Seminario de Obras Publicas

UNIVERSIDAD PRIVADA “ANTENOR ORREGO” FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL ASIGNATURA : TRABA

Views 121 Downloads 1 File size 594KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

UNIVERSIDAD PRIVADA

“ANTENOR ORREGO” FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

ASIGNATURA : TRABAJO POLINÓMICA

SEMINARIO DE OBRAS PUBLICAS

:

DOCENTE

ELABORACIÓN DE FÓRMULA

:

VEGA BENITES, JORGE

ALUMNO

:

CARRANZA PORTUGAL, JOSE LUIS CASTRO MALCA, PAULO GARCIA ALVARADO, CARLA ISLA GASTAÑADUI, JOSE RUBIO LECCA, LUIGGI VASQUEZ DE LA CRUZ, JOICE

CICLO

:

X

TRUJILLO – PERÚ 2019

FÓRMULA POLINÓMICA La fórmula polinómica, constituye un procedimiento convencional de cálculo para obtener el valor de los incrementos de costos que experimentan los presupuestos de una obra con el tiempo. Es la representación matemática de la estructura de costos de un presupuesto. Está constituida por términos denominados monomios que consideran la participación o incidencia de los principales recursos dentro del costo o presupuesto total de la obra.

Donde:  K = Factor de Reajuste.  a, b, c,d,e = Son los coeficientes de incidencia de los elementos que conforman la obra.  Jr, Mr, Er, Vr, GUr = Son los índices de precios a la fecha del reajuste de la mano de obras gatos generales.  Jo, Mo, Eo, Vo, GUo = Son los índices de precios a la fecha del presupuesto referencial de la mao de obras, materiales, varios y gastos generales.

NORMAS PARA LA ELABORACION DE FORMULAS POLINOMICAS

Normas o Pautas para elaboración de las formulas polinómicas son: K es el factor de reajuste de obra, como resultado de la variación de precios de los elementos que intervienen en el presupuesto, expresado con aproximación al milésimo Los coeficientes de incidencia / materiales, mano de obras y equipos) se expresan al milésimo La suma de los coeficientes de incidencia debe ser igual a 1. El coeficiente de incidencia será siempre mayor o igual a 0.05. Cuando se agrupen términos para formar un monomio debería de agruparse como máximo de 3 elementos y el coeficiente de incidencia será la suma de los coeficientes de incidencia de los elementos y los índices se expresan con sus respectivos porcentajes. El número máximo de monomios que tiene una fórmula polinómica es 8. En una obra se podrá tener como máximo 4 formulas polinómicas. Los monomios Mo y Gu, siempre se expresan solos, no se agrupan. Cada fórmula polinómica debe tener su respectivo presupuesto y sus respectivo cronograma valorizado.

Los Índices Unificados de Precios de la Construcción Para uso del Sector Privado de la Construcción, el INEI elabora los Factores de Reajuste que se debe aplicar a las obras de Edificación para las seis (6) áreas geográficas del país aplicable a las obras en actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen modalidad distinta de reajuste. El INEI desde diciembre de 1992, mensualmente, calcula los índices de precios, para la cual se solicita información a los fabricantes y/o distribuidores. Los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUPC), son indicadores económicos que muestran la fluctuación promedio de precios, que experimentan en el mercado el conjunto de elementos que intervienen en el costo de las obras de construcción civil. Los Índices Unificados de Precios de la Construcción se elaboran a nivel nacional, dividiendo el territorio en seis áreas geográficas. Los departamentos que comprenden las áreas geográficas son los siguientes: • • • • • •

ÁREA 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. ÁREA 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. ÁREA 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. ÁREA 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. ÁREA 5: Loreto. ÁREA 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Aprueban índices Unificados de Precios para las seis áreas geográficas correspondientes al mes de agosto de 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 242 – 2012 INEI

De acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, la cual declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); junto a la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, el INEI publicó los Índices Unificados de Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis Áreas Geográficas correspondiente al mes de agosto 2012, que mostramos en el siguiente cuadro:

RECURSOS:

(ADJUNTAMOS PRESUPUESTO DE OBRA PARA IMPRIMIRLO EN INFORME)

VALORIZACIONES “Es la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado”. Pagos a cuenta de un contrato según trabajos realizados en un lapso de tiempo. Las valorizaciones serán elaboradas el último día de cada período previsto en el contrato, por el inspector o supervisor y el contratista. Periodos para valorizar. No precisados en las normas. Se deben fijar en las Bases o Contrato, pueden ser: a) Quincenal b) Mensual c) Otros 2. Tipos de valorizaciones a) De Obra Principal (Cont. Principal) b) De Obra Adicional (Presupuesto Adicional) c) De May. Gastos Generales Variables (Ampliación Plazo) d) De Intereses (Demora en el pago). Valorizaciones Metrado: Es la unidad mínima y básica de ejecución de obra. Se acuerda en los documentos del proceso de selección entre el Contratista y la Entidad. El representante del contratista (Residente) y el de la Entidad (Supervisor o Inspector de Obra) deben consensuar la Valorización cada quincena (u otro plazo acordado). Cuando no están de acuerdo en la contraprestación que se deba pagar se puede someter la controversia a la Junta de Resolución de Disputas (JRD) siempre y cuando su monto sea superior al 5%. De no ser así, se debe resolver en la Liquidación de Obras. ¿Que debe contener la valorización? Valorización del avance físico: consiste en aplicar a los metrados establecidos como ejecutados los precios del ü contrato. Reajuste de precios: se obtienen por aplicación de las fórmulas polinómicas de reajuste de precios establecidas en el contrato. Amortizaciones de adelanto en efectivo y de adelanto para materiales, de corresponder. Otros conceptos a los que el contratista tiene derecho como pueden ser intereses por pagos atrasados, reintegros de reajuste por actualización de índices, entre otros.

