Derecho Comparado

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Unidad III: Sistema Jurídico Inglés El Common Law. Derecho Inglés. Sistema Jurídico Inglés. Su emplazamiento en las clasificaciones propuestas. Formación y evolución: Carta Magna. Bill of Rights. Periodo anglosajón. Formación del Common Law. Su florecimiento. El periodo moderno. Estructura: common law y equity. La norma jurídica. Fuentes del derecho. El Derecho Judicial. La Regla del Precedente. Sistema político. Gobierno. Common Law De acuerdo con Marta Morineau, los términos Common Law pueden referirse a tres cosas diferentes: ★ Primero, si se utiliza en acepción restringida, sirven para hacer referencia a la rama más antigua del derecho inglés. ★ La segunda acepción, más amplia, incluye a la equity y hace referencia al orden jurídico de Ingl ★ Por último, la tercera acepción tiene una connotación mas amplia y se utiliza para referirse a la familia jurídica que se fue conformando al extenderse tanto el dominio político como el derecho inglés en otros lugares, mas allá de Inglaterra.

Orígenes del Derecho Inglés A comparación de lo que sucedió en casi todos los países de la Europa Occidental, la influencia del derecho romano en la formación del derecho inglés fue escasa. Esto se puede entender ya que la romanización de Inglaterra no fue tan profunda como la de las otras provincias del imperio. Es por esto que los siete reinos anglosajones que existían al momento de la conquista normanda, no muestran rasgo alguno de romanización. Conquista Normanda Después de vencer al rey inglés Haroldo II, en la batalla de Hastings, en el año de 1066, Guillermo el Conquistador, duque de Normandía, ascendió al trono inglés con el título de Guillermo I, unificando así, bajo una Corona, a aquellos reinos.De su tierra natal trajo consigo el sistema feudal, muy parecido al que imperaba en el resto de Europa, aunque con características propias que lo distinguieron del sistema continental.En primer lugar hay que destacar el poder del rey, que desde un principio logró colocarse a la cabeza de los señores feudales,situación que le permitió organizar un gobierno nacional centralizado, poderoso y eficiente, con el propio monarca como jefe indiscutible del país.Otro importante aspecto de su gobierno fue su propósito descentralizar la administración de justicia, limitando la jurisdicción de los señores feudales.Guillermo I y sus sucesores se percataron que como bases de la unidad nacional, era necesario lograr tanto la unificación de la judicatura, como

del derecho, y que ambos objetivos deberían alcanzarse a través de la labor de los jueces reales.Pasaría mucho tiempo para que este objetivo cristalizara y la historia de los tribunales reales, como veremos a continuación,está íntimamente relacionada con la historia del derecho inglés en general y en particular con el surgimiento, evolución y consolidación del common law. Con el tiempo, la Corona logró establecer tres tribunales, con sede en la ciudad de Londres, en la Sala de Tribunales de Westminster, que fueron el Tribunal del Fisco (Court of Exchequer),con competencia en materia hacendaria; el Tribunal del Banco del Rey (Court of King’s Bench), con jurisdicción tanto civil como penal y el Tribunal de Causas Comunes (Court of Common Pleas) con jurisdicción civil. Para resolver los casos de su competencia, los tribunales reales debieron buscar lo que había de “común” en las costumbres locales, para así crear un derecho unificado, reglas, que aunque en un principio tuvieran como base a estas costumbres, deberían ser, en adelante, las normas aplicables a todo el país, en otras palabras, constituirían un derecho común a todo el territorio, así surgió el common law o la comune ley, como la llamaron los normandos. En un principio, los tribunales reales funcionaron como tribunales de excepción, frente a las cortes locales de los condados(County Courts o Hundred Courts). Era necesario, para lograr su intervención, solicitar y pagar al canciller, que era el funcionario de más alto rango de Palacio, un writ o autorización real.Ya que muchas de las demandas para las que los particulares solicitaban un writ eran semejantes, los textos de los writs se estandarizaron, o sea, que los litigantes obtenían formatos, que sólo debían completar con los datos particulares del caso, a estos formatos se les llamó“formas de acción”. Para finales del siglo XII el canciller tenía redactados alrededor de setenta y cinco tipos de writ, cuyo número creció considerablemente durante los dos siglos siguientes, y que aparecieron publicados en colecciones semioficiales, los “registros de writs”. Los particulares debían cuidarse de escoger el writ adecuado, pues si se equivocaban, el juez podía rechazar el asunto.Un En 1285 y de acuerdo con lo dispuesto por una ley, el Estatuto de Westminster II,6 al canciller sólo se le autorizó emitir nuevos writs, in consimili casu, o sea, cuando los hechos del caso fueran similares a los de una situación contemplada en un writ anterior.Según mi opinión, más que autorizar al canciller la creación de nuevos writs, el Estatuto le estaba permitiendo solamente, extender la aplicación de los antiguos. Equity Cuando las demandas de los particulares aumentaron, este sistema de emisión de los writs se hizo insuficiente y frente al descontento de la población, hubo que buscar algún remedio,

