Etica - Funcion Publica

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO LA ETICA Y LA FUNCION PÚBLICA AUTORA: JENNYFFER M

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO LA ETICA Y LA FUNCION PÚBLICA AUTORA: JENNYFFER MASSIEL SOTIL VALLES

DOCENTE TUTOR: Mgster. PERCY EDWIN GARCIA PAREDES

CURSO: ETICA PROFESIONAL TEMA: ETICA Y LA FUNCION PÚBLICA

CODIGO: 2506132004 CAÑETE-PERU

2018

LA ETICA Y LA FUNCION PÚBLICA

FICHAS:

Título: Texto Universitario- Compilado de Deontología Forense Autor: Mario Augusto Merchan Gordillo Editorial: Texto Universitario- Serie Utex Año: 2015 Edición: 1era Edición País: Chimbote – Perú

Según Merchan M. (2015) manifiesta que: “el término ética procede del griego ethos, cuyo significado originario hacía referencia a las costumbres. Sin embargo, pronto adquirió una nueva significación filosófica, designando el carácter y el modo de ser de un individuo, en cuanto ellos habían sido adquiridos por la educación, las costumbres y los hábitos de la sociedad en la que vivía. Con la aparición de los primeros filósofos que reflexionaron sobre las normas morales, el término pasó a designar la disciplina del saber que versaba sobre la virtud y la justicia. En nuestros días, el concepto ética hace referencia a la reflexión sobre el deber y a la justificación de por qué deben ser consideradas buenas o malas (justas o injustas) ciertas acciones. Por tanto, se considera un comportamiento ético a aquel que está conforme con las normas morales. ”

“En el lenguaje coloquial es frecuente utilizar como sinónimos los conceptos de ética y de moral. Sin embargo, desde el punto de vista filosófico, muchos autores establecen una distinción importante entre ellos dos: mientras la ética sería una reflexión teórica sobre los

fundamentos o principios en los que se inspiran las normas morales concretas, la moral, en cambio, designaría al conjunto de normas y valores que una determinada colectividad considera en un momento histórico concreto como justos o correctos, es decir, como pautas del comportamiento virtuoso”. Para entender el modo y como debe aplicarse el Código de Ética de la Función Pública es preciso, ubicarnos previamente en lo que se denomina administración pública, para conocer en qué medio ha de funcionar la ética. Igualmente debe determinarse a quien se le llama servidor público y a que se llama función pública.

Sobre el particular, nos remitimos que se define lo que es función pública y servidor público. Un hecho cierto es que la administración pública pasa por un desprestigio total, no existiendo, casi ninguna institución que sea la excepción, este es el caso del poder judicial, del sector salud, de las municipalidades. Los actos de corrupción, la incompetencia y la desatención al público usuario, así como la falta de solidaridad y de conciencia del servicio que debe prestarse es calamitoso. Desde esta perspectiva el Código de Ética de la Función Pública pretende contribuir que la función pública, entendida ésta como un servicio a la nación, se haga realidad, obteniendo mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de modo que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.”

Título: Ética pública y buen gobierno- Regenerando la democracia y luchando contra la corrupción desde el servicio público Autor: Manuel Villoria Mendieta y Agustín Izquierdo Sanchez Editorial: INAP Año: 2016 Edición: 1era edición País: México

Según Villoria M e Izquierdo A. (2016) nos dice: que la ética se compone de un conjunto de juicios y de reglas que sirven para orientar nuestro comportamiento en la vida. Se comporta como una autoridad interna por la que regulamos nuestros actos y juzgamos tanto nuestra conducta como la de los demás. La brújula de la moral nos ayuda a distinguir que tipo de vida y que tipo de acciones debemos escoger. Según Villoria M e Izquierdo A. (2016) cita a Adam Smith quien sostiene: “quien piensa que pongamos donde pongamos el fundamento de la moral, sobre cualquier principio de la naturaleza, el sentimiento o la razón, es indudable que tenemos las facultades morales para orientar nuestro comportamiento en esta vida, son las instancias superiores que juzgan nuestros actos y vigilan nuestros sentidos.” “La ética aplicada en el campo de las profesiones se concreta a veces en la elaboración de códigos de conducta, conjunto de reglas o pautas que regulan la conducta de los miembros de una determinada profesión, evidenciando la corrección e incorrección de ciertas prácticas de esa profesión. La ética del gobierno y de la administración, después de analizar las posibles conductas que pueden adoptar los trabajadores que desarrollan su actividad en instituciones públicas y su adecuación con los criterios normativos morales, elabora un conjunto de normas reguladoras de su actividad profesional. Uno de los objetivos de estos códigos es hacer

