DEMANDA UNION MARITAL DE HECHO TRINIDAD corregida

Señores JUEZ DE FAMILIA DE BOGOTÁ (REPARTO) E.S.D. PROCESO: DECLARACION UNION MARITAL DE HECHO DE: TRINIDAD ALONSO SANCH

Views 71 Downloads 0 File size 176KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Señores JUEZ DE FAMILIA DE BOGOTÁ (REPARTO) E.S.D. PROCESO: DECLARACION UNION MARITAL DE HECHO DE: TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN CONTRA: ROSALBA CORTES ROCHA REF: ESCRITO DE DEMANDA FRANCISCO ORLANDO HERRERA TORRES, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado y residenciado en la ciudad de Bogotá, D.C., identificado con la cedula de ciudadanía No.1.065.578.160 de Valledupar, y Tarjeta Profesional No. 310.330 del Consejo Superior de la Judicatura, por el presente escrito y conforme a poder judicial otorgado por el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN , mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 5.903.402 expedida en Espinal , conforme al poder que adjunto, quien obra como ex compañero permanente y socio patrimonial de la demandada, respetuosamente impetro ante usted la presente demanda Verbal de DECLARACION DE EXISTENCIA DE LA UNION MARITAL DE HECHO y la consecuente DISOLUCION y LIQUIDACION, autorizada por la ley 54 de 1990, contra la señora ROSALBA CORTES ROCHA, mayor de edad, domiciliada en esta ciudad, identificada con cedula de ciudadanía No.39.737.594 expedida en Ubaté, en su condición de compañero permanente y socio patrimonial de mi patrocinado, con el objeto de que a través del trámite de un PROCESO VERBAL DE MAYOR CUANTÍA, se hagan las siguientes: DECLARACIONES 1. Sírvase Señor Juez declarar la existencia de la unión marital de hecho que existió entre el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN, y la demandada Señora ROSALBA CORTES ROCHA dentro del periodo comprendido entre mediados de febrero de 2006 hasta el día 07 de enero de 2017. 2. Se sirva declarar la existencia y disolución de la sociedad patrimonial de hecho formada entre mi poderdante Señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la demandada Señora ROSALBA CORTES ROCHA, la cual se formó dentro del periodo comprendido de mediados de febrero de 2006 hasta el día 07 de enero de 2017, la cual fue conformada por el patrimonio social que se relaciona en la presente demanda. 3. Que se condene en costas a la demandada. HECHOS 1. Los señores TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la demandada la señora ROSALBA CORTES ROCHA mantuvieron una relación de noviazgo desde octubre de 2004. 2. A mediados del 2005 el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la demandada la señora ROSALBA CORTES ROCHA decidieron realizar la compra de un bien inmueble.

3. El día 03 de agosto de 2005, la señora ROSALBA CORTES ROCHA firma promesa de compraventa donde se indica que la entrega del inmueble se hará el día 15 de Agosto de 2005. Ver copia anexa 4. Mediante Escritura Pública 4622 del día 06 de septiembre de 2005 de la Notaria 42 del Circulo de Bogotá los señores TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y ROSALBA CORTES ROCHA compraron el bien inmueble con FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA 50C-497551 OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BOGOTA – ZONA CENTRO calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. ubicado en la Calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. Ver copia de escritura anexa. 5. El señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN le entregó a la señora ROSALBA CORTES ROCHA la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) M/CTE, producto de la venta de ganado proveniente de una herencia del señor padre de mi poderdante, dinero que fue entregado como parte de la cuota inicial del mencionado inmueble. 6. La Escritura Pública 4622 del día 06 de septiembre de 2005 de la Notaria 42 del Circulo de Bogotá quedo exclusivamente a nombre de la señora ROSALBA CORTES ROCHA, teniendo en cuenta que era la persona que tenía capacidad de pago para dicha fecha. 7. A mediados del mes de febrero de 2006 mi representado señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN comenzó a convivir con la señora ROSALBA CORTES ROCHA en el inmueble ubicado en la Calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. 8. El señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN afilió al SEGURO SOCIAL a la señora ROSALBA CORTES ROCHA y a su núcleo familiar el día 14 de agosto de 2006. 9. Los compañeros permanentes, no celebraron capitulaciones. 10. La señora ROSALBA CORTES ROCHA tenía dos hijos de una anterior relación cuando comenzó a convivir con mi representado. 11. El día 30 de mayo de 2006 mi representado realizó mejoras al inmueble por valor de $3.129.000, tal como consta en contrato de obra civil que se anexa. 12. El día 01 junio de 2006, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN, solicitó un retiro parcial de cesantías a la empresa SEGURIDAD ATLAS, que se encontraban en PROTECCION S.A. Dicho dinero fue invertido en reparaciones locativas del bien inmueble adquirido. Ver solicitud anexo. 13. El retiro parcial de cesantías se efectuó el día 14 de junio de 2006, tal como constan en extracto de PROTECCION S.A. Ver extracto anexo.

