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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL OFICINA DEPARTAMENTAL DE POTOSI

PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA URBANA PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO BOL-30

DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION COMPARACION DE PRECIOS

CONSULTORÍA INDIVIDUAL SUPERVISIÓN TÉCNICA

(Aplicable a montos menores al equivalente de $us. 100.000) Método Presupuesto Fijo

Nombre del Proceso:

IMPL PROG INF URBANA GENERACION DE EMPLEOS (POTOSI) CONTRATACION SUPERVISIÓN TECNICA ENLOSETADO (8 CONSULTORES)

Código del Proceso:

050101-18PIU008

N° de Pliego:

05-0101-008-18

Nº de Convocatoria:

PRIMERA Abril de 2018 Potosí – Bolivia

i FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES 1.

NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de servicios de Supervisión Técnica, se rige por el Contrato de Préstamo BOL-30/2017 FONPLATA, Programa de “Infraestructura Urbana para la Generación de Empleo”, el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).

2.

PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente las Personas naturales con capacidad de contratar.

3.

ACTIVIDADES PROPUESTAS. 3.1

ADMINISTRATIVAS

PREVIAS

A

LA

PRESENTACIÓN

DE

Inspección Previa (No Corresponde) El proponente podrá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar, establecidos en el presente DBC o por cuenta propia.

3.2

Consultas escritas sobre el DBC (No Corresponde) Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPA, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.

3.3

Reunión Informativa de Aclaración (No Corresponde) La Reunión Informativa de Aclaración se realizará, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión Informativa de Aclaración. Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión Informativa de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen.

4.

GARANTÍAS De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. 4.1

Las garantías requeridas, de acuerdo con el objeto, son: a)

Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitara la Garantía de Cumplimiento de Contrato, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.

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b)

4.2 5.

Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.

El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.

RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 5.1

Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.

5.2

Las causales de descalificación son: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j)

k)

Incumplimiento u Omisión en la presentación de cualquier formulario de Declaración Jurada requerido en el presente DBC. Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). Cuando la propuesta técnica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC. Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta. Cuando el proponente presente ofertas alternativas y/o variantes en una misma propuesta. Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras. Cuando la propuesta presente errores no subsanables. Si para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). Si para la suscripción de contrato, la documentación solicitada no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso por causas se fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad. Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato

La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente. 6.

CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 6.1.

Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes: a) b)

Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el DBC. Cuando los errores no sean sustanciales, sean éstos accidentales, accesorios o de forma. Se entenderá como aspectos no sustanciales aquellos que no son fundamentales y que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada.

Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.

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Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato. 6.2.

Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: a) b) c) d)

7.

La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC. La falta de firma del proponente en el formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) La falta de la propuesta técnica o parte de ella. Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).

DECLARATORIA DESIERTA El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.

8.

CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción de contrato, a través de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.

9.

RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I de las NB-SABS.

10.

DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas. 10.1. Los documentos que deben presentar los proponentes son: a) b) c) d) e)

11.

Formulario Formulario Formulario Formulario Formulario

de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). de Identificación del Proponente (Formulario A-2a). Hoja de Vida del Proponente (Formulario A-3), para personas naturales. de Propuesta Técnica, (Formulario C-1). de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS 11.1 La recepción de propuestas se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo. 11.2 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado, dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria. 11.3 La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario ni mayor sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de

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propuestas, plazo que se encuentra establecido en el numeral 25 Convocatoria y Datos Generales de la Contratación. 12.

APERTURA DE PROPUESTAS La apertura pública de propuestas se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificara los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1. El acto se efectuara así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.

13.

EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Una vez abiertas las propuestas, se podrán aceptar aclaraciones que no alteren la esencia de la misma. El Contratante, por medio de la Comisión de Calificación, podrá pedir aclaraciones al proponente respecto de su propuesta, pero no podrá solicitar, ni permitir la modificación de la misma. Todas las comunicaciones al respecto, deberán realizarse de manera escrita o a través de correos electrónicos, con el respectivo acuse de recepción. La entidad convocante, para la evaluación de propuestas aplicará el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.

14.

EVALUACIÓN PRELIMINAR Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta y cuando corresponda la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente.

15.

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO La evaluación tendrá una ponderación de setenta (70) puntos y se realizará de la siguiente forma: 15.1 Evaluación de la Propuesta Técnica La propuesta técnica contenida en el Formulario C-1 y A-3, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, A-3 y C-2, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas. El Responsable de Evaluación o Comisión de Calificación, recomendará adjudicación de la propuesta que obtuvo la mayor Puntuación Técnica (PTi).

la

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16.

CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a) b) c) d) e) f)

17.

Nómina de los proponentes. Cuadros de evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes.

ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 17.1 El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta. 17.2 En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazo deberá ser publicado en el SICOES. Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado. 17.3 Para contrataciones mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación, mediante Resolución expresa, para contrataciones menores o iguales a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta. 17.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá, mínimamente, la siguiente información: a) b) c) d) e)

Nómina de los participantes y precios ofertados. Los resultados de la calificación. Causales de descalificación, cuando corresponda. Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.

17.5 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES para efectos de comunicación. 18.

SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO 18.1 El proponente adjudicado, deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuestas (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre en el Certificado de RUPE.

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Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado del RUPE presentado por el proponente, ingresando el Código del Certificado en el SICOES. 18.2 La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días hábiles para la entrega de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar. Para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos, será computable a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación. En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción de contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del artículo 49 de las NB-SABS. Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la suscripción de contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento; por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada. En los dos casos, señalados precedentemente, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación. En caso de convenirse anticipos, el proponente adjudicado deberá presentar la garantía de correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado. 19.

MODIFICACIONES AL CONTRATO Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante Contrato Modificatorio cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.

20.

PRESTACIÓN DEL SERVICIO La prestación del servicio deberá efectuarse cumpliendo con los términos de referencia, establecidos en el contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad de la contraparte de la entidad contratante.

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21.

CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO 21.1 Una vez que la contraparte de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades y la devolución de garantías si corresponde y emisión del certificado de cumplimiento de contrato. 21.2 Los pagos por el servicio se realizarán contra prestación total o parcial del servicio previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el supervisor.

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SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos. Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo de entrega. Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra. Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo. Contratista de Obra: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato. Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública. Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito. Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor. Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta. Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica. Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados. Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado. Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista. Proponente: Es la persona jurídica que muestra interés en participar en la licitación pública y solicita el Documento Base de Contratación. En una segunda instancia, es la persona jurídica que presenta una propuesta dentro de la licitación pública. Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una empresa contratista para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento.

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Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.

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PARTE II INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN 22.

CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

A. CONVOCATORIA Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: Entidad Convocante :

FONDO NACIONAL DE INVERSION PRODUCTIVA Y SOCIAL

Modalidad de Contratación : Apoyo Nacional a la Producción y Empleo CUCE :

-

-

-

-

-

Código interno que la entidad utiliza para : 050101-18PIU008 Identificar al proceso IMPL PROG INF URBANA GENERACION DE EMPLEOS (POTOSI) -CONTRATACION SUPERVISIÓN TECNICA ENLOSETADO (8 CONSULTORES)

Objeto de la contratación :

Método de Selección y Adjudicación : X Presupuesto Fijo Plazo de validez de la Propuesta : 40 Forma de Adjudicación : Por ítems Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Precio Referencial : Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor

4.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 5.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 6.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 7.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 8.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 9.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 10.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 11.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS)

La contratación se formalizará mediante : Contrato Garantía de Cumplimiento : de Contrato Organismo Financiador :

Plazo previsto para la supervisión : (días calendario)

La entidad realizará la retención del 7 %, por concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente)

% de Financiamiento

FON PLATA

90

GAMP

10

180 días calendario

Señalar con que presupuesto se inicia el : Presupuesto de la gestión en curso proceso de contratación B. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: Domicilio de la entidad convocante :

Encargado de atender consultas :

Oficina departamental Potosí: Calle Tomás Manchego s/n entre Enrique Peñaranda y Jaime Escalante Zona La Delicias Nombre Completo AJATA QUISPAYA EDWIN

Horario de atención de la Entidad : Teléfono:

62-47344 62-47345

Fax:

Cargo

Dependencia

PROFESIONAL TECNICO

JEFATURA TECNICA

LUNES A VIERNES DE 08:30 A 12:30 Y DE 14:30 A 18:30 62-47344 62-47345

Correo electrónico para consultas:

[email protected]

C. CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: #

FECHA

ACTIVIDAD

1

Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes

:

HORA

Día/Mes/Año

Hora:Min

06/04/2018

18:30

LUGAR Y DIRECCIÓN

Calle Tomás Manchego s/n entre Enrique Peñaranda y

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Jaime Escalante Zona La Delicias 2

Inspección Previa (No es obligatoria)

:

NO CORRESPONDE

3

Consultas Escritas (No son obligatorias)

:

NO CORRESPONDE

4

Reunión Informativa de Aclaración (No es obligatoria)

:

NO CORRESPONDE 23/04/2018

5

Fecha límite de presentación y Apertura de Propuestas (**)

:

27/04/2018

6

Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA *

:

7

Adjudicación o Declaratoria Desierta. *

:

8

Notificación de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. *

9

Presentación de documentos para la suscripción de contrato. *

: 16/05/2018

10

Suscripción de Contrato*.

:

15:00

Calle Tomás Manchego s/n entre Enrique Peñaranda y Jaime Escalante Zona La Delicias Calle Tomás Manchego s/n entre Enrique Peñaranda y Jaime Escalante Zona La Delicias

02/05/2018 04/05/2018

23/05/2018

* Los plazos son referenciales (**)Considerar un plazo mínimo de 15 días calendario previendo que entre la fecha de la última publicación

(en un periódico de circulación de nivel nacional) y la fijada como límite para la presentación de ofertas. 23.

TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE SUPERVISIÓN TÉCNICA Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes:

IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA URBANA PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEOS (POTOSÍ) TERMINOS DE REFERENCIA SUPERVISION TECNICA Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes: 1.

ANTECEDENTES

Mediante Ley No. 747, se otorga al FPS facultades realizar la ejecución de proyectos o programas en el marco del numeral 11 de Parágrafo II del Artículo 298 de la constitución Política del Estado y autoriza ejecutar obras publicas de infraestructura de interés del nivel central del Estado, en predios que no sean de su propiedad, siempre que sean bienes de dominio público o destinados a la prestación de un servicio público, bajo este contexto nace el IMPLEMENTACION PROGRAMA INFRAESTRUCTURA URBANA GENERACION DE EMPLEOS (POTOSI), el cual se ejecutará en la ciudad de Potosí, El Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social es el responsable de la ejecución del Programa, en el marco del cual, se llevará a cabo la consultoría contenida en estos Términos de Referencia. 2.

OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA

2.1.

General

Llevará a cabo la supervisión técnica y ambiental de la: IMPLEMENTACION PROGRAMA INFRAESTRUCTURA URBANA GENERACION DE EMPLEOS (POTOSI) 2.2.

Específicos

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Realizar el seguimiento del avance físico del proyecto y la calidad de los trabajos realizados, emitiendo recomendaciones en los casos que se verifiquen observaciones a la calidad del trabajo y/o afecten la conclusión del proyecto en el plazo establecido, así como una correcta interpretación de las especificaciones técnicas y administrativas del Reglamento Operativo del Programa. 3.

ALCANCE DE LOS SERVICIOS

Como representante autorizado del Contratante, el SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total por la supervisión adecuada de los proyectos a ejecutar en las vías designadas. A nivel enunciativo y no limitativo el alcance del trabajo del SUPERVISOR es el siguiente: I) El SUPERVISOR deberá garantizar la correcta ejecución del proyecto, en cuanto a la ejecución de las obras civiles y a los aspectos sociales del mismo, vale decir la organización de la mano de obra calificada y no calificada. II) Conocer, de forma correcta y actualizada, los estados de situación del proyecto, en su proceso de ejecución. III) La amplitud del trabajo y las obligaciones del SUPERVISOR estarán de acuerdo con las necesidades del servicio a satisfacción del Contratante y deberán cubrir el alcance del trabajo propuesto. IV) El SUPERVISOR es el responsable de emitir las Órdenes de Proceder o Inicio de la construcción de las Obras. V) Previa a la Orden de Proceder de obras, la misma que será emitida por el SUPERVISOR y durante el periodo de construcción, el SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total sobre una minuciosa revisión y complementación del Proyecto. VI) El Servicio incluirá una minuciosa revisión de la documentación y de los planos para la construcción. En caso necesario, el SUPERVISOR deberá comunicar al Contratante las observaciones detectadas y subsanarlas, si las mismas no consideran modificaciones sustanciales al proyecto; caso contrario el Contratante deberá tomar las previsiones correspondientes, para dar solución a la situación presentada. VII) Realizar el seguimiento y monitoreo al efectivo cumplimiento de las medidas de mitigación ambiental de acuerdo a lo establecido en la Licencia Ambiental e Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAP) determinados en la categoría del Proyecto y la Matriz del Plan de Manejo Ambiental IA FPS – 04. VIII) A efectos de reportar el avance físico y financiero de las diferentes intervenciones en forma semanal establecido como obligación en el contrato, deberá remitir un informe escrito que deberá contar como mínimo con la siguiente información: Vías intervenidas Nombre Dirección Fecha Control de avance Modulo Movimiento de tierras (en todos sus ítems). Control de avance Modulo Cordones y Cunetas (en todos sus ítems). Control Avance Modulo enlosetado (en todos sus ítems). Control Avance de Ensayos de Laboratorios (en todos los módulos). Asistencia de personal. Control de maquinaria (horas trabajadas), etc. Control de insumos y herramientas. Cronograma de avance físico y financiero. Observaciones. Planos y/o esquemas de respaldo. El formato de informe semanal podrá ser modificado a requerimiento del fiscal del FPS. El informe semanal será entregado cada semana de intervención plazo máximo el día viernes a las 17:00. Pudiendo ser vía correo electrónico del fiscal asignado bajo formato establecido por el FPS. De igual forma si es necesario se realizaran informes verbales o trabajo de gabinete en los días y horarios establecidos por el Fiscal de obra, trasladándose para este efecto a oficinas del FPS Potosí con equipo portátil.

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IX) En caso de tener relación de interés personal o económico de cualquier tipo con alguna de las empresas proveedoras de materiales, insumos o el alquiler de maquinaria, que le sean asignadas al proyecto a supervisar, deberá comunicar obligatoria y oportunamente al Fiscal FPS para el cambio del proveedor. Ningún supervisor podrá estar como socio ni como proveedor de alguna de las empresas con contrato con el FPS en el presente programa, ni tener ningún parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad ni de ninguna de afinidad. Ni con personal del FPS. En caso de hacerse efectivo será pasible a la resolución inmediata de contrato. X) Reportar el avance físico financiero de la obra, en forma semanal a través de la aplicación móvil a ser instalada por la entidad, para tal efecto deberá contar con un teléfono celular móvil que cumpla con las siguientes características mínimas:

XI) El supervisor deberá marcar el registro biométrico el cual estará localizado en obra de lunes a viernes al ingreso y salida en estricta sujeción a las instrucciones del Fiscal del FPS, siendo los horarios de trabajo 08:00 am a 12:00 pm y de 02:00 pm a 06:00 pm, esto no exime al mismo de acudir a obra cuando sus obligaciones lo demanden. 4.

