derecho mercantil: El comerciante

El comerciante En el derecho mercantil, los comerciantes o sujetos mercantiles son las personas que son objeto de regula

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El comerciante En el derecho mercantil, los comerciantes o sujetos mercantiles son las personas que son objeto de regulación, es decir que se dedican a comprar y vender mercaderías, a quien son aplicables las leyes mercantiles. El termino también es utilizado para denominar al dueño de un comercio o a alguien que trabaja en el, se dice que el establecimiento del comercio, se remonta al neolítico, es decir en los años de 7000 a 3000 a.C. Cabe destacar que la realización de un acto de comercio no implica que una persona sea comerciante, ya que quien compra en una tienda también está formando parte de este tipo de acciones. Sin embargo, en ese caso, se trata de un sujeto accidental de comercio, el comerciante, en cambio, es quien realiza actos de comercio de forma habitual. Capacidades Toda persona que según lo establecido en las leyes colombianas tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio, en este sentido se establece que los mayores de edad, o sea quienes hayan cumplido 18 años. En el caso de los menores adultos pueden con autorización de sus representantes legales, realizar actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otra persona y bajo la dirección responsabilidad de éstas”. En los casos legales, se dice que una persona ejerce el comercio cuando se halle inscrita en el registro mercantil, cuando tenga establecimiento de comercio abierto y cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.

Inhabilidades Según el artículo 14 del Código de Comercio, son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona las siguientes:

Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones. Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohíba el ejercicio deactividades mercantiles. La Legislación Comercial establece que “si el comercio o determinada actividad mercantil se ejerciere por persona inhábil, ésta será sancionada con multas impuestas por el Juez Civil del Circuito del domicilio del infractor.

Siempre que a una persona o comerciante se le dicte sentencia condenatoria por delito contra la propiedad, la fe pública, la economía nacional, la industria, el comercio, por contrabando, competencia desleal, usurpación de derecho sobre propiedad industrial, giro de cheques sin provisión de fondos o contra cuenta cancelada, se impondrá como pena accesoria la prohibición para ejercer el comercio de 1 a 10 años.

Clasificación Según la actividad que realizan los comerciantes pueden ser: Los que procesan los productos industriales. Los que realizan actividades de transporte por vía marítima, aérea o terrestre, Los que adquieren productos de consumo para posteriormente venderlos o comercializarlos. Los que realizan intermediación financiación financiera. Los que se encargan de la distribución del producto. Las empresas de construcción.

Los que realizan actividad aseguradora Todas estas actividades realizadas con ánimo de lucro, convierten a quienes las ejecutan en comerciantes.

Tipo de comerciantes Se pueden establecer los siguientes tipos: Individuales: Se trata de personas naturales que como lo señala el Código delComercio directamente o por medio de apoderado, intermediario o interpuestapersona, tiene como ocupación habitual el ejercicio de la actividad comercial. Mayoristas: Son aquellos que desarrollan o efectúan operaciones de consumo a gran escala. Minoristas: Son aquellos que se dedican a desarrollar actividades de menudeo y al detal. Públicos: Entre éstos se encuentran las empresas industriales y comerciales del estado, los cuales desarrollan actividades relacionadas con la producción industrial y económica del país. Principales: Quienes ejercen el comercio por su propia cuenta. Auxiliares: Son los que ejercen el comercio por cuenta o en nombre de otrapersona ya se natural o jurídica.

Obligaciones Matricularse en el registro mercantil; Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal