Ensayo Derecho Bancario

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ CAMPUS CUNDUACÁN, TABASCO. CARRERA: FINANZAS Y CONTADURÍA PÚBLICA MATERIA: DER

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UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ CAMPUS CUNDUACÁN, TABASCO.

CARRERA: FINANZAS Y CONTADURÍA PÚBLICA MATERIA: DERECHO BANCARIO UNIDAD IV.-

ENSAYO “LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO”

DOCENTE: LIC. KRISTEL CAMPOS LÓPEZ EQUIPO 3º Integrantes: o ADRIANA AVALOS MARTINEZ o LUIS ALBERTO CANSECO BARRAGAN o SILVIA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ.

Cunduacán, Tabasco, México

ABRIL DE 2015

INTRODUCCIÓN

La Ley de Instituciones de Crédito, como instrumento pública tiene la finalidad de regular la banca y el crédito y cada una de las actividades que esta realiza, sus antecedentes indica que esta fijo las bases del sistema bancario evitando así la multiplicidad emisora. La Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares de 1941; es el antecedente inmediato de la Ley vigente desde 1990. En México la Ley de institución de crédito es de orden público y observancia general, reconoce dos sujetos las Instituciones de banca múltiple e Instituciones de banca de desarrollo. Hablaremos de las diversas instituciones existentes, quienes las controlan, por qué es importante que cada organismo las maneje de esta manera evitar que no se respete la Ley, los acuerdos, los tratados internacionales así como convenios hechos entre nuestro país y los extranjeros. Las filiales financieras del exterior al celebrar tratados con México, las instituciones de crédito del exterior autorizadas por la Comisión Nacional y de Valores, para ser controladas. las Sociedades Financieras de Objeto Limitada (SOFOL), las Sucursales de Banca Extranjera, las autoridades que la regula, Sucursales de Banca Extranjera así como las autoridades encargadas de aplicar las leyes. México abrió las puertas a a bancos extranjeros debido a que muchos inversionistas mexicanos quebraron y tuvieron que vender sus franquicias a inversionistas extranjero por tal motivo las autoridades bancaria tiene que regular y supervisar los interés públicos a través de sus diversas dependencias.

UNIDAD IV.-

“LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO”

-Lay de instituciones de crédito es un Instrumento jurídico, su objetivo es regular el servicio de la banca y el crédito; las actividades y operaciones que realiza, para su sano y equilibrado desarrollo; la protección de los intereses del público; y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano.(DOF 18 de julio de 1990, entra en vigor, el 19 de julio de 1990). -Los antecedentes de esta ley sobre su actividad bancaria funcionó en México el 20 de abril de 1884, en el Código de Comercio, vigente 5 años, fijó las bases para el sistema bancario mexicano. En 1889 un nuevo Código de Comercio que desechó los privilegios del Banco Nacional de México, ello generó un caos, 1897 se emitió la Ley General de Instituciones de Crédito, fijando bases generales y uniformes. Los vacíos legales y la crisis de liquidez por la situación mundial de 1907, promulga en 1908. Sus objetivos reducir la multiplicidad de instituciones emisoras, aumentaron el capital social mínimo. La Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares de 1941; es el antecedente inmediato de la Ley vigente desde 1990. Menciona el Artículo 1. Es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos, objeto regular el servicio de banca y crédito, la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito, las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, su sano y equilibrado desarrollo, la protección de los intereses del público y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano. -Los sujetos de acuerdo al art. 2 son las Instituciones de banca múltiple son instituciones de crédito privadas para captar recursos financieros del público y otorgar a su vez créditos, destinados a mantener en operación las actividades económicas Se considera servicio de banca y crédito la captación de recursos del público en el mercado nacional para su colocación en el público, mediante actos causantes de pasivo directo o contingente, quedando el intermediario obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros de los recursos captados. Las Instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito. Su objetivo es atender las

actividades productivas que el Congreso de la Unión determine como especialidades de cada una de éstas. Está conformada: Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS), Banco Nacional del Comercio Exterior, S.N.C. (BANCOMEXT), etc. Se dirige a los sectores de las instituciones de banca de desarrollo, supervisadas por la CNBV: Industrial, Gubernamental e Infraestructura (NAFIN, BANCOMEXT y BANOBRAS), Vivienda (S.H.F), Ahorro y Consumo (BANSEFI y BANJÉRCITO). -Las filiales financieras del exterior son entidades financieras controladas por otras entidades financieras, constituida en un país con el que México celebro un tratado o acuerdo internacional, estableciéndose en territorio nacional. Regidas por tratados o acuerdos internacionales, estando la SHCP facultada para interpretar las disposiciones de los servicios financieros incluidos en ellos. (Según el Artículo 27-J de la Ley para Regular las Asociaciones Financieras). -Las oficinas de representación de entidades financieras del exterior son autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, su actividad principal es promover, informar y negociar las condiciones y demás características de las operaciones de crédito, así como de otras operaciones activas y de inversión que pretenda realizar en el territorio nacional la entidad financiera del exterior representada, entendiéndose por esta última a aquella que realice en su país de origen, operaciones de banca y crédito. -Las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOL) son instituciones financieras autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reglamentadas por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con el objeto de otorgar créditos o financiamiento para la planeación, adquisición, desarrollo o construcción, enajenación y administración de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, a sectores o actividades específicos, es decir, atienden a aquellos sectores que no han tenido acceso a los créditos ofrecidos por los intermediarios financieros tradicionales, como los bancos. Las opciones de crédito dependerán de la SOFOL a la que se acuda, algunas manejarán planes de crédito con apoyo del Gobierno Federal a través de diversos programas y en otros casos será un crédito directo otorgado por la Sofol sin ningún tipo de subsidio directo por parte del Gobierno Federal. Cabe mencionar que cada crédito hipotecario tiene características, requisitos y procedimientos específicos. Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) Es una institución financiera perteneciente a la Banca de Desarrollo que, mediante los