ACTIVIDADES

Las actividades específicas que desarrollará el Consultor Individual, sin ser limitativas, serán las siguientes: a) Realizar el seguimiento del avance físico del proyecto y la calidad de los trabajos realizados, emitiendo recomendaciones en los casos que se verifiquen observaciones a la calidad del trabajo y/o afecten la conclusión del proyecto en el plazo establecido. b) Dirigir todos los trabajos técnicos a realizar por la mano de obra calificada y no calificada. c) Controlar los materiales recibidos por las empresas contratistas, vale decir calidad y cantidad además de velar uso adecuado de los materiales y herramientas. d) Se encargará de la administración, distribución y rotación de herramientas de acuerdo al cronograma de implementación y realizará el inventario al final de las mismas. En caso de pérdidas las herramientas deberán ser repuestas por la mano de obra no calificada. e) Supervisar la dotación y rotación de herramientas. f) Controlar las listas de asistencia de los trabajadores por proyecto. g) Efectuar el control del avance físico y la asistencia de la mano de obra calificada (albañiles) y de los trabajadores y remitir las planillas de manera mensual al Fiscal del FPS, para los pagos correspondientes. h) Recepcionar los materiales a través de las actas correspondientes y responsabilizarse por la administración y cuidado de materiales y herramientas conjuntamente con la Junta de Vecinos/Organización Social. i) Realizar el control minucioso, cuantificar y controlar de la maquinaria asignada (cuando corresponda) a los proyectos a su cargo, aprobando las horas efectivamente trabajadas, mediante la firma del parte diario del equipo, aprobación que servirá para el respaldo de pago de las planillas de avance de alquiler de equipo. j) Realizar la supervisión técnica de cualquier otro trabajo inherente a la obra, vale decir, cambios de material de plataforma, construcción de cordones, elevación o profundización de cámaras o sumideros, etc. k) Coordinar con los proveedores y fiscal del FPS, para la firma del acta de cierre de cada proyecto cuantificando los volúmenes reales ejecutados. l) Aprobar los planos As built de cada proyecto presentados por el Topógrafo. m) Será el responsable de la revisión y verificación de los volúmenes ejecutados en obra, que servirá para la aprobación de planillas de pago a los proveedores. n) Asegurar y verificar el cumplimiento e implementación de las medidas de mitigación ambiental del proyecto las mismas que están establecidas en los documentos ambientales de la Licencia Ambiental y en la Matriz IA FPS-04.

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ñ) Complementación de la información con una investigación cuidadosa de campo y la toma de mediciones que considere necesarias. o) Revisión, actualización y complementación de los planos generales y de detalle, partes y demás documentación necesaria para la construcción, procurando la mejor solución técnica para alcanzar o superar la calidad especificada. p) Revisión y aprobación de los métodos de construcción de todas las actividades inherentes al proyecto. Informe inicial de la intervención plazo máximo de presentación a 1 semana de inicio de actividades. (Por cada una de las calles a intervenir) q) El SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total por la revisión y complementación del proyecto, los ajustes necesarios y las correcciones adecuadas, el replanteo y la supervisión adecuada de la obra y de aprobar la calidad de los materiales entregados por las empresas PROVEEDORAS. r) Verificación de los controles de rasante, verticalidad, pendientes y niveles de la subrasante, rasante y estructuras, y de cualquier otro trabajo referido a las actividades de los proyectos. s) Verificación de que la Empresa PROVEDORA transporte a obra la cantidad de material requerido para cada actividad del proyecto, basados en los cómputos métricos. t) Verificación de que la Empresa PROVEEDORA ha empleado los materiales adecuados y exigidos en las Especificaciones Técnicas y en base a su propuesta técnica calificada. u) Inspección permanente de la obra y verificación y validación de ensayos de laboratorio ofertados por cada PROVEEDOR para verificar que los trabajos son ejecutados en cantidad y calidad, de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas. Se deberá verificar la cantidad de laboratorios definida para cada material en específico y en concordancia con la propuesta técnica de la empresa PROVEEDORA. Adicionalmente el FPS contará con una empresa laboratorista para la verificación de la compactación de la subrasante, aspecto que permitirá que el SUPERVISOR pueda solicitar los laboratorios que se requieran. De CBR, Proctor modificado y densidad in situ. v) Verificación y conformidad de la recepción del material entregado en obra para validar con lo solicitado en las especificaciones técnicas establecidas. w) Revisión y verificación de los documentos presentados por el PROVEEDOR para los pagos mensuales de avance de Obra y cumplimiento de las especificaciones técnicas. Certificación de los trabajos mensuales y firma del acta de medición conjunta para su pago y elaborar informes por cada uno de las empresas que le proveyó de material, mano de obra y maquinaria. Plazo máximo de entrega el 25 de cada mes en su defecto el primer día hábil posterior. x) El SUPERVISOR entregará un plan de actividades de forma mensual al FISCAL del FPS, acorde a la programación de avances propuesto por el ejecutor de la obra, para hacer el control, seguimiento y/o readecuación de avance físico financiero del proyecto con el propósito de reducir al mínimo los retrasos de ejecución por parte de la Empresa PROVEEDORA. Plazo máximo el 5 de cada mes en su defecto el primer día hábil. y) El SUPERVISOR para el cierre de su contrato deberá hacer la entrega de todas las herramientas a su cargo, mediante la firma de un acta de conformidad que certifique el no adeudo de herramientas que serán facilitadas y detalladas con el personal administrativo del FPS. z) Dirigir todos los trabajos técnicos a realizar por la mano de obra calificada y no calificada aa) Se encargará de la administración, distribución y rotación de herramientas de acuerdo al cronograma de implementación y realizará el inventario final de las mismas. En caso de pérdidas las herramientas deberán ser repuestas por la mano de obra no calificada. bb) Realizar la supervisión técnica de cualquier otro trabajo inherente a la obra, vale decir, cambios de material de plataforma, construcción de cordones, elevación o profundización de cámaras o sumideros, etc. cc) Será el responsable de la revisión de los volúmenes ejecutados en obra, que servirá para la aprobación de planillas de pago a los proveedores. dd) El supervisor registrara su asistencia diariamente en el biométrico asignado para cada distrito. ee) participara y conformara la comisión de recepción de bienes concernientes a dicho proyecto. ff) El Supervisor previa solicitud del formulario S1, y máximo hasta cada fecha 25 del mes, debe remitir al FPS la planilla de avance del periodo correspondiente; para ello el Supervisor debe instruir previamente a cada Contratista y/o Proveedor, la elaboración de éste documento. El incumplimiento de estos plazos será sancionado de acuerdo al numeral 6 del presente DBC, puesto que el planillado posterior no garantizara los pagos y por ende será responsabilidad absoluta del Supervisor. En caso de existir negligencia de parte del proveedor y/o contratista, el supervisor deberá proceder con las acciones contractuales ante incumplimientos y debe alertar oportunamente al FPS para tomar las acciones correspondientes. gg) Revisión de rendimientos de materiales, el supervisor será el encargado de medir los rendimientos de su mano de obra y materiales para poder reformular sus volúmenes y su cronograma en función a datos medidos en campo, en caso de existir desfases que no garanticen que la cantidad de materiales abastezca hasta la conclusión de los trabajos, o que no se vaya a cumplir con el cronograma de obra, deberá proponer y asumir medidas que ayuden a cumplir lo programado. 5.

PRODUCTOS ESPERADOS

Se espera que el SUPERVISOR realice una administración técnica-financiera adecuada y minuciosa acorde a las buenas prácticas de la ingeniería durante la ejecución de las obras, en cumplimiento estricto a las tareas básica y no limitativas descritas en el alcance de trabajo, y en especial a la revisión y complementación de los diseños medidas ambientales, así como la ejecución del plazo establecido para cada proyecto. Para ello el SUPERVISOR deberá permanecer en la obra el 100% del tiempo de ejecución, y en gabinete en la oficina del FPS cuando sea programada por el fiscal.

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Se espera que los productos de la consultoría, se encuentren a satisfacción del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social. Por las características del Servicio, se califica como producto, al control y seguimiento que realiza a las Empresas Proveedoras, mano de obra calificada y no calificada para la ejecución de la infraestructura del proyecto. Control de entrega de materiales en obra Control de la mano de obra no calificada Control de la mano de obra calificada Control de ejecución de horas maquina Control de rendimientos de materiales y mano de obra Reuniones o informes verbales cuando así lo requiera el Fiscal del FPS Control de Planillas de Avance Control de cumplimiento del cronograma de avance físico Reportes Mensuales de Avance de Obras Control y manejo de correspondencia del proyecto Control de ensayos de laboratorio y de ensayos in situ Control topográfico Control, revisión y aprobación de Planos “as built” Actas de Entrega Definitiva Informe de Cierre del Proyecto Informes especiales cuando así se lo requiera 6.

DE LAS SANCIONES AL SUPERVISOR

En caso de comprobarse incumplimiento al tiempo de permanencia en obra y/o a las obligaciones descritas en el presente documento, éste será sancionado a través del FISCAL FPS, de acuerdo al siguiente detalle: a. Primera falta o llamada de atención amonestación verbal al supervisor. b. Retraso de un día hábil en la presentación de cualquier informe solicitado sanción económica de 0.5% del monto total del contrato. c. Segunda falta o llamada de atención amonestación escrita al supervisor por parte del fiscal del FPS. d. Desde la tercera falta o tercera llamada de atención sanción económica del 2% del monto total del contrato por cada memorándum emitido por el Fiscal del FPS. Cuando la multa alcance el 10% del monto total de contrato, ésta se constituirá en causal de resolución de contrato. 7.

INFORMES

El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes por cada proyecto asignado, los mismos deberán ser recibidos a satisfacción por el Ejecutor: 7.1 INFORME INICIAL DE REVISIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PROYECTO El SUPERVISOR deberá elaborar y presentar un informe inicial detallado por cada vía asignado en un (1) ejemplar, dos (2) días calendario antes del inicio de la obra, Este informe deberá ser adjuntado a la carpeta del proyecto y contener mínimamente la siguiente información: cómputos métricos actualizados, requerimiento de materiales, requerimiento de herramientas, acta de conformación del comité de construcción, acta de consenso social, compromiso de participación (de la mano de obra no calificada), lista de personas que participaran en el proyecto (mano de obra no calificada), cronograma actualizado de provisión de materiales e informe técnico tipo a ser proporcionado por el FPS. Conteniendo un Cronograma Global de Actividades de la Supervisión; asimismo deberá indicar una planificación adecuada de ejecución y la fecha de conclusión de los trabajos previstos en el proyecto. Este informe corresponde a la revisión del proyecto técnico referente al diseño final, debiendo incluir la revisión, dimensionamiento, detalles y métodos constructivos, sistemas y/o métodos utilizados, especificaciones técnicas, cómputos métricos y planos de construcción si se requiere.

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Deberá contener un cronograma de obra actualizada y de acuerdo a la capacidad de entrega de materiales de los proveedores, ajustado estrictamente a los plazos establecidos por el FPS DEPARTAMENTAL. En caso de reportarse errores o desajustes respecto al proyecto, el SUPERVISOR deberá presentar sus propuestas al respecto y deberá buscar soluciones técnicas que no modifiquen el costo total de las obras. Toda modificación del proyecto o nivel de servicio requiere la aprobación del (Fiscal FPS). 7.2 Informes mensuales de progreso Los informes mensuales de progreso ó avance de cada uno de los proyectos a cargo del Supervisor, serán presentados en un (1) ejemplar (Fiscal FPS) dentro de los cinco (5) días calendario transcurridos del mes siguiente. Dichos informes mensuales de Supervisión de Obras serán detallados y de fácil interpretación, conteniendo al menos los siguientes aspectos: 1. Resumen ejecutivo de lo ejecutado y de los problemas encontrados en la ejecución de las obras. 2. Descripción general de los antecedentes del proyecto como ser los Contratos de Provisión de materiales, Contrato de Servicios de Supervisión y otros aspectos de importancia. 3. Descripción general del proyecto indicando las actividades de supervisión, ubicación geográfica de las obras, características técnicas principales, volúmenes de obra, etc. 4. Progreso de la obra mediante descripción sucinta del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo, versus lo programado. 5. Con relación a las Empresas Proveedoras, un detalle sobre su planificación, capacidad de entrega indicando cantidad, calidad, estado y rendimiento observado, con una evaluación técnica de sus posibilidades de cumplimiento con el plan de trabajo dentro del cronograma de trabajo y el plazo de conclusión de las actividades del proyecto. 6. Informe sobre el cumplimiento del Cronograma de Actividades. 7. Descripción del proceso de las obras ejecutadas, en comparación con el cronograma de trabajo definido que fue alcanzado en los primeros días, sobre los principales ítems ejecutados. 8. Presentación de planos y/o esquemas que muestren el ritmo general del proceso de las obras, en comparación con el cronograma de trabajo vigente para cada una de los ítems ejecutados. 9. Recomendaciones técnicas de importancia, si el caso es necesario para incrementar el rendimiento y/o ritmo de avance de la obra de los ítems previstos (punto vi), especialmente en aquellos que son considerados críticos para cumplir con el plazo de proyecto; reprogramando el incremento de materiales, personal calificado y/o no calificado y modificaciones en los sistemas o procedimientos constructivos de las actividades previstas en el proyecto. 10. Información sobre las dificultades presentadas y/o que pueden anticiparse en el futuro y plantear las recomendaciones sobre las medidas que se debe tomar para disminuir los efectos con relación al avance de las obras. 11. Informe sobre la provisión de materiales mencionando el grado de cumplimiento así como la calidad de los mismos y su relación con el plan de trabajos programados en función de estos. 12. Describir la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales incorporados en el mes, de cada uno de los proyectos a su cargo. 13. Informe de Supervisión de los aspectos ambientales de acuerdo a la Matriz de Seguimiento Ambiental IA FPS – 04, en formato establecido por el FPS. 14. Descripción y relación de la mano de obra calificada y no calificada, indicando el avance alcanzado en las actividades realizadas. 15. Resumen de la correspondencia cursada durante la ejecución de las obras de mayor trascendencia, entre el SUPERVISOR, las Empresas PROVEEDORAS, FISCAL FPS. 16. Presentar un informe fotográfico, mostrando cada parte de la actividad cumplida en la ejecución de las obras, con relación al mes anterior. 17. se describan los aspectos técnicos más importantes acontecidos durante la ejecución de las obras del proyecto en el mes correspondiente. 18. Relación de los informes de ensayos realizados, ejecutados en el período en campo y laboratorio. 7.3 Informes Especiales Durante la ejecución de las obras, cuando se presenten aspectos o problemas que por su importancia tengan incidencia en el desarrollo normal de los trabajos de la obra, el SUPERVISOR

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deberá elevar un informe especial al FISCAL FPS, mencionando los antecedentes de los problemas y planteando las recomendaciones y soluciones adecuadas, para que los involucrados analicen el contenido del informe, con el objeto de adoptar decisiones adecuadas y oportunas. Adicionalmente, el SUPERVISOR como parte de sus actividades atenderá todo requerimiento necesario y especial presentado durante la ejecución de los trabajos, a través de los informes que sean requeridos por las instancias que participan en la ejecución del Programa, para tomar acciones y efectuar las recomendaciones correspondientes. 7.4 Informe final del cierre del Proyecto El SUPERVISOR está en la obligación de elaborar un informe final de conclusión de las obras del proyecto en un (1) ejemplar y adjuntarlo a la carpeta del proyecto. Este informe deberá comprender una descripción cronológica y detallada del proceso de construcción, los volúmenes de obra ejecutados, la relación del personal, material y equipo utilizado, el cumplimiento y/o ampliación del plazo contractual, problemas encontrados y soluciones adoptadas, incluyendo además todo aspecto relevante ocurrido durante la construcción del proyecto. Para su aceptación, el informe deberá estar acompañado de los planos finales de construcción de las obras (planos "as built" elaborados por el topógrafo) y los planes de Operación y mantenimiento de la obra. Junto al informe final, en Anexo, el SUPERVISOR deberá presentar un informe ambiental de seguimiento y control, señalando las medidas ambientales, el grado de cumplimiento, los problemas que se han presentado y las medidas que se tuvieron que aplicar y señalar otros impactos que se presentaron y que no están dentro de las medidas establecidas. En términos generales especificar si se han cumplido con los objetivos ambientales del proyecto, y proponer recomendaciones que deben llevarse a cabo en la fase de operación. El informe deberá contemplar un reporte fotográfico de todas las medidas implementadas. Este informe será presentado al CONTRATANTE dentro de los 5 días siguientes a la recepción definitiva de la obra. El informe final deberá incluir el siguiente contenido como mínimo: 1. Antecedentes del proyecto (Proyecto, circunscripción, zona, ubicación). 2. Antecedentes de las Empresas Proveedoras (Razón social, Representante Legal, contrato y otros), de materiales y servicios. 3. Antecedentes de la Supervisión 4. Descripción del proyecto, magnitud y características principales de las obras. 5. Estado Financiero del proyecto. 6. Modificaciones de las obras. 7. Plazos de ejecución y ampliaciones de las obras. 8. Problemas encontrados y soluciones adoptadas en las obras. 9. Aspectos ambientales. 10. Calidad de los trabajos y materiales utilizados 11. Lista final de la mano de obra no calificada en el proyecto, así como la cantidad de 12. raciones de alimentos entregados 13. Detalle de todos los materiales entregados por proveedor 14. Plan de operación y mantenimiento 15. Actas de medición conjunta originales 16. Planos de obra concluida (planos as built) 17. Acta de conformidad de entrega de herramientas firmado por FPS. 18. Recepción Definitiva de las Obras. 19. Conclusiones y Recomendaciones. 7.5 Aprobación de informes: El plazo máximo para la aprobación de informes por el FPS y el equipo de fiscalizadores será de 5 días calendario a partir de la presentación del documento, si transcurrido este tiempo los fiscales de la consultoría no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado. 7.6 Formato de presentación de informes El supervisor elaborara y presentara los informes en un (1) ejemplar (Fiscal FPS) y deberá presentar una copia en digital. 8. LUGAR Y PLAZO

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La consultoría se desarrollara en los distritos de la Ciudad de Potosí, del Departamento de Potosí donde se ejecute el Proyecto Los plazos y montos de cada supervisión se detallan de la siguiente manera: Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor

4.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 5.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 6.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 7.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 8.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 9.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 10.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 11.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS)

9. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN El trabajo de consultoría estará supervisado por el Equipo de Fiscalizadores del FPS. 10. PERFIL REQUERIDO DEL CONSULTOR El Consultor debe contar con el siguiente perfil mínimo. 10.1. FORMACIÓN PROFESIONAL: Título académico con grado de Licenciatura en Ingeniera Civil Se valorará seminarios, cursos y talleres relacionados con la construcción y/o diseño de pavimentos articulados, mejoramientos viales y vías en general. Título en Provisión Nacional de Ingeniero Civil. Presentar fotocopia simple Título Académico en el área de Ingeniería Civil. Presentar fotocopia Simple. Licencia de conducir de automóvil o motocicleta vigente. Presentar fotocopia simple. Conocimiento pleno de la planimetría de la ciudad de Potosí (para desplazamiento) Certificado emitido por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB) actualizado para ingenieros civiles, documento a ser presentado en caso de adjudicación para firma de contrato. 10.2.

EXPERIENCIA PROFESIONAL GENERAL:

Acreditar al menos 1 año de experiencia general a partir del Título En Provisión Nacional 10.3.

EXPERIENCIA PROFESIONAL ESPECÍFICA:

Acreditar experiencia profesional específica de al menos 1/2 año a partir del Título En Provisión Nacional, en Supervisión, Fiscalización, Residente, Dirección, Superintendente de Obras en sistemas obras viales, construcción de pavimentos articulados, mejoramiento de vías. (Solo se considerarán construcciones) “En caso de encontrarse el postulante en primer lugar en más de un servicio de supervisión (lote), el profesional debe priorizar un lote a ser adjudicado, debiendo adjuntar a su hoja de vida una nota firmada estableciendo esta priorización y aceptando la descalificación en los demás lotes no priorizados”. 10.4. -

EQUIPO MINIMO REQUERIDO:

Computadora Portátil GPS Cinta métrica larga de fibra de vidrio 50m Teléfono Celular que cumpla con los requisitos especificados en este documento

11.

PRESUPUESTO Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

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La modalidad de contratación es por Lotes, con el siguiente presupuesto: Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor Supervisor

4.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 5.-180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 6.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 7.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 8.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 9.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 10.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) 11.- 180 días calendario monto 60.000 Bs. (SESENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS)

El costo de consultoría comprende todos los gastos necesarios para la ejecución del servicio, el monto del contrato incluye todos los impuestos de ley y pago de AFPS, el consultor será responsable de su cumplimiento. 12.

FORMA DE PAGO

El pago se efectuara mediante la presentación de la planilla de Pago de acuerdo al reglamento Operativo del FPS. El porcentaje de avance será función del avance físico del proyecto más el pago de AFPs. 13. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES 13.1 RESPONSABILIDAD TÉCNICA DEL SUPERVISOR En atención a que el SUPERVISOR es el responsable directo y absoluto de la supervisión técnica que realiza, deberá responder por el trabajo realizado desde la aceptación del informe final por parte de la entidad contratante, por lo que, en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección pertinente, no podrán negar su concurrencia. En caso de no concurrir a esa convocatoria, la entidad contratante (FPS) hará conocer por escrito esta situación a la Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivia República para los efectos pertinentes, en razón de que el servicio prestado fue realizado mediante un contrato administrativo, por el cual son responsables ante el Estado. El Supervisor no podrá intervenir en nuevos procesos y será objeto de medidas legales correspondientes, cuando se presenten las situaciones siguientes: i) resolución de contrato por causales imputables al Consultor; ii) verificación de mala calidad de los servicios a través de una auditoría técnica a efectuarse en cualquier momento del proyecto; iii) falsedad comprobada de datos proporcionados por el Consultor, debido a la permanencia del SUPERVISOR durante el tiempo de ejecución de la obra. 13.2 DISPOSICIONES LEGALES EN APLICACIÓN • • • • • • •

Plan de Adquisiciones aprobado por el Organismo Financiador Reglamento Operativo del Programa Código Civil. Código Penal Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley Nº 1178) Ley de Medio Ambiente No. 1333 Otras disposiciones afines

13.3 CONDICIONES ADICIONALES El SUPERVISOR acepta someterse expresamente a las leyes del país. Los documentos que se elaboren, como resultado de los servicios del SUPERVISOR deberán tener el respaldo de profesionales especializados si corresponde. 13.4 AUTORIDAD DEL SUPERVISOR

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El SUPERVISOR tendrá facultad y responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados en obra trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, interpretación de planos y especificaciones, y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de provisión. 13.5 ACCESO A LA OBRA El SUPERVISOR, el Equipo de Fiscalizadores del FPS y funcionarios gubernamentales que sean autorizados por el Contratante, tendrán en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo. 13.6 POSESION FISICA DEL DERECHO DE VIA (SI CORRESPONDE A LA OBRA) El supervisor solicitará a las instituciones encargadas la solicitud de cierre de vía, el cual será requisito indispensable a la presentación del informe de inicio de obra. Inmediatamente después de ser emitida la Orden de Proceder, el Contratante y el SUPERVISOR, darán a la Empresa PROVEEDORA la posesión física del Derecho de Vía necesario, a objeto de permitirle la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de obra aprobado. En circunstancias especiales, si la Empresa PROVEEDORA demuestra al SUPERVISOR, que está sufriendo demoras en su cronograma de ejecución de trabajos por falta de disponibilidad del derecho de vía para cumplir con el objeto del Contrato, el Contratante podrá otorgar una ampliación de plazo, mediante Orden de Cambio, y debidamente justificada con un informe del SUPERVISOR. 13.7 INSTRUCCIONES POR ESCRITO PARA LA EJECUCION DE OBRA Todas las instrucciones emitidas por el SUPERVISOR deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional el SUPERVISOR considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso la Empresa PROVEEDORA también deberán cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones referidas al seguimiento, control de ejecución de obra serán preferentemente escritas mediante notas oficiales. Toda instrucción impartida por el SUPERVISOR a la Empresa PROVEEDORA, que no fuese representada sustentadamente y que no sea cumplida, será motivo de suspensión de los trabajos y se aplicarán las acciones legales que correspondan de acuerdo a lo establecido en los contratos correspondientes. 13.8 INSTRUCCIONES POR ESCRITO PARA LA GENERACION DE PLANILLAS Toda planilla de avance de obra deberá contar como mínimo con la siguiente documentación en un original y una copia. • Formulario de avance de obra, llenado claramente una vez que se hayan verificado los cómputos por todas las partes involucradas. • Cómputos métricos detallados. • Actas de medición conjunta debidamente firmadas. • Se deben adjuntar todas las pruebas de laboratorio, solicitadas por el SUPERVISOR a la fecha de presentación de la planilla. Todos los puntos anteriores deberán tener la firma y el sello del SUPERVISOR y de la Empresa PROVEEDORA. 13.9 ANALISIS Y APROBACION DEL CRONOGRAMA O PROGRAMA DE EJECUCION DE OBRAS Y PROVISION DE MATERIALES

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El SUPERVISOR, elaborara un cronograma o programa detallado de ejecución de la obra y de la provisión de los materiales requeridos para la misma, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos, cantidad de frentes de trabajo, análisis de la ruta crítica en base a los rendimientos propuestos para asegurar el cumplimiento de la obra dentro del plazo total de ejecución de obra aprobado por el Contratante. Este documento deberá estar ajustado en fecha a la de emisión de Orden de Proceder del proyecto. El cronograma o programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el método de Camino Crítico (CPM), el método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el SUPERVISOR y el Equipo de Fiscalizadores. 13.10 RITMO DE PROGRESO DE LA OBRA El SUPERVISOR realizará mensualmente la evaluación del progreso los proyectos a su cargo con relación al programa de trabajo vigente. Si en opinión del SUPERVISOR, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y, por tanto, no garantiza su terminación en el plazo previsto, el SUPERVISOR de forma independiente a la aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación a las Empresas PROVEEDORAS, quienes deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Así mismo hará conocer copia de esta comunicación al Equipo de Fiscalizadores. Si en el plazo prudencial fijado por el SUPERVISOR, la Empresa PROVEEDORA no logra recuperar el retraso, estará obligado a presentar a consideración del SUPERVISOR un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, con la aplicación de rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido. 13.11 SUSPENSION O PARALIZACION TEMPORAL DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS O DE PROVISION DE MATERIALES

LOS

TRABAJOS

DE

El SUPERVISOR mediante orden escrita a la Empresa PROVEEDORA, podrá suspender en forma temporal, sea parcial o totalmente la provisión de materiales, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes circunstancias en el lugar de trabajo. 1. Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecución de los trabajos programados. 2. Situación emergente de desastres naturales o de conmoción social que impliquen la presencia de fuerza mayor o caso fortuito. En caso de que la empresa proveedora tenga que suspender la provisión de materiales por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, hará conocer esta situación al SUPERVISOR, de forma escrita (mediante carta expresa), dentro de los diez (10) días calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento. 3. Condiciones de inseguridad para la mano de obra no calificada y calificada, el personal de la Empresa PROVEEDORA y del SUPERVISOR, así como para el tráfico vehicular y el público en general, por causas ajenas al PROVEEDOR ó al Consultor. 4. Incumplimiento de las órdenes impartidas por el SUPERVISOR. 5. Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del PROVEEDOR ó del Consultor En cualquier caso, de suspensión o paralización temporal de los trabajos, se levantará la medida tan pronto cesen las causas que motivaron la misma. En el caso de los incisos 1, 2 y 3 la suspensión temporal dará derecho al PROVEEDOR o al Consultor a solicitar ampliación de plazo del contrato al Contratante a través del SUPERVISOR, quien emitirá un informe del caso aceptando y validando lo requerido. En el caso de los incisos 4 y 5, la suspensión temporal no dará derecho alguno al PROVEEDOR para solicitar ampliación de plazo del Contrato, por lo que en caso que hiciese tal requerimiento será negado directamente por el SUPERVISOR. 13.12 MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS

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El SUPERVISOR deberá instruir al CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR el mantenimiento de las obras hasta la Recepción Definitiva de las mismas, en todas sus partes terminadas, en buenas condiciones, evitando que la acción de agentes atmosféricos o de otra naturaleza ocasione daños, los que de producirse deberán ser inmediatamente reparados, a satisfacción del SUPERVISOR. Se exceptúa de este mantenimiento los daños que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o intensidad hagan imprevisibles o inútiles las medidas de preservación de la obra. 13.13 INSPECCION DE LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS El SUPERVISOR ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. La Empresa PROVEEDORA deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del SUPERVISOR, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. El SUPERVISOR deberá velar para que no exista cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos. Las instrucciones y observaciones verbales del SUPERVISOR deberán ser ratificadas por escrito. Ningún trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del SUPERVISOR. Es responsabilidad de la Empresa PROVEEDORA cumplir con las especificaciones del Contrato y la calidad de los materiales, por lo que la presencia o ausencia del SUPERVISOR en cualquier fase de los trabajos, no podrá en modo alguno exonerar al proveedor de su responsabilidad para el cumplimiento de su Contrato. 13.14 REMOCION DE MATERIAL DEFECTUOSO Todo el material que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones técnicas del Contrato, será considerado rechazado, por tanto, el PROVEEDOR deberá reemplazar este material retirando el mismo a su costo. 13.15 MEDICIONES El SUPERVISOR con fines de cancelación de planillas a la Empresa PROVEEDORA Y/O CONTRATISTA deberá efectuar mediciones de las obras. La medición y determinación de los cómputos métricos variara de acuerdo al material a pagar, en el caso de que se refiera a pago de losetas, las mismas serán sujetas de pago cuando estén ejecutadas en el terreno, por tanto, se realizar la firma de un ACTA DE MEDICION, la cual puede ser parcial o total y a través de esta acta se determinara la cantidad de piezas a pagar a la empresa proveedora. Esta misma medición servirá para la presentación de la planilla de avance de la SUPERVISION. Cuando el pago por la entrega de agregados como piedra, arena, polvillo o capa base, el SUPERVISOR deberá realizar el cubicaje de este material el cual tendrá como respaldo la firma y constancia de que ese material llego a obra. Cuando el pago se refiera al servicio de maquinaria, el mismo estará respaldado por partes diarios del equipo en los cuales deberán figurar las horas marcadas del Hodómetro del equipo, (pudiendo el supervisor establecer mejores mecanismos de control) las cuales serán computadas para pago. 13.16 TERMINACION DE LA OBRA

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A la terminación de la obra, la Empresa PROVEEDORA solicitará al SUPERVISOR, el señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta, para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones y que, se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. Realizada la inspección y una vez que el SUPERVISOR considere técnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del contratante a través del Equipo de Fiscalizadores, estableciendo la procedencia de la recepción, señalando día y hora a este fin. 13.17 RECEPCION DEFINITIVA El SUPERVISOR, antes de proceder con la Recepción Definitiva deberá recabar de los representantes de la Organización social un acta de conformidad de ejecución de las obras. El SUPERVISOR en consulta con el FPS, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica final, que si corresponde se procederá a la Recepción Definitiva de la obra. A este acto concurrirán los PROVEEDORES, el SUPERVISOR, el Fiscal FPS, en coordinación con las Juntas Vecinales. La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones, procederá a la redacción del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad del DE LAS JUNTAS VECINALES LAS CUALES DEBEN INSCRIBIR AL Gobierno Autónomo Municipal, como propietaria, para su posterior mantenimiento. ESTOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE, SI ASI LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU HABILIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PUEDE MEJORARLO

24.

DISPOSICIONES GENERALES AMBIENTALES

La implementación de Actividades, Obras o Proyectos puede causar impactos positivos y negativos en los factores ambientales: Aire, Agua, Suelo, Ecología y Socio-Económico, por lo que se requiere incorporar la Gestión Ambiental y definir una Política que permita prevenir y mitigar impactos ambientales negativos e impulsar los positivos, para de esta forma mantener, mejorar y/o restituir la calidad del ambiente y la calidad de vida de la población. GESTIÓN AMBIENTAL. La Gestión Ambiental es un conjunto de decisiones y actividades, orientadas a los fines del desarrollo sostenible, la cual comprende los siguientes aspectos principales: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

La formulación y establecimiento de políticas ambientales Los procesos e instrumentos de planificación ambiental El establecimiento de normas y regulaciones jurídico – administrativas La definición de competencias de la autoridad ambiental y la participación de las autoridades sectoriales en la gestión ambiental Las instancias de participación ciudadana La administración de recursos económicos y financieros El fomento a la investigación científica y tecnológica El establecimiento de instrumentos e incentivos

Estas acciones están enfocadas a preservar y/o mejorar la calidad del ambiente, la calidad de vida de la población y por consiguiente alcanzar un desarrollo sostenible.

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Para este efecto, tal como define el Art. 2º de la Ley del Medio Ambiente, el “Desarrollo Sostenible es el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras”, es así que el Desarrollo Sostenible integra los aspectos: Económico, Social, Político y Ambiental. CONSIDERACIONES AMBIENTALES. Con el objeto de incorporar la Gestión Ambiental en los proceso de ejecución de proyectos de desarrollo Nacional y cumplir con lo establecido en la normativa ambiental vigente, se debe tomar en cuenta los siguientes puntos: a) Instrumentos ambientales indispensables para el inicio de Obras:       

La Licencia Ambiental respectiva. Los documentos ambientales como el PPM-PASA (si corresponde). Matriz Plan de Manejo Ambiental – Instrumento Ambiental IA FPS-04. Aplicación de las Buenas Prácticas Ambientales ( Anexo 3 del Manual de Gestión Ambiental del FPS) Especificaciones Técnicas Ambientales ANEXO 4. Cumplimiento de las Medidas de Mitigación establecidas en los IRAP´s correspondientes. Que las actividades a ser realizadas en el transcurso del proyecto cuenten con el seguimiento y monitoreo respectivo de las medidas de mitigación establecidas, con el fin de mitigar posibles impactos medio ambientales

b) Controles Ambientales que serán tomados en cuenta de forma específica, verificando el grado de cumplimiento de las Medidas de Mitigación que fueron aprobadas en los IRAP´s correspondientes. c) Hacer cumplir el porcentaje para las medidas de mitigación ambiental sobre la inversión total del proyecto, destinadas a solucionar posibles impactos que se realizaran en el proyecto con el fin de poderlos mitigar sin dañar al Medio Ambiente. d) Contar con acciones (planes de contingencia) de carácter inmediato que deberán asumirse al momento de presentarse impactos no contemplados. NOTA: Es importante mencionar que a partir del 27 de abril de 1992 ninguna persona en Bolivia puede asumir desconocimiento de la ley 1333 del Medio Ambiente RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DEL SUPERVISOR El Supervisor deberá asegurarse de que la Empresa Contratista cumpla con la implementación de las medidas de prevención y mitigación definidas en la Matriz de Plan de Manejo Ambiental IA FPS - 04; así como, de aquellas medidas que surgieran durante la ejecución de la obra y aplicación de las Buenas Prácticas Ambientales y las guías respectivas, toda vez que éstas corresponden a los lineamientos básicos de gestión ambiental que se espera cumplan las empresas contratistas. En caso de producirse algún impacto ambiental negativo durante la etapa de ejecución, ocasionado por negligencia o incumplimiento de las medidas indicadas por parte de la Empresa Contratista, la misma se hará responsable y cubrirá con los costos de remediación con sus recursos propios y sin derecho a reembolso. Adicionalmente, el Supervisor deberá controlar a la Empresa en el cumplimiento de los siguientes aspectos: 



El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la obra. El CONTRATISTA precautelará de daños de cañerías, arboles, conductores, torres, y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo.

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    

El personal del CONTRATISTA deberá contar con un seguro contra accidentes; asimismo, los frentes de trabajo deberán ser dotados de botiquín de primeros auxilios con los implementos necesarios para atender contingencias relacionadas a los trabajos que allí se desarrollen. El CONTRATISTA deberá informar a los propietarios de los predios por donde circulen los vehículos, maquinaria y personal de la Empresa de los trabajos que se realizarán a fin de evitar actitudes de rechazo hacia el Proyecto. El CONTRATISTA deberá implementar un sistema de gestión de Residuos sólidos y líquidos que deberá ser aprobado por la Supervisión. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la obra removerá todos los obstáculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y del CONTRATANTE. El CONTRATISTA deberá regirse a la legislación laboral vigente y de acuerdo a las normas establecidas en la Seguridad Ocupacional bajo su exclusiva responsabilidad. El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a todas las medidas ambientales establecidas en los instrumentos de regulación de alcance particular y en la Matriz IA FPS – 04, sin ser estos aspectos restrictivos, pudiendo el CONTRATISTA proponer y ejecutar medidas de mitigación ambiental adicionales a las pre establecidas.

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PARTE III ANEXO 1 FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA (Para Personas Naturales, Empresas o Asociaciones Accidentales) 1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE:

-

-

-

-

-

Señalar el objeto de la Contratación: 2. MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) (El proponente debe registrar el monto total que ofrece por el servicio de supervisión) DESCRIPCIÓN MONTO NUMERAL (Bs.) MONTO LITERAL

VALIDEZ

A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: I.- De las Condiciones del Proceso a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC. b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación. c) Declaro, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación. d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica. g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes. h) Declaro haber realizado la Inspección Previa. i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado – RUPE, una vez presentada mi propuesta en la entidad convocante. (Excepto aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el RUPE). j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes. k) Acepto a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos; excepto los Formularios A-5 y A-6 que deberán ser suscritos por el personal propuesto en caso de Empresas y Asociaciones Accidentales. l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuestos, se encuentran inscritos en los registros que prevé la normativa vigente y que éstos no se encuentran como personal

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propuesto en otras propuestas. (Solo en el caso de Empresas Consultoras o Asociaciones Accidentales). II.- De la Presentación de Documentos En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado del RUPE, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. a) b) c) d)

Certificado del RUPE que respalde la información declarada en la propuesta. Cedula de Identidad, en caso de personas naturales. Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato, que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre del FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL, cuya vigencia deberá ser hasta la entrega definitiva de la OBRA. En sustitución de esta garantía, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. e) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente (original más un juego de fotocopias simples). Formulario A-3 f) Formulario de Registro de Beneficiario – SIGEP.

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Personas Naturales)

1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente

:

Cédula de Identidad o Número de Identificación Tributaria (Valido y Activo)

:

Ciudad

Fecha de Nacimiento

2.

Número CI/NIT

Domicilio:

:

Teléfonos

:

Fecha de expedición NIT

Día

Mes

Año

INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES

Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía

Fax : (solo si tiene) Correo Electrónico :

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FORMULARIO A-3 HOJA DE VIDA DEL PROPONENTE (Para personas naturales) 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Ap. Materno

Nombre(s)

Número

Lugar de expedición

Nombre Completo : Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Fechas

Universidad / Institución

Desde

Hasta

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas Desde

Duración en Horas

Nombre del Curso

Hasta

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta

1 2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde

Hasta

1 2 N NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

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FORMULARIO C-1 PROPUESTA TECNICA Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 26 (Términos de Referencia)

Propuesta (*)

(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.

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FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES

Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta

Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC)

#

Condiciones Adicionales Solicitadas (*)

1

Cursos - talleres Cursos, talleres. Formación Postgrado Diplomado, especialización y maestrías, relacionados en vías.

2

3

3

Puntaje asignado (definir puntaje) (**)

Propuesta

2 puntos. Por curso hasta un (máximo de 20 puntos.) 2 punto diplomado 1 punto especialización 2 puntos por maestría (Máximo de puntos 5.) Experiencia Profesional General: Se otorgara 1 punto por cada año Como Supervisor, Residente de Obra, Fiscal de Obra, adicional (posterior al 1 año superintendente de Obra en obras viales. requerido en el sub numeral 10.2 de los TDR) hasta un máximo de 5 puntos. Experiencia Profesional Especifica Se otorgara 1 punto por cada año Como Supervisor, Residente de Obra, Fiscal de Obra, adicional (posterior al 1 año superintendente de Obra en pavimentos articulados. requerido en el sub numeral 10.2 de los TDR) hasta un máximo de 5 puntos. 35

(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia general o especifica del proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad. (**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos. (***) Los cursos y talleres se calificaran a partir del Título en Provisión Nacional.

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ANEXO 2 FORMULARIOS REFERENCIALES DE APOYO Estos Formularios son de apoyo, no siendo de uso obligatorio. La Entidad puede desarrollar sus propios instrumentos. FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para personas naturales) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE

:

Objeto de la contratación

:

Nombre del Proponente

:

Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la entidad

:

-

REQUISITOS EVALUADOS

-

Verificación (Acto de Apertura) PRESENTÓ SI

1. 2.

DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS Formulario A-1. Presentación de Propuesta. Formulario A-2a Identificación del Proponente.

3.

Formulario A-3 Hoja de Vida del Proponente.

4. 5.

PROPUESTA TÉCNICA Formulario C-1. Propuesta Técnica. Formulario C-2. Condiciones Adicionales.

-

NO

-

-

Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) CONTINUA

DESCALIFICA

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FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Para Personas naturales)

Formulario C-1 (Llenado por la Entidad)

PROPONENTES Proponente A Cumple

METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

(señalar si cumple o no cumple)

EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) Puntaje Asignado

PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

No cumple

(señalar si cumple o no (señalar si cumple o no (señalar si cumple o no cumple) cumple) cumple) PROPONENTES

Proponente A Cumple

Formulario A-3 Hoja de Vida, del Proponente. METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

No cumple

Proponente B No Cumple cumple

35

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT)

Proponente B No Cumple cumple

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

No cumple

(señalar si cumple o no (señalar si cumple o no (señalar si cumple o no cumple) cumple) cumple) PROPONENTES

Proponente A

Proponente B

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

PUNTAJE ASIGNADO 35

Proponente C

Proponente n

Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) Proponente n

Proponente A

Proponente B

Proponente C

(si cumple, asignar 35 puntos)

(si cumple, asignar 35 puntos)

(si cumple, asignar 35 puntos)

35 70

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ANEXO 3 MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA De acuerdo con el objeto del contrato y sus particularidades, la Entidad Convocante, podrá adecuar el presente modelo, mismo que deberá contener mínimamente las clausulas establecidas en el Artículo 87 de las NB-SABS, de manera previa a su publicación en el SICOES, no siendo necesaria la autorización del Órgano Rector. (Este instructivo deberá ser suprimido de manera previa a la publicación del DBC).

CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN TÉCNICA _______________ (señalar objeto, CUCE y el número o código interno que la entidad utiliza para identificar al contrato) Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación del Servicio de Supervisión Técnica, que celebran por una parte ________________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la ENTIDAD), con NIT Nº __________ (señalar el Número de Identificación Tributaria), con domicilio en _______________ (señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en _________________(Señalar el Distrito, Provincia y Departamento), representado legalmente por _________________(Registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia para la suscripción del Contrato y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de ________(señalar el cargo del Servidor Público delegado para la firma), con Cedula de identidad Nº __________ (señalar el número de Cedula de Identidad), que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, ______________ (Registrar las generales de ley del proponente adjudicado y/o cuando corresponda el nombre completo y número de Cédula de Identidad del Representante Legal), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara su domicilio),que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la prestación de servicios de Supervisión Técnica, en la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha ___________ (señalar la fecha de publicación de la convocatoria en el SICOES) a personas naturales y jurídicas con capacidad de contratar con el Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación con Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) _______________ (señalar el CUCE del proceso), en base a lo solicitado en el DBC. Concluida la etapa de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación Nro. _______ (Señalar el número del Informe), emitido por el (la) ___________ (señalar según corresponda al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación), resolvió adjudicar la contratación a _______________ (señalar el nombre o razón social del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos establecidos en el DBC. CLÁUSULA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones normativas: a) b) c) d) e) f)

Constitución Política del Estado. Contrato de Préstamo BOL-30/2017 FONPLATA Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones. Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación. Otras disposiciones relacionadas.

CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de Supervisión Técnica ________________ (describir de forma detallada el o los servicios de supervisión técnica a realizar), que en adelante se denominarán la SUPERVISIÓN, para __________ (Señalar la causa de la contratación), prestados por el SUPERVISOR de conformidad con el DBC y la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato. CLÁUSULA CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO)

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Forman parte del presente contrato, los siguientes documentos: a) b) c) d) e)

Documento Base de Contratación. Propuesta Adjudicada. Documento de adjudicación. Garantía (s), cuando correspondan. Otros Documentos específicos de acuerdo al objeto de la contratación. (La ENTIDAD, detallará, cuando corresponda, los documentos específicos necesarios para el contrato).

CLÁUSULA QUINTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES) Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las clausulas establecidas en el presente contrato. Por su parte, el SUPERVISOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: a) b) c) d) e) f)

Realizar la SUPERVISIÓN, objeto del presente contrato, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC así como las condiciones de su propuesta. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente contrato, por acciones que se deriven de incumplimientos accidentes, atentados, etc. Mantener vigentes las garantías presentadas. Actualizar las garantía(s) (vigencia y/o monto), a requerimiento de la ENTIDAD. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. (Otras obligaciones que la entidad considere pertinente de acuerdo al objeto de contratación.)

Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: a) b) c)

Apoyar al SUPERVISOR, proporcionando la información necesaria referente a las condiciones de trabajo. Emitir la conformidad de la SUPERVISIÓN cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Emitir la conformidad cuando la supervisión.

CLÁUSULA SEXTA.- (VIGENCIA) El contrato entrara en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción por ambas partes, hasta que las misma hayan dado cumplimiento a todas las clausulas contenidas en el presente contrato. (Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se va a requerir Garantía o se va a efectuar retención por pagos parciales) CLÁUSULA SEPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) El SUPERVISOR, garantiza el cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la ______________ (registrar el tipo de garantía presentada) con Nro. ___________ (Registrar el numero de la garantía presentada) emitida por ___________ (registrar el nombre del ente emisor) la orden de _____________ (registrar el nombre de la ENTIDAD), equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del contrato que haciende al monto de __________ (registrar el monto en forma numeral y literal), con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta ___________ (Registrar el día, mes y año de la vigencia de la garantía) que cubre la ejecución del presente contrato. En caso de que el SUPERVISOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento al ente emisor de la garantía. CLÁUSULA SEPTIMA.- (RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES) El SUPERVISOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas una vez que sea aprobado el Informe Final. (Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si se acordó o no la otorgación del anticipo) CLÁUSULA OCTAVA.- (ANTICIPO)

En el presente contrato la ENTIDAD no otorgará anticipo. CLÁUSULA OCTAVA.- (ANTICIPO)

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Después de ser suscrito el contrato, la ENTIDAD, a solicitud expresa del SUPERVISOR podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder al veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos. A este efecto, el SUPERVISOR, garantiza la correcta inversión del anticipo con la entrega de ________________ (Señalar el tipo de garantía presentada, Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento), a la orden de _____________ (señalar el nombre o razón social del la ENTIDAD), por el cien por cien (100%) del monto a ser desembolsado, la misma que deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable mientras no deduzca el monto total de desembolso. CLÁUSULA NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC) CLÁUSULA DECIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS) El SUPERVISOR realizara la Supervisión Técnica, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizara la supervisión técnica) CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (DEL MONTO Y FORMA DE PAGO) (Esta cláusula será elaborada por la entidad CONTRATANTE conforme lo establecido en el DBC). (Los siguientes párrafos no aplican para personas jurídicas) Para que la ENTIDAD procese el pago el SUPERVISOR deberá presentar el comprobante de pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones. En el caso de personas naturales, la ENTIDAD podrá actuar como agente de retención y pago, para su posterior pago al Sistema Integral de Pensiones. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del SUPERVISOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de la propuesta. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el SUPERVISOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (PREVISIÓN) El Contrato sólo podrá alterarse mediante un Contrato Modificatorio, establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS. Las causas modificatorias deberán ser sustentadas por informes técnicos y legales que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CESIÓN) El SUPERVISOR no podrá transferir parcial, ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (MULTAS) El SUPERVISOR se obliga a cumplir con el cronograma y el plazo de entrega establecido en la Clausula Séptima del presente Contrato, caso contrario será multado con el __________ % (La ENTIDAD establecerá el porcentaje de acuerdo al objeto del contrato, mismo que no podrá exceder del 1% del monto del contrato) por día de retraso. La suma de las multas no podrá exceder en ningún caso el veinte por cien (20%) del monto total del contrato sin perjuicio de resolver el mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (CONFIDENCIALIDAD) Los materiales producidos por el SUPERVISOR así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, excepto a la Entidad, a menos que cuente con un pronunciamiento escrito por parte de la ENTIDAD en sentido contrario. Así mismo el SUPERVISAR reconoce que la ENTIDAD es el único propietario de los productos y documentos producidos por el SUPERVISAR, producto del presente Contrato.

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CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS) El SUPERVISOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (DE LA EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES AL CONTRATANTE) El SUPERVISOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá por

una de las siguientes causas: 20.1 Por Cumplimiento de Contrato De forma normal, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito, en el Certificado de Cumplimiento de Contrato. 20.2 Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el SUPERVISOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato: 20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al SUPERVISOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por incumplimiento en la iniciación de los servicios, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse a la zona de los trabajos. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido). b) Por disolución del SUPERVISOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras). c) Por quiebra declarada del SUPERVISOR. d) Por suspensión del servicio sin justificación, por __________ (registrar los días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita del FISCAL DE OBRA. e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo al Cronograma. f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el SUPERVISOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente. g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia. h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio. i) Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Decima Sexta, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato – decisión optativa de la ENTIDAD, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 20.2.2 Resolución a requerimiento del SUPERVISOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El SUPERVISOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario. b) Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD, pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de obra sin emisión del necesario Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago. c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del certificado de prestación de servicios. 20.3 Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el SUPERVISOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.

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Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizará el desarrollo de los servicios y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado. En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días hábiles no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el SUPERVISOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva. Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al SUPERVISOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la garantía de Correcta Inversión de Anticipo (en caso de haberse otorgado), hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. La ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al SUPERVISOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al SUPERVISOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, el SUPERVISOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes. Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del SUPERVISOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el SUPERVISOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.

20.4 Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa. LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo. El SUPERVISOR conjuntamente con el personal designado por la entidad, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, la entidad liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio de la ENTIDAD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos la ENTIDAD elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) _________ (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) _____________ (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISAR o persona natural adjudicada, habilitado para la firma del Contrato) en representación del SUPERVISAR. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español. _________ (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribe el Contrato).

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__________________________ (Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado) para la firma del contrato)

________________________________ (Registrar el nombre del proveedor)

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ANEXO 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES Y SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL

Generalidades

La presente especificaciones generales de Medio Ambiente incluyendo Seguridad e Higiene Ocupacional, son de carácter obligatorio para su cumplimiento por parte del CONTRATISTA, quien deberá exigir estricto cumplimiento también por parte de sus Subcontratistas y obreros.

1

1.1

ETA -01 DISPOSICIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL CAMPAMENTO Y FRENTES DE TRABAJO. Definición

Esta actividad se aplicará en los campamentos temporales y permanentes, y frentes de trabajo, depósitos incluyendo áreas de trabajos y de explotación de bancos de préstamo si corresponde. La cual consistirá en la implementación de basureros ligeros en el área de campamento para la disposición adecuada de los residuos sólidos generados por personal técnico y obreros de la empresa contratista. Las infraestructuras a utilizarse y el tipo de manejo de residuos sólidos se diferencian según la temporalidad del trabajo en las áreas influenciadas tal como se menciona en los puntos siguientes.

1.2

Descripción

Existen básicamente tres tipos de infraestructura destinadas a la deposición de residuos sólidos:  Basureros ligeros y móviles.  Contenedores fijos.  Fosas de enterramiento.

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Los basureros ligeros son estructuras móviles y ligeras, preferentemente de plástico, de polietileno de alta densidad, con tapa y aptos para temperaturas extremas (la capacidad depende de la magnitud de la obra: 120, litros). Los cuales deberán ser instalados en el campamento, de color rojo, amarillo, azul y verde, para iniciar un proceso de selección de residuos y para que sean fácilmente visibles en los lugares más visibles y de mayor circulación de personal en el campamento. Están destinados a recibir volúmenes pequeños de residuos sólidos producidos a nivel individual. El número adecuado está estimado en un basurero para cada 15 personas en el área de trabajo; la facilidad de traslado y manipulación permiten que sean vaciados diariamente, lo cual estará a cargo de personal especialmente designado para esta función. Los contenedores se instalarán en número de aproximadamente uno para cada 15 personas, en una ubicación que comprometa una distancia cómoda entre los núcleos de producción de residuos y las fosas de enterramiento. Su vaciado se realizará en las fosas de enterramiento cada vez que se colmaten, que en promedio se estima será entre 4 a 7 días. Para ello se deberá utilizar maquinaria pesada, por lo que el diseño y resistencia de los contenedores deben ser adecuados. La fosa se establecerá en el lugar donde se instalen los contenedores. Se trata de rellenos sanitarios excavados en un terreno preferentemente entre terrazas altas y bajas, alejados aproximadamente a unos 100 m de las construcciones, área de cultivos y fuentes de agua. El terreno donde se realicen las excavaciones no debe tener una pendiente mayor al 25%. El volumen a excavarse depende del volumen de basura total que se estime se generará, pero cada fosa no sobrepasará los 120 m3, lo que implica una superficie de 120 m2 (aproximadamente 10 m x 12 m). El volumen total de la cubeta de cada fosa se duplica considerando que la profundidad total es de 2 m, de los cuales la primera mitad se destinará al rellenado con residuos sólidos y la siguiente para rellenarla con tierra. El volumen de estas fosas permitirá la recolección del contenido de hasta 6 contenedores durante un período que va de uno a dos meses. El tiempo de colmatación de las fosas depende mucho del área de trabajo y del tipo de actividades que se realizarán, una vez colmatada y tapada una fosa, se abrirá otra similar si las circunstancias así lo requieren. Después del vaciado de contenedores, lo que se realizará en fechas determinadas, la basura en cada ocasión será compactada y cubierta con una capa de tierra de aproximadamente 20 cm para evitar la proliferación de Vectores de enfermedades. Cuando los residuos sólidos lleguen a un nivel de 1 m de profundidad, éstas deberán ser cubiertas y compactadas con maquinaria pesada de modo que no exista un desnivel respecto al terreno natural adyacente. El número total de fosas a habilitarse depende del número de personas que permanecen en un lugar determinado, y del tiempo total de su permanencia. Debido a que el Contratista es quien determina estos dos parámetros, no es posible determinar en esta fase el número total de fosas a abrirse en cada campamento. En principio, las fosas no necesitarán ser impermeabilizadas en sus superficies inferior y laterales, por lo cual debe tomarse muy en cuenta al momento de establecerlas que no existan cursos de agua subterráneos que pasen por su área de influencia, la cual se entiende como dos metros laterales y dos metros en profundidad más allá de su cubeta. Sin embargo, si es que por alguna razón se evidenciase contaminación en áreas aledañas, el Contratista deberá impermeabilizarlas sin costo alguno para el Contratante. Para ello deberá considerar el uso de ARCILLA, como material impermeabilizante. La tierra extraída durante la excavación de las fosas se almacenará al lado de éstas hasta el momento de reutilizarla en su tapado. El tapado implica cubrir los primeros 0.6 m por tierra y los últimos 0.4 m por una mezcla de tierra y material vegetal en una proporción de volumen aproximado de 1 parte de material vegetal por cada 4 de tierra. Finalmente se compactará sólidamente todo el sistema. En lo posible, se debe evitar la adquisición de productos enlatados y otros envases no retornables para reducir los volúmenes de basura generados por el campamento. De esta manera estos materiales deberán ser conducidos y destinados para el reciclaje. Para mayor detalle en el manejo de residuos sólidos se seguirá 42 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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lo indicado en el Plan de gestión de residuos sólidos y el Manual que se le entregara al Contratista y debe ser cumplido a cabalidad.

1.3

Metodología de ejecución

El manejo de los residuos sólidos generados en campamento y frentes de trabajo debe estar de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos de la Ley de Medio Ambiente, la serie de normas bolivianas NB 742-760 y normas municipales existentes en el lugar donde se situen el proyecto. Los desechos no biodegradables (inorgánicos) de generación continua, como por ejemplo los plásticos, envases de pett, vidrios y maderas, se recolectarán y serán dispuestos en las fosas de enterramiento. En este sentido queda totalmente prohibido disponer desperdicios sólidos de los campamentos a las corrientes de agua o a media ladera. Los residuos biodegradables (orgánicos) de los alimentos serán enterrados en el campamento, en lugares especialmente dispuestos para ello, o se los entregará a los agricultores de la zona como alimento para el ganado. Las fosas de enterramiento para la basura biodegradable y los desechos sanitarios tendrán una profundidad mínima de dos metros, cada vez que se realice el vertido de desechos, se procederá a verter una capa de tierra para evitar que animales se aproximen a estos sitios y evitar posible proliferación de vectores. Cuando las fosas de enterramiento estén casi llenas, deberán ser completamente rellenados con una capa de 40 cm de tierra. Dichas fosas estarán ubicadas a una distancia mínima de 100 m de cualquier cuerpo de agua superficial.

