ENTIDADES FINANCIERAS

ENTIDADES FINANCIERAS ley 21526 ACTIVIDAD FINANCIERA La actividad financiera es aquella que desarrollan las personas fís

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ENTIDADES FINANCIERAS ley 21526 ACTIVIDAD FINANCIERA La actividad financiera es aquella que desarrollan las personas físicas o jurídicas privadas o públicas de la nación realizando la Intermediación habitual entre la oferta y la demanda de servicios financieros Intermediación financiera = dar y recibir dinero “mercado monetario” NORMAS QUE REGULAN EL SISTEMA FINANCIERO Normas estructurales: son aquellas que regulan y modifican el sistema financiero las realiza el congreso Normas coyunturales: tiene que ver con la operatividad de las entidades las realiza el BCRA CLASIFICACION DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS PUBLICA: de la Nación, de la Provincia, de las Municipales PRIVADAS: de capital nacional, de capital extranjero, sucursales de entidades extranjeras DE ENCONOMIAS MIXTA: CLASES DE ENTIDADES FINANCIERAS BANCARIAS (art. 2 ley 21526) La ley establece una serie de entidades financieras, pero también puede aplicarse a otras entidades no enumeradas que de acuerdo a su volumen el BCRA considera conveniente Banco COMERCIALES Deben constituirse bajo forma de sociedades anonimias o sociedades cooperativas Actúan a corto, mediano y largo plazo Pueden realizar todo las operaciones pasivas, activas, de servicios  Pasivas y activas: depósitos y préstamos  Servicios: compra y venta de moneda extranjera, tarjetas de crédito etc Banco de INVERSION Debe constituirse como sociedad anónima Su misión es facilitar a las empresa la obtención de capitales (FIJOS, CREDITOS a mediano o largo plazo) Banco HIPOTECARIO Debe construirse como sociedad anónima Función otorgar créditos hipotecarios urbanos o rurales (ej. Créditos de vivienda) COMPAÑIAS FINANCIERAS Se les permite hacer de todo pero actúa a corto plazo (menos de 5 años) Dando créditos prendarios, o para comprar electrodomésticos

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SOCIEDADES DE AHORO Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA (Hoy ya no existen más) deben constituirse en forma de sociedad anónima Finalidad financiar proyectos de vivienda y complementar la labor del banco hipotecario CAJAS DE CREDITOS Deben constituirse como sociedad anónima, sociedad cooperativa, asociación civil Finalidad es manejar créditos a corto y mediano plazo Los créditos son destinados a pequeñas empresas, productores, artesanos etc. AUTORIDAD DE CONTRALOR DE LAS ENTIDADES FINANCIERA EN ARGENTINA Es el Banco Central de la república Argentina (BCRA), el BCRA además otorga a) Autorización para funcionar Requisitos: se tiene en cuenta los antecedentes y responsabilidad del solicitante , la conveniencia de la iniciativa, la características del proyecto, las particularidades del mercado Banco Central de la República Argentina BCRA Se rige por la ley de entidades financiera y por su carta magna EXCLUIDOS No pueden ser promotores, directos, fundadores de entidades financieras a) Inhabilitados para ejercer cargos públicos b) Deudores morosos de entidades financieras c) Inhabilitados para ser titulares de cuenta corrientes CAMBIO DE COMPOSICION DEL CAPITAL DE LAS ENTIDADES FINANCIERA El BCRA evaluarla la OPORTUNIDAD y la CONVENIENCIA de estas modificaciones, tiene las facultad de denegarla o aprobarla PROHIBICION ENTIDADES FINANCIERAS Las entidades financieras no podrán explotar por cuenta propias EMPRESAS COMERCIALES; AGROPECUARIA ni INDUSTRIALES OBLIGACION DE LAS ENTIDADES FINANCIERA “SOLVENCIA” Deberán mantener las reservas de efectivos que establezcan con relación a depósitos Art. 33 destinar anualmente entre un mínimo del 10% y un máximo del 20% al fondo de reserva legal la proporción de sus utilidades que establezca el BCRA PLAN DE SANEAMIENTO Cuando no cuenten con la suma mínima de liquidez (10%) al fondo deben presentar un plan regulación de saneamiento al BCRA CONFIDENCIALIDAD 2

Las entidades financieras no podrán revelar las operaciones pasivas que realicen CONFIDENCIALIDAD RESPECTO DEL BCRA La información que el BCRA reciba o recoja de las entidades financieras tendrán carácter confidencial

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