Anticipo de Legitima

Señor Notario Dr.: Sírvase extender en su Registro de Escrituras, una de ANTICIPO DE LEGÍTIMA Y CONSTITUCIÓN DE USUFRUCT

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Señor Notario Dr.: Sírvase extender en su Registro de Escrituras, una de ANTICIPO DE LEGÍTIMA Y CONSTITUCIÓN DE USUFRUCTO, que otorgan, de una parte, como ANTICIPANTES: PAPA XXXXXXXXXXXXX con DNI Nro. XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX con DNI Nro. XXXXXXXXXXXXXXXX y como ANTICIPADOS: HIJO XXXXXXXXXXXXXX, con DNI Nro. XXXXX; XXXXXXX, con DNI Nro. XXXXXX y XXXXXXXXX, con DNI Nro. XXXX; cuyos demás datos y calidades personales se servirá usted insertar en la parte introductiva del instrumento que la presente minuta genere. El que se otorga en los términos de las cláusulas siguientes: DEL ANTICIPO DE LEGÍTIMA. PRIMERA: DEL INMUEBLE: LOS ANTICIPANTES, son propietarios del inmueble signado como XXXXXXXXXXXXX, provincia XXXXXX y departamento de XXXXXXXXX, cuya extensión, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran detalladas bajo el código de partida XXXXXXX del Registro de Predios de la Zona Registral N° XXX – Sede XXXXX. SEGUNDA: ANTECEDENTES: El inmueble materia del presente fue adquirido por los anticipantes en virtud del título de Propiedad efectuada a su favor por COFOPRI, del XXXXXXXXXXXXX. TERCERA: DEL ANTICIPO: Con los antecedentes establecidos, LOS ANTICIPANTES dan en anticipo de legítima, a favor de sus hijos XXXXX, XXXXXXXXXX y XXXXXXXX, el inmueble descrito en la cláusula primera, quienes por tanto se constituyen en únicos y exclusivos propietarios. CUARTA: DE LA VALORIZACIÓN: El inmueble descrito en la cláusula primera se valoriza en la suma de S/. XXXXXXX.XX (XXXXXXX NUEVOS SOLES CON 00/100), ello en base al arancel establecido por la municipalidad en la que se ubica. QUINTA: DE LA ACEPTACIÓN: LOS ANTICIPADOS aceptan en forma expresa el anticipo efectuado a su favor, agradeciendo a sus señores padres la liberalidad efectuada.

DE LA CONSTITUCIÓN DE USUFRUCTO SEXTA: OBJETO DEL CONTRATO: Por el presente, los anticipados: XXXXXX, XXXXXX y XXXXX, constituyen derecho de usufructo, sobre el inmueble descrito en la cláusula primera de este contrato, a favor de su señor padre: XXXXXXXXX, USUFRUCTUARIO, transfiriéndole las facultades de usar y disfrutar del mencionado bien. Dicha transferencia se efectúa a título gratuito. SÉPTIMA: DEL PLAZO: EL usufructo constituido será hasta el término de los días del Usufructuario, oportunidad en la que se extinguirá, tal como lo establece el Art. 1021 del Código Civil, en la que los usufructuantes tomarán posesión del bien.

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OCTAVA: OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO EL USUFRUCTUARIO, se compromete a cuidar y mantener el bien otorgado en usufructo en buenas condiciones, sin más deterioro que el derivado del uso normal. Deberá abonar todos los gastos ordinarios e indispensables para la conservación y mantenimiento del bien dado en usufructo, debiendo pagar los tributos que pudieran gravar el bien. NOVENA: FACULTADES DEL USUFRUCTUARIO: EL USUFRUCTUARIO, queda facultado a realizar los siguientes actos: Podrá ceder el uso del bien a terceras personas, quedando facultado a celebrar contratos de arrendamiento y cualquiera que no importe disposición de la propiedad Será del USUFRUCTUARIO, los frutos naturales y mixtos pendientes al inicio del presente contrato y todos los que se deriven a partir de la suscripción del presente. DÉCIMA: DE LOS GASTOS: Acuerdan los otorgantes que los gastos que demanden la minuta así como su elevación a escritura pública serán asumidos por el anticipado. DÉCIMO PRIMERA: DEL IMPUESTO DE ALCABALA: EL presente se encuentra inafecto del pago del impuesto de alcabala, conforme lo establecido en el artículo 27, inciso 11 de la Ley de Tributación Municipal. DÉCIMO SEGUNDA: DE LA RATIFICACIÓN: Los otorgantes declaran que en la celebración y suscripción de la presente minuta no ha mediado causal alguna de nulidad o anulabilidad que lo invalide total o parcialmente, ratificando el contenido de cada una de las cláusulas.

Usted señor Notario sírvase agregar las demás cláusulas conforme a Ley, elevando la presente minuta a Escritura Pública y cuidando de cursar los partes respectivos para las inscripciones correspondientes. Cañete, 23 de agosto de 2019

MINUTA1[1] DE ANTICIPO DE LEGÍTIMA2[2] Señor Notario Público: Sírvase extender en su Registro de Escrituras Púbicas3[3] una de Anticipo de Legítima4[4], que otorgan don (…), a favor de su hija (…), en los términos y condiciones que constan de las cláusulas siguientes: PRIMERO.- El otorgante, es propietario del lote número 1, manzana (…), de la Urbanización (…), del distrito de (…), provincia (…), Departamento (…), con un área de (…) metros cuadrados, cuyos linderos y medidas perimétricas aparecen en la ficha registral (…) de los Registros Públicos de (…) SEGUNDO.- El ANTICIPANTE5[5] adquirió el inmueble por Contrato de Transferencia de Dominio que le otorgara a su favor (…) cuya traslación se

encuentra inscrita en la ficha registral (…), Rubro (…), Asiento (…), de los Registros Públicos de (…) TERCERO.- Es materia del presente anticipo (…) metros cuadrados que se encontrará encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con la calle (…), con (…) metros lineales; por el lado derecho, entrando con el lote (…), con (…) metros lineales; por el costado izquierdo, con calle (…), con (…) metros lineales y por el fondo, con el resto de la propiedad del otorgante, con (…) metros lineales.6[6] Siendo el valor real en el mercado del bien anticipado el de (….).7[7] CUARTO.- El presente anticipo es a favor de mi hija doña (…), dentro del 50% que me corresponde como gananciales del inmueble descrito en las cláusulas precedentes. QUINTO.- La ANTICIPADA acepta el Anticipo que le hace su padre y le agradece por esta liberalidad de su parte. SEXTO.- El anticipo comprende todo cuanto de hecho y por derecho pertenece a los bienes que se anticipa, sin que el ANTICIPANTE se reserve nada para sí. SÉPTIMO.- El ANTICIPANTE declara que sobre el anticipo del inmueble que se entrega no pesa gravamen alguno que limite o pueda limitar su libre disposición.8[8] OCTAVO.- El presente acto se encuentra inafecto al Impuesto de Alcabala, según lo dispone el TUO de la Ley de Tributación Municipal.9[9] Usted, Señor Notario agregue lo demás de Ley.

Arequipa, 03 de febrero de 2013