CORTE SUPREMA MIRANDA ARIZONA.docx

Corte Suprema de EE.UU. Miranda v. Arizona, 384 EE.UU. 436 (1966) Miranda v. Arizona N ° 759 Argumentó 01 de febrero 28

Views 92 Downloads 1 File size 1MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Corte Suprema de EE.UU. Miranda v. Arizona, 384 EE.UU. 436 (1966) Miranda v. Arizona N ° 759 Argumentó 01 de febrero 28 de marzo, 1966 Decidió 13 de junio 1966 * 384 Estados Unidos 436 Certiorari A LA CORTE SUPREMA DE ARIZONA SR. JUEZ PRESIDENTE WARREN emitido el dictamen de la Corte. Los casos que se nos plantean cuestiones que van a las raíces de nuestros conceptos de la jurisprudencia penal estadounidense: la sociedad de restricciones debe observar en consonancia con la Constitución Federal en el enjuiciamiento de los individuos para el crimen. Más específicamente, nos ocupamos de la admisibilidad de las declaraciones obtenidas de un individuo que se somete a interrogatorio policial de custodia y la necesidad de procedimientos que aseguren que el individuo se concede el privilegio bajo la Quinta Enmienda de la Constitución a no ser obligado a declarar contra sí mismo. [440] Nos topamos con ciertas fases de este problema recientemente en Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478 (1964). Allí, como en los cuatro casos que se nos presentan, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para que saltaran al acusado bajo custodia y lo interrogaron en una comisaría de policía con el fin de obtener una confesión. La policía no le aconsejo efectivamente de su derecho a guardar silencio o de su derecho a consultar con su abogado. Más bien, lo confrontaron con un presunto cómplice que lo acusó de haber cometido un asesinato. Cuando el acusado negó la acusación y dijo: "Yo no disparé Manuel, lo hiciste", lo esposaron y lo llevaron a una sala de interrogatorios. Allí, mientras estaba esposado y de pie, fue interrogado durante cuatro horas hasta que confesó. Durante el interrogatorio, la policía le negó su petición de hablar con su abogado, y se impidió su abogado contratado, que había

llegado a la estación de policía, desde la consultoría con él. En el juicio, el Estado, por encima de su objeción, introdujo la confesión en su contra. Celebramos que las declaraciones hechas por lo tanto eran constitucionalmente inadmisible. Este caso ha sido objeto de interpretación judicial y debate jurídico espíritu ya se decidió hace dos años. Ambos tribunales estatales y federales, en la evaluación de sus consecuencias, han llegado a diferentes conclusiones. [Nota 1] Una gran cantidad de material académico se ha escrito trazando sus ramificaciones y apuntalamientos. [Nota 2] La policía y el fiscal han especulado sobre su alcance y conveniencia. [Nota 3] Nos concedió certiorari en estos casos, 382 EE.UU. 924, 925, 937, para asegurar el mejor explorar algunas facetas de los problemas expuestos por lo tanto de aplicar el privilegio contra la autoincriminación a interrogatorios en custodia, y para dar directrices constitucionales concretas para las fuerzas del orden y los tribunales a seguir. Comenzamos aquí, como lo hicimos en Escobedo, con la premisa de que nuestra participación no es una innovación en nuestra jurisprudencia, sino que es una aplicación de los principios a largo reconocidas y aplicadas en otros entornos. Hemos llevado a cabo un nuevo examen a fondo de la Escobedo de decisiones y los principios que anunció, y reafirmamos la misma. Ese caso no era sino una explicación de los derechos básicos que están consagrados en nuestra Constitución - que "... Ninguna persona será obligada en ninguna causa criminal a ser testigo contra sí mismo", y que "el acusado tendrá... Asistencia de los Abogados "- los derechos que fueron puestas en peligro en ese caso a través prepotente oficial. Estos derechos preciosas fueron fijadas en nuestra Constitución sólo después de siglos de persecución y lucha. Y, en palabras del Presidente del Tribunal Supremo Marshall, fueron asegurados "por siglos futuros, y... Diseñados para acercarse a la inmortalidad tan cerca como instituciones humanas pueden acercarse a ella," Cohen v. Virginia, 6 de trigo. 264, 387 (1821). Hace más de 70 años, nuestros predecesores en esta Corte declaró elocuentemente: "La máxima nemo tenetur seipsum accusare tuvo su origen en una protesta contra los métodos inquisitoriales y manifiestamente injustas de interrogar a los acusados, que [han] larga obtenidos en el sistema continental, y, hasta la expulsión de los Estuardo en el trono británico en 1688 y la erección de barreras adicionales para la protección de las personas contra el ejercicio del poder arbitrario, [eran] no es raro incluso en Inglaterra. Mientras que las admisiones o confesiones de los prisioneros, cuando se

hizo voluntaria y libremente, siempre han clasificado de alta en la escala de pruebas incriminatorias, si se le pedirá una persona acusada de explicar su aparente relación con un delito que se investiga, la facilidad con la que el preguntas que se le pueden asumir un carácter inquisitivo, la tentación de presionar al testigo indebidamente, le intimidar si él es tímido o renuente, para empujarlo en una esquina, y para atraparlo en contradicciones fatales, que es tan dolorosamente evidente en muchos de los ensayos estatales anteriores, sobre todo en los de Sir Nicholas Throckmorton y Udal, el ministro puritano, hecho que el sistema tan odioso como para dar lugar a una demanda de su abolición total. El cambio en el procedimiento penal Inglés en ese particular, parece estar fundado en ningún estatuto ni la opinión judicial, sino en un asentimiento general y silencioso de los tribunales en una demanda popular. Pero, sin embargo adoptó, se ha convertido firmemente incrustado en Inglés, así como en la jurisprudencia estadounidense. Tan profundamente hicieron las iniquidades del sistema antiguo impresionar a sí mismos en la mente de los colonos americanos que los Estados, de común acuerdo, hizo una negación del derecho a interrogar a una persona acusada de una parte de su ley fundamental, de manera que una máxima, que en Inglaterra era una mera regla de la evidencia, se convirtió en vestido de este país con la inexpugnabilidad de una sanción constitucional ". Marrón v. Walker, 161 EE.UU. 591, 596-597 (1896). Al afirmar la obligación de los jueces de aplicar estos derechos constitucionales, el Tribunal de Justicia declara en Weems v Estados Unidos., 217 EE.UU. 349, 373 (1910): "... La contemplación no puede ser sólo de lo que ha sido, sino de lo que puede ser. Bajo cualquier otra norma, una constitución sería realmente tan fácil de aplicación, ya que sería deficiente en eficacia y poder. Sus principios generales tendrían poco valor y ser convertido por los precedentes en fórmulas impotentes y sin vida. Derechos declarado en las palabras se pudieron perder en la realidad. Y esto ha sido reconocido. El significado y la vitalidad de la Constitución se han desarrollado contra la construcción estrecha y restrictiva ". Este fue el espíritu con el que delineamos, en lenguaje significativo, la manera en que los derechos constitucionales de la persona podrían hacerse valer contra las prácticas policiales exceso de celo. Era necesario en Escobedo, como en este caso, para asegurar que lo que se proclama en la Constitución no se había hecho, sino una "forma de las palabras," Silverthorne Lumber Co. v. EstadosUnidos, 251 EE.UU. 385, 392 (1920), en

las manos de los funcionarios gubernamentales. Y es en este espíritu, en consonancia con nuestro rol de los jueces, que nos adherimos a los principios de Escobedo hoy. Nuestra celebración se explicó con cierta especificidad en las páginas que siguen, pero, dijo brevemente, es esta: la fiscalía no puede usar declaraciones, ya sean exculpatorias o inculpatorias, derivada de interrogatorio bajo custodia del acusado a menos que demuestra el uso del procedimiento salvaguardias efectivas para asegurar el privilegio contra la autoincriminación. Por interrogatorio bajo custodia, nos referimos a interrogatorio iniciado por agentes de la ley después de que una persona ha sido detenida o privada de otro modo de su libertad de acción de manera significativa. [Nota 4] En cuanto a las garantías de procedimiento que han de emplearse, a menos que se idearon otros medios totalmente eficaces para informar a las personas acusadas de su derecho a guardar silencio y asegurar una oportunidad continua para ejercerla, se requieren las siguientes medidas. Antes de cualquier cuestionamiento, la persona debe ser advertido de que tiene derecho a guardar silencio, que cualquier declaración que hace que puede ser utilizado como prueba en su contra, y que tiene derecho a la presencia de un abogado, ya sea retenido o designado . El acusado puede renunciar efectivización de estos derechos, siempre que la renuncia se hace voluntariamente, a sabiendas e inteligentemente. Si, sin embargo, se indica de cualquier manera y en cualquier etapa de la proceso que desea consultar con un abogado antes de hablar, no puede haber cuestionamiento. Del mismo modo, si el individuo está solo e indica de ninguna manera que él no desea ser interrogado, la policía no lo cuestionan. El mero hecho de que él pudo haber contestado algunas preguntas o voluntariamente algunas declaraciones sobre los suyos no le priva del derecho a no responder a más preguntas hasta que haya consultado con un abogado y, posteriormente, consiente en ser interrogado. yo La cuestión constitucional que decidamos en cada uno de estos casos es la admisibilidad de las declaraciones obtenidas de un acusado cuestionado durante su detención o privada de su libertad de acción de manera significativa. En cada uno, el acusado fue interrogado por agentes de policía, detectives, o un fiscal en una habitación en la que estaba aislada del mundo exterior. En ninguno de estos casos fue el acusado dado una advertencia plena y efectiva de sus derechos desde el principio del proceso de interrogación.En todos los casos, el cuestionamiento provocó admisiones orales, y en tres de ellos, firmado declaraciones, así que fueron admitidos

en sus juicios. Todos ellos por lo tanto comparten características más destacadas incomunicado interrogatorio de personas en un ambiente dominado por la policía, lo que resulta en declaraciones autoinculpatorias sin advertencias de pleno derecho de los derechos constitucionales. La comprensión de la naturaleza y el entorno de este interrogatorio en custodia es esencial para nuestras decisiones de hoy. La dificultad en la representación de lo que sucede en esos interrogatorios se deriva del hecho de que, en este país, que han tenido lugar en gran parte en régimen de incomunicación. A partir de amplios estudios de hecho realizadas en la década de 1930, incluyendo el famoso Informe Wickersham al Congreso por una Comisión Presidencial, está claro que la violencia policial y el "tercer grado" florecieron en ese momento. [Nota 5] En una serie de casos resueltos por esta Corte mucho después de estos estudios, la policía recurrió a la brutalidad física - paliza, colgando, azotando - y sostenida y prolongada en régimen de incomunicación en duda con el fin de obtener confesiones. [Nota 6] La Comisión de Derechos Civiles de 1961 encontraron mucha evidencia para indicar que "algunos policías todavía recurren a la fuerza física para obtener confesiones," 1961 Comm'n de Derechos Civiles Rep. De Justicia, pt. 5, 17. El uso de la brutalidad física y la violencia no es, por desgracia, relegados al pasado oa cualquier parte del país. Sólo recientemente en el condado de Kings, Nueva York, la policía golpeó brutalmente, patadas y colocado colillas encendidas en la parte posterior de un posible testigo durante el interrogatorio con el fin de asegurar una declaración incriminatoria de un tercero. La gente v. Portelli, 15 NY2d 235, 205 NE2d 857, 257 NYS2d 931 (1965). [Nota 7] Los ejemplos dados anteriormente son, sin duda, la excepción ahora, pero son suficientemente extendida para ser objeto de preocupación. A menos que se logre una limitación adecuada al interrogatorio bajo custodia - como estas decisiones avanzarán - no puede haber garantía de que se erradicaron prácticas de esta naturaleza en el futuro previsible. La conclusión del informe de la Comisión Wickersham, hecha hace más de 30 años, sigue siendo pertinente: "A la afirmación de que el tercer grado es necesario conocer los hechos, los periodistas responden acertadamente en el lenguaje de la presente Lord Canciller de Inglaterra (Lord Sankey):"

