Escrito de Replica Firmado

Rodolfo Ortíz Rodríguez Director General de “E-Consulta.com” Miguel Ángel León Carmona Director de “La silla rota Veracr

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Rodolfo Ortíz Rodríguez Director General de “E-Consulta.com” Miguel Ángel León Carmona Director de “La silla rota Veracruz”:

Mtra. Blanca Flor Ramón Peralta, en ejercicio de mi derecho de réplica a que hace referencia el numeral 6 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 3, 4, 6, 10 y demás relativos y aplicables de la Ley reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la constitución política de los estados unidos mexicanos, en materia del derecho de réplica, es que le solicito publique las siguientes precisiones y aclaraciones sobre la siguiente nota: “Por tráfico de influencias denuncian a columnista Claudia Guerrero y a exfiscal de Winckler”. ESTADO / Redacción | Lunes, Enero 20, 2020. “César Del Ángel, líder de los 400 Pueblos, acusa que Claudia Guerrero fue representada legalmente por una exfiscal de Jorge Winckler”. MANIFESTACIONES DE LA RÉPLICA Es de referirle primeramente, que me siento violentada psicológicamente, ya que ésta nota periodística y estos hechos que refiere, dando además mi nombre completo, dañan mi estabilidad emocional, física y mi honorabilidad, puesto que me discriminan, amedrentan, humillan y denigran grandemente, y hasta puede quitarme futuras posibilidades de trabajo, al establecer además de manera dolosa que soy “ex fiscal de Jorge Winckler”, para ponerme en una situación de animadversión ante la opinión pública, por toda la problemática que actualmente él se encuentra viviendo y de la que soy totalmente ajena; yo no soy propiedad de nadie, soy solamente una mujer trabajadora, madre y cabeza de familia que ha trabajado muy duro desde hace 21 años y medio, primero en el Poder Judicial del Estado y posteriormente en la Fiscalía, y no soy un objeto propiedad de los jefes con los que trabajé; reservándome mi derecho para interponer legalmente lo que en derecho corresponda. Ahora bien, en primer lugar es de referirle que es FALSO con referencia a que el que fuera “Fiscal General del Estado, Jorge Winckler Ortíz, dispusiera del PERSONAL de dicha Fiscalía, para que fungieran como abogados particulares de sus aliados que en franca violación al régimen del servicio público y cometiendo delitos por hechos de corrupción” Y esto es así, puesto que no es el Fiscal General quien ordena o indica a los Fiscales, realizar la función de ayuda, asistencia o asesoramiento jurídico a las víctimas de delitos, sino la LEY.

Para que quede claro, es de ponerles de conocimiento en primer lugar la Ley general de víctimas, en sus artículos 1 y 14, que precisan que es obligatorio para las autoridades, proteger a las víctimas, así como ayudarlas, asistirlas y repararlas del daño, y además, PUEDEN SER REPRESENTADAS por un asesor jurídico o en su caso, por el MINISTERIO PÚBLICO; esto es, el FISCAL. Así también tenemos la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, la cual refiere en sus Artículo 6 y 8 que es el Ministerio Público o Fiscal, quien tiene la obligación de velar por la legalidad y respeto a los derechos humanos de la víctima, así como impugnar resoluciones judiciales que agravien los derechos de la víctima. Con lo cual, en cumplimiento a estas leyes mencionadas, es FALSO que el ayudar, asistir u orientar a la parte agraviada, sea corrupción o delito; por el contrario, es una obligación que la ley impone. Y engañosamente el denunciante y los abogados del mismo, omiten que a la periodista CLAUDIA GUERRERO, se le atendió en todo momento como VÍCTIMA, ya que fue un hecho notorio que en el año 2012 sufrió hechos de destrucción y deterioro en un inmueble y objetos muebles de su propiedad, realizando la correspondiente denuncia de DAÑOS, en contra de CESAR AUGUSTO X, la cual prosperó, y que dio como resultado que con fecha 28 de noviembre del año 2018, se dictara sentencia condenatoria, apelando el sentenciado y conociendo de dicho recurso la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia, quien revocó dicha sentencia de condena y dictó sentencia absolutoria. Esto es, la obligación era doble por parte de fiscalía para el apoyo de CLAUDIA GUERRERO, ya que era víctima de un delito y además, era periodista, y existen convenios de colaboración y leyes específicas para un apoyo total a víctimas con esa calidad específica (periodistas). En segundo lugar, es falso que yo haya representado legalmente, durante un juicio de amparo a CLAUDIA GUERRERO. Esto es así, porque si bien fui mencionada en la demanda de amparo de CLAUDIA GUERRERO en contra de la Sala que revocó la sentencia de condena, solo lo fue para oír y recibir notificaciones, con lo cual el área que en aquel momento yo dirigía, aceptó esta encomienda, ya que estaría más al tanto del curso de dicho amparo; pero además, no es posible que yo representara aunque quisiera legalmente a nadie, ya que no me encuentro registrada en los Juzgados de Distrito para tener personalidad como litigante en Juicios de Amparo; pero aún más, tan es así que no he representado legalmente a la víctima, que ni siquiera he recibido algún tipo de notificación de la admisión de dicho amparo, ni he aceptado cargo alguno, por lo que es imposible que yo haya representado legalmente a nadie. Y el que una víctima me haya nombrado en aquel momento que me encontraba como Fiscal en su juicio de amparo, para oír y recibir notificaciones, es de considerarse que es parte de las obligaciones de ayuda y asistencia a que hace referencia la Ley General de Victimas y la Ley Orgánica y reglamento de la Fiscalía General y no contraría la ley; precisando que las notificaciones de todos modos, en los amparos en donde el acto reclamado tenga algo que ver con la segunda

instancia, le llegan al Fiscal Auxiliar del Fiscal General adscrito a las Salas del Tribunal Superior de Justicia, y que forma parte de la coordinación, ya que es considerado TERCERO INTERESADO en los Juicios de Amparos. Durante mi gestión como Fiscal (desde auxiliar del regional, de distrito, Regional o Coordinadora), las víctimas de delitos siempre fueron ayudadas, orientadas y debidamente representadas, sobre todo cuando carecían de asesor jurídico, no tan solo la periodista CLAUDIA GUERRERO. Esperando me otorgue la posibilidad de mi derecho de réplica en los medios informativos que ustedes dirigen, poniendo mi nota en similitud de importancia que la nota donde se me agravia, les doy las gracias anticipadas.

ATENTAMENTE XALAPA, VER., 21 DE ENERO DEL 2010

MTRA. BLANCA FLOR RAMÓN PERALTA