Organización del expediente de una valorización:  

Hojas de metrado certificados por el inspector o supervisor. Lista de metrados afectados por los precios unitarios contratados o del valor referencial, según el sistema de ü contratación.  Cuadros de cálculo de los factores de reajuste con la documentación sustentatoria.  Cuadro de control de reajustes (demostrando la situación atraso o adelanto en que se encuentra la obra, con el fin de aplicar correctamente los reajustes).  Croquis , planos de terreno natural o cualquier otro ü elemento gráfico que sustente el avance valorizado.  Cuadro de control de amortizaciones de adelanto.  Estado de vigencia de garantías.  Hoja Resumen que muestre claramente los avances acumulados anterior y actual, el avance del presente periodo y ü el saldo por valorizar.  Información sobre nuevos precios y/o partidas que se hubieran ü acordado en el periodo.  Hoja de control de valorizaciones anteriores y de pagos ü efectuados por la Entidad.  Gráficos de avance de obra programada contra obra ejecutada.  Factura emitida por el contratista. Aprobación De acuerdo con el artículo 197 del Reglamento, las valorizaciones deben ser aprobadas y remitidas a la Entidad por el supervisor (o inspector) de la obra, en un plazo máximo de cinco (5) días calendario contados del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización, para periodos mensuales. Cuando las valorizaciones se refieran a períodos distintos a los mensuales, la Entidad deberá establecer, en las Bases o el contrato, el tratamiento correspondiente. Pago Las valorizaciones de obra serán canceladas por la Entidad hasta el último día del mes siguiente de la valorización, en caso de períodos mensuales. En casos distintos, lo establecerán las Bases. De no efectuarse el pago en el plazo antes indicado, el contratista tendrá derecho al pago de intereses legales. Finalidad La Valorización es el cálculo de los avances de la Obra que se hace con el objeto de realizar los pagos parciales al contratista. Para esto se toman en cuenta los metrados realizados. A diferencia de otras contrataciones, las Obras van pagándose según se ejecutan.

La Valorización es importante porque con ella se va pagando la obra. Como se ha dicho arriba, la Liquidación es el cálculo final que toman en cuenta las valorizaciones pagadas, determinando si existe un saldo final que cancelar, favor de uno u otro. Tipos de Valorización de Obras La Valorización de Obra se realiza sobre los avances físicos. Pero además la Ley y el Reglamento señalan que se puede realizar Valorización de obras sobre: Intereses: Ocurre cuando hay demoras en los pagos parciales anteriormente valorizados. El contratista debe solicitar estos pagos expresamente por escrito en las valorizaciones siguientes o en la Liquidación de Obras. Mayores gastos generales: Ocurre cuando se amplía el plazo de la obra. El Residente presenta al Supervisor o Inspector la valorización de los costos y gastos generales, el cual tiene 15 días para elevar la propuesta corregida a la Entidad. De aprobarse, tiene 30 días para pagar. Adicionales: Se dan independientemente de las valorizaciones del contrato original. Se realiza en Precios Unitarios según los precios del contrato. En contratos a Suma Alzada se toman los precios del presupuesto. Si no, se realiza con los precios de los insumos, tarifas, jornales o los precios del mercado. Una vez realizadas todas las valorizaciones, se procede finalmente a la Liquidación de Obras. Reajustes Definición Según lo establecido en el artículo 49 del Reglamento, las Bases deben establecer las fórmulas de reajuste, considerando los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUP) del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización, en concordancia al Decreto Supremo N° 011-79-VC y sus modificatorias. En el mismo sentido, el artículo 198 del Reglamento establece que, los reajustes se calcularán con el coeficiente “K” conocido a ese momento. Posteriormente, se regularizarán los reajustes y se pagarán con la valorización más cercana, o en la liquidación final, sin intereses. De los citados preceptos legales, se desprende que los reajustes son cálculos matemáticos que se efectúan tanto a las valorizaciones correspondientes a las prestaciones originalmente pactadas en el contrato, como de aquellas prestaciones adicionales que la Entidad ordene ejecutar al contratista, a efectos de

ajustar sus precios al mes en que debe ser pagada la valorización. (Opinión N° 005-2011-DTN) Finalidad El objetivo de un sistema de reajuste automático de precios es dotar a las partes contratantes de una obra pública de los mecanismos que permitan asegurar el equilibrio económico del contrato, de manera que los efectos de las variaciones de los precios de los insumos (que pueden subir o bajar) en el tiempo que media entre la formulación del precio base y la ejecución, sean adecuadamente detectados y se pueda hacer una actualización constante, justa y real de los precios, sin perjuicio para ninguna de las dos partes contratantes.