Gestion de Obras Publicas

CURSO: GESTION EN LA CONSTRUCCION DOCENTE: ING. WALTER.VLADIMIR MESTANZA JULON GESTION DE OBRAS PUBLICAS LEY DE CONT

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CURSO: GESTION EN LA CONSTRUCCION DOCENTE: ING. WALTER.VLADIMIR MESTANZA JULON

GESTION DE OBRAS PUBLICAS

LEY DE CONTRATACIONES Y REGLAMENTO APLICADO A OBRAS PÚBLICAS Y SUS MODIFICACIONES 2012

CAMBIOS EN LA LCE Y SU REGLAMENTO Normativa Anterior: • D. L. Nº 1017 publicado el 4.JUN.2008, aprueba nueva LCE. • D.S. Nº 184-2008-EF publicado el 1.ENE.2009, aprueba el Reglamento de la LCE. • D. Urg. Nº 014-2009, publicado el 31.ENE.2009, establece el 01.FEB.2009 como fecha de entrada en vigencia.

Normativa Vigente: ` • Ley N° 29873 publicado el 1.JUN.2012, modifica D.L. N° 1017 (LCE). • D.S. N° 138-2012-EF publicado el 7.AGO.2012, se modifica el D.S. N° 1842008-EF (RLCE). • El Art. 5° D.S. N° 138, establece que a 30 d.h. de su publicación, entra en vigencia (20.SET.2012).

PROCESOS DE SELECCION

PROCESO DE SELECCIÓN Procedimiento administrativo especial para seleccionar una persona natural o jurídica con la que una Entidad celebrará un contrato para adquirir bienes, servicios o ejecutar una obra

CONDICIONES MÍNIMAS DE LAS BASES El Titular o quien tenga delegada tal facultad aprueba las BASES. Debe contener obligatoriamente (salvo en una AMC): •Mecanismos que fomenten mayor concurrencia y participación. •Características técnicas de bienes, servicios u obras a contratar (lugar de entrega, alcance y plazo). •Garantías Según lo indicado en el Reglamento de LCE. •Definición del sistema y/o modalidad. •El cronograma del proceso de selección.

CONDICIONES MÍNIMAS DE LAS BASES •El método de evaluación y calificación de propuestas. •Proforma del Contrato En Obras, necesariamente Anexar: Cronograma General de Ejecución, Cronograma de Desembolsos y el Expediente Técnico. •Valor Referencial y fórmulas de reajuste (cuando corresponde). •Normas aplicables en caso de tener financiamiento externo. •Mecanismos de confidencialidad de propuestas.

VALOR REFERENCIAL Es obligatorio evaluar las posibilidades que ofrece el mercado, tomando en cuenta además lo siguiente: • Presupuestos y cotizaciones actualizadas (páginas web, catálogos, etc.) • Emplear mínimo 2 fuentes • Los Precios Históricos (de existir) • Los Descuentos por Volúmenes • Las Garantías, Vigencia Tecnológica, etc.

El VR puede ser observado y de ser el caso modificado a pedido del Comité Especial

VALOR REFERENCIAL - EN OBRAS En OBRAS, el VR es el Presupuesto del Expediente Técnico, que debe detallar las partidas y subpartidas, sustentadas en sus análisis de precios unitarios que deben incluir los insumos necesarios, en las cantidades y precios más competitivas del mercado.

Además debe incluir los gastos generales variables y fijos, y la utilidad

VALOR REFERENCIAL - EN OBRAS •Debe ser suscrito por los Consultores que participaron en su desarrollo •Debe ser suscrito por los Funcionarios que participaron en su aprobación

• El VR debe incluir lo siguiente: - Tributos - Seguros - Transporte - Inspecciones

- Pruebas - Seguridad en el Trabajo - Costos Laborales - Otros que incidan

•No puede tener más de 06 meses de Antigüedad, desde la fecha de determinación del presupuesto del Expediente Técnico

VALOR REFERENCIAL - EN CONSULTORÍA En CONSULTORÍA, el VR debe detallar en condiciones competitivas en el mercado, los honorarios del personal propuesto, incluyendo gastos generales y utilidad, de acuerdo a los plazos y características del servicio Debe incluir lo siguiente: - Tributos - Seguros - Transporte - Inspecciones

- Pruebas - Seguridad en el Trabajo - Costos Laborales - Otros que incidan

Antigüedad.- No más de 06 meses desde la aprobación del Expediente de Contratacion.

TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN a) Licitación Pública Para contratar Bienes y Obras b) Concurso Público Para contratar Servicios c) Adjudicación Directa Para contratar Bienes, Obras y Servicios - Adj. Directa Pública: Si VR > 50 % límite máx. para AD - Adj. Directa Selectiva: Si VR ≤ 50% límite máx. para AD d) Adjudicación de Menor Cuantía, y Menor Cuantía Derivada: Para: - Bienes, Servicio y Obras, con VR 10% límite min. para LP y CP AMC - Expertos Independientes, para Comités Especiales

AMCD - En caso de procesos declarados desiertos (Art. 32° LCE)

MONTOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN (Año 2012)

El monto mínimo para convocar a un proceso de selección de Obras, Servicios y Bienes, es de 3 UITs (S/. 10,950) Art. 13 de la Ley Presupuesto del 2012

MONTOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN (Año 2012)

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Todo proceso debe tener las etapas siguientes: 1. Convocatoria 2. Registro de participantes 3. Formulación y absolución de consultas 4. Formulación y absolución de observaciones} → SE FUSIONA EN AD Y AMC 5. Integración de las bases 6. Presentación de propuestas 7. Calificación y evaluación de propuestas 8. Otorgamiento de la buena pro 9. Firma del contrato

Etapa - CONVOCATORIA La Convocatoria deberá contener obligatoriamente lo siguiente: 1. La identificación, domicilio y RUC de la Entidad que convoca. 2. La identificación del proceso de selección. 3. La indicación de la modalidad de selección, de ser el caso. 4. La descripción básica del objeto del proceso. 5. El valor referencial. 6. El lugar y la forma en que se realizará la inscripción o registro de participantes. 7. El costo del derecho de participación. 8. El calendario del proceso de selección. 9. El plazo de entrega requerido o de ejecución del contrato. 10. La indicación de los instrumentos internacionales bajo cuyos alcances se encuentra cubierto el proceso de selección, de ser el caso.

Etapa - REGISTRO DE PARTICIPANTES • El participante acreditará estar inscrito en el RNP. • La Entidad verifica que no este impedido a contratar con el Estado. • Para Registrarse hay que pagar un monto no mayor al de reproducción de las Bases. • El Registro se realiza desde el día siguiente de la convocatoria y hasta 01 d.h. después de integradas las bases.

• En el caso de Consorcios, basta que se registre uno de los integrantes. • En AMC (bienes y servicios) el Registro debe hacerse hasta antes de la presentación de propuestas. No se paga. Art. 52º del RLCE.

Etapa - CONSULTAS Y RESPUESTAS • Los Participantes pueden solicitar ACLARACIONES sobre cualquiera de los extremos de las Bases, o plantear SOLICITUDES respecto a ellas. • El Comité absuelve las Consultas, debidamente fundamentado. • El Pliego Absolutorio se comunica a través del SEACE o por Correo Electrónico de ser el caso.

• Las respuestas se consideran como parte integrante de las Bases y del Contrato.

Etapa OBSERVACIÓN E INTEGRACIÓN DE BASES • Se realiza mediante escrito debidamente fundamentado • La Observación debe versar sobre el incumplimiento de: - Condiciones mínimas indicadas en el Art. 26° de la LCE. - Alguna disposición en materia de contrataciones del Estado. - Otras Normas complementarias o conexas. • El Comité responde de manera fundamentada y sustentada • Absueltas las Consultas y Observaciones, las Bases quedan Integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas ni modificadas. Art. 54° del RLCE

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 1. Se realiza en acto público (ADS y AMC podrá ser privado) 2. En fecha indicada se otorga buena pro. 3. Se informa resultados mediante cuadro comparativo. 4. En cuadro se consigna: Orden de prelación, y puntaje: técnico, económico y total. 5. El Comité está obligado a permitir a los postores acceso al expediente de contratación desde sgte día. Consentimiento- O8 d.h. siguientes a otorgamiento buena pro y sin que se haya presentado recurso de apelación. En AD y AMC, será de 05 d.h. Art. 72º RLCE

BUENA PRO EN CASO DE EMPATE Se efectuará observando el siguiente orden: 1. En AD y AMC: con preferencia a favor de las MYPES. 2. A favor del postor que haya obtenido: •Mejor puntaje económico.- Bienes y Obras •Mejor puntaje técnico: Servicios

3. A prorrata entre ganadores, si el objeto del contrato es divisible y existe voluntad de cumplir de los postores (no aplica a consultorías ni a obras). 4. A través de sorteo en el mismo acto. Art. 73º del RLCE.

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

EL CONTRATO DE OBRA Es el acuerdo entre las partes para crear, regular o extinguir obligaciones jurídicas patrimoniales.

EL MEJOR CONTRATO

CLÁUSULAS OBLIGADAS Se INCLUIRÁN NECESARIAMENTE y bajo responsabilidad Cláusulas referidas a:

Garantías. Solución de Controversias.

Resolución de Contrato por Incumplimiento.

CLAUSULAS OBLIGADAS - GARANTÍAS Permiten asegurar una buena ejecución y cumplimiento del Contrato.

Garantía de fiel cumplimiento. Garantía por el diferencial de la propuesta.

Garantía por adelantos.

CLÁUSULAS OBLIGÁDAS - CONTROVERSIAS • Toda controversia surgida durante la ejecución del contrato debe resolverse mediante conciliación o arbitraje • Si las Bases o el Contrato no incluyen un Convenio Arbitral, se entenderá incorporada de pleno derecho el del Arbitraje Institucional del OSCE

CLÁUSULAS OBLIGADAS - RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO •Cuando se produce incumplimiento de una Parte de alguna obligación, no obstante haber sido observada y/o requerida por la otra Parte; esta última puede resolver el Contrato, remitiendo por vía notarial el documento donde manifieste tal decisión y el motivo que la justifica. •Cualquiera de las partes puede poner fin al Contrato, pero debe estar previsto expresamente en el Contrato.

CONTRATO DE CONSULTORÍA - REQUISITOS El ganador de la Buena Pro, además de lo indicado en las Bases, debe presentar para la firma del contrato: • Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado (salvo AMC y PSR. Ítems).

• Garantía Fiel Cumplimiento (salvo: AMC). • Contrato de Consorcio (con firmas legalizadas). • Código de Cuenta interbancaria (CCI). • Traducción Oficial (Documentos en Idioma Extranjero).

CONTRATO DE OBRA - REQUISITOS El ganador de la Buena Pro, además de lo indicado en el Art.141°, debe presentar para la firma del Contrato: . Constancia de Capacidad Libre de Contratación (RNP). . Designar al Residente de Obra (si no formó parte de la propuesta técnica). . Calendario de Avance de Obra valorizado (según PERT-CPM). . Calendario de Adquisición de Materiales o Insumos (concordante con el CAO valorizado). . Desagregado por Partidas que dio origen a la propuesta (caso: Precios Unitarios)

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Las Bases, deben precisar el Sistema y/o Modalidad de Ejecución

Sistemas de Contratación: • A Suma Alzada.

• Precios Unitarios, Tarifas o Porcentajes.

• Esquema Mixto

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN RECOMENDACIÓN Dice la Experiencia: Emplear el sistema a suma alzada cuando debió elegirse el de precios unitarios o viceversa, genera problemas y controversias que desgastan a las partes, pueden incrementar costos de obra y hasta pueden poner en riesgo la continuidad de la ejecución contractual.

SISTEMA A SUMA ALZADA • Aplicable, cuando las cantidades magnitudes y calidades, están totalmente definidas en pianos y especificaciones técnicas. • La propuesta es por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución. • La propuesta se hace considerando los trabajos necesarios para la prestación requerida, según: planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto, en ese orden de prelación.

SISTEMA A SUMA ALZADA • El desagregado por partidas que da origen a la propuesta, es referencial. • El Sistema a Suma Alzada, se debe elegir cuando el riesgo de incertidumbre es nulo o prácticamente nulo. • Es requisito fundamental que los documentos que describen el objeto sean suficientes para que los postores, tengan pleno conocimiento del alcance del compromiso, tanto en calidad como en cantidad

SISTEMA A SUMA ALZADA • Pensar que los riesgos de incertidumbre debe asumirlo el Contratista cuando el expediente técnico no tiene las condiciones, es un error. Se arriesga la ejecución de la obra, con la calidad esperada. • Se valorizará hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.

SISTEMA A PRECIOS UNITARIOS • Aplicable, cuando la naturaleza de la prestación, no permite

conocer con exactitud o precisión, las cantidades o magnitudes.

• El postor, oferta precios unitarios, considerando: - Las partidas contenidas en las Bases. - Lo previsto en los Planos y Especificaciones Técnicas - Las Cantidades Referenciales •Se valorizan las cantidades realmente ejecutadas

SISTEMA MIXTO Aplicable cuando en el Expediente Técnico existen componentes técnicos cuyas magnitudes y cantidades no están definidas con razonable precisión, los que pueden contratarse por el sistema de precios unitarios; mientras que, los componentes cuyas cantidades y magnitudes estén totalmente definidas, pueden ser contratados bajo el sistema de suma alzada