Ficha Ambiental Mae - Maricultura Macroalgas en Ecuador

FICHA AMBIENTAL: Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Ros

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FICHA AMBIENTAL: Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Rosa de Salinas – Santa Elena- Ecuador

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FICHA AMBIENTAL “Cultivo Experimental de Macro Algas Marinas como alternativa productiva y sostenible para los Pescadores Artesanales del Ecuador”

Miguel Sepúlveda Biólogo Marino

www.seaweedconsulting.com

2014

Cooperativa de Producción Pesquera Artesanal Santa Rosa de Salinas

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FICHA TECNICA DEL PROYECTO A. NOMBRE DEL PROYECTO Y DENOMINACIÓN DEL ÁREA: Cultivo Experimental de Macro Algas Marinas como alternativa productiva y sostenible para los Pescadores Artesanales del Ecuador. B. PROMOTOR DEL PROYECTO Y/O RAZÓN SOCIAL: COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PESQUERA SANTA ROSA DE SALINAS C. DIRECCIÓN O DOMICILIO, TELEFONO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO: Dirección: Barrio 15 de julio, Av. San José entre las calles Santa Elena y La libertad www.fenacopecsantarosa.com - Email: [email protected] Telf. : 2931853 SANTA ROSA - SANTA ELENA - ECUADOR D. REPRESENTANTE LEGAL: VILLALTA GOMEZ ANA KARINA Cedula: 0912304565 E. UBICACIÓN CARTOGRÁFICA: Geográficamente el proyecto, se encuentra localizado en las siguientes coordenadas UTM y Coordenadas Geográficas (Referencia WGS84-Zona 17S): COORDENADAS DE LA ZONA DEL PROYECTO. Puntos 1 2 3 4

X 506310 506394 506367 506283

y 9755283 9755227 9755142 9755186

F. NOMBRE Y EQUIPO TECNICO DEL CONSULTOR RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE LA FICHA AMBIENTAL Y PLAN MANEJO AMBIENTAL: Miguel Campos Sepulveda Junior Biólogo Marino Master en Biología Marina RUC 2490007388001 Dirección: Urbanización Mar del Sol, Villa 14 – Salinas

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Teléfono: 0998989700 / 04-2778379 Email:[email protected] Página Web: www.seaweedconsulting.com G. FECHA DE EJECUCIÓN DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL: 18 de Septiembre de 2014

FICHA AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “Cultivo Experimental de Macro Algas Marinas como alternativa productiva y sostenible para los Pescadores Artesanales del Ecuador”. I.

INTRODUCCIÓN:

Hace milenios las macro algas marinas son consumidas por pueblos orientales como parte de su dieta alimenticia. Actualmente además de fuente de alimento directo, componen un gran número de productos industrializados, actuando como agente espesante y estabilizante, en función de los coloides extraídos de diversas especies (agaranas, carrageninas y alginatos). Son utilizadas aún como fármacos (vermífugos, anestésicos, antipiréticos, remedios para la tos y cicatrizantes) en la composición de abono y balanceado (Oliveira 1997, Oliveira et al. 2005). La utilización industrial de ficocolóides expandió rápidamente después de la Segunda Guerra Mundial, siendo limitada por la escasa disponibilidad de materia prima. Desde entonces, diversas investigaciones llevaran gradualmente al perfeccionamiento de técnicas de cultivo. Actualmente, aproximadamente 1 millón de toneladas de algas húmedas son colectadas para producir los tres tipos de ficocolóides. La producción total es de aproximadamente 55 mil toneladas, correspondiente a US$ 585 millones (McHugh 2003). La industria de algas marinas es dinámica y responde a suministro y a las presiones de demanda que influencian precios y áreas de cultivo en el mundo. Entretanto, las poblaciones naturales se muestran insuficientes para atender a la demanda de consumo, pues la explotación sin planificación trajo un rápido decaimiento de los bancos naturales. La explotación de Kappaphycus Doty en Filipinas y Tanzania, y de Gracilaria Greville en Chile y en el litoral nordeste de Brasil. La industria utiliza 7,5–8 millones de toneladas de alga húmeda anualmente, cultivadas o recolectadas del ambiente, y la demanda mundial crece aproximadamente 10% al año (Critchley 1993, McHugh 2003) también suministra una amplia variedad de productos con un valor anual estimado en US$ 5,5 a 6 billones, siendo que productos alimenticios contribuyen aproximadamente con US$ 5 billones de ese total. Los ficocolóides, en el caso la carragenina,

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componen gran parte del billón de dólares remaneciente, mientras que usos más pequeños (fertilizantes y aditivos para alimentación animal) son responsables por el restante. La Carragenina es un polisacárido sulfatado y utilizado principalmente en la industria alimenticia, de cosméticos y textiles, como agente estabilizante, gelatinizante, espesante y emulsificante (Craigie & Leigh 1973; Craigie 1990, Lewis et al. 1990; FAO 2003; Hayashi et al. 2007).

Es una goma natural, descubierta en 1785 en la ciudad de Carrageen, norte de Irlanda, donde las algas eran utilizadas para engrosar la leche consumida por la población infantil. Estos polisacáridos son uno de los principales componentes de la pared celular de K. alvarezii, y poseen función estructural análoga la celulosa (Craigie 1990, Hayashi et al. 2007). Figura 2- Carragenina

En el mundo 88% de la Carragenina es extraída del género Eucheuma J. Agardh y Kappaphycus Doty (McHugh 2003). Factores abióticos como temperatura, salinidad, luz, movimiento del agua y nutrientes, además de factores bióticos como herbívora y auto sombreamiento influencian en la producción de ficocolóides, tanto en calidad cuanto en cantidad (Percival & Mc Dowell 1967). El mercado mundial de carrageninas es superior a US$ 200 millones por año y ha crecido 5% al año en las últimas 3 décadas, de 5.500 toneladas en 1970 para por encima de 20.000 toneladas en 1995 (Bixler 1996). Esa demanda es actualmente atendida por la materia prima proveniente de cultivos comerciales de Kappaphycus alvarezii (Doty) Doty ex P. C. Silva (conocida por el nombre comercial de

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“cottonii”), que contiene principalmente carragenana kappa. Todos los años el Ecuador importa aproximadamente 8 millones de dólares en carragenina (fuente: www.manifiestos.com). Actualmente, diversos países no pueden más prescindir de esta substancia lo que a hace un recurso de vasto potencial económico.

Tabla 1 - Usos y Aplicaciones de la Carragenina en la Industria UTILIZACIÓN Helados Cosméticos Milk Shake Achocolatados Pudin instantáneo Yogurt Quesos cremosos Jugos de frutas Cerveza Vinos Tortas e glaseado Gelatina y confites Crema dental Balas e caramelos Productos dietéticos (sopas) Comida para peros Carnes congeladas Jamón

APLICACIÓN Estabilizante Espesante e suspensión Estabilizante espesante Espesante Espesante Espesante Espesante Estabilizante Clarificador Estabilizante Clarificador Gelatinización Gelatinización Ligamento Ligamento Gelatinización Estabilizante e Gelatinización Ligamento Ligamento

El precio medio actual del kg del alga Kappaphycus seca es de 2.50 US$ y de la Carragenina semi refinada 20 US$. Europa y EUA poseen fábricas de semi-refinamento de Carragenina en las Filipinas e Indonesia y controlan buena parte del mercado mundial. Sin embargo, fábricas europeas dependen casi exclusivamente de la producción de Kappaphycus proveniente de las Filipinas, Indonesia y Tanzania. En Chile, Argentina y Brasil existen fábricas que dependen de la producción de los bancos naturales de especies nativas y de la importación de Kappaphycus de las Filipinas e Indonesia. Siendo así, existe una gran demanda de algas para esos mercados, lo que permite un escenario bastante atractivo para el inicio de cultivos comerciales en el litoral de Ecuador.

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Figura 3 - Demanda de Algas Marinas por especie (anual)

II.