14. El día 01 de agosto de 2008 el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN actualizó afiliación de la señora ROSALBA CORTES ROCHA y de sus hijos a la NUEVA EPS. VER ANEXOS. 15. El señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN afilió a los hijos de su compañera a Caja de Compensación COLSUBSIDIO, los cheques era reclamados a nombre de la señora ROSALBA CORTES ROCHA. 16. El día 02 de diciembre de 2011, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN pago la suma de CUATRO MILLONES ($4.000.000) M/CTE, para el levantamiento del embargo del bien inmueble decretados por el JUZGADO 16 CIVIL MUNICIPAL. 17. El día 12 septiembre de 2012 mí representado pasa de ser cotizante en la NUEVA EPS a ser beneficiario de la señora ROSALBA CORTES ROCHA en salud. VER ANEXOS. 18. El día El día 22 de agosto de 2013 ante Notario 53 del Circulo de Bogotá los señores TRINIDAD ALONSO SÁNCHEZ GAITÁN y ROSALBA CORTES ROCHA, rindieron declaración extra proceso donde se declaró la convivencia de los declarantes. ANEXO COPIA SIMPLE. 19. El día 23 de febrero de 2015 el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN presenta denuncia penal por el delito de constreñimiento ilegal en contra del señor TEODOLFO CORTES ROCHA, hermano de la señora ROSALBA CORTES ROCHA por problemas con la vivienda. VER ANEXOS 20. El día 09 de junio de 2016, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN presenta denuncia penal por el delito de amenazas en contra del señor TEODOLFO CORTES ROCHA, hermano de la señora ROSALBA CORTES ROCHA por problemas con la vivienda. VER ANEXOS 21. El día 06 de diciembre de 2016, la señora ROSALBA CORTES ROCHA excluye como beneficiario al señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN por separación. 22. EL día 22 de diciembre de 2017, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN presenta querella en contra de la señora ROSALBA CORTES ROCHA por amparo de domicilio. VER ANEXO. 23. El 07 de enero de 2017, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN sale al medio a realizar diligencias al centro de la ciudad y cuando regresa a la 4:00 pm, la señora ROSALBA CORTES ROCHA había cambiado las guardas de la casa, no pudiendo volver a entrar a su casa. 24. Para el día 10 de febrero de 2017 estaba programada la diligencia dentro de la querella por amparo de domicilio, pero la señora ROSALBA CORTES ROCHA no asistió. VER ANEXO 25. El día 20 de enero de 2017, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN presenta querella por perturbación a la tenencia en contra de la señora ROSALBA CORTES ROCHA. VER ANEXO