"No es admisible que hacer una gran derecha haciendo un poco mal.... No es suficiente para hacer justicia mediante la obtención de un resultado adecuado por medios irregulares o indebidos." "No sólo el uso de tercer grado implica una flagrante violación de la ley por los oficiales de la ley, sino que implica también los peligros de confesiones falsas, y que tiende a hacer que la policía y los fiscales menos celosos en la búsqueda de evidencia objetiva. A medida que el fiscal de Nueva York citó en el informe dijo: "Es un atajo, y hace que la policía perezoso y poco emprendedor. O, como otro funcionario citó comentó: 'Si utiliza sus puños, que no son tan propensos a usar su ingenio '. Estamos de acuerdo con la conclusión expresada en el informe, que " "El tercer grado embrutece la policía, se endurece el prisionero contra la sociedad, y disminuye la estima en que la administración de la justicia está en manos de los ciudadanos." "Comisión IV Nacional de Derecho Observancia y Aplicación, Informe sobre la anarquía en Aplicación de la Ley 5 (1931)." Una vez más hacemos hincapié en que la práctica moderna de los interrogatorios en custodia es psicológicamente, más que física, orientada. Como hemos dicho antes, "Desde las Cámaras v. Florida, 309 EE.UU. 227, este Tribunal ha reconocido que la coerción puede ser mental, así como física, y que la sangre del acusado no es el único sello distintivo de una inquisición inconstitucional". Blackburn v. Alabama, 361 EE.UU. 199, 206 (1960). Interrogatorio todavía se lleva a cabo en la intimidad. Resultados de privacidad en secreto, y esto, a su vez, se traduce en una brecha en nuestro conocimiento de lo que, de hecho, que ocurre en las salas de interrogatorio. Una valiosa fuente de información sobre las prácticas de policía presentes, sin embargo, se puede encontrar en diversos manuales de policía y los textos que tramites empleadas con éxito en el pasado, y que recomiendan varias otras tácticas eficaces. [Nota 8] Estos los textos son utilizados por los propios organismos encargados de hacer cumplir la ley como guías. [Nota 9] Cabe señalar que estos textos presentan profesan los medios más progresistas y eficaces actualmente utilizados para obtener las declaraciones a través de interrogatorio bajo custodia. Al considerar estos textos y otros datos, es posible describir los procedimientos observados y observadas por todo el país.

Los oficiales son contadas por los manuales que la "factor psicológico que más contribuye a un interrogatorio exitoso es la privacidad estar a solas con la persona bajo interrogatorio [.Nota 10]" La eficacia de esta táctica se ha explicado como sigue: "Si es posible, el interrogatorio debe tener lugar en la oficina del investigador o al menos en una habitación de su propia elección. El tema debe ser privado de cada ventaja psicológica. En su propia casa, se puede estar seguro, indignado, o recalcitrante . Es más conscientes de sus derechos y más reacios a decir de sus indiscreciones o comportamientos delictivos en las paredes de su casa. Por otra parte su familia y otros amigos están cerca, su presencia prestar apoyo moral. En su despacho, el investigador posee todas las ventajas. El ambiente sugiere la invencibilidad de las fuerzas de la ley. [Nota 11] " Para resaltar el aislamiento y un ambiente desconocido, los manuales de instrucciones a la policía para mostrar un aire de confianza en la culpabilidad del sospechoso y, a partir de la apariencia externa, para mantener únicamente un interés en confirmar ciertos detalles. La culpabilidad del sujeto debe ser planteado como un hecho. El interrogador debe dirigir sus comentarios hacia las razones por las cuales el sujeto cometió el acto, en lugar de fracaso corte pidiendo al sujeto si lo hizo. Al igual que otros hombres, tal vez el tema ha tenido una vida familiar mal, tuvo una infancia infeliz, tenía demasiado a beber, tenía un deseo no correspondido por la mujer.Los funcionarios tienen instrucciones para minimizar la gravedad moral de la infracción, [Nota 12] para echar la culpa a la víctima o en la sociedad. [Nota 13] Estas tácticas están diseñadas para poner el tema en un estado psicológico en que su historia no es más que una elaboración de lo que pretende la policía saber ya - que es culpable. Las explicaciones en sentido contrario son despedidos y desalentados. Así, los textos subrayan que las principales cualidades de un interrogador debe poseer son la paciencia y la perseverancia. Un escritor describe la eficacia de estas características en esta manera: "En los párrafos anteriores, se ha hecho hincapié en la bondad y estratagemas. El investigador, sin embargo, encuentro muchas situaciones en las que el peso de su personalidad será el factor decisivo. Cuando se emplean recursos emocionales y

trucos en vano, tiene que se basan en una atmósfera opresiva de la persistencia tenaz. Él debe interrogar de manera constante y sin cejar, dejar el tema sin perspectivas de tregua. Él debe dominar su tema y abrumarlo con su voluntad inexorable de obtener la verdad. Él debe interrogar a un hechizo de varias horas, deteniéndose sólo para las necesidades del sujeto en el reconocimiento de la necesidad de evitar un cargo de coacción que pueden ser técnicamente justificada. En un caso grave, el interrogatorio puede continuar durante días, con los intervalos necesarios para la alimentación y el sueño, pero sin tregua de la atmósfera de la dominación. Es posible en esta forma de inducir al sujeto a hablar sin recurrir a la coacción o coerción. El método debe usarse sólo cuando la culpabilidad del sujeto parece altamente probable. [Nota 14] " Los manuales indican que el sospechoso se ofreció excusas legales de sus actos con el fin de obtener un ingreso inicial de culpa.Donde no está matando a un presunto venganza, por ejemplo, el interrogador puede decir: "Joe, es probable que no salió en busca de este tipo con el fin de dispararle Mi conjetura es, sin embargo, que usted esperaba algo de él, y es por eso que te llevaste una pistola -.. Para su propia protección Sabías él por lo que era, no es bueno. Luego, cuando lo conociste, probablemente comenzó a usar foul, lenguaje abusivo y le dio algunas indicaciones que estaba a punto de sacar un arma en usted, y ahí es cuando usted tuvo que actuar para salvar su propia vida. Eso es todo, ¿verdad, Joe? [Nota 15] " Tener obtiene entonces la admisión de tiro, se aconseja el interrogador para referirse a las pruebas circunstanciales que niega la explicación legítima defensa. Esto le debería permitir asegurar toda la historia. Un texto señala que, "Incluso si él no lo hace, la inconsistencia entre el sujeto rechazo original de los disparos y su ingreso actual de al menos hacer el rodaje servirá para privarlo de un auto-defensa" out "en el momento del juicio. [Nota al pie 16] " Cuando las técnicas descritas anteriormente resultan inútiles, los textos recomiendan que se alternarán con un espectáculo de cierta hostilidad. Una estratagema utilizada a menudo se ha denominado el "amistoso-antipática", o el "Mutt y Jeff" acto: "... En esta técnica, se emplean dos agentes. Mutt, el investigador incansable, que conoce el tema es culpable y no va a perder el tiempo. Ha enviado una docena de hombres lejos de este crimen, y él va a enviar el someter a distancia para el período completo. Jeff, por otro lado, es obviamente un hombre de buen corazón. Él tiene una

familia a sí mismo. Él tiene un hermano que estuvo involucrado en un pequeño raspón así. Él desaprueba Mutt y sus tácticas, y la voluntad las gestiones para conseguir que fuera del caso si el tema va a cooperar. Él no puede sostener Mutt fuera por mucho tiempo. El tema sería prudente tomar una decisión rápida. La técnica se aplica al tener ambos investigadores presentes mientras Mutt actúa por su papel . Jeff se destacan por silencio y reparos a algunas de las tácticas de Mutt. Cuando Jeff hace su alegato en favor de la cooperación, Mutt no está presente en la sala. [Nota 17] " Los interrogadores veces se les instruye para inducir una confesión de trampas. La técnica aquí es muy eficaz en los delitos que requieren identificación o que ejecutar en serie. En la situación de identificación, el interrogador puede tomar un descanso en su cuestionamiento de colocar el tema en un grupo de hombres en un line-up. "El testigo o denunciante (previamente entrenado, si es necesario) estudia el line-up y con confianza señala el sujeto como el culpable.[Nota 18]" A continuación, el cuestionamiento se reanuda "como si no hubiera ya ninguna duda sobre la culpabilidad del sujeto." Una variación de esta técnica se le llama el "reverso line-up": "El acusado se coloca en un line-up, pero esta vez es identificado por varios testigos ficticios o víctimas que lo asocian con diferentes delitos. Se espera que el tema se convertirá en desesperada y confesar el delito objeto de investigación con el fin de escapar de las falsas acusaciones. [Nota 19] " Los manuales también contienen instrucciones para la policía sobre cómo manejar la persona que se niega a discutir el asunto en su totalidad, o que solicite un abogado o familiares. El examinador se le conceda el derecho a guardar silencio. "Por lo general, tiene un efecto muy socavando. En primer lugar, él está decepcionado en su expectativa de una reacción desfavorable por parte del interrogador. En segundo lugar, la concesión de este derecho a permanecer en silencio impresiona el sujeto con la aparente imparcialidad de su interrogador. [Nota 20] " Después de este condicionamiento psicológico, sin embargo, el oficial se le dice al señalar la importancia de cargo de la negativa del sospechoso a hablar:

"Joe, usted tiene derecho a permanecer en silencio. Eso es su privilegio, y yo soy la última persona en el mundo que va a tratar de llevarlo lejos de ti. Si esa es la forma en que desea dejar este, OK Pero déjame preguntarte esto. Suponga que usted estuviera en mi lugar, y yo estaba en la suya, y me llamaste para preguntarme sobre esto, y te dije: "Yo no quiero contestar cualquiera de sus preguntas. ' Se podría pensar que tenía algo que ocultar, y lo que probablemente sea cierto al pensar eso. Eso es exactamente lo que voy a tener que pensar en ti, y así va a todos los demás. Así que vamos a sentarnos aquí y hablar sobre todo esto. [Nota 21] " Pocos persistir en su negativa inicial a hablar, se dice, si este monólogo se emplea correctamente. En el caso de que el sujeto desea hablar con un familiar o un abogado, los siguientes consejos se licitó: "[L] a interrogador debe responder por lo que sugiere que el tema primero decirle la verdad al interrogador a sí mismo, en lugar de obtener cualquier otra persona involucrada en el asunto. Si la solicitud es para un abogado, el interrogador puede sugerir que el tema salvarse a sí mismo o su familia expensas de cualquier servicio profesional, especialmente si es inocente del delito que se investiga. El interrogador también puede agregar, 'Joe, yo sólo busco la verdad, y si usted está diciendo la verdad, eso es todo . Usted puede manejar esto por ti mismo. ' [Nota 22] " A partir de estas muestras representativas de las técnicas de interrogatorio, el ajuste prescrito por los manuales y observado en la práctica se hace evidente. En esencia, es esta: estar a solas con el tema es esencial para evitar la distracción y le priva de cualquier apoyo externo. El aura de confianza en su culpabilidad socava su voluntad de resistir. Él no hace sino confirmar la historia preconcebida la policía buscan tener lo describen. La paciencia y la persistencia, a veces cuestionamiento incesante, se emplean.Para obtener una confesión, el interrogador debe "pacientemente maniobrar él mismo o su presa en una posición desde la que se puede alcanzar el objetivo deseado." [Nota 23] Cuando los procedimientos normales no producen el resultado necesario, la policía puede recurrir a estratagemas engañosas tales como dar asesoría legal falsa. Es importante mantener el tema fuera de equilibrio, por ejemplo, mediante la negociación en su inseguridad acerca de sí mismo o de su entorno. La policía entonces persuadir, truco, o le engatusar fuera del ejercicio de sus derechos constitucionales.

Incluso sin emplear la brutalidad, el "tercer grado" o las estratagemas específicas descritas anteriormente, el hecho mismo de interrogatorio bajo custodia impone una pesada carga sobre la libertad individual, y cotiza en la debilidad de los individuos. [Nota 24] Este hecho se puede ilustrar simplemente haciendo referencia a tres casos de confesión decidido por esta Corte en el plazo inmediatamente anterior a nuestra Escobedo decisión. En Townsend v. Sain, 372 EE.UU. 293 (1963), el acusado era un adicto a la heroína de 19 años de edad, que se describe como una "cerca defectuosa, mental", id. En 307-310. La parte demandada en Lynumn v. Illinois, 372 EE.UU. 528 (1963), fue una mujer que confesó a la policía que lo detuvo después de ser importunado a "cooperar" con el fin de evitar que sus hijos sean adoptadas por las autoridades de socorro. Esta Corte, como en esos casos, revocó la condena de un acusado en Haynes v. Washington, 373 EE.UU. 503 (1963), cuya instancia persistente durante su interrogatorio fue llamar por teléfono a su esposa o abogado. [Nota 25] En otros contextos, estas personas podría haber ejercido sus derechos constitucionales. En la atmósfera dominada por la policía en régimen de incomunicación, que sucumbieron. En los casos que se nos presentan hoy en día, teniendo en cuenta estos antecedentes, nos preocupamos principalmente con esta atmósfera interrogatorio y los males que puede aportar. En el número 759, Miranda v. Arizona, la policía detuvo al acusado y lo llevó a una sala de interrogatorios especial, donde consiguieron una confesión. En el número 760, Vignera v. New York, el acusado hizo admisiones orales a la policía después del interrogatorio de la tarde, y luego firmó una declaración inculpatoria al ser interrogado por un fiscal de distrito asistente más tarde esa misma noche. En el número 761, Westover v. Estados Unidos, el acusado fue entregado a la Oficina Federal de Investigaciones por las autoridades locales después de que habían detenido y lo interrogaron durante un largo período, tanto en la noche y la mañana siguiente. Después de unas dos horas de interrogatorio, los agentes federales habían obtenido firmaron declaraciones del acusado.Por último, en el número 584, de California v. Stewart, la policía local realizó el acusado cinco días en la estación y lo interrogó en nueve ocasiones separadas antes de que aseguraron su declaración inculpatoria. En estos casos, puede ser que no encontramos las declaraciones de los acusados de haber sido involuntario en términos tradicionales. Nuestra preocupación por la

protección adecuada de los preciosos derechos de la Quinta Enmienda es, por supuesto, no disminuye en lo más mínimo. En cada uno de los casos, el acusado fue empujado en un ambiente poco familiar y ejecutar a través de los procedimientos de interrogatorio policial amenazantes. La potencialidad de la compulsión es la fuerza aparente, por ejemplo, enMiranda, donde el demandado mexicana indigentes era un individuo gravemente perturbado con fantasías sexuales pronunciadas, y en Stewart, en el que el acusado era un indigente de Los Ángeles Negro que habían abandonado la escuela en el sexto grado. Sin duda, los registros no evidencian la coerción física manifiesta o patentes estratagemas psicológicas. El hecho es que en ninguno de estos casos se hicieron los funcionarios se comprometen a pagar las garantías adecuadas al principio del interrogatorio para asegurar que las declaraciones eran realmente el producto de la libre elección. Es obvio que se crea un entorno de este tipo de interrogatorios para ningún propósito que no sea para someter al individuo a la voluntad de su examinador. Esta atmósfera lleva su propia insignia de la intimidación. Sin duda, esto no es la intimidación física, pero es igualmente destructiva de la dignidad humana. [Nota 26] La práctica actual de régimen de interrogación está en contradicción con uno de nuestros Más preciados principios de la Nación - que el individuo no puede ser obligado a declarar contra sí mismo. A menos que se emplean dispositivos de protección adecuados para disipar la compulsión inherente en un entorno de privación de libertad, ninguna declaración obtenida del acusado puede ser realmente el producto de su libre elección. De lo anterior, podemos percibir fácilmente una conexión íntima entre el privilegio contra la autoincriminación y la policía cuestionamiento custodia. Es apropiado recurrir a la historia y los precedentes que subyace en la Cláusula de la autoincriminación para determinar su aplicabilidad en esta situación. II A veces nos olvidamos de lo mucho que ha adoptado para establecer el privilegio contra la autoincriminación, las fuentes de las que se llegaron, y el fervor con que se defendió. Sus raíces se remontan a la antigüedad. [Nota 27] Tal vez el acontecimiento histórico fundamental arrojar luz sobre sus orígenes y la evolución fue la prueba de un John Lilburn, una voz anti-Stuart Nivelador, que fue hecho para tomar el Juramento

Cámara de la Estrella en 1637. El juramento le habría obligado a responder a todas las preguntas planteadas a él en cualquier tema. El juicio de John Lilburn y John Wharton, 3 How.St.Tr. 1.315 (1.637). Resistió el juramento y declamó las actuaciones, declarando: "Otro derecho fundamental entonces disputaban era que la conciencia de nadie debe ser sacudido por juramentos impuestas a responder a las preguntas acerca de sí mismo en materia penal, o fingía serlo." Haller y Davies, El Nivelador Tracts 1647-1653, p. 454 (1944) A causa de la Sala de Primera Lilburn, el Parlamento abolió el Tribunal inquisitorial de la Cámara de la Estrella y fue más lejos al darle generosa reparación. La altivez de los principios a los que Lilburn había apelado durante su juicio ganaron aceptación popular en Inglaterra. [Nota 28] Estos sentimientos trabajó su camino hacia las colonias, y se implantaron después de gran lucha en la Declaración de Derechos. [Nota 29] Los que enmarca nuestra Constitución y la Declaración de Derechos alguna vez consciente de usurpaciones sutiles en la libertad individual. Sabían que "prácticas ilegítimas e inconstitucionales consiguen su primera posición... por aproximaciones silenciosas y ligeras desviaciones con respecto a los modos legales de procedimiento." Boyd v. Estados Unidos, 116 EE.UU. 616, 635 (1886). El privilegio fue elevado a rango constitucional, y siempre ha sido "tan amplio como el mal contra el cual se busca proteger. "Counselman v. Hitchcock, 142 EE.UU. 547, 562 (1892). No podemos salir de esta noble herencia. Por lo tanto, podemos ver el desarrollo histórico del privilegio como una que buscó a tientas el ámbito propio del poder gubernamental sobre el ciudadano. Como un "noble principio menudo trasciende sus orígenes," el privilegio ha llegado con razón de ser reconocido en parte como derecho sustantivo de un individuo, un "derecho a un enclave privado donde se puede llevar una vida privada. Ese derecho es el sello de nuestra democracia . "Estados Unidos v. Grunewald, 233 F. 2d 556, 579, 581-582 (Frank, J., disintiendo),Reverendo, 353 EE.UU. 391 (1957). Hemos notado recientemente que el privilegio contra la autoincriminación - el pilar esencial de nuestro sistema adversario - se basa en un conjunto de valores, Murphy v

Waterfront Comm'n., 378 US 52, 55 a 57, n. 5 (1964);.Tehan v Shott, 382 Estados Unidos 406, 414 a 415, n. 12 (1966). Todas estas políticas apuntan a un pensamiento primordial: el fundamento constitucional que subyace el privilegio es el respeto a un gobierno - estatal o federal - debe conceder a la dignidad y la integridad de sus ciudadanos. Para mantener un "equilibrio entre individuo estado justo", para exigir al Gobierno "que asumir toda la carga," 8 Wigmore, evidencia 317 (McNaughton rev.1961), a respetar la inviolabilidad de la personalidad humana, nuestro sistema acusatorio de justicia penal demandas que el gobierno que buscan castigar a un individuo producen las pruebas contra él por sus propios trabajos independientes, en lugar de por el cruel simple expediente, de obligar a que de su propia boca. Cámaras v. Florida,309 EE.UU. 227, 235-238 (1940 ). En suma, el privilegio se cumple sólo cuando la persona está garantizado el derecho "a permanecer en silencio, a menos que opte por hablar en el libre ejercicio de su propia voluntad." Malloy v. Hogan, 378 US 1, 8 (1964). La cuestión en estos casos es si el privilegio es plenamente aplicable durante un período de interrogatorio bajo custodia. En esta Corte, el privilegio consistentemente se ha concedido una construcción liberal. Albertson v SACB., 382 US 70, 81 (1965);.Hoffman v Estados Unidos, 341 EE.UU. 479, 486 (1951);. Arndstein v McCarthy, 254 EE.UU. 71, 7273 (1920);. Counselman vHitchcock, 142 EE.UU. 547, 562 (1892). Estamos satisfechos de que todos los principios consagrados en el privilegio se aplican a la compulsión informal ejercida por agentes del orden público durante el interrogatorio en custodia. Un individuo barrida de su entorno familiar en custodia policial, rodeado de fuerzas antagónicas, y sometidos a las técnicas de persuasión descrito anteriormente no puede ser de otra manera que bajo la compulsión de hablar. En la práctica, la compulsión a hablar en la configuración aislada de la estación de policía bien puede ser mayor que en los tribunales u otras investigaciones oficiales, donde a menudo hay observadores imparciales para protegerse contra la intimidación o engaño. [Nota 30] Esta pregunta, de hecho, podría haber sido tomado como se estableció en los tribunales federales de hace casi 70 años, cuando, deBram v Estados Unidos., 168 EE.UU. 532, 542 (1897), el Tribunal de Justicia declaró lo siguiente: "En los juicios penales, en los tribunales de los Estados Unidos, donde se plantea la cuestión de si una confesión es incompetente porque no voluntaria, la cuestión es

controlado por la parte de la Quinta Enmienda... Al mando que ninguna persona podrá ser obligado, en cualquier caso criminal a ser testigo contra sí mismo. '" En Bram, la Corte revisó la historia y la jurisprudencia británica y estadounidense y dejó la norma quinta enmienda de coacción que ponemos en práctica hoy en día: "Gran parte de la confusión que ha resultado de los esfuerzos para deducir a partir de los casos adjudicados lo sería un quantum de la prueba suficiente para demostrar que la confesión fue o no fue voluntaria, ha surgido a partir de una concepción errónea de la asignatura a la que la prueba debe dirigirse. La regla no es que, a fin de hacer una declaración admisible, la prueba debe ser suficiente para establecer que las comunicaciones particulares contenidas en un comunicado se hicieron de manera voluntaria, pero debe ser suficiente para establecer que la realización de la declaración era voluntaria; es decir, que a partir de las causas, que la ley trata como legalmente suficiente para generar en la mente de la esperanza o miedo acusados en relación con el delito imputado, el acusado no fue impulsado involuntariamente a hacer una declaración, cuando, pero para las influencias indebidas, que habrían permanecido en silencio ". 168 de Estados Unidos en 549. Y ver, id. En 542. La Corte está conforme con este razonamiento. En 1924, el señor juez Brandeis escribió para una Corte unánime en la reversión de una convicción que descansa sobre una confesión obligada,. Wan v Estados Unidos, 266 US 1. Dijo: "En los tribunales federales, el requisito de la voluntariedad no se satisface estableciendo simplemente que la confesión no fue inducida por una promesa o una amenaza. Una confesión es voluntaria en ley si, y sólo si, era, de hecho, hecho voluntariamente. Una confesión pudo haber sido dado de manera voluntaria, a pesar de que se hizo a los oficiales de policía, durante su detención, y en respuesta a un examen realizado por ellos. Pero una confesión obtenida mediante coacción deben excluirse cualquiera que haya sido el carácter de la obligación, y si la obligación se aplica en un procedimiento judicial o de otra manera. Bram v. Estados Unidos, 168 EE.UU. 532 ". 266 de Estados Unidos en 14-15. Además del desarrollo histórico expansiva del privilegio y las políticas acertadas que han nutrido su evolución, la jurisprudencia establece así claramente su aplicación a los interrogatorios en régimen de

