Origen Del Derecho

EL DERECHO COMO CIENCIA EN EVOLUCIÓN ORIGEN DEL DERECHO La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que signifi

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EL DERECHO COMO CIENCIA EN EVOLUCIÓN ORIGEN DEL DERECHO La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa «lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma», o como expresa Villoro Toranzo, «lo que no se desvía ni a un lado ni otro». Actualmente, se acepta como posibles orígenes del Derecho lo siguiente: 

Se origina a partir de una relación de fuerza entre personas desiguales. Esta desigualdad pudiera ser material o psíquica. Con esto, el Derecho pretende regular la intención de fuerza a través de la cual alguien pretenda controlar o



dominar a otro. Nace para resarcir una ofensa física o moral que una persona inflige a otra. De esta manera, el Derecho asegura una penitencia a quien transgreda lo



físico o moral a otro. Nace para regular la indemnización por el incumplimiento de una palabra o compromiso dado. Esto es aplicable en la regulación de los negocios jurídicos



entre personas. Nace como una reacción del Estado ante la autotutela individual (venganza privada), monopolizando o, más bien, pretendiendo monopolizar el uso de la violencia como instrumento de coerción y de resolución de conflictos.

ESCUELAS DEL DERECHO Escuela del Derecho Natural Esta escuela sostiene que "Derecho" es aquel que se basa en principios generales, universales, abstractos, permanentes e inmutables, que se encuentran presentes en toda legislación, y que tienen validez en todo tiempo y lugar. La historia de esta escuela, se puede resumir en tres etapas: 1. Escuela del Derecho Natural Estoico. La escuela estoica de la filosofía fue fundada por Zenón, el cual colocaba la naturaleza en el centro de su sistema filosófico, así para Zenón el Derecho Natural era idéntico a la ley de la razón. Otro

exponente de esta escuela fue Ciceron, quien definió el Derecho como "el espíritu de Dios que todo lo manda y prohíbe con su razón". 2. Escuela del Derecho Natural en la Edad Media. En la Edad Media el concepto de Derecho natural fue adaptado a las doctrinas de la Iglesia cristiana, entendiéndose como un Derecho divino manifestado por la revelación. El principal exponente de esta etapa fue Santo Tomas de Aquino, quien postulaba que el derecho era la "Razón de la divina sabiduría en cuanto dirige todos los actos y movimientos en orden a la perfección". 3. Escuela clásica del Derecho Natural. Sostenía que el Derecho sólo se podía conocer mediante la razón. Escuela Histórica del Derecho Esta escuela determina el contenido del Derecho a partir de su origen y fuentes, y recoge los planteamientos de Von Savigny, que definía el Derecho de la siguiente manera: "Es una expresión espontánea del espíritu popular, una elaboración instintiva que se manifiesta en las costumbres jurídicas, que son recogidas por los juristas, que le dan mayor grado de elaboración, y luego plasmadas en textos por los legisladores, y finalmente promulgadas como leyes". Escuela del Derecho Positivo. El positivismo jurídico es la concepción conforme a la cual el Derecho es producido por el poder gobernante en la sociedad. Esta escuela limita el concepto de Derecho a los dictámenes o normas emanados de las autoridades, por lo tanto, el Derecho sólo puede emanar del Estado. Su principal exponente fue Hans Kelsen, quien señalaba que el Derecho es un sistema cerrado que es autosuficiente, en cuanto a su origen y validez. FUENTES DEL DERECHO Entendemos por fuente del Derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que producen, crean u originan el surgimiento del Derecho, es decir, de las entrañas o profundidades de la propia sociedad. Ahora bien, las fuentes del Derecho se clasifican por su estudio en:

