Estado de Resultados Integral

Universidad Central del Ecuador Facultad de Ciencias Administrativas Contabilidad y Auditoria Contabilidad II Nombres: E

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Universidad Central del Ecuador Facultad de Ciencias Administrativas Contabilidad y Auditoria Contabilidad II Nombres: España Valeria – Suntaxi Nicole Curso: CA 2-3

ESTADO DE RESULTADOS INTEGRAL Y ESTADO DE RESULTADOS DEFINICIÓN El estado de resultado integral (ERI) es un estado financiero que exhibe las partidas de ingresos, costos y gastos de un periodo explícito, que refleja: el resultado (beneficio o pérdida) y las partidas del otro resultado integral (ORI) reconocidas por fuera del resultado, es decir, partidas que al inicio no se tratan específicamente como un ingresos, gastos o costos, debido a que estas partidas son ganancias o pérdidas no realizadas en el periodo. Los importes considerados por fuera del resultado a falta de especificación de la NIIF se reconocen en el patrimonio, separadas de las utilidades o pérdidas netas acumuladas. OBJETIVOS Efectuar una evaluación justa de la rentabilidad de la empresa. Conocer la capacidad de la empresa de generar utilidades. Conocer la forma en que la empresa puede optimizar tus recursos para maximizar tus utilidades. Medir el desempeño financiero de la empresa, es decir, cuánto se invierte y cuanto se gasta. Determinar con mejores bases e información la repartición de los dividendos según las utilidades obtenidas durante el periodo. Estimar el flujo de efectivo, proyectar las ventas futuras de manera precisa utilizando este estado como base.

ESTRUCTURA GENERAL DE LOS ESTADOS DE RESULTADOS Ventas o ingresos, netos - Costos de ventas = Utilidad o pérdida bruta - Gastos generales (+/-) Otros ingresos y gastos (+/-) Resultado integral de Financiamiento Gastos por intereses Ingresos por intereses Fluctuaciones cambiarias Cambios en el valor razonable de activos y pasivos financieros Ganancias o pérdidas, a la fecha de la reclasificación o baja, por la evaluación a valor razonable de un activo financiero que estaba valuado a costo amortizable. (+/-) Participación en la utilidad de impuestos a la utilidad = Utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad - Impuestos a la utilidad = Utilidad o perdida de antes de operaciones continuas (+/-) Operaciones descontinúas = Utilidad o pérdida neta

NIIF PARA PYMES – SECCIÓN 5 ALCANCE DE ESTA SECCIÓN Esta sección requiere que una entidad presente su resultado integral total para un periodo―es decir, su rendimiento financiero para el periodo―en uno o dos estados financieros. Establece la información que tiene que presentarse en esos estados y cómo presentarla. PRESENTACIÓN DEL RESULTADO INTEGRAL TOTAL Una entidad presentará su resultado integral total para un periodo: (a) en un único estado del resultado integral, en cuyo caso el estado del resultado integral presentará todas las partidas de ingreso y gasto reconocidas en el periodo, o (b) en dos estados―un estado de resultados y un estado del resultado integral―, en cuyo caso el estado de resultados presentará todas las partidas de ingreso y gasto reconocidas en el periodo excepto las que estén reconocidas en el resultado integral total fuera del resultado, tal y como permite o requiere esta NIIF. Un cambio del enfoque de un único estado al enfoque de dos estados o viceversa es un cambio de política contable al que se aplica la Sección 10 Políticas Contables, Estimaciones y Errores. ENFOQUE DE UN ÚNICO ESTADO Según el enfoque de un único estado, el estado del resultado integral incluirá todas las partidas de ingreso y gasto reconocidas en un periodo a menos que esta NIIF requiera otro tratamiento. Esta NIIF proporciona un tratamiento diferente para las siguientes circunstancias: (a) Los efectos de correcciones de errores y cambios en las políticas contables se presentan como ajustes retroactivos de periodos anteriores y no como parte del resultado en el periodo en el que surgen (véase Sección 10). (b) Se reconocen tres tipos de otro resultado integral como parte del resultado integral total, fuera del resultado, cuando se producen: (i) Algunas ganancias y pérdidas que surjan de la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero (vea la Sección 30 Conversión de Moneda Extranjera). (ii) Algunas ganancias y pérdidas actuariales (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados). (iii) Algunos cambios en los valores razonables de los instrumentos de cobertura (véase la Sección 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros).

Como mínimo, una entidad incluirá, en el estado del resultado integral, partidas que presenten los siguientes importes del periodo: (a) Los ingresos de actividades ordinarias. (b) Los costos financieros. (c) La participación en el resultado de las inversiones en asociadas (véase la Sección 14 Inversiones en Asociadas) y entidades controladas de forma conjunta (véase la Sección 15 Inversiones en Negocios Conjuntos) contabilizadas utilizando el método de la participación. (d) El gasto por impuestos excluyendo los impuestos asignados a los apartados (e), (g) y (h) a continuación (véase el párrafo 29.27). (e) Un único importe que comprenda el total de: (i) El resultado después de impuestos de las operaciones discontinuadas, y (ii) La ganancia o pérdida después de impuestos reconocida en la medición al valor razonable menos costos de venta, o en la disposición de los activos netos que constituyan la operación discontinuada. (f) El resultado (si una entidad no tiene partidas de otro resultado integral, no es necesario presentar esta línea). (g) Cada partida de otro resultado integral [véase el párrafo 5.4(b)] clasificada por naturaleza [excluyendo los importes a los que se hace referencia en el apartado (h)]. (h) La participación en el otro resultado integral de asociadas y entidades controladas de forma conjunta contabilizadas por el método de la participación. (i) El resultado integral total (si una entidad no tiene partidas de otro resultado integral, puede usar otro término para esta línea tal como resultado). Una entidad revelará por separado las siguientes partidas en el estado del resultado integral como distribuciones para el periodo:

