Formato Credito Hipotecario

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO) INSTRUMENTO NUMERO --------------.- PRESTAMO HIPOTECARIO. - En l

Views 62 Downloads 3 File size 2MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

INSTRUMENTO NUMERO --------------.- PRESTAMO HIPOTECARIO. - En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los ….. ( ) días del mes de julio del año dos mil trece (2013), siendo las ………………...- Ante mí, XXXXXXXXXXX, Abogado y Notario Público, y de este domicilio, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número XXXXX (XXX) y registrado con el Número XXXXXXXXXXXX (XXXX) en el Registro de Notarios de la Honorable Corte Suprema

de

Justicia,

con

oficinas

en

el

Despacho

Le gal

XXXXXXXXXXXXXXXXX, de la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Departamento de

Francisco Morazán, Honduras; con

Registro

Tributario

Nacional número XXXXXXXXXXXX (XXXXXXXXXX); comparecen personalmente los señores XXXXXXXXXXXXXXXX (Generales), actuando en su condición personal, en adelante denominado “ EL ACREDITADO” y el señor RAMON JESUS AUGUSTO PONCE SANDOVAL, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración de Empresas, hondureño con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, quien comparece y actúa en su condición de Gerente General del BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo acredita con el Testimonio de la Escritura Pública de Poder General de Administración número veinticinco (25), autorizada en esta ciudad por el Notario Nicolás García Zorto, en fecha dos de mayo del año dos mil catorce, cuya primera copia fue inscrita bajo Matricula setenta mil ciento noventa y ocho (70198), Número veintidós mil trescientos tres (22303) y Rectificado en Escritura Pública número veintisiete (27) de fecha doce (12) de mayo del año dos mil catorce (2014), autorizado por el Notario Nicolás García Zorto e inscrita bajo Matricula setenta mil ciento noventa y ocho (70198), Número veintidós mil cuatrocientos diez (22410) del Libro de Comerciantes Sociales que lleva el Registro Mercantil del Departamento de Francisco Morazán, con facultades suficientes para

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

otorgar instrumentos públicos como el presente, su representado es una Institución Bancaria creada inicialmente como Banco de los Trabajadores mediante Decreto Legislativo número ciento treinta y uno de fecha ocho de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, adecuado su forma social en cumplimiento del Decreto Legislativo número doscientos cuarenta y cinco guión dos mil diez (245-2010), emitido por el Soberano Congreso Nacional de la República de Honduras, el día veintitrés de noviembre del año dos mil diez, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 32.375 del día veinticinco de noviembre del año dos mil diez, y aprobado el nuevo Contrato Societario y Estatutos Sociales como BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD ANONIMA, por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros conforme Resolución número GE-No.075/1301-2011 de fecha trece de enero del año dos mil once y protocolizado por el Notario Oscar Ernesto Ponce Salgado, mediante instrumento público número veintiséis de fecha once de marzo del año dos mil once, cuya primera copia fue inscrita bajo el Asiento numero sesenta y seis (66) Tomo setecientos cuarenta y cinco (745) del Libro Registro de Comerciantes Sociales que lleva el Registro Mercantil del Departamento de Francisco Morazán; todos los documento antes relacionado yo el Notario actuante doy fe de haber tenido a la vista, y donde consta las facultades suficientes para el otorgamiento de esta clase de actos y contratos, quienes asegurándome hallarse en el pleno goce y ejercicio de sus respectivos derechos civiles, libre y espontáneamente dicen: PRIMERO: El

señor

XXXXXXXXXXXXX declara: Que el BANCO DE LOS TRABAJADORES S.A., mediante resolución

del Comité

Ejecutivo de fecha XXXX (XX) de XXXXX del año

XXXXXXXXXX (XXXXXXX), acordó concederle una Apertura de Crédito Abierto con Limitación de Suma hasta por la cantidad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (L.XXXXXX); intereses y costas, a cuyo efecto celebran el presente contrato en los términos, pactos y condiciones siguientes: a) Conviene que por derivación de la Apertura de Crédito Abierto

