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Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica - ANPE ______________________________________________

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GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE VILLA TUNARI tercera SECCION MUNICIPAL PROVINCIA CHAPARE

DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS DE SUPERVICION TECNICA MODALIDAD ANPE “servicio de supervisión técnica de obra para el proyecto

CONSTRUCCION UNIDAD EDUCATIVA técnicos humanísticos ETERAZAMA MUNICIPIO villa TUNARI” PRIMERA CONVOCATORIA

COD. INT. MA-ANPE-SC-SUP.TEC.-Nº 01/2018 CUCE: 18-1314-00-895207-1-2

VILA TUNARI - COCHABAMBA ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA GESTION - 2018 Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 055 de 24 de enero de 2014 Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 055 de 24 de enero de 2014 Elaborado en el marco de Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 Elaborado en el marco de Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios

i

Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica - ANPE ___________________________________________________________________________________________________

CONTENIDO

PROVINCIA CHAPARE ........................................................................................................................... i DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN ...................................................................................... i PARA SERVICIOS DE SUPERVICION TECNICA .............................................................................. i MODALIDAD ANPE ........................................................................................................................... i 1.

NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN............................. 1

2.

PROPONENTES ELEGIBLES ........................................................................................... 1

3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. ................................................................................................................................ 1 4.

GARANTÍAS ......................................................................................................................... 1

5.

RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS ............................................... 2

6.

CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES .............. 3

7.

DECLARATORIA DESIERTA ........................................................................................... 4

8. CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ............................................................................................................................ 4 9.

RESOLUCIONES RECURRIBLES ................................................................................... 4

10.

DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE ................................. 4

11.

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS ...................................................................................... 5

12.

APERTURA DE PROPUESTAS ........................................................................................ 6

13.

EVALUACIÓN DE PROPUESTAS ................................................................................... 6

14.

EVALUACIÓN PRELIMINAR ............................................................................................ 6

15. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO (SE APLICA ESTE METODO). ............................................................. 6 16. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD (NO APLICA ESTE METODO). ........................................................................................................................................ 7 17. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO (NO APLICA ESTE METODO). ............................................................................................................ 7 18. MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO (NO APLICA ESTE METODO). ............................................................................................................................ 7 19.

CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN .............. 7

20.

ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA ...................................................... 8

21.

SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO ..................................................................................... 8

22.

MODIFICACIONES AL CONTRATO .............................................................................. 9

23.

PRESTACIÓN DEL SERVICIO ........................................................................................ 9 ii

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24.

CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO ................................................................................ 9

25.

CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.................. 11

26. TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE ................................................................................................................................ 12 SUPERVISIÓN TÉCNICA ........................................................................................................... 12 3.- Enfoque: ....................................................................................................................................... 19 LA DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO QUE INVOLUCRA LAS OBRAS DE: ........ 19 4.- INFORMACIÓN DISPONIBLE .............................................................................................. 19 6.1.- De Carácter Técnico .................................................................................................................. 23 10.- METODOLOGÍA: ..................................................................................................................... 28 11.2.- Trabajo de Gabinete: .............................................................................................................. 28 12.- COORDINACIÓN ......................................................................................................................... 29 14.- DURACIÓN DE LA SUPERVISIÓN, LUGAR DE TRABAJO .............................................. 34 14.1.- Retrasos en la Ejecución del Servicio y de la Obra .................................................................. 34 15.- ZONIFICACION DE LOS TRABAJOS .............................................................................................. 35 16.- SEGUROS: ................................................................................................................................... 35 18.1.- Gerente de Proyecto: .............................................................................................................. 37 20.- OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR ............................................................................................... 42 20.1.- Obligaciones Generales .......................................................................................................... 42  Necesariamente la Empresa Proponente o Consultor Individual debe contar con el Registro Nacional de Consultoría (RNC) extendido por el VIPFE. ................................................................... 42 20.2.- Conflicto de Intereses ............................................................................................................ 42 20.3.- Responsabilidades del Supervisor ......................................................................................... 42 20.4.- Resarcimiento de daños al Contratante ................................................................................ 43 25.- PROPIEDADES DE DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACION ............................ 45 26.- MODIFICACIONES AL SERVICIO .................................................................................................. 45 VI.

METODOLOGÍA ............................................................................................................. 73 DURACIÓN DE LA SUPERVISIÓN, LUGAR DE TRABAJO ......................................... 73

IX. 

Retrasos en la Ejecución del Servicio y de la Obra ................................................................... 73



El Retraso del Servicio de Supervisión del Proyecto. ............................................................... 73

X.

ZONIFICACION DE LOS TRABAJOS .................................................................................. 73 SEGUROS: ........................................................................................................................... 73

XI. XXI. 

OBLIGACIONES DEL SUPERVISION .......................................................................... 74

Obligaciones Generales ............................................................................................................. 74 iii

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t)

Conflicto de Intereses ............................................................................................................... 74

u)

Responsabilidades del Supervisor ............................................................................................. 74

v)

Resarcimiento de daños al Contratante .................................................................................... 74

XXVI. XXVII.

PROPIEDADES DE DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACION 74 MODIFICACIONES AL SERVICIO ........................................................................... 74

iv

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PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES 1.

NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de servicios de Supervisión Técnica se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).

2.

PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes: a) b) c)

3.

Empresas consultoras nacionales legalmente constituidas. Asociaciones Accidentales de empresas consultoras nacionales legalmente constituidas. Asociaciones Accidentales de Empresas consultoras nacionales y extranjeras.

ACTIVIDADES PROPUESTAS.

ADMINISTRATIVAS

PREVIAS

A

LA

3.1

Inspección Previa (NO CORRESPONDE).

3.2

Consultas escritas sobre el DBC (NO CORRESPONDE).

PRESENTACIÓN

DE

Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPA, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC. 3.3

Reunión Informativa de Aclaración (NO CORRESPONDE). La Reunión Informativa de Aclaración se realizará, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión Informativa de Aclaración. Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión Informativa de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen.

4.

GARANTÍAS De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. 4.1

Las garantías requeridas, de acuerdo con el objeto, son: a)

b)

Garantía de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante, cuando lo requiera, podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, sólo para contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.(DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitara la Garantía de Cumplimiento de Contrato, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.

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c)

4.2

Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.

Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando: a) b) c) d)

e)

4.3

El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) Para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). El proponente adjudicado no presente, para la suscripción de contrato, uno o varios de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.

Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos: a) b) c) d) e) f)

4.4 5.

Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.

El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.

RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 5.1

Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.

5.2

Las causales de descalificación son: a) b) c) d)

Incumplimiento u Omisión en la presentación de cualquier formulario de Declaración Jurada requerido en el presente DBC. Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). La falta de firma del personal propuesto Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-5) y Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-6). Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.

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e)

Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. f) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal. g) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC. h) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), si ésta hubiese sido requerida. i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. j) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta. k) Cuando el proponente presente dos o más propuestas. l) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras. m) Cuando la propuesta presente errores no subsanables. n) Si para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). o) Si para la suscripción de contrato, la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso por causas se fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad. p) Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato. La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente. 6.

CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 6.1.

Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes: a) b)

c)

Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el DBC. Cuando los errores no sean sustanciales, sean éstos accidentales, accesorios o de forma. Se entenderá como aspectos no sustanciales aquellos que no son fundamentales y que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada. Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el DBC.

Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato. 6.2.

Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: a) b) c)

La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC. La falta de firma del proponente en el formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.

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d) e) f) g) h) i)

7.

La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada. Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea si esta hubiese sido solicitada. Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%) si esta hubiese sido solicitada. Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario, si esta hubiese sido solicitada. Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada.

DECLARATORIA DESIERTA El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.

8.

CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción de contrato, a través de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.

9.

RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I de las NBSABS.

10.

DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas. 10.1. Los documentos que deben los proponentes son: a) b) c) d) e) f) g) h) i)

Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o A-2b, según corresponda). Formulario Hoja de Vida del Proponente (Formulario A-3), para personas naturales. Formulario Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-4), para Empresas Consultoras. Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-5), para Empresas Consultoras. Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-6), para Empresas Consultoras. Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo y si ésta hubiese sido presentada no será considerada en la evaluación. Formulario de Propuesta Técnica, (Formulario C-1); Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2);

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j)

En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, ésta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta establecida en el DBC; y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.

10.2. En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado. 10.2.1. La documentación conjunta para presentar es la siguiente: a) b) c) d) e) f) g) h)

Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2c). Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-5). Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-6). Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo. Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1); Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2); En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, ésta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta, establecida en el DBC. Esta Garantía podrá ser presentada por uno o más empresas que conformarán la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad y que cubra el monto requerido. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.

10.2.2. Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación de cada empresa que conformará la Asociación Accidental: a) Declaración Jurada de Identificación del Proponente para integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2c). b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-4). La experiencia para Asociaciones Accidentales será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integrarán la Asociación. 11.

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS 11.1 La recepción de propuestas se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo. 11.2 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado, dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria. 11.3 La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario ni mayor sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de

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propuestas, plazo que se encuentra establecido en el numeral 25 Convocatoria y Datos Generales de la Contratación. 12.

APERTURA DE PROPUESTAS La apertura pública de propuestas se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificara los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.

13.

EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La entidad convocante, para la evaluación de propuestas aplicara el siguiente Método de Selección y Adjudicación: a) b) c) d)

14.

Calidad, Propuesta Técnica y Costo. (SE APLICA ESTE METODO). Calidad. (NO APLICA ESTE METODO). Presupuesto Fijo. (NO APLICA ESTE METODO). Menor Costo. (NO APLICA ESTE METODO).

EVALUACIÓN PRELIMINAR Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta y cuando corresponda la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente.

15.

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO (SE APLICA ESTE METODO). La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes: PRIMERA ETAPA: SEGUNDA ETAPA:

Propuesta Económica (PE) Propuesta Técnica (PT)

: 30 puntos : 70 puntos

15.1 Evaluación Propuesta Económica 15.1.1

Errores Aritméticos. Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente: a) b)

Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal. Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada.

A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: 𝑃𝑖 =

𝑃𝐸𝑀𝐶 ∗ 30 𝑃𝐸𝑖

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Donde: Pi

=

PEi PEMC

= =

Puntaje de la Evaluación del Costo o Propuesta Económica del Proponente i Propuesta Económica del proponente i Propuesta Económica de menor valor

Las propuestas que no fueran descalificadas en esta etapa de la Evaluación Económica pasaran a la Evaluación Técnica. 15.2 Evaluación Propuesta Técnica. La propuesta técnica, contenida en los Formularios A-1, A-2a, o A-2b, A-3, A-4, A-5, Y A-6 según corresponda a personas naturales o empresas consultoras, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMLE, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la Metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, de acuerdo con el Formulario V-3 correspondiente. El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C1, A-3, A-4, A-5 y A6 según corresponda a personas naturales o empresas consultoras, y C-2, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas. 15.3 Determinación del Puntaje Total Una vez calificadas las Propuestas Económica (PE) y Técnica (PT), se determinará el puntaje total (PTPi) utilizando el formulario V-4, de acuerdo con la siguiente fórmula: 𝑷𝑻𝑷𝒊 = 𝑷𝑬 + 𝑷𝑻 Donde: PTPi PE PT

= Puntaje Total de la Propuesta Evaluada = Puntaje de la Propuesta Económica del proponente = Puntaje de la Propuesta Técnica

El Responsable de Evaluación o Comisión de Calificación, recomendara la adjudicación de la propuesta que obtuvo la mayor puntuación total (𝑃𝑇𝑃𝑖 ). 16.

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD (NO APLICA ESTE METODO).

17.

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO (NO APLICA ESTE METODO).

18.

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO (NO APLICA ESTE METODO).

19.

CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a)

Nómina de los proponentes.

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b) c) d) e) f) 20.

Cuadros de evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes.

ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 20.1 El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta. 20.2 En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazo deberá ser publicado en el SICOES. Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado. 20.3 Para contrataciones mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación, mediante Resolución expresa, para contrataciones menores o iguales a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta. 20.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá, mínimamente, la siguiente información: a) b) c) d) e)

Nómina de los participantes y precios ofertados. Los resultados de la calificación. Causales de descalificación, cuando corresponda. Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.

20.5 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES para efectos de comunicación. 21.

SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO 21.1 El proponente adjudicado, deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre en el Certificado de RUPE. Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE presentado por el proponente, ingresando el Código del Certificado en el SICOES. 21.2 La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días hábiles para la entrega de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.

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Para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación. En caso de que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción de contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del artículo 49 de las NB-SABS. Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la suscripción de contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento; por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada. En los dos casos, señalados precedentemente, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación. En caso de convenirse anticipos, el proponente adjudicado deberá presentar la garantía de correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado. 22.

MODIFICACIONES AL CONTRATO Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante Contrato Modificatorio cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.

23.

PRESTACIÓN DEL SERVICIO La prestación del servicio deberá efectuarse cumpliendo con los términos de referencia, establecidos en el contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad de la contraparte de la entidad contratante.

24.

CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO 24.1 Una vez que la contraparte de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades y la devolución de garantías si corresponde y emisión del certificado de cumplimiento de contrato. 24.2 Los pagos por el servicio se realizarán contra prestación total o parcial del servicio previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el supervisor. 24.3 En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.

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SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos. Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega. Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra. Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo. Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato. Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública. Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito. Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor. Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta. Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica. Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados. Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado. Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista. Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública y solicita el Documento Base de Contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta dentro de la licitación pública. Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo con las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento.

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Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.

25.

INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

A. CONVOCATORIA Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: Entidad Convocante : GOBIERNO AUTONOMO VILLA TUNARI Modalidad de Contratación : Apoyo Nacional a la Producción y Empleo CUCE : Código interno que la entidad utiliza para : Identificar al proceso Objeto de la contratación :

1

8

-

1

3

1

4

-

0

0

-

8

9

5

2

0

7

-

1

-

2

MA-ANPE-SC-SUP.TEC. -Nº 01/2018 “SERVICIO DE SUPERVISION TECNICA DE OBRAS PARA EL PROYECTO CONSTRUCCIÓN UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO ETERAZAMA MUNICIPIO VILLA TUNARI”

Método de Selección y Adjudicación : X

a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo

b) Calidad

c) Presupuesto Fijo

d) Menor Costo

Plazo de validez de la Propuesta : 30 DIAS CALENDARIO Forma de Adjudicación : Por el total Precio Referencial : 248478.03 (Doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta y ocho con 03/100 bolivianos). La contratación se formalizará mediante : Contrato Garantía de Seriedad de Propuesta :

El proponente deberá presentar una Garantía equivalente al 0.5% del valor de su propuesta económica o el 0.5% del presupuesto fijo determinado por la entidad.

Garantía de Cumplimiento El proponente adjudicado deberá constituir la Garantía del Cumplimiento de contrato o solicitar la retención : de Contrato del 7% en caso de pagos parciales. Organismo Financiador :

Nombre del Organismo Financiador

% de Financiamiento

(de acuerdo con el clasificador vigente) 41/113 PP Plazo previsto para la supervisión : (días calendario)

100

305 días calendario

X a) Presupuesto de la gestión en curso Señalar con que presupuesto se inicia el : b) Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada la Ley del Presupuesto proceso de contratación General del Estado de la siguiente gestión).) B. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: Domicilio de la entidad convocante : Alcaldía del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari, Dirección Frente a la plaza principal. Encargado de atender consultas :

Nombre Completo Ing. Willan Maldonado

Cargo Tec. Proyectista

Dependencia Jefe de Estudios y Proyectos

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Mañana 08:00 a 12:00 ………Tarde 14:00 a 18:00

Horario de atención de la Entidad : Teléfono:

44136521

Fax:

44136521

Correo electrónico para consultas:

C. CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: #

ACTIVIDAD

FECHA Día/Mes/Añ o

HORA

16/09/2018

11:00

Oficinas del GAMA

---

---

Hora:M

1

Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes

:

2

Inspección Previa (No es obligatoria)

:

3

Consultas Escritas (No son obligatorias las consultas)

:

---

4

Reunión Informativa de Aclaración (No son obligatorias las consultas)

:

---

---

5

Fecha límite de presentación y Apertura de Propuestas

:

26/10/2018

16:00

6

Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA

:

7

Adjudicación o Declaratoria Desierta.

:

8

Notificación de la Adjudicación o Declaratoria Desierta.

9

Presentación de documentos para la suscripción de contrato.

:

10/10/2018

10

Suscripción de Contrato.

:

14/10/2018

---

01/10/2018

LUGAR Y DIRECCIÓN

----GAMA-Ventanilla Única Of. Jefatura de Contrataciones (RPA)

02/10/2018 03/10/2018

Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de las NBSABS. 26.

TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE SUPERVISIÓN TÉCNICA

Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes:

ASPECTOS GENERALES  Cada proponente deberá presentar la certificación emitida por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, de no adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones (cuando este registrado en las 2 AFP’s obligatoriamente debe presentar este certificado de las 2 AFP’s, es decir de AFP PREVISION y AFP FUTURO; cuando se encuentre registrado solo en una AFP, debe presentar el certificado de no adeudo de la AFP en la que se encuentre registrado y debe acompañar el certificado de no registrado de la AFP en la que no esté registrado obligatoriamente), tal como establece la Ley 065 de Pensiones, en su Artículo 100. Los ofertantes que no presenten este documento en su propuesta serán descalificados.  Cada proponente debe presentar en su propuesta, su declaración jurada de cumplir con el artículo 2 del D. S. 108, de 1ro de mayo de 2009, que establece que toda persona natural o jurídica que brinde servicios al Estado está en la obligación de proveer a sus trabajadores ropa de trabajo y equipos de protección personal adecuados contra riesgos ocupacionales, los mismos que deben ser de producción nacional, siempre que éstos cumplan con los requerimientos técnicos. Los proponentes que no presenten este documento serán descalificados.  Cada proponente debe presentar en su propuesta, si es persona natural fotocopia de su Cedula de Identidad y si es persona jurídica debe presentar su poder de representante legal. 12

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 Cada proponente deberá presentar su certificado de Registro Único de Proveedor del Estado, una vez adjudicado, antes de formalizar la contratación.  Cada proponente deberá presentar su propuesta uno en original y otro en fotocopia simple para la apertura de sobres en el presente proceso de contratación. EN ESTE CUADRO LA ENTIDAD DEBE DETALLAR LAS CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA OBJETO DE LA CONSULTORÍA TÉRMINOS DE REFERENCIA SUPERVISION OBJETIVO. La presente Consultoría deberá estar conformado por un Equipo Multidisciplinario, consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO ETERAZAMA NIVEL SECUNDARIO MUNICIPIO VILLA TUNARI, sea realizada de acuerdo con las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas.

