: a) Exigencia práctica. Cuando necesitamos estudiar un texto frecuentemente recurrimos al historiador del Derecho para aclarar su contenido y conocer sus antecedentes. b) Necesidad especulativa. El Derecho en su conjunto necesita ser explicado y comprendido históricamente. Sólo sabiendo cómo ha sido, podemos saber cómo es. c) Experiencia jurídica. Mediante el estudio de la historia del Derecho podemos conocer antiguas soluciones jurídico-técnicas que facilitan la creatividad del legislador actual. d) Formación del jurista. Lo aleja del dogmatismo y le muestra la relatividad en tiempo y lugar de la vigencia del Derecho. e) Conocimiento profundo de la realidad. Al ser el Derecho un producto social delimitado claramente por coordenadas espacio-temporales e influido por otros sectores de la realidad social, el estudio de su historia nos permite no sólo conocer esa realidad, sino comprender los factores que la condicionaron y que se plasma ron en las normas jurídicas.20 Nuestro criterio al respecto se expresa en el sentido de que la historia del Derecho mexicano proporciona al estudiante los beneficios siguientes en favor de su formación profesional: a)

Enriquece su cultura jurídica, lo que es indispensable para ser un verdadero profesional del Derecho. Proporciona los antecedentes histórico-jurídicos de las normas e instituciones que configuraron el actual sistema jurídico mexicano. Contribuye a formar un criterio jurídico recogiendo las experiencias de anteriores generaciones, en la creación y aplicación del Derecho. Al concentrar en una materia especializada y obligatoria los temas histórico-jurídicos, se facilitan los siguientes aspectos de la enseñanza histórico-jurídica:

b) c) d)



La vinculación histórica de prácticamente todas las especialidades del Derecho ya que, por ejemplo, al estudiar la evolución del Derecho constitucional, paralelamente se observan otros orígenes histórico-jurídicos como los del Derecho administrativo, del trabajo, agrario, etcétera. Se eliminan de los temarios de otras asignaturas una gran cantidad de antecedentes y las horas-clase para su enseñanza.

LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN HISTÓRICO-JURÍDICA El propósito principal que ha de buscar quien estudia esta materia es apegarse en todo momento a la objetividad, para lo cual debe investigar cada tema sin interponer sus puntos de vista y preferencias particulares. A este respecto, Floris Margadant señala que es discutible que la historia sea una ciencia y la incertidumbre respecto de su carácter científico se presenta también en la historia del Derecho. 21 No obstante, el historiador del Derecho debe procurar ir más allá de la misma narración a fin de explicarse las razones de la evolución del Derecho. Es entonces necesario tratar de adentrarse en la época a que se hace referencia, ambientarse dentro de ésta, "vivirla", si bien autores como Spengler y Worriger niegan la posibilidad de "sentir" el ambiente de una época pretérita, porque siempre vemos lo antiguo a

través de nuestra mentalidad moderna. Pese a ello, es conveniente plantearse la objetividad en el estudio histórico-jurídico como meta básica e indispensable. En cuanto a la historia del Derecho mexicano, encontramos el problema de que los diversos autores han hecho naufragar esa objetividad necesaria para el logro de sus investigaciones y, en términos generales, han cedido ante la tentación de: • Minimizar nuestro pasado prehispánico, manifestando equivocadamente que aquellos pueblos carecían de verdaderas instituciones jurídicas. • Exagerar ese mismo origen precolombino, mediante una comparación poco afortunada con épocas posteriores y aun con nuestro tiempo, basándose para ello en estudios todavía más discutibles. • Rechazar nuestro pasado novohispánico suponiendo que en él sólo hubo oscurantismo e injusticia. • Exagerar las bondades de ese mismo periodo, al grado de que algu nos tratadistas agotan sus exposiciones académicas en tales antecedentes jurídicos, sin llegar a estudiar el Derecho del México Independiente. • Criticar acerbamente la obra y las instituciones de las corrientes iturbidista, centralista y conservadora, a veces con el grave exceso de no mencionar siquiera las disposiciones constitucionales más importantes de esas tendencias políticas. • Hacer algo similar con las corrientes republicana, federalista y liberal, queriendo ver en ellas sólo el caos y la ruina del país. • Criticar y anular la obra del porfirismo, haciendo resaltar vivamente sus errores y disminuyendo cuanto es posible sus logros y aciertos. • Exagerar las bondades del porfirismo, sin mencionar carencias y limitaciones. • Considerar dentro del tema del México revolucionario sólo válidas e importantes las disposiciones e instituciones emanadas del grupo de los caudillos triunfadores. En otras palabras, nuestro error fundamental como historiadores del Derecho ha sido igual al de muchos historiadores generales de México: convertir la historia en una obra literaria, en una novela con sus héroes y villanos, revestidos tradicionalmente de una aureola legendaria que suele estar muy lejos de la realidad. Esto es lamentable, ya que precisamente esa realidad es más interesante, rica y trascendente que el mito que conserva a los hombres y a las sociedades en la ignorancia de su pasado y los incapacita para entender su presente y prever su futuro como entes históricos. En nuestra materia debemos evitar las siguientes situaciones, que limitan y alteran nuestros conocimientos: a) Prejuicios. Tendencia a justificar o criticar anticipadamente actitudes y decisiones de personas o acciones contrarias a nuestra ideología. b) Convencionalismos. Dar por ciertos algunos hechos sin comprobarlos y sólo porque se han repetido popularmente a través de los tiempos. c) Autoritarismos. Igualmente, dar por ciertos algunos hechos sin comprobarlos, con base en que están consignados en la obra de un autor eminente. d) Idealizaciones. Tendencia a aumentar o imaginar cómo pudo haber sucedido un hecho histórico-jurídico, sin otro fundamento que nuestro sentido común. Esta inventiva, que implica gran creatividad, es apta para la novela histórica o para la poesía patriótica, que son áreas de la cultura nacional que tienen gran valor social y político, pero que no guardan relación con nuestra ciencia.

FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO Eduardo García Máynez considera una feliz metáfora la expresión fuentes del Derecho, pues se trata de toda entidad de donde brota o surge el Derecho y su conocimiento. Tradicionalmente, las fuentes jurídicas se han clasificado en tres grandes grupos: 1. Fuentes reales. Son fenómenos de la realidad que determinan el contenido o la modificación de las normas jurídicas; por ejemplo, aspectos sociológicos, económicos o políticos. 2. Fuentes formales. Consisten en procesos de creación de la norma jurídica, como la legislación, la jurisprudencia y la costumbre, entre otras. 3. Fuentes históricas. Son testimonios que consignan la existencia y los contenidos de normas que ya no están vigentes, como las inscripciones, los papiros o los libros, por ejemplo, el Código de Hammurabi, las Siete Partidas o la Constitución mexicana de 1824. Por razones evidentes, a nuestra materia le compete el análisis de las fuentes históricas del Derecho; sin embargo, congruentes con lo antes expresado, no sólo se debe abordar el Derecho escrito, sino que es necesario llegar a establecer la relación siempre existente entre el Derecho y la conflictiva que le dio origen, por lo que también se requiere estudiar las fuentes reales ubicadas en épocas pretéritas, es decir, las fuentes reales históricas. CONCEPTO DE FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO Las fuentes histórico-jurídicas son todos aquellos testimonios que permiten conocer la existencia y los contenidos de las fuentes reales y formales de otras épocas. Como puede observarse, esta definición es dependiente pues implica el previo conocimiento de lo que debe entenderse por fuentes reales y fuentes formales, pero efectivamente, al historiador del Derecho no le basta estudiar una norma antigua, por ejemplo, las Leyes de Reforma, sino analizar paralelamente el contexto social, político, económico y cultural que les dio vida y conocer la compleja problemática que se planteó en el siglo xix en México entre los partidos liberal y conservador, enfrascados en la llamada Guerra de Reforma o de los Tres Años. CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES HISTÓRICAS DEL DERECHO Las fuentes histórico-jurídicas pueden clasificarse de acuerdo con cuatro criterios: 1. Por su relación con el historiador. Las fuentes pueden indirectas; son directas si se da cualquiera de estos tres casos:

ser

directas

o

a) Si el historiador es autor de lo que escribe. b) Si fue testigo de lo que afirma. a) Si fue contemporáneo de ese hecho, por ejemplo, las Cartas de relación, de Hernán Cortés, o La guerra de las Galias, de Julio César. En cambio, son fuentes indirectas si emanan de estudios hechos generalmente con base en fuentes directas. 2. Por su inmediatez. Las fuentes son inmediatas si se trata de aquellas que permiten conocer de primera mano el dato históricojurídico que se investiga, por ejemplo, la Constitución de 1857. Son fuentes mediatas las que deben ser interpretadas para conocer el dato histórico-jurídico que nos interesa; por ejemplo, si leemos el Poema de Mió Cid y de ello inferimos una serie de costumbres y disposiciones típicas de la Edad Media.

No debemos confundir mediatez con facilidad para acudir al documento históricojurídico. Así, por ejemplo, el Código de Hammu-rabi es una fuente inmediata, aunque su lectura requiera especialistas en escritura cuneiforme. 3. Por su naturaleza. Las fuentes pueden ser jurídicas si se trata de aque llas que en su tiempo fueron fuentes formales del Derecho, es decir, ley, costumbre, jurisprudencia. Son no jurídicas si jamás tuvieron ese rango; por ejemplo, un periódico, una obra literaria. 4. Por su presentación. Pueden ser: a)

Gráficas, si contienen signos o figuras que representan ideas o sonidos. En este caso pueden basarse en: • Pinturas, es decir, fuentes pictóricas como los códices precortesianos. • Esculturas, o fuentes escultóricas, como el Código de Hammurabi. • Fuentes escritas, que abarcan desde manuscritos antiguos hasta las obras impresas incluso con los medios modernos, como las que son propias de la computación.

b) No gráficas, entre las que tenemos: • Filológicas, término que se refiere al análisis de ciertas palabras; por ejemplo, el origen de términos como ejido, audiencia, patria potestad, etcétera. • Objetos diversos, como emblemas, sellos o máquinas de tortura, entre otros. • Folclore jurídico, que es el conjunto de tradiciones y elementos culturales que tienen relación con el Derecho y la manera de captarlo por la sociedad en cada época. Se manifiesta en canciones, leyendas y refranes; por ejemplo, tenemos viejos refranes del antiguo castellano como: "Ni comer sin beber, ni firmar sin leer", "Como verás, así harás", o antiguas canciones como una balada medieval que decía: "una morita madura le dijo a una morita verde: el que siembra en tierra ajena su tiempo y semilla pierde". A este respecto, cualquiera puede imaginar lo valioso que para un historiador del Derecho resultan los chistes y las caricaturas que en cada época reflejan el sentir popular acerca de fenómenos y figuras de la política, del Derecho y de la vida social en general. • Fuentes orales, que son frases, ideas y conceptos que se conservan de generación en generación. En el Derecho de la India antigua se distingue entre Scruti (cosas oídas) y Smiriti (cosas recordadas). En el viejo Derecho romano muchas normas fue ron transmitidas verbalmente de padres a hijos en las oraciones hechas a los dioses domésticos o lares, tal vez en forma rimada; y los aztecas transmitían a sus hijos e hijas, en bellos discursos, consejos, sentencias y valores morales. En el manejo de las fuentes histórico-jurídicas importa no sólo su localización y clasificación, sino sobre todo la determinación de su autenticidad, su interpretación y valoración, confrontándolas entre sí y relacionándolas con todo conflicto sociocultural de la época. Por ello es necesario auxiliarse de otras materias como la arqueología, la sociología, la numismática, la filología, etc. De ahí la necesidad del historiador del Derecho de trabajar en equipo. MARCO CRONOLÓGICO Las divisiones cronológicas que por estricta necesidad y sentido común hacen los historiadores para ubicar los acontecimientos que estudian situándolos en una escala temporal acordada son, sin embargo, susceptibles de hacernos caer en errores porque pueden eliminar aspectos impor tantes, o bien abarcar en dos épocas los mismos acontecimientos, ya que esas clasificaciones son artificiales y se han establecido cuando ha pasado muchísimo tiempo desde que sucedieron los hechos, además de

que a veces se exagera en cuanto a pormenorizar y subclasificar. No obstante, es indispensable contar con escalas cronológicas en las cuales enmarcar los acontecimientos históricos, sobre todo para relacionarlos con otros con los que guardan estrecha vinculación. Nuestra asignatura requiere la constante referencia a dos escalas cronológicas estrechamente relacionadas, como veremos a continuación. CRONOLOGÍA DE LA HISTORIA DE MÉXICO Se basa en el conjunto de hechos políticos, sociales, económicos y culturales de mayor relevancia ocurridos en el país a lo largo de los tiempos. Su principal directriz es precisamente la evolución política de México. Así, distinguimos las épocas siguientes: 1. Época prehispánica (12 000 años a.C, aproximadamente, a 1517 d.C.) a) b) c) d) e) /)

Horizonte prehistórico (12 000 años a.C. a 5 000 años a.C, aproximadamente) Horizonte arcaico (5 000 años a.C. a 1800 años a.C, aproximadamente) Horizonte preclásico (1800 años a.C. a 100 años a.C, aproximadamente) Horizonte clásico (100 años a.C. a 850 años d.C, aproximadamente) Horizonte posclásico (850 a 1250 d.C, aproximadamente) Horizonte histórico (1250, aproximadamente, a 1517)

2. Conquista española (1517 a 1521) 3. Colonia (1521 a 1821) a) b) c) d)

Instauración (siglo xvi) Decadencia intermedia (siglo xvii) Resurgimiento borbónico (siglo xviii) Decadencia final (siglo xix)

4. Guerra de Independencia (1800 a 1821) a) b) c) d)

Antecedentes (1800 a 1810) Iniciación (1810 a 1811) Resistencia (1811 a 1820) Consumación (1820 a 1821)

5. México Independiente (1821 a 1876) 6. Porfirismo (1826 a 1911) 7. Revolución (1900 a nuestros días) a) Antecedentes (1900 a 1910) b) Lucha armada (1900 a 1917) c) Institucionalización (1917 a nuestros días). Respecto a los horizontes culturales de la época prehispánica, las fechas son siempre aproximadas y los autores difieren en cada caso por periodos de 100 a 500 años. Se han tomado, en consecuencia, los datos más concurrentes entre ellos. En el capítulo dedicado al Derecho prehispánico se destacan las características que distinguen un horizonte cultural de otro.

Cada época está dividida tomando en cuenta acontecimientos a tal grado trascendentes que marcan verdaderas transformaciones en nuestra historia, de la manera siguiente: 12 000 años a.C, aproximadamente, es la antigüedad señalada a los fósiles humanos de los primitivos pobladores. 1517 d.C, descubrimiento de México, en las costas de Yucatán, por Francisco Hernández de Córdoba, procedente de Cuba. 1521, toma de Tenochtitlan por Hernán Cortés (13 de agosto). 1810, iniciación de la Guerra de Independencia, con el Grito de Dolores (16 de septiembre). 1821, consumación de la Guerra de Independencia, con la firma del tratado de Córdoba entre el general Agustín de Iturbide y el virrey Juan de O'Donojú (24 de agosto). 1876, primera Presidencia provisional del general Porfirio Díaz (26 de noviembre). 1910, iniciación del movimiento revolucionario, con el ataque a la casa de la familia Serdán en Puebla (18 de noviembre). 1911, renuncia del Presidente Porfirio Díaz (25 de mayo). 1917, promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en vigor (5 de febrero). CRONOLOGÍA DE LA HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO En la división cronológica anterior, debemos encuadrar la cronología de la historia del Derecho mexicano, de la manera siguiente: 1.

Derecho prehispánico

Del horizonte preclásico, 1800 a.C. a 1521 d.C.

2.

Derecho indiano

De 1492 a 1821

3.

Derecho insurgente

De 1800 a 1821

4. Derecho del México Independiente

De 1821 a 1876

5.

Derecho porfirista

De 1876 a 1911

6.

Derecho revolucionario

De 1900 a nuestros días.

La anterior es una división cronológica, no un programa de nuestra asignatura. Se hace esta aclaración porque en la división aludida no aparece el Derecho castellano, que debe verse como antecedente del Derecho indiano. En cuanto al Derecho prehispánico, debe ser considerado desde el horizonte preclásico, en donde ya se tienen datos cronológicos suficientes para analizar su marco jurídico, como en el caso de la cultura olmeca.

En los horizontes prehistórico y arcaico, aunque suponemos que debieron existir rudimentos normativos, no contamos con elementos fidedignos para describirlos. El Derecho indiano es el aplicado por España en sus territorios de ultramar, por lo que comprende desde los documentos previos al descubrimiento hecho por Colón hasta la conclusión de la vida novohispánica, en el caso de nuestro país. Muchas disposiciones españolas siguieron vi gentes en México hasta muy entrado el siglo xix, pero ya por disposición de nuestros gobiernos nacionales independientes. El Derecho insurgente se ubica cronológicamente en forma paralela con los finales del Derecho indiano y constituye el antecedente básico para la creación de las primeras instituciones de nuestra vida independiente. En lo tocante al Derecho revolucionario, suele dividirse en dos periodos para distinguir entre Derecho revolucionario y posrevolucionario, tomando como base para ello la promulgación de la Constitución de 1917. Se tiene duda acerca de la extensión que debe darse a esta época, y los autores dividen sus criterios de la manera siguiente: • Estudiar la evolución histérico-jurídica hasta la Constitución de 1917, porque en ella se institucionalizaron los principios políticos y sociales de la ideología revolucionaria. • Estudiar hasta la década de 1930, tiempos del cardenismo, que señala el periodo de consolidación de las instituciones surgidas de la Revolución, además de que en esa época concluye la lucha armada. Los historiadores consideran la rebelión del general Saturnino Cedillo en San Luis Potosí, sometida por el Presidente Cárdenas, como el último movimiento bélico de la Revolución. • Estudiar hasta los últimos tres regímenes presidenciales (Miguel de la Madrid Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León), para observar en ellos cómo desemboca el caudal histórico-jurídico emanado de la Revolución. Incluso, autores destacados indican que debe estudiarse la historia del Derecho mexicano desde el fin al principio, es decir, de la institución actual hacia sus antecedentes más antiguos, en un camino de retroceso. Este criterio fue apuntado por Fernando Vázquez Pando 23 y es un punto de vista que muchos historiadores comparten a fin de asegurar que los estudiantes conozcan la etapa contemporánea de la historia, que más los afecta como generación. Nosotros consideramos oportuno detenernos a cierta distancia del México actual, con el propósito de conservar esa objetividad en la que hemos insistido, y además porque el análisis del panorama jurídico moderno no es ya propiamente quehacer de la historia del Derecho mexica no, sino de disciplinas jurídicas positivas. En tal virtud, concluimos nuestro estudio con la promulgación de la Constitución de 1917 y complementamos, a manera de cuadro sinóptico, nuestro análisis evolutivo señalando los principales acontecimientos político-jurídicos de los gobiernos posrevo lucionarios, con lo cual consideramos que se equilibran los criterios doctrinales señalados. RELATIVIDAD TERRITORIAL El estudio histórico-jurídico de México no debe circunscribirse a la normatividad aplicable en el espacio geográfico que actualmente ocupa nuestro país. Por el contrario, en muchas ocasiones ese ámbito de vigencia fue acrecentado o reducido en forma considerable; así, por ejemplo, en la época prehispánica la cultura maya se extendió por el sureste de México, pero abarcó también e incluso tuvo su origen en Guatemala y otras áreas de Centroamérica. A su vez, la influencia política, cultural y económica de la civilización azteca abarcó asimismo vastas zonas de esa región.

Por otra parte, durante la dominación española nuestro territorio fue dividido políticamente de manera muy diversa de la actual; de tal suerte que Chiapas quedó fuera de su demarcación, mientras que Texas, California y otros territorios, hoy estadounidenses, fueron provincias de la Nueva España y pasaron a formar parte del territorio mexicano en 1836 y 1848, según el caso, a la vez que el virreinato tenía control en varios aspectos del área administrativa en lugares lejanos como Santo Domingo y Filipinas. A todo lo anterior debemos agregar el hecho de que al considerar al Derecho castellano como raíz primordial de nuestro actual sistema jurídico, nos vemos obligados a estudiarlo de forma más o menos pormenorizada. Así pues, queda claro que en la historia la relatividad territorial se hace más patente al analizar una por una las diferentes etapas evolutivas del sistema jurídico mexicano. EL DERECHO PREHISPÁNICO Se entiende por Derecho prehispánico el conjunto de normas, instituciones y principios filosóficojurídicos que regularon a los pueblos autóctonos de América. En esta definición estamos hablando de un sistema jurídico, criterio que no siempre es compartido por los autores de la materia. Por ejemplo, Graciela Macedo Jaimes afirma: "En términos generales, no es dable hablar de Derecho que no sea expresión de la voluntad de un Estado, y el Estado cuando menos en el concepto que hoy tenemos de él, es decir, de sociedad organizada para crear el Derecho, no existía en la época precortesiana".1 Sin embargo, contra esa opinión cabe observar que los pueblos prehispánicos se agruparon en sociedades organizadas de algún modo y generaron civilizaciones de gran alcance como los casos de la zapoteca, tlaxcalteca, texcocana, maya y tolteca, entre otras, que ya permiten reconocer organizaciones sociopolíticas muy complejas. El caso de que estas culturas difieran en su estructura, postulados y sistema político, del tradicional romano-europeo no implica que no hubieran sido capaces de crear sus propias instituciones acordes con su manera de ver la vida y los elementos propios de su circunstancia, que al rodearlos los condicionaban. Aquellas sociedades tuvieron la facultad de establecer sus propias normas, muchas de las cuales eran consuetudinarias; sus propias instituciones como el matrimonio, los tribunales, una forma muy compleja de tenencia de la tierra, etc.; además de especular sobre valores y aspectos éticos que se expresaban a través de su normatividad jurídica. Estamos hablando de diferentes pueblos autóctonos de América, cada uno de los cuales tuvo su propio marco cronológico y geográfico de referencia. Muchos de esos pueblos ni siquiera fueron contemporáneos entre sí, como en el caso de los primeros olmecas y de los aztecas, separados por casi 15 siglos. Por otro lado, algunos de ellos se ubicaron en territorios ajenos a lo que ahora es nuestro país, como los incas en Perú. En consecuencia, no hay un Derecho prehispánico sino varios, y así podemos hablar con toda propiedad de Derecho azteca, Derecho maya y Derecho purépecha, entre otros, todos los cuales se agrupan en un gran rubro que llamamos Derecho prehispánico . Con todo esto, hay quienes juzgan muy primitivo el sistema normativo prehispánico, lo que los alienta a minimizar la importancia de su estudio; al respecto, debemos observar que el Derecho es un producto histórico y social, como bien lo apuntaron en su momento los partidarios de la escuela histórica alemana. Por lo mismo, los pueblos autóctonos de nuestro continente generaron su propia ordenación jurídica, fruto de sus necesidades particulares y de sus principios rectores como civilización, lo cual no

quiere decir que fuera mejor o peor y, menos aún, que sea válido comparar los sistemas indígenas con el Derecho castellano que terminó imponiéndose en estos territorios a raíz de la conquista. No olvidemos que el Derecho castellano deriva del Derecho romano, germano, canónico, creado en una evolución que se inició en 753 a.C. con la fundación de Roma y que para 1521, cuando Cortés conquistó a los aztecas, contaba ya con 2274 años de desarrollo; 22 siglos a lo largo de los cuales se fue nutriendo con muchas y muy variadas aportaciones. Por ello es absurdo compararlo con un pueblo como el azteca, cuya ciudad capital se fundó en 1325 d.C. y que a su caída contaba con tan sólo dos siglos de desarrollo que, sin embargo, fueron suficientes para dejar honda huella de sus alcances y madurez, puesto que en algunos aspectos el Derecho azteca alcanza una notable evolución. Como ejemplos podemos citar: a) La no existencia de tutela para velar por los intereses de los indivi duos incapaces, porque contaban con la figura del calpulli de organización vecinal, que absorbía esa responsabilidad. b) El hecho de que en Texcoco todo hombre nace libre, independientemente de ser hijo de padres esclavos, 2 idea de un humanismo no alcanzado por los romanos, quienes sólo aceptaban el status libertatis de aquel que pudiera demostrar que su madre esclava había sido libre alguna vez en el desarrollo de su preñez. Por ello no debemos pensar que los derechos prehispánicos son derechos rústicos, y menos aún sin el nivel de auténticos sistemas jurídicos y, en cambio, adentrarnos en su estudio de la manera seria y profesional que debe caracterizar al investigador académico. Justificación del tema En el caso del Derecho prehispánico, antes de iniciarnos en el estudio de sus diversas áreas es necesario justificar la existencia misma del tema, ya que, como dijimos, no todos los autores están de acuerdo en la existencia de un sistema jurídico entre los pueblos autóctonos de nuestro continen te y suponen que el Derecho, así llamado con toda propiedad, llegó a nosotros a través de la conquista europea. En el mejor de los casos, admiten la existencia de normas elementales en aquellas culturas, pero niegan que las mismas puedan ser elevadas al rango de Derecho, por distar mu cho de la estructura, la técnica y el desarrollo alcanzados al respecto en el Viejo Mundo. Para justificar la presencia del Derecho entre los pueblos autóctonos de nuestro continente apuntaremos los aspectos siguientes: 1. Lucio Mendieta y Núñez señala que "es indudable que el Derecho no había alcanzado en el México precolonial, complejidad y desarrollo tan grandes como los que ofrecía en los países europeos de la época; pero formaba un cuerpo de preceptos y de previo estudio especiali zado para conocerlos a fondo y aplicarlos con eficacia". 3 De esta manera, Mendieta nos recuerda que ya existía una profesión jurídica entre los antiguos mexicas, profesión que incluso se estudiaba en el colegio de los nobles, como veremos en su momento. 2. Recordemos que la clásica definición del Derecho considera a éste un conjunto de normas imperoatributivas que regulan la conducta social del individuo; a su vez, el concepto de norma como regla de conducta nos lleva a considerar que en toda sociedad organizada debe existir un mínimo de normas que determinen las directrices de esa organización. Por lo mismo, como afirma Rafael Rojina Villegas, no existe sociedad sin Derecho, aun cuando el mismo en sus orígenes más rústicos aparezca confundido con elementos místicos y religiosos.4

3. El propio Rafael Rojina Villegas señala que podemos considerar la existencia del Derecho cuando encontramos los elementos siguientes: a) Un conglomerado humano organizado a manera de un cuerpo social; en otras palabras, un conjunto de personas unido perma nentemente. Obsérvese que lo que se pide es que estos individuos mantengan lazos de unión constantes, no necesariamente que estén arraigados en un lugar determinado. En consecuencia, es posible la inclusión de sociedades de tipo nómada, con tal que su unión sea permanente. b) Una entidad de poder, o un ente de decisión general. La expre sión ente está utilizada de manera premeditada, porque en ella pueden ser comprendidas todas las formas de autoridad política, desde el mando de un cacique tribal hasta los más refinados sistemas de gobierno modernos. c) Que las decisiones que tome ese "ente" sean aplicadas de modo coercitivo, porque la coercibilidad es la nota característica de la norma jurídica, que se impone independientemente de la voluntad particular de cada uno de los miembros de la sociedad en que se aplica. Ahora bien, en los pueblos prehispánicos, por ejemplo, en la socie dad azteca, se dan los tres elementos antes señalados y así podemos afirmar la existencia de un orden jurídico en aquellos tiempos. 4. Los cronistas españoles al referirse a las costumbres originales de los pueblos conquistados, describen con sumo detalle su vida jurídica, dando así testimonio de la existencia de un Derecho prehispánico. 5. En algunos códices provenientes de estas culturas encontramos varias representaciones de su orden jurídico, sobre todo en su aspecto jurisdiccional. 6. Muchos tratadistas por diversas causas han dedicado parte de su trabajo de investigación al análisis de los temas del Derecho prehispánico. Entre ellos cabe destacar a Guillermo Floris Margadant, Fernando Flores García, Lucio Mendieta y Núñez, Carlos Arellano García, Sara Bialostosky y Mercedes Gayoso. Las consideraciones anteriores permiten confirmar la existencia de los sistemas jurídicos prehispánicos y, consecuentemente, la necesidad de estudiarlos con el ánimo de formar una verdadera especialidad temática dentro del campo amplísimo de la historia del Derecho mexicano. Limitaciones y cronología El estudio del Derecho prehispánico presenta para el investigador algunas dificultades que deben ser tomadas en cuenta a fin de superarlas y de evitar desviaciones y errores en sus resultados. Tales dificultades son las siguientes: a) La especialización profesional. Los temas prehispánicos requieren el análisis de especialistas tales como el historiador, el arqueólogo y el antropólogo, cuyas disciplinas están fuera del alcance del jurista. Así, es conveniente que se asesore y esté atento a los avances y descubrimientos que se vayan presentando en estas materias. b) El manejo de los idiomas autóctonos. En muchas ocasiones se utilizarán términos en náhuatl, maya, purépecha, etc., y estos idiomas resultan hoy día de difícil pronunciación, comprensión y memorización para quienes no conocen siquiera los rudimentos de los mismos. Por eso debemos apoyarnos en buenos diccionarios, que afortunadamente ya están a disposición del público en general.

c) Los testimonios de las fuentes formales. Fueron principalmente los europeos quienes consignaron en sus escritos la existencia y las características de las fuentes jurídicas prehispánicas, y consideraron que en su mayoría eran consuetudinarias y que, salvo el caso en que se atri buye a Nezahualcóyotl ser el autor de unas 80 leyes, de las cuales apenas la mitad han llegado hasta nosotros citadas por historiado res de origen indígena, no existen testimonios impresos del contenido de las normas autóctonas. La descripción de las costumbres y los modos de vida de aquellos pueblos proviene de los cronistas españoles. La crónica es un estilo literario propio de los siglos XVI a XVM, coincidente con el descubrimiento y la conquista de América, y mediante la cual se pretendía divulgar el conocimiento del Nuevo Mundo. Por lo mismo, es fácil encontrar en esos relatos aspectos personales, anecdóticos y hasta fantásticos que nada tienen que ver con la realidad histórica. Así, es imperioso analizar el origen de las crónicas antes de apoyar en ellas nuestro estudio jurídico prehispánico. En tal virtud, distinguimos dos tipos de cronistas: 1.

Los conquistadores, a quienes motivó principalmente el deseo de destacar por sus hazañas frente a los indígenas; es el caso de Cortés y Bernal Díaz del Castillo.

2.

Los misioneros, impulsados por el interés de dar a conocer a sus hermanos de orden religiosa los aspectos principales de la vida de los aborígenes para facilitar la penetración evangélica, como podemos apreciar en fray Bernardino de Sahagún, Motolinía, etcétera.

En todo caso, salvo algunas excepciones, como la de Cortés, que estudió leyes en Salamanca y fue notario en Cuba, y la de Alonso de Zorita, oidor de la Nueva España, los cronistas no eran juristas y de ahí su imprecisión al describir aspectos normativos, algo que se puede observar en tres aspectos: 1.

Omisiones. Hay aspectos jurídicos de gran importancia que se citan en una crónica, mientras que en otras similares no.

2. Contradicciones. Nos desconcierta que un autor afirme algo y otro tan famoso como él diga lo contrario. 3. Falsas interpretaciones. Puesto que el esquema cultural de los cronistas es el del mundo grecorromano-cristiano-feudal, ellos interpretaron las instituciones de los indios tratando de ajustarías a las suyas, lo cual es causa de imprecisiones, como cuando hablan de esclavitud, Imperio, Senado, etcétera. Por tanto, es necesario conocer previamente a los autores y hacer cierta discriminación entre los mismos; es decir, preferir a quienes vivieron en los años de la conquista y que, en consecuencia, fueron testigos del mundo que describen; a quienes fueron más cuidadosos de comprobar lo que afirman, que de dejarse llevar por la imaginación, la propia deducción y los relatos ingeniosos pero falsos de algunos informantes; y finalmente, a quienes detallan con mayor abundancia los aspectos jurídicos de los indígenas. Es cierto que también hay autores indígenas tales como Ixtlilxóchitl, Chimalpaín, Tezozómoc y Pomar, pero ellos no escribieron sus obras durante la época prehispánica y de acuerdo con los modelos culturales entonces existentes, sino que lo hicieron influidos por la educación adquirida en los primeros colegios establecidos por los evangelizadores.

d) El marco cultural específico. Hemos dicho que cada sistema jurídico se da en el contexto de un marco cultural específico. En tal caso, los derechos prehispánicos se desarrollaron en los parámetros propios de aquellas civilizaciones. Por eso debemos recordar que no es válido hacer comparaciones con el sistema jurídico romano-castellano, sino entender la propia y particular evolución de la vida y la normatividad de esos pueblos. De ahí la necesidad de que el investigador conozca cabalmente su organización política, económica, religiosa, etc., y de ser posible sus principales ideas filosóficas y morales. Independientemente, conviene recordar que la época prehispánica se subdivide en seis horizontes culturales, llamados así porque en ellos se desarrollaron culturas con diferentes grados de civilización que a veces difieren mucho entre sí. La base que permitió elaborar esta clasificación es la siguiente: 1. Horizonte prehistórico (12 000 a 5 000 años a.C, aproximadamente). Corresponde a la época de los cazadores y recolectores, es decir, los prime ros pobladores de nuestro país. Sus sitios arqueológicos principales son Chalco, Peñón de los Baños, Tequisquiac, Santa Isabel Iztapán y Tepexpan, todos ellos en el Valle de México. Este horizonte concluye con la apari ción de la agricultura en la vida económica de esas comunidades. 2. Horizonte arcaico (5 000 a 1 800 años a.C, aproximadamente). En él se inician la agricultura y la consecuente sedentarización, lo que origina la formación de las primeras aldeas y un mayor desarrollo de la cerámica. También se caracteriza por la creación de nuevos elementos culturales como metates, molcajetes y cestos. Abarca hasta la apari ción de los primeros centros ceremoniales. Sobresalen como zonas arqueológicas Tehuacán, Valsequillo, Chalco, Chicoloapan, etc., en los estados de Puebla y de México. 3. Horizonte preclásico (1 800 a 100 a.C, aproximadamente). Ésta es la época de las primeras culturas teocráticas que se concentraron en poblaciones cada vez más importantes, las cuales funcionaban como centros ceremoniales; es el caso de Zacatenco, Tlatilco, Copilco, Cuicuilco y Tlapacoya, en el Valle de México, y la región olmeca del sur de Veracruz y Tabasco, con sitios como La Venta, Tres Zapotes, San Lorenzo y el Cerro de las Mesas. 4. Horizonte clásico (100 a.C. a 850 d.C, aproximadamente). En este horizonte florecen las grandes culturas bajo el poder de una teocracia que llevó a su más alta expresión al mundo prehispánico en nuestro país, para luego ser reemplazada por un fuerte grupo militar que terminó apoderándose del control político de estos pueblos. Destacan lugares como Teotihuacan, Monte Albán, Palenque y Bonampak. 5. Horizonte posclásico (850 a 1200, aproximadamente). Éste es el tiempo de la transición de la teocracia a los gobiernos militaristas. Sobresalen los pueblos de la zona mixtecozapoteca y tolteca-chichimeca, de los que ya podemos encontrar auténticas fuentes históricas para conocer su desarrollo con veracidad. 6. Horizonte histórico (1200 a 1517). En esta época se formaron los gran des imperios militares mediante el sistema de conquistas y de tributación, como es el caso de los aztecas, quienes finalmente fueron vencidos por las armas españolas.

Comenzaremos nuestro estudio histórico-jurídico a partir del horizonte preclásico (1 800 a 100 años a.C, aproximadamente), cuando ya encontramos elementos suficientes para reconstruir sus incipientes instituciones, en la inteligencia que en los dos horizontes anteriores,

prehistórico y arcaico, seguramente hubo manifestaciones normativas que espe ran futuras investigaciones para su conocimiento y comprensión. Por último, cabe señalar que de los numerosos pueblos prehispánicos, varios de los cuales son de particular importancia en la cultura universal, nos limitaremos a estudiar a los olmecas, teotihuacanos, mayas y aztecas o mexicas, por considerar que presentan características relevantes que pueden resultarnos útiles para comprender el universo de los derechos prehispánicos de México.

Distribución geográfica de los pueblos prehispánicos de México El mundo prehispánico de la República Mexicana actual está conformado por una gama de pueblos con diferentes grados de civilización que requieren ser clasificados y ubicados en áreas geográficas. Nuestro territorio se encuentra en gran parte ubicado dentro de lo que los historiadores llaman Mesoamérica, territorio que comprende aproximadamente desde el sur de Tamaulipas y Sinaloa hasta Costa Rica, si bien algunos lo limitan al norte de Nicaragua. En esa amplia zona se encuentra el asentamiento de las grandes culturas indígenas, que junto con la incaica en América del Sur representan lo más logrado de las civilizaciones autóctonas. En lo que toca a los pueblos aborígenes, contamos con la distribución geográfica siguiente: a) Zona maya. Comprende los estados de Chiapas, parte de Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, y en el extranjero, Guatemala, Belice, Honduras y parte de El Salvador. Destaca ahí desde luego la cultura maya-quiché. b) Zona oaxaqueña. Corresponde al estado de Oaxaca y parte de los estados de Puebla, Guerrero, Chiapas y Veracruz, donde encontramos las culturas mixteca y zapoteca. c) Zona costera del Golfo. Abarca desde el sur de Tamaulipas, Veracruz, gran parte de Tabasco y algunas porciones de San Luis Potosí y de Hidalgo, con tres culturas importantes: la huasteca, la totonaca y la olmeca. d) Zona costera del Pacífico. Se extiende desde el sur de Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán y comprende partes de Guerrero y Guanajuato. En ella destaca la cultura purépecha. e) Meseta central. Con Morelos, Estado de México, Distrito Federal, Tlaxcala, partes de Puebla e Hidalgo. Ahí se asentaron culturas como la tolteca, teotihuacana, tlaxcalteca y, desde luego, la azteca. f) Zona chichimeca o bárbara. Es muy amplia y comprende Querétaro, San Luis Potosí, Zacatecas, Durango, Aguascalientes y partes de los estados de México, Hidalgo, Jalisco, Guanajuato, Nuevo León, Coahuila y Chihuahua. Ahí los grupos culturales son diversos, pero con pequeños índices de desarrollo cultural. Tal es el caso de huahuchichiles, coahuilas, etc., todos ellos agrupados con el nombre genérico de chichimecas o bárbaros. Importancia de la agricultura en el desarrollo de los pueblos prehispánicos Aproximadamente en el año 5 000 a.C. la vida del hombre sufrió una gran transformación al pasar de la etapa de cazador a la de agricultor, lo que sucedió al extinguirse la fauna del pleistoceno a consecuencia de los radicales cambios climatológicos. De esta suerte, las comunidades se vieron en la necesidad de alimentarse con frutos, raíces y semillas de su entorno, y esto condujo necesariamente al

cultivo de la tierra. Como sabemos, la agricultura constituye una nueva manera de vida, es decir, es auténticamente una nueva cultura. En nuestro territorio detectamos los sitios donde se obtuvieron las primeras cosechas, por ejemplo, en las cuevas de Ocampo y La Perra en Tamaulipas; en el Valle de Tehuacán, en el Ajuereado, el Riego y Valsequillo, Puebla; Chantuto, Chiapas; Peralta, Sonora; Abasólo, Nuevo León; en el Valle de México en Chalco y Chicoloapan, y en Yahutitlán, Oaxaca. En esos lugares se han encontrado restos fósiles de mazorcas junto con implementos rústicos de labranza. Paralelamente se conocen otros puntos arqueológicos del hombre agricultor en territorios muy distantes como Huasca Prieta, Perú; Bat Cav, Nuevo México, y Lagoa Santa, Brasil, por lo que al parecer el cultivo del maíz fue conocido prácticamente en forma simultánea en todo el continente. Además del maíz, tempranamente se conoció el cultivo de frijol, calabaza, chile, algodón, zapote blanco y negro, haba, camote, jitomate, etc. Para sembrar los indígenas se sirvieron en Mesoamérica, hasta la llegada de los conquistadores, de un bastón plantador llamado coa, con la ayuda de tres individuos: uno que perforaba el terreno, otro que arrojaba las semillas y el último que cubría la horadación, ya que en esta parte del continente se carecía de animales de tiro. La agricultura en América, igual que en su momento en el Viejo Mundo, trajo las consecuencias siguientes: 1. Se arraigó aún más la sedentarización, porque el trabajo de la tierra implica la permanencia en un lugar determinado, principalmente en la cercanía de ríos y lagos, propicios para la agricultura y la sobrevivencia humana. A su vez, la sedentarización es causa de tres fenó menos sociales que repercuten considerablemente en los ámbitos jurídico, económico y político: a) La aparición de la propiedad privada. b) La estratificación social. c) La identificación del grupo con arraigo en una aldea y, consecuentemente, el rechazo al forastero. 2. El desarrollo en gran escala de la cerámica y de las artes conectadas con ella. 3. Las manifestaciones, cada vez más destacadas, de los ritos de fertilidad y, por lo mismo, el predominio del grupo sacerdotal, que estableció una fuerte teocracia de enorme trascendencia para los pueblos prehispánicos. 4. El desarrollo del comercio para intercambiar los excedentes de las cosechas obtenidas. 5. Una mayor división del trabajo, que si bien ya se había dado desde la época del hombre cazador, con la agricultura se hizo rutinaria e indispensable. Margadant apunta que si el maíz agota el suelo más rápidamente que otros cultivos, "la deficiente técnica agrícola, haciendo disminuir las cosechas después de pocos años, puede haber sido el factor responsable de los incesantes movimientos migratorios de los antiguos indios y de la repentina decadencia de varias ciudades precortesianas". 5 DERECHO OLMECA La cultura olmeca se considera la civilización inicial en nuestro territorio, paralela a los pueblos que se establecieron en la época preclásica en el Valle de México, es decir, las culturas de Copilco, Cuicuilco, Zacatenco, etc. Por eso a la cultura olmeca se le denomina madre o reina, de ahí que resulte interesante estudiarla desde el punto de vista de la historia del Derecho.

Los olmecas se ubicaron en el sureste de nuestro país, en la llamada Mesopotamia mexicana, entre los ríos Grijalva y Papaloapan, y abarcaron de esta manera el sur de Veracruz y casi todo el estado de Tabasco. Sus principales centros arqueológicos son La Venta en Tabasco, y Tres Zapotes, San Lorenzo y el Cerro de las Mesas, en Veracruz. La influencia de esta cultura se encuentra en regiones como Chiapas, Oaxaca, Guerrero, sur de Puebla, Morelos y en el Valle de México. Esto se debe, entre otras cosas, a que en el horizonte cultural en que se desarrolló el ciclo histórico olmeca, el preclásico, se dieron las bases culturales básicas de casi todos los pueblos prehispánicos asentados en nuestro actual territorio. Alfredo Chavero en 1884 destacó la importancia de las peculiares esculturas encontradas en la costa del Golfo de México, algunas de ellas, como las cabezas de niño o de bebé, de proporciones poco comunes, fueron más tarde relacionadas con la cultura olmeca por el estadounidense Saville. Por ese tiempo poco se conocía respecto a este pueblo y sólo se tenía alguna noticia por las tradiciones y relatos de los aztecas y mayas. Hoy sabemos que los olmecas se desarrollaron entre los siglos X y XI a.C, aproximadamente. Algunos investigadores opinan que esta cultura se originó en la misma región costera del Golfo, ya que en ella se encuentran sus sitios arqueológicos principales; otros, en cambio, suponen que nació en Oaxaca, Guerrero y Puebla, lugares donde aparecen sus formas primitivas de manifestación. Se desconoce el nombre que se dieron a sí mismos, pues muchos siglos después de florecida esta cultura los invasores aztecas los llamaron olmecas o habitantes de la región del hule. La desintegración de la cultura olmeca se inició al comenzar la era cristiana y precisamente en la región de La Venta en Tabasco, la que hasta entonces había sido su capital cultural. Esto se debió a la fuerte presión que ejercieron los mayas procedentes de Guatemala y Chiapas, quienes terminaron por someter y dispersar a los olmecas. Sin embargo, algunos emigrantes pudieron establecerse en la zona de Veracruz, para luego sucumbir ante las invasiones teotihuacanas y totonacas, pero todavía mani festaron un renacimiento hacia el año 800 d.C. en la zona de Cholula, en cuyo caso se habla de los neoolmecas. IMPORTANCIA DEL ARTE OLMECA En todos los pueblos, antiguos o modernos, las manifestaciones artísticas reflejan en gran medida sus particulares formas de vida, sus valores, ideales y luchas cotidianas, por lo cual para la arqueología es de gran importancia estudiar minuciosamente toda expresión artística de una cultura. Los olmecas presentan piezas arqueológicas que no tienen precedente en ningún otro estilo de arte mesoamericano; se trata preferentemente de esculturas de tipo humano con personajes a la vez negroides y mongo-loides: son sujetos obesos, con cabezas en forma de pera, nuca abultada, ojos oblicuos, comisuras hundidas, barbilla saliente, labio superior levantado, nariz achatada y perforada con el propósito de usar nariguera, y boca semejante a la de un felino, lo que refleja un culto especial por el jaguar, tal vez antecedente de Chac, Cocijo, Tajín y Tláloc en otras culturas. También son frecuentes las representaciones de enanos, jorobados e individuos con deformaciones patentes, a veces esculpidos con gran refinamiento en piedra simple o en jade. Margadant afirma: Algunos especialistas creen encontrar en la cultura olmeca dos clases de origen étnico distinto, conquistadores y conquistados. La barba postiza de los sacerdotes en algunos bajorrelieves sugiere el recuerdo de una clase invasora dominante, de larga barba, clase que luego se debilitó, de modo que la nueva élite dominante, ahora con la escasa barba del indio, tuvo que procurarse barbas postizas para actos ceremoniales.6

Entre los olmecas, los sacerdotes formaban la clase social dirigente, que imponía su voluntad sobre campesinos y artesanos, quienes movidos por esta teocracia desarrollaron la labor técnica de transportar y labrar enormes bloques de piedra, auxiliados por los rústicos elementos con que contaban, como troncos, punzones de piedra y lianas. Es de observarse que las enormes piedras encontradas en La Venta, por ejemplo, implican su acarreo desde regiones remotas y con las grandes dificultades que la época y las circunstancias imponían, por lo cual es evidente que la férrea teocracia establecida en la región logró imponer su dominio aun en zonas muy distantes. Por eso tratadistas como Alfonso Caso y el propio Marga-dant suponen la existencia de una capital olmeca, algo no muy aclarado, pero que de haber existido debió de encontrarse en La Venta, en la sabana tabasqueña. Economía Los olmecas se dedicaron a la agricultura, la caza, la pesca y la recolección, y con sus productos excedentes realizaron un comercio intensivo con otros pueblos vecinos y aun distantes como los asentados en el Valle de México, todo ello a través del trueque. Sus habitaciones, incluso las de la clase dominante, estaban hechas de barro y varas. Además, elaboraron vestidos, canoas, esteras, máscaras, cuerdas, pelotas y protecciones de hule para el juego, armas de piedra y vasijas de barro. Román Pina Chan afirma que podemos hablar en este pueblo de una economía tributaria aldeana con producción artesanal semiurbana concentrada en el centro ceremonial principal, y una población campesina periférica.7 Ello implica la existencia de una sociedad compleja compuesta por diversos grupos de poder, cuyos elementos se advierten en las representaciones escultóricas encontradas hasta la fecha y en las cuales observamos el mayor o menor atuendo según la jerarquía que ostenten, a pesar de que en esta cultura el ropaje era mínimo y sencillo. Otros aspectos de la cultura olmeca En materia religiosa, las múltiples representaciones del jaguar en el arte olmeca demuestran que este animal ocupaba un lugar determinante en la mitología. También rendían culto a la lluvia y al fuego, representado por un anciano con un brasero en la cabeza, llamado Huehuetéotl entre los pueblos del centro de México. Igualmente veneraban a sus muertos, a quienes dedicaban ricas tumbas y ofrendas. Gracias a las estelas, monumentos en forma de lápida o pedestal, se ha comprobado que los olmecas ya contaban con escritura jeroglífica y un sistema calendárico y numérico a base de puntos y rayas, parecido al de la cultura maya. También se deduce el estatus inferior de la mujer olmeca por la escasa representación femenina en su arte, a diferencia de las culturas del Valle de México contemporáneas del horizonte preclásico, donde hay una abundante cantidad de esculturas de mujer incluso embarazadas, porque están relacionadas con el culto a la fertilidad de la tierra. Entre los olmecas se llegó al extremo de negarle a la mujer su calidad de madre, puesto que en los mitos se ponía de relieve el hecho de que el varón se internaba en las entrañas de la Tierra, simbolizada por las fauces del jaguar, y daba la vida al niño al nacer. En el ámbito histórico-jurídico, la cultura olmeca contó con una sociedad compleja y organizada, sometida al predominio de una élite sacerdotal. En consecuencia, integraba un sistema teocrático basado en una economía con una doble función: la de autoconsumo y la de un incipien te comercio por medio del trueque, que abarcó a pueblos vecinos y aun a los más distantes ubicados en el Valle de México, que luego desaparecieron sepultados por la lava de las erupciones del Xitle.