y así apareció la segunda gran rama del derecho inglés, la equity. De tal manera, en el siglo XIV, los particulares, al no poder obtener justicia de los tribunales reales, empezaron a llevar sus quejas directamente al rey, quien a su vez, las turnó al canciller,como la persona adecuada para resolverlas, pues además de ser el funcionario más cercano a su persona, así como su confesor,también se le consideró como el guardián de la conciencia del monarca. Hubo cancilleres muy poderosos y hasta el reinado de Enrique VIII, fueron miembros de la Iglesia católica. Dato relevante, para la historia del derecho inglés, ya que al presidir el Tribunal de la Cancillería, y para poder resolver los casos ante él presentados, el canciller con frecuencia se inspiró en el derecho canónico, vinculado estrechamente con el romano, y fue así que algunos elementos de este último se introdujeron, inevitablemente, en el derecho inglés. Al principio, el Tribunal de la Cancillería(Court of Chancery) funcionó como tribunal de equidad. De tal forma, el canciller o los jueces delegados, para llegar a una de-cisión, debían tomar en cuenta las circunstancias especiales del caso, la intención, más que la forma, y procurar, además, hacerlo en el menor tiempo posible. Los jueces de la Cancillería gozaron de absoluta discrecionalidad, se consideró entonces y aún se considera ahora que los“remedios de equidad”, se originan y tienen en ella su fundamento. Common Law y Equity Se puede decir que la equity nació como rama complementaria del common law, para remediar situaciones que este último, debido a su carácter más rígido y formal, fue incapaz de resolver. De tal suerte, la jurisdicción de equity se extendió a situaciones nuevas, no contempladas por el common law, dando lugar, en el ámbito procesal, a la creación de nuevas instituciones que vinieron además a ampliar el campo del derecho sustantivo. Con el tiempo, los jueces del Tribunal de la Cancillería, al igual que lo hicieron los jueces de los otros tribunales, adoptaron la regla del precedente judicial, conocida como stare decisis, en virtud de la cual, antes de dictar sentencia se examinan las decisiones anteriores, emitidas por otros jueces, en casos similares,creándose así lo que vino a constituir la jurisprudencia de equity. Por lo anterior, la función del Tribunal se hizo cada vez más compleja, lo que hizo necesario que el cargo de canciller lo desempeñara un abogado. Aunque al principio se puede afirmar que hubo cierta fricción entre ambas ramas, los autores ingleses, entre ellos Frederic William Maitland, que es especialmente ilustrativo, considera que: El dualismo del derecho inglés, o sea, la existencia de dos jurisdicciones paralelas, con tribunales distintos, continuó hasta finales del siglo XIX. Es así, que entre 1873 y 1875, dos leyes del Parlamento, los Judicature Acts,9 reformaron la

estructura del poder judicial, entre otras cosas para fusionar los tribunales de common law y de la Cancillería. Esta fusión se llevó a cabo por medio de la creación de un nuevo tribunal, la Suprema Corte de la Judicatura, compuesto de varios cuerpos, entre ellos, la Suprema Corte de Justicia, asu vez, constituida por divisiones, que absorbieron tanto a los tres tribunales reales que ya conocemos, como al Tribunal de la Cancillería. Por otro lado, se dispuso que cualquier tribunal pudiera aplicar tanto principios de common law como de equity. Fuentes del Derecho Inglés La ley En inglés statute, act y también law, se sitúa al lado de la jurisprudencia, como la otra fuente más importante del derecho inglés. La ley emana del Parlamento, a través de los Acts of Parliament, aunque existe también lo que los ingleses llaman legislación delegada o subordinada, constituida por disposiciones de carácter reglamentario, que pueden provenir de la Reina y su Consejo (Orders in Council), de los ministros (Statutory Instruments) y de las autoridades locales (By-Laws). Hay que agregar que históricamente la ley no es tan importante como la jurisprudencia, aunque en la actualidad cobra cada vez mayor importancia, las instituciones de nueva creación tienen su origen generalmente en la legislación. La costumbre La palabra puede referirse a tres cosas distintas: la costumbre general, la costumbre mercantil y la costumbre local: ★ La costumbre general Se le llama también “costumbre general inmemorial”, se iden-tifica con el propio common law, ya que para su elaboración los tribunales reales debieron, cuando menos en teoría, basarse en las costumbres de los antiguos reinos anglosajones. La importancia actual que como fuente del derecho puede tener la costumbre en la acepción indicada, es escasa, habiendo sido absorbida, tiempo atrás, por la jurisprudencia y la legislación. ★ La costumbre local La puede hacer valer una persona ante un tribunal, buscando se le reconozca y declare un derecho que ha venido ejerciendo por un tiempo determinado. En el momento en que el tribunal la acepta, esa costumbre deja de serlo, para convertirse en derecho local. La costumbre local debe reunir ciertos requisitos: ❖ Debe existir desde “tiempo inmemorial”, considerándose que es inmemorial la que ya se practicaba en 1189, primer año del reinado de Ricardo I, que fue la

fecha establecida por un estatuto de Westminster de 1275, para determinar la calidad de “inmemorial” de una costumbre. ❖

Debe circunscribirse a una región determinada y su contenido ha de ser preciso, en cuanto a la materia y a las per-sonas, además debe haberse observado en forma obligatoria.



Su ejercicio debe ser continuo, razonable, público y sin vicios.

❖ Por último, se exige que la costumbre sea consistente con el derecho objetivo, lo que quiere decir que no debe contrariar ninguna norma jurídica vigente, bien sea, legislativa o jurisprudencial. ★ La doctrina Los autores ingleses no utilizan la palabra doctrina, se refieren más bien a libros de autoridad, para designar esta última fuente del derecho inglés. Tienen esta calidad los libros jurídicos que se consideran fuentes del derecho y que son aquellos que tienen cierta antigüedad,los de origen más reciente son importantes, pero no se incluyen dentro de las fuentes del derecho, en sentido estricto. Son libros de autoridad y por tanto fuentes del derecho inglés,algunos libros de texto antiguos, sobre los que la práctica judicial ha establecido una tradición en cuanto a considerarlos fuentes originarias del derecho inglés. No todos los libros de texto antiguos reciben este tratamiento, sólo un número limitado de obras, en cada rama jurídica, que son aceptadas universalmente por jueces y abogados, ocupan este lugar. Estas obras son entonces consideradas por los tribunales como manifestaciones auténticas del derecho de su época, el hecho de que un libro obtenga tal distinción, depende de su prestigio y para saber qué libros tienen este rango es necesario conocer la práctica profesional. Common Law y Equity Se puede decir que la equity nació como rama complemen-taria del common law, para remediar situaciones que este úl-timo, debido a su carácter más rígido y formal, fue incapaz de resolver. De tal suerte, la jurisdicción de equity se extendió a situacio-nes nuevas, no contempladas por el common law, dando lugar,en el ámbito procesal, a la creación de nuevas instituciones que vinieron además a ampliar el campo del derecho sustantivo. Con el tiempo, los jueces del Tribunal de la Cancillería, aligual que lo hicieron los jueces de los otros tribunales, adoptaronla regla del precedente judicial, conocida como stare decisis, envirtud de la cual, antes de dictar sentencia se examinan las de-cisiones anteriores, emitidas por otros jueces, en casos similares,creándose así lo que vino a constituir la jurisprudencia de equity.Por lo anterior, la función del Tribunal se hizo cada vez máscompleja, lo que hizo necesario que el cargo de canciller lo de-sempeñara un abogado.