DE LA PROPUESTA TÉCNICA: CONCEPTO: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos. ENFOQUE: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar con un Equipo Multidisciplinario adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterio de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el proponente ofrece para la realización del servicio. METODOLOGÍA: Es la descripción de los métodos que empleará el proponente, para lograr el alcance del trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el proponente piensa llevar adelante con un Equipo Multidisciplinario la realización de cada tarea. Si el proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta. OBJETIVO Y ALCANCE: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la Entidad contratante luego de realizado el servicio con equipo multidisciplinario de supervisión técnica. Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará con un Equipo Multidisciplinario Para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados. PLAN DE TRABAJO: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrá las actividades del servicio y su interrelación con los productos intermedios y finales descritos en el alcance de trabajo, con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado. 13

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OTRAS DEFINICIONES:  Certificado de cumplimiento de contrato: Se define, como el documento extendido por la entidad contratante en favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato; deberá contener como mínimo los siguientes datos: objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega.  Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra.  Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.  Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo con especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato.  Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública.  Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor.  Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de un equipo multidisciplinario de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.  Omisión: Significa no sólo la falta de presentación de documentos, sino cualquier documento que no cumpla con las condiciones de validez requeridas por el Convocante.  Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista con un equipo multidisciplinario para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante Para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo con las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento.  Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.

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INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN Los Términos de Referencia para el Servicio de un Equipo Multidisciplinario para la Supervisión Técnica por diferentes profesionales especialistas en diferentes áreas, son los siguientes: Con el objeto de orientar y brindar información referencial a los posibles proponentes interesados en prestar los servicios de un equipo multidisciplinario para la Supervisión Técnica requeridos, a continuación, se brinda un resumen del objetivo de estos.

PROPONENTES ELEGIBLES: En esta convocatoria podrán participar únicamente las personas jurídicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales. 1.- RESUMEN EJECUTIVO: La educación desvinculada del contexto sociocultural, económico y productivo, más la insuficiente infraestructura y equipamiento para generar aprendizajes tecnológico-productivos contextualizados, provocan el estancamiento de las comunidades rurales del municipio; consecuencia de ello es la pérdida de perspectiva de los jóvenes y la migración hacia las ciudades u otros países. En respuesta a tal situación, la Ley de Educación 070 Avelino Siñani-Elizardo Pérez, establece la educación productiva comunitaria y la formación de bachilleres técnico-humanísticos; lo cual será factible a través de la implementación de los núcleos tecnológico-productivos (NTPs), que permitan la articulación de la educación científica y técnica tecnológica con las vocaciones y potencialidades productivas de la región. Se espera que tales cambios se constituyan en factor motivante y atractivo para los jóvenes estudiantes, en tanto se abrirán nuevos desafíos y oportunidades para contribuir al desarrollo de su comunidad. Dentro de estas actividades a realizar se encuentran básicamente las siguientes:  La consultoría adjudicada con un equipo multidisciplinario conformado por diferentes profesionales especialistas para la supervisión de las obras deberá verificar el análisis y diseño estructural con su especialista (Ing. Civil especialidad en estructuras) y si es necesario realizar un recalculo necesario de la estructura antes de dar el proceder de proceder, con coordinación con la empresa adjudicada para su ejecución de la obra.  Verificar los cálculos necesarios para las conexiones de agua potable y alcantarillado sanitario y conexiones eléctricas de la estructura con sus respectivos especialistas.  Verificar la calidad y aceptación de los materiales, accesorios, equipamiento, etc.  Verificar la Calidad de los Trabajos ejecutados y su cancelación o pago.  Realizar el seguimiento y Progreso de la obra en plazo establecido.  Interpretar los planos y especificaciones técnicas.  Certificar la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de obra.  Lograr el Cumplimiento de metas del Proyecto en plazo y calidad.  Resolver los Problemas en la ejecución del proyecto que incidan en el avance de obra, la solución técnica propuesta, y el cumplimiento de las medidas de mitigación ambiental. 15

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Las actividades de este trabajo se hallarán sujetas a la metodología establecida, donde se integrarán los trabajos de campo con la realización de los trabajos de gabinete. Las actividades de este trabajo se hallarán sujetas a la metodología establecida, donde se integrarán los trabajos de campo con la realización de los trabajos de gabinete. Lo anterior implica que la etapa de la supervisión será desarrollada de la manera más eficiente posible, con altos estándares de calidad y dentro del tiempo programado; por ello es necesario contar con instrumentos de referencia, que norman el trabajo de construcción y finalmente se logre una obra que refleje los detalles previstos en el diseño y que su construcción sea el resultado de las obras construidas conforme a lo previsto en los planos de construcción y especificaciones establecidas, que llene las expectativas del cliente. 2.- MARCO DE REFERENCIA: Para el desarrollo de los servicios de supervisión requeridos, se deberá considerar en el marco legal y técnico lo siguiente:  Términos del contrato de Financiamiento del Proyecto, suscrito entre la Entidad Financiadora y el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari o documento similar vigente a la fecha de realización del servicio.  Reglamentos y Normativas Vigentes a la supervisión de proyectos.  Normas nacionales e internacionales relativas a la calidad de los materiales, pruebas, ensayos, metodologías de construcción, etc.  Especificaciones Técnicas del Proyecto.  Planos de construcción.  Propuesta del contratista de obras civiles.  Contrato de Construcción de las obras. 3.- LOCALIZACIÓN E INFORMACIÓN DISPONIBLE 3.1.- Localización El Proyecto CONSTRUCCIÓN UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO ETERAZAMA NAVIA NIVEL SECUNDARIO MUNICIPIO VILLA TUNARI, estará emplazado a 25 km desde el municipio de Villa Tunari, Eterazama pertenece al Distrito 5 de Villa Tunari. Para su mejor ubicación de la zona de proyecto, se adjunta el siguiente mapa referencial:

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Mapa Político de la Provincia Chapare

Vista Satelital de la ruta a Villa Tunari y Eterasama

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Vista Satelital del lugar de emplazamiento – Eterazama

3.2.- Información Disponible Se dispone del Estudio a Diseño Final del Proyecto “Construcción Unidad Educativa Técnico Humanístico U.E. Eterazama”, el mismo que incluye todos los detalles considerados necesarios para la construcción del proyecto. Las presentes Especificaciones Técnicas para el Proyecto “Construcción Unidad Educativa Técnico Humanístico U.E. Eterazama”, son parte de un conjunto de instrumentos que regirán la construcción de la infraestructura del Sistema que tienen por objetivo controlar y mejorar la calidad de las obras que se construirán y ser en un instrumento de apoyo al supervisor y contratista. Estas especificaciones técnicas comprenden los requisitos, condiciones y normas técnicas que deben cumplir los contratistas durante la ejecución de la obra y al mismo tiempo permitir al supervisor controlar la calidad y correcta ejecución de esta. Los ítems desarrollados en el presente documento son los usualmente empleados en el sector, y deberán ser utilizados de acuerdo con las características específicas del proyecto.

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3.- Enfoque: LA DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO QUE INVOLUCRA LAS OBRAS DE:  Construcción Unidad Educativa Técnico Humanístico U.E. Eterazama Nivel Secundario Municipio Villa Tunari. La construcción del presente proyecto está proyectada para cubrir una necesidad de la población beneficiaria, de contar con una infraestructura educativa, las cuales están enmarcadas en Normas que serán impartidas en la CONSTRUCCION DE LA UNIDAD EDUCATIVA, por consiguiente, el Supervisor durante la ejecución podrá añadir, modificar y/o complementar lo que a juicio propio y previa aprobación del fiscal de obra, se vea por conveniente ejecutar, sin que ello signifique un incremento en el presupuesto original del proyecto. 4.- INFORMACIÓN DISPONIBLE El pliego para la licitación de la construcción del Proyecto de “Construcción Unidad Educativa Técnico Humanístico. U.E. son Eterazama Nivel Secundario Municipio Villa Tunari” establece que estará a disposición de los Supervisores, todos los documentos relacionados con el proyecto, durante el periodo de construcción del proyecto, las mismas que se hallan en las oficinas del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari. 5.- OBJETIVOS: 5.1 Objetivo General de la Supervisión: El objetivo de los servicios de un equipo multidisciplinario para la supervisión técnica consiste en la supervisión técnica y económica que ejerce el supervisor sobre la empresa constructora y su dirección técnica, a fin de garantizar la correcta ejecución y culminación de la obra, así como una correcta interpretación de las especificaciones técnicas y administrativas. 5.2 Objetivo Específico: El objeto específico de los Servicios de Supervisión Técnica es lograr la óptima ejecución del Proyecto consistente en la Construcción Unidad Educativa Técnico Humanístico Eterazama Nivel Secundario Municipio Villa Tunari. Estos servicios comprenderán entre otros:    

La revisión minuciosa del Diseño Final. Elaborar todos los trabajos de campo y gabinete necesarios para adecuar de óptima manera el diseño a las nuevas condiciones técnicas que prevé el sitio de emplazamiento del proyecto. Proveer todos los servicios equipos, materiales, vehículos y otros necesarios e indicados en los Términos de Referencia para la efectiva realización del servicio de Supervisión Técnica durante la etapa de Construcción. Tener experiencia técnica especializada, competente, con sólidos principios éticos, inteligencia, responsabilidad, honestidad y conocer las características técnicas del proyecto, para desarrollar sus actividades. 19

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          

En la etapa inicial el Supervisor deberá realizar una revisión técnica del Diseño Final y estimar todos los ajustes que se requieran realizar, sean parciales o totales, así mismo las soluciones posibles al diseño, sin que este trabajo signifique incremento en el costo de la Supervisión. Participar de manera conjunta con el contratista en las tareas de replanteo de la obra. Revisión topográfica del emplazamiento de la obra conjuntamente con equipo y personal del Contratista. Revisión de suelos y niveles de fundación y materiales de la ejecución de la obra con equipo y personal del contratista y de ser necesario con equipo y personal del Gobierno Municipal de Tarija. Garantizar la calidad de los trabajos de construcción que realice el Contratista. Medir y certificar las cantidades de obra que serán reconocidas al Contratista. Revisar, corregir y aprobar los certificados de pago que presente periódicamente el Contratista para el pago por los trabajos efectuados. Recomendar la aprobación de las Órdenes de Trabajo, Órdenes de Cambio y Contratos Modificatorios que se presenten durante la ejecución de la obra, cuando así corresponda en función a lo establecido en la documentación contractual. Presentará los siguientes informes: Informe Inicial a los 15 días calendario, informes mensuales hasta 5 de cada mes e informe Final del servicio hasta 30 días calendario de la firma del Acta de Recepción Definitiva, además presentará informes especiales cuando así se requiera. Recomendar la recepción Provisional y Definitiva de la Obra cuando así corresponda en función a lo establecido en la documentación contractual. Y finalmente con el Informe Final deberá presentar en original toda la documentación generada en la administración del proyecto como ser: Informes, certificados mensuales, ordenes de trabajo, ordenes de Cambio, Contratos Modificatorios, correspondencia, libro de órdenes, y planos As Build.

Para lo cual se deben concluir las obras contratadas con el contratista de obras civiles, de conformidad a las estipulaciones de diseño establecidas por los documentos de licitación y los planos, así como los alcances particulares o Especificaciones Técnicas del proyecto. 6.- ALCANCE DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN: Se asume como Alcance de los Trabajos de la Supervisión, el alcance de los trabajos establecidos en estas especificaciones, el mismo que menciona claramente el contenido de las Obras, cuya construcción de obras se hallará a cargo de una Empresa Constructora, cuyo contrato establece el alcance de las obras por construir. Queda claro que el alcance de los trabajos establecido por las especificaciones, definen el alcance de los servicios; en cuyo contexto la Supervisión tendrá la responsabilidad de resolver en forma inmediata todas las cuestiones referentes a:       

La calidad y aceptación de los materiales, accesorios, equipamiento, etc. Calidad de los Trabajos ejecutados y su cancelación o pago. Progreso de la obra en plazo establecido. Interpretación de planos y especificaciones técnicas. La aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de obra. Cumplimiento de metas del Proyecto en plazo y calidad. Problemas en la ejecución del proyecto que incidan en el avance de obra, la solución técnica propuesta, el cumplimiento de las medidas de mitigación ambiental.

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La empresa contratada deberá supervisar la construcción y la provisión de equipos y materiales, de acuerdo con las especificaciones técnicas del Diseño Final. El Supervisor deberá emprender todas las actividades necesarias para que la constructora adjudicataria de la Construcción de las Obras realice adecuada y responsablemente la construcción de dichas obras, en cada uno de sus componentes, desde el inicio de las obras, adquisición de materiales, ejecución de las obras, y puesta en servicio. En particular, después de la entrega oficial de los sitios de las obras y su replanteo, se deberán supervisar todas las actividades y tareas que realizará el constructor para alojar el personal durante la construcción. El supervisor deberá instalar una oficina cercano al sitio de las obras. Se prevé que el constructor también implante otros campamentos volantes en puntos considerados necesarios por las exigencias de seguridad y medio ambiente del proyecto. En cada campamento se deberá dar la máxima prioridad a la disposición adecuada de desechos sólidos y líquidos. También se deberá evitar en lo posible cualquier desmonte y daño innecesarios a la vegetación, que se traduce en el respeto de los ecosistemas que puedan afectar la fauna silvestre. Durante la construcción tendrán las actividades de movilización y desmovilización de personal y de equipos, inicio de instalación faenas, replanteo topográfico, desmonte y desbroce del terreno; movimientos de tierra con excavaciones o rellenos y esencialmente la construcción de todas las obras civiles que integran la obra. Se prevé que el constructor instale una adecuada señalización para el acceso a las obras y que, finalmente una vez acabada la construcción, al desmovilizar realice adecuadamente todos los trabajos de limpieza y restauración de áreas afectadas como condición previa a la recepción definitiva de las obras. Además, se deberán respetar y aplicar todas las medidas ambientales previstas en el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental. A fin de contribuir a una óptima gestión ambiental el Supervisor deberá imponer al contratista e instruir a los usuarios del proyecto, el cumplimiento permanente de medidas de prevención y mitigación. El supervisor deberá velar por el cumplimiento de determinadas restricciones para los movimientos de tierra, control en la emisión de ruidos, la realización de inspecciones de motores para reducir emisiones de gases de combustión. Se deberán también realizar inspecciones para detectar e intervenir para minimizar o neutralizar derrames de cualquier tipo, con adecuadas acciones de limpieza y eliminación de los materiales sobrantes. Igualmente, se establecerán acciones de control para proteger al terreno de todo tipo de contaminación y se hará un control estricto de la calidad de agua durante la construcción. Atención prioritaria y permanente requerirá la protección de la fauna silvestre, para lo cual se establece un control estricto del cumplimiento de las prohibiciones de cacería. Se tienen también disposiciones para el cuidado de cierto hábitat, mediante el respeto de la naturalidad de los cursos de agua de toda la región del proyecto. La amplitud del trabajo y las obligaciones del Supervisor estarán de acuerdo con las necesidades del Servicio a satisfacción del Contratante y deberán cubrir el alcance de trabajo propuesto. El alcance del trabajo de la supervisión, sin ser de carácter limitativo, es el siguiente: 21

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 El supervisor tendrá la obligación de realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de naturaleza técnica o administrativa que, de acuerdo con la mejor práctica profesional o por las necesidades del proyecto, tenga la responsabilidad de realizar, aun cuando no haya sido expresamente mencionado en las presentes bases y Términos de Referencia o en el contrato.  La documentación de referencia a ser utilizada por el supervisor es la siguiente: o Planos de la obra o Especificaciones Técnicas o Documentos del proceso de contratación para la ejecución de la obra. o Propuesta Técnica de la empresa Contratista de la obra. o Contrato con la empresa Contratista de la obra.  El servicio incluirá una minuciosa revisión de la documentación para la construcción: Planos, especificaciones técnicas, presupuesto adjudicado y otros proporcionados por el Contratante. El Consultor (supervisor) deberá completar y perfeccionar el Proyecto, procurando aprovechar al máximo las condiciones existentes, incluyendo las modificaciones y complementaciones que considere necesarias y que no hayan sido provistas originalmente.  Es responsabilidad del supervisor, interiorizarse de todos estos documentos y no podrá argumentar desconocimiento de estos.  Complementación de la información con una investigación cuidadosa de campo y la toma de muestras que considere necesarias.  Verificación de las condiciones geológicas y geotécnicas en la zona del proyecto a su cargo, en base al estudio e información que pueda proporcionarle el contratante.  La ejecución de los ensayos estará a cargo y costo del contratista, sin embargo, a fin de ratificar los resultados de estos, el supervisor podrá solicitar al contratista ensayos adicionales necesarios.  Revisión, actualización y complementación de los planos generales y de detalle y memorias de cálculo de todas las estructuras, instalaciones, elementos y/o partes y demás documentación necesaria para la construcción.  Revisión y, en caso necesario, complementación de las memorias de cálculo y dimensionamiento de cada uno de los componentes de la obra, procurando la mejor solución técnica para alcanzar o superar la calidad especificada.  Revisión y aprobación de los métodos de construcción de las estructuras y otras partes de la obra, incluyendo encofrados y planos de taller preparados por el contratista.  Verificación de los controles de rasante, verticalidad, pendientes y niveles de las construcciones y estructuras, y de cualquier otro trabajo realizado por el contratista.  Verificación de que el contratista ha movilizado oportunamente a la obra, el personal y equipo ofertados en su propuesta y, en caso contrario, exigirle el cumplimiento de estos requisitos.  Inspección permanente de la obra y ejecución de ensayos por sí o por laboratorios especializados para verificar que los trabajos son ejecutados en cantidad y calidad, de acuerdo con los planos y especificaciones.  El supervisor asumirá la responsabilidad total por la revisión y complementación de todos los componentes del proyecto; los ajustes necesarios y las correcciones adecuadas, el replanteo y la supervisión adecuada de cada componente de la obra y del contrato de construcción a ser ejecutado por el contratista.  Revisión y verificación de los precios y documentos presentados por el contratista para los pagos mensuales de avance de obra y cumplimiento de las especificaciones técnicas. 22

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 Certificación de los trabajos mensuales y recomendación por escrito al contratante para su pago.  Presentación al contratante de informes técnicos, económicos y narrativos mensuales de progreso de la obra en tres (3) ejemplares, e informes específicos y fotográficos de acuerdo con instrucciones del contratante, incluyendo diagramas de progreso de todas las fases de construcción.  Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al cronograma de construcción vigente e informe por escrito al contratante, cuando cualquier fase de la obra comience a retrasarse con relación al citado cronograma, recomendando oportunamente las medidas a tomarse para subsanar dicha demora.  Cuando se requieran cambios en el diseño, debido a condiciones que se revelen durante la construcción, el supervisor presentará oportunamente recomendaciones específicas por escrito al contratante con relación a dichos cambios. Al recibo de la aprobación escrita, el supervisor realizará los diseños correspondientes introduciendo los cambios necesarios.  Mediciones detalladas por ítem de los trabajos ejecutados para determinar los volúmenes de obra definitivos para el certificado final de pago.  Inspección final de la obra y recomendación por escrito al contratante con relación a la Recepción Provisional y Definitiva de la Obra.  Elaboración de un informe final sobre la construcción de la obra, en el que se certificará la aceptabilidad del trabajo realizado por el contratista.  Estadía permanente del supervisor en el lugar del proyecto dirigiendo a la obra, durante el lapso de la ejecución del proyecto, las salidas o permisos del supervisor deberán ser aprobadas por el Fiscal de obras del Gobierno Municipal de Villa Tunari.  La movilización del supervisor será por cuenta propia para lo cual deberá contar con movilidad propia o alquilada para acudir a los diferentes proyectos. Las siguientes actividades de carácter básico y no limitativo, formarán parte principal del Alcance del trabajo que debe cumplir la Supervisión: 6.1.- De Carácter Técnico Previo a la Emisión de la Orden de Proceder de las Obras  Previo a la orden de proceder para el inicio de obras, El Consultor conformado por Equipo Multidisciplinario deberá realizar un informe inicial realizando una revisión minuciosa al proyecto respaldado con sus respectivos especialistas donde aprobado o rechazado el gerente de la supervisión.  El Consultor conformado por el Equipo Multidisciplinario asumirá la responsabilidad total de una minuciosa revisión y complementación de la documentación que respalda la ejecución del Proyecto.  La Supervisión formada por un equipo multidisciplinario asumirá responsabilidad por la revisión y complementación del proyecto: diseño, planos constructivos, especificaciones técnicas, cronograma, etc. Si fuera necesario y a juicio de la Supervisión, ésta deberá complementar y perfeccionar el proyecto, procurando aprovechar al máximo las condiciones existentes, incluyendo las modificaciones y complementaciones que se consideren necesarias y que no hubiesen sido previstas originalmente, en procura de lograr las metas establecidas, además será responsable de la complementación del proyecto. 23

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 Cuando se requieran cambios en el diseño, volúmenes y/o ítems debido a condiciones que se revelen durante la construcción, el Consultor conformado por un equipo multidisciplinario presentara oportunamente recomendaciones específicas por escrito al Contratante con relación a dichos cambios. Recibido el consentimiento del Contratante, el Consultor realizara los ajustes correspondientes al proyecto introduciendo los cambios necesarios debidamente justificados mediante una Orden de Cambio. Una vez aprobada la Orden de Cambio, su ejecución será ordenada al Constructor a través del Libro de Órdenes.  Planificación de intervención y sugerencias para la metodología de trabajo para el Contratista.  

 

  



Previo al Inicio de Actividades Aprobación del plan, metodología y cronograma de trabajo del Contratista. Verificación de que el Contratista haya movilizado oportunamente, el personal y equipo en correcto funcionamiento ofertados en su propuesta; caso contrario exigirle el cumplimiento de estos requisitos. Verificación de las instalaciones de faenas y el cumplimiento de las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas de la obra. Contacto e información a los habitantes de la zona del Proyecto, respecto a los trabajos a realizar, su alcance, plazo de ejecución, inconvenientes, contingencias, acciones para mitigar los inconvenientes y contingencias. Previo al Inicio de Actividades de Cada Ítem Verificar los certificados de calidad de los productos utilizados como materiales de trabajo. Informar al Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari de las actividades en ejecución, programadas, los problemas y soluciones encontradas. Exigir la realización de pruebas y ensayos de laboratorio, al objeto de aceptar los materiales y dosificaciones a emplear. La supervisión deberá estar presente al momento de realización de las pruebas y/o ensayos. Los costos de ensayos requeridos correrán por cuenta del contratista de obras civiles. Verificar el replanteo de todos los ítems que así lo requieran y autorizar expresamente su inicio y ejecución.

Durante la Ejecución de Obras  Mantener actualizado el libro de obra.  Inspección permanente de los trabajos a realizar por el Contratista y verificación de los puntos de referencia establecidos.  Exigir que cada ítem de trabajo se desarrolle en conformidad a lo estipulado en las especificaciones técnicas generales y específicas. En caso de no existir especificaciones precisas y/o adecuadas para algún ítem, la Supervisión deberá elaborar las especificaciones y comunicar al Contratista la manera aceptada de realizar el trabajo.  Verificar los controles de rasante, verticalidad, pendientes y niveles de los trabajos realizados por el Contratista.  Exigir la realización de pruebas y ensayos en número y frecuencia indicada en las Especificaciones Técnicas, que permitan evaluar la calidad de las obras que se están realizando. La supervisión deberá estar presente al momento de realización de las pruebas y/o ensayos. Los costos de ensayos requeridos correrán por cuenta del contratista. 24

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 Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al cronograma de la obra presentado por el Contratista. En caso de desfase con el cronograma, deberá evaluar las causas y recomendar (al Contratista y al Contratante) de manera oportuna las acciones necesarias para subsanar la demora.  Verificación, Revisión y aprobación de los certificados de avance de obra presentados por el Contratista para su cancelación, así como las mediciones detalladas por ítem de los trabajos ejecutados para determinar los volúmenes de obra definitivos para la aprobación del certificado final de pago.  Seguimiento y control del cumplimiento de las medidas ambientales y de mitigación de acuerdo con el estudio de evaluación de impacto ambiental (a disposición en la Alcaldía Municipal de Aiquile), Especificaciones Técnicas y/o Ley del Medio Ambiente y sus Reglamentos. Asimismo, hacer cumplir las medidas de seguridad.  Cuando se requiera implantar una nueva medida ambiental producto del desarrollo de las obras y que no se encuentra mencionada en Estudios de Impacto Ambiental, el Supervisor deberá proponer al contratante por escrito, la implementación de las correspondientes medidas de mitigación. A la aprobación escrita, el Supervisor realizará los diseños correspondientes para su aplicación y ejecución, la misma que será ordenada al contratista a través de una Orden de Cambio  En caso de que corresponda, velar por el cumplimiento de los “términos del contrato” en lo referente a la calidad de las obras, evitar tiempos máximos de interrupción de servicios básicos u otros. En caso de interrupción de algún servicio, exigir al Contratista la provisión de este a los usuarios por algún medio o forma alternativa.  La Supervisión tendrá la obligación de realizar cualquier trabajo y tomar cualquier acción de naturaleza técnica o administrativa que, de acuerdo con la mejor práctica profesional o por las necesidades de la obra, tenga la responsabilidad de realizar, aun cuando no haya sido expresamente mencionado en el contrato y sus anexos con el fin de lograr los objetivos y metas del proyecto.  Cuando se requieran cambios en el proyecto, debido a condiciones que se revelen durante la ejecución, el Supervisor presentará oportunamente recomendaciones específicas por escrito al Contratante con relación a dichos cambios. Al recibo de la aprobación escrita, el Supervisor realizará los diseños correspondientes introduciendo los cambios necesarios, cuya ejecución será ordenada a través de una orden de cambio.  El Supervisor es responsable primario de: la obtención del derecho de vía, la socialización permanente del proyecto en la comunidad y vecinos en cada uno de los frentes de trabajo, la comunicación sobre todas las actividades de obras y alcances del proyecto evitando retrasos por interferencia o eventuales intervenciones de individuos o grupos organizados en el normal desarrollo del proyecto. Para ello debe estar permanentemente en conocimiento de problemas sociales eventuales y desarrollar actividades (reuniones informativas) de conocimiento y comunicación a la población, no debiendo realizarse pagos adicionales por este concepto.  Presentación al Contratante de informes técnicos, económicos y narrativos mensuales de progreso de la Obra en tres (3) ejemplares, e informes específicos y fotográficos de acuerdo con instrucciones del Contratante, incluye diagramas de progreso de todas las fases de ejecución.

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A la Finalización de Trabajos  Inspección de la Obra y recomendación por escrito al Contratante con relación a la recepción provisional y definitiva de la obra. Una vez obtenido el consentimiento del Fiscal de Obra, el Consultor conjuntamente los representantes de la Alcaldía Municipal de Villa Tunari conformado por una Comisión designado mediante Memorándum, Autoridades del Municipio, Supervisor de Obra, Fiscal de Obra, Beneficiarios y Empresa Constructora, efectuaran la recepción suscribiendo las respectivas actas respaldadas con firmas.  Preparación de la memoria de la Obra concluidas, incluyendo todas las modificaciones efectuadas durante el periodo de construcción. Deberá entregar al Contratante el original de dicho documento más dos juegos de copias.  Elaboración de un informe final sobre la construcción de la Obra, en el que se certificara la aceptabilidad del trabajo realizado por la Empresa Constructora respaldo con firma de cada especialista del Equipo Multidisciplinario propuesto.  Revisión y aprobación de planos de obra concluida (As Built) elaborados por el Contratista, incluyendo todas las modificaciones efectuadas durante el periodo de ejecución de obras, para su presentación en formato impreso y digital Auto Cad (DWG) 6.2.- De Carácter Administrativo:  Revisión, verificación y aprobación de las cantidades, precios y documentos presentados por el Contratista para los pagos de avance de obra, reflejados en un informe explícito certificando al Contratante la cantidad y calidad de los trabajos realizados y recomendando proceder con el pago solicitado, si el caso así lo amerita.  Cuando se requiera cambios en el Proyecto, debido a condiciones que se revelen durante la ejecución y que ameriten incremento de cantidades o ítems no considerados en el contrato de ejecución, la Supervisión a iniciativa propia o a solicitud del Contratista, presentará al Contratante, informe escrito con la justificación necesaria firmados con sus especialistas, Las modificaciones al contrato deberán estar destinadas al cumplimiento del objeto de la contratación y ser sustentadas por informe técnico y la viabilidad técnica y de financiamiento según el DS 181.  Facilitar información relativa a la ejecución del Proyecto al Fiscal de Proyecto, a autoridades del Gobierno Autónomo de Villa Tunari y ente Financiador. 7.- ANÁLISIS DE LOS DISEÑOS Y PLANOS DE CONTRATO Consultor conformado por el Equipo Multidisciplinario conformado por diferentes profesionales especialistas iniciarán con la revisión minuciosa de los planos con los que ha sido contratada la obra de Construcción los que deberán ser analizados de acuerdo con las condiciones existentes en el terreno, en forma previa al proceso de movilización. El consultor conformado por el Equipo Multidisciplinario conformado por diferentes profesionales especialistas para la supervisión de las obras deberá verificar el análisis y diseño de elementos estructural que compone la estructura con su especialista (Ing. Civil especialidad en estructuras) y fuese necesario realizar un recalculo necesario de la estructura.

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La Supervisión deberá revisar las dimensiones de los planos estructurales y las planillas de armaduras antes si es necesario se deberá realizar un recalculo de diseño de la estructura antes de proceder a la ejecución de las obras con el Ing. Civil especialidad en Estructuras, de igual forma deberá exigir al CONTRATISTA realizar ensayos de suelos tendientes a ratificar o modificar las dimensiones y soluciones indicadas en el proyecto. Dichos ensayos correrán por cuenta del CONTRATISTA. De igual forma teniendo la Obligación como supervisión de: realizar la complementación, readecuación, cálculos, recálcalos y rediseño que se identifiquen necesarios en todos los componentes que hubiese en el proyecto a requerimiento del Fiscal de Obras cuando corresponda. Con objeto de analizar y evaluar la magnitud de las obras y el cumplimiento de las metas establecidas en el proyecto, se efectuará una recopilación y revisión de la información, documentos, planos, especificaciones y datos disponibles sobre el proyecto, los proyectos afines de la zona y la información necesaria para establecer las condiciones más adecuadas del reinicio de los trabajos físicos de la obra. 8.- REPLANTEO FÍSICO, TRABAJOS TOPOGRÁFICOS Y CONTROL DE SUELOS. La Supervisión procederá al control de los trabajos topográficos iníciales, consistentes en el replanteo, nivelación y levantamiento de secciones transversales, que servirán de base para los controles de la construcción, mediante la elaboración de las Órdenes de Trabajo al Contratista si es así lo requiriera. Así también deberá realizar el control de materiales, suelos, equipos y herramientas para la aprobación de estos. Para la ejecución adecuada de esta actividad el supervisor, deberá disponer en la obra como mínimo los siguientes equipos e instrumentos:    

Estación Total o Teodolito Nivel Óptico Cintas métricas de acero o similares GPS

9.- CAPACITACIÓN El Proponente deberá tener en cuenta en su propuesta la magnitud de los trabajos de construcción del proyecto. Esto dará lugar al despliegue de personal, equipos, maquinarias y herramientas según las fases de los trabajos y de las áreas de operaciones, lo cual involucrará una serie de riesgos, cuyo conocimiento y análisis, permitirán al Supervisor el establecimiento de las acciones necesarias y obligaciones para frenar o eliminar todo efecto negativo. Bajo el control de la Supervisión, el constructor deberá establecer, la realización de programas de divulgación y de entrenamientos para poder enfrentar determinadas situaciones de emergencia, como en los diversos tipos de accidentes y otras contingencias específicas, como en los incendios, estableciendo los particulares del uso del equipo disponible. El constructor es responsable absoluto de los derrames de sólidos y líquidos contaminantes, por lo que su personal deberá estar adecuadamente entrenado para evitase estas contingencias. Sobre todo, se deberán definir según las condiciones del 27

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clima y su salud y bienestar del personal de la constructora en la fase de implementación y para el futuro aquellas de los beneficiarios durante la explotación del Proyecto. 10.- METODOLOGÍA: El Supervisor deberá entregar a la entidad contratante un documento que contenga la metodología de trabajos, bajo cuyos términos se optimice la construcción de las obras; dejando que las mismas se desarrollen bajo las condiciones contratadas con el constructor de las obras civiles. 11.- PLAN DE TRABAJO: El Plan de Trabajo se halla sujeto estrictamente a lo establecido como alcance de las actividades de supervisión, que inician sus actividades con la evaluación del proyecto y el inicio de las obras en los tramos establecidos; previas las formalidades iniciales que den lugar a la prosecución de las obras hasta su puesta en servicio. 11.1.- Trabajo de Campo: La brigada operativa de campo realizará las evaluaciones básicas de la obra. El equipo estará conformado por el jefe de brigada un Ing. Civil especializado en construcción de Unidades Educativas (Unidades Educativas, Colegios, Edificios, etc.), ingenieros supervisores, topógrafos y personal de apoyo en forma independiente para cada trabajo propuesto y en cada uno de los frentes. Esta brigada de supervisión será destinada a cada Frente de Trabajo, quienes cumplirán sus actividades en el campo, reportando cada día los resultados de los avances logrados en la jornada de trabajo. Esta brigada se ajustará al horario de trabajo del contratista de Obras Civiles, sobre todo en las pruebas de calidad cuyos resultados deben ser certificados por la supervisión. El Trabajo de Campo será reforzado con la toma de fotografías y documentos que confirmen la realización de cada uno de los ítems ejecutados y los respaldos previos a cada actividad, tales como los análisis de campo, estudios a diseño final, pruebas, ensayos de laboratorio, etc. 11.2.- Trabajo de Gabinete: Realizados los trabajos básicos de campo, que comprendieron levantamientos topográficos, estudios de las características de suelos, levantamiento de información de campo sobre los avances logrados por el contratista de obras civiles en el proyecto, se procederá a una evaluación detallada de los resultados obtenidos. Luego emitirá la Orden de Proceder, que dará lugar al inicio de las obras de construcción, previa autorización escrita del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari y la entidad que financia la obra. Una vez logrado el inicio de la construcción de las obras, se hará un seguimiento permanente a las mismas, emitiendo un informe mensual sobre los resultados obtenidos en cada periodo. El supervisor dispondrá en todo momento del personal necesario que demande la obra en cada uno de los frentes de trabajo. Al finalizar las obras, realizará una evaluación final del proyecto, cuyo 28

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resultado se volcará en los informes mensuales y final del proyecto, los mismos que incluirán todos los documentos de respaldo que justifiquen las inversiones realizadas, así como las decisiones que se hayan asumido en el desarrollo de las construcciones. 12.- COORDINACIÓN Todas las instrucciones emitidas por la Supervisión hacia el Contratista deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional la Supervisión considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el Libro de Órdenes que deberá ser notariado por el notario de fe pública. Informes para presentar: Con el objeto de mantener al Contratante permanentemente informado sobre la marcha de las obras, el consultor conformado por el equipo multidisciplinario presentará los siguientes informes al Contratante: a) Informe Inicial: en tres (3) ejemplares a los 15 días calendario de la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un programa detallado de sus actividades e indicando como se propone ejecutar y concluir el trabajo de supervisión y complementación durante el periodo de ejecución de la obra. b) Informes Mensuales: En tres (3) ejemplares (un original y tres copias) y en los que se abarcará los siguientes aspectos: - Descripción general del proyecto, describiendo en forma sucinta antecedentes sobre: el contrato de construcción y el contrato de supervisión. - Descripción sucinta del proyecto, indicando: ubicación, tamaño y características principales. - De la empresa Contratista (Empresa Constructora), su organización, capacidad demostrada por el personal técnico responsable, equipo disponible en obra indicando cantidad, calidad, estado y rendimiento observado para una evaluación técnica de sus posibilidades de cumplir con el plan de trabajo dentro del plazo contractual. - Progreso de las obras mediante descripción sucinta del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo. - Presentación de esquemas y/o gráficos que demuestren el ritmo general del progreso de la obra comparando con el cronograma vigente. - Recomendaciones técnicas tendientes a incrementar el ritmo y/o de avance de los ítems considerados críticos para cumplir con el plazo contractual propuesto; reprogramando el incremento de equipo, personal y/o modificaciones en los procedimientos constructivos. - Informe sobre las dificultades que puedan anticiparse en el futuro y planteando las recomendaciones sobre las medidas que se deben tomar para disminuir los efectos con relación al avance de las obras.

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- Descripción de la calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados a la obra. - El consultor conformado por el equipo multidisciplinario para la supervisión: describir la relación del personal asignado para el control de las obras del proyecto, indicando el avance alcanzado en las actividades realizadas de supervisión, asimismo, en el caso que se introdujeron modificaciones por requerimiento del proyecto. - Control y seguimiento de la administración del Contrato, con relación a las Ordenes de Cambio u Órdenes de Trabajo impartidas y aprobadas y/o en trámite y previstas para la ejecución del proyecto. - Información financiera completa, con inclusión de los recursos disponibles y cuadros demostrativos de progreso o dificultades presentada, con asignaciones establecidas, gastos de construcción e ingeniería, obtenidos en el mes y acumulados, curva y/o diagrama de flujo de fondos desembolsados. - Resumen de la correspondencia cursada durante la ejecución de las obras de mayor trascendencia, entre el supervisor, el Contratista y el Contratante, adicionando además una copia del libro de órdenes del periodo al que corresponde el informe. - Presentar un informe fotográfico, mostrando cada parte de la actividad cumplida en la ejecución de las obras, con relación al mes anterior. - Presentar un informe ejecutivo, en no más de cinco (5) páginas, en el que se describan los aspectos técnicos más importantes acontecidos en el mes, durante la ejecución de las obras del proyecto.  Relación de los informes de ensayos realizados, ejecutados en el periodo en campo y laboratorio. c) Informes Específicos: Cuando se presenten asuntos o problemas que por su importancia inciden en el desarrollo normal de la obra, el consultor conformado por el equipo disciplinario deberá elevar un informe circunstanciado sobre la obra y firmada por cada especialista al Fiscal en tres (3) ejemplares, conteniendo las recomendaciones y soluciones adecuadas para que el Contratante analice el contenido del informe y pueda adoptar una decisión inmediata y adecuada. El consultor conformado por el equipo disciplinario como parte de sus actividades atenderá todo requerimiento necesario y especial presentado durante la ejecución de los trabajos, a través de un informe que sea requerido por el Contratante, para tomar acciones y recomendaciones correspondientes al respecto. En caso de presentarse una orden de cambio o planilla de avance de obra, el consultor conformado por el equipo disciplinario deberá emitir un informe de evaluación y verificación por cada especialista para respaldar la documentación enviada, dando su aprobación y solicitando su procesamiento. d) Informe de Conclusión sobre la Construcción de la Obra: El consultor conformado por el equipo disciplinario deberá elaborar un informe final de conclusión de las obras del proyecto realizado por cada especialista, en tres (3) ejemplares. Este comprenderá una descripción detallada de los volúmenes y montos de obras ejecutados, relación personal, material y equipo utilizados, dando a conocer el cumplimiento y/o ampliación del plazo contractual, problemas confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de la obra construida y cualquier otro aspecto relevante ocurrido durante la ejecución de las obras del proyecto; asimismo, al informe 30

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debe acompañar los planos finales de construcción de las obras (planos “ As Built” de conclusión del proyecto). El informe deberá contemplar un reporte fotográfico de todas las medidas implementadas. Este informe será presentado al Contratante dentro del lapso que medie entre la Recepción Provisional y la Recepción definitiva de la obra por la Comisión designado mediante Memorándum, Autoridades del Municipio, Supervisor de Obra, Fiscal de Obra, Beneficiarios y Empresa Constructora. Con objeto de mantener al Contratante permanentemente informado sobre la marcha de la Obra, El consultor conformado por el equipo disciplinario presentará los informes al Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari; considerando los siguientes aspectos:  Un informe de inicio en tres (3) ejemplares a los quince (15) días calendario de la firma de contrato, conteniendo un resumen ejecutivo de las condiciones iníciales del proyecto y cronograma detallado de las actividades a desarrollarse, indicando la metodología a emplear, metodología para el contratista, relación de contingencias esperadas y otros.  Informes Mensuales Periódicos del progreso de avance de obra y trabajos desarrollados por el consultor conformado por el equipo disciplinario, que serán presentados al contratante en tres (3) ejemplares dentro de los cinco (5) días calendario transcurridos del mes siguiente. Los informes serán detallados y de fácil interpretación, conteniendo los siguientes aspectos:  Descripción breve del proyecto, indicando objetivos, ubicación, y características principales. 12.1.- Aspectos relacionados a la Empresa Contratista:  Su organización, capacidad demostrada por el personal técnico responsable, equipo disponible en el proyecto, indicando cantidad, calidad, estado y rendimiento para una evaluación de sus posibilidades de cumplir con el plan de trabajo dentro del plazo contractual.  Detalle del personal observando, evaluando su idoneidad y suficiencia.  Progreso de los trabajos mediante descripción sucinta del avance alcanzado en las principales actividades del trabajo.  Recomendaciones de importancia, si el caso es necesario para incrementar el ritmo de avance de las actividades especialmente en aquellos que son considerados como críticas para cumplir con el plazo contractual propuesto, reprogramando personal calificado y/o especializado, incremento de equipo o modificaciones en los procedimientos y metodologías para ejecutar el trabajo.  Las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y medidas a tomar, para disminuir sus efectos con relación al avance de los trabajos.  Control y seguimiento de la administración del Contrato, con relación a las Ordenes de Cambio u Órdenes de Trabajo impartidas y aprobadas y/o en trámite y previstas para la ejecución del proyecto.

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12.2.- Aspectos relacionados a la Supervisión:  Avance alcanzado en los trabajos realizados, descripción sucinta de las tareas de supervisión realizadas y modificaciones introducidas al proyecto.  Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia, cursada durante el periodo entre la Supervisión, el Fiscal y el Contratista con relación al proyecto. Adicionando además una copia del libro de órdenes del período al que corresponde el informe.  Fotografías, mostrando las actividades desarrolladas, objetivos alcanzados y el avance de los trabajos respecto al mes anterior.  Si se presentan situaciones o problemas especiales que, por su importancia, inciden en el desarrollo normal de los trabajos y ante el requerimiento del Contratante, el Supervisor deberá elaborar un informe especial sobre el particular, conteniendo sus recomendaciones para tomar las decisiones más adecuadas.  El consultor conformado por el equipo disciplinario deberá elaborar un informe final de conclusión por cada especialista del Proyecto en tres (3) ejemplares. Este informe deberá comprender una descripción cronológica y detallada del proceso de ejecución, toma de datos e informes entregados, descripción de los trabajos realizados, problemas confrontados y soluciones adoptadas, aceptabilidad de los trabajos realizados y el impacto logrado (resultados alcanzado) en función a los objetivos planteados y cualquier otro aspecto relevante ocurrido durante la ejecución de los trabajos. Cada informe de progreso de obras durante la fase de construcción en los que se abarcará los siguientes aspectos puntuales y específicos:  Progreso de la obra mediante descripción sucinta del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo.  Recomendaciones tendientes a incrementar el ritmo de avance de los ítems considerados críticos para cumplir con el plazo contractual, mediante el incremento de equipo, personal y/o modificaciones en los procedimientos constructivos.  Informe sobre las dificultades que pueden anticiparse en el futuro y medidas a tomar para disminuir sus efectos con relación al avance de la obra.  Informe sobre la provisión de materiales y su relación con el plan de trabajo vigente.  Calidad de los trabajos ejecutados y de los materiales incorporados a la obra.  Avance alcanzado en los trabajos realizados, descripción sucinta de las tareas de supervisión realizadas y modificaciones introducidas al proyecto.  Administración del Contrato, relación de las directivas y órdenes de cambio aprobadas, en trámite y previstas.  Informe sobre el grado de cumplimiento de las medidas ambientales, problemas en su implementación, queja pública por los problemas ambientales que se han presentado, así como la solución aplicada por el Supervisor para corregir los impactos negativos en el desarrollo de la obra. A este informe debe acompañarse un reporte fotográfico.  Información financiera con inclusión de los recursos disponibles, sus asignaciones, gastos de construcción e ingeniería en el mes y acumulados.  Resumen de la correspondencia de mayor trascendencia, cursada durante el mes entre el Supervisor, el Contratante y el Contratista con relación a la Obra. 32

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 Fotografías desde puntos seleccionados adecuadamente, mostrando la actividad cumplida en la Obra y el avance de los trabajos respecto al mes anterior.  Adjuntar el resultado de los ensayos realizados durante el período.  Relación del personal y equipo asignado a la obra por el contratista.  Aplicación de los procedimientos programados en el informe inicial aprobado.  Registro cronológico de la obra en un Libro de Órdenes. 12.3.- Informes Específicos Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, inciden en el desarrollo normal de la Obra, el consultor conformado por el equipo disciplinario elevará al Fiscal un informe circunstanciado sobre el particular, conteniendo sus recomendaciones para que el Contratante pueda adoptar las decisiones más adecuadas. El consultor conformado por el equipo disciplinario como parte de sus deberes, atenderá cualquier requerimiento especial de informe que solicite el Contratante. 12.4.- Informe Final El informe final sobre la ejecución del proyecto será presentado al Contratante en tres (3) ejemplares por cada especialista asignada por la consultora, con la descripción detallada de los volúmenes de trabajo ejecutado, costos de construcción y supervisión, personal y equipos utilizados, cumplimiento de plazo, problemas confrontados y soluciones adoptadas, seguimiento y control ambiental, aceptabilidad de la obra construida y cualquier otro aspecto relevante ocurrido durante la ejecución de los trabajos. Así mismo, al informe final debe acompañar los planos de obra concluida. 12.5.- Aprobación de Informes El Contratante revisará los informes mensuales de avance, específicos y finales, planos y otros documentos que emanen del Supervisor y le hará conocer sus observaciones dentro del término de diez (10) días hábiles computables a partir de su presentación. El consultor conformado por el equipo disciplinario se obliga a satisfacer con celeridad cualquier aclaración requerida por el Contratante en el plazo de cinco (5) días hábiles posterior a la devolución del informe correspondiente. Si dentro del período de diez (10) días hábiles el Contratante no envía sus observaciones, el consultor conformado por el equipo disciplinario considerará que dichos documentos han sido aprobados. 13.- INFORMACIONES E INSTALACIONES QUE PRESTARA EL CONTRATANTE Toda y cualquier información requerida para la conclusión exitosa del alcance de los servicios de consultoría deberá ser proporcionada oportunamente por el G.A.M. de Villa Tunari y la comunidad beneficiada con el proyecto; de modo que el resultado a obtener sea consistente en todos los aspectos establecidos por el Plan de Desarrollo institucional. En este contexto el G.A.M. de Villa Tunari hará entrega al consultor conformado por el equipo disciplinario de los documentos y apoyo logístico que básicamente consiste en: 33

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 El Contratante proporcionará al consultor conformado por el equipo disciplinario, al momento de suscribir el Contrato, un juego completo del Contrato de Construcción y sus anexos, incluyendo planos y especificaciones técnicas previa constancia.  Juegos adicionales de los documentos del contrato o partes concernientes, podrán obtenerse del contratante, previo pago de los costos de reproducción correspondientes.  El Contratante hará que el consultor conformado por el equipo disciplinario de la obra proporcione para uso del contratista toda la información relacionada con el proyecto, y hará que se permita al consultor el acceso a información y otros que requiera para el cumplimiento de sus obligaciones. 14.- DURACIÓN DE LA SUPERVISIÓN, LUGAR DE TRABAJO El Plazo de Construcción de las obras es de Doscientos setenta (270) días calendario, por lo que el plazo para la supervisión técnica de obras será de 305 días calendario, o hasta la entrega definitiva de la obra. Por lo que el plazo del servicio para la supervisión técnicas de obra es de Trescientos cinco días calendario, computados a partir del día siguiente a la emisión de la Orden de Proceder que deberá corresponder también a la construcción en los 270 días calendario de construcción de obras previstos, al cabo de los cuales se deberá poder contar con el proyecto totalmente concluido si es que no hubiese contratiempos. Sin embargo y en caso de existir ampliaciones del plazo al contratista de la construcción de obras o variaciones en la ejecución del proyecto, no existirán ajustes o modificaciones al monto de Contrato de la Supervisión. Es importante destacar que la supervisión terminará sus servicios con la entrega definitiva de las obras. La construcción y conclusión de las obras debe permitir la operación simultánea de todas estas fases del proyecto. Para el cumplimiento de este plazo, máximo a los 15 días calendario de emitida la orden de proceder, el contratista deberá presentar un cronograma de obra definitivo al supervisor para ser aprobado por la contratante por intermedio del fiscal. El mismo debe considerar hitos de cumplimiento obligatorio y que si no son cumplidos en los plazos propuestos, serán penalizados con multas por día de retraso como especifica la cláusula del contrato. El trabajo se desarrollará en el Municipio de Villa Tunari del Departamento de Cochabamba. 14.1.- Retrasos en la Ejecución del Servicio y de la Obra a.- El Retraso del Servicio de Supervisión del Proyecto. Solamente se aceptarán retrasos que se encuentren debidamente justificados con documentación técnica completa, que esté de acuerdo con los términos de Contrato y además cuente con la aprobación expresa del Contratante, a efectos de que el Supervisor asuma plenamente su responsabilidad durante la ejecución de los trabajos y el servicio de supervisión y en el caso de que exista un retraso en la ejecución de las obras del proyecto, que origine una extensión del servicio y no sea justificable, el consultor conformado por el equipo disciplinario recibirá una reducción en calidad de multas, de acuerdo a lo indicado en el contrato de supervisión. 34

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b.- Retraso en la Ejecución de la Obra Serán causas de retraso aceptable, previa no objeción del Contratante las siguientes:  Complementación y/o modificación parcial del diseño final del proyecto, con la respectiva justificación técnica  Por fuerza mayor y/o caso fortuito de acuerdo con lo indicado en la presente sección.  Las condiciones atmosféricas fueran extremadamente adversas, fuera del período normal de lluvias, de modo que imposibiliten la ejecución normal de las obras.  Negligencia por parte del Contratista, en lo que se refiere a cumplimiento de las instrucciones y/u órdenes impartidas por parte del Supervisor. En cualquiera de los casos referidos en los numerales 1, 2 y 3 del presente punto, que implique ampliación de plazo para construcción o supervisión, se suscribirá una orden de cambio o un Contrato Ampliatorio de Servicios de Supervisión (lo que corresponda). Dicha ampliación del plazo de servicio no tendrá costo alguno, por tal situación no se modificará el costo básico del contrato. En cualquier caso, de suspensión temporal de los trabajos, esta será levantada tan pronto cesen las causas que motivaron dicha medida. 15.- ZONIFICACION DE LOS TRABAJOS Para el cumplimiento de plazos de ejecución, el presente proyecto puede ser dividido por el Contratista en varios frentes o zonas de trabajo simultáneos, debiendo el contratado (presente convocatoria), estar dedicado a tiempo completo a la Supervisión del proyecto. 16.- SEGUROS: El consultor conformado por el equipo disciplinario conforme a lo establecido en las especificaciones dispondrá de los seguros requeridos conforme al siguiente procedimiento:  El certificado de no adeudo por contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones (copia actualizada) según dispone el Art. 100 de la ley N° 65  El Contratante estará eximido de toda responsabilidad emergente del Contrato, por accidentes de trabajo, beneficios sociales, daños y/o perjuicios al personal y a terceras personas o a sus bienes. 17.- EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: Experiencia General Supervisión Técnica en General Mínimamente 5 años en obras de infraestructura civil. Supervisión Técnica en general: Supervisión Técnica en General de cualquier tipo de obras. Diseño y/o Elaboración de proyectos de Infraestructura Civil en General, por la suma de dos veces el precio referencial de la SUPERVISIÓN. 35

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Experiencia Específica Supervisión Técnica de construcción Infraestructura Civil y/o obras civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado de 2 años y un monto de una vez igual al precio referencial de la supervisión. 18.- PERSONAL A SER ASIGNADO: Para la ejecución de los trabajos previstos y en estricta atención a lo solicitado en las especificaciones, la consultora destinará la cantidad de recursos personales necesarios a la demanda verificada; cuya presencia será permanente y en obra. Dicho personal clave se halla compuesto por los siguientes: N°

FORMACIÓN

CARGO PARA DESEMPEÑAR

1

Ingeniero Civil o Arquitecto con Título en Provisión Nacional, (Registro actualizado en su respectivo colegio)

Gerente de proyecto (Personal a tiempo completo)

2

Ingeniero Civil con Título en Provisión Nacional. (Registro actualizado S.I.B.) Con especialidad en estructuras.