DERECHO TEOTIHUACANO

La fusión de los antiguos grupos de agricultores y artesanos del Valle de México que sobrevivieron a la erupción del Xitle, con los grupos emigrantes de olmecas del Golfo de México que fueron expulsados de su región por las invasiones mayas, hizo posible la aparición de la cultura clásica de Teotihuacan, la ciudad de los dioses. Este centro ceremonial de primordial importancia en Mesoamérica empezó a poblarse hacia el año 500 a.C., y alcanzó tal grado de desarrollo que su influencia cultural se extendió en todas las direcciones posibles, al punto que se encuentran elementos suyos aun en Centroamérica. Se trata de un pueblo principalmente agricultor, que realizaba sus faenas con el sistema de roza o desmonte y construía terrazas de cultivo en las laderas de los cerros, así como canales de riego y chinampas o cultivos flotantes en las orillas de los lagos. La alimentación se comple mentaba con productos de la caza y la pesca, así como con la recolección de nopales y tunas. La falta de ciertos productos y materias primas se cubría por medio del comercio local y foráneo. Al respecto, Walter Krickeberg señala: La antigua suposición de que un extendido comercio debía ir acompañado de una política de expansión, no se ve confirmada en el caso de los teotihuacanos. Una política de esta especie sólo es posible cuando se trata de un pueblo belicoso y versado en el arte militar, pero los fundadores de la antigua ciudad sagrada no tenían el menor interés en someter pueblos extraños. De aquí que durante las excavaciones de Teotihuacan aparecieron las armas en número muy reducido. 8 Así, se considera que las puntas de flecha de obsidiana que se han encontrado sirvieron sobre todo para la caza, al igual que las esferitas de barro disparadas con cerbatana. La actividad militar fue entre los teotihuacanos muy pobre; incluso se ha dicho que la suya era una ciudad abierta, si bien algunos arqueólogos hacen ver que debe tomarse en cuenta que poseía una serie de defensas naturales, insignificantes para un ejército moderno, pero que en aquel tiempo podían obstaculizar un ataque. Sin embargo, algunos expertos como Ignacio Bernal no están convencidos del pacifismo teotihuacano. En Teotihuacan hubo un gobierno teocrático. La clase sacerdotal controlaba todos los aspectos de la vida humana: prácticas religiosas y ceremoniales, funciones políticas y administrativas, actividades comerciales y manufactureras. Todo lo regulaban y todo lo ordenaban los sacerdotes porque representaban a los dioses, y esta representación les aseguraba la fuerza política de que disponían ampliamente como reyes-sacerdotes. Debieron de haber ejercido una considerable autoridad sobre sus gobernados, pues en caso contrario no podría explicarse la construcción de sus templos y pirámides impresionantes que requerían un verdadero ejército de obreros que trabajaran muchos años. Sin embargo, por sus principios religiosos es casi seguro que el pueblo no consideraba tiránica esta imposición, ya que los edificios se destinaban al culto de los dioses, lo que en última instancia redundaba en beneficio de sus actividades cotidianas. Es muy poco lo que conocemos acerca de las actividades normales de un sacerdote en ese tiempo y se debe principalmente a las representaciones pictóricas en murales y vasijas. Por ello sabemos que solían usar disfraces de animales, con frecuencia jaguares, y se adornaban con grandes tocados de pluma, además de que llevaban pequeños utensilios para el copal, el tabaco y diversas semillas aromáticas que vertían en el suelo mientras entonaban himnos ceremoniales. Por tanto, en Teotihuacan se formaron dos clases sociales: la de los sacerdotes gobernantes y la del pueblo productor de todas las riquezas de que podían disponer los primeros. La ciudad de Teotihuacan resulta impresionante por su extensión y calidad: en su mejor época alcanzó la extensión de unos 20 kilómetros cuadrados, con cerca de 200 000 habitantes. Nosotros, ahora acostumbrados a ciudades de millones de habitantes, tal vez veamos con desdén esta cifra, pero si recordamos que hacia el año 1 000 d.C. Roma apenas alcanzaba los 10 000 habitantes y en toda Europa ninguna ciudad pasaba de 20 000 almas, y que tan sólo es posible que Constantinopla

rebasara un tanto esa cifra, podemos afirmar que en su tiempo Teotihuacan fue una de las ciudades más pobladas del mundo. Ignacio Bernal manifiesta que la cultura teotihuacana no sólo se limitó al área de la ciudad propiamente dicha, sino que sus habitantes salieron de ella y se impusieron culturalmente a otros pueblos. Esta transculturación explica la presencia de varios elementos sociológicos, económicos y jurídicos que, creados por los teotihuacanos, se repitieron en varias civilizaciones posteriores, como es el caso del calpulli, como veremos al estudiar el Derecho azteca. 9 Hacia el año 850 d.C. se inició la decadencia de Teotihuacan, que al fin pereció víctima de conflictos internos entre dos grupos políticos que se disputaban el poder, los militares y los sacerdotes, y también por las invasiones bárbaras o chichimecas, entre las que destacaron las de los otomíes, quienes terminaron estableciéndose en la región y se mezclaron con la población campesina original. Las clases dirigentes emigraron hacia el Oriente, el Occidente y el sur llevando consigo los principios culturales de su pueblo, que fueron luego adoptados por otras culturas tan distantes geográficamente como las centroamericanas. DERECHO MAYA-QUICHE El complejo cultural maya representa uno de los logros más elevados de las civilizaciones prehispánicas en Mesoamérica. Se trata de un pueblo distribuido en una amplia zona geográfica cuyos conocimientos en casi todos los órdenes del saber fueron muy completos. El estudio de los ma yas ha despertado el interés de un gran número de expertos, con los cuales ha surgido una especialidad, la mayología, cuyos trabajos son cada vez más profundos. Por eso el historiador del Derecho cuenta ahí con abundante material para documentar su análisis y fundamentar sus hipótesis. La cultura maya se ubica en Centroamérica, fundamentalmente en Guatemala, Belice, parte de El Salvador y Honduras. En esta área destacan, entre muchos, los sitios arqueológicos de Tikal, Copan y Quiriguá. En territorio mexicano los tenemos en Chiapas, parte de Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, en centros arqueológicos como Itzapa, Palenque, Bonampak, Chichén Itzá, Mayapán, Uxmal y Tulum. Toda el área está cubierta de ruinas arqueológicas, muchas de las cuales todavía esperan mayor investigación y divulgación. Cronología Los arqueólogos ubican el origen de la cultura maya en la zona de Peten, en Guatemala, limítrofe con el territorio mexicano, y por sus características culturales mencionan dos imperios que, debe aclararse, no se refieren a organización política alguna, sino a un concepto cultural. Estos dos complejos o "imperios mayas" son los siguientes: a) El Viejo Imperio maya, que se estableció en Centroamérica y Chiapas y que tuvo su mayor desarrollo entre los años 600 a 900 d.C, es una cultura original sin influencia determinante de ninguna otra.

b) El Nuevo Imperio maya, que se desarrolló en Tabasco, Campeche, Yucatán, Quintana Roo y Belice, después de un periodo de abandono de las ciudades del Viejo Imperio, muy discutido en cuanto a sus motivos, y que se manifestó desde el año 1 000, aproximadamente, hasta la llegada de los conquistadores, en donde ya encontramos una marcada influencia tolteca y teotihuacana. Ellos se daban a sí mismos el nombre de quichés y tenían una lengua vulgar y otra culta que llamaban zuyúa, que sólo dominaban las clases en el poder. Su numeración era vigesimal; los números se representaban por medio de puntos, rayas y un signo en forma de caracol que correspondía al cero. En cuanto a su calendario, tenían uno de 365 días o del año solar que llamaban haab, y el del año ritual de 260 días denominado tzolkin. Al día lo

llamaban kin, al mes de 20 días uinal, al año de 360 kines le decían tun; el periodo de 20 años o tunes lo indicaban como katún y el ciclo de 20 katunes, es decir, 400 años, era considerado un baktún. Fuentes Entre las fuentes clásicas para el estudio del Derecho maya podemos citar las siguientes: 1. Los códices. Son los documentos característicos de la escritura prehispánica. Se trata por lo general de extensas franjas hechas con diversos materiales como fibras de henequén, algodón, piel, etc., ilustradas con pinturas hechas con tintes vegetales y resinas que han demostrado gran durabilidad y fijación. Los colores que se utilizaban eran simbólicos; por ejemplo, el rojo representaba la muerte. Igualmente, los dibujos tenían gran significación: tal es el caso de las huellas de pie que representan camino o dirección, el glifo o la voluta que sale de la boca de los personajes significa que hablan, etc. Las tiras se doblaban a manera de cuadernillo y en sus páginas, así formadas, se desarrolla toda una historia. La profesión de escribano, de gran relevancia en todas las civilizaciones antiguas, en el caso de aztecas y mayas era estudiada por los nobles. Entre los aztecas al pintor de códices le llamaban llacuilo y entre los mayas, dzib. Para el estudio en códices de algunos aspectos de la cultura maya tenemos tres muy famosos: a) El Códice de Dresde, encontrado en la biblioteca de esa ciudad alemana, que se sabe que perteneció desde el siglo xvm al rey Augusto II de Sajonia y que posteriormente logró ser rescatado entre las ruinas producidas por bombardeos e inundaciones sufridos en la Segunda Guerra Mundial. b) El Códice Matritense o de Madrid, que no debe ser confundido con otro de nombre similar, propio de la cultura azteca. Este códice maya también se llama Tro-Cortesiano porque en el siglo xix su propietario, donjuán Tro y Ortelano, quien se decía descendiente de Hernán Cortés, lo donó al Museo de América en Madrid. c) El Códice Parisinus o de París, localizado desde el siglo pasado en la Biblioteca Nacional de esa ciudad. 2. Los libros originales de la literatura maya antigua. En este caso tenemos: a) El Libro de los Libros de Chilam Balam, del que hay varias versiones, la más difundida de las cuales es la de Chumayel. Chilam es el nombre que se daba al sacerdote supremo como una derivación de chiman o chemán, nombre que todavía reciben en la zona maya los curanderos y brujos; en tanto que Balam, que significa "jaguar", era nombre común entre los antiguos mayas. La obra contiene una miscelánea de temas culturales diversos que reflejan mucho de la vida y las costumbres de los mayas. b) El Popol Vuh, que trata diversos aspectos mitológicos, entre los que destacan la creación del mundo y del hombre. La versión más divulgada de esta obra se debe al dominico fray Francisco Ximénez, quien la tradujo al castellano en Santo Tomás Chichicas-tenango, Guatemala. 3. La Crónica de Calkini, de la que según Margadant solamente hay disponible una edición hecha en Baltimore en 1935. 4. Relación de las cosas de Yucatán, escrita en 1566 por el franciscano fray Diego de Landa, quien

llegó a ser el segundo obispo de Yucatán y al que se le atribuye haberse excedido en su celo apostólico destruyen do muchos documentos y objetos de la cultura maya, pero cuya obra se considera básica para el conocimiento de este pueblo. 5. Las Geográficas Relaciones de Motul, Mérida, Chochóla y otras zonas mayas. En este caso se trata de contestaciones a un cuestionario que Felipe II envió a las Indias a fines del siglo XVI y que en su mayoría se encuentran en Sevilla, por lo que para cada cultura prehispánica se pueden citar, cambiando únicamente la referencia geográfica. 6. Son también importantes las obras de antiguos cronistas e historia dores como fray Francisco Ximénez, Bernardo de Lizana, Antonio de Herrera, Diego López de Cogolludo, Gonzalo Fernández de Oviedo y Valdés, y Gaspar Antonio Chi. 7. La Apologética Historia de las Indias, de fray Bartolomé de las Casas, quien fue obispo de Chiapas y célebre defensor de los indígenas, que escribió esta obra precisamente para destacar que los aborígenes vivían en un estado de gran civilización, con gobierno y leyes cultas, aun antes de la conquista española. 8. Las obras de historiadores de los siglos xix y xx, como Eric Thompson, Manuel de Rivas y Cosgaya, Silvanus Morley y Alberto Ruz Lhuillier, descubridor este último de la tumba de Pakal en el Templo de las Inscripciones de Palenque, gran impulsor de los estudios sobre esta cultura y creador del centro de estudios mayas del que fue su primer director. También cabe destacar la invaluable aportación del maestro Pina Chan, de la maestra Mercedes Gayoso, de Floris Margadant y muchos otros investigadores nacionales y extranjeros de indiscutible valía. 9. La obra titulada Derecho y organización social de los mayas, de Juan de Dios Pérez Galaz, que se publicó en Mérida en 1942 y que ha sido reeditada en México recientemente. Como su nombre lo indica, tiene un enfoque muy directo de los temas que nos ocupan. 10. El estudio de las zonas arqueológicas mayas en general, como los murales de Bonampak, que constituyen una verdadera lección de la estratificación social de este pueblo, que podemos apreciar por la indumentaria y posición que ocupan sus personajes en una pirámide pictórica que se ha hecho particularmente famosa. 11. Los datos proporcionados por el estudio del Derecho primitivo comparado, en el que encontramos algunas costumbres y usos comunes entre los pueblos prehispánicos. 12. La observación de comunidades indígenas actuales en el lugar, que todavía conservan muchas costumbres antiguas, aún visibles a pesar de la transculturación cristiana y moderna. Este es el caso de haab-cab, costumbre por la cual el novio paga el "precio de la novia" trabajando durante un tiempo para su futuro suegro. Igualmente, el hecho de que la mujer viuda o divorciada puede contraer nuevas nupcias simplemente si invita a un hombre no casado a comer a su domicilio; si él acepta, ya puede quedarse a vivir con ella en calidad de nuevo marido. 13. El análisis de ciertas palabras mayas, como es el caso del Halach-Uinico "verdadero hombre", quien era el jefe supremo en las ciudades mayas. Lo anterior es así porque al conocer el origen de un vocablo se conoce igualmente mucho de la manera de pensar de un pueblo. Es lo que ocurre cuando se analiza, por ejemplo, una palabra derivada del griego o del latín; en el caso de nuestro ejemplo, entendemos que el mandato o la autoridad es un atributo masculino; en la mentalidad prehispánica se consideraba que el hombre está hecho para ordenar y la mujer, para obedecer. Sin embargo, un hombre es pequeño si

tiene a su vez otro que le ordene, por eso el jefe supremo, quien ya no es jerárquicamente inferior a nadie, es el "verdadero hombre".

Organización política Del llamado Viejo Imperio se conoce tan poco en lo que hace a su organización política que difícilmente se puede, con suficientes bases, tratar de reconstruirlo. En cambio, del Nuevo Imperio se tiene mayor noticia. Entre los mayas privó la organización de ciudad-Estado, de suerte que cada ciudad era autónoma y predominaba sobre un grupo de aldeas vecinas. No obstante, entre esas ciudades había un lenguaje común, el quiche, una religión compartida y algunas costumbres semejantes, igual que conocimientos similares. En la península de Yucatán florecieron tres ciudades importantes, cada una con su propia familia gobernante: Chichén-Itzá Uxmal Mayapán

Itzaes Xiu Cocom

Las tres ciudades se confederaron para efectos militares y así se formó la llamada Liga de Mayapán, que funcionó más o menos adecuadamente, imponiendo su poder sobre otras ciudades y aldeas, hasta que por rencillas entre estas familias se debilitó la liga, precisamente en vísperas de la llegada de los conquistadores, lo que les facilitó la penetración militar. En cada ciudad gobernaba un Halach-Uinic (verdadero hombre), también llamado Ahau, cargo que recibía el hijo mayor por herencia del padre, con posibilidad de una regencia por parte de un pariente paterno si el heredero aún no tenía, por su edad, la capacidad de gobernar. El Halach-Uinic era auxiliado en sus funciones por un consejo de ancianos, el Ah-Cuch-Cab, o cargadores del pueblo, así llamado porque, con su sabiduría, este consejo sostenía moralmente al pueblo. A su vez, contaba el Ahau con la ayuda de tupiles, o policías verdugos, como los llama Margadant,10 porque a ellos competía cuidar el orden público, realizar las aprehensiones que se requirieran y, en su caso, ejecutar a los condenados a la pena capital. También se les llamaba tupile-boobs. Otro personaje cercano al Ahau era el Nacom o jefe militar supremo, a quien no se debe confundir con otro personaje del mismo nombre que era sacerdote. El Nacom militar era designado entre los guerreros más valientes y osados, se le nombraba por tres años y durante este lapso era obedecido en forma absoluta, a la vez que se le rodeaba de grandes home najes, sólo superados por el propio HalachUinic. Si en combate caía herido, muerto o prisionero, se daban inmediatamente por derrotados todos los guerreros y huían del campo de batalla, aun cuando tuvieran muchas posibilidades de triunfar. Esto, sumado a que el Nacom era el más adornado en su vestimenta y plumaje, de suerte que era fácil reconocerlo, fue sumamente provechoso para los conquistadores españoles, en cuanto supieron de esa costumbre. A cambio de tantos homenajes, el Nacom debía, durante todo su periodo de mando, abstenerse de realizar actividades sexuales, bajo pena de ser destituido y condenado a muerte. La causa de esta prohibición no es aclarada por las fuentes, pero tal vez obedezca a la necesidad de conservarse puro y, por lo mismo, propicio a los dioses, así como a evitar el desgaste de sus energías, que debían estar siempre al servicio del ejército. Recuérdese que el Ahau no iba a la guerra para no arriesgarlo.

En las aldeas periféricas, finalmente satélites de la gran ciudad, go bernaban unos caciques impuestos por el Ahau, denominados batab o bataboobs, si bien es cierto que en algunas fuentes estos nombres se le dan igualmente al Halach-Uinic.u A su vez, cada aldea contaba con un consejo de ancianos en pequeño llamado Ah-Cuch-Caboobs, y con mensajeros ejecutores, especie de tupiles, denominados Ah-Kule-Boobs, quienes también se encargaban de llevar y traer mensajes entre las aldeas y la ciudad hegemónica. Mención aparte merece, tanto en las aldeas como en las ciudades, la popolna o casa del pueblo, adonde la gente podía acudir, como en una verdadera casa de la cultura moderna, para aprender a danzar, pintar, cantar y tocar algún instrumento musical, sin que en ello hubiera limitaciones por rangos sociales. El director de esta popolna era el Ha-Hol-Popob (a la cabeza de la estera o petate en donde acostumbraban sentarse, un poco a la manera de los antiguos orientales), con sus directores para cada actividad, hoy decimos área: los Ah-Holops. Todo el gobierno maya era aristocrático porque los diferentes cargos eran ocupados por personas de la nobleza, a los que se les enseñaba en forma exclusiva la lengua zuyua, y en ella les hablaba el Senado a los aspirantes a cada rango para verificar que la conocían. El Derecho maya fue siempre consuetudinario. La organización política de los antiguos mayas se presenta en la figura 2.1. Organización social La estructura tribal de la antigua sociedad maya presentaba los grupos sociales siguientes: 1. El Halach-Uinic y su familia, quienes estaban por sobre todos los demás habitantes; generalmente se les atribuía un origen divino o semidivino. En algunos casos se presentó en forma excepcional la presencia de mujeres en el poder, un rasgo de matriarcado, que constituye la excepción a lo dicho respecto al mando como atributo masculino. Por eso los cronistas hablan de caciques o cacicas, refiriéndose a estas mujeres, muchas veces tan belicosas como los varones, verdaderas "amazonas" que también se enfrentaron a los conquistadores. Los nobles. Los almenchoob (los que tienen padre y madre), generalmente destinados a ser guerreros o sacerdotes. Los sacerdotes a su vez podían ser: Chilam (sumo sacerdote), Nacom (sacerdote sacrificador, porque a él correspondía extraer corazones o arrojar a las doncellas a los cenotes o pozos), Atanzahobs (quienes servían de intermediarios entre las familias para efectos de consolidar el matrimonio de sus hijos), etc. Casi siempre los cargos sacerdotales eran hereditarios y en ocasiones el Chilam también gobernaba, en una verdadera teocracia, sobre todo en el Viejo Imperio: recuérdese en Palenque, Chiapas, el caso de Pakal, a quien se le construyó una famosa tumba-templo. Las mujeres podrían ser sacerdotisas, en cuyo caso, igual que los sacerdotes, debían guardar castidad, bajo pena de muerte en caso de no respetar esta limitación. En varias ciudades arqueológicas se encuentran "palacios de las monjas", así llamadas por su similitud con la vida de las religiosas cristianas. Un caso típico fue el de las sacerdotisas de Ixchel (diosa de la luna), quienes sacrificaban en su honor a valientes guerreros flechándolos en el corazón y en los genitales. Muchos ídolos de esta deidad se encontraron en la isla que Hernán Cortés denominó De las mujeres, en lo que ahora es el estado de Quintana Roo. A los nobles y sus descendientes, ya en la época de la domina ción española, se acostumbraba llamarlos caciques o señores naturales. El ejército raso lo formaban los holcanes, seleccionados entre el pueblo, a quienes se reclutaba sólo cuando se necesitaban. Si un holcan no iba a la guerra, debía sostener con su trabajo al ejército y perdía su derecho al botín obtenido del enemigo. Al traidor se le sancionaba con pena de muerte.

Cuando iban a la batalla lo hacían en silencio para sorprender al enemigo, pero al atacar levantaban gran gritería para asustar a los contrarios. También establecían centros de flecheros, como verdaderas guarniciones.12 3. Los agricultores y artesanos. Destinados a sostener al Ahau y a la nobleza; vivían en casas sencillas hechas de varas y paja, por lo que ya poco queda de los objetos de su vida cotidiana. Se llamaban Ah-Chembal, Uini-Coob u "hombrecitos". 3. Los esclavos o pencatoobs. Había varias causas de esclavitud, como: a) b) c) d)

Cautividad en guerra, si no eran destinados al sacrificio. Hijos de esclavos. Algunos delitos como el robo y el homicidio. Niños abandonados, si bien era causa de pena de muerte hacer pasar a un niño por abandonado para venderlo como esclavo. 13

Estructura económica El territorio maya es una región fértil, rica en productos vegetales y ani males; así, hay una gran cantidad de frutos: aguacate, pitaya, yuca, etc., y animales como venados, armadillos, conejos (que en algunos lugares abundaban, por lo que se dio nombre a la región de lugar de conejos, como en el caso de Tuxtla, hoy Tuxtla Gutiérrez), itzcuintli (especie de pequeños perros que también servían como alimento), etc. Igualmente había aves de plumas preciosas como el quetzal, muy apreciado para elaborar penachos, escudos y estandartes, y que también se usaban como moneda. Se producía cacao y con él chocolate, elaborado con agua, que se bebía caliente o frío y que ha sido la gran aportación de Chiapas, especialmente del Soconusco ("lugar de tunas"), la costa chiapaneca, al mundo. De la misma manera, se contaba con pescado y productos del mar, conchas, corales, etc., y con algunas piedras preciosas como turquesas, ópalos y esmeraldas, entre otras. El arte maya fue muy desarrollado. Como muestra pueden citarse los casos notables de la Cabeza de Palenque, los murales de Bonampak y otros más. Los mayas utilizaron sus grandes ríos como vías de transporte y formaron un floreciente mercado intercambiando productos con los pueblos de tierra adentro, incluso con los del Valle de México. Se sabe que algunas de sus pequeñas embarcaciones ya eran conocidas por los euro peos antes del descubrimiento de México en 1517. Celebraban contratos tanto civiles como mercantiles, con testigos con los que bebían públicamente para efectuar la operación. 14 DERECHO PENAL El Derecho penal maya era muy severo. El procedimiento penal era uniinstancial, ya fuera ante el Batab o ante el Ahau, según que el delito se hubiera cometido en la aldea o en la ciudad; no cabía pues la apelación. En una sola audiencia se efectuaba todo el proceso y se llegaba a la sentencia, absolutoria o condenatoria, expresada de viva voz. Se desarrollaba el proceso en la plaza pública popilná. Desgraciadamente, las partes podían dar presentes al juez. Había responsabilidad colectiva de toda la familia en caso de daño en propiedad ajena. Sin embargo, se distinguía entre delito doloso (generalmente castigado con pena de muerte) y delito culposo (con reparación del daño o indemnización).