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

aprobado y formalizado mediante la presente escritura las transacciones crediticias individuales podrán efectuarse mediante préstamo directos, descuentos de documentos, negociaciones y aperturas de carta de créditos, cobranzas, otorgamientos de fianzas, avales y garantías bancarias, manejo de cuentas corrientes, descuentos, sobregiros, obligaciones pendientes o el pago de cantidades de dinero que por cualquier título o concepto directo o indirectamente tuviere que hacer efectivo el acreditado al expresado Banco, quedando establecido que dentro de la apertura de crédito en referencia quedan comprendida toda obligación de crédito directo o indirecto o sea como prestatario o fiador que el acreditado tenga con el BANCO DE LOS TRABAJADORES, pero queda expresamente convenido que la contratación de esta Apertura de Crédito Abierto, no implica que EL BANCO está obligado a negociar y otorgar las transacciones que le proponga o solicite EL ACREDITADO, pues al efecto EL BANCO podrá denegar una o más de esas negociaciones, si así conviene a sus intereses y sin que tenga que dar a nadie explicaciones de ninguna clase sobre el particular y también sin responsabilidad alguna de su parte; b) Todo préstamo u operación bancaria acordada con cargo a esta Apertura de Crédito Abierto, deberá tener una relación directa con las operaciones normales de EL ACREDITADO, calificación que EL BANCO hará en todo tiempo según su libre albedrío; c) Toda cantidad de dinero que EL BANCO autorice en calidad de préstamo quedara depositada íntegramente en EL BANCO y este se reserva el derecho de entregarla en partidas y de acuerdo con las necesidades prácticas de EL ACREDITADO y de controlar estrictamente la inversión de los fondos retirados, para lo cual y sin necesidad de requerimiento alguno EL ACREDITADO deberá presentar al Banco los documentos justificativos de las inversiones, debiendo quedar en EL BANCO en calidad de depósito; d) La vigencia de la presente hipoteca se extiende hasta el término que señala el Artículo 168 de la Ley del Sistema Financiero, sin embargo EL BANCO se reserva el derecho de dar por terminada la presente apertura de crédito abierto, en cualquier tiempo, mediante denuncia que se notificará por escrito a EL ACREDITADO. Denunciado el

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

presente contrato, EL ACREDITADO podrá disponer del crédito dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación; transcurrido dicho plazo se extinguirá el crédito en la parte que no hubiere hecho uso EL ACREDITADO, quedando vigente el presente contrato y los documentos en que se incorporen los desembolsos en relación a los saldos existentes de las cantidades utilizadas en virtud de la presente apertura de crédito abierto. El derecho de hacer uso del crédito se extinguirá por cualquiera de los causales expresados en el artículo ochocientos ochenta y nueve (889) del Código de Comercio. e) Las operaciones concertadas bajo esta Apertura de Crédito Abierto deberán amortizarse o cancelarse conforme al plazo y de acuerdo a lo establecido por EL BANCO para cada operación en particular, y se documentará mediante contratos de créditos, orden (es) de desembolso u otros títulos valores negociables previamente calificados por EL BANCO, en cuyo texto se harán constar todas las condiciones de cada transacción especifica; f) Todo pago o abono al préstamo lo efectuará en lempiras exclusivamente por ser la especie pactada, o en moneda de curso legal en la República de Honduras, en las Oficinas Principales del BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A., o en cualquier sucursal o agencia del mismo, en o antes de sus respectivos vencimientos y sin necesidad de avisos, gestiones ni requerimientos de cualquier clase; g) EL ACREDITADO deberá manejar con EL BANCO sus transacciones bancarias, incluyendo sus cuentas de depósito, en proporción al monto utilizado en la apertura de crédito abierto y en dichas cuentas mantendrán saldos de reciprocidad suficiente; asimismo extiende autorización expresa e irrevocable para que EL BANCO debite dichas cuentas con las cantidades de dinero necesarias para cubrir la amortización o cancelación de las obligaciones que estuvieren pendientes o en estatus de mora, asi mismo autoriza expresamente al Banco, para que su historial de crédito sea confirmado en las veces y periodos que considere necesario durante la vigencia de este contrato, en la Central de Información Crediticia de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros u otra central de riesgos pública o privada, y

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

autorizo para que me debiten los gastos derivados por la realización de éstas consultas, tal como se detallan en la Carátula del Préstamo y Esquema de Amortización de Crédito. h) Es expresamente convenido que todos los gastos de esta escritura, su registro y cancelación serán por cuenta y cargo de EL ACREDITADO; i) De manera expresa e irrevocable confiere al Banco poder amplio y suficiente, en cuanto en derecho fuere necesario, para que en nombre y representación de EL ACREDITADO actué como gestor de cobros de las cantidades de dinero que por cualquier título o concepto le adeudaren terceras personas, naturales o jurídicas, obligándose a no reclamar en ningún tiempo por lo que EL BANCO realizare en ejercicio de estas facultades, en las cuales se entenderán comprendidas las facultades del mandato administrativo y las especiales de percibir y aplicar lo colectado a las obligaciones que EL ACREDITADO tuviere pendientes con EL BANCO; j) Es convenido y aceptado por EL ACREDITADO que EL BANCO por razones de su propio y exclusivo interés y sin aviso previo, podrá, ceder a terceros de su exclusiva selección toda o parte de cualquier operación de crédito que se hubiere concertado al amparo de esta línea de crédito, sin responsabilidad por parte de EL BANCO; k) Cuando las operaciones realizadas conlleven la utilización de moneda extranjera de cualquier clase u origen, será entendido que a cuenta de EL ACREDITADO correrán todos los riesgos cambiarios hasta el momento en que EL BANCO obtengan la habilitación de divisas para efectuar el pago al beneficiario ultimo; esto incluye la obligación del acreditado de reembolsar al Banco cualquier cantidad de dinero que surja por efecto de ajustes o modificaciones en los tipos de paridad establecidos entre la moneda nacional y la moneda extranjera que haya de utilizarse; l) En el caso que una garantía bancaria sea honrada por EL BANCO, esta obligación se convertirá automáticamente en un crédito directo, cuyas condiciones se establecerán al momento de efectuarse esta operación, conviniéndose que los gastos ocasionados por la emisión de la garantía serán cancelados por EL ACREDITADO;

m)

El señor XXXXXXXXXXXX deberá

suscribir un seguro de vida por un monto equivalente al crédito otorgado, en una

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

compañía de seguros que designe el Deudor en primer lugar, o en su caso podrá elegir entre las tres compañías de seguros que se ofrecen al anexo de este contrato, con el entendido que deberá presentar la renovación de la póliza de seguros debidamente endosada a favor de EL BANCO, treinta días (30) antes de su vencimiento, de no hacerlo, EL BANCO tendrá la facultad de contratar y suscribir las pólizas de seguros a nombre de ellos, en la compañía de seguros que designe. En caso que el señor XXXXXXXX padezca una enfermedad preexistente que le imposibilite la suscripción del respectivo seguro de vida, libera de toda responsabilidad a EL BANCO y lo autoriza para que en caso de fallecimiento proceda a hacer las gestiones necesarias ante quien corresponda hasta llegar a la cancelación de esta deuda, Asimismo LA ACREDITADA deberá de suscribir un Seguro de Daños que ampare contra todo riesgo los inmuebles otorgados en garantía si aplicare, debiendo figurar EL BANCO irrevocablemente como primer beneficiario en las pólizas respectivas,

seguros

que

serán

renovados anualmente con recursos propios de LA

ACREDITADA un mes antes de su vencimiento, y acepta que si no cumple con este requisito, EL BANCO podrá pagarlo a su libre albedrío, sin que estos constituya una obligación directa para EL BANCO y en caso de hacer el pago, este quedará respaldada con la hipoteca constituida.TERCERO: Continúa manifestando el compareciente XXXXXXXXXX, siempre en su condición indicada: a) Que a cuenta y cargo de la Apertura de Crédito, que con el presente instrumento se formaliza, en esta fecha recibe del BANCO DE LOS TRABAJADORES, S. A., en calidad de préstamo la cantidad de XXXXXXXXXXXXXXXXXX, la que será utilizada para Capital de Trabajo (Inversión), EL ACREDITADO, se compromete y obliga al pago de las cuotas de capital e intereses que EL BANCO establezca en cada negociación que se realice dentro de los límites del Contrato de Apertura de Crédito Abierto, operaciones que se consignarán en cualquier documento de crédito, orden (es) de desembolso u otros títulos valores negociables previamente calificados por EL BANCO, en cuyo texto se harán constar

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

todas las condiciones de cada transacción especifica. Los pagos de capital e intereses quedan sujetos a la modificación que se derive del cambio de la tasa de interés y Plazo, de igual forma las cuotas de seguros quedaran sujetas a sufrir incrementos o modificación en las primas anuales de conformidad con las políticas de asegurabilidad que dictan o emitan las Compañías de Seguros, b) Es convenido que en caso de mora se aplicará una tasa de interés adicional al interés corriente, de un tres por ciento (3%) anual; c) Que la totalidad de la suma mutuada quedarán íntegramente en poder del BANCO y la entrega de fondos se hará de acuerdo a las necesidades prácticas de EL ACREDITADO,

acreditándolos a cualquier cuenta que EL

ACREDITADO tiene a su favor en el mismo Banco, d) Todo pago o abono al préstamo lo efectuará EL ACREDITADO en Lempiras exclusivamente por ser la especie pactada, o en moneda de curso legal en la República de Honduras, en las Oficinas Principales del BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A., o en cualquier sucursal o agencia del mismo, en o antes de sus respectivos vencimientos y sin necesidad de avisos, gestiones ni requerimientos de cualquier clase; e) Es expresamente convenido que la falta de pago de dos cuotas mensuales y consecutivas de amortización al préstamo; la inversión de los fondos del crédito en fines distintos a los estipulados; la venta, cesión, donación, arrendamiento y/o la enajenación en cualquier forma de los bienes que constituyen la garantía del préstamo, sin el previo consentimiento escrito de EL BANCO, y en general el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones consignadas en esta escritura, o las que se deriven de ley o reglamento aplicable, o documento de crédito firmados, embargo de los bienes garantía por terceras personas, serán motivos suficientes para que EL BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A. declare vencida anticipadamente la totalidad de la obligación y para que la exija hasta por la vía judicial, junto con sus intereses y costas. f) La tasa de interés tendrá carácter fluctuante, de manera que EL BANCO está autorizado irrevocablemente para incrementar unilateralmente dicha tasa, si así resulta necesario por virtud de los movimientos del mercado monetario nacional, o por Resoluciones del Directorio del Banco

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

Central de Honduras; g) EL ACREDITADO le concede al BANCO

DE

LOS

TRABAJADORES,S.A. el derecho de vender, ceder, traspasar, enajenar o celebrar contratos de participación o redescuento con relación al o los créditos otorgados.- CUARTO: Manifiesta el compareciente XXXXXXXXXXXXXXX, en su condición personal: a) Que para garantizar el fiel y exacto cumplimiento del préstamo otorgado, por este acto constituye a favor del BANCO DE LOS TRABAJADORES, S. A., inmuebles de su propiedad:

(GRADO DE HIPOTECA)

sobre el o los siguientes

XXXXXXXXXXXX inscrito el

dominio en la Oficina

Registral bajo Matricula Número XXXXXXXX, asiento número xx, del Instituto de la Propiedad de Francisco Morazán. b) Que las hipotecas constituidas se extienden a todas las mejoras presentes y futuras y todas aquellas que se introduzcan al inmueble con recursos de cualquier fuente, incluyendo los fondos del préstamo que hoy recibe, inscritas y no inscritas, la misma respaldará las costas, daños y perjuicios que resulten de la ejecución; c) Que para el caso de ejecución judicial renuncia expresamente a lo consignados en los Artículos dos mil ciento doce y dos mil ciento trece (2112 y 2113) del Código Civil; se somete a la acción personal y a la jurisdicción territorial y competencia del Juzgado de Letras de lo Civil donde se encuentra ubicado el inmueble y de común acuerdo con EL BANCO tasan como precio base de los inmuebles junto con sus mejoras para efecto de subasta judicial por la cantidad de XXXXXXXXXXXXXX (L.XXXXXXXXXXX), además pactan que en el caso de abandono del inmueble antes de la fecha para la subasta judicial, EL BANCO queda autorizado para solicitar la administración del inmueble y evitar deterioro del mismo. e) Que para los efectos de citaciones, emplazamientos,

requerimientos,

notificaciones

y

avisos

señala

su

dirección

en:

XXXXXXXXXXXXXX, comprometiéndose a comunicar al Banco cualquier cambio de domicilio que realicen durante la vigencia de este contrato.- QUINTA: Las partes acuerdan que para efecto de modificación, reclamo y terminación del presente Contrato, se sujetaran entre otras a las siguientes disposiciones: a) Las modificaciones se notificaran