presente a los miembros de las organizaciones públicas la dimensión moral de su actividad que en muchas ocasiones queda en penumbra por lo que apenas es percibida. La ética gubernamental está dirigida a diversos grupos de profesionales, que van desde los cargos electos del gobierno y del parlamento hasta los funcionarios públicos.”

Título: Derecho, Gerencia y Desarrollo Autor: Francisco Córdova Sanchez Web: Recuperado: http://formatoapa.com/como-citar-paginas-deinternet/#Documento_web_pagina_web_o_informe

Editorial: Servicio ofrecido por la Dirección de informática Académica- El Tiempo Año: 10/07/2011 Edición: Texto editado País: Lima- Perú

Según Córdova S. (10-07-11). Derecho, gerencia y desarrollo. Recuperado de http: formatoapa.com/como-citar-paginas-de-internet/#Documento_web_pagina_web_o_informe Con mucha preocupación, aunque sin mucha sorpresa, la ciudadanía viene observando algunos comportamientos reñidos con la ética en las nuevas gestiones, locales y regionales. Es evidente que las antiguas prácticas del acuerdo bajo la mesa, el tarjetazo, el padrinazgo, el “tráfico de influencias” y otras modalidades conocidas, aún persisten en los pasillos y sillones de la administración pública nacional.

La Contraloría General de la República ha calculado que en el país los actos de corrupción perjudican al Estado, es decir a todos los peruanos, con una suma que varía entre 6 y 10 mil millones de soles (no hay una cifra exacta) anuales, y si no hacemos nada, esa cantidad y más se perderá todos los años venideros.

Esta realidad es innegable no obstante que el estado, en los últimos años, ha dado importantes pasos en la lucha contra este flagelo. Existe un conjunto de normas que orientan la construcción de un Estado eficiente, transparente y al servicio del ciudadano. Sin embargo, esto no es suficiente para detener esta lacra social que merma las arcas del estado, desprestigia a la administración pública y descompone a la sociedad nacional.

Las autoridades y funcionarios públicos deben recordar que existe un Código de Ética de la Función Pública, sustentado en principios y valores, que se propone lograr un desempeño ético de los cargos públicos. Mediante una Directiva de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobada por Resolución Ministerial N° 050-2009-PCM/SGP, del 4 de febrero de 2009, se establece que la promoción de este Código está a cargo de la Secretaría General de cada entidad del Estado. Se dispone la conformación de Grupos de Trabajo para el Fomento de la Ética, encargados de difundir el Código entre los servidores y funcionarios de cada dependencia estatal. ¿Alguna institución pública, sectorial, municipal o regional del país, habrá cumplido con este encargo?

Además, desde el año 2008 se aprobó el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, instrumento consensuado entre organismos del Estado, instituciones privadas, colegios profesionales y organizaciones de la sociedad civil. Entre otros, este Plan tiene el objetivo de institucionalizar en la Administración Pública las prácticas de buen gobierno, la ética, y la transparencia, y de lograr el compromiso de la sociedad para que participe de manera activa en la lucha contra la corrupción. Por otra parte, para ahondar en el análisis, en las instituciones públicas debe recordarse que la Vigésimo Sexta Política de Estado aprobada por el Acuerdo Nacional, establece compromisos sobre promoción de la ética y la transparencia y la erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas.

Finalmente, en Piura por ejemplo, mediante Ordenanza Regional N° 202-2011 se ha puesto en marcha el Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, con la finalidad de articular las acciones de las instituciones del Estado en la Región Piura, para la promoción de la ética en la función pública y la prevención y lucha contra la corrupción.