En caso de adulterio cometido por la mujer, el marido podía optar entre la muerte de ella y de su cómplice; entonces se les ataba a un poste y se les dejaba caer una roca para aplastarlos, o bien se les otorgaba el perdón, pero con repudio de la mujer y disolución del matrimonio. Por violación y estupro la pena era de muerte por lapidación, en tanto que para homicidio era la muerte, en igual forma que se había inferido a la víctima; pero si el homicida era un menor se le aplicaba la esclavitud a favor de la familia del victimado. También merecía pena de muerte el incendiario o el que se dedicaba al lenocinio. En cuanto al robo, la primera vez por lo común el ladrón era perdonado, pero en caso de reincidencia caía en esclavitud a favor del sujeto pasivo del delito. Si el robo lo cometía un sujeto de la nobleza, además se le labraba de por vida la cara con una navaja de obsidiana, desde la frente hasta el mentón. No existía la prisión como pena y sólo se retenía al posible delincuente atándole las manos y colocándole un aro en el cuello. Curiosamente tenían una diosa llamada Ix-tab, deidad de los ahorcados, que también protegía a los suicidas y los llevaba a un mundo de deleites. Derecho familiar El matrimonio (kaminicté) era monogámico, pero los nobles por lo general tenían varias esposas, si bien sólo una de ellas, no necesariamente la primera, disfrutaba de mayores derechos. Hoy en día en algunas comunidades de origen maya es frecuente la poligamia. El primer matrimonio era concertado por los padres de los contra yentes por medio del sacerdote llamado atanzahoob, quien en nombre del padre del pretendiente llevaba regalos a los padres de la novia; estos regalos variaban en calidad según la condición social de los implicados. Generalmente se tenía que solicitar hasta dos o tres veces el permiso de los consuegros, en cada ocasión llevando obsequios, si bien es cierto que por lo regular se terminaba aceptando. Esta costumbre aún se observa en algunas zonas indígenas del sureste de México. Al solicitar a los padres a su hija para contraer matrimonio, el atanzahoob o "pedidor" decía: "He venido a hacerles una petición, he venido a tocar a su puerta por su regalo, por su esfuerzo. He venido a traerles un dolor de cabeza, he venido a traerles un dolor de corazón. He venido de rodillas, he venido bajando la cabeza, con este hijo, con este flojo, con este haragán (el regalo es la novia, el flojo es el pretendiente)."15 La pareja era considerada como un solo rostro, el que con sus dos lados y ambos ojos semeja al hombre y a la mujer, y así decían: "Señor nuestro. Santo Padre, haz que entre en su cabeza, haz que entre en su corazón, haz que decida en su cabeza, haz que decida en su corazón. Que una persona no puede vivir sola, ni puede estar sola con un solo lado de su rostro, un solo ojo. Porque fuiste tú quien lo hizo así, fuiste tú quien decidió que deben haber dos ojos, dos lados de un rostro."'" Al fijarse la fecha de la boda, el padre del futuro marido pagaba a su consuegro el precio de la novia o haab-cab y en ocasiones se daba el compromiso de que, una vez casado, el yerno trabajara por un tiempo gratuitamente las tierras de su suegro. A veces los contrayentes apenas se conocían, pero eso no importaba si eran obedientes a los deseos de sus respectivos padres; recuérdese que los "matrimonios por amor" son prácticamente realidades de nuestro tiempo. La sociedad maya era masculinizada y la mujer no gozaba de un buen estatus. De niña debía apegarse a su hogar y de adulta, al de su marido. Se prohibía a las niñas jugar con niños y a las jóvenes hablar o siquiera ver a los varones. Si en el camino se encontraban un hombre y una mujer, ésta debía

bajar la mirada y cederle el paso a él. Si la sorprendían hablando con un hombre la reprimían severamente y, en caso de insistir en su conducta "deshonesta", le aplicaban polvo de chile en los ojos y en los genitales. Al irse a la siembra el marido, la esposa había de proporcionarle el pozol, hecho con maíz y cacao. A su regreso debía tenerle preparada la comida. Todos los varones comían primero, mientras las mujeres, en silencio y con la vista baja, se preocupaban de servirles los platillos, y cuando ellos habían concluido y se retiraban, ellas podían comer lo que sobrara. Se daba lo mejor de la comida al padre y al abuelo; los niños y las mujeres comían lo que sobrara. Todas estas costumbres, muy del gusto de los pueblos prehispánicos, aún se observan en muchos lugares del país, incluso en clases medias urbanas. Las mujeres, sin embargo, eran muy trabajadoras, responsables y limpias; todo el día traían cargando a sus pequeños hijos apoyados en las caderas, mientras que, según Landa, los hombres eran apáticos y dados a la murmuración y el ocio. A cambio de esto realizaban ritos de iniciación y penitencias muy crueles, como el hecho de atravesar sus miembros viriles con espinas y pasar así hebras de henequén para quedar "ensartados" y su sangre ofrecerla untada a sus ídolos. El nombre lo daban a sus hijos generalmente tomándolo de un ani mal o tótem; luego se añadían el nombre de la familia de la mujer y finalmente el de la familia del padre. No podían casarse quienes llevaran el mismo "apellido", aunque entre ellos no hubiera realmente parentesco; a cambio de ello, quienes se "apellidaban" igual debían prestarse entre sí asistencia en caso de viaje de una ciudad a otra. El repudio de él hacia ella era frecuente, por lo que había la facilidad de matrimonios subsecuentes. Existió la exogamia para evitar la posibilidad del incesto, el que por cierto, de darse se castigaba con la muerte. Al jefe de familia o patriarca lo llamaban Yum. La sucesión se daba por la vía masculina. Se sabe que cada familia recibía una pequeña propiedad para ser trabajada colectivamente por sus miembros y era heredada por el hijo mayor, sin que sepamos qué se hacía en caso de no haberlo. A la llegada de los conquistadores los mayas presentaban, en algunos casos, signos de decadencia. Muchos de sus descendientes se agrupan ahora en etnias con mayor o menor grado de civilización. Se conservan sus rasgos, su lenguaje y los topónimos, a veces ni siquiera castellanizados. Todavía comen y beben lo suyo y las prácticas religiosas y rituales, mezcladas con elementos cristianos, sobreviven. Aún subsisten los testimonios formidables de sus construcciones y de su arte, y queda para todos el orgullo de que los consideren "los griegos de América"; pero también tenemos el insoslayable compromiso de respetar su cultura y lograr que alcancen, porque lo merecen, respeto y bienestar, como herederos legítimos de una de las más notables civilizaciones de nuestro continente. DERECHO MEXICA, AZTECA O TENOCHCA La cultura más destacada del México prehispánico es la mexica, también llamada azteca o tenochca. Tal vez eso se deba a que a la llegada de los conquistadores era el pueblo que tenía la hegemonía y, por lo mismo, fue el más conocido y estudiado por los cronistas europeos. De ahí que en muchas ocasiones cuando se estudia el Derecho prehispánico sólo se hace referencia al caso de los aztecas, sin tomar en cuenta a otros pueblos no menos ricos en aspectos jurídicos. Origen y peregrinación Mucho se ha dicho, con base en los mismos textos de ellos, que su origen se remonta a un lugar lejano ubicado en el norte del país y al que denominaban Aztlán o Chicomostoc ("lugar de garzas, de la blancura

o de los lagos"), de ahí el nombre de aztecas. De ese lugar peregrinaron durante muchos años hasta establecerse en el Valle de México y fundar su ciudad, Tenochtitlan. La ubicación de Aztlán ha inquietado a muchos estudiosos y se han ido generando estas versiones: 1. No existió tal lugar; es mítico o simbólico. 2. Se encontraba en Texas o en Colorado, o en algún otro lugar de Estados Unidos de América. 3. Se ubicó en la isla de Mexcaltitán, al norte del actual estado de Nayarit. Por ello ese lugar se considera como la "cuna de la mexicanidad" y en tiempos recientes se estableció allí un museo para divulgar este origen. El lugar, fundamentalmente lacustre, conserva en sus trazos geográficos y urbanos muchos de los aspectos que se atribuyen a la ciudad de Tenochtitlan, según la vieron los testigos europeos en el siglo XVI. Esta isla pertenece actualmente al municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit. 4. Se refiere a las ruinas de La Quemada, cerca de la ciudad de Zacatecas. Los aztecas eran de origen chichimeca, es decir, bárbaros del norte; en su peregrinación hacia el sur se integraron en un total de siete tribus, a las que se les ha denominado nahuatlacas, por su lengua común, el náhuatl Al parecer, hacia el año 1111 o 1160 d.C. los aztecas emprendieron su peregrinación hacia el sur. La ruta que siguieron no ha sido precisada por los historiadores. Los aztecas decían que venían dirigidos por sus sacerdotes, los que a su vez seguían las indicaciones de su deidad principal Huitzilopochtli ("colibrí zurdo"), personaje entre real y legendario, tal vez un destacado guerrero, quien los guiaba por medio de unos pájaros que trinaban con un tigui, que significaba para ellos "¡seguid!" o "¡adelante!" Es casi seguro que pasaron por Chápala en Xalisco (hoy Jalisco), lateralmente por Michoacán, después por Tollan o Tula, Zumpango, Xaltocan, Ecatepec, Atizapán, Tulpetlac, Cuauhtitlán, Ixtacalco y Chapultepec. Todo esto se narra con cierto detalle en el códice conocido como la Tira de la Peregrinación o Códice Boturini, hecho en tiras de papel amate. Finalmente, en 1325 pudieron establecerse, con la autorización de los tecpanecas de Azcapotzalco, en un islote al sur-poniente del lago de Texcoco, en donde encontraron una señal, para ellos de alta significación, según lo narra Fernando Alvarado Tezozómoc en su Crónica Mexicayotl: "Llegaron entonces allá donde se yergue el nopal. Cerca de las praderas vieron con alegría cómo se erguía un águila sobre aquel nopal. Allí estaba comiendo algo, lo desgarraba al comer. Cuando el águila vio a los aztecas inclinó su cabeza. De lejos estuvieron mirando el águila..."17 Alfonso Caso sitúa el lugar de ese hallazgo en la actual Plaza de San Pablo, al sureste del Centro Histórico de la Ciudad de México. Con ello llegaba a su fin la gran caminata o peregrinación, desde Aztlán hasta Tenochtitlan (lugar de tenochcas o sacerdotes), que duró entre 165 y 214 años, según la fecha que se acepte para su inicio. Es claro que a lo largo de ella fueron dejando asentamientos y rastros de su cultura. Etapas históricas Si tomamos en cuenta el tiempo trascurrido entre 1325 (fundación de Tenochtitlan) y 1521 (caída de la ciudad en manos de Cortés), estamos hablando de sólo 196 años, a lo largo de los cuales lograron los aztecas realizar todo su ciclo histórico (origen, esplendor y decadencia). Este ci clo suelen tenerlo las civilizaciones al cabo de muchos siglos, como es el caso de los egipcios, los griegos y los romanos, pero recorrerlo en tan sólo dos siglos, con un promedio de ocho generaciones (una por cada 25 años, lo

cual es razonable), es decir, de un tatarabuelo a un bisnieto, es algo insólito en la historia universal, lo que hace que el pueblo mexica se convierta en una cultura particularmente atractiva para los expertos en la materia. Fuentes En el caso de los aztecas, sus fuentes de información son muy ricas y variadas: 1. Códices. La palabra códice empezó a usarse desde fines del siglo XIX para designar a los manuscritos elaborados dentro de la tradición indígena, si bien códice es un manuscrito cosido en un lado, lo que no coincide en el formato o presentación de las pinturas indígenas, plasmadas en diversos materiales y que les servían a manera de escritos. Los hay anteriores o posteriores a la conquista española, he chos de piel curtida, amate o de lienzo o tela. El amate se hacía con corteza de árbol recubierta con cal alisada o pulida. Los pinceles que se usaban eran de pelo de conejo con diferentes grosores. Los pintores de códices o tlacuilos estudiaban en el Calmécac, colegio de nobles. De estos "códices" hablan en algunos momentos, entre otros, Hernán Cortés, Bernal Díaz del Castillo, fray Diego de Landa, fray Francisco de Burgoa (cronista de Oaxaca) y fray Bernardino de Sahagún. Incluso se ha dicho que existían grandes depósitos de estos documentos, a manera de bibliotecas, llamadas amozcalli, o "casa de libros". Al llegar la conquista se destruyeron muchas de estas "barbaridades", como las llama injustamente el padre Burgoa. Fray Juan de Zumárraga, primer obispo de México, y fray Diego de Landa, segundo obispo de Yucatán, se caracterizaron por la enorme destrucción y quema de códices que ordenaron debido a su celo religioso desmedi do. Hoy apenas se conocen unos 15 o 18 códices auténticamente prehispánicos, que según su presentación y tamaño pueden ser llamados códice, tira, rollo, lienzo y anales o crónicas. Por su temática pueden ser míticos y religiosos, históricos, genealógicos, cartográficos, económicos y etnográficos. Los dos últimos son los más importantes para el estudio del Derecho azteca porque describen los sistemas de producción, comercialización, costumbres y sistema sociojurídico de este pueblo. Los principales códices para el estudio de los aztecas fueron: a) El Códice Mendocino, mandado elaborar en tiempos del primer virrey de la Nueva España, Antonio de Mendoza. Consta de tres partes. En la primera se relata la historia de los reyes de México-Tenochtitlan y las dos partes restantes contienen amplia información respecto a la vida de los indígenas en la primera mitad del siglo xvi. Se tenía la intención de obsequiarlo al emperador Carlos V, pero cuando era trasladado a España el barco respectivo fue capturado por piratas franceses y el códice llegó, por el mercado negro, al famoso y controvertido viajero André Theruet, quien hacia 1590 lo vendió al capellán inglés Richard Hakluyt. Actualmente se encuentra en la Biblioteca de Oxford. 18 Es importante destacar que el códice contiene una biografía muy detallada del emperador Moctezuma Xocoyotzin y algunos datos sobre el Derecho procesal y penal de los aztecas. Forma hoy parte de este documento una copia de la Matrícula de Tributos, en la segunda parte del Códice Mendocino. Esta matrícula la realizó algún tlacuilo, quizá por órdenes de Hernán Cortés, para conservar información precisa respecto a la economía y tributación prehispánicas.

La Matrícula de Tributos, conjuntamente con el códice prehispánico Azoyu II constituyen los documentos básicos para el conocimiento del Derecho fiscal azteca. En 1770 el arzobispo Francisco Antonio de Lorenzana la publicó con el nombre de Fragmento de un mapa de tributos, o cordillera de los pueblos, que los pagaban, en qué género, en qué cantidad, y en qué tiempo, a el emperador Moctezuma en su gentilidad. El original lo recogió Lorenzo Boturini y Benaducci para una de las secretarías del virreinato en 1740. Más tarde, en 1890, se hizo otra edición dirigida por el historiador Antonio Peñafiel. La matrícula primero quedó registrada en la Secretaría General del Virreinato, luego pasó a la Biblioteca de la Real y Pontificia Universidad de México y finalmente al Museo Nacional. En tiempos del emperador Iturbide, el embajador estadounidense Joel Poinsett le quitó dos hojas al original y las llevó a Filadelfia, de donde fueron devueltas al gobierno mexicano en 1942. Actualmente, ya completa, se halla en el Departamento de Códices y Pictografías de la Biblioteca del Museo Nacional de Antropología e Historia de la Ciudad de México. El documento que nos ocupa está pintado en papel de amate (árbol de la familia de las higueras), parte está elaborado con fibras de maguey y con palma de iczotl o izote y hasta con capullos de orugas. Consta de 16 hojas de 42 por 29 centímetros. La primera hoja está prácticamente borrada, pero las restantes se conservan muy bien. Se puede clasificar como un códice económico-estadístico porque trata de los tributos que pagaban los pueblos vencidos a los aztecas, pero también puede ser considerado como geográfico-toponímico, ya que contiene en cada caso el jeroglífico representativo de los diversos pueblos tributarios. En 1968, a propósito de los XIX Juegos Olímpicos celebrados en México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a cargo de Antonio Ortiz Mena, hizo una hermosa publicación en la que se reproduce la Matrícula de Tributos, con sus explicaciones respectivas, encuadernada con tapas de madera. b) El Códice Caspianus, que perteneció al marqués de Cospio en Italia y que ahora se halla en la Universidad de Bolonia. c) Los Códices Borgia. Se trata de un grupo de códices entre los que se encuentran los códices Vaticano A y B, el Códice Borgia, que perteneció a esta familia, el Códice Fejervary Mayer (que se halla en Liverpool), el Códice Laúd (que obra en Oxford), y algunos aña den el Códice Caspianus. d) El Códice Ramírez, que perteneció al historiador mexicano José Fernando Ramírez, quien lo encontró al llevar a cabo algunos trabajos de reparación del convento de San Francisco, en la actual avenida Madero de la Ciudad de México. Hoy se conserva en el Museo Nacional de Antropología e Historia. e) Los códices Tlotzin y Quinantzin, que se encuentran en París. f) El Lienzo de Tlaxcala, que se refiere a diversos episodios de la conquista de México por los españoles. g) El Códice del Museo de América. Éste se ubica en Madrid y contiene importantes testimonios respecto a la conquista en el Nuevo Continente. h) El Códice Telleriano, que perteneció al abad parisino Maurice de Tellier. i) El Códice Misantla, que se conserva en México. j) El Códice Florentino, hoy en Florencia, Italia. k) El Códice Matritense. Se encuentra en Madrid y no debe confundirse con otro de nombre similar que se refiere a los mayas y que ya fue mencionado en la parte respectiva. l) El Códice Duran, que debe su nombre a fray Diego Duran, ilustre cronista español. m) La Tira de la Peregrinación o Códice Boturini. Es una tira larga y estrecha (mide 549 por 19 centímetros), que se dobla como biombo, formando unas 22 hojas. Se dibujó de un solo lado,

con pinturas en negro y rojo. Se creyó que era prehispánico, pero ahora se sabe que se elaboró en la época colonial. Se conserva en el Museo Nacional de Antropología e Historia. n) El Códice Magliabecchiano. El original, que está en Florencia y se elaboró después de la conquista, es de carácter religioso. o) El Códice tonalámatl de Aubín. Su nombre se debe a un historiador de este apellido, quien lo conservó y donó a la Biblioteca Nacional de París. Es de tipo religioso e histórico, procede probablemente de Tlaxcala y a la fecha se discute si se realizó antes o des pués de la conquista. p) Los anales o crónicas. Son subgéneros de los códices, generalmente con explicaciones manuscritas en castellano. Entre ellos destacan los de Puebla, Tlaxcala, Azcapotzalco, Tlatelolco, Popotla, Tecamachalco y Cuauhtitlán. A excepción del de Puebla, los demás se encuentran en México. Para un conocimiento más cabal de los códices y anales es interesante el estudio de Gonzalo Vilchis Prieto, Los códices prehispánicos como fuente histórica del Derecho mexicano. 2. Las obras de los historiadores indígenas, quienes fueron cristianiza dos y educados por los misioneros españoles, de manera que en sus obras ya hay influencia europea muy marcada, pero que relataron con bastante fidelidad la vida y las costumbres del mundo prehispánico. Algunos vivieron en su infancia esa época anterior a la conquista, o bien estuvieron próximos a parientes que habían sido testigos y actores de ese tiempo. Entre los historiadores de origen indígena cabe mencionar a los siguientes: a) Fernando de Alva Ixtlilxochitl (1578 o 1580-1648). Nació en Texcoco y estaba emparentado con la nobleza de ese lugar y la de Tenochtitlan. Se decía descendiente del mismo Nezahualcóyotl. Estudió con los franciscanos en el Colegio de Santa Cruz de Tlatelolco. Fue nombrado gobernador indígena de Texcoco y Tlalmanalco y sirvió como traductor en el juzgado de Indios de la Ciudad de México. Logró adquirir una amplia cultura. Entresus obras destacan Historia chichimeca y Relaciones históricas de la nación tolteca. La Universidad Nacional Autónoma de México las ha editado como Obras históricas y gracias a este autor conocemos unas 20 de las 80 u 83 leyes que se atribuyen a Nezahualcóyotl. b) Juan Bautista Pomar (1520-1610). Nacido un año antes de la conquista de México, también era originario de Texcoco e igual que Alba Ixtlilxochitl, noble. Escribió Relación de las antigüedades políticas y religiosas de las Indias, también conocida como Relaciones de Texcoco. c) Fernando (o Hernando) Alvarado Tezozómoc (1535-1590). Emparentado con la nobleza azteca, escribió Crónica Mexicayotl y fue traductor en la Real Audiencia de la Ciudad de México. d) Domingo de San Antón Muñoz Chimalpaín (1579-1660), nacido en Amecameca, escribió Memorial de Culhuacán y Relaciones deCholeo y Amecameca. e) Cristóbal del Castillo (1526-1606), nacido en San Juan Teotihuacan, escribió Historia de los mexicanos, obra que fue rescatada del olvido en el siglo XIX por el insigne historiador Francisco del Paso y Troncóse f) Diego Muñoz Camargo (se desconoce su fecha de nacimiento, pero murió ya muy anciano en 1684), originario de Tlaxcala, escribió Historia de Tlaxcala, que fue publicada en partes en un periódico, en el siglo XIX, por Alfredo Chavero. Muñoz Camargo realizó un viaje a España para solicitar permiso al rey Felipe II para fundar pueblos en la zona de Querétaro; fue varias veces gobernador indígena de Tlaxcala y en ese cargo falleció. Era considerado un hombre talentoso e influyente. g) Mariano Fernández de Echeverría y Veytia (1718-1770), nacido en Puebla, historiador indígena tardío, escribió Historia de Puebla de los Ángeles (en dos tomos) y Baluartes de