Aunque al principio se puede afirmar que hubo cierta fric-ción entre ambas ramas, los autores ingleses, entre ellos Fre-deric William Maitland, que es especialmente ilustrativo, con-sidera que: No debemos pensar en el common law y la equity como en dossistemas rivales. La equity no fue un sistema autosuficiente, ya queen cada instancia tuvo que presuponer la existencia del common law,que sí lo fue. Esto quiere decir que si la legislatura hubiera pasadouna ley diciendo “equity queda abolida”, hubiéramos seguido casiigual, aunque en algunos aspectos nuestro derecho hubiera sido bár-baro, injusto o absurdo. Pero de cualquier modo, los derechos fun-damentales, como el derecho a nuestra integridad personal y a nues-tro buen nombre, la propiedad y la posesión, hubieran seguidoprotegidos, y los contratos se hubieran cumplido. En cambio, si lalegislatura hubiera dicho “el common law queda abolido”, esta ley, El dualismo del derecho inglés, o sea, la existencia de dosjurisdicciones paralelas, con tribunales distintos, continuó hastafinales del siglo XIX. Es así, que entre 1873 y 1875, dos leyes del Parlamento, losJudicature Acts,9 reformaron la estructura del poder judicial, en-tre otras cosas para fusionar los tribunales de common law y dela Cancillería. Esta fusión se llevó a cabo por medio de la creación de unnuevo tribunal, la Suprema Corte de la Judicatura, compuestode varios cuerpos, entre ellos, la Suprema Corte de Justicia, asu vez, constituida por divisiones, que absorbieron tanto a lostres tribunales reales que ya conocemos, como al Tribunal de laCancillería. Por otro lado, se dispuso que cualquier tribunal pudiera aplicartanto principios de common law como de equity. Las Doce Maximas de Equity Las doce maximas de equity son: 1. “Equity will not suffer a wrong to be without a remedy” - “Equity no tolera agravio sin reparación” 2. “Equity follows the law” - “Equity sigue a la ley” 3. “Where there is equal equity, the law shall prevail” - “Cuando quity favorece a las dos partes, se confia la solución del conflicto al Derecho estricto” 4. “Where the euities are equal, the first in tima shall prevail” - “Cuando equity favorece por igual a las dos partes, debe prevalecer el derecho de quien es anterior en el tiempo” 5. “He who seeks equity must do equity” - “El que busca equity debe proceder con equity” 6. “He who comes into wuity must come with clean hands” - “El que acude a la juridiccion de equity debe tener la conciencia limpia”

7. “Delay defeats equities” - “La dejadez perjudica a equity” 8. “Equality is equity” - “La igualdad es sinonimo de equity” 9. “Equity looks to the intent rathen than to the form” - “Equity mira a la intención más que a la forma” 10. “Equity loos on that as done which ought to be done” - “Equity considera realizado lo que debería ser realizado” 11. “Equity imputes an intention to fulfil an obligation” - “Equity presume siempre de la intención de cumplir la obligación” 12. “Equity acts in personam” - Equity actua in personam”

COMMON LAW Sistemas basados en el Derecho anglosajón o provenientes de la corriente de éste son utilizados en Inglaterra, Gales, Irlanda1 y gran parte de las antiguas colonias del Reino Unido, incluyendo Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda y Canadá (con la excepción de Quebec, provincia en la cual se utiliza el sistema de derecho continental en el derecho civil y el Derecho anglosajón en el derecho penal). En los Estados Unidos está la excepción del estado de Luisiana, el cual, derivado de su herencia francesa, utiliza un sistema de derecho continental.2 En Asia, Hong Kong (como antigua posesión británica) también utiliza un sistema de Derecho anglosajón, lo cual está garantizado por su constitución, que asegura que éste se mantendrá vigente (pese a que la soberanía ha retornado a China), al igual que en la India, Malasia y Singapur. En África utiliza Sudáfrica igualmente el sistema de Derecho anglosajón. 1)

Consiste en un conjunto de principios y prácticas no escritas cuya autoridad no deriva

de una declaración de mandato singular y positiva a través de una explícita fuente de origen legislativo o ejecutivo. 2)

Los principios del Common Law, provenientes de la antigua costumbre, sólo pueden

ser autorizadamente conocidos (“descubiertos”) y aplicados (“declarados”) en el contexto estrictamente controlado de los procedimientos judiciales. 3)

El Common Law es preponderantemente práctico, no teórico. En su centro está

el“adversary proceeding”

en los

tribunales

(una confrontación entre dos

partes

contendientes, cada una haciendo alegaciones y peticiones en el contexto específico de la controversia). 4)

Es un Derecho formado por los jueces.

5)

Las reglas de derecho del Common Law, menos abstractas que las del Civil Law, son

reglas dirigidas a dar la solución a un proceso; no se trata de la formulación de reglas

generales para el futuro. Y los principios jurídicos, tal y como son desarrollados por los tribunales, se conforman a una serie limitada de reglas emanadas de decisiones anteriores. 6)

Los tribunales inferiores están obligados a seguir las decisiones de los tribunales

jerárquicamente superiores. 7)

Las reglas acerca de la administración de justicia, el procedimiento y la prueba, así

como las relativas a la ejecución de las decisiones judiciales tienen un interés igual, e incluso superior a las reglas relativas al Derecho sustantivo. El Derecho angloamericano en su totalidad, distinto del sistema jurídico romano. 8)

El elemento casuístico del Derecho angloamericano constituido por los precedentes

judiciales, es decir, la jurisprudencia de los tribunales angloamericanos, a distinción de las leyes promulgadas formalmente por el legislador. 9)

El Derecho formado por las decisiones y precedentes judiciales aplicados por los

clásicos tribunales ingleses llamados common law courts y los modernos tribunales de igual categoría tanto en Inglaterra como en Estados Unidos, en contraposición con el Derecho constituido por la jurisprudencia de los tribunales de equity (Derecho-equidad, almirantazgo, Derecho marítimo, Derecho canónico, etc.) 10)