incomunicación. De hecho, el Gobierno reconoce este punto tan bien establecido en el número 761, Westover v Estados Unidos., Declarando: "No tenemos ninguna duda... Que es posible que de un sospechoso Quinta Enmienda derecho a ser violada durante el interrogatorio en custodia por un oficial de la ley. [Nota 31]" Debido a la adopción por el Congreso de la Regla 5 (a) de las Reglas Federales de Procedimiento Penal, y efectivización de este Tribunal de que la Regla de McNabb v. Estados Unidos, 318 EE.UU. 332 (1943), y Mallory v. Estados Unidos, 354 EE.UU. cuatrocientos cuarenta y nueve (1957), hemos tenido pocas ocasiones en el último cuarto de siglo para llegar a las cuestiones constitucionales en el trato con los interrogatorios federales. Estas normas de supervisión, lo que requiere la producción de una persona detenida ante un comisionado "sin demoras innecesarias" y excluir las pruebas obtenidas en incumplimiento de esa obligación legal, eran, no obstante, que responde a las mismas consideraciones de la política de la Quinta Enmienda que inevitablemente se nos presentan ahora como a los Estados. En McNabb, 318 de Estados Unidos en 343 a 344 y, en Mallory, 354 de Estados Unidos en 455-456, reconocimos tanto los peligros de los interrogatorios y la adecuación de la profilaxis derivados del hecho mismo de interrogatorio en sí. [Nota 32] Nuestra decisión de Malloy v. Hogan, 378 US 1 (1964), hace necesario un examen del alcance del privilegio en casos estatales. EnMalloy, nos lleno celebró la privilegio aplicable a los Estados, y sostuvieron que las normas sustantivas subyacentes el privilegio aplican con toda su fuerza a los procedimientos judiciales del Estado. Allí, como en Murphy v. Waterfront Comm'n, 378 US 52 (1964), y Griffin v. California, 380 EE.UU. 609 (1965), hemos aplicado las normas existentes de la Quinta Enmienda al caso que nos ocupa. Aparte de la propia explotación, el razonamiento en Malloy dejó claro lo que ya se había hecho evidente - que las garantías sustantivas y procesales que rodean la admisibilidad de las confesiones en casos estatales habían vuelto sumamente exigente, que refleja todas las políticas incluidas en el privilegio, 378 de Estados Unidos a las 7 -8. [Nota 33] La doctrina voluntariedad en los casos estatales, como Malloyindica, abarca todas las prácticas de interrogatorio que puedan ejercer tal presión sobre un individuo como a él desactivar desde hacer una elección libre y racional. [Nota 34] Las implicaciones de esta propuesta se elaboró en nuestra decisión en Escobedo v.Illinois, 378 EE.UU. 478, decidió una semana después de Malloy aplica el privilegio de los Estados.

Nuestra celebración allí destacó el hecho de que la policía no había informado al acusado de su privilegio constitucional a guardar silencio al inicio del interrogatorio, y nos llamó la atención sobre este hecho en varios puntos de la decisión, 378 de Estados Unidos en 483, 485, 491 . Esto no fue un factor de aislado, sino un ingrediente esencial en nuestra decisión. Todo el empuje del interrogatorio policial allí, como en todos los casos hoy en día, fue poner al acusado en un estado tan emocional que pueda menoscabar su capacidad de juicio racional. La abdicación del privilegio constitucional - la elección de su parte para hablar con la policía - no se hizo a sabiendas o con competencia debido al fracaso le informen de sus derechos; la atmósfera convincente del interrogatorio en custodia, y no una decisión independiente de su parte, causadas a la parte demandada para hablar. Una fase diferente del Escobedo decisión fue significativa en su atención sobre la ausencia de un abogado durante el interrogatorio.Allí, como en los casos hoy en día, se buscó un dispositivo de protección para disipar la atmósfera convincente del interrogatorio. EnEscobedo, sin embargo, la policía no exime al acusado de las inquietudes que se habían creado en las salas de interrogatorio. Más bien, ellos negaron su solicitud de asistencia de un abogado, 378 de Estados Unidos en 481, 488, 491. [Nota 35] Esto acentúa su dilema, y hizo sus declaraciones posteriores del producto de esta compulsión. Cf. Haynes v. Washington, 373 Estados Unidos 503, 373 Estados Unidos 514 (1963). La denegación de la solicitud de la parte demandada por su abogado lo tanto socava su capacidad para ejercer el privilegio - de permanecer en silencio si quería o para hablar sin ningún tipo de intimidación, descarada o sutil. La presencia de un abogado, en todos los casos que se nos presentan hoy en día, sería él el dispositivo de protección adecuada necesaria para que el proceso de interrogatorio policial conforme a los dictados de ese privilegio. Su presencia sería asegurar que las declaraciones hechas en la atmósfera establecida por el gobierno no son el producto de la compulsión. Fue de esta manera que Escobedo explicada otra faceta del privilegio preventiva, señaló en muchas de las decisiones anteriores de la Corte: la protección de los derechos en el juicio. [Nota 36] Este consejo está presente cuando las declaraciones se han tomado de un individuo durante el interrogatorio, obviamente, mejora la integridad de los procesos factfinding en los tribunales. La presencia de un abogado, y los avisos entregados a la persona, que el demandado en circunstancias de lo contrario peso para contar su historia sin miedo, con eficacia, y de una manera que

elimina los males en el proceso de interrogación. Sin las protecciones que se derivan de las advertencias adecuadas y los derechos de los abogados, "todas las garantías cuidadosas erigidos alrededor de la prestación de testimonio, ya sea por el acusado o cualquier otro testigo, que se convertiría en formalidades vacías en un procedimiento donde la evidencia posible más convincente de culpa, una confesión, ya se habría obtenido en el placer sin supervisión de la policía." Mapp v. Ohio, 367 EE.UU. 643, 685 (1961) (Harlan, J., disintiendo). Cf. Pointer v. De Texas, 380 Estados Unidos 400 (1965). III Hoy, entonces, no puede haber duda de que el privilegio de la Quinta Enmienda está disponible fuera de los procedimientos judiciales penales, y sirve para proteger a las personas en todos los ámbitos en los que su libertad de acción se redujeron de manera significativa a no ser obligado a declarar contra sí mismos. Hemos llegado a la conclusión de que, sin las debidas garantías, el proceso de interrogatorio en la custodia de las personas sospechosas o acusadas de delitos contiene presiones intrínsecamente convincentes que trabajan para socavan la voluntad del individuo para resistir y para obligarlo a hablar donde no sería otra cosa hacerlo libremente . Para combatir estas presiones y permitir la plena oportunidad de ejercer el privilegio contra la autoincriminación, el acusado debe ser informado de manera adecuada y efectiva de sus derechos y el ejercicio de esos derechos deben ser plenamente respetados. Es imposible para nosotros prevemos las alternativas posibles para proteger el privilegio que puede ser concebido por el Congreso o de los Estados en el ejercicio de sus capacidades creativas de reglamentación. Por lo tanto, no podemos decir que la Constitución exige necesariamente la adhesión a cualquier solución particular para las compulsiones inherentes del proceso de interrogación, ya que se llevó a cabo en la actualidad. Nuestra decisión de ninguna manera crea una camisa de fuerza constitucional que perjudican los esfuerzos de sonido en la reforma, ni es la intención de tener este efecto. Animamos Congreso ya los Estados a que sigan su busca loable maneras cada vez más eficaces de proteger los derechos de la persona, mientras que la promoción de la aplicación eficaz de nuestras leyes penales. Sin embargo, a menos que se nos muestra otros procedimientos que sean al menos tan eficaces en

informándole acusados de su derecho a guardar silencio y en asegurar una oportunidad continua para ejercerla, se deberán observar las siguientes medidas de seguridad. En primer lugar, si una persona detenida debe ser sometido a un interrogatorio, debe primero ser informado de forma clara y términos inequívocos que él tiene derecho a permanecer en silencio. Para aquellos que desconocen del privilegio, es necesaria la advertencia simplemente para que sean conscientes de ello - el requisito de umbral para una decisión inteligente en cuanto a su ejercicio. Más importante, tal advertencia es una condición sine qua non para superar las presiones inherentes a la atmósfera interrogatorio. No es sólo el subnormal o lamentablemente ignorantes que sucumben a las imprecaciones de un interrogador, ya sea implícita o explícitamente declarado, que el interrogatorio continuará hasta obtener una confesión o que el silencio ante la acusación es en sí condenable, y que un mal presagio cuando se presenta a un jurado. [Nota 37] Además, la advertencia se mostrará al individuo que sus interrogadores están preparados para reconocer su privilegio en caso de que optar por ejercerla. El privilegio de la Quinta Enmienda es tan fundamental en nuestro sistema de gobierno constitucional y el recurso de dar una advertencia adecuada en cuanto a la disponibilidad del privilegio tan simple, no vamos a hacer una pausa para preguntar en cada caso si el acusado era consciente de sus derechos sin una advertencia está dando. Las evaluaciones de los conocimientos del demandado poseían, en base a la información en cuanto a su edad, educación, inteligencia, o contacto previo con las autoridades, nunca puede ser más que la especulación; [Nota38] una advertencia es un hecho claro. Más importante aún, cualquiera que sea el fondo de la persona interrogada, un aviso en el momento del interrogatorio es indispensable para superar sus presiones y para asegurar que la persona sabe que es libre de ejercer el privilegio en ese punto en el tiempo. La advertencia del derecho a guardar silencio debe ir acompañada de la explicación de que nada dice puede y será usado en su contra el individuo en la corte. Se necesita esta advertencia con el fin de hacerle consciente no sólo del privilegio, sino también de las consecuencias de renunciar a ella. Es sólo a través de una toma de conciencia de estas consecuencias que no puede haber ninguna garantía de verdadera comprensión y el ejercicio inteligente del privilegio. Por otra parte, esta advertencia puede servir para hacer al individuo más agudamente consciente de que se enfrenta a una fase del

sistema adversario - que él no está en la presencia de personas que actúan únicamente en su interés. Las circunstancias que rodean en custodia interrogatorios pueden operar muy rápidamente a overbear la voluntad de un mero hecho consciente de su privilegio por sus interrogadores. Por lo tanto, el derecho a tener un abogado presente en el interrogatorio es indispensable para la protección de la Quinta Enmienda privilegio bajo el sistema delineamos hoy. Nuestro objetivo es asegurar que el derecho de la persona a elegir entre el silencio y la palabra queda sin restricciones en todo el proceso de interrogación. Una advertencia una vez declarado,, entregado por los que van a llevar a cabo el interrogatorio, no puede en sí suficiente para tal fin entre los que más requieren el conocimiento de sus derechos. Un simple advertencia dada por los interrogadores no es solo suficiente para lograr ese fin. Propios fiscales alegan que la advertencia del derecho a permanecer en silencio, sin más, "beneficiará sólo el reincidente y el profesional." Breve de la Asociación Nacional de Fiscales de Distrito como amicus curiae, p. 14. consejos Incluso preliminar dado a los acusados por su propio abogado puede ser rápidamente superado por el proceso de interrogación secreto. Cf. Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, 485, n. 5. Por lo tanto, la necesidad de un abogado para proteger el privilegio de la Quinta Enmienda comprende no sólo el derecho a consultar con un abogado antes del interrogatorio, sino también a tener un abogado presente durante cualquier interrogatorio si el acusado así lo desea. La presencia de un abogado durante el interrogatorio puede servir varias funciones auxiliares importantes, también. Si el acusado decide hablar con sus interrogadores, la asistencia de un abogado puede mitigar los peligros de la falta de credibilidad. Con presencia de un abogado, la probabilidad de que la policía va a practicar la coerción se reduce, y, si la coacción es, sin embargo ejerce, el abogado puede testificar en la corte. La presencia de un abogado puede también ayudar a garantizar que el acusado da una declaración totalmente exacta a la policía, y que el comunicado se informa razón por la fiscalía en el juicio. Ver Crooker v. California,357 EE.UU. 433, 443 a 448 (1958 ) (DOUGLAS, J., disintiendo). Un individuo no tiene que hacer una solicitud previa a la interrogación de un abogado. Si bien dicha solicitud afirmativamente asegura su derecho a tener uno, su fracaso para pedir un abogado no constituye una renuncia. Ninguna renuncia efectiva del derecho a un abogado durante el interrogatorio se puede reconocer a menos hecha específicamente después de haber dado las advertencias que aquí delinear. El

