ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL Y ESTADO DE RESULTADOS

Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Económicas Escuela de Contaduría Pública y Auditoría Seminar

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Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de Ciencias Económicas Escuela de Contaduría Pública y Auditoría Seminario de Casos de Contabilidad

NIIF PARA PYMES SECCIÓN 5: ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL Y ESTADO DE RESULTADOS

Guatemala, 22 de julio de 2019

INDICE

CAPÍTULO I SECCIÓN 5: ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL Y ESTADO DE RESULTADOS 1.1

Alcance

2

1.2

Objetivos

2

1.3

Presentación del resultado integral total

3

1.4

Enfoque del estado único

4

1.4.1

Información a presentar en el Estado del Resultado Integral

6

1.5

Enfoque de dos estados

9

1.6

Requerimientos aplicables a ambos enfoques

10

1.6.1

Ejemplo

10

1.7

Desglose de gastos

12

1.7.1

Por la naturaleza de los gastos

12

1.7.2

Por la función de los gastos

12

1.8

Comparación con las NIIF completas

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SECCIÓN 5: ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL Y ESTADO DE RESULTADOS

El concepto de resultados conocido también como resultado neto, es a menudo usado como una medida del rendimiento, que no es más que la relación entre los ingresos y los gastos en la actividad de una entidad durante un período, o base de otras evaluaciones, tales como el rendimiento de las inversiones o las ganancias por acción.

Esta sección específica la presentación de ingresos y gastos que son los elementos directamente relacionados con las medidas de resultado de una entidad. Ingresos son los incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de las obligaciones, que dan como resultado aumentos del patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios a este patrimonio. Gastos son los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien de por la generación o aumento de los pasivos, que dan como resultado decrementos en el patrimonio, y no están relacionados con las distribuciones realizadas a los propietarios de este patrimonio.

Realizar distinciones entre partidas de ingresos y gastos, y combinarlas de diferentes formas, también permite que se presenten diversas medidas del rendimiento. Estas medidas se diferencian en cuanto a las partidas que incluyen. Una entidad puede revelar partidas, encabezamientos y subtotales adicionales en

sus estados de rendimiento financiero, si dicha presentación es relevante para comprender el rendimiento financiero de la entidad.

1.1 Alcance

Establece que las pequeñas y medianas entidades presenten su rendimiento financiero, es decir, las ganancias o pérdidas que se generen durante un periodo determinado; y sea reflejado en uno o dos estados financieros, así mismo, indica los procedimientos y la información que debe revelarse en dichos estados y cómo presentarla.

1.2 Objetivos

Dentro de los objetivos que persigue la Norma Internacional de Información para Pequeñas y Medianas entidades (NIIF para Pymes) sección 5, se mencionan: 

Comprender la opción entre el enfoque de un único estado y el enfoque de dos estados.



Contar con la habilidad para presentar un estado del resultado integral.



Contar con la habilidad para presentar un estado de resultados.



Conocer qué partidas de ingresos y gastos se presentan como otro resultado integral.



Analizar los gastos por su naturaleza y por su función.

2

1.3 Presentación del resultado integral total

De acuerdo a la norma, el resultado integral total que es la diferencia aritmética entre ingresos y gastos distintos de las partidas de ingresos y gastos denominadas partidas de otro resultado integral, se puede presentar en uno o dos estados, sin embargo, en el caso de presentar una u otra opción debe contener la siguiente información: a. En un solo estado denominado, Estado de Resultados Integral, en el que se mostrarán todas las partidas de ingresos y gastos que se hayan efectuado y reconocido durante el período. b. En el caso de ser dos los estados financieros que presenten el resultado integral, el primero deberá denominarse como Estado de Resultados y el segundo se denominará Estado de Resultados Integral Total, en tal caso el Estado de Resultados presentará todos los ingresos y gastos reconocidos durante el periodo que se está trabajando, con excepción de aquellas que están reconocidas fuera del resultado las cuales incluyen ajustes por reclasificación, que se encuentran en el Estado de Resultados Integral.

Se establece que un cambio en el enfoque que se le dé a este estado como un único estado o ambos estados, o viceversa, resulta ser un cambio en una política contable y se debe observar las disposiciones que establece la Sección 10 Cambios en las políticas contables, Estimaciones y Errores, que exige que una entidad elija y aplique sus políticas contables de forma coherente y las cifras comparativas se re expresan en estados financieros después de un cambio de enfoque. Además, una entidad no puede cambiar su política contable salvo que el cambio diera lugar a estados contables que ofrecen información fiable y más relevante acerca de los efectos de las transacciones u otros hechos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento o los flujos de efectivo de la entidad.