Fuente: www.cybercolloids.com ANTECEDENTES:

La macroalga Kappaphycus alvarezii (Doty) Doty es una especie Rhodophyta perteneciente a la Familia Solieraceae, Orden Gigartinales y comercialmente conocida como “Cottonii”, ocurre naturalmente en recifes coralinos rasos de la Indonesia y de las Filipinas. Poseen tres colores diferentes (Verde, Roja y Parda) con talos cilíndricos y grosos. No se dispersan sin el concurso del hombre (Russell 1982, 1983, Doty 1984). Fue introducida en diversas localidades con clima tropical (35 países) para fines de MARICULTURA. La especie no sobrevive por mucho tiempo las temperaturas inferiores a 20o cómo demostrado por los estudios de su introducción experimental en el Sur de Japón (Ohno et al. 1994). Es considerada una especie INÓCUA (sin peligro) en el ambiente, ya que los ejemplares introducidos son siempre masculinos y con propagación sólo vegetativa, lo que permite una dispersión controlada en el ambiente. Esta Alga esta “Domesticada” en más de 35 países en el mundo. La especie K.alvarezii es desprovista de estructura de flotación y no presenta mecanismos especiales de dispersión a largas distancias. Las ramas vegetativas son pesadas y no presentan capacidad de fijación, inviabilizando la colonización de los sustratos arenosos y rocosos no alterando el ecosistema local (Russell 1983, Doty 1984). Los fragmentos se dispersan en pequeñas distancias y son incapaces de alcanzar tamaño adulto, por lo tanto no son capaces de mantenerse en el sitio donde se cultiva por mucho tiempo y tampoco competir con las especies nativas locales, ya que no hay fijación en el hábitat. Las condiciones abióticas y bióticas de la región donde será introducida la especie, particularmente el sedimento, hidrodinamismo, y bióticas (predación por peces, tortugas y erizos) son elementos extremadamente limitantes para su expansión sin control.

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La macroalga Kappaphycus alvarezii Var. Tambalang a ser cultivado en el mar de Ecuador, es un CLONE cultivado y propagado en Laboratorio con tecnología de cultivo de tejido VEGETATIVO ESTERIL, con Célula Apical, SOLO SE PROPAGA VEGETATIVAMENTE, NO PRODUCE ESPOROS. Los ejemplares son MASCULINOS y NO POSEEN ORGANOS DE ANCLAJE. Estas características IMPIDEN que esta alga colonice nuevos territorios o desplace a otros organismos. K.alvarezii también es SUSCEPTIBLE al herbivorismo de PECES, ERIZOS, APLYSIAS Y TORTUGAS y no crece bajo profundidad de 5 m por falta de luz y baja Salinidad de 25 ppm. La FAO No considera la macroalga K.alverezii una especie invasora; Hay muchos estudios científicos que demuestran que la macroalga K.alvarezii una especie INUOCA en el ambiente. Muchos consideran como siendo arrecifes artificiales para peces, moluscos, invertebrados y tortugas marinas.

Kappaphycus alvarezii (Doty) Doty var.”Tambalang”

III.

OBJETIVOS:

III.I Objetivo General: El objetivo fundamental de la presente Ficha y Plan de Manejo Ambiental, constituye la identificación, valoración y jerarquización de los posibles impactos que puedan ocasionar la

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actividad constructiva del Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Rosa de Salinas y la elaboración de un Plan de Manejo Ambiental que contemple medidas preventivas, correctivas y de control, que garantice de mejor manera el mantenimiento y conservación del entorno natural y el bienestar de la comunidad, en estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Ambiental para este tipo de actividades en la República del Ecuador. III.II Objetivos Específicos: 

Evaluar el cultivo experimental de K. alvarezii en la Ensenada de Santa Rosa- Salinas;



Análisis de la Temperatura; Salinidad; Luminosidad y hidrodinamismo;



Evaluación de la tasa de crecimiento;



Evaluación del ciclo biológico de K.alvarezii.



Evaluación de la Dispersión de K.alvarezii no ambiente;



Evaluar la Susceptibilidad de K.alvarezii frente a herbivoria;



Evaluación del Espifitismo de otras especies sobre K.alvarezii.