acusado que no sabe sus derechos y por lo tanto no hace una petición puede ser la persona que más necesita un abogado. A medida que la Corte Suprema de California ha acertadamente lo expresó así: "Por último, hay que reconocer que la imposición del requisito de la solicitud discriminaría contra el demandado que no conoce sus derechos. El acusado que no pide consejo es el acusado que más necesita un abogado. No podemos castigar a un acusado que , sin comprender sus derechos constitucionales, no hace que la solicitud formal, y, por tal incumplimiento, demuestra su impotencia. Para requerir la solicitud sería favorecer al acusado cuya sofisticación o el estado le había incitado fortuitamente para hacerlo. " La gente v. Dorado, 62 Cal.2d 338, 351, 398 P.2d 361, 369 a 370, 42 Cal.Rptr. 169, 177178 (1965) (Tobriner, J.). En. Carnley vCochran, 369 EE.UU. 506, 513 (1962), declaramos lo siguiente: "[E] s se estableció que, cuando la asistencia de un abogado es un requisito constitucional, el abogado el derecho a ser suministrado no depende de una petición." Esta proposición se aplica con igual fuerza en el contexto de la prestación de asesoramiento para proteger a un acusado de la Quinta Enmienda privilegio en la cara de interrogación. [Nota 39] Aunque el papel de los abogados en el juicio difiere de la función durante los interrogatorios, las diferencias no son relevantes para la cuestión de si una solicitud es un requisito previo. En consecuencia, sostenemos que un individuo mantenidos para interrogatorios debe estar claramente informado de que tiene el derecho de consultar con un abogado ya que el abogado con él durante el interrogatorio bajo el sistema de protección del privilegio delineamos hoy. Al igual que con las advertencias del derecho a guardar silencio y que todo lo indicado se pueden utilizar en pruebas en su contra, esta advertencia es un prerrequisito absoluto a interrogatorios. Ninguna cantidad de evidencia circunstancial de que la persona puede haber sido consciente de este derecho será suficiente para estar en su lugar. Sólo a través de un aviso de este tipo es que hay garantía de determinable que el acusado era consciente de este derecho. Si un individuo indica que desea que la asistencia de un abogado antes de que ocurra cualquier interrogatorio, las autoridades no pueden racionalmente ignorar o negar su solicitud sobre la base de que el individuo no tiene o no puede pagar un abogado

contratado. La capacidad financiera de la persona no tiene ninguna relación con el alcance de los derechos involucrados aquí. El privilegio contra la autoincriminación garantizado por la Constitución se aplica a todos los individuos. Existe la necesidad de un abogado a fin de proteger el privilegio para los indigentes así como el afluente. De hecho, estábamos a limitar estos derechos constitucionales a los que pueden contratar a un abogado, nuestras decisiones de hoy serían de poca importancia. Los casos que se nos presentan, así como la gran mayoría de los casos la confesión con la que hemos tratado en el pasado, suponen aquellos que no pueden contratar a un abogado. [Nota 40] Aunque las autoridades no están obligadas a aliviar el acusado de su pobreza, tienen la obligación de no tomar ventaja de la indigencia en la administración de justicia. [Nota 41] Negación de un abogado a los indigentes en el momento del interrogatorio al tiempo que permite a un abogado para aquellos que pueden permitirse uno no sería más soportable por la razón o la lógica de la situación similar en el juicio y en la apelación revocó en Gedeón v.Wainwright, 372 EE.UU. 335 ( 1963), y Douglas v. California, 372 Estados Unidos 353 (1963). Con el fin totalmente a informar a una persona interrogada de la extensión de sus derechos en virtud de este sistema, entonces, hay que advertirle que no sólo tiene el derecho de consultar con un abogado, pero también que, si es indigente, un abogado será designado para representarlo. Sin esta advertencia adicional, la amonestación del derecho a consultar con un abogado a menudo se entiende que significa sólo que se puede consultar con un abogado si tiene uno o tiene los fondos para obtener uno. La advertencia de un derecho a un abogado sería hueca si no se expresa en términos, que aportan a los indigentes - la persona más a menudo sometido a interrogatorios - el conocimiento de que él también tiene el derecho de tener un abogado presente. [Nota 42] Al igual que con las advertencias del derecho a guardar silencio y del derecho general a un abogado, solamente por la explicación efectiva y expresa a los indigentes de este derecho puede haber seguridad de que él era verdaderamente en condiciones de ejercerla. [Nota 43] Una vez que se han dado advertencias, el procedimiento siguiente es clara. Si el individuo indica de ninguna manera, en cualquier momento antes o durante el interrogatorio, que desea permanecer en silencio, el interrogatorio debe cesar. [Nota 44] En este punto, se ha demostrado que tiene la intención de ejercer su privilegio de la Quinta Enmienda; cualquier declaración tomada después de que la persona que invoca su privilegio no puede ser otra cosa que el producto de la

compulsión, sutil o de otra manera.Sin el derecho de interrumpir el interrogatorio, el ajuste de los interrogatorios en custodia opera en el individuo para superar la libre elección en la producción de un comunicado después de que el privilegio se ha invocado una vez. Si la persona dice que quiere un abogado, el interrogatorio debe cesar hasta que un abogado esté presente. En ese momento, el individuo debe tener la oportunidad de hablar con el abogado y tenerlo presente durante cualquier interrogatorio posterior. Si el individuo no puede obtener un abogado y él indica que él quiere uno antes de hablar con la policía, deben respetar su decisión de permanecer en silencio. Esto no significa, como algunos han sugerido, que cada estación de policía debe tener un "abogado comisaría" presente en todo momento para asesorar a los presos. Lo que significa, sin embargo, que, si la policía proponen para interrogar a una persona, deben dar a conocer a él que él tiene derecho a un abogado y que, si no puede pagar uno, se le proporcionará un abogado para él antes de cualquier interrogatorio. Si las autoridades concluyen que no van a proporcionar un abogado durante un período razonable de tiempo en el que se lleva a cabo la investigación en el campo, pueden abstenerse de hacerlo sin violar la Quinta Enmienda privilegio de la persona, siempre y cuando no lo cuestionan durante ese tiempo. Si el interrogatorio continúa sin la presencia de un abogado y se toma una declaración, una pesada carga recae sobre el gobierno para demostrar que el acusado a sabiendas e inteligentemente renunció a su privilegio contra la autoincriminación y su derecho a conservar o nombrado abogado. Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, 490, n. 14. Esta Corte siempre ha establecido altos estándares de prueba de la renuncia de los derechos constitucionales, Johnson v. Zerbst, 304 EE.UU. 458 (1938), y reafirmar estas normas que se aplican a los interrogatorios en custodia. Puesto que el Estado es responsable de establecer las circunstancias aisladas en las que el interrogatorio se lleva a cabo, y tiene el único medio de hacer pruebas corroboradas disposición de las advertencias dadas durante los interrogatorios en régimen de incomunicación, la carga es justamente sobre sus hombros. Una declaración expresa de que el individuo está dispuesto a hacer una declaración y no quiere que un abogado, seguido de cerca por una declaración, podría constituir una renuncia. Pero una renuncia válida, no se presumirá simplemente del silencio del acusado después se dan advertencias, o simplemente por el hecho de que una

confesión fue, de hecho, con el tiempo obtenido. Una declaración hicimos en. Carnley v Cochran, 369 EE.UU. 506, 516 (1962), es aplicable aquí:

que

"Suponiendo que la renuncia de un registro de silencio es inadmisible. El registro debe mostrar, o debe haber una acusación y las pruebas que demuestran que un acusado se le ofreció un abogado, pero inteligente y comprensivamente rechazaron la oferta. Cualquier cosa menos no es la renuncia." Ver también Glasser v. Estados Unidos, 315 US 60 (1942). Además, cuando en custodia participa interrogatorio, no hay lugar para la afirmación de que el privilegio no se aplica si el individuo responde a algunas preguntas o da alguna información por su cuenta antes de invocar su derecho a guardar silencio al ser interrogado. [Nota 45] Cualquiera que sea el testimonio de las autoridades en cuanto a la renuncia de los derechos de un acusado, el hecho de un largo interrogatorio o encarcelamiento en régimen de incomunicación antes de una declaración se hace una fuerte evidencia de que el acusado no renunciar válidamente sus derechos. En estas circunstancias, el hecho de que el individuo finalmente hizo una declaración es coherente con la conclusión de que la influencia convincente del interrogatorio, finalmente lo obligó a hacerlo. Es incompatible con cualquier noción de una renuncia voluntaria del privilegio. Por otra parte, ninguna prueba de que el acusado fue amenazado, engañados o engatusados en una renuncia, por supuesto, demostrar que el acusado no renunció voluntariamente a su privilegio. El requisito de las advertencias y la renuncia de los derechos es un elemento fundamental en relación con el privilegio de la Quinta Enmienda, y no simplemente un ritual previo a los métodos existentes de interrogatorio. Las advertencias necesarias y la exención necesarias, según nuestra opinión, hoy en día son, en ausencia de un equivalente plenamente eficaz, requisitos previos a la admisibilidad de cualquier declaración hecha por el acusado. No se puede distinguir entre las declaraciones que son las confesiones y declaraciones que equivalen a los "ingresos" de parte o la totalidad de un delito directos.El privilegio contra la autoincriminación protege al individuo de ser obligado a declarar contra sí mismo de cualquier manera; no distingue grados de incriminación. Del mismo modo, precisamente por la misma razón, no hay distinción puede hacerse entre las declaraciones de cargo y las declaraciones que presuntamente ser meramente "exculpatoria". Si una declaración hecha eran, de hecho, verdaderamente exculpatoria,

sería, por supuesto, nunca ser utilizado por la fiscalía. De hecho, las declaraciones meramente destinados a ser exculpatoria por el acusado a menudo se utilizan para impugnar su testimonio en el juicio o para demostrar falsedades en la declaración dada en los interrogatorios, y por lo tanto para probar la culpabilidad por implicación. Estas declaraciones se incriminatorias en ningún sentido significativo de la palabra, y no pueden ser utilizados sin las advertencias completas y renuncia efectiva requeridas por cualquier otra declaración. EnEscobedo en sí, el acusado pretendía plenamente su acusación de otro como el asesino ser exculpatoria como a sí mismo. Los principios anunciados acuerdo hoy con la protección que debe darse al privilegio contra la autoincriminación cuando el individuo se somete primero a interrogatorio policial durante su detención en la estación o de otra manera privado de su libertad de acción de manera significativa. Es en este punto que nuestro sistema adversario de un proceso penal se inicia, distinguiéndose desde el principio del sistema inquisitivo reconocido en algunos países. Bajo el sistema de advertencias delineamos hoy, o en virtud de cualquier otro sistema que puede ser concebido y encontró efectiva, las garantías que se erigen sobre el privilegio debe entrar en juego en este momento. Nuestra decisión no pretende obstaculizar la función tradicional de los agentes de policía en la investigación de los delitos. Ver Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, 492. Cuando una persona está bajo custodia en una causa probable, la policía puede, por supuesto, buscar pruebas en el campo para ser utilizado en el juicio contra él. Dicha investigación puede incluir la investigación de las personas que no están bajo moderación. General de cuestionamiento en el lugar de la escena en cuanto a hechos relacionados con un delito u otro cuestionamiento general de los ciudadanos en el proceso factfinding no es afectado por nuestra explotación. Es un acto demciudadanía responsable para las personas a dar cualquier información que puedan tener para ayudar en la aplicación de la ley. En tales situaciones, la atmósfera convincente inherente en el proceso de interrogación en la custodia no está necesariamente presente.[Nota 46] Al tratar con declaraciones obtenidas mediante interrogatorios, nosotros no pretendemos encontrar todas las confesiones inadmisibles.Confesiones siguen siendo un elemento adecuado en la aplicación de la ley. Cualquier declaración libre y voluntariamente y sin ninguna influencia de peso es, por supuesto, admisible como prueba. La importación fundamental del privilegio, mientras que una persona está