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1.4 Enfoque del estado único

Según el enfoque de un estado único, el Estado de Resultado Integral por ser el estado financiero que muestra ordenada y detalladamente la forma en que se obtuvo el resultado del ejercicio durante un periodo determinado de una entidad debe presentar todas las partidas de ingresos y gastos reconocidas en un período, a menos que la Norma requiera lo contrario. Por lo tanto, este estado financiero debe aplicarse adecuadamente para que la información contable que presente, sea útil y confiable para la toma de decisiones.

También se debe considerar el tratamiento distinto que la Norma presenta ante circunstancias diferentes, como:

a. Según la sección 10 sobre Políticas, Estimaciones y Errores Contables todos los efectos de correcciones de errores y cambios en las políticas contables se deben presentar como ajustes retroactivos de periodos pasados, es decir aplicar los cambios contables como si se hubieran aplicado siempre, los cuales pueden afectar resultados de períodos anteriores, resultados futuros o ambos; y no como parte del resultado actual del momento que surgen. b. La norma reconoce cuatro tipos de otro resultado integral que forman parte del resultado integral total pero fuera del resultado, siendo las siguientes: 

Según la Sección 30 sobre Conversión de Moneda Extranjera, algunas ganancias o pérdidas que resulten como resultado de la conversión de estados financieros producto de negocios en el extranjero. Una entidad reconocerá, en los resultados del periodo en que aparezcan, las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias o al convertir las partidas monetarias a tasas diferentes de las que se utilizaron para su conversión en el reconocimiento inicial durante el

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periodo o en periodos anteriores, excepto las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio en el extranjero de la entidad que informa se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de esa entidad, o en los estados financieros individuales del negocio en el extranjero, según resulte apropiado. En los estados financieros que contengan al negocio en el extranjero y a la entidad que informa, estas diferencias de cambio se reconocerán en otro resultado integral y se presentarán como un componente del patrimonio. No se volverán a reconocer en el resultado del periodo en el momento de la disposición de la inversión neta. 

Según la Sección 28 sobre Beneficios a los Empleados, requiere que una entidad reconozca todas las ganancias y pérdidas actuariales en el periodo en que se produzcan. Una entidad reconocerá todas las ganancias y pérdidas actuariales en resultados; o reconocerá todas las ganancias y pérdidas actuariales en otro resultado integral. como una elección de la política contable. La entidad debe aplicar la política contable elegida de manera uniforme a todos los planes de beneficios definidos y a todas las ganancias y pérdidas actuariales. Las ganancias y pérdidas actuariales reconocidas en otro resultado integral se presentarán en el estado del resultado integral.



Según la Sección 12, sobre Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros, indica que una entidad deberá interrumpir de forma prospectiva la contabilidad de coberturas cuando el instrumento de cobertura expirase, fuese vendido o resuelto, la cobertura dejase de cumplir los requisitos establecidos para la contabilidad de coberturas, en una cobertura de una transacción prevista, ésta dejase de ser altamente probable o la entidad revocase la designación. Si ya no se espera que ocurra la transacción prevista o si el instrumento de deuda

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cubierto medido al costo amortizado se da de baja en cuentas, cualquier ganancia o pérdida en el instrumento de cobertura que haya sido reconocida directamente en el otro resultado integral se reclasificará al resultado del periodo. cambios del superávit por revaluación para las propiedades de planta y equipo pertenecientes a la entidad. 

Según la Sección 17 sobre Propiedades, Planta y Equipo indica que si una entidad incrementa el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, este aumento se reconocerá directamente en otro resultado integral y se acumulará en el patrimonio, bajo el encabezamiento de superávit de revaluación. Sin embargo, el incremento se reconocerá en el resultado del periodo en la medida en que sea una reversión de un decremento por revaluación del mismo activo reconocido anteriormente en el resultado del periodo. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del periodo. Sin embargo, la disminución se reconocerá en otro resultado integral en la medida en que existiera saldo acreedor en el superávit de revaluación en relación con ese activo. La disminución reconocida en otro resultado integral reduce el importe acumulado en el patrimonio contra la cuenta de superávit de revaluación.