Residente de Supervisión de Obra (Personal a tiempo completo)

Ing. Civil con título en provisión nacional (registro actualizado donde corresponda)

Laboratorista Especialista en Hormigones, Suelos y Geotecnia (Personal a requerimiento)

4

Ing. Eléctrico con Título en Provisión Nacional (registro actualizado S.I.B.)

Especialista Eléctrico y Laminación (Personal a requerimiento)

5

Ing. Civil o Topógrafo con título en provisión nacional (registro actualizado donde corresponda)

Especialista en Topografía (Personal a requerimiento)

3

6

Ingeniero Civil con Título en Provisión Nacional. (Registro actualizado S.I.B.)

Especialista en Instalaciones sanitarias e Hidráulica (Personal a requerimiento)

N° 1 2 3 1 2 3 4

1 2 3 1

1 2 3 1 2 3 4

5

CARGO SIMILAR (*) CARGO Gerente de proyecto Supervisor de Obra Cargos en los en su desempeño haya realizado en supervisión técnica de infraestructura civil en general. Superintendente Director de obra Supervisor de obra Cargos en los en su desempeño haya realizado en supervisión técnica en infraestructura Educativas, deportivas, salud, obras civiles, etc. Experiencia de trabajos en laboratorio de suelos y Hormigones Experiencia en obtención de muestras En trabajos similares Especialista Eléctrico en Diseño y laminación, Supervisión y/o Fiscalización de Obras de Infraestructura civil Experiencia en Replanteos de obras de infraestructura Experiencia en Levantamientos Topográficos En obras similares Superintendente Fiscal de Obra Director de obra Supervisor de obra Cargos en los en su desempeño haya realizado en supervisión de infraestructura Educativas, deportivas, salud, obras civiles, etc. 36

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(*) El convocante debe definir como Cargo Similar, actividades y responsabilidades para desarrollar en la obra que se licita. Se debe considerar similar la experiencia en; Diseño, Fiscalización, Supervisión y Construcción, con relación a la responsabilidad de los cargos que se requieren para la ejecución de la obra. Estos cargos similares permiten acreditar la experiencia específica

El Personal asignado tendrá una presencia permanente o a requerimiento en el sitio de la obra durante el tiempo de ejecución de esta. En caso de ausencia eventual, la firma consultora dispondrá en todo momento de un Ingeniero Civil de Apoyo, previendo los mecanismos de trabajo, de manera que en ningún momento se perjudique el desarrollo del proyecto y pueda existir una comunicación constante y fluida con el Contratante, el Contratista y la Supervisión. 18.1.- Gerente de Proyecto: El Gerente de Proyecto estará en funciones y en el sitio de la obra durante todo el tiempo de duración del servicio y con autoridad para actuar en representación de la Supervisión y la Empresa Consultora. La comunicación oficial con el Contratante será a través del Gerente de Proyecto. El Gerente de Proyecto tendrá la responsabilidad total de la organización de las labores de supervisión del proyecto de referencia, coordinar con nuestro equipo de trabajo, resolver problemas de la obra, anticipar los problemas, así como por los resultados del trabajo desarrollado por el personal a su cargo y las metas logradas por el Contratista. A pedido del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari se dispone de la presencia permanente del Gerente de Proyecto en el sitio de la obra durante el tiempo de ejecución de esta, por lo que, en caso de ausencia eventual del Gerente de Proyecto, nuestra firma preverá los mecanismos, para que no se perjudique el desarrollo del proyecto y pueda existir una comunicación constante y fluida con el Contratante, el Contratista y la Supervisión.  Formación Académica  Profesional titulado en Ingeniero Civil o Arquitecto.  Título en Provisión Nacional y registro actualizado en su respectivo colegio.  Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.  Experiencia Profesional General Experiencia profesional general mínimamente 5 años en obras de infraestructura civil.

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 Experiencia Profesional Específica Experiencia profesional específica de mínimamente 2 años como gerente de proyecto, supervisor, superintendente o fiscal, en proyectos de Construcciones de Unidades Educativas y/o Obras Civiles.  Experiencia profesional específica como Gerente de Proyecto, en construcción: o Edificios o Hospitales o Centros de salud o Centros educativos o Instalaciones deportivas y recreativas o Terminales o Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares o Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado 18.2.- Residente de Supervisor: Ingeniero Civil, a tiempo completo asignados al proyecto.  Formación Académica 1.- Profesional titulado en Ingeniería Civil. 2.- Estudios de post grado en ingeniera estructural. 3.- Título en Provisión Nacional y registro actualizado en la Sociedad de Ingenieros de Bolivia. 4.- Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.  Experiencia Profesional General Experiencia profesional general en supervisión de obras de infraestructura civil por 5 años.  Experiencia Profesional Específica Experiencia profesional específica mínimamente 2 años. Experiencia profesional específica en supervisión de proyectos de infraestructura civil en: o o o o o o o o

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado

18.3.- Ingeniero civil, laboratorista especialista en hormigones, suelos y geotécnica: Un Ingeniero Civil, a requerimiento asignado al proyecto.

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 Formación Académica 1.- Profesional titulado 2.- Título en Provisión Nacional y registro actualizado donde corresponda. 3.- Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.  Experiencia Profesional General Experiencia profesional general en laboratorio de suelos y hormigones de infraestructura civil por 5 años.  Experiencia Profesional Específica Experiencia profesional específica de mínimamente 2 años. Experiencia profesional específica en supervisión de proyectos de infraestructura civil en: o Edificios o Hospitales o Centros de salud o Centros educativos o Instalaciones deportivas y recreativas o Terminales o Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares o Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado 18.4.- Ingiero Eléctrico: Un Ingeniero Eléctrico, a requerimiento asignado al proyecto.  Formación Académica 1.- Profesional titulado en Ingeniería Eléctrica 2.- Título en Provisión Nacional y registro actualizado en la Sociedad de Ingenieros de Bolivia. 3.- Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.  Experiencia Profesional General Experiencia profesional general en instalaciones eléctricas de obras de infraestructura civil por 5 años.  Experiencia Profesional Específica Experiencia profesional específica de mínimamente 2 años. Experiencia profesional específica en supervisión de proyectos de infraestructura civil en: o Edificios o Hospitales 39

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o o o o o o

Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado

18.5.- Ing. Civil o Topógrafo: Un Ing. Civil o Topógrafo, a requerimiento asignado al proyecto.  Formación Académica 1.- Profesional titulado (donde corresponda) 2.- Título en Provisión Nacional y registro actualizado donde corresponda. 3.- Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.  Experiencia Profesional General Experiencia profesional general en levantamientos topográficos de obras de infraestructura civil por 5 años.  Experiencia Profesional Específica Experiencia profesional específica de mínimamente 2 años. Experiencia profesional específica en supervisión de proyectos de infraestructura civil en: o Edificios o Hospitales o Centros de salud o Centros educativos o Instalaciones deportivas y recreativas o Terminales o Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares o Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado 18.6 Ingeniero Civil: Un Ing. Civil, a requerimiento asignado al proyecto.  Formación académica 1.- Profesional titulado (donde corresponda) 2.- Estudios de post grado en ingeniera Sanitaria e Hidráulica. 3.- Título en Provisión Nacional y registro actualizado donde corresponda. 4.- Hablar, leer y escribir fluidamente el idioma español.

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 Experiencia mínima general del personal Experiencia profesional general en Instalaciones Sanitarias e Hidráulicas de obras de infraestructura civil por 5 años.  Experiencia mínima especifica del personal Experiencia profesional específica de mínimamente 2 años. Experiencia profesional específica en supervisión de proyectos de infraestructura civil en: o o o o o o o o

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado

18.7 Coordinación: La coordinación entre el equipo de Supervisión y el Contratante se realizará a través del Gerente de Proyecto y el Fiscal del Proyecto. Todas las instrucciones emitidas por la Supervisión hacia el Contratista deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional la Supervisión considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el libro de órdenes. 19.- EQUIPO MÍNIMO COMPROMETIDO PARA LA SUPERVISIÓN Para la supervisión de los diferentes trabajos de la ejecución de la obra, la supervisión debe presenta el siguiente equipo durante dure su contrato con el contratante: -

Una oficina para la supervisión Una Movilidad modelo superior a 2009 (permanente) Una estación Total o teodolito Un Nivel de ingeniero Un GPS Dos equipos de computación completo. Plotter. Un juego de equipo de comunicación (celulares y/o radios)

41

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-

Equipo de Laboratorio, Herramientas menores (cámaras fotográficas, equipos de medición, equipos para obtención de muestra para control de calidad, suelos y hormigones).

La Supervisión deberá presentar la documentación de propiedad o compromiso de alquiler de los equipos y maquinaria descritos antes de proceder a la firma de contrato. 20.- OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR 20.1.- Obligaciones Generales  Necesariamente la Empresa Proponente o Consultor Individual debe contar con el Registro Nacional de Consultoría (RNC) extendido por el VIPFE.  El Supervisor se obliga a prestar sus servicios según los términos de referencia elaborados con este propósito y la propuesta técnica y económica adjudicada. El Supervisor asumirá la responsabilidad técnica y profesional completa de los servicios profesionales prestados bajo el Contrato.  El Supervisor prestará sus servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del Contrato con la debida diligencia y eficiencia, de acuerdo con las técnicas y prácticas aceptadas y conforme a las normas de este ramo reconocidas por las asociaciones profesionales. En toda cuestión relacionada con el Contrato o con el Servicio, el Supervisor actuará siempre como asesor leal del Contratante y en todo momento protegerá y defenderá los intereses legítimos del mismo en los tratos que tengan lugar con subcontratistas o terceros. 20.2.- Conflicto de Intereses  El Supervisor no podrá aceptar en beneficio propio ninguna comisión o pago similar proveniente de terceros, en relación con las actividades desarrolladas en cumplimiento del Contrato.  El Supervisor no podrá desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna actividad comercial o profesional que sea incompatible con las asignadas en virtud del Contrato. 20.3.- Responsabilidades del Supervisor  El Supervisor será responsable ante el Contratante por la prestación del Servicio de acuerdo con las disposiciones del Contrato y por cualquier pérdida que sufra el Contratante como consecuencia del incumplimiento en que incurriera el Supervisor, de acuerdo con lo siguiente:  El Supervisor no será responsable por los daños o perjuicios provocados por o emergentes de, los actos, incumplimientos, faltas u omisiones de otras personas que no sea, el mismo Supervisor.  Si se cuantificará el daño que pueda causar el Supervisor, la responsabilidad guardará razonable relación entre el daño y la capacidad del Supervisor para pagar la indemnización con fondos 42

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propios. El límite de responsabilidad del Supervisor no será inferior al total estimado de pagos que deban efectuarse al Supervisor en virtud del Contrato y la suma que el Supervisor pudiera obtener en virtud del seguro que mantenga para cubrir dicha responsabilidad, si esta última fuera mayor.  La responsabilidad del Supervisor por las pérdidas o daños provocados por su negligencia o culpa graves no será limitada en ninguna circunstancia, debiendo asumir frente al Contratante y en virtud al Contrato que suscriben, la totalidad del costo por daños y perjuicios.  La revisión de documentos y planos por el Contratante, durante la prestación del Servicio, no exime al Supervisor de la responsabilidad por la revisión inicial del proyecto, calidad de la obra y el funcionamiento respectivo, así como también de los documentos finales del proyecto. 20.4.- Resarcimiento de daños al Contratante Tanto durante la vigencia del Contrato como después de su expiración, el Supervisor resarcirá al Contratante plena y efectivamente por toda pérdida, daño, lesión, muerte, gasto, proceso, juicio, demanda, costo y reclamación; incluidos, sin que esta mención tenga carácter limitativo, los honorarios y gastos legales sufragados por el Contratante o por cualquier tercero, cuando dichas pérdidas, daños, lesiones o muertes sean resultado de un acto ilícito, de la falta a sus obligaciones o del incumplimiento del Contrato por parte del Supervisor. 21.- FISCALIZACION DEL SERVICIO PRESTADO. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari designará, mediante notificación escrita a un personero como Fiscal. El Fiscal es el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todos los asuntos relacionados al trabajo y/o servicios a ser realizados por el Supervisor, bajo los términos del Contrato. El Fiscal tendrá la autoridad necesaria para aprobar todos los asuntos pertinentes a este Contrato, de acuerdo con las atribuciones e instrucciones que le conferirá expresamente el Contratante. Tendrá asimismo el derecho de requerir justificadamente, mejoras en los métodos de trabajo y desempeño del Supervisor. El Supervisor pondrá a disposición del Fiscal toda la documentación que pudiera ser requerida durante la ejecución de los trabajos. 22.- FORMA Y PROCEDIMIENTO DE PAGO: Por los trabajos a tiempo completo en la obra, el pago a la empresa consultora será conforme a lo establecido en las especificaciones, la misma que establece el procedimiento; conforme al avance de obra y en proporción igual a los avances aprobados por el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari. 22.1.- Pago por Revisión Inicial o Recalculo de Proyecto No existe pago por este concepto. 43

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22.2.- Forma y Procedimiento de Pago Se realizará la remuneración de los servicios prestados en pagos proporcionales al porcentaje de avance de obra, de acuerdo con el siguiente procedimiento:  El pago será paralelo y proporcional al progreso del avance de obra, a este fin el Supervisor presentará al Contratante, para su revisión en versión definitiva, el informe y una planilla o certificado de pago debidamente llenado, que consignará todos los trabajos ejecutados. El monto para cancelar al Supervisor por planilla presentada corresponderá al porcentaje (aplicado al monto de contrato) de avance de obra según planilla presentada por la empresa contratista encargada de la ejecución de la obra (aprobada por el Fiscal de Obra).  El Contratante, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, después de recibir el informe y en versión definitiva el certificado o planilla de pago, indicará por escrito su aprobación o devolverá el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el supervisor, en este último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el certificado, con la nueva fecha.  El informe y el certificado aprobado por el Contratante, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda para que expida la Orden de Pago y proceda al procesamiento, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción. El pago de cada certificado o planilla de prestación de servicios se realizará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de remisión a la dependencia prevista del Contratante, para el pago. El Supervisor, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen. El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado para planillas posteriores será el establecido precedentemente. En cuanto a la cancelación de la planilla final, que corresponderá a la conclusión de obra acompañará al informe y al certificado o planilla de pago de Supervisión el acta de Recepción definitiva de la obra. 23.- PRODUCTOS ESPERADOS DEL SERVICIO DE SUPERVISION: El trabajo para desarrollar estará dirigido a la supervisión técnica de obras del proyecto de referencia, el mismo que abarcará en su alcance como mínimo los aspectos que se establecen en las especificaciones, los documentos de la convocatoria, y el contrato a ser suscrito con este objeto; considerando que el producto esperado es la construcción completa de las obras de la Unidad Educativa.

24.- RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL SUPERVISOR: En atención a los términos de las especificaciones establecidas y considerando que la Supervisión es responsable directa y absoluta de las actividades contractuales que se realizan, por tanto, responderá a cualquier consulta por el trabajo realizado durante los siguientes tres años, computables desde la aceptación del informe final por parte del Contratante, por lo que, en caso de ser requerido para cualquier aclaración, no podrá negar su concurrencia. 44

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El Supervisor es el responsable directo y absoluto de los servicios que realiza, deberá responder por el trabajo realizado, durante los siguientes tres (3) años, computables desde la aceptación del informe final por parte de la entidad contratante, por lo que, en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección pertinente, no podrá negar su concurrencia. En caso de no concurrir a esa convocatoria, la entidad contratante hará conocer por escrito esta situación al Órgano Rector a efectos de información y a la Controlaría General del Estado para los efectos pertinentes, debido a que el servicio prestado fue realizado mediante un contrato administrativo, por el cual es responsable ante el Estado. 25.- PROPIEDADES DE DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACION  Los originales de documentos, libretas de campo, memorias de cálculo, planos y diseños y otros documentos que elabore el Supervisor con relación al Proyecto y ejecución de la Obra, serán de propiedad del Contratante y, en consecuencia, deberán ser entregados a éste en su totalidad, a la terminación del Servicio, quedando absolutamente prohibido difundir dicha documentación, total o parcialmente.  El Supervisor de acuerdo con lo que establecen los términos de referencia, se obliga a transferir sin costo alguno al Contratante, la tecnología que desarrolle durante la ejecución del Servicio, o aquella que adoptará para ejecutar su trabajo, mediante la entrega de paquetes de computación, manuales y guías y la capacitación del personal del Contratante en el manejo de tales tecnologías.  El Supervisor se obliga, asimismo, a no revelar total o parcialmente, información confidencial o privilegiada a la que pueda tener acceso durante la ejecución del Servicio. 26.- MODIFICACIONES AL SERVICIO El Supervisor no efectuará cambios, alteraciones o modificaciones en el alcance del Servicio de supervisión, a menos que: a. b. c. d.

El Supervisor, para beneficio del proyecto, haya sugerido oportunamente por escrito la modificación, reducción o ampliación del plazo de Servicio. El Contratante haya ordenado, mediante comunicación escrita al Supervisor, la modificación, reducción o ampliación del plazo de Servicio. Si por causas de fuerza mayor o por incumplimiento en el pago de los certificados de construcción, se tuviera un retraso en el plazo del servicio. En cualquiera de las situaciones citadas en los incisos precedentes, el Contratante y el Supervisor, emitirán una orden de cambio en la que consten los siguientes aspectos: 1) El acuerdo expreso de las partes de efectuar, en beneficio del Proyecto, la modificación, reducción o ampliación del plazo de Servicio, lo que debe quedar claramente establecido. 2) El señalamiento del nuevo plazo del Contrato. 45

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e.

El trámite de una orden de cambio está sujeto al siguiente procedimiento: 1) Cualquier propuesta de modificación, ya sea a iniciativa del Contratista o del Supervisor, deberá ser considerada por el Contratante en el término de quince (15) días calendario, desde la recepción de dicha propuesta. 2) El Supervisor deberá continuar con sus funciones bajo los términos de la propuesta, hasta que ésta sea debidamente aprobada, por el Contratante.

27.- MODIFICACIONES DE LA OBRA El supervisor con conocimiento y previa autorización escrita del contratante puede ordenar las modificaciones a través de los siguientes instrumentos:  Mediante una Orden de Trabajo. Cuando la modificación esté referida a un ajuste o redistribución de cantidades de obra, sin que ello signifique cambio sustancial en el diseño de la obra, en las condiciones o en el monto del Contrato. Estas órdenes serán emitidas por el supervisor, mediante carta expresa, o en el Libro de Órdenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecución de la obra. La emisión de Órdenes de Trabajo, no deberán dar lugar a la emisión posterior de Orden de Cambio para el mismo objeto.  Mediante Orden de Cambio. La orden de cambio se aplicará cuando la modificación a ser introducida implique una modificación del precio del contrato o plazos de este, donde se pueden introducir modificación de volúmenes o cantidades de obra (no considerados en la licitación), sin dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni crear nuevos ítems. Una orden de cambio no puede modificar las características sustanciales del diseño. El incremento o disminución mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas) solo admite el máximo del cinco por ciento (5%) del monto total de Contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendrá número correlativo y fecha del día de emisión, será elaborado con los sustentos técnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el supervisor y será puesto a conocimiento y consideración del fiscal, quien emitirá su recomendación, para el procesamiento de su emisión. La Orden de Cambio será firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato original. Una vez formulada la Orden de Cambio por el supervisor, el proceso de aprobación y suscripción de esta debe durar como máximo quince (15) días calendario. En el caso de suspensión de los trabajos, el supervisor elaborará una Orden de Cambio, en este caso, no se considerará el monto por suspensión como parte del cinco por ciento (5%) establecido en el presente inciso.  Mediante Contrato Modificatorio Solo en caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras circunstancias de Fuerza Mayor o Caso Fortuito que determinen una modificación significativa en el diseño de la obra y que signifique un decremento o incremento independiente a la emisión de Ordenes de Cambio, el supervisor podrá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta modalidad de modificación de la obra solo es admisible hasta el diez por ciento (10%) del monto original del contrato, e independiente de la emisión de Orden (es) de Cambio. Los precios unitarios producto de creación de nuevos ítems deberán ser consensuados entre el 46

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contratante y el contratista, no se podrán incrementar los porcentajes en lo referido a costos indirectos. En el caso que signifique una disminución en la obra, deberá concertarse previamente con el contratista, a efectos de evitar reclamos posteriores. El supervisor, será responsable por la elaboración de las Especificaciones Técnicas de los nuevos ítems creados. El informe-recomendación y antecedentes deberán ser cursados por el supervisor al fiscal, quien luego de su análisis y con su recomendación será enviado a la MAE. La MAE podrá instruir la conformación de una comisión técnica que analizará el informe y emitirá recomendación, considerando aspectos técnicos, financieros y de aprobación del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado el mismo la MAE instruirá el procesamiento de su emisión. El Contrato Modificatorio será firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmó el contrato original. 28.- AMPLIACIONES DE PLAZO DE LA EMPRESA CONTRATISTA Se dará curso a las solicitudes de ampliación de plazo solo en los siguientes casos:  Por trabajos adicionales autorizados mediante "Ordenes de cambio", e inclusión del plazo adicional.  Cuando los trabajos hubiesen sido parciales o totalmente suspendidos por el supervisor, con autorización del contratante. La ampliación se hará por un tiempo igual al de la suspensión  En caso de fuerza mayor o caso fortuito comprobada, no imputable a la responsabilidad de la Empresa Contratista. Una vez certificado por el supervisor de obra el motivo de fuerza mayor o caso fortuito, se prolongará el plazo por un tiempo igual al número de días no trabajados por esa causa.  Por lluvias de características extraordinarias que pudieran haber ocasionado dificultades reales en la ejecución de la obra. Caso este que deberá ser detalladamente justificado y cuantificado por el supervisor, en caso de considerarlo argumento aceptable. Cualquier solicitud de ampliación de plazo, aceptada por el supervisor, deberá ser presentada al contratante acompañando su fundamentación. El contratante si considera procedente elevará a la instancia correspondiente (si corresponde) la solicitud para su autorización mediante un "Adenda de ampliación de plazo". Toda solicitud de Ampliación de Plazo deberá presentarse en tres ejemplares, debiendo contener la siguiente documentación:  Solicitud documentada y justificada de la Empresa Contratista al supervisor.  Informe de justificación del supervisor, debiendo incluir toda la documentación de respaldo a esta solicitud, como ser informes meteorológicos, planos de incremento de obra, copias del libro de órdenes, etc.  Formulario de ampliación de plazo debidamente llenado.

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29.- SUSPENSION TEMPORAL DE LOS TRABAJOS O PARALIZACION TEMPORAL DE LOS TRABAJOS El supervisor mediante orden escrita al contratista podrá suspender en forma temporal, sea parcial o totalmente la ejecución de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes circunstancias en el lugar de trabajo del contratista. a) Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecución de los trabajos programados. b) Situación emergente de desastres naturales o de conmoción social que impliquen la presencia de fuerza mayor o caso fortuito. Si el contratista se ve obligado a suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, hará conocer esta situación al supervisor, de forma escrita (en el Libro de Órdenes o por carta expresa), dentro de los diez (10) días calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento. c) Condiciones de inseguridad para el personal del contratista y del supervisor, así como para el tráfico vehicular y el público en general, por causas ajenas al Contratista. d) Incumplimiento de las órdenes impartidas por el supervisor. e) Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del contratista. En cualquier caso, de suspensión o paralización temporal de los trabajos, se levantará la medida tan pronto cesen las causas que motivaron la misma. En el caso de los incisos a), b) y c) la suspensión temporal dará derecho al contratista a solicitar ampliación de plazo del contrato al contratante a través del supervisor, quien emitirá un informe del caso aceptando y validando lo requerido. En el caso de los incisos d) y e), la suspensión temporal no dará derecho alguno al contratista para solicitar ampliación de plazo del Contrato, por lo que en caso de que hiciese tal requerimiento será negado directamente por el supervisor. 30.- REMOCION DE TRABAJOS DEFECTUOSOS Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos técnicos del Contrato, será considerada trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado por el supervisor antes de la recepción definitiva de la obra, que sea resultado de mala ejecución, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la supervisión. Si el contratista no ejecutará la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción dentro del plazo razonablemente establecido por el supervisor, el contratante está facultado a realizar dichos trabajos mediante terceros; todos los gastos que demande esta acción serán pagados por el contratista y en consecuencia el importe se descontará de su planilla o certificado de obra, o de su garantía de cumplimiento de contrato.

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31.- TÉRMINOS DE REFERENCIA GENERALES Para establecer adecuadamente las relaciones técnicas y administrativas entre el Contratante, y los adjudicatarios de la Supervisión (Supervisor) y Construcción (Contratista) de las Obras del proyecto se establece lo siguiente: 31.1.- AUTORIDAD DEL SUPERVISOR. El Supervisor tendrá la facultad y la responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados, trabajos ejecutados, su medición y pago, progreso de la obra, interpretación de planos y especificaciones y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de construcción. 31.2.- ACCESO A LA OBRA. El Supervisor, su personal y el Fiscal de Obra, designado por el Contratante, los funcionarios de dicha entidad y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante tendrán en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales, equipamiento e instalaciones, debiendo el Contratista proporcionar las facilidades que sean requeridas para este objetivo. 31.3.- INSTRUCCIONES POR ESCRITO. Todas las instrucciones emitidas por el Supervisor deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional el Supervisor considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso el Contratista también deberá cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones serán escritas en el Libro de Órdenes. Toda instrucción impartida por el Supervisor al Contratista, que no fuese representada y sustentada y que no sea cumplida, será motivo de sanción económica, cuantificable de acuerdo con su gravedad por el Supervisor y descontada de la planilla o certificado de avance de obra imputable al periodo en que fue impuesta. 31.4.- ORDEN DE PROCEDER AL SUPERVISOR. A objeto que el Supervisor inicie sus servicios, el Contratante en la fecha en que desembolse el anticipo, emitirá la Orden de Proceder mediante documento expreso. 31.5.- INICIO DE LOS SERVICIOS. Transcurrido el periodo de movilización que el Contratante establezca en el Contrato (que no debe ser superior a 15 días calendario), el Supervisor dará inicio físico a los servicios contratados. 31.6.- RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. El Supervisor asumirá la responsabilidad técnica total de los servicios profesionales presentados bajo contrato. El conocimiento a detalle de todos los documentos y planos con los que se ha contratado la obra, son de su directa responsabilidad, por lo que no puede aducir desconocimiento alguno para eximirse de la responsabilidad final y total de la Supervisión Técnica de las obras. 31.7.- RESPONSABILIDAD CIVIL. En el caso que el Supervisor, en ejercicio de sus funciones, dé lugar que se emerja daño económico al Estado, será responsable de resarcir el mismo, una vez que mediante la acción legal correspondiente se haya demostrado tal hecho. 49

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31.8.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y MANCOMUNADA. En caso de Asociaciones Accidentales las firmas componentes de la Supervisión Técnica, serán responsables solidarias y mancomunadas del cumplimiento del contrato, así como en el caso de cualquier demanda legal. 31.9.- PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS. Los originales de los documentos, libretas de campo, memorias de cálculo, planos, diseños y otros documentos que elabore el Supervisor con relación a la obra, serán de propiedad del Contratante y en consecuencia al final de la obra deberán ser entregados a éste en su totalidad y bajo inventario, quedando absolutamente prohibida la difusión de dicha documentación total o parcialmente, sin consentimiento previo y por escrito del Contratante. 31.10.- ANALISIS DE LOS DISEÑOS Y PLANOS DE CONTRATO. Los servicios del Supervisor se iniciarán con la revisión minuciosa de los planos con los que ha sido contratada la construcción de las obras del Proyecto, los que deberán ser analizados de acuerdo con las condiciones existentes en el terreno, en forma previa al proceso de movilización. 31.11.- REPLANTEO FÍSICO Y TRABAJOS TOPOGRÁFICOS. El Supervisor procederá al control de los trabajos topográficos iniciales, consistentes en el replanteo, nivelación y levantamiento de secciones transversales, que servirán de base para la elaboración de las órdenes de trabajo al Contratista. Para la ejecución de los trabajos topográficos, el Supervisor utilizará equipos de precisión de lectura de 1 segundo, niveles ópticos que permitan un cierre de niveles con la precisión de 1 mm/km, de diferencia de nivel de 1 mm para puntos ubicados cada mil (1.000) metros, cintas métricas de acero o similares no deformables o instrumentos necesarios para la completa y correcta ejecución de los trabajos conforme lo exija el Supervisor. 31.12.- ORDEN DE PROCEDER AL CONTRATISTA. El Supervisor a través de la dependencia que requirió la ejecución de la obra, emitirá la Orden de Proceder al Contratista. Esta Orden será emitida en la misma fecha en que el Contratista reciba el desembolso del anticipo y a partir de la misma comenzará a correr el plazo contractual de ejecución de la obra. A los efectos de control de plazo y de las incidencias de la obra, el Contratante, mediante el Fiscal de Obra, pasará copia firmada de dicha Orden de Proceder al Supervisor, también en la misma fecha en que se emita la Orden. 31.13.- PERIODO DE MOVILIZACIÓN. Es el periodo de movilización del Contratista establecido en quince (15) días calendario, comienzan a correr en la fecha de emisión de la Orden de Proceder. 31.14.- POSESIÓN FÍSICA DEL SITIO DE LAS OBRAS. Inmediatamente después de ser emitida la Orden de Proceder, el Contratante y el Supervisor, darán al Contratista la posesión física del Sitio de las Obras, al objeto de permitirle la ejecución de la obra de acuerdo con el cronograma de obra aprobado. Si en el transcurso del plazo de ejecución de la obra, el Contratista demuestra al Supervisor, que está sufriendo demoras en su cronograma de ejecución de trabajos por falta de disponibilidad del derecho de uso del área para cumplir con el objeto del Contrato, por requerimiento debidamente justificado del Contratista y con el informe específico del Supervisor, el Contratante otorgará equitativamente una ampliación de plazo, mediante una Orden de Cambio. 50

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31.15.- ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL CRONOGRAMA O PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. El Contratista constructor, en el periodo de movilización, dentro del plazo previsto en su contrato siguiente a la emisión de la Orden de Proceder, deberá presentar a consideración del Supervisor, un cronograma o programa detallado de ejecución de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos, incluyendo cualquier modificación debidamente justificada con relación al cronograma presentado con su propuesta, respetando el plazo total de ejecución de obra aprobado por el Contratante. Este documento deberá estar ajustado en fecha a la emisión de Orden de Proceder al Contratista. El cronograma o programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el método de Camino Crítico (CPM), el método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el Supervisor y el Fiscal de Obra. 31.16.- RITMO DE PROGRESO DE LA OBRA. El Supervisor realizará mensualmente la evaluación del progreso de la obra con relación al programa de trabajo vigente y al cronograma de pagos. Si en opinión del Supervisor, el rito de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lenta y, por tanto, no garantiza su terminación en el plazo previsto, el Supervisor de forma independiente a la aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación al Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Así mismo hará conocer copia de esta comunicación al Fiscal de Obra. Si en el plazo prudencial fijado por el Supervisor el Contratista no logra recuperar el atraso producido, estará obligado a presentar a consideración del Supervisor un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicación de rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido. 31.18.- PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y CAUSAS PARA SU AMPLIACIÓN. El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra, será el estipulado en el contrato de obra. Sin embargo, debe tomarse en cuenta que en el lapso que dure la ejecución de la obra, pueden presentarse circunstancias o razones que determinen que el plazo contractual puede ser ampliado, considerándose como causas sustentables las siguientes: f) Condiciones atmosféricas extremadamente adversas dentro o fuera del periodo de lluvias, que imposibiliten materialmente la ejecución normal de las obras. Para acreditar esta situación, el Supervisor, a solicitud del contratista, dentro del plazo de cinco (5) días calendario subsiguiente a la solicitud, deberá emitir la certificación escrita, con la cual el Contratista presentará la solicitud de ampliación de plazo. La certificación deberá establecer qué actividades de la programación en ejecución no pudieron ser cumplidas y si los días efectivos de condiciones atmosféricas determinaron que SENAMI. O los días subsiguientes no se hubiese podido realizar la actividad programada. Por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados con documentos y aprobados por el Supervisor.