El antiguo Derecho en Inglaterra y en los Estados Unidos, a distinción de los

preceptos introducidos en épocas recientes por la legislación o la jurisprudencia. En adelante escribiremos Common Law cuando nos refiramos al sentido a) y common law para designar el sentido b) La familia del Common Law comprende «el Derecho de Inglaterra y todos aquellos sistemas que han tomado como modelo el Derecho Inglés y se han configurado inspirándose en éste, cuya estructura jurídica es fundamentalmente jurisprudencial BILL OF RIGHTS La Carta de Derechos (en inglés, Bill of Rights) es el término por el que se conocen las diez primeras enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos de América. Estas enmiendas limitan el poder del gobierno federal, y garantizan los derechos y libertades de las personas. Entre los derechos y libertades que la Carta de Derechos garantiza se encuentran los siguientes: la libertad de expresión, la libertad de asamblea, la libertad religiosa, la libertad de petición, y el derecho a tener y portar armas; el derecho a no ser sometido a registros e incautaciones irrazonables, o a castigos crueles e inusuales; el derecho a no testificar contra uno mismo, al debido proceso, y a un juicio rápido con un jurado imparcial y local. Además, la Carta de Derechos establece que “la enumeración en la Constitución, de ciertos derechos, no debe ser interpretada para negar o menospreciar otros retenidos por el pueblo 1.

Limita el poder del gobierno federal, garantiza los derechos y libertades de las

personas

2.

Libertad de expresion

3.

Libertad de asamblea

4.

Libertad religiosa

5.

Libertad de petición

6.

Derecho a tener y pactar armas

7.

Derecho a no testificar contra uno mismo

8.

Derecho al debido proceso

9.

Derecho a nos sometidos a registros o encautaciones irrazonables

10. Derecho a un juicio rapido con un jurado imparcial LA

CARTA

MAGNA

Juan Sin Tierra, sucesor del famoso rey Ricardo, Corazón de León, era detestado por los barones ingleses a los que había obligado a pagarle muchas multas e impuestos; pero cuando Juan fue derrotado en el desastre de Bouvines, en Francia, viéndole vencido se pusieron de acuerdo para obligarle a cambiar de conducta. El arzobispo de Canterbury, Langton, les mostró una vieja carta en que el rey, Enrique I - que era francés - prometía observar las costumbres de los ingleses. Decidieron redactar también una carta en que quedaran consignados lo derechos de los ingleses, y que obligaba al rey a que jurase respetarla en lo sucesivo. Los barones juraron que, si se negaba, le harían la guerra hasta que

cediese

(1214).

Juan volvió a Inglaterra con una banda de soldados de oficio, jinetes, infantes brabantinos y ballesteros (1215). Los barones se armaron y se reunieron, y el arzobispo asumiendo la representación del grupo, presentó a rey una larga lista con sus peticiones. Juan, se negó en un principio. Entonces los barones atacaron sus castillos, enviaron cartas a todos los caballeros de Inglaterra y se pusieron de acuerdo con los habitantes de Londres. Juan, habiendo perdido casi todos sus partidarios, resolvió ceder. Dio cita a los barones en una pradera cerca de Windsor y puso su sello en la Carta presentada por los barones.

Este documento, que se ha llamado Carta Magna, enumera los abusos que el rey y sus agentes tenían costumbre de cometer, y en ella el rey se compromete a no incurrir en lo sucesivo; también, promete no imponer tributo alguno, sino después de haber reunido a todos sus vasallos y haber obtenido su consentimiento y, prometía que ningún hombre libre sería detenido, encerrado en prisiones o desterrado, sino con arreglo a las formas habituales de la justicia. Juan, para desemba-razarse de la Carta Magna, la envió al Papa, diciendo

que no la había aceptado sino a la fuerza. El Papa, habiéndola leído, dijo encolerizado: "Los barones de Inglaterra intentan destronar a un rey que ha tomado la cruz y se ha puesto bajo la protección de la Santa Sede''. Luego declaró sin valor la Carta y escribió a los barones que

la

actitud

que

habían

adoptado

era

vergonzosa

e

injusta.

Juan, desligado por el Papa del juramento que había prestado de observar la Carta, mandó venir de Francia mercenarios de ca-ballería y ballesteros que empezaron a saquear el país. Los barones ingleses, entonces, resolvieron no reconocer más a Juan, y eligieron rey a Luis, hijo del monarca de Francia, esposo de una sobrina de Juan (1215). Luis llegó con sus caballeros y fue recibido en Lon-dres. Recién se disponía a conquistar Inglaterra cuando Juan

murió

(octubre

de

1216).

La muerte de Juan varió la situación. Los barones ingleses ya no tenían razón para apoyar a un rey extranjero, y aceptaron como rey al hijo de Juan, Enrique III, de nueve años de edad. El Papa le hizo consagrar y coronar por su legado y excomulgó a Luis y sus partidarios; pero, para reconciliarse con los barones ingleses, el legado confirmó la Carta Magna y puso en ella su sello. Tras esta acción, Luis y los franceses fueron arrojados de Inglaterra. Enrique III, al ser mayor de edad, confirmó otra vez la Carta Magna (1225); veintiocho años más tarde, los obispos ingleses, en presencia de los principales barones, hicieron una ceremonia solemne, con ves-tidura episcopal y cirios encendidos, y declararon excomulgado al

que

violase

las

promesas

de

la

Carta.

