Ensayo Pelicula Pena de Muerte

“LA PENA DE MUERTE, UNA VIOLACIÓN O UNA NECESIDAD” HAROLD EDUARDO RAMÍREZ GUTIÉRREZ CÓDIGO: 3413117624 PAULA ANDREA VA

Views 80 Downloads 1 File size 343KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

“LA PENA DE MUERTE, UNA VIOLACIÓN O UNA NECESIDAD”

HAROLD EDUARDO RAMÍREZ GUTIÉRREZ CÓDIGO: 3413117624

PAULA ANDREA VALENCIA DOCENTE CONSTITUCIÓN POLITICA

UNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE INGENIERÍA TECNOLOGÍA EN SISTEMAS INFORMÁTICOS MANIZALES AGOSTO 19 DE 2015

“LA PENA DE MUERTE, UNA VIOLACIÓN O UNA NECESIDAD” El pasado jueves 13 de agosto en clase correspondiente a la asignatura de Constitución Política, vimos la película “Pena de Muerte (Dead Man Walking)”. Esta cinta muestra la situación a la que se enfrenta una hermana (monja) que decide ser el apoyo espiritual de un hombre que es condenado a muerte tras ser encontrado culpable por el asesinato de dos adolescentes seis años atrás. Desde el punto de vista de nuestra Constitución Política, y aún más desde de la perspectiva de la Declaración Universal de Derechos Humanos, la película plantea varios interrogantes acerca de la violación de nuestro principal derecho fundamental: La Vida. En el filme se evidencia como el Estado, en este caso el gobierno de Estados Unidos, viola de manera planeada el derecho a la vida de un hombre el cual es encontrando culpable por los cargos de asesinato que le son imputados. El interrogante está en cómo las leyes locales priman sobre las internacionales, pues a pesar de que la Declaración de Derechos Humanos es Universal, no existe un mecanismo a nivel global que impida que se generen este tipo de arbitrariedades y defienda de manera efectiva cada uno de los derechos fundamentales, imponiéndose sobre las legislaciones regionales que si bien se entiende deben ser autónomas en cada nación, no deberían decidir de manera particular sobre los derechos humanos que son inherentes a cada persona. Actualmente existen alrededor de mundo personas u organismos que se encargan de la defensa de los derechos humanos, pero su labor se ve completamente limitada al entorno en donde se estén desempeñando. Este actuar de la ley, en el caso específico de la película, el gobierno del estado de Luisiana, hace pensar que una persona pierde todos sus derechos, en especial la vida, cuando es encontrado culpable de un crimen que viole o vulnere los derechos fundamentales de otro ser humano, a pesar de que esta forma de proceder no se encuentre contemplada en ninguna declaración internacional o posiblemente en la propia constitución de cualquier país o nación soberana. Sin embargo, hay situaciones como la vivida por las victimas en la película, que hacen pensar ¿cuál es el castigo apropiado para una persona que vulnera de manera cruel e inhumana el derecho fundamental más importante? La violación del derecho a la vida de una persona debe ser castigada, pero hasta qué punto este castigo es realmente efectivo para resarcir el daño causado por el criminal o hasta qué

punto dicho castigo es lo suficientemente justo o proporcional a la gravedad del delito cometido. En algunos apartes de la película se escucha la frase “ojo por ojo” o “una vida por otra vida” haciendo referencia a como debe ser penalizado el crimen cometido por el asesino de los adolescentes y puede entenderse que cuando una persona comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al mal que ha ocasionado. Hay quienes piensan que la pena de muerte debe ser una necesidad ante las atrocidades que actualmente está cometiendo nuestra sociedad, y más si se trata de actos que atenten contra los niñez, como lo hizo saber el director General de la Policía Nacional Rodolfo Palomino, al afirmar que “la violencia sexual es un delito invisible, Colombia debe enviar un mensaje claro y contundente, pena de muerte para los violadores de nuestro niños”. No se puede negar que algunos criminales merecen sobradamente la pena de muerte, y que ésta sería insuficiente para pagar sus crímenes. No solo a aquellos gobernantes o dictadores que, colocados en una posición de poder sin límites, destruyen las vidas de millones de seres humanos. También para el asesino serial o el que actúa con sevicia y brutalidad; el secuestrador que mutila, tortura o asesina a sus plagiados; el violador que, aun sin matar, arruina la vida de un niño o una mujer; el terrorista que, con el objetivo de atacar al gobierno o a sus entidades, acaba con la vida de miles de civiles inocentes, y otra cantidad de delincuentes desalmados que sin duda ameritan la más letal de las penas. Finalmente, a pesar de que la pena de muerte para algunos seria el castigo adecuado, se debe pensar que no se puede rebajar al nivel del delincuente; que somos seres humanos civilizados, e independiente de cual sea nuestra religión, estaríamos retrocediendo en cientos de años en el proceso que nos ha llevado a ser lo que somos, con tantos avances en lo social, en lo intelectual o en lo tecnológico. Se deben de castigar los delitos, sobre todos los más graves, reducir la impunidad es una necesidad del Estado de Derecho, y una condición indispensable para la convivencia civilizada. El castigo tiene que ser proporcional, estableciendo en la legislación penal condenas cuya magnitud dependan de la trascendencia del delito, y sobre todo fortaleciendo el sistema judicial de manera que se eviten errores mayúsculos que puedan conllevar a condenas injustas sobre actores inocentes.