Ficha Tecnica Lentejas

FICHA TÉCNICA APROBADA CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Denominación del bien Denominación técnica Grupo/familia/clase

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FICHA TÉCNICA APROBADA CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Denominación del bien Denominación técnica Grupo/familia/clase Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE Código Unidad de medida Descripción General

: LENTEJA MARRÓN : LENTEJA MARRÓN : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/Verduras secas/Lentejas secas/Lentejas secas : LENTEJA MARRÓN : 5042450100129876 : KILOGRAMO : La lenteja es el grano maduro de color marrón procedente de la especie Lens culinaris Medikus. Es una leguminosa seca o menestra.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARÁCTERÍSTICAS De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto se clasificará en los siguientes grados de calidad: a.- Primera. b.- Segunda. c.- Tercera. De acuerdo a su tamaño, Tabla 1: Tamaño Diámetro 1 Mayor o igual que 75 mm 2 Menor que 75 mm Importante: La entidad convocante deberá indicar, en las bases administrativas y/o en la proforma del contrato, el grado de calidad y tamaño de la lenteja marrón a adquirir a adquirir. B. REQUISITOS B.1. Documentación - Certificado de Autorización Sanitaria del establecimiento que realizó el procesamiento primario otorgado por el SENASA (según art. 33º D.S. Nº 004-2011-AG, el periodo de transición culmina el 31 de octubre del 2012) - Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios/ piensos otorgado por el SENASA (según art. 40º D.S. Nº 004-2011-AG, el periodo de transición culmina el 31 de octubre del 2012), solo para el caso de productos importados. - Declaración única de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al país, solo para el caso de productos importados. B.1. Atributos del bien El lenteja marrón deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano, exento de sabores y olores extraños y de insectos vivos, y de suciedad (impurezas de origen animal, incluidos insectos muertos) en cantidades que puedan representar un peligro para la salud humana (Ref.: CODEX STAN 171-1989). Asimismo, deberá presentar lo siguiente: CALIDAD - Color: - Forma: - Tamaño: - Olores y sabores: - Uniformidad: - Contenido de humedad:

Especificación

Referencia

Marrón Oval alargada Cumplir con lo indicado en la tabla 1, según el tamaño a adquirir Exento de olores y sabores extraños Conformado por una misma variedad (un mismo color y forma) Máximo del 15%.

NTP 205.014:1998 NTP 205.022:1992 Rev. 2011

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- Sanidad y aspecto

INOCUIDAD - Criterio microbiológico

Especificación Cumplir con lo indicado en la tabla 2: “Requisitos de sanidad y aspecto”, según el grado de calidad a adquirir

Referencia

Cumplir íntegramente con la totalidad de los criterios microbiológicos establecidos en la tabla 3: “Criterio Microbiológico (expresado en UFC/g)”

NTS Nº 071-MINSA/DIGESA-V.01. “Norma Sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano” para el Grupo V.1 Granos secos (R.M. Nº 591-2008/MINSA) Base de datos del CODEX sobre los residuos de plaguicidas en los alimentos (adoptado por la Comisión del Codex Alimentarius hasta su 22.º período de sesiones, inclusive, junio de 1997)

- Límite Máximo de Residuos de plaguicidas

No deberá contener una cantidad mayor de residuos de plaguicidas que los establecidos en la tabla 4: Límites máximos de residuos para Lentejas (secas)

- Metales Pesados

No deberá exceder los límites máximos permisibles fijados en la norma nacional o en ausencia de ésta, los establecidos por el Codex Alimentarius Tabla 2:

Artículo 15º del D.S. 004-2011-AG

Requisitos de sanidad y aspecto Grado de Calidad(*) Primera Segunda Tercera

Características 1. Grano enfermo, máx. 2. Grano picado, máx. 3. Otros defectos (grano abierto, arrugado, descascarado, germinado, manchado, partido, roído y sucio), máx. Total porcentaje de grano dañado máx. 4. Clase contrastante, máx. 5. Variedad contrastante, máx. 6. Materias extrañas, máx. Total porcentaje, máximo Total porcentaje acumulado, máximo

0.0 0.0

0.5 0.5

1.0 1.0

2.0

4.0

6.0

2.0 0.0 1.0 0.0 1.0 3.0

5.0 1.0 2.0 1.0 4.0 9.0

8.0 2.0 4.0 2.0 8.0 16.0

(*) Para cada grado de calidad se aceptará, como máximo, el porcentaje total acumulado de defectos por sanidad, aspecto, clase contrastante, variedad contrastante y materias extrañas que se establecen en la tabla anterior. No se aceptará, en ninguno de los grados de calidad, lenteja marrón que presente granos infestados con insectos vivos en cualquiera de sus estados, ni granos hongueados.