(a) El resultado del periodo atribuible a (i) La participación no controladora. (ii) Los propietarios de la controladora. (b) El resultado integral total del periodo atribuible a (i) La participación no controladora; (ii) Los propietarios de la controladora. ENFOQUE DE DOS ESTADOS Según el enfoque de dos estados, el estado de resultados presentará, como mínimo, las partidas que presenten los importes descritos en los apartados (a) a (f) del párrafo 5.5 del periodo, con el resultado en la última línea. El estado del resultado integral comenzará con

el resultado como primera línea y presentará, como mínimo, las partidas que presenten los importes descritos en los apartados (g) a (i) del párrafo 5.5 y el párrafo 5.6 del periodo. REQUERIMIENTOS APLICABLES A AMBOS ENFOQUES Según esta NIIF, los efectos de correcciones de errores y cambios en las políticas contables se presentarán como ajustes retroactivos de periodos anteriores y no como parte del resultado en el periodo en el que surgen (véase la Sección 10). Una entidad presentará partidas adicionales, encabezamientos y subtotales en el estado del resultado integral (y en el estado de resultados, si se presenta), cuando esta presentación sea relevante para comprender el rendimiento financiero de la entidad. Una entidad no presentará ni describirá ninguna partida de ingreso o gasto como “partidas extraordinarias” en el estado del resultado integral (o en el estado de resultados, si se presenta) o en las notas. DESGLOSE DE GASTOS Una entidad presentará un desglose de gastos, utilizando una clasificación basada en la naturaleza o en la función de los gastos dentro de la entidad, lo que proporcione una información que sea fiable y más relevante. DEGLOSE POR NATURALEZA DE GASTOS (a) Según este método de clasificación, los gastos se agruparán en el estado del resultado integral de acuerdo con su naturaleza (por ejemplo depreciación, compras de materiales, costos de transporte, beneficios a los empleados y costos de publicidad) y no se redistribuirán entre las diferentes funciones dentro de la entidad. DESGLOSE POR FUNCIÓN DE GASTOS (b) Según este método de clasificación, los gastos se agruparán de acuerdo con su función como parte del costo de las ventas o, por ejemplo, de los costos de actividades de distribución o administración. Como mínimo una entidad revelará, según este método, su costo de ventas de forma separada de otros gastos.

ORI en las NIIF para las Pymes 1) En el enfoque de un único estado se permite que una entidad presente las partidas del ORI después de El resultado (ganancia o pedida) del periodo, reconociendo en las NIIF para las Pymes versión 2009 tres tipos de partidas en el otro resultado integral, cuando se producen algunas:   

Ganancias y pérdidas por conversión de estados financieros de un negocio en el extranjero (Ver sección 30) Ganancias y pérdidas actuariales (Ver sección 28) Cambios en los valores razonables de los instrumentos de cobertura (Ver sección 12)

 

En la versión 2015 de las NIIF para las Pymes, se adiciono un cuarto elemento cuando se producen: Cambios en el superávit de revaluación para las propiedades, planta y equipo (Ver sección 17)

Las entidades que apliquen el estándar podrán reflejar los anteriores ítems en el otro resultado integral del periodo. Si la entidad tiene asociadas, reflejara la participación del Oro resultado integral de las asociadas. Si otra NIIF requiere que una partida diferente a las mencionadas se reconozca en el otro estado de resultado, deberá cumplir con dicha disposición. En el enfoque de un único estado la presentación del estado financiero como un único resultado integral del periodo, en las NIIF para las Pymes versión 2009 se presentará de la siguiente forma:

2) En el enfoque de dos estados la entidad presentará el estado de resultado (Ingresos, menos cotos y gastos) separado del otro estado de resultado u otro resultado integral (partidas fuera del resultado), iniciando el ORI con la ganancia o pérdida del periodo, como se ilustra a continuación:

En ambos métodos se aplicara: Cuando la entidad presente correcciones de errores y/o cambios en las políticas contables, no se reconocerán en el estado de resultado ni en el resultado integral del periodo en el que se descubran. Se presentaran en el estado financiero del año anterior, como cifras re expresadas de ajustes retroactivos, es decir, afectaran las ganancias y pérdidas en el patrimonio del periodo que correspondió el error y/o el cambio de la política contable, como si nunca hubiera existido. Igualmente si la entidad tiene asociadas y controla entidades de forma conjunta reflejara en el otro resultado del periodo o en el resultado integral total del periodo las participaciones contabilizadas por el método de participación y, revelara por separado las partidas atribuibles a:  

La participación no controladora. Los propietarios de la controladora.

Referencia: https://www.icicat.co/normatividad/finanzas/normas-internacionales/niif-parapymes/seccion-5-estado-del-resultado-integral-y-estado-de-resultados https://es.scribd.com/doc/49680742/Ejemplo-de-Est-del-resultado-integral http://mentescontables.com/presentacion-del-otro-resultado-integral-ori-nic1-y-niif-paralas-pymes-version-2009-y-2015/