México. 3. Los cronistas europeos. Ya hemos señalado la importancia del género de la crónica en el estudio de las costumbres prehispánicas. Para el caso de los aztecas destacan los cronistas siguientes: a) Hernán Cortés (1485-1547), nacido en Medellín, en la actual provincia de Badajoz. Murió en Castilleja de la Cuesta, cerca de Sevilla, cuando se dirigía hacia México, la tierra por él conquistada. Durante dos años estudió leyes en Salamanca, pero abandonó la carrera y participó con Diego Velázquez en la conquista de Cuba. Después fue notario en Trinidad y alcalde en Santiago en ese mismo país. Se casó con Catalina Xuárez (sic) y emprendió la tercera expedición española a tierras mexicanas para realizar la conquista de los aztecas. Más tarde fue nombrado marqués del Valle de Oaxaca. Con el propósito de informar a la Corona respecto de sus hazañas en estas tierras, escribió cinco cartas, que han sido llamadas de Relación, cuyos originales, en manuscrito, se encuentran en la Biblioteca Imperial de Viena y tienen un total de 325 hojas, de las que quedaron 15 sin escribir. La primera se redactó en 1519 en plena campaña de con quista para la reina regente Juana la Loca; está firmada en la Villa Rica de la Vera Cruz. Las cuatro restantes fueron para Carlos V; la segunda en Segura de la Frontera, la tercera en Coyoacán, la cuarta y la quinta en México-Tenochtitlan. Todas ellas se escribieron entre 1520 y 1526. Además, se conocen otras cinco o seis que ya no forman parte de ese grupo de Cartas de relación y que incluso algunos consideran de dudosa autenticidad. b) Andrés de Tapia (1485, muerto aproximadamente a mediados del siglo XVI). Fue soldado de Cortés y al parecer tomó parte en las luchas más relevantes de la conquista. Más tarde fue Justicia Mayor (juez) en la Ciudad de México. Escribió Relación sobre la Conquista de México y también fue contador en la Real Audiencia de la Ciudad de México. c) El conquistador anónimo, del que sólo se sabe, porque así titula su escrito, que era un soldado de Cortés; la obra es Memorias de un gentilhombre del glorioso capitán Fernando de Cortés. Fue mencionado por algunos historiadores del siglo XIX. d) Bernal Díaz del Castillo (1492 o 1493-1588). Es el cronista por antonomasia. Nació en Medina del Campo y murió en la Antigua Guatemala, donde todavía se conserva la casona en la que vivió sus últimos años y donde escribió su obra Historia verdadera de la conquista de la Nueva España, tan bien redactada que a la fecha se estudia entre las obras de la literatura española, aun cuando él no fue un hombre ilustrado. Participó en las conquistas de Cuba y México (en donde formó parte de las tres expediciones de conquista, es decir, la de 1517, 1518 y la de 1519 a 1521), y también acompañó a Cortés en sus expediciones por Baja California, Tamaulipas y Las Hibueras, hoy Honduras (en esta última fue ejecutado Cuauhtémoc). Más tarde acompañó a Pedro de Alvarado a la conquista de Tehuantepec, Chiapas, Guatemala y El Salvador. A pesar de sus hazañas e incluso de haber sido herido de gravedad, no consiguió una recompensa digna de sus proezas. Por eso viajó a España, pero no logró gran cosa, si bien le dieron una encomienda y algún cargo inferior en Coatzacoalcos. Más tarde solicitó la gubernatura del Soconusco, en la costa de Chiapas (por cierto, Miguel de Cervantes Saavedra también pidió ese cargo), pero ni Díaz del Castillo, ni el padre de la lengua española, obtuvieron ese nombramiento. Para colmo, otros individuos sin más mérito que su parentesco con algunos conquistadores ya fallecidos y de los que el vulgo hacía referencia de proezas, no siempre

reales, eran beneficiados con buenos empleos. Por eso, decepcionado quiso escribir su obra donde, según dice, contará la "verdadera historia" de la conquista de la Nueva España, a fin de poner a cada quien en su sitio. Esta obra la dictó, ya casi ciego y muy anciano, a uno de sus hijos. Hoy su libro se considera una obra básica de la historiografía mexicana e imprescindible en toda biblioteca. e) Francisco López de Gomara (1511-1562). Fue catedrático de la Universidad de Alcalá de Henares y también sacerdote y capellán de la casa de Hernán Cortés, a quien siempre admiró, a pesar de que personalmente apenas tuvo vinculación con el conquistador. Su obra se titula Principios de la conquista de México. f) Fray Francisco de Aguilar (1479-1571). Fue soldado de Cortés, encomendero, hombre de negocios y, al final de su vida, religioso. Su obra se titula Historia de la Nueva España. g) Francisco Cervantes de Salazar (1513-1573). Intelectual que contribuyó a fundar la Real y Pontificia Universidad de México, de la que fue rector. Felipe II lo nombró cronista de la Ciudad de México. También fue miembro del Tribunal de la Santa Inquisición. Escribió Crónica de la conquista de la Nueva España. h) Pedro Martínez de Alguera (1437-1526). Nacido en Milán, fue capellán de la reina Isabel la Católica; embajador de España; miembro del Real Consejo de Indias y primer cronista e historiador de las Indias, si bien nunca estuvo en ellas. Su obra se titula Décadas del Nuevo Mundo, porque sus diferentes capítulos abarcan periodos de 10 años. i) Antonio de Solís Rivadeneyra (1612-1686). Este jesuíta desempeñó varios cargos en la Corte española y fue nombrado cronista general de las Indias. Su libro se titula Historia de la conquista de México. Población y progresos de la América Septentrional conocida por la Nueva España. j) Antonio Herrera y Tordesillas (1549-1625). Fue nombrado por Felipe III cronista general de las Indias. Su obra se titula Historia general de los hechos de los castellanos en islas y tierra firme de la Mar Océano. k) Alonso de Zorita (1512-1585). Este abogado egresado de la Universidad de Salamanca ejerció su profesión en Granada hasta que en 1547 lo nombraron oidor (magistrado) de la Real Audiencia de Santo Domingo. No se ha podido confirmar si obtuvo el grado de doctor en Derecho, pero tenía fama de hombre sabio y académico. Fue oidor también en Guatemala y más tarde en México. En esta ciudad el virrey Luis de Velasco I lo incorporó al claustro de la Real y Pontificia Universidad de México, con el grado de doctor en leyes. Más tarde se vio envuelto en muchas intri gas políticas y legales, por lo que se retiró a Granada, donde escribió su libro y falleció. Su obra se titula Breve y sumaria relación de los señores de la Nueva España, si bien el verdadero título es mucho más largo. 1) Fray Bernardino de Sahagún (1499 o 1500-1590). Ilustre franciscano, escritor y gran investigador; para algunos es un precursor muy precoz de la investigación sociológica en América cuando esta ciencia aún no se fundaba por Augusto Comte en el siglo xix. Así, se adelantó a su época haciendo indagaciones directas y confrontadas. Su nombre original era Bernardino de Rivera, pero al profesar adquirió el de Sahagún, porque provenía de una destacada familia de ese lugar. Al parecer descendía de judíos conversos, una hipótesis que no ha sido totalmente aceptada. Estudió en Salamanca y se ordenó sacerdote en 1524. En 1529 pasó con otros 19 religiosos a la Nueva España; radicó un tiempo en Tlalmanalco y luego en Tlatelolco. Igualmente estuvo en Xochimilco y fue visitador de su orden religiosa en Michoacán. Los indígenas le tenían especial gratitud y respeto por su paternal desempeño en la evangelización y educación. García Icazbal-ceta, historiador del siglo xix, dice de él: "era de tan bello semblante que había de permanecer escondido de las miradas de las curiosas mujeres de la Nueva España, joven y gentil, atraía con su fisonomía varonilmente hermosa... era de ardiente caridad hacia los indios; tenía un entusiasmo sin límites por

las cosas de la antigüedad y era de curiosa e insaciable comezón de saberlo todo y de explicarlo todo."19 Su obra monumental se titula Historia general de las cosas de la Nueva España y abarca todos los aspectos de la vida social, jurídica, económica, familiar, política y religiosa del pueblo azteca. También se considera una obra básica para la historia de México. Murió en el convento de San Francisco en la Ciudad de México. m) Gonzalo Fernández de Oviedo y Valdés (1478-1552). Ocupó varios cargos políticos y fue alcalde en Santo Domingo. Escribió Historia general de las Indias. n) Fray Diego Duran (1537-1588). Franciscano e incansable misionero, desarrolló su labor en favor de los indios en Tlaxcala, Oaxaca, Texcoco y México. Escribió Historia de las Indias de la Nueva España e islas de tierra firme. Conservó el códice que lleva su nombre. Su libro resulta a veces ingenuo por asentar datos fantásticos que eran simples consejas y mitos de los indígenas, sin ningún sentido de método ni de investigación. o) Fray Juan de Torquemada (1580-1674). Este franciscano, que escribió Monarquía indiana, tuvo fama de hombre caritativo y de gran entrega hacia los indígenas. p) Fray Toribio de Benavente, "Motolinía" (1482-1568). Franciscano de vida ejemplar, escribió Historia de los indios de la Nueva España, obra que contiene numerosos aspectos de las costumbres de los indígenas. q) Fray Jerónimo de Mendieta (1525-1604). Franciscano dedicado a la evangelización, escribió Historia eclesiástica Indiana. r) Fray Bartolomé de las Casas (1474-1566). Fraile dominico, primero fue encomendero y luego se convirtió en gran defensor de los indios. Junto con fray Antón de Montesinos se hizo célebre por sus sermones en Santo Domingo defendiendo los derechos de los indígenas; Héctor Fix-Zamudio los considera precursores de la defensa de los derechos humanos. Más tarde, el padre Las Casas fue nombrado obispo de Chiapas, con sede en Villa Real, luego Ciudad Real y hoy San Cristóbal de las Casas, llamada así en su honor. En su afán de cuidar los intereses de los indígenas escribió, entre otras obras, la Apologética historia de las Indias. s) Joseph Acosta (1540-1600). Nacido en Medina del Campo, jesuíta de gran cultura, ocupó varios cargos eclesiásticos y escribió Historia natural y moral de las Indias. Fue rector en Lima y murió en Salamanca, España. t) Lorenzo Boturini Benaducci (1712-1755). Este incansable viajero era italiano e hijo de nobles. Reunió muchas figuras y documentos de las culturas prehispánicas, incluso el códice que lleva su nombre, pero se le acusó de tráfico de antigüedades ante las autoridades virreinales de la Nueva España y fue enviado a España. En el trayecto su barco fue asaltado por piratas, pero finalmente logró ser liberado y quedar absuelto de ese delito; sin embargo, su colección le fue decomisada. Por eso escribió más tarde su libro titulado Historia general de la América Septentrional, u) Francisco Javier Clavijero (1731-1787). Jesuíta veracruzano, fue desterrado junto con todos los religiosos de la Compañía de Jesús y se radicó en Italia, donde murió. Sus restos reposan en la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores, en la Ciudad de México. Su libro, muy famoso por cierto, se titula Historia antigua de México y de su conquista. 4. Historiadores Son los siguientes:

del

siglo

XIX.

0• Francisco del Paso y Troncóse Veracruzano, primero médico y luego historiador, logró rescatar varias obras de antiguos cronistas y él mismo hizo importantes estudios sobre diversos aspectos de las culturas prehispánicas. Murió trágicamente en París. 1• Antonio Peñafiel. 2• Antonio García Cubas. 3• Joaquín García Icazbalceta. 4• Alfredo Chavero, quien también fue gobernador del Distrito Federal durante el porfirismo. 5• Nicolás León. 6• Genaro García. 7• Miguel Orozco y Berra. 8• Lázaro Pavía. 9• Vicente Riva Palacio, quien coordinó la famosa obra México a través de los siglos. De estos autores y de los que se enumerarán en seguida no se detallan sus obras, salvo en casos particularmente destacados, porque suelen tener múltiples estudios publicados. 5. Historiadores contemporáneos. Son los siguientes: 10• Alfonso Caso. Destaca su obra El pueblo del Sol. 11• Miguel León-Portilla. Ilustre maestro universitario cuyos trabajos son de valor incalculable. A guisa de ejemplo pueden citarse Los antiguos mexicanos, Filosofía náhuatl y Toltecayotl. 12• Alfredo López Austin. Es también un destacado maestro universi tario, autor de múltiples obras; por ejemplo, Cuerpo humano e ideologia. Las concepciones de los antiguos nahuas, en dos tomos, y La Constitución Real de México-Tenochtitlan. • J. Kohler. Profesor de la Universidad de Berlín, su obra titulada El derecho de los aztecas fue publicada por primera vez en 1892 por la revista Ciencia Jurídica Comparada, en Stuttgart, Alemania. Más tarde se publicó en México por la Revista Notarial y por la Escuela Libre de Derecho, traducida por Carlos Rovalo y Fernández. Lamentablemente ya no es posible encontrarla en edición comercial, sino en bibliotecas públicas o privadas. Es una magnífica obra sobre el tema, que se basa en el estudio de las fuentes directas. Es muy completa y si bien en algunos casos ya está superada, sigue siendo de consulta obligada, con la ventaja de acudir a las fuentes para ampliar la información, a partir de las citas respectivas. Su divulgación en castellano data de las primeras décadas del siglo xx, por lo que se le enumera en esta parte de las fuentes, debido a la escasa información que se tiene sobre Kohler. 0• Ángel María Garibay. Este sacerdote y destacado maestro universitario, estudioso apasionado de la lengua y la literatura náhuatl, fomentó el estudio de este idioma en la Universidad, elaborando para ello gramáticas y diccionarios y pugnando por fundar una cátedra al respecto en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México. A su esfuerzo extraordinario debemos Panorama literario de los pueblos nahuas, Visión de los vencidos (donde se describe el punto de vista de los aztecas respecto a la conquista; esta obra se realizó con el esfuerzo conjunto de Miguel León-Portilla), etcétera. 1• Edmundo O'Gorman. Destacado maestro universitario, es también autor de múltiples estudios acerca de las diversas épocas históricas de México. 2• Carlos Alba H., quien realizó un estudio comparado entre el Derecho azteca y el del México actual. 3• Francisco Larroyo, ilustre pedagogo que ha estudiado detallada mente la historia de la educación entre los aztecas y en toda la historia de México. 4• Lucio Mendieta y Núñez, sociólogo y gran jurista, cuyas obras son ampliamente conocidas en el ambiente universitario. El libro que ahora cabe destacar es El Derecho precolonial. 5• Manuel Moreno y Moreno.

6• Raúl Carranca y Trujillo, con estudios sobre el Derecho penal de los aztecas, como en su obra La organización social de los antiguos mexicanos. 7• Víctor M. Castillo Farreras, quien destaca con una importante obra: Estructura económica de la sociedad mexica. 8• Fernando Flores García, maestro emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, gran impulsor del Derecho procesal, quien sobresale en este rubro con su estudio La administración de justicia en los pueblos aborígenes de Anáhuac, publica do en la Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, de la que él fue director durante muchos años. 20 9• Silvia Garza Terazona, con su obra La mujer mesoamericana. 10• Romerovargas Yturbide, con su obra ya famosa Los gobiernos socialistas de Anáhuac. Otros autores contemporáneos que han escrito diversos artículos sobre el Derecho azteca son Toribio Esquivel Obregón, Guillermo Floris Margadant, Sara Bialostosky, José Luis Soberanes Fernández, Mercedes Gayoso, Marco Antonio Pérez De los Reyes y Gonzalo Vilchis Prieto. Sin embargo, el campo de la bibliografía sobre Derecho prehispánico es todavía reducido. 6. La arqueología. En todo momento, con sus sorprendentes estudios y descubrimientos, va dando nuevas bases al conocimiento del México prehispánico. Piénsese en los descubrimientos hechos en el Templo Mayor y en el bosque de Chapultepec en fechas relativamente recientes. 7. El análisis comparativo de algunas comunidades de origen indígena en el Valle de México, que aún conservan muchas de sus antiguas costumbres prehispánicas. 8. El estudio comparado de pueblos prehispánicos, por la similitud de instituciones y principios que compartían. 9. El estudio de la lengua náhuatl, que mucho ayuda a comprender más cabalmente el origen y contenido de las instituciones prehispánicas. Organización política Mientras duró su peregrinación los aztecas se configuraron como un pueblo organizado en clanes (grupos de familias), los que a su vez integraban una tribu, todas ellas formas elementales de organización sociopolítica. En cuanto a su gobierno, estaban regidos por una teocracia apoyada en un grupo militar. El lugar donde finalmente pudieron asentarse en el Valle de México fue el islote en medio del lago de Texcoco, que denominaron México-Tenochtitlan, si bien previamente habían pretendido establecerse en Atizapán y en Chapultepec, lugares no muy apropiados para quedarse por estar infestados de serpientes, el primero, y de langostas o chapulines, el segundo. Pero el islote quedaba comprendido dentro del territorio dominado por los tecpanecas de Azcapotzalco, que les impusieron fuertes tributos. Esto se hizo más rígido para los aztecas cuando ascendió al trono de Azcapotzalco el terrible rey Tezozómoc, de quien se dice que gobernó 80 años, desde 1347, unos 20 años después de fundada Tenochtitlan. Durante el tiempo que transcurrió entre 1325 (fundación de la ciu dad) y 1376 (ascenso al trono de México del primer rey o tlatoani Acamapichtli), Tenochtitlan fue gobernada por sacerdotes y caudillos. Éstos fueron, entre otros, Ocelopan, Quiapan, Ahueyotl, Xomimitl, Acacitli, Mentzineauh, Xocoyotl, Atototl, Xihupati y Tenochtli. La ciudad primitiva se dividía en cuatro barrios o calpullis y se unía a tierra firme por tres calzadas construidas artificialmente: al norte la de Tepeyaca, que la vinculaba de paso con Tlatelolco; al poniente la de Tacuba y al sur la de Tlalpan, que a una altura determinada se dividía hacia dos rutas, Iztapalapa al oriente y Coyoacán al poniente.

Hacia 1376 lograron que Azcapotzalco les permitiera tener un rey o cacique de origen militar; éste fue Acamapichtli, con lo que iniciaron su etapa de caudillaje. Al rey lo denominaron tlatoani y con el tiempo, cuando este funcionario ya era el poderoso señor de un enorme territorio, se hizo llamar tlatoani huaytlatoani tecpalcantecutli ("el que habla"). Aún seguían siendo tributarios de Azcapotzalco y los primeros tres reyes de México padecieron esa tiranía. Pero en 1427 murió el temido Tezozómoc y fue sustituido por su hijo Tayatzín o Teayauhtzín, quien a su vez murió asesinado por Maxtla, su hermano. Este fratricidio desencade nó la muerte del tercer tlatoani de México, Chimalpopoca (por condenar la usurpación) y el ascenso al trono azteca de Izcóatl, quien aprovechó la oportunidad para formar una Triple Alianza entre Tenochtitlan, Texcoco y Tacuba, la que dio por resultado la caída de Azcapotzalco y la muerte de Maxtla. La Triple Alianza continuó en funciones y logró dominar territorios muy alejados. En cada ciudad de la Alianza regía el tlatoani respectivo de manera autónoma, si bien uniéndose en confederación para los casos de declaración de guerra, el desarrollo de las campañas militares, la tributación y los acuerdos de paz y alianza con otros pueblos. Gracias a ello lograron conquistar un territorio inmenso, como ya dijimos, que comprendía desde el sur de Sinaloa y Tamaulipas hasta incluso Costa Rica, con excepción de Michoacán, al que nunca lograron vencer, si bien lo intentaron varias veces, y Tlaxcala, cuya posesión fue siempre precaria por lo levantisca. En suma, lo que los europeos llamaron Imperio azteca en realidad era una confederación de tres tribus, cada una encabezada por su caudillo o tlatoani, quien simbolizaba su poder con un carcaj de flechas y arco dorados, y cuyo nombre significaba "el que habla bien". Por eso se colocaba un glifo en la boca del personaje representado en los códices como tlatoani. Cuando murió Izcóatl, creador de la Triple Alianza, se trató de elegir al nuevo tlatoani de México y la pugna política se planteó entre dos sobrinos del rey fallecido: Moctezuma Ilhuicamina y Tlacaélel, ambos con merecimientos suficientes para aspirar al trono. La situación bien pudo con vertirse en un verdadero cisma, por lo que se acordó nombrar a Moctezuma Ilhuicamina como tlatoani y crear una nueva investidura, un tanto paralela, la del cihuacóatl, para Tlacaélel. El cihuacóatl sería una especie de cogobernador, con varias funciones específicas, como la de ser responsable de la tributación y del tesoro, auxiliado en esto por los calpixquis (recaudadores) y el tepalcancete o petlancete (tesorero); igualmente precedía en ocasiones el Tribunal Supremo y organizaba y vigilaba a los tlatoques (magistrados) y a los tecuhtlis o teuctlis (jueces menores). Asimismo, fungía como superior de los militares, es decir, de los tlacatecutlis (señores de los hombres), que eran dos (uno de la orden de los guerreros águila, y el otro de los guerreros jaguar o "tigres"); el tlacochcálcatl (jefe de la casa de los dardos o del arsenal), así como los telpochtlataques (comandantes de batallones de 400 hombres). El cihuacóatl también tenía autoridad sobre los calpulleques o jefes de barrio o calpullis. De la misma manera, vigilaba el desempeño de los pochtecas o comerciantes, que a veces hacían la labor de auténticos embajadores. Así, se advierte que el cihuacóatl era una especie de primer ministro y que en la monarquía azteca podía aplicarse el principio europeo de que "El rey reina pero no gobierna". El nombre de cihuacóatl significa "el de la falda de serpientes", porque en su mentalidad religioso-política debían quedar representados en el poder los dos géneros, esto es, el masculino con el tlatoani y el femenino con el cihuacóatl. El tlatoani por ello era la más alta autoridad. Su poder provenía directamente de Huitzilopochtli, el dios principal, con el que incluso estaba emparentado, si bien era elegido por un cuerpo especial. Él era el responsable del buen gobierno y de dictar la ley al pueblo.

El tlatoani era el gobernador vitalicio y concentraba en sus manos gran poder político, judicial, religioso y militar. Era el más alto funcionario del llamado tlatocayotl (palabra equivalente a Estado). El cihuacóatl Tlacaélel resultó ser un verdadero estadista; su capacidad, audacia y responsabilidad contribuyeron a hacer de Tenochtitlan una hermosa capital, en donde destacaba el cultivo de las artes y de la ciencia, y con todo ello respaldó de manera significativa el gobierno de su herma no Moctezuma Ilhuicamina. De esta suerte en lo sucesivo, a la muerte del cihuacóatl, el tlatoani en turno nombraba a su sustituto. De hecho, ya siempre hubo un tlatoani (jefe de Estado) y un cihuacóatl (jefe de gobierno). Con el tlatoani, en calidad de Senado o Consejo estaba el tlatocan, integrado por los 20 calpulleques o jefes de barrio. De este consejo emergía otro cuerpo colegiado supremo: el tlatocaltzin. Este último era un consejo supremo permanente y sus miembros tenían carácter vitalicio. Se integraba con el cihuacóatl, los tlacatecutlis (águila y jaguar) o el tlacochcálcatl (jefe de arsenal) y el tenochca o sumo sacerdote. En total eran cinco individuos los que aconsejaban al tlatoani en las grandes decisiones. A la muerte del tlatoani, el cihuacóatl continuaba dirigiendo al gobierno y convocaba al tlatocaltzin para que junto con los tlatoanis sobrevivientes de la Alianza (Tacuba y Texcoco), a manera de grandes electores decidieran, entre los siete, la designación del nuevo tlatoani. Con todo ello, la decisión de los dos tlatoanis aliados, el cihuacóatl, los representantes del ejército y de los sacerdotes, el poder del tlatoani quedaba bastante limitado. En los pueblos sometidos por los aztecas gobernaban los tlatoanis menores. La organización política de los aztecas puede representarse en el esquema de la figura 2.2, en la inteligencia de que las fuentes son con-troversiales y que varían un tanto de una a otra. Lo más variable es la pronunciación y ortografía de los diferentes cargos. Los tlatoanis Como hemos señalado, fueron 11 los reyes o tlatoanis de Tenochtitlan, agrupados en una monarquía mítica, viril y unidinástica. 21 Las circunstancias específicas de cada uno de estos gobiernos se muestran en el cuadro 2.3. A la muerte de Acamapichtli gobernó su hijo Huitzilihuitl, luego el hermano de éste, Chimalpopoca; posteriormente su hermano Izcóatl, y a la muerte de él su sobrino Moctezuma llhuicamina. Cuando murió, le sucedieron sus nietos Axayácatl, Tízoc y Ahuízotl (hermanos entre sí); a la muerte de Ahuízotl, su sobrino Moctezuma Xocoyotzin, luego un hermano de éste, Cuitláhuac y finalmente un primo de ambos, Cuauhtémoc. Con toda esta gama de fuentes, variadas y amplias es posible estudiar con gran profundidad el Derecho mexica o azteca, al que entre los derechos prehispánicos podemos considerar un sistema jurídico evolucionado, porque: 1. Los aztecas pudieron aprender las experiencias de numerosos pue blos anteriores y contemporáneos suyos. 2. Contaron con una estructura político-administrativa más amplia y compleja, a pesar de haber conservado su organización tribal. 3. Desarrollaron una amplia base filosófica y moral, sustentada en su concepción religiosa. Los principios éticos se enseñaban a hombres y mujeres desde la casa y la escuela. La educación solía ser severa. Se les inculcaba el respeto al anciano, a los sacerdotes y a los gobernantes, al padre, a la madre y a los antepasados, y estaban en constante servicio a los dioses. Se tenía en alto el concepto

de yécotl (rectitud), de yectli (recto), y era una virtud que procuraban implantar entre sus hijos y alumnos. Se criticaba la perversión y la avidez o ambición que tiene el camino de los hombres y los gobernantes. Es curioso que Sahagún afirme: "es gran vergüenza nuestra que los indios naturales, cuerdos y sabios antiguos supiesen dar remedio a los daños que esta tierra imprime a los que en ella viven, ablando a las cosas naturales con continuos ejercicios, y nosotros nos vamos al agua abajo con nuestras malas inclinaciones..."22

El calpulli Calpulli equivale a calpolli, aumentativo de calli o "casa grande". Significa "barrio o suburbio, aldea o poblado".23 Como se ha dicho, esta organización es de origen teotihuacano y luego fue adoptada en todo el Valle de México por las distintas tribus prehispánicas. Cuando se fundó Tenochtitlan en 1325, se dividió la ciudad en cuatro calpullis (cuyos nombres y ubicaciones ya han sido mencionados), si bien a la llegada de Cortés en 1521 eran 20 calpullis. En cada calpulli había a su vez una subdivisión en tlaxicaüis o clanes, grupos de familias que reconocían un ascendiente común: el llamado abuelo o tata. De esta manera, el calpulli era un "barrio de gente conocida y de linaje antiguo", como lo define el oidor y cronista Alonso de Zorita en su Breve y sumaria relación de los señores de la Nueva España. Esto es así porque había finalmente un parentesco entre las familias avecindadas en cada calpulli. Por eso éste equivale a una organización de clan. Hoy se cuenta con mayor información respecto al calpulli y su gran importancia dentro de la organización azteca, como célula fundamental de su estructura política. Con base en Víctor M. Castillo Farreras24 y combinando otras fuentes, se puede decir que el calpulli era una unidad: 1. Política. Porque tenía su propio gobierno integrado por un consejo de ancianos o tatas, jefes de los clanes o patriarcas, encabezados por el de mayor prestigio, llamado teachcauh, quien era elegido por los propios ancianos. Además, también elegían al calpulleque o jefe de barrio, entre las cabezas de familia más destacados por su capacidad y por su honestidad. Igualmente era electo el tecuhtli, guerrero famoso por sus hazañas y al que se encargaba la vigilancia del calpulli y el adiestramiento militar de los varones que debían prestar servicios en el ejército azteca. Otros funcionarios menores, y ya designados por el calpulleque, eran los tlacuilos o escribanos. El cargo de calpulli era de elección y vitalicio, pues sólo se dejaba por mala salud física o mental, o por deshonestidad, en cuyo caso se arriesgaban a sufrir la pena capital. El organigrama político del calpulli se muestra en la figura 2.4. 2. Administrativa. Porque el renglón de lo que ahora se denomina servicios públicos era proporcionado a la comunidad por el calpulleque, que contaba con un grupo de esclavos para mantener limpias las calles y plazas de su calpulli, y disponía de hombres armados para garantizar la paz pública. Los calpulleques llevaban la cuenta de su población, sabían cuántos nacimientos, defunciones y matrimonios se efectuaban y diariamente se reunían con el cihuacoátl para dar cuenta a éste del estado que guardaban sus barrios. Recuérdese que integraban entre ellos el consejo del tlatocan frente al tlatoani, a manera de gran Senado. 3. Fiscal. Porque el calpulleque se encargaba de reunir entre todas las familias de su barrio el importe del tributo, a fin de que en la fecha convenida el calpixque o recaudador lo recogiera. Por lo mismo, el pago tributario o fiscal se pagaba por barrios y por pueblos, es decir, era grupal.