Desde entonces los ingleses han denominado a la Carta Magna "el fundamento de las libertades inglesas". No impedía que el rey gobernase mal; pero determinaba por escrito, de manera indiscu-tible, las costumbres que el rey y sus consejeros tenían el deber de observar. El rey mismo ya no tenía derecho de obrar según su ca-pricho. Como decían los ingleses, "estaba sometido a la ley", es decir, obligado a respetarla. http://j.orellana.free.fr/textos/cartamagna.htm EL STARE DECISIS EN EL COMMON LAW Stare decisis es el nombre abreviado de la doctrina que constituye la esencia del sistema jurídico imperante en los países anglosaJONES. Este sistema, como es sabido, se llama common law. El nombre completo de la doctrina es stare decisis et quieta non movere, que significa, en traducción flexible, "estar a lo decidido y no perturbar lo ya establecido, lo que está quieto". La idea general que subyace a la doctrina es la del respeto por las decisiones precedentes -o, simplemente, los "precedentes"-, es decir, decisiones tomadas previamente por otros tribunales que resolvieron un problema semejante. Sin embargo, la comprensión

del sistema originado en Inglaterra requiere entender que un solo precedente constituye derecho y genera obligación. Es lo que GOODHART llama "la doctrina del precedente individual obligatorio". Según la visión tradicional inglesa, la obligación de seguirlo existe "ya sea que [el precedente] haya sido dictado el año anterior o hace un siglo, e incluso si la regla que establece ahora parece inapropiada en RAZón de circunstancias sociales cambiantes o por algún otro motivo". Esta doctrina no existe, como principio general o, como se suele decir, "formal", en los sistemas jurídicos "continentales" o "civilistas", donde, a lo sumo, la jurisprudencia adquiere importancia cuando una determinada solución se repite en el tiempo y genera una costumbre. Aunque es cierto, como se ha señalado en las últimas décadas, que existe una tendencia a la convergencia entre las dos grandes familias jurídicas del mundo occidental -common law y civil law-, tendencia que también se evidencia en el rol que se asigna a la jurisprudencia como fuente de derecho. STARE DECISIS HORIZONTAL Y VERTICAL La doctrina del precedente en el common law tiene dos dimensiones, que llamaremos stare decisis horizontal y stare decisis vertical. La primera se refiere a la obligación de los tribunales de seguir sus propios precedentes. La segunda alude a la obligación de los tribunales de seguir los precedentes de sus superiores jerárquicos. En ambos casos la obligación de aplicar el precedente tiene igual naturaleza, pero en el stare decisis vertical se advierte con más claridad la sanción en caso de incumplimiento: si un tribunal se aparta de los precedentes de su superior jerárquico este dejará sin efecto la sentencia en cuestión (en caso de que sea apelada); aunque lo mismo puede darse también en el stare decisis horizontal, ya que un tribunal superior puede dejar sin efecto la sentencia del inferior que no sigue su propia jurisprudencia (la jurisprudencia del propio tribunal inferior). En el sistema inglés, por ejemplo, el stare decisis horizontal es predicable respecto de las cámaras de apelaciones, que están obligadas por sus propios precedentes. Hasta 1966 también la House of Lords estaba absolutamente obligada por sus precedentes, pero a partir de ese año la práctica sufrió una cierta atenuación. En su famoso "practice statement" [declaración de práctica] el máximo tribunal inglés estableció que el principio general seguiría siendo lo que hemos llamado la obligatoriedad horizontal; sin embargo, para evitar que una adhesión demasiado rígida al precedente pudiera conducir a injusticias o restringir indebidamente el desarrollo del derecho, la House of Lords reconoció el poder de apartarse de una decisión previa cuando ello fuera juzgado correcto. https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372006000100007

PDF extra:

file:///C:/Users/Leonela%20Isa/Desktop/stare_decisis_y_dcho_judicial.pdf http://www.uca.edu.ar/uca/common/grupo57/files/stare_decisis_y_dcho_judicial.pdf file:///C:/Users/Leonela%20Isa/Desktop/catarmagna.pdf

Sistema Juridico Inglés en la actualidad El Reino Unido carece de un documento constitucional único, más a pesar de la dificultad de precisar las fuentes y límites constitucionales, es posible identificar la su composición constitucional a partir de algunos elementos, como por ejemplo, ciertos documentos históricos, la legislación parlamentaria, algunos Tratados internacionales, el “Common Law” en materia de derechos individuales y los usos constitucionales. El monarca es una figura primordialmente ceremonial y simbólica: “El rey reina pero no gobierna”, a pesar de que los tres poderes ejercen sus funciones a nombre del monarca, y éste es la fuente de toda justicia, en la práctica se limita a realizar visitas, convocar y abrir sesiones en el Parlamento, otorgar su consentimiento formal a importantes documentos, y conferir

títulos

nobiliarios.

Así por tradición, el Primer Ministro debe efectuar frecuentes visitas al rey y enterarlo del desempeño de su gobierno, recibiendo del monarca el beneficio de sus consejos. En la actualidad la Primer Ministro es Theresa May. Parlamento Inglés Parlamento británico, cuerpo legislativo supremo del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Desde un punto de vista técnico está formado por la Corona, la Cámara de los Lores y la Cámara de los Comunes, pero en la práctica sólo por los dos últimos. Hoy en día su cuerpo principal es la Cámara de los Comunes: sólo sus miembros están considerados como parlamentarios. El Parlamento forma el cuerpo legislativo del Estado. Sin su consentimiento ningún estatuto puede transformarse en ley, ni alterarse ni modificarse, y los impuestos no pueden recaudarse. Por tanto, el poder ejecutivo depende de las decisiones del Parlamento. Los miembros del gabinete, incluido el primer ministro, son miembros de una u otra Cámara y son responsables de manera conjunta ante la Cámara de los Comunes. La Cámara de los Lores es el tribunal superior al que se puede recurrir en el sistema

judicial

británico.

Camara de los comunes El Parlamento es el órgano legislativo del Reino unido desde el medioevo, como apoyo a las decisiones legislativas de los reyes. La influencia del Parlamento se incrementó a partir del

reinado de Eduardo I (1272) pero recién fueron convocados con regularidad desde fines del siglo XIV. En el año 1341, se diferenció la Cámara Alta y la Baja. Desde 1485 la dinastía Tudor comenzó a utilizar el Parlamento para refrendar sus políticas financieras. La revolución inglesa otorgó gran libertad a los parlamentarios. Cromwell suprimió la Cámara de Lores entre 1649 y 1660. En 1707, la ley de Unión formó un cuerpo legislativo único con los

parlamentos

de

Inglaterra

y

Escocia.

La Cámara Alta del Parlamento inglés, es la Cámara de los Lores. La Cámara Baja es la de los Comunes. Al principio tenían menos poder que los integrantes de la Cámara Alta pero la situación se ha revertido desde principios del siglo pasado, cuando se han suprimido los privilegios

de

sus

aristocráticos

integrantes.

