Ensayo Convenios de Ginebra

FUERZA AÉREA ECUATORIANA ESCUELA DE PERFECCIONAMIENTO DE AEROTÉCNICOS ALUMNO: CBOP. WILSON RUIZ CURSO: L CAM PARALELO: “

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FUERZA AÉREA ECUATORIANA ESCUELA DE PERFECCIONAMIENTO DE AEROTÉCNICOS ALUMNO: CBOP. WILSON RUIZ CURSO: L CAM PARALELO: “D” ENSAYO 2

TEMA: TRES PUNTOS IMPORTANTES DE LOS CONVENIOS DE GINEBRA INTRODUCCIÓN Para empezar hablar de los convenios de Ginebra debemos conocer un poco de su origen y generalidades de mismo y empezaremos citando que estos convenios están conformado por cuatro Convenios del 12 de agosto de 1949 los cuales en resumen tratan de lo siguiente: I. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña. II. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar. III. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. IV. Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra. Además tenemos dos protocolos adicionales a los mismos que dicen lo siguiente: Protocolo adicional I que protege a las víctimas de conflicto Armado Internacional y, Protocolo adicional II que protege a las víctimas de protocolo Armado no Internacional. DESARROLLO Entrando más en el estudio de estos convenios nos vamos a centrar en tres puntos que a mi parecer son muy importantes conocer más aun nosotros como miembros de las fuerzas Armadas, estas normas generales son comunes a los cuatro convenios de ginebra y a los protocolos adicionales y son:

CBOP. WILSON RUIZ

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En los Convenios y en el Protocolo I, se prohíben las represalias contra los heridos, los enfermos y los náufragos, el personal sanitario y los servicios sanitarios, el personal y los servicios de protección civil, los prisioneros de guerra, las personas civiles, los bienes civiles y culturales, el medio ambiente natural y las obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas. Estos convenios en general prohíben en cualquier tiempo y lugar: el homicidio, la tortura, los castigos corporales, las mutilaciones, los atentados contra la dignidad personal, la toma de rehenes, los castigos colectivos, las ejecuciones efectuadas sin juicio previo y todos los tratos crueles y degradantes Nadie podrá ser obligado a renunciar ni renunciará voluntariamente a la protección que se le otorga en los Convenios y las personas protegidas deberán siempre poder beneficiarse de la actividad de una Potencia protectora (Estado neutral encargado de salvaguardar sus intereses), del Comité Internacional de la Cruz Roja o de cualquier otra organización humanitaria imparcial.

OPINIÓN La creación de los convenios de ginebra y demás protocolos adicionales, tienen vital importancia en la protección de la vida mismo de todos los participantes, voluntarios o no, de un conflicto armado, pero estos convenios nunca van a tener la repercusión adecuada o esperada en la protección de la vida en estos conflictos si los países firmantes o garantes de los mismos no tienen unos programas de capacitación masivos con los que se logre concientizar a cada uno de los participantes de estos conflictos de estos convenios. A pesar de que estos convenios ya fueron firmados hace varios años atrás aún podemos darnos cuenta que se irrespetan los mismos, todo esto a causa de la falta de difusión y conocimiento de los mismos, ejemplo patético de esta afirmación es que nosotros ya con más de diez años de servicio dentro de las Fuerzas Armadas recién conocemos de estos convenios y todo lo que implica el irrespeto de los mismos. Como miembros de las Fuerzas Armadas debemos ser los primeros respetuosos y conocedores de estos convenios para así poder difundirlo ante la sociedad y en caso de ser necesario cumplir a cabalidad cada uno de los preceptos de los mismos en pro de la conservación de la vida y respeto de los derechos humanos.

CBOP. WILSON RUIZ

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