4. Militar. Porque cada calpulli debía aportar un número determinado de hombres para contribuir a la formación del ejército azteca. Estos hombres eran designados por el calpulleque] el barrio se obligaba a proporcionarles armas y adiestramiento militar, éste a cargo del tecuhtli del calpulli. 5. Religiosa. Porque todo calpulli contaba con su deidad propia, su ante pasado mítico o nahual, su templo o teocalli (casa de Dios) y su cuer po de tenochcas o sacerdotes incluso con su día de fiesta local. Esto fue muy importante para facilitar la evangelización por parte de los misioneros cristianos, porque al formarse los barrios y pueblos de la Colonia los dedicaron a una imagen religiosa. Así, los cuatro primeros barrios del centro de la vieja Tenochtitlan fueron, en la ciudad colonial de México, los barrios de San Juan, San Pablo, San Sebastián y Santa María o de la Merced. Hoy aún observamos la importancia que tienen las festividades patronales de cada lugar. 6. Familiar. Porque el calpulli era un conjunto de linajes o grupos de familias patrilineales (ambilaterales en el caso de los pillis o pipiltzines o nobles), así como de amigos y aliados.25 7. Residencial. Porque implicaba tenencia de la tierra en forma comunal, en chinampas y parcelas explotadas por cada familia, además de la casa habitación, que debía construirse de acuerdo con la posición social de los habitantes del calpulli. 8. Social. Porque los habitantes del calpulli pertenecían a un mismo es trato social, pillis (nobles) o macehuallis (plebeyos) y, en consecuencia, no podían mezclarse entre sí. 9. Cultural. Porque, dado el mismo nivel social, los habitantes del calpulli presentaban similares formas culturales, vestidos, adornos, costumbres, etc. En sentido estricto, formaban una subárea cultural o una subcultura. 10. Económica. Porque la actividad productiva era compartida por todos. Así, había calpullis de alfareros, de fabricantes de telas, etc., además de que la propiedad de la tierra era colectiva o familiar. 11. Laboral. Porque las labores y sus responsabilidades se compartían entre los habitantes del calpulli en edad productiva. Por ello, el sujeto dentro del calpulli podía hacerlo todo; fuera del mismo, estaba condenado a la miseria y al desamparo. El calpulleque asignaba las tierras de cada familia, que debían ser cultivadas. Si en un ciclo agrícola no había cosechas por descuido o negligencia, el calpulleque amonestaba a la familia respectiva, pero si se daba la reincidencia se le quitaba su parcela y se le expulsaba del calpulli. A la llegada de los conquistadores la organización colectiva del calpulli fue desapareciendo paulatinamente, pero en lugares apartados de la influencia europea aún subsiste. Organización social La sociedad mexica era estamentaria, es decir, se basaba en estamentos o estratos sociales, definidos por un estilo común de vida y una función social determinada. Las personas se distinguían desde su nacimiento en una sociedad cerrada. En términos generales esta clasificación, en orden decreciente, se puede fijar de la manera siguiente: 1. Los nobles, llamados pillis o pipiltzines. Esa nobleza era hereditaria, si bien algunos privilegios de que disfrutaban eran propios de las funciones que desempeñaban. Entre ellos se distinguían estos tres niveles: 0• Los tlatoanis, jefes de caciques. 1• Los tecuhtlis, señores o principales. 2• Los pillis o parientes subordinados a los anteriores. Todos ellos tenían acceso a una educación privilegiada, pero debían mantener su dignidad y conservar sus tierras.

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Los nobles se dedicaban al sacerdocio o eran grandes guerre ros y comandantes militares. Los pochtecas, comerciantes, quienes a veces hacían labores de espionaje y aun de embajadores, aprovechando los largos recorridos que tenían que efectuar para comprar y vender sus mercancías. Los macehuales o macehualtin. Gente común, equivalente a plebeyos, se decían así porque su nombre significa "el que hace penitencia". Muchos de ellos eran artesanos de diversos oficios o campesinos y se agrupaban por especialidades en los diferentes barrios de la ciudad. Los tamemes. Cargadores de oficio. Recuérdese que los aztecas no conocieron las bestias de carga, por lo que debían trasladar sus bultos sobre la espalda apoyándose con una faja de manta colocada sobre la frente. Cargaban así hasta unos 23 kilogramos y recorrían a pie un promedio de 25 kilómetros por día. Los mayeques. Eran tributarios de los pueblos vencidos por los aztecas. Se les consideraba hombres libres, pero debían pagar tributo y trabajar las tierras que habían sido de ellos y que ahora pertenecían, a manera de botín, a los guerreros mexicas vencedores. Si eran campesinos quedaban adscritos al terreno, sin poder desplazarse, con lo que se originó una especie de feudalismo. Los esclavos o tlacollis. Podían serlo por varias causas: a) Cautivos de guerra, porque no había canje de prisioneros; un individuo en estas condiciones era esclavo de quien lo había apresado. b) Venta. El padre podía vender a un hijo por extrema pobreza y a condición de tener por lo menos cuatro hijos. De este modo, a uno lo hacían esclavo y tres quedaban libres. c) Autoventa. En ocasiones extremas se vendía a sí mismo un sujeto o se llegaban a vender familias completas, a veces de manera permanente o temporal, e incluso rotativa. d) Por delito. Ciertos delitos hacían caer en esclavitud al delincuen te en favor de la víctima.

Los esclavos se dedicaban a los trabajos del hogar, a la limpieza de las calles y plazas y a la construcción de obras públicas. A partir del famoso rey de Texcoco Nezahualcóyotl, legislador, filó sofo, poeta, guerrero, juez y constructor, los hijos de esclavos eran consi derados libres, algo más humano que lo que al respecto disponía el Derecho romano. Las causas de liberación eran: 0•El matrimonio con el dueño o la dueña, según el caso. 1• Por autorrescate, pagándole al dueño su valor comercial. Esto impli ca que el esclavo conservaba su propio patrimonio, lo cual no era posible en el Derecho romano. 2• Por disposición del dueño, sin que para esa manumitió fueran necesa rias las solemnidades del Derecho romano. 3• Por escaparse del mercado de esclavos y poner un pie en excremento humano. 4• Por alcanzar "asilo" en el templo o en el palacio real. Si el esclavo era obediente, debía manifestar su consentimiento para ser vendido a otro dueño; pero si era rebelde, corría el riesgo de ser sacrificado a los dioses. De acuerdo con las consideraciones anteriores, tal vez no se trataba de una verdadera esclavitud, sino de una servidumbre extrema.

La estratificación de la sociedad azteca se presenta en el cuadro 2.4. Organización económica En materia económica los aztecas evolucionaron mucho, tanto en el ámbito local como en el intercambio a grandes distancias. Era tan significativo el comercio que los pochtecas tenían su propia organización, sus jueces, administradores y deidades como Yacatecuhtli ("señor nariz", dios de los que viajan). Las expediciones mercantiles se planeaban y controlaban con detenimiento. En ellas se invertía mucho y se corría gran peligro, pero las ganancias lo compensaban todo. De las diferentes partes del Imperio se traía todo tipo de mercaderías, algunas de las cuales, por su rareza, eran especialmente deseadas por la población. Los pochtecas mantenían estrecha relación con los artesanos para comprar sus mercancías, a fin de luego revenderlas en el tianguis o mercado. Para ingresar en el grupo de los pochtecas un individuo debía hacer méritos suficientes, por lo que generalmente acudía a una expedición y luego se presentaba ante las autoridades de comercio para que lo aceptaran. Si así sucedía, el nuevo pochteca celebraba una fiesta para agradecerlo a los directivos. Con el tiempo podía llegar a ser conductor de caravanas. Lo más importante era llegar a ser un pochteca que no tuviera que viajar, sino que dirigiera sus negocios desde Tenochtitlan. La actividad comercial se llamaba pochtecayotl y se celebraba en el tianguis, que siempre era un local cerrado; no había vendedores ambulantes. El símbolo del mercado era un grupo de círculos concéntricos, con varias entradas y salidas. En el mercado las mercancías se establecían por orden de géneros (pieles, aves, frutas, joyas, etc.); todo estaba en orden y no se escuchaban gritos ni pregones. Había personas armadas que cuidaban que nadie pertubara la paz pública y jueces para dirimir conflictos entre comerciantes y entre éstos y sus clientes. El tianguis era un lugar concurrido. Se dice que sólo en el de Tlatelolco se reunían diariamente hasta 60 000 personas. En el tianguis no sólo se compraba y vendía, sino que también se podían contratar los servicios de cargadores, peluqueros, etcétera. Además, en los tianguis y en los calpullis o barrios había médicos, parteras, odontólogos, especialistas en ceremonias fúnebres, astrólogos y baños públicos, tanto para asearse como para exonerarse, para lo cual usaban canoas como letrinas. Igualmente había lugares donde se expendía comida y otros donde se podía albergar cualquier visitante en Tenochtitlan. La mayor parte de los ingresos públicos provenían del tributo de los pueblos vencidos, de ahí la importancia de las guerras de conquista, pero también del odio y resentimiento que tenían estos pueblos hacia los aztecas, lo cual fue luego aprovechado por Cortés. El comercio se ejercía mediante el trueque o utilizando semillas de ca-cao, manojos de plumas de aves preciosas, como el quetzal, o unas pequeñas mantas de colores, láminas de cobre en forma de hachas y hasta carrizos o puntas de plumas rellenos de polvo de oro, todo esto a manera de monedas. Se calcula la población de Tenochtitlan en 300 000 habitantes aproximadamente, lo que para su época y circunstancia era ya una cifra exagera-da, sobre todo si se toma en cuenta lo reducido del terreno disponible. De cualquier manera, éste era muy bien aprovechado, pues en el centro de la isla se encontraban unos 78 edificios entre los que destacaban el gran teocalli (templo) con sus dos salas, la de Huitzilopochtli y la de Tláloc; el templo de Quetzalcóatl; el juego de pelota; el tzompantli o altar donde se ponían los cráneos de los sacrificados, etcétera.

Para la agricultura se empleaban no sólo parcelas, sino también chinampas, es decir, canoas o cajas rellenas de tierra para el cultivo flotan-te, especialmente de hortalizas, lo que llamó mucho la atención a los conquistadores por su novedad, que llegaron a denominarles jardines flotantes. Son famosas las descripciones que sobre la ciudad, sus tianguis y sus chinampas hacen en sus obras los cronistas Hernán Cortés, Bernal Díaz del Castillo y fray Bernardino de Sahagún. En nuestros días es interesante la descripción que hace la destacada investigadora Ángeles González Gambio26 en torno a la figura de los pochtecas en el mundo azteca, de la siguiente manera: Es sabido que los gobernantes, de manera especial Ahuízotl, los tenían en mucho aprecio y les hacían obsequios y homenajes, aunque por otro lado les prohibían que hicieran ostentación de su riqueza. Gozaban de privilegios semejantes a los que tenían los nobles; entre otras cosas, podían poseer tierras, usar insignias y ropas de algodón y sandalias para ciertas ceremonias. Se consideraban a la misma altura que los guerreros distinguidos por su valentía. Cuando alguno moría en el camino, no se le enterraba, sino que arreglaban su cuerpo con pintura y papeles, lo metían en una angarilla y lo colocaban hasta arriba de un monte, para que fuera al cielo donde moraba el sol, junto con los soldados que morían en combate y las mujeres fallecidas en parto. Estos personajes cumplían importantes funciones; además de la comercial eran embajadores, espías y promotores culturales, y cuando se requería, guerreros, lo cual no era infrecuente; en sus largas travesías, no faltaba quien quisiera asaltarlos y se sabe que muchos de ellos se distinguían por su valor. La vida de estos mercaderes ocupa parte importante de la vasta obra de fray Bernardino de Sahagún y se conoce como Pochtecayotl (el arte de traficar), maravillosamente estudiada por don Ángel María Garibay y su ilustre discípulo Miguel León-Portilla. En ella nos enteramos de "cómo comenzaron a ser tenidos por señores y honrados como tales", "de las ceremonias que hacían cuando partían", "de las que hacían cuando llegaban", "del modo que tenían de hacer banquetes" y muchos capítulos más, verdaderamente fascinantes. Llama la atención conocer el refinamiento y pulcritud que guardaban en sus ceremonias. Cuando llegaban a su casa por la noche, se reunía toda la familia y el servicio y después de servir la ofrenda del dios, "se da lavamano y lavaboca a la gente, luego se da de comer. Cuando se ha comido, otra vez se da lavamano y lavaboca y ya sale el tazón de cacao y luego se da tabaco, se fuma". De las provisiones que hacía un pochteca para la ceremonia de purificación nos dice Sahagún: "preparaba maíz y frijol y grano de chía, en recipientes de palo; la van a necesitar todos, será ayuda para que no tengan sed. Compraba chile, en seguida los guajolotes, unas ochenta o cien piezas, luego compraba perros, que servían de soporte al guajolote al darlo de comer a la gente: abajo en la cazoleta de mole ponían el pedazo de perro y encima la carne de guajolote, luego adquiría cacao y tres o cuatro canoas de agua". (Hay que recordar que los perros eran unos animales limpios, criados y engordados especialmente para ese fin, se dice que eran sabrosísimos.) Finalmente diremos que en la compraventa el comprador tenía derecho de arrepentirse y en este caso se le devolvía lo que ya hubiera pagado. Además, para evitar la sospecha sobre el origen de las mercancías se acostumbraba comprar exclusivamente en los mercados. Había mercados o tianguis generales y otros especiales; en estos últimos se vendían ciertos géneros exclusivamente. De los mercados se tenían planos donde se detallaba la localización de puestos y mercancías que se ofrecían. Algunos mercados famosos eran, además de Tenochtitlan, los de Tlaxcala, Texcoco, Tlatelolco y Azcapotzalco. Se sabe, además, que se hacían préstamos que no producían interés. Instituciones militares

Desde la época de la peregrinación los aztecas se caracterizaron por ser un pueblo guerrero, al grado de que Huitzilopochtli, dios de la guerra, encabezaba su panteón. Gracias a ello los guerreros mexicas fueron aliados muy valiosos para los tecpanecas hasta la formación de la Triple Alianza, cuando se independizaron de Azcapotzalco. Se dice que con anterioridad al reinado del primer tlatoani Acamapichtli (1375 d.C), los caudillos o dirigentes militares se distinguían por sus divi¬sas ornamentales, a la vez que a sus tropas las "uniformaban" con ropas y escudos de colores específicos, de manera que las tropas reclutadas en cada calpulli o en cada pueblo se diferenciaban entre sí por las insignias y los símbolos de su región de origen. Los guerreros simples o sin grado iban a la lucha casi desnudos, con sólo un taparrabo, pero pintaban sus cuerpos y sus rostros con pigmentos hechos de sustancias vegetales, animales o minerales. Estas pinturas se las aplicaban con los dedos o con unos "sellos" hechos de barro. A esa pintura o tinte le llamaban tecozahuitl. Los guerreros veteranos y destacados podían llevar el cabello recogido en alto, amarrado con cuerdas o cintas. Igualmente usaban peinados y cascos con cabezas de águilas y jaguares, sus dos órdenes militares supremas. En la época de Izcóatl el atuendo militar se hizo más complejo y ele-gante. Los grandes penachos y estandartes de plumas de bellos colores eran verdaderamente ostentosos. También se usaron camisas de algodón, cuero y plumas para proteger el pecho y la espalda de los dardos enemigos, y los chimalli o escudos eran verdaderas obras de arte, hechos de madera, plumas, algodón y cuero. Para estos bellos atuendos se utilizaban asimismo pieles de coyote y de caimán, con las que solían hacer también sus sandalias o huaraches. Los portaestandartes llevaban a la espalda los banderines con los colores de sus batallones. Su primer comandante era el telpochtlatoque, jefe de 400 hombres; muy importante era además el tlacochcalcatl o jefe del arsenal, decían ellos "jefe de la casa de los dardos", puesto que a él correspondía la distribución de las armas para el combate. La instrucción militar se proporcionaba en los calpullis y estaba a cargo del tecuhtli, personaje del que ya se hizo alusión.27 En principio, todo varón era un soldado del ejército mexica, pero sólo los nobles o pillis tendrían jerarquía militar. A la guerra se enviaba a los hombres a partir de los 20 años, pero si era preciso iban desde los 12 e igualmente algunos ancianos acudían a pelear. Todos lo hacían con gusto, ya que su filosofía implicaba prestar con ello un alto servicio a los dioses. A partir del Üatoani Moctezuma Ilhuicamina se estableció el xochiyayotl (guerra de las flores o florida, en virtud de que solía hacerse en tiempos de verano), que era una guerra convencional entre la Triple Alianza (Tenochtitlan, Texcoco y Tacuba) y otra alianza tripartita (Tlaxcala, Cholula y Huejotzingo), para hacerse mutuamente prisioneros y luego sacrificar¬los a sus dioses respectivos. Por eso, por tratarse el xochiyayotl de una guerra periódica y pactada entre ambas partes beligerantes, Modesto Seara Vázquez la llama antitratado de paz.28 Lo cierto es que gracias en gran medida al xochiyayotl los aztecas lograron extender de manera significativa sus conquistas. El ejército azteca contaba además con un importante cuerpo de espías, exploradores, zapadores y mensajeros. Al enemigo se le hacían tres notificaciones con 20 días de intervalo cada una para que se entregaran voluntariamente a las armas aztecas, con lo cual podían conservar sus autoridades y cierta autonomía, a cambio de pagar tributos, aceptar una deidad azteca en sus templos y prestar servicios personales y militares a los vencedores. De no acatar esas invitaciones debían atenerse a las

consecuencias, por lo cual casi siempre los territorios así emplazados quedaban "voluntariamente" unidos a los dominios mexicas. Las armas ofensivas y defensivas eran macanas de obsidiana, cuchillos de pedernal, arcos, flechas, dardos, cerbatanas y escudos, muy primitivo todo y generalmente hechos de madera, pieles, piedras y plumas. La tenencia de la tierra El propio Hernán Cortés señala que los aztecas no conocían la propiedad privada en virtud de la importancia que entre ellos tenían la propiedad y la explotación agrícola colectivas. Hoy esta afirmación es cuestionable, y podemos señalar los tipos de propiedad agrícola entre los mexicas que se muestran en el cuadro 2.5. Para sus medidas agrarias usaban el octacatl u octlalli, que equivalía aproximadamente a 3.5 metros cuadrados. Sus tierras de labranza eran a base de coa o huictli, bastón sembrador, y ya conocían las ventajas de abo-nar la tierra con excremento y cadáveres de animales, así como con hojas secas. Según su relación con la propiedad agrícola, los trabajadores del campo se dividían como se muestra en el cuadro 2.6. En cuanto a la disponibilidad de la tierra, podía ser arrendada o usufructuada o estar vacante. Las tierras llamadas de propiedad privada eran obtenidas por el tlatoani o por los nobles a través de su transmisión por familia, o bien como recompensa por sus servicios en el desempeño de la guerra. En todo caso, no debía enajenarse sino entre los mismos nobles, en la inteligencia que, de llegar a manos de plebeyos, las tierras serían "confiscadas" por el tlatoani para ser luego asignadas a otro pilli o noble más cuidadoso. En consecuencia, las tierras de orden privado estaban sujetas a la modalidad de permanecer exclusivamente entre el grupo elitista. Así, existió, aunque muy limitada, la propiedad privada entre los mexicas.29 Estructura judicial Había una jerarquización judicial que permitía un sistema de apelación, lo que lleva a deducir que el proceso azteca era biinstancial y tal vez con más de dos instancias. Además, se juzgaba por separado a los plebeyos {rnace-huales) y a los nobles (pillis). A la justicia la llamaban tlamelahuacachinaliztli ("ordenado o recto"). El juez de primera instancia era denominado teuctli o tecuhtli y hacía justicia en el tecalli. El nombre de teuctli o tecuhtli se agregaba al del sujeto, como por ejemplo, Popoca tecuhtli. El cargo era de elección popular, por parte de los jefes de familia de cada barrio o calpulli, si bien la designación oficial la hacía el tlatoani y era de desempeño anual. La competencia jurisdiccional era sólo para casos civiles o penales de poca monta que se suscitaran entre los vecinos del calpulli. Había tecuhtlis para nobles y para plebeyos. También se elegía en cada barrio o de manera anual a sujetos encar-gados de regular la conducta de las familias y denunciar todo tipo de irregularidades que observaran. Éstos eran los centectlapixques, e igualmente se contaba con algunos hombres armados para aprehender a los delincuentes. Se tenía preferencia porque el teuctli fuera elegido entre los hombres cultos o los militares, que hubieran egresado del Calmécac, de buenas costumbres, prudente y sabio, no dado a la embriaguez ni a recibir regalos o halagos. Se les asignaba también algunas tierras y esclavos para que no tuvieran necesidad económica y se dedicaran de lleno a sus funciones. Ese beneficio sólo duraba mientras ejercían su cargo. Los vecinos debían ofrecerles agua y leña de forma gratuita.