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g) Por desastres naturales en el lugar de las obras o que impidan a la misma el acceso del personal, equipo, materiales o suministros logísticos necesarios para continuación de los trabajos. h) Por incremento necesario en las cantidades de obra que determinen un lapso mayor de actividad del Contratista, previa compensación con las cantidades de obra que pudiesen haber sido reducidas. Dicho incremento deberá estar autorizado mediante una Orden de Cambio sustentada técnica y económicamente. Toda solicitud o reclamo de ampliación de plazo de contrato deberá ser presentada por escrito dentro de los treinta (30) días calendario subsiguientes a que se haya producido el hecho. El Contratista deberá justificar razonablemente ante el Supervisor, el lapso de ampliación que requiere, sin cuyo requisito la solicitud de ampliación no podrá ser considerada por el supervisor ni por el contratante. Al objeto de la ampliación de plazo, el Supervisor según el análisis de la documentación presentada, elaborará la respectiva Orden, junto a un informe específico sobre la procedencia de la ampliación de plazo. En caso de improcedencia de la solicitud, el Supervisor emitirá un informe para conocimiento del Contratante vía Fiscal de Obra, al objeto de que con su aceptación el Supervisor curse la respectiva carta de respuesta. 31.19.- MANTENIMIENTO DE OBRA EN EJECUCIÓN. El contratista deberá mantener la obra en ejecución, en todas sus partes terminadas, en buenas condiciones, evitando que la acción de agentes atmosféricos o de otra naturaleza ocasione daños, los que de producirse deberán ser inmediatamente reparados, a satisfacción del Supervisor. La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligación dará lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volúmenes de obra ejecutada, hasta que su reparación o reconstrucción haya sido satisfactoriamente realizada. Se exceptúa de este mantenimiento los daños que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o intensidad hagan imprevisibles o inútiles las medidas de preservación de la obra. 31.20.- INSPECCIÓN DE LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS. El Supervisor ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. El Contratista deberá proporcionar rápidamente sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del Supervisor, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. El personal de inspección del Supervisor estará autorizado para llamar la atención del Contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos. Las instrucciones y observaciones verbales del personal del Supervisor deberán ser ratificadas por escrito, en el Libro de Órdenes, que para el efecto deberá tener disponible el Contratista. Ningún 52

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trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del Supervisor, y el Contratista estará obligado a solicitar dicha aprobación, dando aviso al Supervisor con la dicha anticipación, cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al Contratista a realizar por parte todos los trabajos que considere necesarios el Supervisor para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización. Es responsabilidad del Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia del personal del campo asignado por el Supervisor en cualquier fase de los trabajos, no podrá en modo alguno exonerar al Contratista de su responsabilidad para la ejecución de la obra de acuerdo con el Contrato. 31.22.- MEDICIONES. Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutado de acuerdo con lo establecido en el contrato serán medidas netas en las unidades especificadas en el respectivo Formulario de la propuesta. Excepto cuando los planos o las especificaciones técnicas especiales lo establezcan de otra manera, todas las longitudes y distancias deberán medirse en proyección horizontal. Las estructuras serán medidas de acuerdo con las líneas y cotas indicadas en los planos tomando en cuenta cualquier modificación ordenada por el Supervisor, por escrito. 31.23.- CERTIFICADOS Y PLANILLAS MENSUALES DE PAGO. El Contratista presentará por escrito y con la fecha respectiva, un certificado o planilla de avance por el total de trabajo ejecutado hasta la fecha, emergente de la medición conjunta realizada con el Supervisor, para la aprobación de esta. Esta planilla deberá ser aprobada por el supervisor en un plazo máximo de 10 días hábiles, de manera que no perjudiquen el normal avance de las obras. En caso de existir observaciones del Supervisor a la planilla, estas deberán ser corregidas por el Contratista en un plazo máximo de cinco días y puestas a consideración del supervisor nuevamente. En ningún caso la aprobación de las planillas por parte del supervisor puede demorar más de 15 días hábiles. El valor del pago mensual de los ítems de contrato durante el mes en cuestión será computado considerando: i) El monto acumulado por los ítems ejecutados hasta la fecha. j) Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior. k) Menos la amortización del anticipo otorgado para movilización, de acuerdo con el porcentaje establecido. 31.24.- FIRMA Y FECHA EN EL CERTIFICADO DE PAGO. Cada certificado de pago deberá necesariamente llevar las siguientes firmas y la fecha en que se efectúan las mismas: l) Firma del Contratista y fecha de entrega al Supervisor. m) Firma del Supervisor y fecha de entrega al Fiscal de Obra. n) Firma del Fiscal de Obra, fecha de remisión a la dependencia que realiza la obra. o) Firma del jefe de la dependencia que realiza la obra. Fecha de remisión a la autoridad delegada para autorización de pago. p) Firma de la Autoridad delegada, fecha de autorización de pago. 53

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Cada Planilla de Avance de Obras, será presentada como mínimo conforme a la lista solicitada por el G.A.M. de Aiquile incluido al final de estas especificaciones, las mismas que podrán ser fortalecidas con otros documentos afines que aclaren mejor las cantidades y montos facturados en cada planilla de avance de obra. 31.25.- INCLUMPLIMIENTO EN LA CONCLUSIÓN DE LA OBRA DENTRO DEL PLAZO DE CONTRATO. De acuerdo con las estipulaciones del Contrato de obra referente al plazo para la terminación de la obra, por cada día de atraso en la conclusión de esta, que no se encuentre debidamente justificado, el Contratista pagará una multa por mora, cuyo monto se establecerá en el Contrato. 31.26.- TERMINACIÓN DE LA OBRA. A la terminación de la obra, el Contratista mediante carta expresa solicitará al Supervisor, el señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones, por consiguiente, la obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega provisional. Realizada la inspección y una vez que el Supervisor considere técnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del contratante a través del Fiscal de Obra, estableciendo la procedencia de la recepción provisional, señalando día y hora a este fin. Este trámite deberá procesarse en un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles computables a partir de la solicitud de recepción provisional. 31.27.- RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LA OBRA. De no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la conclusión de la obra, el Alcalde Municipal conformara una comisión designado mediante memorándum, luego del recorrido de inspección conjunta entre el Supervisor, el Contratista y la comisión asignado del Contratante, el Supervisor procederá a la recepción provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad técnica suscribiendo el Acta correspondiente con el Gerente de Proyecto, en el que se indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar, si corresponde, todos los trabajos de corrección o complementación que el Contratista deberá ejecutar dentro del periodo de prueba. Esta Acta también deberá ser suscrita por el Contratista (Superintendente de Obra). La fecha de solicitud de recepción provisional servirá para efectos del cómputo del plazo de ejecución de obra. 31.28.- RECEPCIÓN DEFINITIVA. Cumplidos los noventa días calendarios, subsiguientes a la recepción provisional tendrá lugar la recepción definitiva de la obra. A este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al Supervisor fije día y hora para la recepción definitiva de la Obra. El Supervisor en consulta con el Contratante, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica final, que si corresponde se procederá a la recepción definitiva de la obra. A este acto concurrirá el superintendente de la Obra en representación legal del Contratista, el Gerente de Proyecto en representación legal del supervisor y los representantes técnicos que a este efecto acredite el Contratante. 54

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La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones, procederá a la redacción y firma del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a la responsabilidad de la entidad Contratante, como propietaria, a los efectos de su utilización y mantenimiento. 31.29.- CERTIFICADO FINAL DE PAGO. Inmediatamente después de que la obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada definitivamente por el Contratista y el Supervisor, éste procederá a la preparación del certificado de medición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista en forma escrita. El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia el Contratista por cualquier reclamo emergente o relacionado con el contrato o la ejecución de la obra, o a menos que dicho reclamo esté plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas. Con la aprobación del Supervisor el certificado final de pago seguirá en trámite de aceptación y pago por el Contratante

PARTE III ANEXO 1 FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA (Para Personas Naturales, Empresas o Asociaciones Accidentales) 1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE:

1

8

-

1

3

1

4

-

0

0

-

8

9

5

2

0

7

-

1

-

2

“SERVICIO DE SUPERVISION TECNICA DE OBRAS PARA EL Señalar el objeto de la Contratación: PROYECTO CONSTRUCCIÓN UNIDAD EDUCATIVA TECNICO HUMANISTICO ETERAZAMA MUNICIPIO VILLA TUNARI” 2. MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) (El proponente debe registrar el monto total que ofrece por el servicio de supervisión) DESCRIPCIÓN MONTO NUMERAL (Bs.) MONTO LITERAL Doscientos Construcción unidad cuarenta y ocho mil educativa técnico cuatrocientos 248478.03 humanístico Eterazama setenta y ocho con municipio Villa Tunari. 03/100 bolivianos.

VALIDEZ 305 días calendario.

A nombre de ROFE-FURO a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: I.- De las Condiciones del Proceso a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC. b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.

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c) Declaro, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación. d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que, en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica. g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes. h) Declaro haber realizado la Inspección Previa. i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE, una vez presentada mi propuesta en la entidad convocante. (Excepto aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el RUPE) j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes. k) Acepto a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos; excepto los Formularios A-5 y A-6 que deberán ser suscritos por el personal propuesto en caso de Empresas y Asociaciones Accidentales. l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuestos, se encuentran inscritos en los registros que prevé la normativa vigente y que éstos no se encuentran como personal propuesto en otras propuestas. (Solo en el caso de Empresas Consultoras o Asociaciones Accidentales). II.- De la Presentación de Documentos En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado del RUPE, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los inicios a), e), h), i) y l). a) Certificado del RUPE que respalde la información declarada en la propuesta. b) Cedula de Identidad, en caso de personas naturales. c) Documento de Constitución de la Empresa, excepto para empresas que se encuentren inscritos en el Registro de Comercio. d) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. e) Poder General Amplio y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos inscritos en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal no deberán presentar este Poder. f) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo, salvo lo previsto en el numeral 24.3. g) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto personas naturales. h) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las

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características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de esta garantía, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. i) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental. j) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica de la empresa o de la Asociación Accidental. k) Documentación que respalde la información declarada en los Formularios A-3 o A-4 según corresponda. l) Documentación que respalde la información declarada en los Formularios A-5 y A-6 si corresponde.

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Empresas)

1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social: País Bolivia

Domicilio Principal: Teléfonos:

2.

Ciudad Cochabamba

Dirección Villa Tunari

------

Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo) Matricula de Comercio: (Actualizada)

Ing. Rodrigo coca

NIT

6492660

Número de Matricula -----

(Día ----

Fecha de inscripción Mes Año) -----

DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite

a un Representante Legal).

Apellido Paterno

Apellido Materno

Nombre(s) 57

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Nombre del Representante Legal

:

------

----------

--------------

Número Cédula de Identidad del Representante Legal

Poder del Representante Legal

:

-----------Número de Testimonio

Lugar de emisión

--------

--------------

:

Fecha de Expedición (Día

Mes

Año)

-----

-----

-----

Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos Declaro que el Poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia)

3.

INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES

Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía:

Fax:

----------------

Correo Electrónico:

---------------

58

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FORMULARIO A-2c IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Asociaciones Accidentales) 1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Denominación de la Asociación : Accidental :

Asociados

Nombre del Asociado

#

% de Participación

1 2 3 Número de Testimonio

Lugar

(Día

Fecha mes

Año)

Testimonio de contrato : Nombre de la Empresa Líder : 2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LIDER País :

Ciudad :

Dirección Principal : Teléfonos :

Fax :

Correo electrónico : 3. DOMICILIO DEL PROPONENTE A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN/COMUNICACIÓN a) Vía correo electrónico Domicilio de notificación

: b) Vía fax al número

4. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Paterno

Materno

Nombre(s)

Nombre del representante legal : Número Cédula de Identidad : Número de Testimonio

Lugar

(Día

Fecha mes

Año)

Poder del representante legal : Dirección del Representante Legal : Teléfonos :

Fax :

Correo electrónico : Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato. 5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para identificación de integrantes de Asociaciones Accidentales que se encuentra a continuación

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FORMULARIO A-2c IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL

1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente o Razón Social: Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo) Número de Matricula

Matricula de Comercio: (Actualizada) 2.

NIT

(Día

Fecha de expedición Mes

Año)

Fecha de expedición (Día Mes Año)

DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no

acredite a un Representante Legal).

Apellido Paterno Nombre del Representante Legal

Apellido Materno

Nombre(s)

: Número

Cédula de Identidad del Representante Legal

: Número de Testimonio

Poder del Representante Legal

Lugar de emisión

Fecha de Expedición (Día

Mes

Año)

:

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FORMULARIO A-4 EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Para Empresas y Asociaciones Accidentales) En caso de que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE RODRIGO COCA N°

Entidad Contratante

1

GAM DE MIQUE

2

GAM ARANPAMPA

3 4

GAM (COCHABAMBA) GAM DE SACABA

Objeto de la Contratación

Monto final percibido por el contrato en Bs.

Lugar de Realización

Construcción galería filtrante Construcción coliseo municipal Construcción de cancha múltiple Construcción centro de salud tercer nivel

Periodo de Ejecución Inicio

Fin

Forma de Participación (Asociado/ no Asociado)

Taboada

18000

02/02/03

02/06/03

No asociado

Aranpampa

25600

15/11/05

15/06/06

No asociado

zona ticti norte

12000

03/08/06

03/12/06

No asociado

sacaba

84000

02/03/07

02/03/09

asociado

5 … N TOTAL, PERCIBIDO

139600.00 bs

NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE RODRIGO COCA N°

1 2

Entidad Contratante GAM DE VILLA TUNARI

Objeto de la Contratación

Construcción unidad educativa bolívar Construcción Unidad GAM DE OMEREQUE Educativa Evo Morales Ayma

Lugar de Realización

Monto final percibido por el contrato en Bs.

bolívar

28000

Omereque

19200

Tiempo de Ejecución

Forma de Participación (Asociado/No Asociado)

7/3/16 15/4/17

8 meses

asociado

5/06/17 9/11/17

6 meses

No asociado

Periodo de Ejecución Inicio

Fin

3 4 5 … N TOTAL, PERCIBIDO

47200 bs

NOTA. - Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.

61

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FORMULARIO A-5 HOJA DE VIDA DEL RESIDENTE DE OBRA (Para empresas y Asociaciones Accidentales) En caso de que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Nombre Completo :

Castro Número

Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

Ap. Materno

Nombre(s)

Rojas

8030794 30 Boliviano Ingeniero 00964

Álvaro

Lugar de expedición

Santa Cruz

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Fechas

Universidad / Institución Gabriel Rene Moreno

Desde

Hasta

2003

2010

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

Estructurista

ingeniero

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas

Nombre del Curso

Duración en Horas

12/08/12

AutoCAD

186

10/12/13

CypeCAD

124

Desde

Hasta

UDABOL

15/05/12

CATOLICA

25/10/13

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

1

Constructora Jark!iri

Construcción de viviendas

15000

Residendente de obra

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 03/01/13

10/05/13

2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

1

Constructora Vapicons

Construcción U.E. san Benito

24800

Residente

Fecha (día/mes/año) Desde

Hasta

02/05/14

12/10/14

2 N 6. DECLARACIÓN JURADA Yo, [Álvaro Castro Rojas] con C.I. N° [8030794], de nacionalidad [boliviano me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de residente de obra, únicamente con [Constructora Jiménez], en caso que se suscriba el contrato para [director de obra] con la entidad [constructora Arnés]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano.

El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [villa tunari 5 de noviembre 2017] NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

-----------------------------------Álvaro Castro Rojas

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FORMULARIO A-5 HOJA DE VIDA DEL DIRECTOR DE OBRA (Para empresas y Asociaciones Accidentales) En caso de que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Nombre Completo :

chambi Número

Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

Ap. Materno

Nombre(s)

pozo

6845280 45 boliviano Arquitecto 00685

Arq. Nelson

Lugar de expedición

Chuquisaca

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Fechas

Universidad / Institución Mayor real y pontificia francisco Javier de Chuquisaca

Desde

Hasta

1991

1998

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

Lic. En Arquitectura

Arquitecto

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas

Nombre del Curso

Duración en Horas

03/11/98

Actualización software

186

05/03/200

Planificación de urbanismo

62

Desde

Hasta

católica

04/08/98

Univalle

08/02/200

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

1

Constructora buldócer

Construcción hospital segundo nivel

28500

supervisión

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta 05/04/15

08/07/17

2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N° 1

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

GAM SACABA

Construcción de unidad educativa Manuel López

Monto (Bs.) 28000

Cargo Director de obra

Fecha (día/mes/año) Desde

Hasta

05/07/13

10/03/14

2 N 6. DECLARACIÓN JURADA Yo, [Arq. Nelson Chambi pozo] con C.I. N° [6845280], de nacionalidad [boliviano] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de director de obra, únicamente con [Constructora Jiménez], en caso que se suscriba el contrato para [residente de obra] con la entidad [constructora Arnés]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [villa tunari 5 de noviembre 2017] NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

………………………………. Arq. Nelson Chambi Pozo

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FORMULARIO A-6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE

(Para empresas y Asociaciones Accidentales) En caso que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Ap. Materno

Nombre(s)

Número

Lugar de Expedición

Nombre Completo : Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución

Fechas Desde

Hasta

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas Desde

Hasta

Nombre del Curso

Duración en Horas

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto

Monto (En Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta

1 2 N 5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA Fecha (día/mes/año) N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo Desde Hasta 1 2 N DECLARACIÓN JURADA Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)

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FORMULARIO Nº B-1 PROPUESTA ECONOMICA

Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y este fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.) DETALLE DEL SERVICIO DE SUPERVISIÓN

MONTO TOTAL (Literal)

MONTO TOTAL Bs (Numeral)

65

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FORMULARIO C-1 PROPUESTA TECNICA Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 26 (Términos de Referencia)

Propuesta (*)

(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.

66

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FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES

Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta

Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC)

#

Condiciones Adicionales Solicitadas (*)

Experiencia general de la empresa: mínima de cinco (5) años computables a partir de la emisión del Registro de comercio Bolivia (FUNDEMPRESA), en la supervisión técnica en estadio o obras civiles. Mayor a 5 años 5 Entre 2 a 3 años 3 Experiencia especifica de la consultora: mínima de dos años (2) en la supervisión técnica de los siguientes tipos de obras civiles:       

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares

Puntaje asignado (definir puntaje) (**)

Propuesta

5

6

 Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado Mayor a 2 años 6 Entre 1 a 2 años 3 GERENTE DE SUPERVISIÓN TÉCNICA: Licenciado(a) en Ingeniería civil o Arquitecto, experiencia profesional en la supervisión técnica en obras civiles. (Personal a tiempo completo). Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0,5 Experiencia general: mínima de tres (5) años a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, gerencia o dirección en servicio en supervisión técnica en el área de ingeniería civil y ramas afines. Mayor a 5 años 2 Entre 3 a 5 años 1 Experiencia específica: mínima de dos (2) años a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, en servicio en supervisión técnica en el área de ingeniería civil y ramas afines, de los siguientes tipos de proyectos:       

5

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares

 Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado Mayor a 2 años 2 Entre 1 a 2 años 1 RESIDENTE DE SUPERVISOR: Licenciado (a) en ingeniería con especialidad estructural, experiencia profesional en la supervisión técnica en obras civiles. (Personal a tiempo completo).