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

con una anticipación de treinta (30) días calendario antes de entrar en vigencia y su comunicación podrá ser por medios de comunicación masiva ya sea radio, televisión, periódico, medios electrónicos o comunicación

escrita; quedando entendido que el

acreditado podrá finalizar la relación contractual con EL BANCO, si no está conforme con las modificaciones a las condiciones del contrato, en un plazo no menor de quince (15) días a la fecha de entrada en vigencia de las mismas, y pagando las obligaciones pendientes de pago. b) En caso de un reclamo derivado del presente contrato, o de los servicios y/o productos contratados, EL CLIENTE, se avocará al Área de Atención al Usuario Financiero del BANCO, quien le proporcionará

la hoja de reclamación

correspondiente, para que pueda formalizar el mismo. EL BANCO deberá retener el formulario original de dicho reclamo para realizar el análisis interno pertinente, otorgando a EL CLIENTE dos (2) copias del mismo, en el caso que el Usuario Financiero presente alguna incapacidad física y/o no pueda escribir y si así lo requiere EL BANCO llenará la Hoja de Reclamación, seguidamente EL BANCO a través de su Oficial Encargado de Atención al Usuario Financiero, deberá verificar que la hoja de reclamación sea correctamente llenada, no permitir campos o ítems

en blanco

específicamente con la información de teléfono fijo, celular y correo electrónico. EL BANCO se obliga a resolver dicho reclamo en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la recepción del reclamo, pudiendo ampliarse a no más de diez (10) días adicionales; tiempo en el cual deberá comunicar a EL CLIENTE, por escrito, las causas de la extensión del plazo. De igual forma, si el reclamo está relacionado con productos ofrecidos de acuerdo a licencias internacionales o que requiera de un dictamen de una institución extranjera, el plazo de dicha respuesta será de hasta un máximo de treinta (30) días hábiles. Pasado este plazo, EL BANCO dará una respuesta escrita al CLIENTE, de una manera oportuna, integra y comprensible, en caso que dicha respuesta no sea

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

satisfactoria, se incluirá el siguiente texto “EL CLIENTE podrá acudir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, para interponer su reclamo ante este órgano supervisor, sin perjuicio de las otras acciones a las que EL CLIENTE tenga derecho”.c) El presente contrato podrá darse por terminado por cualquiera de las partes mediante aviso a la otra, con anticipación por los medios de notificación que se consideren en el presente contrato y se regirá por lo estipulado para recisión y terminación del mismo. En los casos que la solicitud derive de EL ACREDITADO, este deberá presentarse ante cualquiera de las sucursales de EL BANCO en toda la Republica de Honduras.

La terminación del

Contrato en términos del presente párrafo únicamente aplica cuando no existiesen obligaciones pendientes de pago a cargo de EL ACREDITADO. SEXTO: El Señor RAMON JESUS AUGUSTO PONCE SANDOVAL, en el carácter de Gerente General de EL BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A., declara: Que está enterado de todo lo expresado en las cláusulas que anteceden, todo lo cual por ser cierto lo acepta en todas y cada una de sus partes, incluyendo la Apertura de Crédito Abierto con limitación de Suma hasta por la cantidad XXXXXXXXXXXXXXXXXXX (L.XXXXXXXXXXXX), otorgada por EL BANCO a favor del señor XXXXXXXXXXXXXXXXXX, aceptando las hipotecas y demás estipulaciones en nombre y para su representado el BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A., Quedando subsistente y validas cualquier desembolso vigentes de pago, así como sus condiciones que tengan nexos causales a este instrumento.- Yo el Notario advertí a los comparecientes de la obligación de inscribir la presente Escritura en el Registro de la Propiedad respectivo para que surta sus efectos legales.- Así lo dicen y otorgan los comparecientes, quienes enterados del derecho que la ley les confiere para leer por si este instrumento, por su común acuerdo procedí a su lectura íntegra en cuyo contenido aceptan y ratifican, firman y ponen sus respectivas huellas digitales ante el suscrito Notario de conformidad con la ley.- De todo lo cual, del conocimiento, estado, edad, profesión y oficio, vecindad y capacidad de los otorgantes, doy fe, así como de haber tenido a la vista los

FORMATO CREDITO HIPOTECARIO (APERTURA CREDITO ABIERTO)

siguientes documentos: a) Los antecedentes de dominio objeto de este contrato; b) La resolución y aprobatoria del Crédito; c) El atestado con que actúa el compareciente René Augusto Ardón, quien se encuentra en el pleno ejercicio de su cargo como Gerente General del expresado Banco; d) Las tarjetas de identidad de los otorgantes, por su orden son: XXXXXXXXXXXXXXXX e) Registro Tributario Nacional del BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A. 08019999406510.-DOY FE.