A cambio, eran severamente reprimidos si llegaban a incurrir en faltas, por ejemplo, si recibían obsequios o pedían algo por sus servicios; los demás jueces los reprendían. Si no se corregían eran trasquilados y priva-dos de sus cargos, lo que era tenido por verdadera infamia. En casos graves eran condenados a muerte y se les derrumbaban sus casas. En caso de mala interpretación del derecho, también podían ser condenados a muerte y otro tanto sucedía si conocían de causas propias o si falseaban los datos del proceso. A veces el tlatoani o el cihuacóatl enviaban a personas ante el teuctli para tratar de sobornarlo, a fin de comprobar si era susceptible de aceptar regalos o dádivas, para obrar entonces en consecuencia. Arriba de los teuctlis estaba el tribunal llamado tlacxitlan o tecalli, integrado por tres o cuatro magistrados o tlatoques tecutécatl nombrados por el tlatoani y presididos por el tlacatécatl. Eran de carácter vitalicio y sólo podían ser removidos por mala salud física o mental, debido a su avanzada edad, o claro, por faltar a sus deberes, con las penas que esto mereciera. Este supremo tribunal se dividía en dos salas, una para juzgar a los nobles {tlacxitlan) y otra para juzgar a los plebeyos (tecalli). Ese tribunal intermedio podía condenar a muerte, pero debía obtener para ello la autorización del tribunal del tlatoani. Para los asuntos más graves se recurría al tribunal del tlatoani, a veces presidido por el cihuacóatl, cada 24 días. Este tribunal constaba de unos 12 o 14 magistrados, que tenían su sede en una sala especial del palacio. En Texcoco se alcanzó mayor complejidad en la justicia, gracias al cuidado y criterio de Nezahualcóyotl; así, hubo una Corte Suprema integrada por tres salas de cuatro jueces cada una y un pleno de 12 magistrados designados por el tlatoani de Texcoco, quien los presidía. Las salas de esa corte eran la civil, la penal y la militar; incluso se ha dicho que los asuntos militares de Tenochtitlan y de Tacuba solían ser resueltos en última instancia en esa sala militar de la corte de Texcoco. Además, había tribunales especiales como el de Tecpan, que era de orden militar y se denominaba tequihuacalli tecpilcalli ("casa de los guerre-ros"), con tres jueces: el tlacotecatl (presidente), el cuauhnochtli (represe-tante del ejército) y el tlailotlac (experto en asuntos militares y de grandes nobles). Aparte había un tribunal de guerra con cinco capitanes que funcionaba en pleno campo de batalla; tribunales religiosos para juzgar a los tenochcas o sacerdotes; un tribunal para asuntos del mercado o tianguis y otro para juzgar a los comerciantes o pochtecas, y aun juzgados entre los estudiantes. En todo proceso el acusado debía contar con un abogado o tepantlatoani ("el que habla por otro"), profesión noble que se estudiaba en el Calmécac. Mientras eran estudiantes solían acudir a las audiencias con los teuctlis o con los tlatoques (jueces o magistrados) y estar de pie atrás de los quipales o asientos de los funcionarios judiciales, para aprender observando las actuaciones de justicia. Así lo vemos en los códices respectivos. Todo juzgado contaba con un tecpoiotl, o "mandoncillo", según Sahagún, un joven que notificaba, a manera de un actuario moderno; y con un cuauhnoch o ejecutor para llevar a cabo las sentencias. La organización judicial azteca y texcocana se muestran en la figura 2.5. Derecho procesal Entre los aztecas el procedimiento era oral, pero se levantaba un testimonio de todo lo actuado a manera de expediente, con su clásica escritura jeroglífica. Este expediente quedaba en poder del juzgado, como si se tratara de archivos judiciales, y ahí la labor del tlacuüo o escribano era muy importante. La máxima duración de un proceso era de 80 días; curiosa-mente, los casos más graves eran resueltos con mayor celeridad y, por desgracia, con menos recursos de defensa.

La carga de la prueba era para el acusador. La prueba podía ser testimonial, confesional, presuncional o documental (por ejemplo, presentando códices). En ocasiones se aceptaban los careos, el juramento liberatorio, la inspección ocular y la reconstrucción de hechos. Las audiencias podían ser públicas o privadas, a decisión de los jue-ces. Tenían ya la noción de días y horas hábiles (estas últimas eran sólo las del sol, fuera diurnas o vespertinas). A los jueces y magistrados les daban de comer en el juzgado para que no se interrumpiera la audiencia. Como ya se dijo, entre los aztecas siempre existió el sistema de apelación y es dudoso si había una o dos instancias hasta llegar a la sentencia del tlahtocan o Supremo Tribunal del tlatoani, cuyos fallos eran definitivos e inatacables. Tampoco se sabe si todo asunto partía desde el teuctli, pero lo más seguro es que algunos de mayor monta partieran del tecutécatl o tribunal del cihuacóatl, lo que traía, en consecuencia, un proceso biinstancial. La sentencia se llamaba tlatzolequiliztli. Para los juicios civiles se requería una demanda (tetlaitlaniliztli), a la que recaía una notificación {tenanaitiliztli) librada por el teuctli. En lo penal se procedía, por denuncia o por oficio, a la aprehensión del o de los posibles delincuentes. Se conocían las cárceles, hechas de madera, a manera de "palomares", y se llamaban telpiloyan ("lugar de presos"); en Michoacán, por cierto, se denominaban cataperagua. A veces también la llamaban los aztecas cuauhcalli ("casa de enjaula-dos"), y allí entraban los condenados a muerte o al sacrificio. Hay que agregar el petlacalli, donde estaban los presos por faltas leves, generalmente castigados con trabajos. De todo lo anterior se deduce el alto sentido de justicia y la importan-cia que su impartición tenía en las responsabilidades del Estado. Este as-pecto procesal del derecho azteca siempre ha merecido el elogio de los estudiosos, desde la época colonial hasta nuestros días. Derecho penal Como en casi todos los pueblos de la Antigüedad, el Derecho penal era muy severo; así, tenemos como principales delitos y penas: 1. Delitos contra la seguridad del Imperio: Traición al soberano, espionaje, rebelión y hechicería que atrajera calamidades públicas: desollamiento en vida, descuartizamiento en vida, confiscación de bienes, demolición de la casa, esclavitud para el inculpado, los hijos, el cónyuge y otros parientes hasta el cuarto grado. También muerte a golpes o por lapidación. La embriaguez constitutiva de delito. Sin embargo, el octli o pulque podía ser administrado con autorización del juez a ancianos, enfermos y parturientas. En fiestas podían consumirlo personas de mayor edad. Si un plebeyo se embriagaba, se le quemaba el pelo públicamente, se le demolía su casa y perdía sus bienes. Si era noble, se le conde-naba al destierro o a la muerte (si la embriaguez había sido dentro del palacio). El lenocinio. Se castigaba con quema del cabello en público o con muerte, si se daba la reincidencia. La mentira en la mujer o en los niños. Se castigaba con pequeñas incisiones en los labios y en la lengua; en hombres adultos, arrastrándolos hasta la muerte. La homosexualidad era un gran delito. Si se había dado sodomía, el sujeto activo era empalado (se le introducía un palo por el orificio anal para atravesarlo y sacarlo por el cuello); al sujeto pasivo le extraían por el ano las entrañas.

Si un sacerdote o una sacerdotisa realizaban actos sexuales, eran muertos e incinerados en el propio templo. El aborto era castigado con pena de muerte para la mujer y para sus cómplices. El adulterio era castigado con la muerte de la adúltera y su cómplice, envolviéndolos en un petate atados y ahogándolos en la laguna. Por lo general, el adulterio del marido contra su cónyuge no era castigado. El homicidio era penado con la muerte, salvo que la viuda solicitara la esclavitud del homicida, a su favor. La riña y las lesiones daban origen a indemnización. La violación, el incesto y estupro merecían la pena de muerte. En Michoacán, al violador le abrían con una navaja de obsidiana las comisuras de los labios hasta las orejas y lo empalaban después. En ocasiones, algunos grupos prehispánicos mutilaban sexualmente al violador. Suplantación de un cargo público: pena de muerte. El robo de 20 mazorcas por hambre, si era de primera vez, se perdonaba (robo famélico), pero si excedía esa cantidad o era en reincidencia, podía ser castigado con esclavitud o con pena de muerte, según la gravedad del delito cometido. Los aztecas acostumbraban dejar las primeras cinco líneas de los zureos, en las orillas, para que los caminantes pudieran arrancar y comer las mazorcas. Era una obra de caridad (aún hoy se practica en algunos lugares y la llaman la viuda, costumbre parecida a la que consigna la Biblia en la historia de Ruth, cuando los pobres podían recoger el grano que fuera a dar al suelo al efectuar la cosecha). Los aztecas llamaban titizar a esa costumbre de dejar líneas de siembra, pero si alguno tomaba una mazorca más era condenado a la pena de muerte. El fraude y el abuso de confianza hacían caer en esclavitud. El parricidio o el filicidio eran sancionados con la pena capital. Igual sucedía al hijo que alzara la voz o levantara la mano a sus padres. El exhibicionismo, por ejemplo, de quien se bañara públicamente, era castigado con prisión y 100 azotes propinados con tiras de fibra de maguey. Se distinguía entre delito doloso (castigado con pena de muerte) y delito culposo (con indemnización), pero se castigaba igual al delincuente que a sus cómplices y encubridores. Si se trataba de un noble el castigo era más severo que si el delincuente era plebeyo. La prostitución femenina no era castigada, pero a la mujer pública se le pintaba el rostro para infamarla y marginarla socialmente. La prostitución masculina era penada con la muerte. Igual pena se aplicaba a quien usara vestidos de otro sexo o de otra clase social. La pena de muerte se aplicaba por ahogamiento, ahorcamiento, lapidación, agotamiento, apaleamiento, degollamiento o desgarramiento del cuerpo. El hecho de que los aztecas no se embriagaran y no usaran armas más que en la guerra hizo que el orden público no se viera alterado con frecuencia y que los casos de lesiones en riña fueran menores.30 Hasta los 10 años de edad el sujeto era considerado inimputable. Derecho fiscal Puesto que Tenochtitlan era un islote con pocas perspectivas de crecimiento y producción, fue mediante el tributo de los vencidos como lograban los aztecas hacerse de los recursos económicos que necesitaba su pueblo en expansión. De ahí la importancia de las guerras de conquista de los pueblos vecinos (próximos o distantes).

Los tributos se pagaban en especie y con periodicidad muy breve. Los encargados de recogerlo eran los calpixques, quienes recorrían el Imperio para recaudar el tributo. Si se les atacaba o siquiera se les hacía objeto de una descortesía, se consideraba ésta como causa de guerra contra el pueblo en donde hubiera sucedido el hecho. Los calpixques debían ser honestos en todo momento; de lo contrario, se exponían a la pena de muerte. Rendían cuentas y entrega de lo recaudado al tepalcancete o tesorero real. La carga de tributación era excesiva, por lo que los pueblos tributarios se sentían oprimidos por los aztecas. Esto explica en mucho el hecho de que Cortés contara con aliados como los cempoaltecas y los tlaxcaltecas en su lucha contra los mexicas. A manera de ejemplo, puede verse en la matrícula de tributos del Códice Mendocino, en la lámina XXV, lo que tributaba el Soconusco ("lugar de las tierras agrias") en la costa de Chiapas, integrada entonces por los pueblos de Xoconochco, Ayotlán, Coyuacán, Mapachtepe, Mazatán, Huixtlán, Acapetlán y Huehuetlán, que tributaban, entre otras cosas, una sarta de jade, 400 plumas de pájaros azules, 2 000 plumas de diversos pájaros, 800 plumas de quetzal, 2 bezotes de oro, 40 pieles de tigre (jaguar), 100 fardos de cacao, 2 piezas grandes de ámbar y 400 piezas de alfarería. Todo se pagaba anualmente o dividiéndolo en cuatro pagos al año. La Triple Alianza se dividía el tributo de la siguiente manera: 0•Tenochtitlan: 40% 1•

Texcoco:

40%

2•

Tacuba:

20%

Los nobles no pagaban impuesto, pero se aprovechaban por medio del tlatoani y del cihuacóatl de sus beneficios. Desde luego, también se tributaba frijol, chile, calabaza, haba, maíz, cacao y frutos diversos. Estos productos se presentaban en cestos de unos 25 kilogramos aproximadamente y eran transportados hasta Tenochtitlan por esclavos de los pueblos vencidos. Igualmente era recaudado el algo dón, telas y vestidos del mismo material; turquesas y otras piedras finas, obsidiana; animales muertos y vivos para servir como alimento; leña; armas y trajes de guerreros; caracoles, conchas y muchos objetos más. La cuantía del tributo dependía de la riqueza de la región y de la resistencia que hubiera presentado a la conquista azteca. La periodicidad solía ser de 80 días, medio año o un año. En tiempos de Moctezuma Xocoyotzin había 38 regiones tributarias en todo el Imperio. A veces en el tributo se incluían productos que no se daban en la región, a fin de obligarla a desarrollar el comercio con otras zonas, fortaleciendo así su economía. Los calpixques se hacían acompañar de tlacuilos para anotar todo lo recaudado. Se entendían con los caciques o jefes, quienes a su vez previamente habían recaudado el tributo. Esto significa que la tributación era colectiva. Con lo recaudado los aztecas satisfacían sus propias necesidades y además afrontaba los gastos de la Corte, de los funcionarios, los sacerdotes y nobles; se sostenían las guerras; se celebraban las fiestas y se efectuaban las obras públicas. Derecho familiar y educación

Para los aztecas la familia era una institución básica y siempre mostraron gran respeto por ella. De alguna manera era obligatorio para los varones casarse entre los 20 y 25 años de edad. En Tlaxcala, a quienes llegaban a los 30 años sin casarse se les quemaba públicamente el cabello. La familia era patrilineal. El matrimonio solía ser monogámico, pero los nobles podían tener varias esposas, si bien una de ellas, no necesariamente la primera, tenía la preferencia en derechos y sus hijos eran preferidos en la herencia del padre. Esta costumbre de los pillis o nobles fue motivo de muchos disgustos con los frailes misioneros del siglo XVI cuando pretendían regularizar las uniones paganas por medio del ritual cristiano del matrimonio, pues los indígenas querían casarse, sí, pero con todas sus mujeres. Existía la costumbre de casarse la viuda con el hermano del marido fallecido, costumbre que se llama levirato, tomando en cuenta algo similar ocurrido en el Derecho hebreo. El consentimiento de los padres era necesario para contraer matrimonio. La mujer ocupaba un lugar inferior en la vida social y familiar. Se le acostumbraba desde niña a ir al mercado y hacer las tareas del hogar. Según el padre Diego Duran, gustaban las mujeres tanto de ir al mercado que si les daban a escoger entre irse al cielo o ir al mercado, preferían lo segundo.31 Cuando estaban embarazadas, si había un eclipse o al finalizar el ciclo o siglo de 52 años del calendario azteca, eran encerradas en grandes tinajas o en el temascal y se les tapaba la cara con una máscara para evitar que el niño naciera como un monstruo. Si morían de parto, eran deificadas y se les llamaba mocihuaquelzis o mujeres valientes. Según la mitología, los hijos eran concebidos en un lugar privilegia do del cielo, directamente criados por Ometecutli y Omecíhuatl, la pareja divina original, y luego enviados los niños a sus padres terrenos, por lo que eran vistos con gran regocijo y cariño, como un don del cielo o un regalo de los dioses. La mujer preñada debía esperar a sus hijos con tranquilidad y sosiego; no debía llorar, ni sufrir, tener penas, ni enojos, ni sustos para no abortar. No debía bañarse con agua muy caliente para no quemar a su hijo, ni comer tierra o tiza para que no se enfermaran ella y el niño, ni mascar tzictli (chicle) porque a la criatura se le endurecía el paladar. No debía hacer esfuerzos, ni mirar algo rojo para que el niño no naciera "de lado" (sic). Al momento del nacimiento, al extraer al niño la partera decía un discurso manifestándole que venía a un mundo de trabajos, fatigas, penas y aflicción y pedía por ello la intervención bienhechora de los dioses. Se le colocaban en las manos al niño pequeño objetos propios de su sexo (ar mas o implementos de cultivo para los varones y trastos o escobas para las niñas). Con el cordón umbilical se hacía un atado que se depositaba en el hogar en caso de las niñas o en el campo de labranza o de batalla para los varones. Con ello se simbolizaba que la mujer quedaba atada a su casa y el varón, en cambio, debía buscar la vida fuera del hogar. El nombre que se les daba a los niños constaba del día de su naci miento, por ejemplo, Ce Ácatl (uno caña); el designado por sus padres, por ejemplo, Citlalcohua ("el que adquiere estrellas"); el de la familia de su padre, por ejemplo, Popoca ("humo"), y un cuarto nombre mágico que sólo debía ser conocido por el atonaltli (sacerdote agorero), los padres del niño y, claro, éste mismo, porque tenía poderes mágicos y era seleccionado por ese sacerdote consultando los buenos o malos augurios del nacimiento de la criatura. Por ejemplo, Titil (escogido) quedaría así: Ce Ácatl Citlacohua Popoca Titil. Lo más seguro es que fuera conocido simplemente como Citlacohua. Los misioneros se asombraron del amor que los padres aztecas profesaban a sus hijos; de ellos decían que es la gente que más ama a sus hijos en el mundo. A diferencia de lo que sucedía en otras

culturas, y sobre todo en España, los padres preferían tener hijas porque las sentían más vinculadas a la familia y más amorosas. Se cuidaba la dieta de los menores para evitarles enfermedades. Niños y niñas debían comer media tortilla de los tres a los cinco años; una de los seis a los 12, de esta edad a los 14 una y media y de los 14 años en adelante dos tortillas. No eran partidarios de dormir mucho, por lo que a los niños y

niñas los despertaban de madrugada para que ayudaran en las tareas del hogar. Al respecto dice el Códice Mendocino: "mira que no seas dormidora, despierta y levántate a la medianoche... que de noche te levantes y veles... echa de ti presto la ropa, lávate la cara, lávate las manos, lávate la boca..." Se hacía siempre, en el hogar, la distinción entre hombres y mujeres. Así, las mujeres solteras no podían sentarse a la mesa con sus hermanos o con ningún hombre hasta que se casaran. Los aztecas eran sumamente limpios. Toda casa, por humilde que fuera, tenía su temascal o pequeña cavidad de tabiques y piedras que calentaban con leña, como verdadero sauna, frotándose el cuerpo con fibra de maguey. Al salir de ese baño de vapor se metían a tinajas de agua fría, que según Cortés, "...parece muy dañino", pero que en realidad los mantenía sanos y frescos. El baño era diario para todo tipo de edades y se consideraba causal de divorcio que la mujer, con frecuencia, no tuviera preparado el temascal y la comida al regresar su marido del trabajo cotidiano, así como también la halitosís o mal aliento de cualquiera que lo padeciera; por eso mascaban yerbas olorosas. Su ropa, aun entre los macehuallis, siempre estaba impecable, ya no se diga en el caso de los altos nobles; se sabe que Moctezuma Xocoyotzin se bañaba tres veces al día, sin repetir vestimentas. Había incluso una deidad de los baños llamada Yoalticitl. Los niños eran castigados con severidad por sus faltas, a veces se les colocaba de bruces sobre un brasero con humo de chile o se les atravesaba el cuerpo con espinas de maguey. El padre Motolinía detalla los siguientes aspectos de la formación de los niños mexicas:32 Es de uso general entre las madres bañar desde que nacen a sus niños chiquitos que traen a cuestas, en los arroyos o ríos o fuentes, luego en amaneciendo. Y esto no sólo en verano, sino mucho mejor en invierno, y en tierras frígidísimas, una de las más frías de la Nueva España es la provincia o Valle de Toluca.

Esto guardan también los indios al pie de la letra: que como los grandes, así hombres como mujeres, usan cargarse (las mujeres poniendo lo que llevan por carga dentro de un lienzo como sabanilla, y anudada por los cabos la echan al cuello, y los hombres con una faja de palma o de juncia, tejida de hasta cuatro dedos en ancho se asientan en la frente con sus cabos de recio cordel, que llaman mecapal, para atar con ellos la caja o carga que han de llevar, se cargan de tres y cuatro arrobas sobre las espaldas), así a sus hijuelos chiquitos les hacen unos mecapalejos también chiquitos, con sus cordelillos que parecen juguetes, en que les atan alguna carguilla liviana conforme a sus corpezuelos, no para que sirva de algún provecho, porque es nada lo que llevan, sino para que se hagan a la costumbre de echar sobre sí aquel yugo cuando sean grandes. Y cuando son de ocho a diez años cargan tan buena carguilla, que a un español de veinte se le haría de mal llevarla mucho trecho. Y las madres, por lo consiguiente, enseñan a sus hijuelas desde que saben andar, a traer algún Machuelo de alguna cosa liviana envuelta en su paño, y la ligadura o nudos echados al cuello, que es la usanza femenil. Durante la niñez o puericia de los indígenas, los que los cuidaban tenían mucho en cuenta que no viesen por sus ojos actos ni pinturas torpes, ni oyesen pláticas ni palabras feas, porque lo que se ve, oye y habla en la niñez, adelante se toma en costumbre de lo usar. Y de aquí proceden todos los filósofos a enseñar que a los mozuelos, desde su tierna edad, sus padres y ayos les ejercitan en honestos ejercicios y trabajos. A continuación se transcriben algunos fragmentos de las pláticas y amonestaciones que hacían los naturales a sus hijos.

Plática y exhortación que hacía un padre a su hijo Hijo mío, criado y nacido en el mundo por Dios, en cuyo nacimiento nosotros tus padres y parientes pusimos los ojos. No sabemos el tiempo que Dios querrá que gocemos de tan preciosajoya. Vive, hijo, con tiento, y encomiéndate a Dios que te crió que te ayude pues es tu padre más que yo. Sírvele con amor y hacerte a merced, y librarte ha de peligros. Reverencia y saluda a tus mayores, no olvidando a los menores. No seas como mudo, ni dejes de consolar a los pobres y afligidos con dulces y buenas palabras. A todos honra, y más a tus padres a los cuales debes obediencia, servicio y reverencia, y el hijo que esto no hace no será bien logrado. Mira, hijo, que no hagas burla de los viejos, enfermos o con falta de miembros, ni del que está en pecado o erró en algo. No afrentes a los tales ni les quieras mal. No hieras a otros, ni des mal ejemplo, ni hables demasiado, ni cortes a otros la plática porque no los turbes, y si no hablan derechamente, para corregir los mayores, mira bien lo que tú hablas. Si no fuere de tu oficio, o no tuvieres algo de hablar, calla, y si lo tuvieres, habla pero cuerdamente, y no como bobo que presume, y será estimado lo que dijeres. No tomes ni llegues a mujer ajena, ni por otra vía seas vicioso, porque pecarás contra Dios, y a ti te harás mucho daño. Con mucho trabajo, hijo, hemos de vivir: yo con trabajos y sudores te he criado, y así he buscado lo que habrías de comer, y por ti he servido a otros. Nunca te he desamparado, he hecho lo que debía, no he hurtado, ni he hecho vileza, por donde tú fueses afrentado. Mira, no presumas mucho aunque tengas muchos bienes, ni menosprecies a los que no tuvieren tanto, porque no enojes a Dios que te los dio, y a ti no te dañes. Si vivieres, hijo, con otro, ten cuidado de todo lo que te encomendaré, y serás diligente y buen servicial, y aquel con quien vivieres te querrá bien y no te faltará lo necesario. Con estos avisos te ciño y fortifico, y te hago misericordia. Mira, hijo, que no los olvides, ni de ti los deseches. Respuesta del hijo Padre mío, mucho bien y merced habéis hecho a mí, vuestro hijo. Es así lo que decís, que con esto cumplís conmigo, y no tendré excusa si en algún tiempo hiciere lo contrario de lo que me habéis aconsejado. Vuestra carne y sangre soy, por lo cual confío que otros consejos me daréis. Yo os doy las gracias, y estéis en buena hora, y reposad. De otra exhortación que hacía un indio labrador a su hijo ya casado Hijo mío, estés en buena hora. Contigo tienes a punto tus sandalias, bordón y azada, con lo demás que pertenece a tu oficio, pues eres labrador, para ir a tu trabajo y labranza en que los dioses te pusieron, y tu dicha y ventura fue tal, y que sirvas a otro en pisar barro y hacer adobes. En ello ayudas a tu pueblo en el Señor, y con estas obras tendrás lo necesario para ti y tu mujer y tus hijos. Toma lo que pertenece a tu oficio. Trabaja, siembra y recoge, y come de lo que trabajares. Mira, no desmayes ni tengas pereza porque si eres perezoso y negligente, ¿cómo podrás caber con otro?, ¿qué será de tu mujer y de tus hijos? El buen servicio recrea y sana el cuerpo y alegra el corazón. Haz, hijo, a tu mujer tener cuidado de lo que pertenece a su oficio, y de lo que le conviene. Darles ambos buenos consejos como padres porque vivan bien y no desagraden a los dioses, ni hagan algún mal con que os afrenten. Ama y haz piedad, y no seas soberbio ni des a otro pena; más serás bien criado y afable con todos, y recatado delante de aquellos con quien vivieres y conversares, y serás amado y tenido en mucho. No hieras ni hagas el mal a alguno, y haciendo lo que debes no te ensalces por ello porque pecarás contra los dioses y hacerte han mal. No seas vagabundo ni mal granjero, asienta y arraiga; siembra y recoge y haz casa donde dejes asentados tu mujer y hijos cuando murieres. De esta manera irás al otro mundo contento y no angustiado por lo que han de comer, más sabrás la raíz o asiento que les dejes en que vivan. No más hijo, sino que estés en buen hora.