bajo custodia no es si se le permite hablar con la policía sin el beneficio de las advertencias y consejos, pero si puede ser interrogado. No hay ningún requisito de que la policía detener a una persona que entra en una estación de policía y dice que él desea a confesar un crimen, [Nota 47], o una persona que llama a la policía para ofrecer una confesión o cualquier otra declaración que desea hacer. Se ofrecieron voluntariamente declaraciones de cualquier tipo no están excluidos por la Quinta Enmienda, y su admisibilidad no se ve afectada por nuestra celebración de hoy. En resumen, sostenemos que, cuando se toma a una persona bajo custodia o de otra manera privado de su libertad por las autoridades de manera significativa y se somete a cuestionamiento, el privilegio contra la autoincriminación se pone en peligro. Las garantías procesales deben ser empleados para proteger el privilegio, ya menos que otros medios plenamente eficaces se adoptan para notificar a la persona de su derecho a guardar silencio y para asegurar que el ejercicio del derecho será honrado escrupulosamente, se requieren las siguientes medidas. Él debe ser advertido antes de cualquier interrogatorio que él tiene el derecho a guardar silencio, que cualquier cosa que diga puede ser usado en su contra en un tribunal de justicia, que tiene el derecho a la presencia de un abogado, y que, si no puede pagar un abogado uno será nombrado por él antes de cualquier cuestionamiento si así lo desea. Oportunidad para ejercer estos derechos debe ser otorgada a él durante el interrogatorio. Después que se han dado tales advertencias, y esa oportunidad le proporcionó, el individuo puede renunciar a sabiendas e inteligentemente estos derechos y estoy de acuerdo para responder preguntas o hacer una declaración. Pero a menos que y hasta que dichas advertencias y la renuncia se demuestran por la fiscalía en el juicio, no hay pruebas obtenidas como resultado de los interrogatorios puede ser utilizado en su contra. [Nota 48] IV Un argumento recurrente hecho en estos casos es la necesidad de que la sociedad para ser interrogado pesa más que el privilegio.Este argumento no es desconocido para este Tribunal. Ver, por ejemplo, Chambers v. Florida, 309 EE.UU. 227, 240 a 241 (1940).Todo el empuje de nuestra discusión anterior demuestra que la Constitución ha prescrito los derechos de la persona cuando se enfrenta con el poder del gobierno cuando se proporciona en la Quinta Enmienda que un individuo no puede ser obligado a declarar contra sí mismo. Este derecho no puede ser abreviada. Como el señor juez Brandeis observó una vez:

"La decencia, la seguridad y la libertad por igual exigen que los funcionarios del gobierno deben ser sometidos a la misma reglas de conducta que son comandos al ciudadano. En un gobierno de leyes, la existencia del gobierno estará en peligro si se deja de observar la ley escrupulosamente. Nuestro gobierno es el potente, el maestro omnipresente. Para bien o para mal, se enseña a todo el pueblo con su ejemplo. El crimen es contagioso. Si el gobierno se convierte en un transgresor de la ley, que engendra el desprecio por la ley; se invita a cada uno a convertirse en una ley en sí mismo; invita a la anarquía. Declarar que, en la administración de la ley penal, el fin justifica los medios. . . traería terribles represalias. Contra esa doctrina perniciosa este Tribunal de Justicia que resueltamente su cara ". Olmstead

v.

Estados Unidos, 277

EE.UU. 438, 485

(1928)

(opinión

disidente). [Nota 49] En este sentido, uno de los distinguidos juristas de nuestro país ha señalado: "La calidad de la civilización de una nación se puede medir en gran medida por los métodos que utiliza en la aplicación de su legislación penal." [Nota 50] Si el individuo desea ejercer su privilegio, él tiene el derecho de hacerlo. Esto no es para que las autoridades decidan. Un abogado le puede aconsejar a su cliente que no hablara con la policía hasta que haya tenido la oportunidad de investigar el caso, o que podría estar presente con su cliente durante cualquier interrogatorio policial. Al hacerlo un abogado únicamente está ejerciendo el buen juicio profesional le ha enseñado. Esto no es motivo para considerar que el abogado una amenaza para la aplicación de la ley. Él es simplemente llevando a cabo lo que él ha jurado hacer bajo juramento - para proteger en la medida de su capacidad de los derechos de su cliente. En el cumplimiento de esta responsabilidad, el fiscal juega un papel vital en la administración de justicia penal en virtud de nuestra Constitución. Al anunciar estos principios, no nos hacemos sin pensar en las cargas que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben soportar, a menudo en circunstancias difíciles. También reconocemos plenamente la obligación de todos los ciudadanos para ayudar a cumplir las leyes penales. Esta Corte, al tiempo que protege los derechos individuales, siempre ha dado una amplia latitud a los organismos policiales en el ejercicio legítimo de sus funciones. Los límites que hemos colocado en el proceso de interrogación no deberían constituir una interferencia indebida con un sistema adecuado de aplicación de la ley. Como hemos señalado, nuestra decisión no excluye de ninguna manera la policía de llevar a cabo sus funciones de investigación

tradicionales. Aunque confesiones pueden desempeñar un papel importante en algunas convicciones, los casos que se nos presentan ejemplos gráficos de la exageración de la "necesidad" de confesiones. En cada caso, las autoridades llevaron a cabo los interrogatorios que van hasta cinco días de duración a pesar de la presencia, a través de prácticas que investigan estándar, de considerable evidencia contra cada acusado. [Nota 51] Otros ejemplos son la crónica en nuestros casos anteriores. Véase, por ejemplo, Haynes v Washington., 373 EE.UU. 503, 518-519 (1963);. Rogers v Richmond, 365 EE.UU. 534, 541 (1961); Malinski v. Nueva York, 324 EE.UU. 401, 402 (1945).[Nota 52] También se instó a que un derecho irrestricto a la detención para ser interrogados se debe permitir porque con frecuencia redundará en beneficio de la persona cuestionada. Cuando investigación policial determina que no hay razón para creer que la persona ha cometido ningún delito, se dice, será puesto en libertad sin necesidad de nuevos procedimientos formales. La persona que ha cometido ningún delito, sin embargo, estará en mejores condiciones para borrar a sí mismo después de las advertencias con el abogado presente que sin él. Se puede suponer que, en tales circunstancias, un abogado sería aconsejar a su cliente para hablar libremente a la policía con el fin de borrar a sí mismo. Interrogatorio bajo custodia, por el contrario, no necesariamente permitirse a los inocentes la oportunidad de limpiar ellos mismos. Una consecuencia grave de la práctica actual de los interrogatorios presuntamente ser beneficioso para los inocentes es que muchos arrestos "para investigación" sujetos gran número de personas inocentes a la detención y el interrogatorio. En uno de los casos que se nos presentan, N ° 584, de California v. Stewart, la policía llevó a cabo cuatro personas, que se encontraban en la casa del acusado en el momento de la detención, en la cárcel durante cinco días hasta acusado confesó. En ese momento, fueron finalmente liberados.La policía declaró que no había "ninguna evidencia para conectarlos de ningún delito." Las estadísticas disponibles sobre el alcance de esta práctica donde se tolera indican que estos cuatro son el único en ser sometida a arresto, detención prolongada, y el interrogatorio sin la causa probable necesaria. [Nota 53] Con los años, la Oficina Federal de Investigaciones ha recopilado un historial ejemplar de la aplicación efectiva de la ley, mientras que el asesoramiento de cualquier sospechoso o persona detenida, al comienzo de una entrevista, que no está obligado a hacer una declaración, que cualquier declaración puede ser usada en su contra él en la

corte, que el individuo puede obtener los servicios de un abogado de su propia elección, y, más recientemente, que tiene un derecho a la asistencia gratuita si no puede pagar. [Nota 54] Una carta recibida de la Fiscalía General en respuesta a una pregunta formulada por el Banco deja claro que el actual patrón de advertencias y el respeto del derechos de la persona como una práctica seguidos por el FBI es consistente con el procedimiento que delinear hoy. Afirma: "En el argumento oral de la causa anterior, el Juez Fortas preguntó si podría proporcionar cierta información en cuanto a las prácticas seguidas por la Oficina Federal de Investigaciones. He dirigido estas preguntas a la atención del Director de la Oficina Federal de Investigaciones y estoy de enviar adjunto un comunicado de las preguntas y de las respuestas que hemos recibido ". "(1) Cuando un individuo es entrevistado por agentes de la Oficina, lo que la advertencia se da a él?" "La advertencia estándar de larga dada por agentes especiales del FBI a los dos sospechosos y personas bajo arresto es que la persona tiene derecho a decir nada y un derecho a un abogado, y que cualquier declaración que hace que puede ser usado en su contra en la corte. Ejemplos de esta advertencia se encuentran en el Westover caso a 342 F. 2d 684 (1965), y Jackson v. EstadosUnidos, 337 (1964), cert. guarida., 380 de Estados Unidos 935. "

F.

2d

136

"Después de la aprobación de la Ley de justicia penal de 1964, que ofrece asesoría gratuita para los acusados federales que no pueden pagar, hemos añadido a nuestras instrucciones a los agentes especiales del requisito de que cualquier persona que se encuentra bajo arresto por un delito bajo la jurisdicción del FBI, o cuya detención es contemplado después de la entrevista, que también debe ser informado de su derecho a asistencia letrada gratuita si no puede pagar, y el hecho de que dicho consejo será asignado por el juez. Al mismo tiempo, hemos ampliado el derecho a la advertencia consejo leer un defensor de su elección, o cualquier otra persona con quien tal vez desee hablar ". "(2) ¿Cuándo es la advertencia dada?" "La advertencia del FBI se le da a un sospechoso desde el principio de la entrevista, como se muestra en la Westover caso, antes citada. La advertencia se puede dar a una persona detenida tan pronto como sea posible después de la detención, como se

muestra en el Jackson caso , también antes citada, y en los Estados Unidos v. Konigsberg, 336 F. 2d 844 (1964), cert. guarida., 379 EE.UU. 933, pero, en cualquier caso, debe preceder a la entrevista con la persona de una confesión o admisión de su propia culpa ". "(3) ¿Cuál es la práctica de la Oficina en el caso de que (a) la solicitudes de consejo y de individuo (b) aparece un abogado?" "Cuando la persona que ha sido advertido de su derecho a un abogado decide que desea consultar con un abogado antes de hacer una declaración, la entrevista se termina en ese punto, Shultz v. Estados Unidos, 351 F. 2d 287 (1965). Puede se continuó, sin embargo, en cuanto a todos los aspectos que la propia culpa o inocencia de la persona. Si él está indecisa en su solicitud de un abogado, puede haber alguna pregunta sobre si él o no renunció consejo. Situaciones de este tipo deben ser necesariamente izquierda a juicio del Agente de la entrevista. Por ejemplo, en Hiram v. Estados Unidos, 354 F. 2d 4 (1965), la conclusión del agente que la persona detenida había renunciado a su derecho a un abogado fue confirmada por los tribunales. " "Una persona que está siendo entrevistado y deseando que consulte un abogado por teléfono se debe permitir hacerlo, como se muestra en Caldwell v. Estados Unidos, 351 F. 2d 459 (1965). Cuando el abogado aparece en persona, se le permite hablar con su cliente en privado. " "(4) ¿Cuál es la práctica de la Mesa si el consejo peticiones individuales, pero no puede permitirse el lujo de contratar a un abogado?" "Si alguna persona entrevistada después de la advertencia de consejo decide que desea consultar con un abogado antes de continuar, profundizar la entrevista se termina, como se muestra arriba. Agentes del FBI no pasan juicio sobre la capacidad de la persona para pagar un abogado. Lo hacen Sin embargo, asesorar a los que han sido detenidos por un delito bajo la jurisdicción del FBI, o cuya detención se contempla después de la entrevista, de un derecho a la asistencia gratuita si no pueden pagar, y la disponibilidad de tal consejo del juez. [Nota al pie 55] " La práctica del FBI fácilmente puede ser emulado por las fuerzas estatales y locales. El argumento de que las ofertas del FBI con diferentes delitos que son competencia de las autoridades estatales no mitiga la importancia de la experiencia del FBI. [Nota 56]