26. El día 21 de febrero de 2017, se realiza diligencia de conciliación dentro la querella 53 55 – 2017, donde se declara fracasada la etapa Conciliatoria. VER ANEXO. 27. Respecto de mi poderdante el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN no subsiste vínculo matrimonial o sociedad conyugal con tercera persona. 28. Respecto de la señora ROSALBA CORTES ROCHA no subsiste vínculo matrimonial o sociedad conyugal con tercera persona. 29. De la anterior convivencia o unión marital entre el señor no hubo hijos. 30. Durante el tiempo de convivencia la señora ROSALBA CORTES ROCHA y mi representado tuvieron varios negocios entre otros una lavandería y tres restaurantes. 31. Los conformantes de esta unión marital de hecho son ambos solteros por tanto se formó una sociedad patrimonial durante el tiempo de su existencia integrada así: INMUEBLE CASA DIRECCION DEL INMUEBLE: Calle 1A No 44-30 (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C.

barrio JAZMIN

FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA 50C-497551 OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BOGOTA – ZONA CENTRO. CODIGO CATASTRAL Nro. AAA0036DRZE DESCRIPCION, CABIDA Y LINDEROS LOTE DE TERRENO JUNTO CON LA EDIFICACIÓN EN EL LEVANTADA DISTINGUIDO CON EL NUMERO 2 DE LA MANZANA 26 DE LA URBANIZACION EL JAZMIN 2. SECTOR CON UNA CABIDA DE 120 METROS. Y LINDA: POR EL NORTE EN 6 METROS. CON EL LOTE No 35 DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACIÓN POR EL SUR: EN 6 METROS. CON LA CALLE 1 DE LA NOMENCLATURA URBANA; POR EL ORIENTE: EN 20 METROS CON EL LOTE No 1 DE LA MISMA MANZANA Y URBANIZACION Y POR EL OCCIDENTE: EN 20 METROS. 32. El día 30 de septiembre de 2011, mediante escritura 1998 del a Notaria 14 del Circulo de Bogotá, la señora ROSALBA CORTES ROCHA transfiere el 30% del inmueble relacionado en el hecho anterior a su hermana la señora ALEJANDRINA CORTES ROCHA. 33. Manifiesta mi representado que se entera de este hecho durante su convivencia con la señora ROSALBA CORTES ROCHA , cuando al reclamarle su compañera le manifiesta que era para sacar un préstamo para el pago de una deuda y mejoramiento de vivienda por la suma aproximada de $ 30.000.000.

34. El día 29 de mayo de 2011, mediante escritura 1074 de la Notaria 14 del Circulo de Bogotá, la señora ROSALBA CORTES ROCHA transfiere el 70% del inmueble relacionado en el hecho 30 a su hermana la señora ALEJANDRINA CORTES ROCHA. 35. Manifiesta mi representado que se entera de este hecho después de su separación de la señora ROSALBA CORTES ROCHA. 36. Manifiesta mi representado que la señora ALEJANDRINA CORTES ROCHA no tiene la capacidad económica para realizar este tipo de negociaciones, puesto que se dedica a la venta ambulante de tinto. 37. Mi representado iniciará, próximamente, demanda de simulación de las ventas realizadas por la señora ROSALBA CORTES ROCHA a su hermana, señora ALEJANDRINA CORTES ROCHA, del inmueble en mención. PRUEBAS Comedidamente solicito al señor juez tener, decretar, practicar y evaluar los siguientes medios probatorios: Documentales 1. Copia simple contrato de promesa de compraventa 03 de agosto de 2005 suscrita por la señora ROSALBA CORTES ROCHA. 2. Copia de la Escritura Pública 4622 del día 06 de septiembre de 2005 de la Notaria 42 del Circulo de Bogotá. 3. Certificado de libertad y tradición del inmueble ubicado en la Calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA 50C-497551 OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE BOGOTA – ZONA CENTRO. 4. Contrato de obra civil del 30 de mayo de 2006 mi representado realizó mejoras al inmueble por valor de $3.129.000 5. Memorial del día 01 junio de 2006, el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN, solicito un retiro parcial de cesantías a la empresa SEGURIDAD ATLAS, que se encontraban en PROTECCION S.A. 6. Extracto estado de cuentas en cesantías de PROTECCION S.A. 7. Copia de afiliación al SEGURO SOCIAL de la señora ROSALBA CORTES ROCHA y su núcleo familiar por parte de mi representado, de fecha 14 de agosto de 2016. 8. Copia de certificación de la Nueva EPS de afiliación de la señora ROSALBA CORTES ROCHA y su núcleo familiar por parte de mi representado.