1.4.1 Información a presentar en el Estado del Resultado Integral

Como mínimo una entidad debe presentar en el Estado de Resultado Integral, las partidas que presenten los siguientes importes del periodo: a. Ingresos de actividades ordinarias: Es la entrada bruta de beneficios económicos, durante el periodo, surgidos en el curso de las actividades ordinarias de una entidad, siempre que tal entrada de lugar a un aumento

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en el patrimonio, que no esté relacionado con las aportaciones de los propietarios de ese patrimonio. b. Costos financieros: Son los que se originan por la obtención de recursos ajenos

que

la

empresa

necesita

para

su

desenvolvimiento

y

funcionamiento operativo. Es un esfuerzo, consumo de factores, para alcanzar un resultado, un producto. c. Participación en el resultado de las inversiones: La asociada es una entidad sobre la que el inversor posee influencia significativa, y no es una subsidiaria ni constituye una participación en un negocio conjunto. La asociada puede adoptar diversas modalidades, entre las que se incluyen las entidades sin forma jurídica definida, tales como las formuladas asociativas con fines empresariales. Participación en entidades controladas de forma conjunta: Un negocio conjunto es un acuerdo contractual mediante el cual dos o más partes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto. Los negocios conjuntos pueden tomar la forma de operaciones, activos, o entidades controladas de forma conjunta. Normalmente, el acuerdo del negocio conjunto establecerá la forma en que los participantes compartirán los ingresos ordinarios provenientes de la venta del producto conjunto y cualquier gasto incurrido en común. d. Gasto por impuestos: Gasto por impuesto a las ganancias es el importe total que, por este concepto, se incluye al determinar la ganancia o pérdida neta del período, contenido tanto el impuesto corriente como el diferido. Se exceptúan los apartados e, g y h, siguientes. e. Un único importe que abarque el total sobre: 

El

resultado

después

del

impuesto

sobre

las

operaciones

descontinuas, que se definen como un componente de una entidad del que se ha dispuesto o que se mantiene para la venta, y representa una línea de negocio o un área geográfica, que es significativa y puede

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considerarse separada del resto. También, que es parte de un único plan coordinado para disponer de una línea de negocio o de un área geográfica de la operación que sea significativa y pueda considerarse separada del resto; o es una entidad dependiente adquirida exclusivamente con la finalidad de revenderla. 

La ganancia o pérdida al deterioro de valor de los activos se incluye en la partida de operaciones discontinuadas presentada en el estado del resultado integral. La Sección 27 Deterioro del Valor identifica “planes de discontinuación o reestructuración de la operación a la que pertenece el activo” y “planes para disponer del activo antes de la fecha prevista” como fuentes internas de información que indican que un activo puede tener un deterioro del valor. La presencia de dichos indicadores obliga a la entidad a realizar una comprobación del deterioro del valor respecto del activo. Cuando una entidad espera recuperar el importe en libros de los activos de una operación discontinuada a través de la venta, el valor en uso de dichos activos se aproximaría a su valor razonable menos los costos de venta. En la medida en que el importe en libros de los activos supere su importe recuperable, se reconoce una pérdida por deterioro.

f. El resultado únicamente si la entidad tiene partidas de otro resultado integral, si no, no es necesario presentar esta línea. g. Cada partida de otro resultado integral clasificada por naturaleza a excepción de los importes del inciso h, las cuales se agruparán de acuerdo con esta Norma: 

No se reclasifiquen posteriormente en el resultado del periodo, mencionados en el punto 2.3 inciso b, punto uno, dos y cuatro



Se reclasifiquen posteriormente en el resultado del periodo, cuando se cumplan las condiciones específicas, mencionado en el punto 2.3 inciso b, tercer punto.

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h. La participación en el otro resultado integral de asociadas y entidades controladas de forma conjunta, contabilizadas por el método de la participación. i.

Resultado integral total que es el cambio en el patrimonio durante un periodo, que procede de transacciones y otros sucesos, distintos de aquellos cambios procedentes de transacciones con los propietarios en su condición de tales y lo usará si la entidad tiene partidas de otro resultado integral, si no, puede usar otro término en esta línea.

También la entidad deberá revelar de forma separada las siguientes partidas, en el Estado del Resultado Integral, como distribuciones que forman parte del periodo: 1. El resultado y resultado integral total del periodo atribuible a: 

Participación no controladora.



Los propietarios de la controladora.

1.5 Enfoque de dos estados

De acuerdo con esta norma, la entidad debe de presentar el estado de resultados de acuerdo a las partidas correspondientes al ingreso de actividades ordinarias, los costos financieros, las inversiones en asociadas y entidades controladas de forma conjunta, así como los gastos por impuestos, operaciones discontinuadas y la ganancia o pérdida después de los impuestos.

Por otro lado, el estado de resultados integral debe ser presentado a través de las partidas de otro resultado integral, es decir de las ganancias y pérdidas que puedan surgir de estados financieros de un negocio extranjero, ganancias y pérdidas actuariales y cambios que se puedan dar a los valores razonables de los instrumentos de cobertura.

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Un cambio del enfoque de un único estado al enfoque de dos estados o viceversa es un cambio de política contable. Si una entidad no tiene partidas de otro resultado integral en ninguno de los periodos para los que se presentan estados financieros, puede presentar solo un estado de resultados o un estado del resultado integral en el que la última línea se denomine “resultado”.

1.6 Requerimientos aplicables a ambos enfoques

Cuando se presente un error o se dé un cambio en una política contable, por ningún motivo de los efectos retroactivos de periodos anteriores al que se esté trabajando, se presentarán como parte del resultado que afecte, sino como un ajuste que tendrá un efecto retroactivo de periodos anteriores.

La entidad deberá presentar información tal como partidas adicionales, encabezados y subtotales en el estado de resultados integral, siempre que sea para el cumplimiento de los principios de relevancia y comprensibilidad del rendimiento financiero de la entidad.

1.6.1 Ejemplo

Un empresario puede presentar partidas adicionales como margen bruto, ganancia antes de impuestos, ganancia por operaciones continuadas en su estado consolidado del resultado integral ya que la gerencia considera que dicha presentación es relevante para comprender el rendimiento financiero de la entidad.

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EMPRESA RAYO SOL S.A. ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018

2018

2017

Ingresos ordinarios

Q 680,000.00

Q 525,000.00

Costo de ventas

Q 400,000.00

Q 300,000.00

MARGEN BRUTO

Q 280,000.00

Q 225,000.00

Gastos de ventas

Q

8,580.00

Q

5,830.00

Gastos de administración

Q

50,000.00

Q

40,000.00

Gastos financieros

Q

22,300.00

Q

19,700.00

Participación en las ganancias de asociadas

Q

42,100.00

Q

38,560.00

GANANCIA ANTES DE IMPUESTOS

Q 241,220.00

Q 198,030.00

Gasto por impuestos a las ganancias

Q

Q

GANANCIA DEL AÑO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS

Q 180,915.00

Q 150,522.00

Perdida del año procedente de operaciones discontinuadas

Q

Q

GANANCIA NETA

Q 156,135.00

Q 148,522.00

Diferencia de cambio al proceder a la conversión por negocios en el extranjero

Q

10,260.00

-Q 22,360.00

Participación de otro resultado integral de asociadas

Q

3,800.00

Q

OTRO RESULTADO INTEGRAL DEL AÑO

Q

6,460.00

-Q 27,110.00

RESULTADO INTEGRAL TOTAL DEL AÑO

Q 162,595.00

Q 121,412.00

60,305.00

24,780.00

47,508.00

2,000.00

OTRO RESULTADO INTEGRAL

4,750.00

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Por ningún motivo, la entidad deberá presentar partidas relacionadas a ingresos o gastos como “partidas extraordinarias”, ya sea que haya decidido adoptar el enfoque de un estado o de ambos estados, y de igual manera en el caso de las notas a los Estados Financieros.

1.7 Desglose de gastos

Las entidades de acuerdo a esta norma podrán presentar los gastos, de acuerdo a su naturaleza o su función, de tal manera que cumplan con los principios de fiabilidad y relevancia, atendiendo a la naturaleza del negocio, y a las necesidades específicas de esta.

1.7.1 Por la naturaleza de los gastos

Esta representación de los gastos se establece a partir de la naturaleza de la cuenta que genera los gastos, agrupándose por los diferentes grupos de cuentas tales como depreciaciones, transportes o beneficios a empleados, dejando por un lado las funciones de cada una de éstas, dentro de la entidad.

1.7.2 Por función de los gastos

En esta clasificación los gastos se presentan dentro del estado financiero atendiendo de la función que cumplen dentro de la entidad, distribuyéndose como aquellas que forman parte del costo de ventas, así como aquellas que son parte de las funciones de administración y distribución dentro de la organización. La entidad debe atender esta clasificación al menos en las cuentas que forman su costo de ventas mostrando estas de forma separada.

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1.8 Comparación con las NIIF completas

Las diferencias principales entre los requerimientos para presentar el rendimiento financiero de una entidad (es decir, el resultado integral) de acuerdo con las NIIF completas son: 

La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simplificado.



La NIIF para las PYMES sólo tiene tres partidas de otro resultado integral: la conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero, algunos cambios en los valores razonables de los instrumentos de cobertura, y las ganancias y pérdidas actuariales de los planes de beneficios definidos. Las NIIF completas tienen más partidas de resultado integral (por ejemplo: cambios acumulativos en el valor razonable de los activos financieros disponibles para la venta y las ganancias sobre la revaluación de propiedades, planta y equipo, y bienes intangibles).



Si la entidad que aplica las NIIF completas clasifica sus gastos por función, también se le exige que revele información sobre la naturaleza de los gastos. La NIIF para las PYMES no exige explícitamente que se revele esta información adicional sobre la naturaleza de los gastos.

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