Se denomina “de los Comunes” pues sus integrantes eran en un principio representativos de las ciudades, mientras que los integrantes de la cámara de los Lores eran nobles o pertenecían

a

la

jerarquía

eclesiástica.

La sede de la Cámara de los Comunes en el Reino Unido, es el Palacio de Westminster, y sus miembros son elegidos por el pueblo por votación directa, dividiéndose al efecto el país en distritos electorales, donde cada sufragante elige un candidato, desde 1948, que lo representará por cinco años, pudiendo ser removido por inconducta grave o criminal. Gana la elección el que obtiene mayor número de votos, siendo el total de representantes, seiscientos cuarenta y seis. Desde principios del siglo XX casi todos los ministros del Reino Unido emergieron de la Cámara de los Comunes. El Primer Ministro una vez disuelto el parlamento (dentro de los cinco

años)

y

generalmente

un

jueves,

convoca

a

elecciones

generales.

Desde 1911 solo la Cámara de los Comunes puede rechazar normas legales, la Cámara Alta solo puede modificarlas. Sólo la Cámara Baja puede solicitar información al gobierno sobre sus acciones, y el respaldo de ella, permite la permanencia del Primer Ministro en su cargo, generalmente elegido por el rey de su seno, recayendo el en líder del partido de la mayoría. Para el estudio de las leyes, la Cámara se divide en comités, y para los asuntos de gran gravitación puede reunirse el Gran Comité que incluye a todos sus miembros. Estas leyes de suma importancia son iniciadas generalmente en esta cámara, al igual que las que se refieren

a

temas

financieros

e

impositivos.

Las Actas Parlamentarias determinan que algunos proyectos legislativos no necesitan contar con la aprobación de la Cama Alta, pasando directamente para ser aprobadas por el rey. La ley que pretenda extender el período legislativo por más de cinco años, debe contar con la

aprobación de la Cámara de los Lores. Camara de los Lores Aristócratas y clérigos. La Cámara de los Lores consta de 688 miembros no elegidos por el voto universal. En su mayoría está conformada por aristócratas, arzobispos y obispos superiores. Pero también pueden incorporarse especialistas en disciplinas específicas. La elección es potestad de la reina Isabel II, pero con la formal consulta al Primer Ministro. Su función legislativa más importante es analizar y revisar los proyectos de ley de la Cámara los Comunes. Los lores también actúan como un tribunal de apelaciones de última instancia. Pero normalmente esta cámara no puede evitar que una legislación propuesta se convierta finalmente en ley si los Comunes insisten en que así sea. El

Poder

ejecutivo

inglés.

La jefatura del gobierno británico recae en el cargo del Primer Ministro, pero es un cargo que no se encuentra formalmente regulado, así el Primer Ministro no es electo directamente por el pueblo, sino por el consenso de los líderes del partido mayoritarios en la Cámara de los Comunes

y

posteriormente

es

confirmado

por

el

rey.

El primer ministro tiene la facultad de nombrar y sustituir libremente a los miembros del gabinete, solicitar al rey la disolución del Parlamento, así su autoridad sobre el gabinete es muy grande, pero la su autoridad se debe más a su posición de jefe de partido mayoritario que a su estatuto jurídico, pues jurídicamente no es más que el primero entre los pares. El

Poder

judicial

inglés.

Los tribunales comunes constituyen el eje alrededor del cual se estructura la judicatura inglesa, y se clasifican en tribunales inferiores y tribunales superiores. Sus instancias superiores tienen la facultad de revisar las decisiones de los tribunales especializados. Los tribunales inferiores son los más numerosos y de jurisdicción limitada, y a menudo los encabeza un juez sin educación jurídica formal, cuya calidad como ciudadano es suficiente para

impartir

justicia

en

asuntos

menores.

En los tribunales comunes de jurisdicción inferior se incluye a las “Cortes de Condado” en materia

civil,

y

a

las

“Cortes

de

Magistrados”

en

materia

penal.

Pero los tribunales de jurisdicción superior conocen de asuntos con mayor complejidad

jurídica porque los encabezan jueces con destacadas carrera previas en la abogacía, pero tienen competencia limitada por materia o por instancia, pero no conocen restricciones por territorio. ¿Qué es el Brexit? Brexit es una abreviatura de dos palabras en inglés, Britain (Gran Bretaña) y exit (salida), que

significa

la

salida

del

Reino

Unido

de

la

Unión

Europea.

Se convirtió en la palabra más pronunciada al hablar del referendo, aunque solo se refería a una

de

las

dos

opciones

del

mismo.

La alternativa Bremain (Britain y Remain: permanecer) no tuvo el mismo éxito mediático. Ni tampoco

en

las

urnas.

Los orígenes del término Brexit parecen remontarse a 2012, cuando estaba en boga Grexit, utilizado para especular sobre la salida de Grecia de la Unión Europea en los momentos más intensos de la crisis en ese país. David Cameron, prometió convocar un referéndum si ganaba las elecciones parlamentarias en 2015 como respuesta a las crecientes presiones dentro de su propio partido (Conservador) y a las demandas del Partido de la Independencia del Reino Unido (UKIP), partidario de la salida de Reino Unido de la Unión Europea. ¿POR

QUÉ

SE

CONVOCÓ

EL

BREXIT?

Todos aquellos que apoyaron que se lleve a cabo la votación se basaron en que la Unión Europea ha cambiado mucho en las últimas décadas y que cada vez tiene y ejerce más control

sobre

la

vida

diaria

de

los

británicos.

Asimismo hay antiguas y nuevas tensiones: la desconfianza frente a la burocracia de Bruselas, el control de la crisis migratoria, la defensa de la soberanía nacional, el orgullo por un carácter británico insular y diferenciado del resto del continente y los retos de seguridad, entre otras. ¿QUIÉNES

ESTABAN

EN

CONTRA

DEL

BREXIT?

El primer ministro, David Cameron y 16 de los 21 miembros de su gobierno, aunque el Partido

Conservador

como

tal

se

declaró

neutral.

El Partido Laborista, el Partido Nacionalista Escocés (SNP), el galés Plaid Dymru y el Partido

Liberal.