La experiencia en otros países también sugiere que es exagerado el peligro para la aplicación de la ley en los bordillos en los interrogatorios. El procedimiento Inglés, desde 1912 bajo el Reglamento Judicial, es significativo. Tan recientemente fortalecido, las normas exigen que se dé un aviso de advertencia a un acusado por un policía tan pronto como él tiene pruebas de que ofrece motivos razonables para sospechar; también requieren que cualquier declaración hecha dada por el acusado sin ser interrogado por la policía. [Nota 57] El derecho de la persona a consultar con un abogado durante este período se reconoce expresamente. [Nota 58] Las salvaguardias presentes bajo la ley escocesa puede ser incluso mayor que en Inglaterra. Decisiones judiciales barra uso escocesa en la evidencia de la mayoría de las confesiones obtenidas mediante interrogatorios policiales. [Nota 59] En la India, las confesiones hechas a la policía, no en presencia de un magistrado han sido excluidos por la regla de la evidencia desde 1872, en un momento en que operaba bajo la ley británica. [Nota 60] disposiciones idénticas aparecen en la Ordenanza sobre la prueba de Ceilán, promulgada en 1895. [Nota 61] Del mismo modo, en nuestro país, el Código Uniforme de Justicia Militar ha proporcionado durante mucho tiempo que ningún sospechoso puede ser interrogado sin antes ser advertido de su derecho no para hacer una declaración, y que cualquier declaración que hace que puede ser utilizado en su contra.[Nota 62] La negación del derecho a consultar a un abogado durante el interrogatorio también ha sido proscrita por los tribunales militares. [Nota 63] No parece haber habido ningún efecto perjudicial marcado en aplicación de la ley penal en estas jurisdicciones, como resultado de estas reglas. Condiciones de aplicación de la ley en nuestro país son lo suficientemente similares para permitir la referencia a esta experiencia como garantía de que la anarquía no será el resultado de advertencia a una persona de sus derechos o de lo que le permite ejercerlos. Además, es compatible con nuestro sistema legal que le damos al menos tanta protección a estos derechos que se da en las jurisdicciones descritos. Nos ocupamos en nuestro país con los derechos fundados en un requisito específico de la Quinta Enmienda de la Constitución, mientras que otras jurisdicciones llegaron a sus conclusiones sobre la base de los principios de la justicia se define no tan específicamente. [Nota 64] También se instó a nosotros que retener decisión sobre esta cuestión hasta que los órganos legislativos estatales y grupos asesores han tenido la oportunidad de hacer

frente a estos problemas mediante reglamentación. [Nota 65] Ya hemos señalado que la Constitución no requiere ningún código específico de procedimientos para proteger el privilegio contra la autoincriminación durante interrogatorio bajo custodia. El Congreso y los Estados son libres de desarrollar sus propias salvaguardias por el privilegio, por lo que siempre que sean plenamente tan efectivos como los descritos anteriormente en informar a las personas acusadas de su derecho a guardar silencio y ofreciendo una oportunidad continua para ejercerlo. En cualquier caso, sin embargo, los temas presentados son de dimensiones constitucionales, y debe ser determinado por los tribunales. La admisibilidad de una declaración en la cara de una reclamación que se obtuvo en la violación de los derechos constitucionales del acusado es un problema cuya solución hace tiempo que fue llevada a cabo por este Tribunal. Ver Hopt v. Utah, 110 US 574 (1884) . Soluciones judiciales a los problemas de dimensión constitucional han evolucionado década tras década. Como los tribunales se han presentado con la necesidad de hacer cumplir los derechos constitucionales, han encontrado medios para hacerlo. Esa fue nuestra responsabilidad cuando Escobedo fue antes que nosotros, y es nuestro responsabilidad hoy. Cuando los derechos garantizados por la Constitución están involucrados, no puede haber ninguna reglamentación o legislación que derogue ellos. V Debido a la naturaleza del problema y por su significado recurrente en numerosos casos, tenemos que este punto discutido la relación de la Quinta Enmienda privilegio de interrogatorio policial sin concentración específica en los hechos de los casos que se nos presentan. Pasamos ahora a estos hechos para considerar la aplicación a estos casos de los principios constitucionales mencionados anteriormente. En cada caso, hemos llegado a la conclusión de que las declaraciones se obtuvieron de la parte demandada, en circunstancias que no cumplían con las normas constitucionales para la protección del privilegio. Nº 759. Miranda v. Arizona El 13 de marzo de 1963, peticionario, Ernesto Miranda, fue detenido en su casa y llevado bajo custodia a una estación de policía de Phoenix. Fue allí identificado por el testigo en las protestas. Luego, la policía lo llevó a "Interrogatorio Room No. 2" de la oficina de detectives. Allí fue interrogado por dos agentes de policía. Los funcionarios admitieron en el juicio que Miranda no fue informado de que tenía derecho a tener un

abogado presente. [Nota al pie 66] Dos horas más tarde, el los oficiales salieron de la sala de interrogatorios con una confesión por escrito firmada por Miranda. En la parte superior de la declaración de un párrafo escrito afirmando que la confesión se hizo voluntariamente, sin amenazas o promesas de inmunidad y "con pleno conocimiento de mis derechos legales, la comprensión de cualquier declaración que hago puede ser utilizado en mi contra."[Nota 67] En el juicio ante un jurado, la confesión escrita fue admitida en evidencia sobre la objeción del abogado defensor, y los oficiales testificó a la confesión oral previa hecha por Miranda durante el interrogatorio. Miranda fue declarado culpable de secuestro y violación. Fue condenado a 20 a 30 años de prisión por cada cargo, las sentencias se ejecuten al mismo tiempo. En la apelación, la Corte Suprema de Arizona sostuvo que los derechos constitucionales de Miranda no fueron violados en la obtención de la confesión, y confirmó la condena. 98 Ariz. 18, 401 P.2d 721. Para llegar a su decisión, el tribunal destacó en gran medida el hecho de que Miranda no solicitó específicamente consejo. Nosotros invertimos. A partir de los testimonios de los funcionarios y por el ingreso del encuestado, es evidente que Miranda no era de ninguna manera informada de su derecho a consultar con un abogado y tener uno presente durante el interrogatorio, ni su derecho a no ser obligado a incriminarse efectivamente protegidos de cualquier otra manera. Sin estas advertencias, las declaraciones eran inadmisibles. El mero hecho de que él firmó una declaración que contenía una cláusula de tipado al afirmar que él tenía "pleno conocimiento" de sus "derechos legales" no se acerca a la renuncia de complicidad e inteligente necesaria para renunciar a los derechos constitucionales. Cfr 373 de Estados Unidos en Washington, 373 EE.UU. 503, 512-513 (1963);. Haley v Ohio, 332 EE.UU. 596, 601 (1948) (opinión del Sr. JUEZ DOUGLAS). Nº 760. Vignera v. Nueva York Peticionario, Michael Vignera, fue recogido por la policía de Nueva York el 14 de octubre de 1960, en relación con el robo de tres días antes de una tienda de ropa de Brooklyn. Lo llevaron a la Detective 17o Escuadrón sede en Manhattan. Algún tiempo después, fue llevado a la detective 66º Escuadrón. Hay un detective cuestionó Vignera con respecto al robo. Vignera admitió oralmente el robo a la detective. El detective se

le preguntó sobre el interrogatorio en el juicio por un abogado defensor si Vignera fue advertido de su derecho a un abogado antes de ser interrogado. La fiscalía se opuso a la pregunta, y el juez sostuvo la objeción. Por lo tanto, la defensa fue impedido de realizar cualquier actuación que no se habían dado las advertencias. Mientras que en el detective 66o Escuadrón, Vignera fue identificado por el dueño de la tienda y una vendedora como el hombre que robó la tienda de ropa. A eso de las 15:00, fue arrestado formalmente. La policía luego lo transporta a otra estación, el 70mo Recinto de Brooklyn, "para la detención."A las 11 de la tarde, Vignera fue interrogado por un fiscal de distrito asistente en la presencia de un reportero de la audición, que transcribe las preguntas y respuestas de Vignera. Esta cuenta literal de este procedimiento contiene ninguna declaración de las advertencias dadas por el asistente del fiscal de distrito. En el juicio de Vignera bajo el cargo de primer robo grado, el detective testificó en cuanto a la confesión oral. La transcripción de la declaración tomada también se introdujo en la evidencia. A la conclusión del testimonio, el juez acusó al jurado, en parte, de la siguiente manera: "La ley no dice que la confesión es nula o invalidado porque la policía no aconsejó al acusado como a sus derechos. ¿Has oído lo ¿Dije? Te estoy diciendo lo que la ley del Estado de Nueva York es ". Vignera fue declarado culpable de primer robo grado. Posteriormente se adjudicó un delincuente de tercer delito grave y condenado a 30 a 60 años de prisión. [Nota 68] La condena fue confirmada sin dictamen de la División de Apelaciones, Segundo Departamento, 21 App.Div.2d 752, 252 NYS2d 19, y por el Tribunal de Apelaciones, también sin opinión, 15 NY2d 970, 207 NE2d 527, 259 NYS2d 857,modificado remittitur, 16 NY2d 614, 209 NE2d 110, 261 NY .2d 65. En el argumento de la Corte de Apelaciones, el Estado alegó que Vignera no tenía derecho constitucional a ser informado de su derecho a un abogado oa su privilegio contra la auto -incrimination. Nosotros invertimos. Lo anterior indica que Vignera no fue advertido de cualquiera de sus derechos ante el cuestionamiento por el detective y por el asistente del fiscal de distrito. No se tomaron otras medidas para proteger estos derechos. Por lo tanto, él no tuvo conocimiento efectivamente de su privilegio de la Quinta Enmienda, o de su derecho a tener un abogado presente, y sus declaraciones son inadmisibles.

Nº 761. Westover v. Estados Unidos Aproximadamente a las 21:45 el 20 de marzo de 1963, peticionario, Carl Calvin Westover, fue detenido por la policía local en Kansas City como sospechoso en dos robos de Kansas City. Un informe también se recibió del FBI que se le buscaba por un cargo de delito grave en California. Las autoridades locales lo llevaron a una comisaría y lo colocaron en un line-up de los cargos locales, y, a eso de 23:45, que fue reservado. La policía de Kansas City interrogados Westover en la noche de su arresto. Él negó cualquier conocimiento de las actividades delictivas. Al día siguiente, los oficiales locales lo interrogaron de nuevo a lo largo de la mañana. Poco antes del mediodía, informaron al FBI que estaban interrogando a través de Westover y que el FBI podría proceder a interrogarlo. No hay nada en el expediente que indique que Westover nunca fue dado ninguna advertencia en cuanto a sus derechos por parte de la policía local. Al mediodía, tres agentes especiales del FBI continuó el interrogatorio en una sala de entrevistas privadas del Departamento de Policía de Kansas City, esta vez en relación con el robo de una asociación de ahorro y préstamo y el banco en Sacramento, California. Después de dos o dos y media horas, Westover firmado confesiones separadas para cada uno de estos dos robos que habían sido preparados por uno de los agentes durante el interrogatorio. En el juicio, uno de los agentes testimonio, y un párrafo sobre cada uno de los estados Unidos, que los agentes les aconseja Westover que él no tiene que hacer una declaración, que cualquier declaración que hizo podría ser utilizado en su contra, y que tenía la derecho a ver a un abogado. Westover fue juzgado por un jurado en un tribunal federal y declarado culpable de los robos de California. Sus declaraciones fueron introducidos en el juicio. Fue condenado a 15 años de prisión por cada cargo, las sentencias se ejecuten de forma consecutiva. En la apelación, la condena fue confirmada por la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito. 342 F. 2d 684. Nosotros invertimos. En los hechos de este caso, no podemos encontrar que Westover a sabiendas e inteligentemente renunció a su derecho a guardar silencio y su derecho a consultar con un abogado antes de la época en que hizo la declaración. [Nota 69] Al tiempo de los agentes del FBI comenzaron a cuestionar Westover, que había estado bajo custodia por más de 14 horas, y había sido interrogado largamente durante ese período. El interrogatorio del FBI comenzó inmediatamente después de la conclusión del interrogatorio por la policía de Kansas City, y se llevó a cabo en la sede de la policía