9. Copia de radicado en NUEVA EPS donde cambia la condición de mi representado de cotizante a beneficiario. 10. Declaración extra- proceso del día 22 de agosto de 2013, Notaria 53 del Circulo de Bogotá. 11. Copia de denuncia del día 23 de febrero de 2015 instaurada por el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN por el delito de constreñimiento ilegal en contra del señor TEODOLFO CORTES ROCHA, hermano de la señora ROSALBA CORTES ROCHA. 12. Copia de denuncia del día 09 de junio de 2016 instaurada por el señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN por el delito de amenazas en contra del señor TEODOLFO CORTES ROCHA, hermano de la señora ROSALBA CORTES ROCHA. 13. Copia de querella del día 22 de diciembre de 2016 ante cinspe3cion de policía. 14. Constancia secretarial Ofician contravenciones Estación de Policía Puente Aranda de 10 de febrero de 2017. 15. Copia acta conciliación del día 21 de febrero de 2017, dentro la querella 53 55 – 2017, donde se declara fracasada la etapa Conciliatoria. 16. Derecho de petición BANCO CAJA SOCIAL S.A., y su respuesta. 17. Derechos de petición radicados LTDA y PORVENIR S.A.

en las empresas SEGURIDAD ATLAS

Testimoniales Ruego señalar fecha y hora para audiencia, y citar al despacho a los siguientes testigos: TEODOLFO CORTES ROCHA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá, identificado con cedula de ciudadanía C.C. No. 79.460.386 expedida en Bogotá, quien depondrá sobre los hechos de la demanda y su eventual contestación, especialmente sobre la convivencia del señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN

y la señora ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA,

sobre el contrato de obra civil mediante el cual se le realizaron

las mejoras

realizadas al inmueble. ALEJANDRINA CORTES ROCHA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá, identificado con cedula de ciudadanía C.C. No.20.444.4687, quien depondrá sobre los hechos de la demanda y su eventual contestación, especialmente sobre la convivencia del señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ

GAITAN

y la señora ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA y sobre la

compras parciales que realizó a su hermana ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA sobre el inmueble que hace parte de la sociedad patrimonial. LEONARDO PULECIO VALBUENA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá, quien depondrá sobre los hechos de la demanda y su eventual contestación, especialmente sobre la convivencia del señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la señora ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA y las mejoras realizadas al inmueble. LUIS ALBERTO GUZMAN ORTIGOZA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá, quien depondrá sobre los hechos de la demanda y su eventual contestación, especialmente sobre la convivencia del señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la señora ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA y las mejoras realizadas al inmueble. JIMMY ALFONSO SANCHEZ ZARTA, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Bogotá, quien depondrá sobre los hechos de la demanda y su eventual contestación, especialmente sobre la convivencia del señor TRINIDAD ALONSO SANCHEZ GAITAN y la señora ROSALBA CORTES ROCHA CASTAÑEDA y las mejoras realizadas al inmueble. Interrogatorio de parte Solicito hacer comparecer a su Despacho, a la demandada ROSALBA CORTES ROCHA, para que responda el interrogatorio que le formularé sobre causas del presente libelo. Oficio 1. Solicito a su Señoría oficiar al BANCO CAJA SOCIAL S.A., con el fin de que aporten al Despacho

los documentos relacionados con el crédito

hipotecario garantizado mediante Escritura Pública 4622 del día 06 de septiembre de 2005 de la Notaria 42 del Circulo de Bogotá

y cuyo titular

es la señora ROSALBA CORTES ROCHA, con el fin de determinar fecha y monto cuota inicial pagada, fechas y montos de cada una de la cuotas pagadas y fecha de terminación del crédito hipotecario.