El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, y los mandatarios de Francia y Alemania. ¿Las razones? Argumentaban que Reino Unido ganaba mucho siendo miembro de la Unión Europea gracias a que puede vender bienes y servicios a otros países de forma más fácil. Asimismo, indicaban que el estatus internacional de Reino Unido se vería perjudicado por el abandono de la Unión Europea y que estaba más seguro siendo parte del club que por su cuenta.

¿QUIÉNES

ESTABAN

A

FAVOR

DEL

BREXIT?

El Partido de la Independencia del Reino Unido (UKIP), partido nacionalista que en las últimas

elecciones

parlamentarias

obtuvo

el

13%

de

los

votos.

Alrededor de la mitad de los parlamentarios del Partido Conservador, incluidos cinco miembros

del

gobierno

y

el

Algunos

popular

exalcalde

de

Londres,

Boris

parlamentarios

Johnson. laboristas.

Sus argumentos. Los defensores de esta opción sostenían que la pertenencia a la Unión Europea es un obstáculo para el desarrollo de Reino Unido, que pone en la caja común más de lo que recibe, y que las regulaciones europeas, consideradas excesivas, perjudican a las empresas británicas. Buscaban además que Reino Unido recupere el completo control de sus fronteras y que se reduzca el número de extranjeros que llegan al país en busca de trabajo. El mercado único europeo es el gran pilar de la Unión Europea y, en el corazón del mercado único está el libre mercado, sin tasas ni aranceles comerciales, que también incluye el movimiento libre de bienes, personas y capitales. ¿QUÉ

CONSECUENCIAS

TENDRÍA

EL

BREXIT

PARA

REINO

UNIDO?

Aunque es posible no formar parte de la Unión Europea y sí del mercado único europeo, como es el caso de Noruega, representantes a favor del Brexit afirmaron que no quieren que Reino

Unido

siga

formando

parte

del

mismo

una

vez

fuera

del

bloque.

Aseguran que la economía de Reino Unido es lo suficientemente fuerte para negociar un acuerdo con la Unión Europea que les permita acceder al libre mercado sin tener que aceptar

el

libre

movimiento

de

personas

ni

otras

regulaciones.

Y sostienen que dado que Reino Unido ya aplica las reglas del mercado único, un acuerdo de

libre

comercio

de bienes

con la

Unión

Europea

sería

relativamente fácil.

Sin embargo, quienes abogan porque Reino Unido permanezca en la Unión Eurpea ven el Brexit con bastante pesimismo y aseguraron que provocaría una crisis económica en ese país, una disminución de inversión en los servicios públicos y de la inversión extranjera. El Departamento del Tesoro británico analizó las posibles consecuencias y llegó a la conclusión de que hay dos escenarios posibles. Uno es el del "choque" y otro el del "choque severo". Ambos apuntan a una recesión a corto plazo, pero varían mucho en su gravedad. Lo cierto es que si Reino Unido se va de la Unión Europea y del mercado único europeo, las consecuencias dependerán del acuerdo al que llegue con los países miembros de dicho bloque. Ningún país de la Unión Europea se ha mostrado públicamente favorable al Brexit y

aunque hay consenso en que el mayor impacto de la salida sería sobre el Reino Unido, algunos piensan que el impacto sería también significativo sobre los demás estados miembros. ¿QUÉ

CONSECUENCIAS

TENDRÍA

EL

BREXIT

PARA

EUROPA?

La firma británica de consultoría Global Counsel advirtió que tras el Brexit, la Unión Europea se convertiría en un socio comercial menos atractivo a nivel mundial y perdería poder internacional. Pero también decía que esto puede verse compensado por una mayor integración política, ya que Reino Unido es uno de los miembros que se oponen con más fuerza a una mayor integración,

y

por

una

política

exterior

más

coherente.

Aunque otras voces alertan que las divisiones en el interior de la Unión Europea van mucho más allá del papel del Reino Unido y que la marcha británica facilitaría el crecimiento de movimientos

populistas

que

ya

existen

en

el

continente.

El proceso hasta la salida efectiva y el establecimiento de una nueva relación estable será largo y está lleno de incertidumbre, lo que podría afectar negativamente a las economías europeas. Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo en Europa (OCDE), esto provocaría una caída del PIB en países europeos. Reino Unido* no dejará de ser miembro de la Unión Europea en forma automática. El mecanismo para abandonar el bloque está contemplado en el artículo 50 del Tratado de Lisboa, que fija dos años para negociar las

condiciones

de

la

salida

de

uno

de

sus

integrante

https://jus.com.br/artigos/41863/el-desarrollo-del-derecho-ingles-breve-resumen-historico http://www.joseacontreras.net/misviajes/reinounido/londres/westminster00.htm https://www.clarin.com/mundo/Camara-Lores_0_S11euHN3Pme.html http://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-36484790 https://peru21.pe/mundo/brexit-debes-entender-salida-reino-unido-union-europea-221642 Morineau, M (1998). Una introducción Al Common Law. Universidad Nacional Autónoma de México. Ilustrada