Caracterización de la comunidad de peces y macrolagas en la área del cultivo;



Evaluación del cultivo de K.alvarezii como Arrecifes artificiales;



Evaluación del Sistema de cultivo utilizado para K.alvarezii;



Evaluación de posibles impactos ambientales positivos y negativos del cultivo de K.alvarezii;



Evaluación de la Viabilidad de la especie para maricultura en escala Piloto y Comercial;



Formar recursos humanos con conocimiento sobre biología y cultivo de Kappaphycus alvarezii de modo a cumplir acciones de manejo y conservación (PMA);

 Evaluar el cultivo de Kappaphycus como una alternativa productiva que promueva la equidad de género, mejore la calidad de vida de los beneficiarios y reduzca el esfuerzo ejercido sobre los productos pesqueros; IV.

ALCANCE:

La presente Ficha y Plan de Manejo Ambiental, se efectuará en la respectiva área de influencia del proyecto, las mismas que se han definido en base a los factores de influencia física, biótica y socioeconómica, descrito en el área de influencia del proyecto. La propuesta contiene una serie de acciones inmediatas y de mediano plazo, tendientes a lograr el desarrollo ordenado y armónico con el ambiente, observando la sustentabilidad de los recursos

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naturales, lo que garantiza una estabilidad entre el medio, la comunidad y las Autoridades municipales. La datos obtenidos en la Línea Base fueron tomados de fuentes de información secundarías (Estudios anteriormente realizados en otros Países que cultivan la especie) que considera los parámetros correspondientes al medio físico, químico, biológico y socio económico y que servirán para la Identificación y Evaluación de los Impactos Ambientales. V.

FICHA AMBIENTAL DEL PROYECTO: “CULTIVO SOSTENIBLE DE MACROALGAS MARINAS PARA LOS PESCADORES ARTESANALES DE LA COOPERATIVA DE SANTA ROSA DE SALINAS – SANTA ELENA- ECUADOR”.  PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD.

2. ACTIVIDAD ECONÓMICA.

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CCAN: 11.2.5.1.4.3 (Construcción y/u operación de infraestructura para proyectos de maricultura)

DATOS GENERALES.

Sistema de coordenadas UTM WGS84, Zona (correspondiente al Huso Horario) Centro de del proyecto, obra o actividad: Y: 9755283

Altitud: 0

m.s.n.m

X: 506394

Y: 9755227

Altitud: 0

m.s.n.m

X: 506367

Y 9755142

Altitud: 0

m.s.n.m

X: 506283

X: 9755186

Altitud: 0

m.s.n.m

X:

506310

Estado del proyecto, obra o actividad: Construcción:

X

Operación: X

Cierre:

Abandono:

Dirección del proyecto, obra o actividad: Cantón: SALINAS

Ciudad: SALINAS

Provincia: SANTA ELENA

Parroquia: SANTA ROSA

Zona no delimitada:

Periférico: oeste océano Pacífico, este perfil costero

Urbana: X Rural: Datos del Promotor: COOPERATIVA

DE PRODUCCIÓN PESQUERA SANTA ROSA DE SALINAS Dirección: Barrio 15 de julio, Av. San José entre las calles Santa Elena y La libertad www.fenacopecsantarosa.com - Email: [email protected] Telf. : 2931853 SANTA ROSA - SANTA ELENA - ECUADOR Responsable técnico elaboración Ficha:

Biólogo Marino Miguel Sepulveda RUC 2490007388001 Dirección: Urbanización Mar del Sol, Villa 14 – Salinas Teléfono: 0998989700 / 04-2778379 Email:[email protected]

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FICHA AMBIENTAL: Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Rosa de Salinas – Santa Elena- Ecuador Domicilio del promotor: Barrio

15 de julio, Av. San José entre las calles Santa Elena y La libertad

Correo electrónico del promotor: [email protected]

Teléfono: 2931853

CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA. Área del proyecto (ha o m2): 10 H

Infraestructura (residencial, industrial, u otros): AREA PARA MARICULTURA

Mapa de ubicación : Hoja Topográfica (IGM), SIG (Arcgis), Google Earth.

EQUIPOS Y ACCESORIOS PRINCIPALES.

