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Normativa Vigente a la Gestión Administrativa De Operaciones Unitarias en Minería Herman Gerard Salinas Vidal Administra

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Normativa Vigente a la Gestión Administrativa De Operaciones Unitarias en Minería Herman Gerard Salinas Vidal Administración de Operaciones Mineras Instituto IACC Domingo 10 de noviembre de 2019

DEFINICIÓN Relave, Suspensión de sólidos en líquidos, formando una pulpa, que se generan y desechan en las plantas de concentración húmeda de especies minerales que han experimentado una o varias etapas en circuito de molienda fina. Depósito de Relaves: toda obra estructurada en forma segura para contener los relaves provenientes de una Planta de concentración húmeda de especies de minerales. Además, contempla sus obras anexas. Su función principal es la de servir como depósito, generalmente, definitivo de los materiales sólidos proveniente del relave transportado desde la Planta, permitiendo así la recuperación, en gran medida, del agua que transporta dichos sólidos.

DECRETO SUPREMO Nº 248, es un Reglamento que regula La Aprobación De Proyectos De Diseño, Construcción, Operación Y Cierre De Los Depósitos De Relaves. Reemplazó
 el
 Decreto
 86/70:
 Reglamento
 de
 Construcción
 y
 Operación
 de
 Tranques
 de
 Relaves
 Ministerio
 de
 Minería.
  Fue publicado
 en
 el
 Diario
 Oficial
 el
 11
 de
 abril
 de
 2007.  Establece
 los
 procedimientos
 para
 la
 aprobación
 de
 los
 proyectos
 de


depósitos
 de relaves
 mineros
 y
 los
 requisitos
 de
 diseño, construcción,


operación
 y
 cierre de
 los
 depósitos
 de
 relaves mineros.

 Establece
 que
 corresponde
 al
 Servicio
 Nacional
 de
 Geología
 y


Minería
 la
 aplicación
 y
 fiscalización
 del
 Reglamento.

CONSTRUCCION DEL RELAVE El usuario deberá presentar al Servicio una solicitud de aprobación del proyecto de depósito de relaves. La solicitud podrá ser presentada en un archivo digital. La presentación debe incluir, a lo menos, los siguientes antecedentes:  Identificación del usuario y del representante legal cuando corresponda, con su Rut y dirección comercial.  Localización y descripción general de la faena de explotación minera y proceso de la Planta de beneficio de minerales que genera los relaves.  Ubicación del depósito, incluyendo: 

Plano regulador de la comuna donde se ubicará el depósito, si lo hubiere, o plano de la comuna o provincia.



Las distancias al Concentrador y a los centros poblados cercanos.



Plano escala 1:2.500 de ubicación del depósito, señalando las coordenadas UTM. de sus principales vértices.



Ilustrar la hoya hidrográfica afectada, sobre un plano a una escala adecuada, en coordenadas U.T.M.

 Cronograma, fecha de ejecución del proyecto, período de construcción de las obras pre depósito, inicio de la operación, fecha estimada de cierre del depósito, equipos y otros antecedentes que contribuyan a formar la base de datos del depósito.

 Capacidad del depósito: indicar capacidad final tanto en metros cúbicos como en toneladas.  Presentación de antecedentes geológicos, geotécnicos, hidrológicos hidrogeológicos, sísmicos, meteorológicos, topográficos y otros que el Servicio considere necesario, incluyendo ubicación, condiciones y características de los materiales de empréstito que serán usados en la construcción, operación y cierre del depósito.  Descripción del método constructivo considerando lo establecido en el artículo 6 del presente Reglamento.  En el caso de un Tranque de Relaves, se debe indicar las características del muro de arena; granulometría; humedad; método de compactación; método de construcción, eje central o aguas abajo, y la forma en que se depositarán las lamas. Se prohíbe la utilización del método aguas arriba.  Presentación de un diagrama de flujo y plano general de las obras asociadas al depósito de relaves que incluyan: 

Los muros.



Sistema de descarga.



Sistema de recuperación de aguas claras.



Sistema de purificación de aguas claras, si es necesario.



Sistema de drenaje.



Construcción de muros de pie.



Construcción de vertederos de emergencia.



Construcción de canales de desvío de aguas lluvias.



Construcción de canal de contornos.