bancos y Sofoles, promueven programas de financiamiento, entre los cuales están: casa de interés social. -Sucursales De Banca Extranjera a pesar de los diversos programas de apoyo a la banca, 12 bancos mexicanos quebraron categóricamente, requiriendo la intervención de las autoridades y la subsecuente venta de estas franquicias (o parte de éstas) abriéndose de esta manera una amplia vía para la penetración de bancos extranjeros en la compra de bancos con problemas pero supervisados y saneados por las autoridades, el proceso de fusiones. De acuerdo con los más recientes datos de la CNBV, junio del 2000, cinco de los siete mayores bancos en México son controlados por BBVA, Santander y CITIBANK. -Autoridades en Materia Bancaria es el conjunto de dependencias y organismos autónomos y desconcentrados del Estado a los que corresponden principalmente funciones de:  Regulación  Supervisión y  Protección de los intereses del público usuario del sistema financiero Sistema Financiero Está integrado por el mercado de dinero y capitales, es el conjunto de instituciones que se encargan de proporcionar créditos en forma profesional a personas físicas y morales, así como financiar las actividades económicas que se realicen en nuestro país.

-Secretaria De Hacienda Y Crédito Público (SHCP) Es una Dependencia del Gobierno Federal, que en materia del Sistema financiero se encarga principalmente de planear y delinear la estructura y funcionamiento de éste, de otorgar o revocar autorizaciones para la operación de diversos intermediarios financieros, y de coordinar la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a la Comisión Nacional de Sistemas de Ahorro para el retiro (CONSAR), a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y al Instituto para la protección al Ahorro Bancario (IPAB) Tiene como misión Proponer, dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingreso y deuda pública, así

como de estadísticas, geografía e información, con el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido, que fortalezca el bienestar de los mexicanos. Dentro de sus facultades respecto al Sistema Financiero se encuentran: 1. Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema financiero del país. Es decir la SHCP orienta la política del sistema bancario del país y de las instituciones financieras no bancarias. 2. Autorización sobre la Constitución para establecerse como entidad financiera aunque la misma secretaría tiene la facultad para revocar dicha autorización; Operación a través de las diferentes etapas de su operación, requerirá igualmente la obtención de una serie de autorizaciones de la Secretaría; autoriza los programas conducentes a la Fusión de dos o más entidades financieras; mediante reglas de carácter general, autoriza Situaciones de Excepción frente a principios generales establecidos por la ley, dada ciertas justificaciones específicas. 3.- Emisión de disposiciones de carácter prudencial. La Secretaría emite principalmente regulaciones generales sobre los aspectos siguientes:  Institucionales de las entidades financieras.  Prudenciales para asegurar la solvencia, liquidez y adecuada disposición de las entidades financieras. 4.- Interpretación Administrativa. La mayoría de las leyes aplicables a las entidades financieras asignan a la Secretaría la facultad de interpretar, para efectos administrativos, los preceptos de dichos textos legales. Así como las disposiciones de carácter general que emita la propia Secretaría en ejercicio de las atribuciones que le confieren las leyes. 5.- Intervención en Delitos Financieros. A la Secretaría, a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación le corresponde la facultad de petición para la persecución de ciertos delitos especiales previstos en las leyes financieras, oyendo la opinión del órgano de supervisión correspondiente. 6.- Aplicar Sanciones. Imponer sanciones establecidas en las leyes financieras, en algunos casos es competencia de la Secretaría, ejemplo de ello es la revocación de la autorización de los intermediarios financieros; cuando la gravedad de las infracciones lo amerite. 7.- Aprobación. La Secretaría aprueba las escrituras constitutivas de las entidades financieras, así como sus modificaciones. En relación a esto último, la entidad financiera deberá celebrar asamblea general extraordinaria de accionistas en la cual resuelve aumentar su capital social. En consecuencia, la entidad deberá proceder a modificar el artículo correspondiente de sus estatutos sociales y hacerlo del conocimiento de la citada Dependencia para que ésta autorice dicha