El periodo moderno

El período moderno También en esta fase aparecen obras doctrinales y repertorios judiciales. Entre las primeras hay que mencionar las de Littletón, Coke, Fortescue y Blackstone. Se operan una serie de reformas que se llevan a cabo en el procedimiento a partir de 1832 y 1852 Y significa liberar un tanto al Derecho Inglés de los cuadros procesales constituidos por las diversas fonnas de acciones. En virtud de la "Judicature Acts" de 187375, se producen unas modificaciones profundas en la organización judicial que suprimen la distinción formal entre tribunales del "Common Law" y tribunales de la "Equity" y disponen que todos los tribunales son competentes para aplicar ambos tipos de normas. Se realiza también una obra de limpieza legislativa que significa la abrogación, por ejemplo de normas caídas en desuso de sistematización y de ordenación. En cuanto a la obra legislativa no hay codificaciones de tipo francés, y la evolución del Derecho Inglés sigue confiada principalmente a los tribunales. En el Siglo XX las tendencias socialistas e intervencionistas, que tratan de fundamentar la sociedad sobre nuevas bases, significan un desafío para el "Common Law". Se plantean problemas para cuya resolución los Derechos Romanistas de elaboración legislativa parecen estar mejor preparados. Se percibe cierta tendencia de aproximación entre el Derecho Inglés y los Derechos Continentales, por las necesidades del comercio internacional y favorecida por una conciencia más clara de las afinidades existentes entre los países europeos, son los valores de la civilización occidental. DEL SIGLO XV CON EL NACIMIENTO DE LA EQUITY A LA ÉPOCA MODERNA Debido al renacimiento Continental, en el siglo XV, surgió la Equity: Sistema Judicial de influencia canónico - romanista, consistente en un cuerpo de normas jurídicas paralelas al common law, consistentes en un procedimiento escrito, inquisitorial y carente de jurado, impartido por los Tribunales de la Chancillería. Surgió como una necesidad de un Derecho más Justo y equitativo, ante la rígida formalidad de los Tribunales Reales. Buscaba la impartición de Justicia en los casos en que los Tribunales Reales no la impartían. En un principio la Gente recurre al Rey por conducto del Chancellor (confesor del Rey), quien de considerarlo oportuno lo transmitía al rey, y este Juzgaba en consejo. DINASTÍA ESTUARDO (DE ORIGEN ESCOCÉS): SIGLO XVII. 1.- Se mantuvo el sistema absolutista, que enfrentó al Rey con el Parlamento; 2.- Jacobo I, trató de fortalecer los Tribunales de la Chancillería (equity), en detrimento de las cortes del common Law; el Parlamento apoyó al COMMON LAW, en contra del REY. El Jurista EDUARDO COOK (Jefe de Justicia del Tribunal del King Bench), afirmó la supremacía del DERECHO DEL COMMON LAW sobre el Poder Real ante una controversia con el CANCILLER. El Rey apoyó al Canciller manifestando que los Jueces y ministros eran su sombra y EL PODIA HACER JUSTICIA sin su conducto. Ante la defensa de COOK, lo despojó de su cargo y asumió el control de los TRIBUNALES JUDICIALES. 3.- Sin embargo, el COMMON LAW, continuó vigente, en todo aquello en que existían soluciones establecidas. (Precedentes o Jurisprudencia).- La equity solo se aplicaba en su defecto.

4.- CARLOS I (ESTUARDO), pactó con el PARLAMENTO la firma de un documento denominado “PETICIÓN DE DERECHOS”, que significaba la ratificación de la CARTA MAGNA. a) Nadie debe prestar dinero al Rey contra su voluntad b) Nadie puede ser arrestado sino de acuerdo con la ley c) Nadie puede ser obligado a pagar impuestos sino mediante ley del parlamento. Posteriormente se retractó de dicho compromiso, lo que lo llevó a prescindir del Parlamento, ello ocasionó una guerra civil, que originó su derrota y su muerte. Fue condenado a la pena capital. (1649) http://www.geocities.com/eqhd/pod.htm 5.- En 1649, se suprime LA CÁMARA DE LOS LORES Y “EL OFICIO DE REY”, por ser “inútil”, oneroso y peligroso para las libertades civiles; Todo el Poder pasó al Consejo de Estado, presidido por OLIVERIO CROMWELL con el título de PROTECTOR DE LA REPÚBLICA INGLESA. A su muerte, le sucedió por poco tiempo su Hijo, quien renunció, estableciéndose el PARLAMENTO y la monarquía Inglesa con CARLOS II (Hijo de Carlos I).

RESTAURACIÓN DE LOS ESTUARDOS. 1.- Al regreso de la dinastía Estuardo con Carlos II, el Parlamento volvió a cobrar fuerza y representación y fomenta diversas medidas: a) En 1679, se votó la Ley del Habeas Corpus.- Los jueces podían exigir comparecer ante sus tribunales a cualquier persona detenida, a fin de acreditar la legalidad de su detención. (Medida restrictiva a las detenciones arbitrarias ordenadas por el rey o algún funcionario). b) Mantuvo la figura del Canciller, pero en lo sucesivo debía de ser un Jurista. c) No podía intervenir en la Justicia del common law, ni crear nuevos tribunales de la cancillería.

2.- En 1689, se ampliaron las libertades de la carta magna y de la "Petición de Derechos", mediante el documento titulado "Carta de Derechos (bill of rights): (Nuevas limitaciones al poder real). http://es.wikipedia.org/wiki/Bill_of_Rights a) No se pueden suspender las leyes ni su aplicación sin anuencia del parlamento b) No se pueden cobrar impuestos sino los previstos o establecidos por el parlamento c) No puede haber reclutamiento o establecimientos militares dentro de las fronteras del reino en tiempo de paz, sin anuencia del Parlamento. d) El parlamento debe reunirse con frecuencia. (Los impuestos debían ser votados cada año). e) Elecciones libres de los miembros del parlamento e inviolabilidad de sus integrantes en el ejercicio de su función.

3.- 1873 - 1875, mediante la JUDICATURE ACTS, se modificó la organización Judicial, de los Tribunales y se eliminó la distinción entre los que aplicaban el common Law y los que aplicaban la EQUITY., todos los tribunales conocen de todo. a) Los tribunales de primera y segunda instancia se fusionaron en un solo organismo que incluye todo el PODER JUDICIAL: (LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA) b) La impartición de Justicia se dividió en dos ramas: Cortes Superiores: (Suprema Corte de Justicia, Corte de la Corona y Corte de Apelación). y Cortes inferiores: ( muy numerosas y variadas, entre otras County courts y Cortes de los Magistrados). 4.- Materias que conoce cada uno de los sistemas: a) COMMON LAW.- Derecho Penal, contratos y responsabilidad civil b) EQUITY.- Propiedad real, sociedades comerciales y por acciones, Quiebras, interpretación de testamentos y liquidación de sucesiones. c) Cada vez más se incluyen nuevas materias en la EQUITY, y se influye de esta el COMMON LAW. 5.- Debido a la influencia comercial, en los últimos tiempos ha existido un acercamiento mayor con el sistema neorromanista, y en materia sustantiva, se han derogado muchas disposiciones arcaicas o en desuso, pero sin hacer perder su contenido tradicional. http://jgcamposh.blogspot.com.ar/2009/10/familia-del-common-law-aspectos-grales.html file:///C:/Users/pink9/Downloads/268-Texto%20del%20art%C3%ADculo-916-1-1020141124.pdf