1.- Boyas

3.- Red Tubular

5.- Anclas

2.- Tuberías PVC

4.- Piolas

6.- Cabos

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FICHA AMBIENTAL: Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Rosa de Salinas – Santa Elena- Ecuador Observaciones: ESTRUCTURA DEL CULTIVO

REQUERIMIENTO DE PERSONAL. ESPACIO FÍSICO DEL PROYECTO. Área Total (m2, ha): 10 hectáreas

Área de Implantación (m2, ha): 10 hectáreas

Agua Potable: SI ( ) NO( x)

Consumo de agua (m3): no aplica

Energía Eléctrica: SI ( ) NO( x)

Consumo de energía eléctrica (Kv): no aplica

Acceso Vehicular: SI ( ) NO (x )

Facilidades de transporte para acceso: Botes

Topografía del terreno: MAR

Tipo de Vía: no aplica

Alcantarillado: SI ( ) NO ( x)

Telefonía: Móvil( x ) Fija () Otra ( )

Observaciones: AREA DE CONCECION DE MAR

SITUACIÓN DEL PREDIO Alquiler: no aplica

Compra: no aplica

Comunitarias: no aplica

Zonas restringidas:

Otros (Detallar): Observaciones: UBICACIÓN COORDENADAS DE LA ZONA DEL PROYECTO. Sistema de coordenadas UTM WGS84 Zona (correspondiente al Huso Horario) para la creación de un polígono de implantación. (mínimo cuatro puntos)

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FICHA AMBIENTAL: Cultivo Sostenible de MacroAlgas Marinas para los Pescadores Artesanales de la Cooperativa de Santa Rosa de Salinas – Santa Elena- Ecuador AREA EXPERIMENTAL Este (X): 506310

Norte (Y): 9755283

Altitud (msnm): 0

Este (X): 506394

Norte (Y): 9755227

Altitud (msnm): 0

Este (X): 506367

Norte (Y): 9755142

Altitud (msnm): 0

Este (X): 506283

Norte (Y): 9755186

Altitud (msnm): 0

4.

MARCO LEGAL REFERENCIAL:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR La Constitución de la República del Ecuador, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y el Referéndum aprobatorio, que se encuentra publicado en el Registro Oficial No. 449 del lunes 20 de octubre del 2008. Título II: DERECHOS Capítulo II. Derechos del buen vivir Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Capítulo VII. Derechos de la naturaleza Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de

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los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.

Título VI: DEL RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR Capítulo I. Inclusión y equidad Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad. El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras: 1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano. 2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo. 3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión. 4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos. 5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre. 6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.

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7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo. Art. 390.- Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad.

Capítulo I. Biodiversidad y Recursos Naturales Sección Primera: Naturaleza y Medio Ambiente Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control

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ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto

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será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. Sección Segunda Biodiversidad Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad inter generacional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país. Con lo antes expuesto y en concordancia al Libro IV de la de la biodiversidad del texto Unificado de la Legislación Secundaria del Medio Ambiente, específicamente en los siguientes artículos. Art. 64.- Para efectos de determinar las acciones y actividades relacionadas con la introducción de especies exóticas, el Ministerio del Ambiente contemplará como criterios técnicos su potencial reproductivo y adaptabilidad que las haga susceptibles de convertirse en especies invasoras. Art. 65.- Toda la documentación adjunta a las solicitudes de introducción de especímenes de flora y fauna silvestres no nativas del país, y de manera especial el documento de evaluación de impacto ambiental, deberán ser suscritos por el solicitante o su representante legal. Art. 66.- El Ministerio del Ambiente no aprobará el documento de evaluación de impacto ambiental referido en el Art. 52, y por lo tanto no permitirá la importación de especímenes de la vida silvestre no nativas del país, si no se comprueba que los mismos no generarán: a) Una dispersión incontrolable, b) Una alteración significativa o destrucción de ecosistemas y hábitat de especies nativas locales, c) Transmisión de enfermedades, así como la hibridación con las especies nativas.

Además, amparados en el Acuerdo ministerial 458, de ordenamiento y control de concesiones para maricultura en ecuador, como lo menciona los siguientes artículos: Art. 3.- DE LAS ESPECIES MARINAS APTAS PARA LA MARICULTURA.- La Subsecretaría de Acuacultura mantendrá la lista actualizada de las especies marinas permitidas para su cultivo en maricultura, además de las no permitidas y en experimentación; previo informe del Instituto Nacional de Pesca. Art. 14. Previo al inicio de la operación del cultivo, el concesionario deberá haber obtenido la

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aprobación de la ficha o la licencia ambiental y el plan de manejo Art. 22.- Son obligaciones de los acuicultores las siguientes: a) Cultivar sólo las especies autorizadas por el Instituto Nacional de Pesca, y en coordinación con la Comisión Técnica de Evaluación de Riesgos de Importación, en el caso que se importen especies. 5.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD:

Cultivo experimental y piloto de la macroalga Kappaphycus alvarezii (Doty) Doty en el litoral de Salinas – Ecuador para obtener conocimiento sobre la eco fisiología, crecimiento, comportamiento en los ecosistemas locales e informaciones necesarias que subsidiaran la expansión de la actividad a partir de la elaboración de un protocolo nacional de cultivo para esa especie, además de capacitar recursos humanos para que actúen en esa actividad. Las principales justificativas y objetivos para esa iniciativa, son: análisis de los antecedentes biológicos, ecológicos y de potencial para Maricultura de la especie, además de los cuidados visando su introducción controlada, son sintetizados en los tópicos siguientes:  Actualmente, Ecuador importa cantidades significativas (aproximadamente 8 millones de USD/año) de CARRAGENINA; (Fuente: Empresa de Manifiesto 2012).  En el litoral Ecuatoriano NO existe una especie nativa CARRAGENÓFITA viable para Maricultura, que permita al país producir en gran escala y obtener Carragenina para suplir su demanda existente y futuras ampliaciones;  Los potenciales económicos de la especie K.alvarezii son: Fuente de Carragenina Kappa con gran aplicación en la Industria Alimenticia, Farmacéutica y de Cosméticos. Utilización directa en la alimentación humana como ensaladas, sopas, gelatinas; fuente de lectinas y de elementos minerales (Ca, K, Mg, Na, Cu, Fe, Mn, Iodo, Ferro).  El cultivo de K.alvarezii será realizado de manera criteriosa, con estudios y cuidados necesarios para su consolidación evaluando sus posibles impactos ecológicos a través de un monitoramiento continuo.  Los resultados de la introducción y del cultivo experimental, pueden indicar una gran alternativa para la Maricultura de Algas en el litoral Ecuatoriano. Los beneficios esperados son: 

Inclusión social y equidad de género al proporcionar nuevas fuentes ocupacionales alternativas.



Mejorar la calidad de vida de los Pescadores Artesanales beneficiados por el proyecto.

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Reducción de movimientos migratorios debido a la falta de empleo a centros urbanos donde muchas veces forman parte de los cinturones de miseria.



Alternativas de renta y empleo para la población excluida y al margen de las actividades tradicionales.



Independencia económica de la mujer, generalmente excluida de las actividades tradicionales de pesca.



Diversificación de las actividades económicas tradicionales de los Pescadores Artesanales.



Creación de una industria pionera de algas marinas en el país.



Fortalecimiento de la cadena productiva al generar una serie de nuevos empleos (insumos para las granjas, transporte, comercialización de materia prima y producto procesado entre otros) en las comunas pesqueras.



Sustitución de importaciones de insumos e ingredientes para la industria de alimentos y medicamentos.



Ingresos de divisas al país a través de la exportación de materia prima y producto procesado.

 

Mejorar los ingresos económicos de las comunidades beneficiadas. Disminución de la presión sobre los recursos pesqueros tradicionales.



Creación de nuevos nichos ecológicos y aumento de la biodiversidad marina ya que las granjas

marinas sirven de sustrato y refugio a una gran variedad de especies de peces, moluscos, crustáceos y invertebrados. 6.

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO: MATERIALES, INSUMOS, EQUIPOS Boyas, Piolas y Anclas Mesas de secado Prensa

FASE DEL PROYECTO

IMPACTOS POTENCIALES

Cultivo en el Mar Secado en Tierra Empaque

Alteracion del paisaje Alteracion del paisaje Ruido

6.1 El sistema del Cultivo en el mar: Será utilizado el sistema de “Long line Flotantes de PVC”. Las estructuras de cultivo del tipo Long line Flotantes de PVC serán instaladas dispuestas transversalmente a la línea de la costa y agrupadas en dos hileras paralelas entre sí. Cada balsa ocupa una área de 450m² y compuesta por 30 módulos (3x5 m cada), sostenidos por tubos de PVC con las extremidades cerradas. Los módulos son conectados por cabos de polipropileno y cada uno con un conjunto de 10 líneas de nylon, donde serán atadas 100 semillas

