SUM.: DENUNCIA POR DELITO DE ESTAFA SEÑOR CORONEL PNP JEFE DE DIVISION DE ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES. MIRIAM LUIS
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SUM.: DENUNCIA POR DELITO DE ESTAFA
SEÑOR CORONEL PNP JEFE DE DIVISION DE ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.
MIRIAM
LUISA
identificado
ESCUDERO
DNI
No.
CASTILLO,
32609518,
con
domicilio real en el Jr. Huamchuco y Jr. Perú Nº 394, Distrito y Provincia de Pomabamba, Departamento de Ancash, con
domicilio
Chota
Nº
902,
procesal Of.
en
701,
el
Jr.
Cercado
Lima, ante Ud. me presento y
de
digo:
PETITORIO: Interpongo denuncia penal contra EMERSON QUISPE GALINDO, domiciliado en la Mz. G-5, Lote Villa
Distrito
de
Chorrillos
y
13, Tupac Amaru de contra
CARLA
DELGADO CARRASCO, domiciliado en Mz. Z-1, Lote
EVELYN 14, San
Genaro, Distrito de Chorrillos, por el delito contra el patrimonio
- Estafa en mi agravio, hechos ocurridos el
15 de Diciembre del
2009, previa la investigación de
esta división policial se deberá formular el Atestado
1
Policial correspondiente derivarlo al Ministerio Público para la formalización de la denuncia penal, se cumple con la debida fundamentación:
FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DENUNCIA: 1. Que, la recurrente
tiene la profesión de Química
Farmacéutica, natural de la Provincia de Pomabamba, con domicilio real en Jr. Huamchuco y Jr. Perú Nº 394,
Distrito
y
Provincia
de
Pomabamba,
Departamento de Ancash, en el cual tengo un negocio de mi propiedad con razón social SAN ANTONIO DE PADUA, y hasta la fecha ejerzo mi profesion hace mas de 10 años en esta ciudad. 2. Es el caso, Señor Coronel, que con fecha 15 de Diciembre del
2009, recibo una llamada telefonica
de la Ciudad de Lima, supuestamente de un celular a nombre del denunciado EMERSON QUISPE GALINDO, con Teléfono
Nº
991-028166
(CLARO),
mediante
este
celular me comunican para conversar supuestamente con mi sobrino KEVIN FLORES ESCUDERO, quien en la actualidad es Cadete en el año
2009, cursaba el
tercer año en la Escuela Militar de Chorrillos, y ese día por ser un alumno brillante se le iba a
2
entregar
en
una
ceremonia
en
dicha
institución
militar la espada de honor. 3. Supuestamente, aparece la voz de mi sobrino, quien de
manera
desesperada
me
manifiesta
que
había
causado un accidente de transito con el vehiculo de un compañero de estudios al tener permiso de su Escuela por un espacio de 03 horas y que en horas de la tarde se iba a llevar a cabo la ceremonia de fin de año, y como tiene conocimiento de manejo de vehiculo
aparentemente
causado
el
accidente
de
transito con lesiones graves y fatales en agravio de 4. Que,
menor de edad y su señora madre. en
esas
circunstancias
supuestamente
mi
sobrino me comunica que un Capitan de la comisaria de Chorrillos, quien con el celular del denunciado EMERSON
QUISPE
GALINDO
hacen
el
ademan
de
comunicarme que iban a ayudarlo a solucionar el problema y para ello me solicitan que le remitan via giro por el Banco de la Nación la suma de S/. 2,000.00 Nuevos Soles. 5. Por la desesperación
y mi sobrino
un muchacho
tranquilo y estudioso no le comunica de esta mal supuesta noticia
a mi hermana ANTONIETA
CASTILLO,
3
ESCUDERO
FUNDAMENTO JURÍDICO: Invoco el Art. 196 del Código Penal Vigente: al resultar evidente
el
perjuicio
patrimonial
ocasionada
en
mi
contra producido por el actuar malicioso de la misma y que se encuentra descrito en los hechos expuestos.
MEDIOS PROBATORIOS: 1. Titulo valor de fecha 25 de octubre del 2004. 2. Boletas de deposito de fecha 31 de enero del 2005 y 28 de febrero del 2005, que evidencian los aportes a favor
de la denunciada.
3. Estado de cuenta clásica del denunciante de fecha 01-10-2004 al 31-10-2004, que evidencia el deposito de
los
$
4,000.00
(CUATRO
MIL
00/100
DÓLARES
AMERICANOS) a favor del mismo que fueran objeto de préstamo. 4. Demanda de obligación de dar suma
de dinero.
5. Resolución No. 3 que admite la demanda. 6. Solicitud de medida cautelar. 7. Resolución No. 2 que ordena el embargo. 8. Escrito de contestación de la demanda. 9. Escrito
de
absolución
de
contradicción
notarial de fecha 03 de octubre del 2005. Se adjunto a la presente en copia simple:
4
y
carta
1. Titulo valor de fecha 25 de octubre del 2004. 2. Estado de cuenta clásica del denunciante de fecha 01-10-2004 al 31-10-2004, que evidencia el deposito de
los
$
4,000.00
(CUATRO
MIL
00/100
DÓLARES
AMERICANOS)a favor del mismo que fueran objeto de préstamo. 3. Demanda de obligación de dar suma
de dinero.
4. Resolución No. 3 que admite la demanda. 5. Solicitud de medida cautelar. 6. Resolución No. 2 que ordena el embargo. 7. Escrito de contestación de la demanda. 8. Escrito
de
absolución
de
contradicción
y
carta
notarial de fecha 03 de octubre del 2005. 9. Copia del DNI del denunciante. Adjunto copia certificada de boleta de deposito de fecha 28 de febrero del 2005 y 31 de marzo del 2005.
En tal virtud: A
Ud.
pido
señor
fiscal,
darle
el
tramite
que
corresponde a la presente a la brevedad posible. Lima, 27 de Octubre del 2005
....................
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ERNESTO CRUZ AGUILAR DNI No.06213747
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