Fondos

Tratamiento legal de los Certificados de Participación en Fondos Mutuos de Inversión en Valores y Certificados de Partic

Views 142 Downloads 58 File size 1MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Tratamiento legal de los Certificados de Participación en Fondos Mutuos de Inversión en Valores y Certificados de Participación en Fondos de Inversión.

¿En qué invertir?

FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN EN VALORES

 Decreto Legislativo 861  Ley de Mercado de Valores

Normativa

 CONASEV N° 068-2010- EF/94.01.1  Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras.

 Es un patrimonio autónomo integrado por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en instrumentos y

Fondos Mutuo de Inversión en Valores

operaciones financieras. El fondo mutuo es administrado por una sociedad anónima denominada sociedad administradora de

fondos mutuos de inversión en valores, quien actúa por cuenta y riesgo de los participes del fondo. (articulo 238 de la LMV)  Tiene capital abierto

 El patrimonio del fondo mutuo esta dividido en cuotas de

Cuotas

características iguales, las mismas que están representadas en un certificado de participación y que pueden adoptar la forma de títulos físicos o anotación en cuenta.

 Representa la cantidad de cuotas que tiene cada participe

Certificados de participación

 Emisión masiva  Nominativos  Pueden contener una o varias cuotas  Las cuotas se pueden fraccionar para su venta o rescate  Numeración correlativa

Suscripción Proceso de de las cuotas colocación

Rescate de cuotas

Transferencia

Traspaso de cuotas

 Los participes tienen el derecho a solicitar el rescate de su cuota

Rescate

en un fondo mutuo. Es así que el rescate es un derecho del inversionista para retirar su inversión del fondo mutuo  Se recuperan los certificados de participación con la finalidad de cancelarlos o extinguirlos.

 Los participes podrán solicitar el traspaso total o parcial de sus

participaciones de un fondo mutuo a otro, siempre que ambos

Traspaso

fondos sean gestionados por la misma sociedad administradora.  Primero se rescata del fondo inicial para luego suscribirlas en el nuevo fondo.

 Los participes podrán transferir sus certificados de participación a

Transferencia

terceros.

 La transferencia no surtirá efectos si esta no es comunicada a la Sociedad administradora

FONDOS MUTUOS Custodio

SAF

P.N. / P.J.

Aportes Fondo mutuo

Instrumentos financieros

FONDOS DE INVERSIÓN

 Decreto Legislativo 862  Texto Único Ordenado de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras

Normativa  Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01 Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras

a) Patrimonio autónomo de capital cerrado con recursos provenientes de P.N. y P.J. para su inversión en valores.

Características

b) Administrado por una Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, la cual debe estar inscrita en la SMV. c) Número de cuotas fijo

Aporte + utilidades

Aportes

P.N. / P.J.

Fondo de Inversión

Reglamento de Participación:

1. Todas las características de la emisión de cuotas del Fondo 2. Monto y número de cuotas a emitir

Cuotas

3. El valor nominal 4. Las condiciones de pago 5. Otras características.

Cada Fondo debe tener por lo menos una clase con derecho a voto

La calidad de partícipe se adquiere por: a) Suscripción de certificados de participación por el aporte del inversionista;

Partícipe

b) Adquisición de certificados de participación; y, c) Adjudicación

de

certificados

de

participación

en

copropiedad, sucesión por muerte u otras permitidas por ley.

 Es el Título Valor que representa la cantidad de cuotas adquiridas por cada partícipe. Pueden contener una o varias cuotas.

Certificados de participación

 Nominativos  Emisión masiva

 Se puede fraccionar las cuotas para su transferencia

Certificados de Participación

Suscripción P.N. / P.J.

Contrato de suscripción

Sociedad Administradora

 Por medio de cesión de derechos  No surte efectos contra la sociedad administradora mientras no le

Transferencia

sea comunicada por escrito, ni contra terceros, en tanto no se haya anotado en el registro de partícipes (art. 7 de la Ley de

Fondos de Inversión).

1.

Robo, extravío o deterioro

El partícipe debe comunicar este hecho inmediatamente a la Sociedad Administradora, para su anotación en el registro de

partícipes (Art. 69 del Reglamento de Fondos de Inversión) 2.

Deberá realizar una petición cursada por vía notarial señalando

la causa (art. 108 de la Ley de Títulos Valores).

 Permitido cuando el partícipe ejerza su Derecho de Separación

(art. 2 de la Ley de Fondos de Inversión)

Reembolso

 El procedimiento está establecido en el Reglamento de Participación y deberá cumplir con las reglas del art. 74 del Reglamento de Fondos de Inversión.

Fondos Mutuos de Inversión en Valores Normativa

• Ley de Mercado de Valores • Reglamento de Fondos Mutuos

Fondos de Inversión • T.U.O de la Ley de Fondos de Inversión • Reglamento de Fondos de Inversión

Capital

Abierto

Fijo

Oferta

Pública

Pública o Privada

Pueden invertir en:

Instrumentos Financieros

• Activos distintos a los Instrumentos Financieros • Instrumentos Financieros no inscritos en la RP del MV

Partícipe

P.N. o P.J.

P.N. o P.J.

Contrato

De administración

De suscripción

Reglamento de participación Certificados de participación Rescate Derecho de separación Transferencia de certificados Traspaso de participaciones Comité de Inversiones Comité de vigilancia

Custodio

Lo que las sociedades administradoras emiten ¿son cuotas o certificados de participación?

 Las sociedades administradoras emiten certificados de participación. El certificado de participación es la representación del derecho que se ha adquirido por aportar la cuota al

fondo. La cuota es el nombre que recibe cada una de las partes en las que el patrimonio de un fondo es dividido.

Fondos Mutuos (DL861):  Artículo 239.- Cuotas.- El patrimonio del fondo mutuo está dividido en cuotas de características iguales representadas por certificados de participación emitidos por la sociedad administradora en

nombre del fondo, los mismos que pueden adoptar la forma de títulos o anotaciones en cuenta.

Fondos de Inversión (DL 862): •

Artículo 2.- Cuotas de los Fondos de Inversión .- El patrimonio del Fondo está dividido en cuotas que se representan en certificados de participación. Los certificados de participación son

transferibles y pueden adoptar la forma de títulos o anotaciones en cuenta. (…)