1.4 •

• • •



Recomendaciones para el manejo: Acopiar los residuos sólidos dentro de los predios de su responsabilidad, por otro lado la disposición final de los residuos que no sean reutilizados, reciclados o aprovechados deberá llevarse a cabo evitando toda influencia perjudicial para el suelo, vegetación y fauna, la degradación del paisaje, la contaminación del aire y las aguas y todo lo que pueda atentar contra el ser humano o el medio que lo rodea. En el campamento se debera realizar la clasificación de residuos, a fin de darles un mejor tratamiento y disposición final. Los residuos sólidos serán clasificados en 4 grupos: orgánicos, inorgánicos, especiales e industriales, cuya disposición final será distinta para cada uno de ellos. El Contratista adoptará 3 objetivos en materia de residuos sólidos: minimizar la generación de residuos, maximizar el re-uso (reciclaje), realizar una apropiada recolección de residuos. Se recomienda considerar un basurero por cada 15 personas. Asimismo, deberán tener tapa o cubierta de tal manera de evitar la proliferación de malos olores y vectores en la zona. Estos basureros deben tener el color verde para residuos orgánicos y azul para inorgánicos y deberán ser vaciados de acuerdo al acopio que se tenga y manejada de acuerdo a su composición. Los desechos sólidos serán clasificados y manejados de acuerdo a las siguientes disposiciones: o Los desechos no biodegradables de generación continua, como por ejemplo los plásticos, vidrios y metales, se recolectarán y serán dispuestos en fosas inertes, para su venta a empresas recicladoras. o Los residuos tóxicos y/o peligrosos, como baterías en desuso, pilas y otros, deben ser confinados en contenedores especiales y en ningún caso se mezclarán con otro tipo de residuos sólidos. Para posteriormente ser transpòrtados y emitidos EMAP, en la ciudad de Potosi, o relleno sanitario de la poblacion mas cercana donde se ejecuta el proyecto. o Los residuos biodegradables provenientes de la cocina serán en lugares especialmente dispuestos para este fin, se entregará a los comunarios de la zona como alimento para el ganado. En el caso de ser enterrados, las fosas deberán ser impermeabilizadas mediante la compactación de fondo de material arcilloso que tendrán una profundidad mínima de 2,0 metros y serán cubiertas con una capa de por lo menos 30 cm de tierra excavada; la basura se podrá depositar semanalmente.

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Clasificación de residuos sólidos o No se permitirá la eliminación de residuos sólidos en laderas, quebradas o cursos de agua. o Se implementarán políticas de compra, para reducir al mínimo el uso de materiales que no sean biodegradables ni reciclables. o Al finalizar las operaciones del proyecto, se debe proceder con la clausura, abandono y restauración de las fosas y todas las instalaciones asociadas.

1.5

Control del Supervisor

El control de la implementación de los basureros y fosas de enterramiento se hará por apreciación visual de la existencia de los mismos.

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2 2.1

ETA 02 - SEÑALIZACIÓN AMBIENTAL EN FRENTES DE TRABAJO Definición

El trabajo consistirá en la implementación de la señalización vertical en los frentes de la obra.

2.2

Descripción

El Contratista deberá implementar la señalización ambiental de tipo informativo y preventivo en torno de la protección del medio ambiente, en especial lo referido a la no contaminación del aire y de las aguas, etc. Este tipo de señalización se deberá colocar en sitios visibles de la obra, en el campamento y en los frentes de trabajo con mensajes del cuidado del medio ambiente. Las señales deben ser dispuestas en el (las) áreas de mayor afluencia de gente, para evitar o recomendar las acciones a realizar en el lugar, mínimamente deberán utilizar cuatro letreros de los propuestos o adecuarlos a las características del área del proyecto, la comunidad, o Municipio. El Contratista deberá mantener en buen estado la señalización ambientales, mientras duren las actividades del trabajo. Las señales de reglamentación y prevención serán en plancha con marco de fierro L, con pintura reflextiva, mantenidas siempre en un poste único, las señales de información, siempre dos postes. Los postes que soportan las señales deben ser de hierro tubo FG galvanizado de 2”, su elección depende las condiciones de vientos, para la resistencia de los mismos.

Señalización restrictiva, El contratista pondrá en lugares visibles la señalización de prohibición de arrojar la basura en los frentes de trabajo, prohibido la caza de animales silvestres, de forma rectangular, fondo color verde y letras blancas, tubo metálico de FG de 2” con Ej.

Señalización Preventiva, Con referencia a prevenir incendios e incendio de fogatas, etc. Señalización informativa, Anuncios indicativos de lugares de interés, por ejemplo: chullpares, ruinas, iglesias históricas, sobre ecosistemas particulares del lugar de trabajo, haciendo referencia de las especies de extensión en el área del proyecto, si corresponde.

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Mensajes de letreros ambientales

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SEÑALÉTICA AMBIENTAL – RESTRICTIVA

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2.3

Control por el Supervisor

El control de los materiales se efectuará de acuerdo a las especificaciones correspondientes. El supervisor verificará la implementación de la señalización (localización y dimensiones) de acuerdo a los diseños establecidos en la presente especificación.

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3

ETA 03 SEÑALIZACION DE SEGURIDAD TEMPORAL EN FRENTES DE OBRAS Y CAMPAMENTO

3.1

Definición

Se define como demarcación y señalización, las actividades y trabajos necesarios para la implementación de señales en los diferentes frentes de trabajo. La señalización nunca elimina un riesgo, solamente lo resalta. Por lo tanto, nunca da seguridad efectiva o real. Debe emplearse como técnica complementaria de las medidas de control, con buen criterio y sentido común para que no pierda su efecto preventivo; la utilización incorrecta puede eliminar su eficacia. Por lo anterior, es conveniente utilizarla sólo en los siguientes casos:    

3.2

Cuando no es posible eliminar el riesgo Cuando no es posible advertir el peligro a simple vista (altas temperaturas, alta tensión, pintura fresca, cemento fresco, etc.) Cuando no es posible instalar sistemas adecuados de protección Como complemento a la protección ofrecida para resguardos, dispositivos de seguridad y protección personal.

Descripción

Las señales de Seguridad resultan de la combinación de formas geométricas y colores, a las que se les añade un símbolo o pictograma atribuyéndoseles un significado determinado en relación con la seguridad, el cual se quiere comunicar de una forma simple, rápida y de comprensión universal.

Las señales dispuestas en los frentes de trabajo indicarán sectores o áreas de circulación para los trabajadores, puntos de servicios de punto de agua, eléctrica y la prevención de accidentes de trabajo, en las viviendas alquiladas deberá estar el cartel de la ubicación del botiquín de primeros auxilios y extintor. Dentro de las actividades involucradas en la construcción de las obras civiles, la demarcación y señalización proporcionará un aspecto fundamental en la seguridad de los trabajadores y habitantes en las áreas circundantes del proyecto. La falta de una buena demarcación y señalización tanto en las fases constructivas puede ocasionar accidentes de trabajo con graves consecuencias. Por esto se deberá colocar señalizacion temporal, informativas, preventivas y prohibitivas en las obras que se realice según sea requerido, con leyendas claras sobre las actividades, precauciones y/o prevenciones de recomendaciones de circulación en la obra. Los colores de seguridad podrán formar parte de una señalización de seguridad o constituirla por sí mismos. En el siguiente cuadro se muestran los colores de seguridad, su significado: Color

ROJO

Significado

Prohibición Lucha contra incendios

Ejemplos de aplicación     

AZUL *

AMARILLO

Obligación Indicaciones Precaución Zona de riesgo

     

Pare, peligro - alarma Prevención y prevención Prohibición Equipos de protección contra el fuego - Contra incendios Almacenamiento de toda clase de líquidos inflamables Hidrantes y tubería de alimentación Uso obligatorio de elementos de protección personal Acciones de mando Localización de teléfono, talleres, etc Advertencia - Precaución Señalización de riesgos, de caída, umbrales, pasillos de poca altura, objetos sobresalientes, obstáculos, etc. 50

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Condición de seguridad Primeros auxilios

VERDE

Señala partes peligrosas de maquinaria

NARANJA

BLANCO

ALUMINIO GRIS MARFIL PURPURA

Demarcación de zonas de circulación, indicación en el piso de recipientes de basura Señala superficies metálicas expuestas a radiación solar y altas temperaturas Señala recipientes para basuras, depósitos para elementos de aseo. Partes móviles de maquinaria, bordes del área de operación

 Equipos para transporte y movilización de materiales  Áreas de maquinaria  Plantas de energía eléctrica  Seguridad  Señalización de vías y salidas de emergencia  Duchas de emergencia  Puestos de primeros Auxilios. Bordes, expuestos de piñones, engranajes, poleas, rodillos, mecanismos de corte, entre otras. que puedan cortar, golpear, prensar, etc., Dirección o sentido de una circulación o vía. Cilindros de gas propano, tapas de hornos Retales, desperdicios, lockers.

Volantes de operación manual, brazos de palanca; marcos de tableros y carteleras Recipientes que contengan materiales radiactivos, equipo Señala los riesgos de radiación contaminado, rayos X, etc. Tipos de señales de seguridad en función al código de colores

Las dimensiones de la demarcación en áreas de trabajo deberán cumplir con las siguientes especificaciones: Franja de 10 centímetros de ancho. Demarcación de áreas libres frente a equipos de control de incendios: Semicírculos de 50 centímetros de radio y franja de 5 centímetros de ancho. Indicación de recipientes de basura: Un metro cuadrado por caneca. El Contratista mantendrá en buen estado la señalización preventiva mientras duren las actividades de cada frente de trabajo. La ubicación de los letreros será a los frentes de trabajo que realiza la empresa constructora Las Señales de prohibición, prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro de forma redonda, el Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 45° respecto a la horizontal) rojos (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal). Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Pare

Para notificar que se debe detener completamente el vehículo, especialmente en la intersección de dos vías, en la que no está definida la prelación de paso, o en la intersección de una vía secundaria con una principal.

Agua no potable

Se debe colocar en las fuentes de agua no potable

No tocar

Se debe colocar en sitios en la que se encuentren objetos valiosos, de carácter frágil o delicado.

Símbolo

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Dirección a seguir

Flecha a la derecha.

Entrada y salida de camiones

Camiones dentro un triángulo

Prohibido fumar

Cigarrillo encendido

Prohibido encender fósforos y fumar

Fósforo encendido

Prohibido el paso

Silueta humana caminando

Prohibido usar agua como agente extintor

Agua cayendo sobre el fuego

Entrada prohibida a personas no autorizadas

Mano en posición de alto

Prohibido ingreso a los vehículos de manutención

Carro de carguío

Símbolo

Señales de obligación, Obligan a un comportamiento determinado, de forma redonda el Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).

Indicación

Uso obligatorio de casco

Contenido de imagen del símbolo

Símbolo

Cabeza portando casco

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Uso obligatorio de protección auditiva

Cabeza llevando elementos de protección auditiva

Uso obligatorio de protección ocular

Cabeza llevando anteojos de seguridad

Protección obligatoria de las vías respiratorias

Máscara de protección

Protección obligatoria del rostro

Casco de soldador

Uso obligatorio de calzado de seguridad

Un zapato de seguridad

Uso obligatorio de guantes de seguridad

Un par de guantes

Símbolo

Obligación de usar ropa de trabajo Overol de trabajo

Protección individual obligatoria contra caídas

Vía obligatoria para peatones

Persona con silla de seguridad

Peatón caminando

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Obligación general (puede acompañarse de una señal adicional

Signo de admiración

Obligación de usar ropa de mantener orden y limpieza

Implementos de limpieza

Levante peso con las piernas no con la cintura

Apile correctamente Evite accidentes

Símbolo

Persona levantando cosas pesadas correctamente

Bloques apilados

Señales de advertencia/Preventivas, Advierten de un peligro, de forma de forma triangular, el Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal), bordes negros. Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Prevención general, precaución, riesgo de daño

Hombres trabajando

Prevención general, precaución, riesgo de daño

Signo de admiración

Precaución riesgo de intoxicación

Calavera y huesos cruzados

Precaución, riesgo de incendio

Llama

Materias explosivas

Explosión

Símbolo

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Precaución, riesgo de choque eléctrico

Flecha cortada en posición vertical hacia abajo

Materias corrosivas

Objetos corroídos y manos con chispas

Materias radioactivas

Símbolo radioactivo

Cargas suspendidas

Objeto en descenso

Riesgo a tropezar

Hombre cayendo por tropiezo

Caída a distinto nivel

Hombre cayendo por resbalón

Radiación laser

Iluminación en todas direcciones

Radiaciones no ionizantes

Ondas de antenas de alta tensión

Campo magnético intenso

Un imán

Riesgo biológico

Símbolo estandarizado

Símbolo

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Bajas temperaturas

Copo de nieve

Materias nocivas o irritantes

Una cruz en fondo naranja

Símbolo

Señales de información, Se utilizan en las obras de construcción sirven para guiar a los trabajadores en forma ordenada y segura son información que orientan a los trabajadores en las obras, la ubicación del punto de energía eléctrica, acopio de agua, preparación de hormigón y en el campamento la ubicación de los depósitos de los materiales, insumo y los puntos de salida y entrada. Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Ubicación de extintor

Silueta de un extintor con flecha direccional

Parqueo autorizado

Ubicar en la entrada al parqueadero

Alta tensión

Ubicarse en la entrada al área de riesgo eléctrico

Ubicación de salida de emergencia

silueta humana avanzando hacia una salida de emergencia indicando con flecha direccional el sentido requerido

Símbolo

Ubicación de estaciones y botiquín de primeros Cruz y flecha direccional auxilios

Ubicación de servicios sanitarios

Texto indicativo para ingreso diferenciado por el género de los trabajadores.

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Indicación

Contenido de imagen del símbolo

Almacen

Identificación del lugar donde se almacenan materiales y/o equipos.

Cesto de Residuos

Ubicación del área donde se debe depositar los residuos.

Símbolo

ALMACEN Materiales y herramientas

INGRESO

Ingreso

Salida

Zanja Abierta

3.3

Trabajos de apertura de zanjas

DIMENSIONES DE LAS SEÑALES VERTICALES

A continuación se presenta en las dimenciones que deberán tener los diferentes tipos de señalización:

Dimensiones de los tipos de señal Tipo de señalización Prohibición Informativas Obligación Advertencia

3.4

Dimensiones (cm) Redonda diámetro 60 cm Rectángulo 150 cm x 60 cm Redondas diámetro de 60 cm Triangulo 60 cm x 60 cm

Control por el Supervisor

El control de los materiales se efectuará de acuerdo a las especificaciones correspondientes. El supervisor verificará la implementación de la señalización (localización y dimensiones) de acuerdo a los diseños establecidos en la presente especificación.

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4

4.1

ETA 04 - DESMANTELAMIENTO DE CAMPAMENTO y LIMPIEZA FINAL EN LAS OBRA. Definición

Las instalaciones de uso temporal, cuando deban instalarse en lugar autorizado del sitio de obra, a menos que la supervisión autorice hacerlo en otra forma a solicitud del Contratista. La conservación del medio ambiente en su estado natural, deberá ser considerada en forma muy especial al procederse a la selección de todos estos lugares para el emplazamiento de instalaciones temporales.