Fuentes históricas: Son el conjunto de documentos o textos antiguos entre libros, textos o papiros que encierran el contenido de una ley, por ejemplo el Código de Hammurabi. Fuentes reales o materiales: Conjunto de factores históricos, políticos, sociales, económicos, culturales, éticos o religiosos que influyen en la creación de la norma jurídica. Por ejemplo, a partir de un escándalo político se crea la ley que regula el lobby; o a partir de un terremoto se crea la ley que otorga beneficios a las zonas afectadas. Fuentes formales: Conjunto de actos o hechos que realiza el Estado, la sociedad, el individuo para la creación de una ley, ejemplo: El poder legislativo. Esta fuente contiene:      

La costumbre. La doctrina. La jurisprudencia. Los principios generales del Derecho. Los tratados internacionales. La legislación o la ley.

El Derecho occidental (en el Sistema Romano Germánico o Sistema de Derecho continental) tiende a entender como fuentes las siguientes:       

La Constitución La ley La jurisprudencia La costumbre El acto jurídico Los principios generales del Derecho La doctrina

En el marco del Derecho internacional, el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia en su Artículo 38, enumera como fuentes:    

Los tratados La costumbre internacional Los principios generales del Derecho Las opiniones de la doctrina y la Jurisprudencia de los Tribunales Internacionales, como fuentes auxiliares.

RELACION DEL DERECHO CON OTRAS CIENCIAS Relación entre filosofía y derecho La filosofía, contiene las leyes más generales del desarrollo de la naturaleza, la sociedad y el mismo pensamiento, el Derecho se vale de éstas ciencias para elaborar las normas y leyes justas que permitirán a las personas convivir en paz y en armonía. Relación entre Sociología y Derecho La sociología es producto de la vida social, pues es en cierto modo el marco dentro del cual se desarrolla la conducta de los hombres en sus recíprocas relaciones. Tiende a la búsqueda de las interrelaciones entre los fenómenos sociales. El Derecho constituye el cúmulo de normas que organiza, ordena la misma sociedad y constituye el instrumento de una clase para sojuzgar a la otra. Relación entre Economía y Derecho El derecho se relaciona con la economía porque los principios económicos y las actividades económicas requieren de un campo normativo jurídico apropiado que las regule y permita su desarrollo a fin de lograr su finalidad en bien de la sociedad, por tanto, hay necesidad de que cuando las circunstancias y los fenómenos económicos así lo exijan, se deben expedir normas legales de contenido económico. Relación entre Ciencia Política y Derecho La ciencia política es el estudio de la lucha por el poder, esa lucha que se produce en el seno de la sociedad, es vinculada al Derecho debido a que el mismo, es el medio por el cual la clase dominante manifiesta su poder en la lucha para mantener su hegemonía, mientras que la clase dominada lucha para alcanzarlo, pero sin el apoyo del Derecho. Relación entre Historia y Derecho La Historia ha registrado las distintas contradicciones al interior de los diferentes modos de producción como motor del desarrollo de la sociedad tal como afirmaba Engels por lo que la Historia se constituye en fiel testigo de las variadas formas de explotación social

utilizando como instrumento el Derecho para ejercicio de detentación del poder de la clase dominante en las diferentes etapas del desarrollo social. Relación del Derecho con la Informática La revolución informática ha puesto como tarea al Derecho la necesidad de regular diferentes situaciones como por ejemplo: los delitos informáticos, el comercio electrónico, los derechos de autor, la propiedad sobre programas de software, entre muchos otros. El Derecho informático es el que se encarga de regular el tema de la informática. Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la tecnología. Relación del Derecho con la Antropología La antropología es una ciencia social que está capacitada para confrontar diferentes argumentos que puedan darse sobre sucesos determinados, así como para mediatizarlos a través de sus métodos. La antropología usa metodologías de interferencia, involucrándose en esos diferentes puntos de vista al proponer en lo que se llama "trabajo de campo" una constitución múltiple de los acontecimientos a examinar. La relación que tiene con el derecho es precisamente la de dar a conocer los motivos o causas de muerte de los restos examinados por el especialista de la materia.