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DELITOS FISCALES POR: CP y LD JOSÉ DE JESÚS VELASCO CASTAÑEDA DEFINICIÓN  DELITO ES TODA ACCIÓN U OMISIÓN QUE SANCIO

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DELITOS FISCALES POR: CP y LD JOSÉ DE JESÚS VELASCO CASTAÑEDA

DEFINICIÓN 

DELITO ES TODA ACCIÓN U OMISIÓN QUE SANCIONAN LAS LEYES FISCALES-PENALES

PROCEDIMIENTO PREVIO:    

Por querella Por declaratoria de perjuicios Por declaratoria especial Por denuncia de hechos

DELITOS POR QUERELLA      



Equiparables al contrabando art 105 CFF Defraudación fiscal 108 CFF Equiparables a la defraudación fiscal 109 CFF Conductas relacionadas con el RFC 110 CFF Depositarios o interventores infieles 112 CFF Ordenar o practicar visitas domiciliarias o embargos sin mandamiento escrito de autoridad fiscal competente. 114 CFF Verificación fisica de mercancias en transporte en lugar distinto a recintos fiscales 114 CFF

Por declaratoria de perjuicio  

CONTRABANDO (102 CFF) ROBO DE MERCANCIA EN RECINTO FISCAL O FISCALIZADO (115 CFF)

POR DECLARATORIA ESPECIAL 

Tratándose de contrabando de mercancias, por las que no deba pagarse impuestos y requieran permiso de autoridad competente o de trafico prohibido. (102 CFF)

POR DENUCIA DE HECHOS    

 

Encubrimiento (96 CFF) No declaración en aduanas Tentativa de delitos fiscales (98 CFF) Alteracion o destrucción de aparatos de control, sellos, marcas oficiales con fines fiscales (113-I CFF) Alteracion o destrucción de maquinas registradoras (113-II CFF) Tenencia de marbetes o precintos o enajenacion de ellos sin autorizacion (113-II CFF)

 

 

Reproducción o impresión ilegitima de comprobantes fiscales (113-III CFF) Amenazar al contribuyente, su representante o sus dependientes sin falta de delitos (114-A CFF) Revelación ilegal de información (114-B CFF) Comercializar o transportar gasolina o diesel en forma ilegal (115-BIS CFF)



En los delitos fiscales la autoridad judicial no impondrá sanción pecuniaria; las autoridades administrativas, con arreglo a las leyes fiscales harán efectivas las contribuciones omitidas, los recargos y las sanciones, sin que ello afecte el procedimiento penal

RESPONSABLES DELITOS FISCALES (95 CFF)     

Concierten la realización del delito Realicen la conducta o el hecho descrito en la Ley Cometan conjuntamente el delito Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo Induzcan, ayuden o auxilien dolosamente a otro a cometerlo

DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS 

Si un funcionario o empleado publico comete o participa en la comisión de un delito fiscal, la pena aplicable por el delito que resulte se aumentara DE TRES A SEIS AÑOS DE PRISIÓN.

PRESCRIPCIÓN DELITOS FISCALES 





Tres años contados a partir que la autoridad tenga conocimiento del delito y del delicuente. Cinco años a partir de la comisión del delito si la autoridad no tiene conocimiento del delito ni del delicuente. En los demas casos se estara a las reglas del CPF (100-115 CPF)

GRACIAS!!!