Demanda Juicio Ejecutivo Mercantil

JUICIO ORAL MERCANTIL JUAN HILARIO GÓMEZ AVILEZ VS. MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ INICIO C. JUEZ DE LO CIVIL ESPECIALIZADO E

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JUICIO ORAL MERCANTIL JUAN HILARIO GÓMEZ AVILEZ VS. MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ INICIO

C. JUEZ DE LO CIVIL ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL EN TURNO PRESENTE. -

JUAN HILARIO GÓMEZ AVILEZ, promoviendo con el carácter de endosatario en procuración de JESÚS SÁNCHEZ NÚÑEZ, tal y como lo acredito con el endoso respectivo mismo que aparece al reverso del documento base de la acción, con cedula profesional numero 5381143 expedida por la Dirección

General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en CALLE SEXTA SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA ZONA CENTRO DE ESTA CIUDAD DE ENSENADA; autorizando en términos del artículo 1069 del Código de Comercio para recibir notificaciones a OCTAVIO MOISES LÓPEZ BOLAÑOS, FLOR NEDIN ÁLVAREZ ESTRADA, LUIS GERARDO REYNOSA RIVERA, LUIS ARAEL DELGADO LÓPEZ Y NORMA ANGÉLICA PLATERO BARRIGA, de la manera más atenta comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa, vengo a promover JUICIO ORAL MERCANTIL, en contra de MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ, en su carácter de deudora principal, persona a quien señalo como domicilio para ser emplazado EN CALLE 13 NUMERO 1314 ZONA CENTRO DE ESTA CIUDAD DE ENSENADA, persona de quien reclamo las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

A).- El pago de la cantidad de $6,472.80 (SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 80/100 EN M.N.), por concepto de suerte principal.

B).- El pago de intereses ordinarios a razón del 4.57% quincenal, de acuerdo a cada periodo de quince días hasta la total liquidación del adeudo.

C).- El pago de los intereses moratorios a razón del 1.5% mensuales por cada uno de los cuarenta y ocho pagos no cubiertos.

D).- El pago de los gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio.

Fundamos la presente demanda en los siguientes puntos de Hechos y consideraciones de Derecho:

H E C H O S:

1.- En fecha cuatro de octubre de dos mil trece MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ, en

su

carácter

de

suscriptor,

suscribió

a

la

orden

de

FINANCIERA

INDEPENDENCIA S.A.B. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R., el título de crédito que en su especie de PAGARE se acompaña a esta demanda, por la cantidad de $6,472.80 (SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 80/100 EN M.N.), documento fundatorio que en original adjunto a la presente demanda.

2.- El demandado se obligó a liquidar dicho Titulo de Crédito mediante 18 pagos en cantidad de $567.00 cada uno, a partir del día veinte de octubre de dos mil doce con fecha de cumplimiento del último pago, el día cinco de julio de dos mil trece.

3.- En el documento base de la acción intentada se pactó que se cobraría un interés del 4.57% mediante periodos quincenales sobre la suerte principal tal y como se desprende del pagaré que se anexa.

4.- En el documento fundatorio se pactó que, en caso de falta de pago de cualquiera de los cuarenta y ocho pagos pactados, este causaría un interés moratorio a razón del 1.5% mensual a partir de la fecha en que incurrió en mora y hasta la total liquidación del adeudo.

5.- En fecha veinticinco de marzo de dos mil catorce el título de crédito en su especie Pagare, fue transmitido por FINANCIERA INDEPENDENCIA S.A.B. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R., mediante Endoso en Propiedad a favor JESÚS SÁNCHEZ NÚÑEZ, mismo que en fecha treinta de agosto de dos mil catorce, me fue endosado en procuración para su cobro.

6.- Pese a múltiples requerimientos extrajudiciales de pago que se han realizado al demandado por el suscrito, para obtener la liquidación del documento fundatorio de la acción, se ha negado a efectuar el pago respectivo, razón por la cual me veo en la necesidad de ejercitar la acción cambiaria directa en la vía ejecutiva mercantil.

En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1401 del Código de Comercio y con el objeto de probar mi acción, ofrezco con citación de la contraria las siguientes:

P R U E B A S:

1. LA CONFESIONAL: Consistente en la declaración que, conforme al pliego de posiciones se le formulen durante la audiencia y que sean calificadas de legales, con el apercibimiento que de no asistir sin causa justificada o no conteste las preguntas que se le formules, será declarado confeso. Misma prueba que se ofrece relacionándola con los puntos de hechos marcados del 1 al 6 del presente escrito,

y dicha probanza se ofrece para demostrar el adeudo que a la fecha tiene el demandado a favor de mi endosante.

2. LA INSTRUMENTAL. - Consistente la presente prueba en el Título de Crédito de los llamados por la Ley como Pagaré, suscrito con fecha cuatro de octubre dos mil doce, por la demandada MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ, en su carácter de suscriptor. Misma prueba que se ofrece relacionándola con los puntos de hechos marcados del 1 al 6 del presente escrito, y dicha probanza se ofrece para demostrar el adeudo que a la fecha tiene la demandada a favor de mi endosante.

3.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. - Consistente la presente prueba en todo lo actuado dentro del presente juicio y que beneficie a mis intereses. Misma prueba que se ofrece relacionándola con los puntos de hechos marcados del 1 al 6 del presente escrito, y dicha probanza se ofrece para demostrar el adeudo que a la fecha tiene la demandada a favor de mi representado.

D E R E C H O:

I.- LA CAPACIDAD PARA PROMOVER, la demuestro conforme a lo establecido por los artículos 1061, 1390 Bis 13 y demás aplicables del Código de Comercio y 35 de la Ley General de Títulos y operaciones de Crédito

II.- EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO, se encuentra regido por los artículos 1390 Bis al 1390 bis 50 y demás aplicables del Código de Comercio.

III.-. EN CUANTO AL FONDO DEL ASUNTO, lo regulan los artículos 5, 29, 35, 170, 174 y demás aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted, atentamente solicito:

P E T I C I O N E S:

PRIMERO. - Tenerme por medio del presente ocurso y con la personalidad que debidamente

acredito,

documento

original

y

copias

que

acompañamos,

promoviendo JUICIO ORAL MERCANTIL en contra de MARÍA GONZALEZ HERNANDEZ.

SEGUNDO. - Tener por autorizado para oír y recibir todo tipo de notificaciones en términos del Código de Comercio vigente a OCTAVIO MOISES LOPEZ BOLAÑOS, FLOR NEDIN ALVAREZ ESTRADA, LUIS GERARDO REYNOSA RIVERA, LUIS ARAEL DELGADO LOPEZ Y NORMA ANGELICA PLATERO BARRIGA.

TERCERO. - Admitida que sea la presente demanda se mande a emplazar a mi demandada en términos de Ley.

CUARTO. - En el momento procesal oportuno se dicte la correspondiente sentencia condenándola al pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas y, en su caso trance y remate de los bienes embargados y con el producto nos sea pagado.

Ensenada, Baja California a la fecha de su presentación.

PROTESTO LO NECESARIO

_________________________________ JUAN HILARIO GÓMEZ AVILEZ