 Descripción de las dimensiones del depósito tanto en altura y largo de muro, como de área y volumen del depósito, como también su Plan de Crecimiento.  Indicar si existen otros depósitos adyacentes y sus características principales.  Descripción e ilustración de las características especiales de diseño: 

Tipo de transporte desde el Concentrador al depósito, si es tubería, canal u otro.



Método de clasificación de los relaves.



Balance de masas del relave.



Sistema de depositación de arenas y lamas.



Sistemas de drenaje y recolección de las aguas percoladas de los muros.



Sistemas de descarte o recirculación de las aguas decantadas desde la laguna o zona de aguas claras.



Sistema de impermeabilización del fondo de la cubeta y su sistema de captación de las infiltraciones si se requiere y su disposición final.



Canales perimetrales para la contención de escorrentías, indicando sus dimensiones.



Obras para la intercepción y desviación de cursos de aguas naturales existentes en el lugar de emplazamiento.

 Determinación de los parámetros de diseño geotécnicos, incluyendo: 

Resistencia al corte.



Compresibilidad.



Permeabilidad.



Granulometrías.



Pesos unitarios.



Pesos específicos.



Plasticidad.

El Sernageomin tendrá 60 días hábiles para dar la respuesta o entregar las observaciones pertinentes (DS 248, art. 15). En el proceso de ejecución de las obras, el Servicio Nacional de Geología y Minería realizará las inspecciones técnicas periódicas, las que deben asegurar que la ejecución se ajusta a lo especificado en el proyecto, Pasado un mes desde el término del depósito, se deberá presentar ante el servicio los planos de las obras construidas, Por último, se deberá comunicar la fecha de puesta en marcha de la operación

OPERACIÓN Y MANTENCION DEL RELAVE  El Usuario deberá enviar al Servicio un informe trimestral sobre la operación y mantención del depósito de relaves, en los formularios establecidos para el efecto por el Servicio.  El Servicio, tendrá la facultad de solicitar cualquier otra información adicional que pueda ser de utilidad respecto de la operación del depósito o de algún otro aspecto específico.  El Usuario será el único responsable de la operación y mantención del depósito de relaves, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de Seguridad Minera.

 El Servicio siempre podrá hacer las comprobaciones que estime necesarias, y sancionar el incumplimiento de las normas, conforme a la Ley y el Reglamento, si corresponde. EN CASO DE EMERGENCIAS  El Usuario deberá elaborar y mantener actualizado el Manual de Emergencias del depósito de relaves.  El Usuario deberá notificar, de inmediato, al Servicio la ocurrencia de cualquier emergencia, indicando las características del siniestro, los daños causados, los riesgos potenciales.  El Servicio evaluará la situación y enviará personal técnico, si lo amerita, para cuantificar los daños causados por la emergencia.  Si la causa de la emergencia se debe a fenómenos naturales extremos imprevistos, como sismos, nevazones, lluvias intensas, erupciones volcánicas u otros, que impidan una normal operación o pongan en peligro la vida de personas o el medio ambiente, deberán suspenderse las operaciones de depositación de relaves, hasta que las condiciones de seguridad del depósito se restablezcan.

CIERRE DEFINITIVO DEL RELAVE  En el caso que se decida cerrar el depósito de relaves en forma definitiva, deberá presentarse un Plan de Cierre, conforme al Título X del Reglamento de Seguridad Minera.

 Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, antes que se cumpla la vida útil estimada del depósito, el Usuario deberá disponer de un Proyecto de Cierre del mismo y de las obras anexas, aprobado por el Servicio.  El Proyecto de Cierre contendrá un plan de acondicionamiento del depósito para soportar condiciones en el largo plazo, considerando medidas de refuerzo y rehabilitación, tal que proteja la salud y seguridad de las personas, y restituya el terreno en condiciones aceptables, conforme a lo prometido y aceptado en su Plan de Cierre.  En el evento de que un depósito de relaves que ha sido cerrado en forma definitiva, cumpliendo  con los artículos anteriores y se desee ponerlo nuevamente en operación, se deberá presentar un proyecto totalmente nuevo.

Bibliografía Contenido de la Semana 7, Administración de Operaciones Mineras. IACC 2019. https://www.sernageomin.cl