7 67

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Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta

Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0.5 Experiencia general: mínima de cinco (5) años a partir de la emisión del título en provisión nacional como especialista en estructuras en servicio en supervisión técnica en el área de ingeniería civil y ramas afines. Mayor a 5 años 3 Entre 3 a 5 años 1.5 Experiencia específica: mínima de dos (2) año a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, como especialista en estructuras en servicio en supervisión técnica en el área de ingeniería civil y ramas afines, de los siguientes tipos de proyectos:       

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares

 Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado Mayor a 2 años 3 Entre1 a 2 años 1.5 LABORATORISTA ESPECIALISTA EN HORMIGONES, SUELOS Y GEOTECNIA: Licenciado(a) en ingeniería civil (Personal a requerimiento) Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0.5 Experiencia General: mínima de cinco (5) años a partir de la emisión del título en provisión nacional como especialista en laboratorista en hormigones, suelos y geotécnica en obras civiles. Mayor a 5 años 1 Entre 3 a 5 años 0.5 Experiencia específica: mínima de dos (2) año a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, en supervisión técnica en laboratorista en hormigones, suelos y geotécnica de infraestructura civil, de los siguientes tipos de proyectos:       

3

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares

 Obras de civiles de gran magnitud estructural de hormigón armado Mayor a 2 años 1 Entre 1 a 2 años 0.5 INGENIERO ELÉCTRICO: Ingeniero eléctrico con experiencia en obras civiles (Personal a requerimiento) Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0.5 Experiencia General: mínima de cinco (5) años a partir de la

3

68

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Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta

Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) emisión del título en provisión nacional en instalaciones eléctricas de obras de infraestructura civil. Mayor a 5 1 Entre 3 a 5 0.5 Experiencia Especifica: mínima de dos (2) año a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, en supervisión técnica en instalaciones eléctricas de obras de infraestructura civil, de los siguientes tipos de proyectos:      

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales

 Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Mayor a 2 1 Entre 1 a 2 0.5 ING. CIVIL O TOPÓGRAFO: Ingeniero Civil o Topógrafo asignado al proyecto (Personal a requerimiento). Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0.5 Experiencia general: mínima de cinco (5) años a partir de la emisión del título en provisión nacional en levantamiento topográfico de infraestructura civil. Mayor a 5 años 1 Entre 3 a 5 años 0.5 Experiencia específica: mínima de dos (2) año a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, en supervisión técnica en levantamientos topográficos de obras de infraestructura civil, de los siguientes tipos de proyectos:      

3

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales

 Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Mayor a 2 años 1 Entre 1 a 2 años 0.5 INGENIERO CIVIL HIDRÁULICO: Ingeniero civil asignado al proyecto con experiencia en instalaciones sanitaria e hidráulica en infraestructuras civiles (Personal a requerimiento). Formación Académica Maestría 1 Diplomado 0.5 Experiencia general: mínima de cinco (5) años a partir de la emisión del título en provisión nacional en instalaciones sanitaria e hidráulica en infraestructuras civiles. Mayor a 5 años 1 Entre 3 a 5 años 0.5 Experiencia Especifica: mínima de dos (2) año a partir de la emisión del título profesional en provisión nacional, en supervisión técnica en instalaciones sanitaria e hidráulica en infraestructura civil, de los siguientes tipos de proyectos:

3

69

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Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC)      

Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta

Edificios Hospitales Centros de salud Centros educativos Instalaciones deportivas y recreativas Terminales

 Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Mayor a 2 años Entre 1 a 2 años

1 0.5

(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia general o especifica del proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad. (**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos.

FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para empresas y Asociaciones Accidentales)

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DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE

:

Objeto de la contratación

:

Nombre del Proponente

:

Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la entidad

:

-

REQUISITOS EVALUADOS

-

Verificación (Acto de Apertura) PRESENTÓ SI

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

-

NO

-

-

Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) CONTINUA

DESCALIFICA

DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS Formulario A-1. Presentación de Propuesta. Formulario A-2b o A-2c Identificación del Proponente, según corresponda. Formulario A-4 Experiencia General y Específica del Proponente. Formulario A-5 Hoja de Vida del Gerente. Formulario A-6 Hoja de Vida del Personal Clave. Garantía de Seriedad de Propuesta, corresponde. PROPUESTA TÉCNICA Formulario C-1. Propuesta Técnica Formulario C-2. Condiciones Adicionales. PROPUESTA ECONÓMICA Formulario B-1. Propuesta Económica

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FORMULARIO Nº V-2 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Este formulario no es aplicable para el Método Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.

CUCE : Objeto de la Contratación :



NOMBRE DEL PROPONENTE

ORDEN DE LA PROPUESTA PROPUESTA A ECONÓMICA PARTIR DEL MENOR (PE) VALOR

OBSERVACIONES

1 2 3 … N

72

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FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Para Empresas y Asociaciones Accidentales) Formulario C-1 (Llenado por la Entidad)

PROPONENTES Proponente A Cumple

I.

II.

III. IV.

V. VI.

VIII.      IX.

X.

XV.

No cumple Cumple

OBJETIVOS.  Objetivo General de la Supervisión:  Objetivo Específico: ALCANDE DE LOS SERVICIOS DE SUPERVISIÓN.  De Carácter Técnico  De Carácter Administrativo: ANÁLISIS DE LOS DISEÑOS Y PLANOS DE CONTRATO. REPLANTEO FÍSICO, TRABAJOS TOPOGRÁFICOS Y CONTROL DE SUELOS. CAPACITACIÓN.

PLAN DE TRABAJO:  Trabajo de Campo:  Trabajo de Gabinete: COORDINACIÓN Aspectos relacionados a la Empresa Contratista: Aspectos relacionados a la Supervisión: Informes Específicos Informe Final Aprobación de Informes

Retrasos en la Ejecución del Servicio y de la Obra 

El Retraso del Servicio de Supervisión del Proyecto.



Retraso en la Ejecución de la Obra

ZONIFICACION DE LOS TRABAJOS

XI.

XIV.

Cumple

Proponente n

DURACIÓN DE LA SUPERVISIÓN, LUGAR DE TRABAJO 

XIII.

Proponente C

METODOLOGÍA

VII.

XII.

No cumple

Proponente B No Cumple cumple

SEGUROS:   

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: Experiencia General Experiencia Específica PERSONAL A SER ASIGNADO: Gerente de Proyecto:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica RESIDENTE DE SUPERVISOR: q) Formación Académica r) Experiencia Profesional General s) Experiencia Profesional Específica INGENIERO CIVIL, LABORATORISTA ESPECIALISTA EN HORMIGONES, SUELOS Y GEOTÉCNICA:  Formación Académica  Experiencia Profesional General

73

No cumple

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Experiencia Profesional Específica

XVI.

INGIERO ELÉCTRICO:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica

XVII.

ING. CIVIL O TOPÓGRAFO:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica INGENIERO CIVIL:  Formación académica  Experiencia mínima general del personal  Experiencia mínima especifica del personal

XVIII.

XIX.

COORDINACIÓN:

XX.

EQUIPO MÍNIMO COMPROMETIDO PARA LA SUPERVISIÓN

XXI.

OBLIGACIONES DEL SUPERVISION 

XXII. XXIII.

XXIV. XXV.

XXVI.

PROPIEDADES DE DOCUMENTOS Y CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACION

XXVII. XXVIII.    XXIX. XXX.

XXXI. XXXII.

Obligaciones Generales t) Conflicto de Intereses u) Responsabilidades del Supervisor v) Resarcimiento de daños al Contratante FISCALIZACION DEL SERVICIO PRESTADO. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE PAGO:  Pago por Revisión Inicial de Proyecto  Forma y Procedimiento de Pago PRODUCTOS ESPERADOS DEL SERVICIO DE SUPERVISION: RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL SUPERVISOR:

MODIFICACIONES AL SERVICIO MODIFICACIONES DE LA OBRA Mediante una Orden de Trabajo. Mediante Orden de Cambio. Mediante Contrato Modificatorio AMPLIACIONES DE PLAZO DE LA EMPRESA CONTRATISTA SUSPENSION TEMPORAL DE LOS TRABAJOS O PARALIZACION TEMPORAL DE LOS TRABAJOS REMOCION DE DEFECTUOSOS TÉRMINOS DE GENERALES

TRABAJOS REFERENCIA

METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

(señalar si cumple o no cumple)

(señalar si cumple o no cumple)

(señalar si cumple o no cumple)

(señalar si cumple o no cumple)

74

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PROPONENTES EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS

Proponente A Cumple

Formulario A-4 Experiencia General y Especifica del Proponente Formulario A-5 Hoja de Vida, del Gerente. Formulario A-6 Hoja de Vida, del Personal Clave. METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

(señalar si cumple o no cumple)

CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) Puntaje Asignad o EXPERIENCIA DEL PROPONENTE:  Experiencia General 11  Experiencia Específica PERSONAL A SER ASIGNADO:  Gerente de Proyecto:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica RESIDENTE DE SUPERVISOR:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica INGENIERO CIVIL, LABORATORISTA ESPECIALISTA EN HORMIGONES, SUELOS Y GEOTÉCNICA:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica INGIERO ELÉCTRICO:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica ING. CIVIL O TOPÓGRAFO:  Formación Académica  Experiencia Profesional General  Experiencia Profesional Específica INGENIERO CIVIL:  Formación académica  Experiencia mínima general del personal

No cumple

Proponente B No Cumple cumple

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

(señalar si cumple o no cumple)

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

PROPONENTES Proponente A

Proponente B

Proponente C

Proponente n

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

5

7

3

3

3

3

75

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Experiencia mínima especifica del personal

PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT)

35

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) PUNTAJE ASIGNADO 35

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

Proponente A

Proponente B

(si cumple, asignar (si cumple, asignar 35 puntos) 35 puntos)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

Proponente C

Proponente n

(si cumple, asignar 35 puntos)

35 70

76

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FORMULARIO V-4 RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA (Para el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo)

En caso de NO aplicar el Método Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo suprimir este formulario Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:

ABREVIACIÓN

PUNTAJE ASIGNADO

DESCRIPCIÓN

PE

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica

30 puntos

PT

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica

70 puntos

PTP

PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA

100 puntos

PROPONENTES

RESUMEN DE EVALUACIÓN

Proponente A Proponente B

Proponente C

n

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el Subnumeral 15.1 Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica del Formulario V-3 correspondiente. PUNTAJE TOTAL RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACION DE LA PROPUESTA TECNICA (PT)

PUNTAJE Proponente ASIGNADO A 35

35

Proponente B

Proponente C

Proponente n

35

35

35

35 70

77

Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica - ANPE ___________________________________________________________________________________________________

ANEXO 3 MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA _______________ (señalar objeto, CUCE y el número o código interno que la entidad utiliza para identificar al contrato) Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación del Servicio de Supervisión Técnica, que celebran por una parte ________________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la ENTIDAD), con NIT Nº __________ (señalar el Numero de Identificación Tributaria), con domicilio en _______________ (señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en _________________(Señalar el Distrito, Provincia y Departamento), representado legalmente por _________________(Registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia para la suscripción del Contrato y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de ________(señalar el cargo del Servidor Público delegado para la firma), con Cedula de identidad Nº __________ (señalar el numero de Cedula de Identidad), que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, ______________ (Registrar las generales de ley del proponente adjudicado y/o cuando corresponda el nombre completo y número de Cédula de Identidad del Representante Legal), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara su domicilio),que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la prestación de servicios de Supervisión Técnica, en la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha ___________ (señalar la fecha de publicación de la convocatoria en el SICOES) a personas naturales y jurídicas con capacidad de contratar con el Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación con Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) _______________ (señalar el CUCE del proceso), en base a lo solicitado en el DBC. Concluida la etapa de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación Nro. _______ (Señalar el numero del Informe), emitido por el (la) ___________ (señalar según corresponda al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación), resolvió adjudicar la contratación a _______________ (señalar el nombre o razón social del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos establecidos en el DBC. CLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones normativas: a) b) c) d) e)

Constitución Política del Estado. Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones. Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación. Otras disposiciones relacionadas.

CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de Supervisión Técnica ________________ (describir de forma detallada el o los servicios de supervisión técnica a realizar), que en adelante se denominarán la SUPERVISIÓN, para __________ (Señalar la causa de la contratación), prestados por el SUPERVISOR de conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato. CLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Forman parte del presente contrato, los siguientes documentos: a) b) c) d)

Documento Base de Contratación. Propuesta Adjudicada. Documento de adjudicación. Garantía (s), cuando correspondan.

78

Documento Base de Contratación de Servicios de Supervisión Técnica - ANPE ___________________________________________________________________________________________________

e)

Otros Documentos específicos de acuerdo al objeto de la contratación. (La ENTIDAD, detallará, cuando corresponda, los documentos específicos necesarios para el contrato).

CLÁUSULA QUINTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES) Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las clausulas establecidas en el presente contrato. Por su parte, el SUPERVISOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: a) b) c) d) e) f)

Realizar la SUPERVISIÓN, objeto del presente contrato, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC así como las condiciones de su propuesta. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente contrato, por acciones que se deriven de incumplimientos accidentes, atentados, etc. Mantener vigentes las garantías presentadas. Actualizar las garantía(s) (vigencia y/o monto), a requerimiento de la ENTIDAD. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. (Otras obligaciones que la entidad considere pertinente de acuerdo al objeto de contratación.)

Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: a) b) c)

Apoyar al SUPERVISOR, proporcionando la información necesaria referente a las condiciones de trabajo. Emitir la conformidad de la SUPERVISIÓN cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Emitir la conformidad cuando la supervisión.

CLÁUSULA SEXTA.- (VIGENCIA) El contrato entrara en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción por ambas partes, hasta que las misma hayan dado cumplimiento a todas las clausulas contenidas en el presente contrato. (Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se va a requerir Garantía o se va a efectuar retención por pagos parciales) CLÁUSULA SEPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) El SUPERVISOR, garantiza el cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la ______________ (registrar el tipo de garantía presentada) con Nro. ___________ (Registrar el numero de la garantía presentada) emitida por ___________ (registrar el nombre del ente emisor) la orden de _____________ (registrar el nombre de la ENTIDAD), equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del contrato que haciende al monto de __________ (registrar el monto en forma numeral y literal), con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta ___________ (Registrar el día, mes y año de la vigencia de la garantía) que cubre la ejecución del presente contrato. En caso de que el SUPERVISOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento al ente emisor de la garantía. CLÁUSULA SEPTIMA.- (RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES) El SUPERVISOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas una vez que sea aprobado el Informe Final. (Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se acordó o no la otorgación del anticipo) CLÁUSULA OCTAVA.- (ANTICIPO)

En el presente contrato la ENTIDAD no otorgará anticipo. CLÁUSULA OCTAVA.- (ANTICIPO)

Después de ser suscrito el contrato, la ENTIDAD, a solicitud expresa del SUPERVISOR podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder al veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos.

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A este efecto, el SUPERVISOR, garantiza la correcta inversión del anticipo con la entrega de ________________ (Señalar el tipo de garantía presentada, Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento), a la orden de _____________ (señalar el nombre o razón social del la ENTIDAD), por el cien por cien (100%) del monto a ser desembolsado, la misma que deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable mientras no deduzca el monto total de desembolso. CLÁUSULA NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC) CLÁUSULA DECIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS) El SUPERVISOR realizara la Supervisión Técnica, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizara la supervisión técnica) CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (DEL MONTO Y FORMA DE PAGO) (Esta cláusula será elaborada por la entidad CONTRATANTE conforme lo establecido en el DBC). (Los siguientes párrafos no aplican para personas jurídicas) Para que la ENTIDAD procese el pago el SUPERVISOR deberá presentar el comprobante de pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones. En el caso de personas naturales, la ENTIDAD podrá actuar como agente de retención y pago, para su posterior pago al Sistema Integral de Pensiones. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de la propuesta. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el SUPERVISOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (PREVISIÓN) El Contrato sólo podrá alterarse mediante un Contrato Modificatorio, establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS. Las causas modificatorias deberán ser sustentadas por informes técnicos y legales que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CESIÓN) El SUPERVISOR no podrá transferir parcial, ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (MULTAS) El SUPERVISOR se obliga a cumplir con el cronograma y el plazo de entrega establecido en la Clausula Séptima del presente Contrato, caso contrario será multado con el __________ % (La ENTIDAD establecerá el porcentaje de acuerdo al objeto del contrato, mismo que no podrá exceder del 1% del monto del contrato) por día de retraso. La suma de las multas no podrá exceder en ningún caso el veinte por cien (20%) del monto total del contrato sin perjuicio de resolver el mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (CONFIDENCIALIDAD) Los materiales producidos por el SUPERVISOR así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, excepto a la Entidad, a menos que cuente con un pronunciamiento escrito por parte de la ENTIDAD en sentido contrario. Así mismo el SUPERVISAR reconoce que la ENTIDAD es el único propietario de los productos y documentos producidos por el SUPERVISAR, producto del presente Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS) El SUPERVISOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

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CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (DE LA EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES AL CONTRATANTE) El SUPERVISOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)El presente contrato concluirá por una

de las siguientes causas: 20.1 Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito, en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. 20.2 Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el SUPERVISOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato: 20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido). b) Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras). c) Por quiebra declarada del SUPERVISOR. d) Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar los días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA. e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma. f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente. g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia. h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio. i) Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Decima Sexta, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 20.2.2 Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario. b) Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago. c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de prestación de servicios. 20.3 Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado.

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En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva. Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. La ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, el SUPERVISOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes. Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.

20.4 Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa. LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo. El SUPERVISOR conjuntamente con el personal designado por la entidad, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, la entidad liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio de la ENTIDAD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos la ENTIDAD elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) _________ (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) _____________ (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISAR o persona natural adjudicada, habilitado para la firma del Contrato) en representación del SUPERVISAR. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español. _________ (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribe el Contrato). __________________________ ________________________________ (Registrar el nombre y cargo (Registrar el nombre del proveedor) del Funcionario habilitado) para la firma del contrato)

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