4.2

Descripción

Cuando la obra se haya terminado, las instalaciones temporales deberán ser removidas y todos los lugares de su emplazamiento serán restablecidos a su forma original para adquirir un aspecto limpio. A menos que la comunidad autorice y pida su trasferencia para sí mismos. En cuanto a la limpieza general, consiste en realizar una limpieza total de toda el área circundante a las obras donde se realizaron los trabajos (obras de toma, tanque de almacenamiento, redes de aducción y conducción, instalaciones de campamento, etc.), previa a la desmovilización del Contratista. Se deberá eliminar todo el material de desecho sobrante en la obra a un lugar donde no sea perjudicial en ningún sentido, para ello el Contratista procederá a transportarlo al sitio de depósitos definidos por la Supervisión, y autoridades locales, retirará y/o demolerá obstáculos que obstruyan la visibilidad y el paisaje, procederá a la limpieza de las inmediaciones adyacentes. En forma general, dejará toda la zona libre y completamente limpia. A la conclusión de todas las actividades, el Contratista deberá, en presencia del Supervisor, proceder a efectuar la devolución de los ambientes alquilados para los campamentos y depósitos, si el caso se diese, debiendo procederse a levantar un Acta. Si hubiese daños o deterioros atribuibles al Contratista, entonces éste deberá, a su costo, llevar a cabo todos los trabajos de restauración/reparación. En el proceso de desmantelamiento, los materiales resultantes (escombros y residuos sólidos, etc.) se retirarán y dispondrán de una manera adecuada y en el sitio autorizado por el supervisor de obra.

4.3

Control por el Supervisor

El supervisor verificará las operaciones de este ítem de acuerdo a lo establecido en la presente especificación.

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5

ETA 05 - CONTROL DE LA EMISIÓN DE RUIDO EN FRENTES DE TRABAJO.

5.1

Definición

En las áreas de trabajo con la maquinaria pesada que se encuentre trabajando, se debe mantener un nivel bajo de ruido durante la operación y las medidas necesarias para que los operarios y/o obreros reduzcan al mínimo posible el impacto por el ruido en los oídos.

5.2

Descripción

Este programa contiene estrategias dirigidas a la protección de obreros, y estrategias dirigidas a la población civil local con el fin de preservar la salud auditiva de las personas en el área de influencia del proyecto. En el primer caso, se dotará de protectores auditivos a todos los obreros que trabajen en circunstancias de emisión de ruido superiores a los 85 dB. El Supervisor se reserva el derecho a prohibir o restringir ciertas porciones del proyecto, cualquier trabajo que produzca un ruido objetable en horas normales de sueño, 10 p.m. a 6 a.m. Respecto a la población local se tomarán las siguientes estrategias: • • •

En el caso de campamento, donde las fuentes de ruido son principalmente de movilización de maquinaria pesada y obreros a las áreas de talleres y plantas de procesamiento de materiales, estas actividades se realizarán en las horas de luz, preferentemente entre las 7:00 a.m. y 19:00 p.m. En zonas donde la población local no está presente cerca al frente de obra, se podrán planificar trabajos a cualquier hora, y se podrán utilizar los horarios nocturnos. Si alguna maquinaria fija de trabajo específico se instala cerca de alguna población (por ejemplo retroexcavadora, etc.), éstas deberán trabajar solamente durante las horas de luz, preferentemente entre las 9:00 a.m. y 17:00 p.m.

En todos los casos, se debe prever que todas las fuentes de emisión de ruidos superiores a los 80 dB estén como mínimo a 150 m de distancia de cualquier asentamiento humano. En el caso en que se deba trabajar temporalmente con maquinaria pesada con producción de ruidos superiores a los 80 dB, se deberá informar con 1 (una) semana de anticipación a los asentamientos humanos afectados, respecto a: • El tipo de trabajo que se realizará. • La duración total de los trabajos que impliquen esta emisión de ruidos. • Los problemas auditivos derivados de una exposición prolongada a estos ruidos. • Dependiendo del tiempo que duren estas actividades emisoras de ruidos en un área poblada, el Contratista, con la participación de la Supervisión, conciliará medidas con la población local, tales como suspensión temporal de clases escolares, y que la población local (particularmente los niños) permanezcan el menor tiempo posible dentro de un radio de 100 m alrededor de las fuentes emisoras de ruidos.

5.3

Control por el Supervisor

El control de las operaciones de este ítem se hará por apreciación visual y auditiva de la emisión de ruidos y la medición del nivel de ruido ambiental mediante un sonómetro calibrado en dB (A). 59 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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6 6.1

ETA 06 - CONTROL DE LAS EMISIONES DE POLVO Definición

Se aplica en aquellas áreas donde se realiza movimiento de tierra o excavación y plantas de procesamiento de materiales donde existan asentamientos humanos dentro de un radio de 100 m de las fuentes emisoras de polvo, y aquéllas áreas sensibles según lo decida la Supervisión.

6.2

Descripción

La empresa contratista controlara la emisión del material particulado (polvo) en los frentes de trabajos efectuados con el uso de la maquinaria pesada y manualmente por los trabajadores en las excavaciones mediante el riego o humedecimiento de las superficies alteradas. En las obras de sistemas de microriego y agua potable el regado será efectuado manualmente utilizando agua acopiada en turriles y con regaderas manuales. El riego en proyectos de caminos o de excavaciones de gran tamaño será realizado por camiones cisternas con dispositivos de riego inferior En todo caso, será la Supervisión quien determine la cantidad de riegos que deberán ser aplicados en un determinado tiempo.

6.3

Control por el Supervisor

El control de las operaciones de este ítem se hará por apreciación visual de la calidad de los trabajos y por medición de partículas menores a 10 micrones.

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7

7.1

ETA 07 - DISPOSICIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIONES, ESCOMBROS Y EXCEDENTES DE MATERIAL. Definición

Los impactos relacionados con esta actividad tienen que ver con emisiones de partículas suspendidas, compactación de suelo, cambios en el uso del suelo, generación de procesos erosivos, afectación de predios y alteración del paisaje, entre otros aspectos, por efecto del movimiento de material sobrante de las excavaciones, escombros y residuos de construcciones.

7.2

Descripción

Las siguientes recomendaciones se deben considerar en la actividad de disposición de materiales sobrantes: • • • • • • •





Los materiales sobrantes originados en el retiro total o parcial de escombros, deberán transportarse y depositarse adecuadamente en sitios previamente seleccionados y definidos por el Supervisor y autorización del Municipio. Los desechos de las excavaciones no podrán ser dispuestos a media ladera ni ser arrojados a los cursos de agua; éstos serán acarreados a sitios de disposición seleccionados en el diseño de la obra y dispuestos adecuadamente, con el fin de no causar problemas de deslizamientos y erosión posterior. Durante y una vez concluidas las actividades de construcción, la empresa constructora deberá retirar totalmente los escombros, materiales de desecho y tierra excedentaria disponiendo en sitios adecuados y autorizados por el Municipio que corresponde, a fin de restablecer o mejorar las condiciones iníciales. A solicitud del Contratista, el Gobierno Municipal podrá acordar áreas adicionales necesarias para disponer el exceso proveniente de las excavaciones y escombros. El retiro de escombros depositados en inmediaciones de la obra será ejecutado solamente por orden escrita del Supervisor. Durante las operaciones de retiro el Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar daños a cualquier estructura que pueda estar en la zona adyacente. Toda el área donde se haya efectuado el retiro deberá dejarse completamente limpia y bien acabada. Los materiales resultantes del retiro de escombros serán colocados donde lo indique el Supervisor y de acuerdo a lo autorizado por los Gobiernos Municipales. Para la ubicación en botaderos de escombros y tierra sobrantes de las excavaciones, se seguirán las instrucciones del Gobierno Municipal. Si en la práctica se tenga que optar por otro mecanismo, sobre todo debido a la necesidad de efectuar el continuo relleno de predios bajos para evitar la influencia de la humedad, se dará atención a pedidos de los organizaciones comunitarias. Para empezar a utilizar las áreas de botaderos o buzones, la capa de materia orgánica que cubre inicialmente el área deberá conservarse para su utilización en la reposición final de la zona. El material proveniente de las actividades de construcción se depositará en forma de capas de aproximadamente 0,40 m y luego se compactará. El proceso se repetirá hasta alcanzar la altura del diseño. El área donde se depositará el material, se protegerá con muros de contención cuando corresponda, para evitar que los volúmenes de desechos afecten un área mayor a la consignada. Las zonas donde se depositará material de desecho, deben recuperarse ambientalmente sobre todo en lo que respecta a la estabilización de los taludes y a las condiciones del paisaje. Para todas estas áreas se recomienda cubrir las superficies afectadas con una capa de tierra vegetal, de esta manera se podrá propiciar el crecimiento de pastos naturales, arbustos y especies arbóreas utilizados por las poblaciones humanas como fuente de recursos para el pastoreo y por las comunidades de fauna nativa como hábitat.

Al establecer los buzones, se deberán tomar las siguientes precauciones: 61 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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 Que no existan cultivos, acequias, ni viviendas por debajo.  Que la pendiente no sea superior al 45%.  El material depositado se compactará en forma de terraceo, preparando el área para la regeneración de la vegetación natural.  Si por la topografía del buzón se sobrepasase la estabilidad intrínseca del material o la inclinación de la pendiente es superior al 45%, se deberán implementar muros de contención adecuados. En el caso en que el material se deposite como promontorios, se trabajarán compactándolos y preparando un taraceo adecuado para la regeneración de la vegetación natural. Se recomienda, por tanto, ahorrar la construcción de una cara de los promontorios ubicándolos apoyados sobre las laderas erosionadas ya existentes, aunque sin alterar los cursos de agua naturales. En todos los casos debe obtenerse la aprobación previa de la Supervisión.

7.3

Materiales, herramientas y equipo

Los trabajos comprendidos en esta actividad serán realizados por el Contratista, el que proveerá y empleará los materiales, herramientas y equipo, previa aprobación del Supervisor de Obra.

7.4

Control por el Supervisor

El control de las operaciones de este ítem se hará por apreciación visual de la calidad de los trabajos y por medición según lo indicado en la presente especificación técnica.

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8 8.1

ETA 08 - OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MAQUINARIA Y EQUIPO Definición

Los impactos relacionados con esta actividad tienen que ver con emisiones de partículas (sólidas y gaseosas) por procesos de quema de combustibles fósiles, de los motores y/o generadores, que si se encuentran en buen estado son mínimos. Durante la operación de maquinaria y movilización, también se tiene emisión de partículas de polvo, que en excesos promueven muchos daños tanto para obreros, operarios como el mismo medio donde se ejecuta la actividad. La mala recarga de combustibles y aceites, en las maquinarias, también viene generando un efecto de impermeabilización y/o contaminación en el suelo y la contaminación de cuerpos de agua subterráneos por la infiltración. Evitar los impactos ambientales reduciendo la contaminación del aire, agua y suelo y los elementos bióticos, ocasionados por el uso, operación y mantenimiento de maquinarias que se utilizan en la construcción de obras viales. Reducción del impacto en las poblaciones cercanas al proyecto y a los trabajadores por el ruido producido por el uso de los equipos y maquinarias que se utilizan en la construcción de la obra del proyecto. Esta Especificación se aplica a todos los equipos y maquinaria pesada que utilicen combustibles fósiles y deberá ser aplicada durante el tiempo que dure la ejecución de las obras.

8.2

Descripción

Las siguientes recomendaciones se deben considerar en la actividad de operación y mantenimiento de la maquinaria: En proceso de mantenimiento de la maquinaria: • •

• •



El equipo y maquinaria deben estar sujetos a mantenimiento periódico de acuerdo a las especificaciones técnicas y operando para cumplir con límites de calidad de aire. El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación, de tal manera que se queme el mínimo de combustible, minimizando así las emisiones atmosféricas. Igualmente se prevendrán los derrames o escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los suelos o cursos de agua.

El aprovisionamiento de combustibles y el mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, debe realizarse en los estaciones de servicios mas cercanos. El Supervisor no permitirá que existan derrames de hidrocarburos, aceites ni líquidos corrosivos directamente al suelo, y En caso que suceda derrames de hidrocarburos estos deberán ser limpiados inmediatamente y transportar los desperdicios a un lugar destinado para este efecto, para lo cual el CONTRATISTA deberá construir trampas de grasas y aceites. El CONTRATISTA deberá realizar el mantenimiento de sus vehículos y maquinaria en talleres de mecánico en la ciudad de Potosi o centro poblado mas cercano que preste este tipo de servicio de mantenimiento, con una determinada periodicidad, de manera de reducir la producción de gases contaminantes en el área de trabajo, que incluye lavado y cambio de aceites, de tal manera que estas actividades no contaminen los suelos o las aguas. Los patios para estas actividades deberán estar ubicados en forma aislada de cualquier curso de agua.

En el proceso de operación de la maquinaria y equipos pesados, se recomienda lo siguiente: •

Los trabajadores que operen equipo de fuente fija (mezcladora), deberán contar con protectores auditivos de forma de no recibir ruidos mayores a los 68 dB. Por lapsos menores a 15 minutos, el límite máximo permisible será de 100 dB. 63

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• • • • • • •

Cuando se está efectuando la operación de carguío, el medio de transporte deberá estar completamente detenido y con el freno puesto para evitar movimientos accidentales. Se prohibirá el uso de maquinaria, herramientas, equipo o material que no cumpla con las estándares de seguridad. El Contratista solo permitirá operar los equipos, maquinaria, herramientas o material a personal calificado. El operador de cualquier equipo de trabajo, no permitirá que otros trabajadores se acerquen a distancias que puedan suponer un riesgo de accidente, por atropello o golpes, proyección, cortes, etc. Asimismo, las máquinas no deben abandonarse nunca con el motor en marcha. El operario contará con todo el equipo de protección personal (EPP), que sea necesario para realizar su trabajo, reduciendo de esta manera el riesgo de sufrir algun accidente. Todas las máquinas deberán contar con extintores multipropósito de 5 lbs de capacidad como mínimo. Su carga deberá estar vigente y estará en lugar visible y de fácil acceso. En las vías sin pavimentar que sean utilizadas por el contratista, la velocidad de las volquetas deberá cumplir con la velocidad establecida por el Supervisor para disminuir la emisión de polvos a la vez que disminuye el riesgo de accidentes y de atropellos a personas o animales.

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9

9.1

ETA 09 - PROVISIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD OCUPACIONAL.

Definición

Este ítem se refiere a la provisión, del Equipo de Protección Personal y de Seguridad Ocupacional. Al manejar esta información, es esencial tener siempre presente que la protección personal debe considerarse el último recurso de reducción del peligro en el lugar de trabajo, tomándose en cuenta que el ambiente de trabajo debe garantizar el desenvolvimiento sin riesgo de accidentes para los trabajadores. En cuanto a los Equipos de Protección Personal y/o Individual, se consideran la vestimenta adecuada para el tipo de trabajo que se ejecuta y equipos de uso individual y específico. Los cuales permitan al trabajador desenvolver sus actividades laborales en un ambiente propicio y adecuado, a fin de que su salud y seguridad física no sean afectadas y el trabajo sea realizado en forma óptima. En cuanto a los accidentes, y en base a la experiencia en otros proyectos, es posible prever los tipos de accidentes que pueden ocurrir en la construcción de obras, tales como accidentes debido a la mala utilización de maquinaría y herramientas, lesiones por caídas, ausencia de cascos, de guantes, etc. Debido a la ubicación de las obras, las cuales tienen difícil acceso, no es posible transportar a los pacientes catalogados como muy graves, inmediatamente a centros de salud más cercanos, por lo cual se deberá contar con los medios adecuados para el tratamiento y estabilización de accidentados, hasta que puedan ser transportados a los centros de salud más cercanos. Considerando la necesidad de contar con equipo y materiales clínicos, capaces de atender las situaciones de emergencia, así como de cumplir con las normas de salud ocupacional y seguridad, exigidas por la legislación del trabajo, para los casos más leves.