Tabla 3:

Criterio Microbiológico (expresado en UFC/g)

Agente microbiológico

Categoría

Clase

n

c

Mohos

2

3

5

2

Categoría: “n”: “c”:

m: M:

Tabla 4:

Limite por g m 104

M 105

Grado de riesgo que representan los microorganismos en relación a las condiciones previsibles de manipulación y consumo del alimento. Número de unidades de muestra seleccionadas al azar de un lote, que se analizan para satisfacer los requerimientos de un determinado plan de muestreo. Número máximo permitido de unidades de muestra rechazables en un plan de muestreo de 2 clases o número máximo de unidades de muestra que puede contener un número de microorganismos comprendidos entre “m” y “M” en un plan de muestreo de 3 clases. Cuando se detecte un número de unidades de muestra mayor a “c” se rechaza el lote. Límite microbiológico que separa la calidad aceptable de la rechazable. En general, un valor igual o menor a “m”, representa un producto aceptable y los valores superiores a “m” indican lotes aceptables o inaceptables. Los valores de recuentos microbianos superiores a “M” son inaceptables, el alimento representa un riesgo para la salud

Límites máximos de residuos para Lentejas (secas) -VD 0533

Plaguicida

LMR

Año de adopción

Diquat Piraclostrobin Deltametrin

0,2 mg/Kg 0,5 mg/Kg 1 mg/Kg

1999 2006

Símbolos

Po

Nota

Withdrawal recommended by 2002 JMPR.

Po El LMR incluye el tratamiento poscosecha de la mercancía.

C. CERTIFICACIÓN Página 2/3

Opcional. La entidad convocante deberá precisar, en las bases administrativas y/o en la proforma del contrato, si los lotes de lenteja marrón deben estar acompañados de un certificado de calidad o informe de ensayo que confirme que reúne las características detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien, emitido por SENASA o un organismo debidamente autorizado por este, que considere para la inspección y muestreo lo establecido en la NTP 205.048 Menestras. Extracción de muestras. Nota: En tanto SENASA inicie la “Autorización de Organismos de Certificación, de Inspección y Laboratorios de Ensayo”, podrían ser aceptados los certificados e informes de ensayos emitidos por organismos acreditados por INDECOPI. D. OTROS D.1. Envase El lenteja marrón deberá ser envasado en recipientes que salvaguarden las cualidades higiénicas, nutritivas, tecnológicas y organolépticas del alimento, los mismos que deben ser fabricados con sustancias que sean inocuas y adecuadas para el uso al que se destinan. No deberán transmitir al producto ninguna sustancia tóxica ni olores o sabores desagradables Estos envases podrán ser bolsas de polietileno o sacos de polipropileno de primer uso, del mismo tamaño, que contengan aproximadamente 5, 10, 25 o 50 Kg de lenteja marrón, de tal forma que: - Estén limpios y permitan mantener las características del alimento. - Se encuentren bien cosidos o sellados - Sean resistentes al almacenamiento (manipuleo) y transporte. - Faciliten los muestreos e inspecciones Importante: La entidad convocante deberá indicar, en las bases administrativas y/o en la proforma del contrato, las características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto por envase. D.1. Rotulado Los envases de lenteja marrón deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, como mínimo lo siguiente: - El nombre del producto, indicando la clase o variedad. - El grado de calidad: "Primera", "Segunda", o "Tercera". - El contenido neto aproximado, en kilogramos. - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor. - El país de origen. - La identificación del lote - El mes y año de envasado - El mes y año de vencimiento Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Importante: La entidad convocante deberá indicar, en las bases administrativas y/o en la proforma del contrato, otra información que deba estar rotulada. D.2. Transporte El medio de transporte empleado no deberá transmitir al lenteja marrón características indeseables que impidan su consumo. Culminado el periodo de transición establecido por SENASA, aproximadamente hasta el 30 de abril de 2013, éste deberá cumplir con los requisitos y recomendaciones para el transporte de alimentos agropecuarios primarios que establezca el SENASA.

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