DEMANDA ANTICIPO

Expediente Secretario Escrito Cuaderno Sumilla : : : 01 : Principal : Anticipo Legítimo de Herencia SEÑOR JUEZ ESPECIA

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Expediente Secretario Escrito Cuaderno Sumilla

: : : 01 : Principal : Anticipo Legítimo de Herencia

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LIMA JESÚS ARTEMIO ALVITES PARIONA, identificado con DNI. N° 08831437, con domicilio en CONTRALMIRANTE MONTERO N° 630 – SURQUILLO y señalando domicilio procesal en el JR. AZÁNGARO N° 866 OF. 401 CERCADO DE LIMA, ante Ud., respetuosamente me presento y digo: I.

II.

PETITORIO.Que, inicio un proceso de Anticipo Legítimo de Herencia a favor de JANETH NOELIA ALVITES CAJO, identificada con DNI. N° 77804405, que de conformidad al Art. N° 458 y 781 del Código Procesal Civil, OTORGO voluntariamente mi patrimonio. FUNDAMENTO DE HECHO: PRIMERA: EL DEMANDANTE es propietario de un vehículo cuyas características son las siguientes: MARCA : HYUNDAI MODELO : H100 TRUCK CLASE : N1-CMTA PICKUP SERIE : KMFZAX7HABU769163 COLOR : BLANCO AÑO : 2011 Cuya inscripción consta en los Registros Públicos (Vehicular), se adjunta Copia Literal en original. SEGUNDA: Conforme se desprende de la Partida de Nacimiento que se anexa y que Usted Señor Juez, en donde los gastos que origine la presente demanda al ANTICIPANTE como padre del DEMANDADO, quién nació fruto de la convivencia con su señora madre. TERCERA: LOS ANTICIPANTES dan en calidad de anticipo de legítima en favor de LOS ANTICIPADOS, el vehículo descrito en la cláusula primera. LOS ANTICIPANTES declaran que el Anticipo de Legítimo es puro, simple, sin condiciones y con dispensa de colación.

CUARTA: LOS ANTICIPANTES declaran que sobre el vehículo que da en anticipo de legítima, no pesa ningún gravamen, carga, hipoteca, usufructo, embargo, ni medida judicial o extrajudicial que pueda limitar el derecho de propiedad y libre disposición. QUINTA: LOS ANTICIPANTES en representación de LOS ANTICIPADOS declaran expresamente que agradecen y aceptan el anticipo de legítima materia de la presente demanda en los términos y condiciones expresados. III.

FUNDAMENTO DE DERECHO El anticipo de legítima es la institución del Derecho Sucesorio por el cual el causante, a través de un acto de disposición a título gratuito, transmite parte de los bienes que integran la legítima a favor de uno o más de sus herederos forzosos. Dicha liberalidad debe contar con la aceptación del favorecido. BASE LEGAL Art. 723º 724º 831º y 1625º del Código Civil. Art. 74 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN. JURISPRUDENCIA REGISTRAL PLENO Nº 5 Sexto Precedente: INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 448 INC. 9 DEL CÓDIGO CIVIL (Sesión ordinaria realizada los días 5 y 6 de septiembre de 2003. Publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de octubre de 2003.) "Para inscribir donaciones, legados o herencias voluntarias a favor de menores se requiere contar con autorización judicial cuando aquellos actos estén sujetos a cargo, como modalidad del acto jurídico, y no cuando los bienes objeto de liberalidad estén gravados". Criterio adoptado en la Resolución Nº 329-99-ORLC/TR del 3 de diciembre de 1999 y Nº 363-2000ORLC/TR del 30 de octubre de 2000. RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL REGISTRAL NATURALEZA JURÍDICA DEL ANTICIPO DE LEGÍTIMA Resolución 223-2010-SUNARP-TRA del 11 de junio de 2010. Si bien es cierto que dentro de la clasificación de contratos en razón a las obligaciones de las partes, estamos ante un contrato de prestaciones unilaterales, también llamado por algunos autores como contrato unilateral, ello por oposición a los contratos de prestaciones recíprocas o bilaterales, en los cuales ambas partes contratantes asumen obligaciones la una frente a la otra; sin embargo en el anticipo de legítima (donación), como todo contrato, requiere del acuerdo de voluntades de ambos contratantes, donante y donatario, aunque en el contrato de donación , el único sujeto obligado es el donante, quien se obliga a transferir la propiedad del bien.

IV.

MEDIOS PROBATORIOS: 1. Partida de Nacimiento en Original del demandado. 2. Copia de mi DNI. 3. Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo.

V.

ANEXOS 1.A. Partida de Nacimiento en Original del demandado. 1.B. Copia de mi DNI. 1.C. Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo. 1.D. Adjunto Arancel Judicial por la suma de S/. 128.00 y cédula de notificación

POR LO TANTO: A Ud., Señor Juez solicito ADMITIR la presente demanda y declarar FUNDADA en su oportunidad. OTROSI DIGO: El accionante administrará las gananciales que generen dicho vehículo por mutuo acuerdo con el demandado. Lima, 14 de Julio del 2015