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de 100 g. Las algas serán cultivadas a una profundidad máxima de 40 cm de la lámina del agua y posicionadas perpendicularmente a la zona de acción de la mayor incidencia de corrientes. La parte inferior de cada módulo posee una red de nylon (entre nosotros 60 mm y hilo 50 mm), para proteger las algas de la acción de la herbivoria y minimizar su dispersión para el ambiente. Todo el conjunto es fijo al fondo por dos estacas, fijadas en las extremidades de las estructuras. O cultivo será posicionado a uma distância de cerca de 100 metros da faixa de praia e do costão rochoso em uma profundidade média de 5 m.

Esquema de una Balsa Flotante de cultivo de Kappaphycus alvarezii, com módulos de 5x3

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Sistema de balsa flotante de cultivo de K.alvarezii en el Mar

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6.1.1 Siembra experimental: Una vez instalada la estructura de cultivo, hacemos la siembra. El material inicial de cultivo son implantes de alga llamados talos, cada talo debe pesar 50 gramos y va amarrado a una rafia plástica a la cuerda de polipropileno (diámetro de 8mm) de siembra con 10 ejemplares en cada cuerda. Para sembrar una Balsa de cultivo de 300 m2 se necesitan 100 kilos de semilla. También será probado el sistema de “Red Tubular” plástica. Hay que tener especial cuidado en la selección de la semilla a ser utilizada, tomando en cuenta que se deben sembrar las partes más jóvenes y sanas (generalmente los extremos de las plantas). Una vez listos los talos y las cuerdas, se procede a sembrar de la siguiente manera:

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Método de siembra en líneas

Método de siembra en Red Tubular

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Método de siembra en “Red Tubular”

Método de “Red Tubular”

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7.

DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE IMPLANTACIÓN:

El área donde será realizado el cultivo experimental está localizada en la región de Salinas, caleta pesquera Santa Rosa, provincia de Santa Elena, en la ensenada de Santa Rosa, frente a la fábrica La Corona. 7.1 LINEA BASE FÍSICO DE INFLUENCIA DEL PROYECTO: El clima de la región es caracterizado como tropical caliente y seco, con mayores índices pluviométricos en los meses de verano y periodos más secos en los meses de invierno. El área está expuesta a la acción de los vientos de sur, suroeste y oeste, durante todo el año. Estos son los vientos más frecuentes y también los de mayor energía. El área disponible para el cultivo experimental posee 1 hectárea y posteriormente de acuerdo a los resultados en esta fase experimental se proyecta a 10 hectáreas en la fase de producción. Corriente y Mareas: La circulación del agua es fuertemente influenciada por el régimen de mareas, tanto en intensidad cuanto en dirección y con amplitud de 2 metros.

Temperatura agua del mar en sitio de cultivo: Es importante conocer la temperatura del agua en el sitio de la muestra tomada porque puede ayudar a predecir y/o confirmar otras condiciones del crecimiento de las algas. Bajo este punto de vista es importante conocer la temperatura del agua en el sitio de muestreo ya que una variación de temperatura puede ser un indicativo de algún suceso o no para el desarrollo del proyecto. En los resultados obtenidos in situ se puede observar uniformidad de temperatura, siendo la mayor temperatura registrada 25,70 °C y la menor 25,10 °C, valores menores que el límite máximo permisible. La temperatura ideal para el cultivo de kappaphycus es de 24°C. Kappaphycus alvarezii NO sobrevive mucho tiempo a temperaturas inferiores a 18 o como demostrado por estudios sobre su introducción experimental en el Sur de Japón (Ohno et al. 1994). Salinidad Generalmente, la macroalga K. alvarezii es estenohalina, es decir tiene un rango muy estrecho de tolerancia de salinidad, casi siempre sobre 28 ppm hasta los niveles promedio de agua oceánica. Esta especie también es sensible a la exposición al aire, a bajas Salinidades (< 28 ppm) y limitadas a pequeñas profundidades (