9.2

Materiales, herramientas y equipo

El Contratista deberá suministrar todos los implementos de la vestimenta y equipos necesarios para la ejecución del trabajo en obra. Se deja claramente establecido que el Contratista presentar muestras al Supervisor de Obra para su aprobación respectiva. Todo el material de tela; debe tener costuras reforzadas y de contar con las franjas reflectivas de seguridad.

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El uso de estos elementos de seguridad, debe estar en relación al nivel de riesgo ocupacional previsto para cada obrero, operador de maquinaría, ayudante, etc. Así como a la cercanía de elementos o sustancias con riesgo potencial. La supervisión deberá controlar mínimamente el uso de los siguientes elementos de seguridad ocupacional:

9.2.1 PROTECCIÓN DE LOS OJOS Este Ítem comprende la provisión y utilización continúa de gafas y/o lentes de acuerdo a la actividad. Las gafas protectoras deben ser lo más cómodas posible, ajustándose a la nariz y la cara y no interferir en los movimientos del usuario. Generalmente para los proyectos se requieren gafas para: soldadura, contra impactos leves, contra polvo, y en algún caso contra sustancias especiales. Las gafas requeridas deben ser antiempañantes, de fácil limpieza y con protección UV. El tipo de gafas que pueden utilizarse son las Gafas, con o sin protectores laterales, que resisten al impacto y a la erosión, adecuados para el trabajo en madera, pulido y operaciones ligeras; y las Gafas con montura integral, para evitar el contacto de objetos pesados con los ojos.

9.2.2 PROTECCIÓN RESPIRATORIA Esta referida a la dotación de respiradores diseñados contra polvo y gases, hociqueras o barbijos antipolvo. Estos implementos no deben ser desechables, para evitar la generación de desechos. Las mascarillas cubren la nariz y la boca, la superficie de cierre se extiende desde el puente de la nariz hasta debajo de los labios (la cuarta parte de la cara). La semimáscara forma un cierre que va desde el puente de la nariz hasta la parte inferior de la barbilla (la mitad de la cara). Los respiradores de filtro mecánico, son dispositivos de uso en situaciones de no emergencia, de tal manera que tapa la boca y la nariz. Su medio de filtro es mecánico, ya que todo el aire que el individuo respira pasa por un filtro conectado en la misma mascara. La mascarilla de polvo debe proteger de elementos como el asbesto, la sílice libre, carbón, madera, aluminio, cal, cemento, entre otros usados en el tipo de proyectos a ejecutarse. Los dispositivos respiratorios obligan a mantener una serie de regímenes de mantenimiento muy exigente ya que su mecánica lo exige, por lo que deben ser revisados, correctamente mantenidos y/o cambiados periódicamente para que al momento de verse la necesidad de usarlos, estos estén en perfecto estado.

9.2.3 PROTECCIÓN DE LAS MANOS Por la vulnerabilidad de los dedos y manos, con frecuencia se deben usar equipos protectores, como el guante. Los guantes se imponen usarse en operaciones que involucre manejo de material pesado, caliente, o con filos, o puntas, raspaduras o magulladuras. No se aconsejan el uso en operadores que trabajen en máquinas rotativas, ya que existe la posibilidad de que el guante sea arrastrado por la maquina en uso forzando así la mano del operario al interior de la máquina. Pero si cuando se esté en contacto con cemento, cal o yeso. Los tipos de materiales de uso en la fabricación de guantes pueden ser: a.

El uso de cuero o cuero reforzado, para el manejo materiales abrasivos o ásperos, además de evitar que entren el polvo, astillas de piedra y/o madera, suciedad metal caliente entre los guantes del trabajador. b. Los guantes de hule protegen contra soluciones liquidas y para choques eléctricos, sin embargo para productos químicos o derivados del petróleo que tiene efecto deteriorante sobre el hule es necesario para ello elegir guantes fabricados para su uso específico, en material de hule sintético. c. Los de telas son elaborados en lana, fieltro y algodón, y algunos reforzados con cuero, hule o parches sujetos con grapas de acero, y se usan para proteger de cortes y rozaduras en trabajos livianos. 66 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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9.2.4 PROTECCIÓN DE LOS PIES La altura del calzado depende del peligro en las actividades que se efectuarán, pero también deben tenerse en cuenta la comodidad y la movilidad. Los zapatos y botas de protección deben ser de cuero, caucho, caucho sintético y deben estar cosidos, reforzados y vulcanizados o moldeados, respectivamente. Como los dedos de los pies son las partes más expuestas a las lesiones por impacto, la puntera debe ser metálica en todo calzado de seguridad cuando haya tal peligro. Para mejorar la comodidad, la puntera puede ser razonablemente delgada y ligera, y por ello suele fabricarse en acero rápido al carbono. Para evitar el riesgo de resbalamiento se usan suelas externas de caucho o sintéticas; esta medida es particularmente importante cuando se trabaja en pisos que pueden mojarse o volverse resbaladizos. En obras de construcción es necesario utilizar suelas reforzadas a prueba de perforación; Se deberá verificar la dotación y uso de botas de seguridad con punta de acero en los trabajos de infraestructura y para trabajos en época de lluvia, o donde exista contacto con lodo y agua se deberá dotar de botas de goma.

9.2.5 PROTECCIÓN DE OÍDOS Deberá dotarse de protectores auditivos, cuando no sea factible reducir los niveles excesivos de ruido o la duración de la exposición a estos ruidos, los mismos que deberán ser diseñados con capacidad de disminuir el ruido al más bajo nivel. Durante el trabajo con maquinaria, motores, generadores y otros, se reforzará la protección auditiva, principalmente cuando se tenga que realizar trabajos con dinamita. Los tapones de oídos, pueden ser de espuma, fibra de vidrio y/o silicona, los más recomendables son los tapones de 3 rebordes, o los moldeables, en caso de de los tapones externos se aconseja las orejeras con arnés en la cabeza o las montables al casco de seguridad. La escala de exposición en tiempo para evitar riesgos a la salud, ante ruidos es la siguiente: Exposición a ruidos de 60 a 85 dBs – Maximo 8 hr Exposición a ruidos de 90 dBs – máximo 4 hr. Exposición a ruidos de 100 a más dBs – menos de 1 hr.

9.2.6 PROTECCIÓN DE LA CABEZA Se deberá dotar de cascos, que soporten y tengan la capacidad de absorción de golpes, resistencia a la perforación, resistencia a la llama, resistencia a bajas temperaturas, resistencia dieléctrica y resistencia a la deformación lateral. También, se deberá dotar también de sombreros de ala ancha con aleros que cubren el cuello. Ambas protecciones deben evitar quemaduras del sol durante los trabajos de excavaciones y/o tendido de tubería.

9.2.7 PROTECCIÓN DEL CUERPO Se deberá dotar de ropa habitual de trabajo, overoles, térmicos, chalecos, que identifiquen a la empresa y tengan las líneas reflectivas visibles. Los materiales con los cuales se confecciona la vestimenta pueden ser: algodón, lana y cuero, y polímeros microporosos que permitan la ventilación normal para evitar el incomodidad, cansancio y/o estrés de los trabajos. En caso de trabajos en época de lluvias la empresa deberá dotar de ropa impermeable a los trabajadores, para lograr el avance de la obra sin riesgo de enfermedades respiratorias por las temperaturas bajas.

9.2.8 EQUIPO DE SEGURIDAD Principalmente se deberá utilizar cinturones de seguridad, considerándose dos usos, el normal y el de emergencia. El normal son cinturones usados para soportar tensiones relativamente leves durante el 67 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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desempeño habitual de una tarea. Estas tensiones raramente excederán el peso total estático del usuario. En cambio, el de uso en emergencia sirve para retener con seguridad un hombre al caerse, tal uso puede presentarse en ciertas ocasiones donde sobrepasa el peso del uso del operario debido a caídas o situaciones inesperadas, principalmente en tareas a más de 1,50 m del suelo. Los materiales usados para fabricar estos cinturones son correas tejidas de fibra sintética, o de cuero, en ambos casos se usan sistemas de acopla de hebillas metálicas (arnés) y colocados en tal manera que sean fácil su manipulación y graduación. Existen cinturones del tipo: a. Cinturón con correa para el cuerpo: se usan para restringir movimientos del trabajador dentro de un área segura, para evitar caídas de este. b. Arnés para el pecho: usados en casos en donde la libertad de movimientos en el operario es muy importante. c. Arnés para el cuerpo: se usan en casos en que el trabajador deba traspasarse de un lado a otro en alturas peligrosas. d. Cinturón de Suspensión: se usa en casos donde no sea posible trabajar en una superficie fija y en la cual el trabajador deba quedar totalmente sostenido por un arnés para el cuerpo. e. Entre los usos más frecuentes de estos cinturones tenemos a los limpiadores de ventanas de edificios, o pintores, albañiles, los cuales se ven en la necesidad de trabajar en lugares a grandes alturas y en superficies de alto riesgo de caída. Las consideraciones a tomar en cuenta en la selección de un cinturón de seguridad tenemos que: a. Hay que tener en cuenta la resistencia suficiente para detener al usuario b. Debe poseer un amortiguador para limitar el impacto de la carga c. La distancia de detención debe ser corta para evitar que el operario se golpee contra los alrededores de la caída antes de parar. d. Debe considerarse un margen de seguridad en estos aspectos de selección para evitar cualquier tipo de error de cálculo de condiciones o materiales. Dentro del uso de cinturones debemos tener en cuenta la cuerda salvavidas las cuales deben estar aseguradas más arriba del punto de operación a un anclaje o un componente estructural capaz de resistir peso muerto mínimo o igual al peso del operario. El material en la mayoría de las cuerdas puede ser de nylon o cáñamo con un mínimo de 13 mm de espesor

9.2.9 BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS Se deberá instalar un botiquín de primeros auxilios con todos los medicamentos esenciales y básicos, para resfríos, dolor de estomago, dolor de cabeza, desinfectantes, antibióticos, gasas, algodón, microport, alcohol medicinal y otros necesarios para curaciones menores. Las responsabilidades del Contratista, mantendrán un listado de todos los hospitales y postas de salud que otorguen cuidados para los trabajadores que presenten lesiones y casos de emergencia, con información sobre la proximidad al área del proyecto, número de médicos y camas disponibles, servicios de emergencia y especialidades con que se cuenta, números telefónicos se servicio corriente y de emergencia. Por otro lado es importante asegurar la calidad de los alimentos y del agua que ingieren. Ya que las infecciones pueden causar diarrea, vómitos y daños al hígado (hepatitis).

9.2.10

EXTINGUIDOR DE FUEGOS

Los extintores son aparatos portátiles que contienen un agente extinguidor que al ser accionado lo emana bajo presión permitiendo dirigirlo hacia el fuego. El extintor es el primer elemento que se usa en los primeros minutos de iniciación de un fuego. Son sumamente efectivos cuando se saben utilizar en la fase inicial de un incendio, su tiempo de descarga es solo de algunos segundos, por lo que si el fuego empieza a extenderse salga de inmediato del sitio. 68 FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PRODUCTIVA Y SOCIAL (versión, junio 2017)

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Un extintor está compuesto de Dióxido de Carbono (CO2), Agua, Polvo Químico Seco (PQS), Espuma y Púrpura k., de acuerdo con las especificaciones del fabricante. El equipo que se adecua a las características del proyecto y tipo de campamento que se tienen, son los extintores:

Se verificará el peso, presión, estado de las mangueras, etc., además deberá colocarse una etiqueta con la fecha de la última comprobación del extintor. Los extintores deben estar siempre con su contenido vigente. Los extintores deben estar sobre los ganchos, o en los sujetadores suministrados, montados en gabinetes, o colocados en estantes a menos que sean extintores con ruedas, este implemento deberá estar siempre visible y con las instrucciones de operación, localizadas en frente del extintor y deben ser claramente visibles. Se deberá instruir a todos los ocupantes el uso correcto del extintor en caso de emergencias. Se deberá tener una lámpara de seguridad para cualquier eventualidad, que use baterías recargables de larga duración y mejor aún si se utilizan energías renovables para su recarga. La obligatoriedad del uso de estos elementos de EPP e implementos de seguridad, debe ser conocida por todos y cada uno de los obreros, para ello se debe aplicar los planes de Seguridad e Higiene Ocupacional y de Contingencias, además de ser controladas continuamente por la supervisión.

9.3

Requerimientos Previos

Como acciones previas a la ejecución de este rubro se realizará:

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   

9.4

Revisión general de la vestimenta y equipo adecuados antes de la provisión a los trabajadores. Notificar a fiscalización el inicio y condiciones de ejecución de los trabajos. Verificarse las marcas de los equipos, que sean 3M u otra superior. Verificar que los ambientes donde se instalarán el botiquín y el extintor sea un lugar seco, visible y a una altura adecuada para el acceso libre en caso de emergencia.

Durante la Ejecución    

Cada obrero deberá utilizar la vestimenta y equipos adecuados a la tarea que realizara en obra. Verificación del cumplimiento de recomendaciones de los fabricantes, en la utilización del EPP. Durante la jornada laboral verificar que los trabajadores usen siempre los EPP. En caso de desgaste del EPP, se deberá tener una segunda dotación de forma inmediata, principalmente la dotación de guantes, overoles, sombreros y cualquier otro implemento que por el uso y actividad, se desgaste o arruine más rápido que otros.

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10 ETA 010 - PROVISIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y DE SEGURIDAD OCUPACIONAL. 10.1 Delimitación de Áreas - Metodología de ejecución La demarcación de áreas se hará con tres hilos de cinta plástica autorizada por la Supervision en áreas de ejecución de obra, que deberá ser reflectiva para que permita su fácil apreciación durante la noche y que cumpla con las normas de seguridad industrial. Estará apoyada sobre durmientes provisionales clavados al piso, o con bases que permitan su reutilización. Cualquier accidente que ocurra dentro de la obra, será de absoluta responsabilidad del Contratista, el cual deberá asumir todos los costos que éste genere.

10.2 Control por el Supervisor El supervisor deberá verificar del cumplimiento a la especificación y deberá preparar el informe necesario con respecto a las actividades de mitigación y/o prevención implementada. El control de las operaciones de este ítem se hará por apreciación visual del manipuleo de los insumos y materiales, por medición según lo indicado en la presente especificación técnica.

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