De otra exhortación que una madre hizo a su hija Hija mía de mis entrañas nacida, yo te parí y te he criado y puesto por crianza en concierto, como linda cuenta ensartada; y como piedra fina y perla te ha pulido y adornado tu padre. Si no eres la que debes, ¿cómo vivirás con otras, o quién te querrá por mujer? No seas perezosa ni descuidada, antes diligente, y limpia y adereza tu casa. Sirve y da aguamanos a tu marido, y ten cuidado de hacer bien el pan. Las cosas de casa ponías como conviene, apartadas cada cual en su lugar, y no como quiera mal puestas y no dejes caer algo de las manos en presencia de otros. Por donde, hija, fueres, ve con mesura y honestidad, no apresurada ni riéndote, ni mirando de lado como a medio ojo, ni mires a los que viven de frente, ni a otro alguno en la cara, sino irás tu camino derecho. De esta manera cobrarás estimación y buena fama y no te darán pena ni tú la darás a otro; y así, de ambas partes concurrirá buena crianza y acatamiento. Y para esto, hija, serás tú bien criada y bien hablada. Responde cortes-mente siendo preguntada, y no seas como muda o como boba. Tendrás buen cuidado de la hilaza y de la tela y de la labor, y serás querida y amada, y merecerás tener lo necesario para comer y vestir, y así podrás tener segura la vida y en todo vivirás consolada. Y por estos beneficios no te olvides de dar gracias a los dioses. Guárdate de darte al sueño o a cama o pereza. No sigas la sombra, el frescor, ni el descanso que acarrean las malas costumbres y enseñan regalo, ocio y vicio, y con tal ejemplo, no se vive bien con alguno. Antes, hija mía, piensa y obra bien en todo lugar. Si fueres llamada, acude presto a lo que manda tu padre, porque no les des pena, y te hayan de castigar por tu inobediencia. No seas rezongona y si no lo puedes hacer con humildad te excuses. No digas que harás lo que no puedes; si otra fuere llamada y no fuere presto al mandado, ve tú con diligencia. No te des a cosas malas, ni a la fornicación. No te muerdas las manos como mal mirada. No sigas tu corazón porque te harás viciosa. No tomes por compañeras a las mentirosas, ladronas, malas mujeres, callejeras, ni perezosas, por que no te dañen ni perviertan. Mas entiende sólo a lo que conviene a tu casa y a la de sus padres, y no salgas de ella fácilmente, ni andes por el mercado o plaza ni en los baños, ni por los caminos, que todo esto es malo y perdición para las mozas; porque el vicio saca deseo y desatino. No entres, hija, sin propósito en casa de otro porque no te levanten algún testimonio, pero si entrares en casa de tus parientes tenles acatamiento y hazles reverencia y luego toma el huso y la tela o lo que allí vieres que conviene hacer y no estés mano sobre mano. Cuando te casares y tus padres te dieren marido, no les seas desacatada, mas en mandándote en hacer algo, óyelo y obedece y hazlo con alegría. No le enojes ni le vuelvas el rostro, ponió en tu regazo y con amor. No le afrentes delante de otros porque a ti afrentarás en ello. Tendrás cuidado de las tierras que tuvieres y de proveer a los que te labraren. No te descuides ni andes perdida de allá para acá, porque así ni tendrás casa ni hacienda. Si hicieres, hija, lo que te tengo dicho serás tenida en mucho y amada de todos y más de tu marido. Agradecimiento de la hija a su madre Madre mía, mucho bien y merced habéis hecho a mí vuestra hija. Con vuestros sudores me criasteis y me mantuvisteis, y aún no me olvidáis ahora dándome aviso, icón qué os lo pagaré yo, madre mía, o cómo os lo serviré? Porque aún soy muchacha y juego con la tierra y hago otras niñerías y no me sé limpiar las narices. ¡Oh!, tuviese Dios por bien que mereciese yo tomar algo de tan buenos consejos, porque siendo yo la que vos deseáis, halláis vos parte de los bienes que Dios me hiciere. Yo os lo agradezco mucho, consolaos, madre mía.

En cuanto a su régimen educativo formal, a partir de Moctezuma Ilhuicamina se ordenó que en cada barrio hubiera una escuela para formar a los jóvenes y ejercitarlos en religión, buena crianza, penitencia, costumbres, ejercicios de guerra, trabajos corporales, ayunos, disciplinas y autosacrificios. Estos colegios debían estar bajo el cuidado de maestros y de ancianos respetables, que vigilaran la castidad de los alumnos, so pena de la vida si eran negligentes. A la palabra de los sabios y su testimonio le llamaban huehuetlatoni (antigua palabra o palabras de ancianos) y los tenían en alta estima. Por eso se puede decir que su educación era esencialmente tradicional. El tradicionalismo es el intento pedagógico de basar el proceso educativo en la mera transmisión de bienes culturales por el conocimiento de usos y costumbres del pasado, sin acoger nuevas adquisiciones.33 Al maestro lo llamaban Temachtiani (el que da sabiduría a los rostros ajenos), puesto que el verdadero sentido del hombre, como ser racional, está dado en su calidad moral e intelectual, de aquí que destacaran las palabras rostro y corazón como sinónimos de la formación del hombre. Había dos instituciones educativas, el Calmécac y el Telpochcalli, que funcionaban de la siguiente manera: El Calmécac era un centro de educación superior, cuyo nombre aludía a la manera como estaban situados los aposentos y salones: calli (casa), mecatl (cordón o hilera).34 En él predominaba la formación religiosa y allí asistían los pillis o nobles. Su disciplina era muy rigurosa y el plan de estudios costaba de tres grados, cada uno con duración de cinco años, para obtener los grados de tlamacazto (especie de monaguillo), tlamecaztli (como diácono) y tlanamácac (sacerdote). También se estudiaba en ese lugar la astronomía, la astrología, la medicina, la historia, la abogacía y el oficio de tlacuilo o escribano. El Telpochcalli era la casa de la juventud o de los jóvenes [de telpoctli (joven) y calli (casa)], en donde se daba preferencia a la formación militar. Por lo general aquí acudían los macehualli, pero era posible también el ingreso de pillis o nobles. El arte de la guerra se enseñaba de una manera práctica y se trataba de habilitar a los alumnos en el autocontrol de su cuerpo y en el desarrollo de su resistencia al dolor y a la fatiga. Los grados que se obtenían eran: instructor o tiacach, jefe de instructores o telpuchtlato y director de instructores o tlacatécatl. Curiosamente, en este plantel la disciplina era un tanto más relajada. Tanto en el Calmécac como en el Telpochcalli había un anexo para niñas, de donde egresaban para contraer matrimonio o bien, decidían servir al templo de por vida; algunas también podían ser parteras, sacerdotisas, comerciantes o sirvientas. Existía también el Cuicacoalco ("casa del canto"), en donde se enseñaban las artes, especialmente la poesía, la oratoria, la danza y el canto. Por este último los aztecas tenían especial interés y procuraban que sus hijos lo aprendieran desde muy pequeños. Por otra parte, era una obligación básica de los padres, cualquiera que fuese su nivel socioeconómico, procurar la educación de sus hijos. "Es admirable que en esta época y en este continente, un pueblo indígena de América haya implantado la educación obligatoria para todos y que no hubiera un solo niño mexicano del siglo XVI, cualquiera que fuese su origen social, que estuviera privado de escuela."35 Sahagún afirma que siendo un recién nacido, ya los padres ofrecen ante el templo que a la edad convenida (aproximadamente siete años) lo enviarán al Calmécac o al Tepolchcalli para realizar su instrucción.

El destino final de hombres y mujeres era el matrimonio, que celebraban entre los 15 y los 22 años de edad. Se dice que en Tlaxcala si un varón pasaba de 25 años sin casarse, le quemaban el cabello públicamente, lo que era tenido como gran afrenta. Si el varón se encontraba todavía cursando sus estudios al pretender contraer matrimonio, su padre debía ofrecer una rica comida a los maestros y directivos, al concluir la cual, y mientras fumaban las hojas de yetl (tabaco), les manifestaba que su hijo, siendo un "ingrato", ya quería alejarse de ellos y formar su hogar, por lo que les rogaba lo comprendieran en su torpeza y le otorgaran su autorización. Casi siempre los maestros terminaban por acceder, no sin llenar de reproches y de consejos al joven pretendiente. La familia podría basarse en el matrimonio o en el concubinato, pero en todo caso se organizaba bajo la potestad del varón, por lo que era patriarcal. Se podían así formar los tipos de uniones familiares que se presentan en el cuadro 2.7. Se llegaba a dar el caso de que los pretendientes seleccionaran entre sí sus parejas, pero lo común era que las familias pactaran el matrimonio por alianza e interés. Solían ser endógamos, o sea que seleccionaban a la novia entre las mujeres de su comunidad, pero no de su familia. Por indicaciones expresas del padre del novio, la cihuatlanque acudía a solicitar a sus padres "la mano de la novia". Esta solicitud era acompañada de regalos acordes con el nivel de la familia. La misma se repetía hasta dos o tres veces, siempre hecha con regalos, para que al final, aceptada la petición, se fijara la fecha de la boda así como el "precio de la novia", que podía variar desde cargas de leña hasta cosas más valiosas, e incluso que el contrayente trabajara gratuitamente durante algún tiempo en las tierras de su suegro. Para fijar la fecha de la boda se consultaban los designios astrales y las "cartas astrológicas" de los nuevos cónyuges. En la víspera la novia era bañada y perfumada por la casamentera, sin que pudiera ya pisar el suelo; por eso la misma casamentera llevaba, en el momento adecuado, a la novia sobre su espalda para efectuar el matrimonio. Los primeros en llegar a la ceremonia eran los maestros y condiscípulos, a quienes se les daba bebida de cacao. Luego llegaban los ancianos, a quienes se les ofrecía comida, flores y octli o pulque. Todos llevaban presentes a los nuevos esposos. Una vez reunidos, sentaban a la pareja sobre un petate adornado y los parientes de mayor rango les daban consejos, minimizando las cualidades de su hijo o hija y enalteciendo las del yerno o nuera, según el caso. Luego el sacerdote procedía a realizar sus ritos y finalmente anudaba sus tilmas o mantos, para simbolizar que quedaban casados; asimismo se procedía a que ambos se dieran a puños pedazos de un tamal especial de bodas, para significar la ayuda mutua que se debían de allí en adelante. La mujer daba entonces siete vueltas en torno al brasero de su nuevo hogar. Toda la ceremonia debía transcurrir en el patio de la casa, ya que los cuartos los utilizaban sólo para dormir, y como carecían de ventanas debieron de ser estrechos, fríos y oscuros. Terminada la fiesta, algunos autores dicen que la pareja pasaba a consumar su matrimonio, pero otros sugieren que hacían penitencia durante cuatro días y a partir de entonces hacían vida íntima. Durante los días de penitencia solían bañarse el uno al otro como muestra suprema de entrega corporal. Al siguiente día de la primera cohabitación, se llevaba la manta ensangrentada al templo como ofrenda por la virginidad perdida. Eran impedimentos para contraer matrimonio: 1. que la concubina del padre casara con el hijo; 2. el parentesco consanguíneo en línea recta ascendente o descendente, sin límite de grado; 3. el de consanguinidad colateral hasta el tercer grado inclusive, y 4. que el padrastro casara con su hijastra.

Además, la viuda debía esperar el término de la lactancia de su último hijo (cuatro años) para contraer nuevas nupcias. Se fomentaba la práctica del levirato, para que, de ser posible, la viuda se casara con el hermano aún en manos de la familia de éste. Predominaba el sistema de separación de bienes. La patria potestad, que implicaba el derecho de vender al hijo, si bien no de matarlo, terminaba cuando éste contraía matrimonio. En materia sucesoria se daba preferencia a la línea masculina. La mala conducta e ingratitud del hijo le haría perder su calidad de heredero natural en la sucesión del padre. En las clases nobles heredaba el hijo mayor, a la manera de los mayorazgos europeos, que se estudiarán en el capítulo 4 de esta obra. Era frecuente que el marido muriera en el campo de batalla, por lo que una mujer podía contraer varios matrimonios a lo largo de su vida. El divorcio se concedía con una fuerte causal, generalmente abandono, injurias, amenazas y lesiones o que ella fuera pendenciera, perezosa, imprudente y respondona. En este caso se debía acudir al sacerdote, quien pretendía reconciliarlos; si no era posible procedía, de manera forzada, a disolver la unión conyugal. Los hijos según su sexo quedaban bajo la custodia del padre o de la madre. Su moral sexual era muy estricta. Sobre ese particular dice Sahagún: Sólo podemos describir el prototipo de la casta doncella y del buen mancebo a partir de dos textos que han conservado los consejos de la madre a su hija y del padre a su hijo. La pureza y la virginidad, la continencia y la decencia forman el marco estricto que la sociedad ofrece del prototipo de doncella. Veamos en qué términos la madre se dirige a la hija. Te quiero decir que te amo mucho, acuérdate que te traje nueve meses en mi vientre, y desde que naciste, te criaste en mis brazos: yo te ponía en la cuna y de allí en mi regazo y con mi leche te crié. Esto te digo porque sepas que yo y tu padre somos los que te engendramos. Mira que tus vestidos sean honestos y como conviene; mira que no te atavíes con cosas curiosas y mal laboradas porque esto significa fantasía y poco seso y locura. Tampoco es menester que tus atavíos sean muy viles o sucios o rotos, como son los de la gente baja. Y cuando hablares, no te apresures en hablar, no con desasosiego, sino poco a poco y sosegadamente; cuando hablares, no alzarás la voz ni hablarás muy bajo, sino con mediano sonido, no adelgazarás mucho tu voz cuando hablares, ni cuando saludares, sino que tu palabra sea honesta y de buen sonido y la voz mediana, no seas curiosa en tus palabras. Mira, hija, que al andar haz de ser honesta, no andes con apresuramiento, ni con demasiado espacio, porque es señal de pompa andar despacio, y el andar de prisa tiene resabio de desasosiego y poco asiento. Cuando fueres por la calle o por el camino, no lleves inclinada la cabeza o encorvado el cuerpo, ni tampoco vayas muy levantada la cabeza y muy erguida, porque es señal de mala crianza; irás derecho y la cabeza poco inclinada. Cuando fueres por la calle no vayas mirando acá ni acullá y volviendo la cabeza a mirar a otra parte, mira a todos con cara serena. Estas "técnicas del cuerpo decente" llevan la misma meta: hacer a la mujer lo menos vistosa posible, fundirla en la masa de la sociedad. Estos patrones se oponen a los patrones de la mujer carnal; pero también al de la dulce joven. Estos textos concuerdan en señalar el amor y la gentileza de los padres hacia sus hijos y la ausencia casi total de represión física, e invitan a la joven a quebrantar las técnicas de comportamiento espontáneas adquiridas de niña. Surge también la mujer carnal y así recordamos este sermón: Mira también, hija, que nunca te acontezca afeitar la cara o poner colores en ella o en la boca por parecer bien, porque esto es señal de mujeres mundanas y carnales; esto es señal de mujeres que ya han perdido la vergüenza y aun el seso, que andan como locas y borrachas, éstas se llaman rameras, y para que tu marido no te aborrezca, atavíate, lávate, y lava tus ropas y esto sea con regla y discreción. Hija, mira que no des tu cuerpo a alguno; mira que te guardes mucho y que nadie llegue a ti, que nadie tome tu cuerpo. Si perdieras tu virginidad y después de esto te demandare por mujer

alguno, y te casares con él, nunca se habrá bien contigo, ni te tendrá verdadero amor, siempre se acordará de que no te halló virgen, y esto será causa de grande aflicción y de trabajo, siempre estará tu marido sospechoso de ti. En ninguna manera te conozca más de un varón, ni en ningún lugar le hagas traición, que eso se llama adulterio. El prototipo del joven enfatiza principalmente el control de la sexualidad; no debe usarla sino con gran moderación. Parece que se temiera el surgimiento de una sexualidad que se desviara de las normas sociales bien definidas. El pervertido sexual se arriesga, al no satisfacer a su mujer, a caer en el engranaje del adulterio y de su terrible represión. Nota pues ahora, amado hijo, si Dios te diere vida en este mundo, la manera en que haz de vivir en él; mira que te apartes de los deleites carnales y en ninguna manera los desees; guárdate de todas las cosas sucias que ensucian a los hombres, no solamente en las ánimas, pero también en los cuerpos, causando enfermedades y muertes corporales. Mira, hijo, que el mundo ya tiene un estilo de engendrar y multiplicar y para esta generación y multiplicación, ordenó Dios que una mujer usase de un varón y un varón de una mujer; pero esto conviene se haga con templanza y con discreción; no te arrojes a la mujer como se arroja el perro a lo que ha de comer, aunque tengas apetito de mujer resiste a tu corazón hasta que ya seas hombre perfecto y recio. Antes que llegues a mujer crezcas y embarnezcas y seas perfecto hombre, y entonces estarás hábil para el casamiento y engendrarás hijos de buena estatura y recios; si por desventura antes de tiempo te dieres al deleite carnal, en este caso dijéronnos nuestros antepasados que el que se arroja así al deleite carnal queda desmedrado, nunca es perfecto hombre y anda descolorido y desainado y cuando te casares, serás como el que coge miel del maguey, que no mana porque le agujerearon antes de tiempo, y el que chupa para sacar la miel de él no saca nada, y aborrecerle ha y desecharle ha; así te hará tu mujer, porque estás ya seco y acabado, y buscará a otro porque tú ya estás seco y agotado; y hacerte ha adulterio porque tú te destruiste. Cada fase de la vida sexual debe someterse al principio "del buen momento", al periodo propicio a la madurez. Después que pase el fuego ardiente de la juventud, el hombre busca el matrimonio y llega a la mujer con el natural apaciguamiento sexual. En Tenochtitlan, por otro lado, la vida estaba marcada diariamente por el ritmo de los tambores y las flautas que tocaban en los templos. Se cuidaba en todo momento el orden, la observación de las normas y el respeto a los dioses y a los ancianos, cuya deidad era Tonantzin, nuestra abuela, o Huehuetéotl (el dios viejo). Los entierros solían ser solemnes, pero austeros. El cuerpo era envuelto en un petate (de allí proviene la expresión popular de petatearse)36 y sepultado bajo el piso de sus casas, directamente depositado sobre la tierra y cubierto por ésta, a veces acom pañado con algunas ofrendas. A los grandes señores en ocasiones los incineraban y sus cenizas, colocadas en urnas de barro, eran depositadas en los templos. León-Portilla señala que el ollin (movimiento) era un concepto de suma importancia en el pensamiento náhuatl, porque de él se derivan los de corazón, que da vida y movimiento a alguien, de ahí el término yoliliztli (vida), que es el resultado del movimiento interior. 37 La vida, pues, es movimiento, y éste era un concepto básico de un pueblo como el azteca, que fue todo dinamismo y expresión. El mundo prehispánico en vísperas de la conquista Un poco antes de efectuarse el descubrimiento y la conquista de México, el pueblo hegemónico era el azteca, que había impuesto en una amplia zona (el llamado Imperio azteca) un férreo poder basado en la conquista y la tributación, si bien respetando en cada pueblo las costumbres locales, las deidades y hasta las autoridades, a cambio de su total sumisión. Esto había generado un verdadero mosaico de culturas y de pueblos que presentaba diferentes niveles de civilización, sin que existiera una unidad política, como llegó a suceder, por ejemplo, en el Imperio romano. Además, los aztecas habían generado gran resentimiento en los vencidos debido a su celo excesivo en el cobro de los impuestos y su constante petición de víctimas para el sacrificio. Por

esa razón fue fácil para los conquistadores pactar alianzas o neutralidades entre esos pueblos en contra de los aztecas, como en el caso de Cempoala, Cholula y Tlaxcala, con la agravante de que la misma ciudad de Texcoco, parte de la Triple Alianza, presentó de hecho un estado de neutralidad en la conquista, debido a las muy hondas rencillas entre su tlatoani Nezahualpilli y el de México, Moctezuma Xocoyotzin. De alguna manera resulta evidente que a la llegada de los españoles las instituciones sociales, políticas, económicas y jurídicas de los aztecas se encontraban muy desarrolladas. Al imponerse la dominación europea se inició un largo proceso de transculturación; los indígenas junto con sus caciques y dirigentes fueron evangelizados y bautizados en forma masiva, y casi seguramente sin conocer el contenido del dogma cristiano. Para colmo, hacia fines del siglo xvm las antiguas familias nobles indígenas estaban en plena decadencia social y económica. Algunos caciques de poblaciones nativas ni siquiera eran de origen noble y sus cargos ya no eran electivos, sino hereditarios. Posteriormente, en plena época colonial se les dio el calificativo de principales y servían de apoyo a las autoridades europeas a manera de auxiliares o caciques, con algunas funciones para determinar la recaudación de tributos y para el servicio personal.38 A la vez se fue distinguiendo entre gobernador y cacique indígenas. Fue voluntad de la Corona española expresada en las Leyes de Indias de 1680 que las comunidades indígenas continuaran gobernadas por su buen gobierno y policía, como antes de la conquista, en todo aquello que no fuera contrario a la fe o a las leyes del reino. No obstante, se fue imponiendo el derecho castellano prácticamente en todo el país. Hoy poco sobrevive del antiguo derecho prehispánico. Tal vez aún puede observarse algo en comunidades de gran arraigo indígena y muy alejadas culturalmente del común de nuestra civilización, por ejemplo, entre los coras, huicholes, tarahumaras, seris, yaquis o lacandones, quie nes todavía se rigen por sus "tatas mandones" o colegio de ancianos venerables. Aun en materia electoral, las legislaciones modernas hacen observar el respeto que merecen los usos y las costumbres locales de los pueblos indígenas. Así, el propio art. 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos manifiesta en su primer párrafo lo siguiente: Art. 2o. La nación mexicana es única e indivisible. La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Es interesante destacar que aún perdura en muchas comunidades la institución de la mayordomía para efectuar las fiestas patronales. El mayordomo adquiere un estatus superior incluso al de las autoridades políticas de la región, si bien en todo ello ya hay un sincretismo entre lo cristia no y lo prehispánico, aunado a una tradición cultural de varios siglos. Donde puede verse en gran medida la supervivencia del derecho prehispánico es en la extendida figura del tequio o cooperación en especie y en trabajo que se prestan entre sí los habitantes de un lugar para llevar a cabo obras de beneficio común. Si fuera en beneficio de una sola persona o familia se llamaría guelaguetza, como se realiza entre varios pueblos del centro y sur del país, especialmente en la región de Oaxaca. De todo lo anterior podemos deducir que, aunque en forma limita da, todavía existen algunos vestigios de lo que fue el ancho mundo del Derecho prehispánico entre las grandes civilizaciones de nuestro país.