modificación, conforme a lo dispuesto por la ley especial que le es aplicable a la institución. 8.- Intervenir en las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores, de Seguros y Fianzas y del Sistema de Ahorro para el Retiro. Como órgano desconcentrados de la Secretaría, la misma designa a sus Presidentes y a los vocales ante sus Juntas de Gobierno, autoriza anualmente sus presupuestos de ingresos y egresos. 9. Resuelve Consultas. Respecto a las reglas que emita para las entidades financieras. -El Banco de México es el banco central de la República Mexicana y es una entidad independiente (autónoma) del Gobierno Federal. Su finalidad es proveer a la economía del país de moneda nacional y su objetivo prioritario es procurar la estabilidad de precios, es decir, mantener la inflación baja, para así preservar el poder adquisitivo de la moneda nacional. Adicionalmente le corresponde promover el sano desarrollo del sistema financiero y el buen funcionamiento de los sistemas de pago. Dentro de las funciones de acuerdo a la Ley del Banco de México se encuentran; Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos; Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de última instancia; Prestar servicios de tesorería al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo; Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera; Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales; Operar con los organismos, con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera. -La Comisión Nacional Bancaria y de Valores es un organismo que forma parte del Gobierno Federal y que tiene como funciones vigilar (supervisar) y regular a las entidades que forman parte del sistema financiero mexicano para lograr su estabilidad, buen funcionamiento y sano desarrollo. Asimismo, es la autoridad encargada de autorizar a los intermediarios que deseen ingresar al mercado financiero. Las entidades que regula la CNBV y que forman parte del sistema financiero son los bancos (instituciones de crédito), las casas de bolsa, las sociedades de inversión, las sociedades financieras de objeto limitado (sofoles), las sociedades financieras de objeto múltiple (SOFOMES), las arrendadoras financieras, las empresas de factoraje financiero, las sociedades financieras populares (SOFIPOS) y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. La CNBV tiene la facultad de emitir regulación prudencial cuyo propósito es limitar los incentivos a tomar riesgos. Es decir, esta regulación prudencial busca limitar la toma excesiva de riesgos por parte de los intermediarios para evitar que realicen operaciones que puedan provocar su falta de liquidez o solvencia.

También será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y demás personas morales, cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al citado sistema financiero”. -La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros es la entidad encargada de informar, orientar y promover la educación financiera entre la población, así como atender y resolver las quejas y reclamaciones delos clientes en contra de cualquier banco; cuya finalidad es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las instituciones financieras, que operan dentro del territorio nacional. -El objeto del Instituto para la Protección de Ahorro Bancario es garantizar los depósitos que los ahorradores han realizado en los bancos. En caso de que un banco quiebre, el IPAB tiene la obligación de pagar los depósitos de dinero que las personas hayan realizado en ese banco, hasta por un monto equivalente a 400,000 UDIS por persona y por institución bancaria. Por ello, es más seguro para las personas mantener su dinero depositado en los bancos que tenerlo bajo el colchón. En este sentido, la función del IPAB es muy importante ya que da confianza y seguridad en el sistema bancario de México, al asegurar a los clientes que su dinero estará seguro si se deposita en los bancos, ya que el IPAB garantiza a las personas el poder recuperar su dinero en cualquier momento. Como función adicional, El IPAB otorga apoyo financiero a los bancos con problemas de solvencia para que tengan los recursos necesarios para cumplir con el nivel de capitalización que establece la regulación. De igual manera establece los mecanismos para liquidar a los bancos en estado de quiebra y procura actuar de forma oportuna para entregar los recursos del banco quebrado a sus acreedores.

-La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas es un organismo del Gobierno Federal cuya función es vigilar (supervisar) que las empresas de seguros y fianzas cumplan con el marco normativo que las regula, para que estas empresas mantengan su solvencia y estabilidad. Como objetivo adicional le corresponde promover el sano desarrollo de este sector en beneficio del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población. -La labor de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro es regular al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). El SAR engloba todas las aportaciones que hacen los trabajadores y las empresas, durante la vida laboral de los trabajadores, a una cuenta de ahorro cuyo dueño (titular) es cada uno de los trabajadores (cuentas individuales). Dichas cuentas individuales sirven para que los trabajadores, una vez que alcancen su edad de retiro (como jubilados o pensionados), tengan los recursos suficientes para poder cubrir sus gastos y como

previsión social. La CONSAR establece las reglas para que el SAR funcione adecuadamente. La CONSAR también regula a las empresas Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES), que son las empresas que administran estas cuentas individuales de los trabajadores, ya que la CONSAR también vigila que se resguarden de manera adecuada los recursos de los trabajadores.

CONCLUSION El sistema financiero del país es regulado por leyes que se han ido reformando a través de los años, en la actualidad la Ley del sistema financiero regula esta actividad ya que existen instituciones de banca múltiple (instituciones de crédito privada) e instituciones de banca desarrollo múltiple (son entidades de la Administración Pública Federal). Diversos organismos y dependencias en nuestro país son los encargados de velar por los intereses de las personas que recurren a este tipo de servicio donde confían su interés monetario o bien piden préstamos para poder cubrir ciertas necesidades. Por ejemplo la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros es la entidad encargada de informar, orientar y promover la educación en las personas que recurren a estos sistemas financieros.