Poner en práctica estas disposiciones requiere promover la vigilancia ciudadana, que demande de los gestores públicos transparencia y rendición de cuentas; se necesita también eliminar las trabas burocráticas para el acceso a la información pública, sobre planes, programas y gasto público; asimismo, capacitar y sensibilizar a los funcionarios públicos resaltando y premiando las buenas prácticas gubernamentales; y, principalmente, erradicar la ilegal e indecorosa práctica de gestión de intereses particulares, realizada mayormente por regidores, consejeros y altos funcionarios, que genera conflictos en el desempeño de su función y les procura la obtención de ventajas indebidas. Si no es así, todos estos esfuerzos normativos, las acciones positivas desarrolladas por muchas instituciones estatales (como el Sistema Regional Anticorrupción de Piura), los valiosos instrumentos introducidos en el proceso de modernización del Estado, y el generoso esfuerzo de honestos servidores públicos (que los hay, y muchos), se habrán quedado solamente en el nivel de las “buenas intenciones”, lejos de un desempeño basado en principios y valores, y en el cumplimiento de deberes que garantice el profesionalismo y la eficacia en el ejercicio de la función pública, puesta al servicio de los ciudadanos y de la sociedad en general

Título: La ética, los derechos y la justicia Autor: Julio de Zan Editorial: Adenauer - Stiftung E.V Año: 2004 Edición: FORES- foro de estudios sobre la administración de justicia País: Montevideo- Uruguay

Según De Zan J. (2004) nos dice que: “las palabras “ética” y “moral” tienen un significado etimológico semejante en sus raíces griega y latina. En el uso común se emplean casi siempre indistintamente y, a veces, conjuntamente, aunque quienes las usan así probablemente no serían capaces de decirnos con precisión si significan lo mismo o se refieren a algo diferente. De todos modos, quizás para dar mayor énfasis retórico al discurso, parece que suena bien reforzar a la “ética” con la “moral”, aun a riesgo de incurrir en una redundancia, como ocurre si nos atenemos al significado etimológico de los términos. En el lenguaje filosófico contemporáneo se han estipulado, sin embargo, dos distinciones y dos clases de definiciones diferentes de estos términos. En un primer sentido se comprende a lo moral como una dimensión que pertenece al mundo vital, o al Lebenswelt, y que está compuesta de valoraciones, actitudes, normas y costumbres que orientan o regulan el obrar humano. Se entiende a la ética, en cambio, como la ciencia o disciplina filosófica que lleva a cabo el análisis del lenguaje moral y que ha elaborado diferentes teorías y maneras de justificar o de fundamentar y de revisar críticamente las pretensiones de validez de los enunciados morales. Por eso, coincidiendo con un uso lingüístico no del todo desacostumbrado en filosofía, se puede usar el término Ética como sinónimo de filosofía de lo moral. Conforme a este uso del lenguaje, la ética puede considerarse entonces como una ciencia que pertenece al campo de la filosofía, como la metafísica o la epistemología, mientras que lo moral es, en general, el objeto de esta ciencia, es decir, lo que ella estudia.”

Que es la función publica

La ética tiene un importante impacto público en la estabilidad y sostenibilidad del orden social y democrático, pues si el vínculo de confianza entre ciudadanos e instituciones se rompe y las personas no se sienten representadas o protegidas por las organizaciones, se pueden sentir proclives a apoyar iniciativas políticas no democráticas.

Toda actividad hecha por una persona en nombre del estado o de las entidades del estado. Es una actividad pagada temporal o permanente.

Se necesita tener muy claro el fin, la meta por la que cobra sentido la administración pública. Es curioso, pero el déficit ético que enfrentan los organismos públicos en general está muy relacionado con una cierta desconexión con los objetivos centrales de estas instituciones.

La administración pública existe para servir al interés general; es decir, para promover y proteger el ejercicio de los deberes y derechos de la ciudadanía. Pero a decir de Adela Cortina, en muchos casos la Res Pública, que es la cosa de todos, se gestiona como "cosa nostra". En otras palabras, como si se tratase de un organismo diseñado para servir al interés de unos pocos

Fines de la Función Pública

Los fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.