Se debe mencionar que se radicó derecho de petición al BANCO CAJA SOCIAL S.A., y e respuesta del mismo se indica que solo le pueden dar

información al titular de la cuenta. SE ANEXA COPIA DEL DERECHO DE PETICION Y DE RESPUESTA.

2. Solicito a su Señoría oficiar a SEGURIDAD ATLAS LTDA., con el fin de que aporten al Despacho los documentos relacionados con las solicitudes de retiro parciales

de cesantías solicitados por

el señor TRINIDAD

ALONSO SANCHEZ GAITAN, indicando fechas, montos y documentos de soporte.

Se debe mencionar que se radicó derecho de petición

a la empresa

SEGURIDAD ATLAS LTDA., sin que a la fechas se haya

dado

contestación al mismo.

3. Solicito a su Señoría oficiar a PORVENIR S.A , con el fin de que aporten al Despacho parciales

los documentos relacionados con las solicitudes de retiro

de cesantías solicitados por

el señor TRINIDAD ALONSO

SANCHEZ GAITAN, indicando fechas, montos y documentos de soporte.

Se debe mencionar que se radicó derecho de petición

a la empresa

PORVENIR S.A. , sin que a la fechas se haya dado contestación al mismo. ANEXOS 

Los relacionados en el acápite de pruebas.



Poder debidamente conferido.



Copias de la demanda para el archivo y el traslado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Fundamento la presente demanda en las siguientes normas: Ley 54 de 1990 modificado por el art. 1, de la Ley 979 de 2005, Artículo 2o. Literal A, Artículos 82 S.S y 396 siguientes y del Código General del Proceso. PROCEDIMIENTO Corresponde a la presente demanda el trámite del proceso Verbal del LIBRO TERCERO, PROCESOS SECCIÓN PRIMERA, PROCESOS DECLARATIVOS, TÍTULO I, CAPÍTULO I, del Código General del Proceso.

COMPETENCIA Es usted Señor Juez competente para conocer del mismo por la naturaleza del proceso y el domicilio de las partes.

NOTIFICACIONES

Mi poderdante: En la AVENIDA JIMNENEZ N° 8 A- 44 OFICINA 205, 206, 207 de la ciudad de Bogotá. No posee dirección de notificación electrónica. La demandada: Calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. Desconozco dirección de notificación electrónica. Los testigos TEUDOLFO CORTES ROCHA en la Carrera 7 Este N° 42 – 06 Sur Barrio Guacamayas. ALEJANDRINA CORTES ROCHA, en la Calle 1A No 44-30 barrio JAZMIN (Dirección Catastral) de la ciudad de BOGOTA, D.C. Desconozco dirección de notificación electrónica. Los testigos LUIS ALBERTO GUZMAN ORTIGOZA, en la Carrera 57 N 14-75 de la ciudad de BOGOTA, D.C. Celular 3115354278 LEONARDO PULECIO VALBUENA, en la Calle 12 B numero 9-20 oficina 212 de la ciudad de Bogotá. Celular 3125865667 JIMMY ALFONSO SANCHEZ ZARTA Diagonal 32 Sur N° 10-40 interior 28 apto 601, Conjunto Rincones de Mercurio. Correo [email protected] El suscrito: En la secretaría del juzgado o en mi despacho ubicado en la

Del Señor juez,

Cordialmente;

____________________________________ FRANCISCO ORLANDO HERRERA TORRES C.C. No. 1.065.578.160 de Valledupar T.P No. 310.330 del C.S. de la J.