local. Aunque las dos autoridades policiales sean jurídicamente distintas, y los delitos por los que interrogaron Westover eran diferentes, el impacto en él era la de un período continuo de cuestionamiento. No existe ninguna evidencia de cualquier advertencia dada antes del interrogatorio del FBI, ni ninguna evidencia de una renuncia articulado de los derechos después de que el FBI comenzó su interrogatorio. El registro muestra simplemente que el acusado tenía, de hecho, confiesa poco tiempo después de haber sido entregado al FBI tras ser interrogado por la policía local. A pesar del hecho de que los agentes del FBI dieron advertencias al comienzo de la entrevista, desde el punto de vista de Westover, las advertencias llegaron al final del proceso de interrogación. En estas circunstancias, una renuncia inteligente de los derechos constitucionales no se puede asumir. No sugerimos que las autoridades policiales no están autorizados a interrogar a cualquier persona que ha estado detenido por un período de tiempo por otras autoridades e interrogado por ellos sin advertencias apropiadas. Un caso diferente se presentaría si un acusado fueron detenidos por la segunda entidad, eliminado tanto en el tiempo y lugar de su entorno original, y luego aconsejó adecuadamente de sus derechos y se les dio la oportunidad de ejercerlos. Pero aquí, el interrogatorio del FBI se llevó a cabo inmediatamente después del interrogatorio del Estado en la misma estación de policía - en el mismo entorno que obligan. Por lo tanto, para obtener una confesión de Westover las autoridades federales eran los beneficiarios de la presión aplicada por el local de interrogación en custodia. En estas circunstancias, la entrega de las advertencias por sí sola no era suficiente para proteger el privilegio. Nº 584. California v. Stewart En el curso de la investigación de una serie de robos en bolsa de arrebatar en el que una de las víctimas habían muerto por heridas infligidas por su agresor, demandado, Roy Allen Stewart, se señaló a la policía de Los Ángeles como el aval de cheques de dividendos tomada en uno de los robos. A eso de las 19:15, 31 de Enero de 1963, agentes de la policía fueron a la casa de Stewart y lo arrestaron. Uno de los oficiales le preguntó Stewart si podían registrar la casa, a lo que respondió: "Adelante". La búsqueda permitió obtener varios elementos tomados de las cinco víctimas de robo. En el momento de la detención de Stewart, la policía también detuvo a la esposa de Stewart y otras tres personas que lo visitaban. Estos cuatro fueron encarcelados junto con Stewart, y fueron interrogados. Stewart fue llevado a la estación de Universidad del Departamento de Policía de Los Ángeles, donde fue recluido en una

celda. Durante los próximos cinco días, la policía interrogó Stewart en nueve ocasiones diferentes. Excepto durante la primera sesión de interrogatorio, cuando fue confrontado con un testigo acusador, Stewart se aisló con sus interrogadores. Durante la sesión de interrogatorio noveno, Stewart admitió que había robado a los fallecidos y declaró que no había tenido intención de hacerle daño. Después, la policía trajo Stewart ante un juez por primera vez. Dado que no había pruebas para conectarlos con cualquier crimen, la policía luego puesto en libertad las otras cuatro personas detenidas con él. No hay nada en el expediente indica específicamente si Stewart fue o no fue informado de su derecho a guardar silencio o de su derecho a un abogado. En un número de casos, Sin embargo, se pidió a los oficiales interrogando a contar todo lo que se dijo durante los interrogatorios. Nada indicaba que Stewart fue nunca informado de sus derechos. Stewart fue acusado de secuestro para cometer un robo, violación y asesinato. En su juicio, las transcripciones del primer interrogatorio y la confesión en el último interrogatorio se introdujeron en la evidencia. El jurado encontró Stewart culpable de robo y asesinato en primer grado, y fijó la pena como la muerte. En la apelación, la Corte Suprema de California invierte. 62 Cal.2d 571, 400 P.2d 97, 43 Cal.Rptr. 201. Se consideró que, en virtud de la decisión de este Tribunal en Escobedo, Stewart debería haber sido advertido de su derecho a guardar silencio y de su derecho a un abogado, y que no podría suponer en la cara de un registro en silencio que la policía aconsejó a Stewart de sus derechos. [Nota 70] Afirmamos. [Nota 71] Al tratar de interrogatorio bajo custodia, no vamos a suponer que el acusado ha sido informado efectivamente de sus derechos y que su privilegio contra la autoincriminación se ha salvaguardado adecuadamente en un registro que no muestran que se les ha dado ninguna advertencia o que cualquier alternativa eficaz ha sido empleado. Tampoco puede una renuncia de complicidad e inteligente de asumirse estos derechos en un registro en silencio. Por otra parte, la negación constante de Stewart de las presuntas infracciones a través de ocho de los nueve interrogatorios durante un período de cinco días está sujeto a ninguna otra construcción que se vio obligado por el interrogatorio persistente para renunciar a su privilegio de la Quinta Enmienda.

Por lo tanto, de conformidad con lo anterior, las sentencias de la Corte Suprema de Arizona en No. 759, de la Corte de Apelaciones de Nueva York en No. 760, y de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito en el número 761, se invierten . La sentencia de la Corte Suprema de California en el número 584 se afirma. Se lo ordenó. * Junto con el número 760, Vignera v. New York, el certiorari ante el Tribunal de Apelaciones de Nueva York y el No. 761, Westover v. Estados Unidos, por certiorari ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos, tanto argumentó 01 de febrero 28 de marzo de 1966, y Nº 584, de California v. Stewart, de certiorari ante el Tribunal Supremo de California, argumentaron 02 de febrero 28 de marzo, 1966. SR. JUSTICIA CLARK, disidente en Nos. 759, 760 y 761, y coincidiendo en el resultado en el número 584. Es con pesar que me parece necesario escribir en estos casos. Sin embargo, no soy capaz de unirse a la mayoría debido a que su opinión va demasiado lejos en muy poco, mientras mis hermanos disidentes no van bastante lejos. Tampoco puedo participar en la crítica de las prácticas actuales de la policía y los organismos de investigación de la Corte en cuanto a interrogatorio bajo custodia.Los materiales que se refiere como "manuales de policía" [nota 1] son, como he leído, meros escritos en este campo por profesores y algunos agentes de policía. No se muestra uno de los autos aquí para ser el manual oficial de cualquier departamento de policía, y mucho menos en el uso universal en la detección del delito. Por otra parte, los ejemplos de la brutalidad policial mencionados por el Tribunal [Nota 2] son raras excepciones a los miles de casos que aparecen cada año en los informes de la ley. Las agencias de policía - todo el camino de las fuerzas municipales y estatales a las agencias federales - son responsables de hacer cumplir la ley y la seguridad pública en este país. Me siento orgulloso de sus esfuerzos, que, en mi opinión, no son bastante caracterizan por la opinión de la Corte. yo El ipse dixit de la mayoría no tiene apoyo en nuestros casos. En efecto, el Tribunal admite que "no podríamos encontrar declaraciones de los acusados [aquí] haber sido involuntario en términos tradicionales." Ante, p. 457. En resumen, el Tribunal ha

añadido más a las exigencias que el acusado tiene derecho a consultar con su abogado y que él debe dar el aviso tradicional que él puede permanecer en silencio y que todo lo que él dice puede ser usado en su contra. Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, desde 490 hasta 491 (1964).Ahora las modas de la Corte una norma constitucional que la policía puede incurrir en ningún interrogatorio bajo custodia sin que, además, asesorar al acusado de que tiene derecho bajo la Quinta Enmienda de la presencia de un abogado durante los interrogatorios y que, si no tiene los fondos, se entregará un abogado él. Cuando, en cualquier momento durante un interrogatorio, el acusado busca afirmativamente o tácitamente a invocar sus derechos al silencio o su abogado, el interrogatorio debe ser sacrificados o pospuesto. El Tribunal de Justicia considera, además, que si no se siguen los nuevos procedimientos requiere inexorablemente la exclusión de cualquier declaración del acusado, así como los frutos de los mismos. Una estricta específica Tal constitucional insertado en el centro neurálgico de la detección del delito bien puede matar al paciente. [Nota 3] Dado que no hay en este momento una escasez de información y de una falta casi total de conocimiento empírico sobre el funcionamiento práctico de los requisitos verdaderamente comparables a las anunciadas por la mayoría, yo sería más moderado, no sea que vayamos demasiado lejos y demasiado rápido. II Interrogatorio bajo custodia durante mucho tiempo ha sido reconocido como "sin duda, una herramienta esencial en la aplicación efectiva de la ley." Haynes v. Washington, 373 EE.UU. 503, 515 (1963). El reconocimiento de este hecho debe ponernos en guardia contra la promulgación de normas doctrinarias. Esto es especialmente cierto en el que el Tribunal de Justicia declara que "la Constitución ha prescrito" su participación, y donde la luz de nuestros casos del pasado, desde Hopt v. Utah, 110 US 574 (1884), hasta Haynes v. Washington, supra, es a el contrario. De hecho, incluso en Escobedo, la Corte nunca dio a entender que una "renuncia" afirmativa era un requisito previo a las preguntas formuladas; que la carga de la prueba en cuanto a la renuncia estaba en la acusación; que la presencia de un abogado - en ausencia de una renuncia - durante los interrogatorios que se requería; que una exención puede ser retirado en la voluntad de los acusados; que el abogado debe ser suministrado durante una etapa acusatoria a quienes no pueden pagar; ni que las admisiones y declaraciones exculpatorias son "confesiones". Requerir a todas esas cosas de golpe debe causar la Corte a ahogarse durante más casos que Crooker

v. California, 357 EE.UU. 433 (1958), y Cicenia v. Lagay, 357 EE.UU. 504 (1958), que se anula expresamente hoy. La regla anterior a hoy - como el Sr. Juez Goldberg, autor de la opinión de la Corte en Escobedo, dijo que en Haynes v Washington. - Dependía de "un conjunto de circunstancias que atestigüen una involuntaria confesión de culpabilidad...." 373 de Estados Unidos en373 EE.UU. 514 Y concluyó.: "Por supuesto, la detección y solución de la delincuencia es, como mucho, una tarea difícil y ardua que requiere determinación y persistencia por parte de todos los funcionarios responsables encargados de la obligación de hacer cumplir la ley. Y ciertamente no significa sugerir que todos los interrogatorios de testigos y sospechosos es inadmisible. Tal cuestionamiento es, sin duda, una herramienta esencial en la aplicación efectiva de la ley. La línea entre la conducta policial adecuada y permitida y las técnicas y métodos ofensivos al debido proceso es, en el mejor, muy difícil de dibujar, sobre todo en casos como este, donde es necesario hacer juicios finos en cuanto al efecto de las presiones psicológicamente coactivas e incentivos en la mente y la voluntad de un acusado.... Estamos aquí impulsados a la conclusión, de todos los hechos presentados, que los límites del debido proceso se han superado ". Id. En 373 EE.UU. 514 -515. III Me gustaría continuar siguiendo esa regla. Bajo la "totalidad de las circunstancias" regla de la que mi hermano Goldberg habló enHaynes, consideraría en cada caso si el oficial de policía, antes de interrogatorio bajo custodia, agregó la advertencia de que el sospechoso podría tener un abogado presente durante el interrogatorio, y, además , que un tribunal designe a uno en su solicitud si él era demasiado pobre para emplear a un abogado. En ausencia de las advertencias, la carga estaría en el Estado para demostrar que el abogado fue a sabiendas e inteligentemente renunciado o que, de la totalidad de las circunstancias, incluyendo la omisión de las advertencias necesarias, la confesión fue voluntaria. En lugar de emplear la arbitraria Quinta Enmienda regla [Nota 4] que la Corte establece, me gustaría seguir los dictados más flexibles de las cláusulas de Debido Proceso de la Quinta y Decimocuarta Enmiendas que estamos acostumbrados a la administración, y que sabemos de nuestros casos son instrumentos eficaces en la

protección de las personas bajo custodia policial. De esta manera, no estaríamos actuando en la oscuridad, ni tampoco, en un barrido completo, cambiando las reglas tradicionales de interrogatorio bajo custodia que esta Corte ha tanto tiempo reconocidos como una herramienta justificable y adecuada en el equilibrio de los derechos individuales contra los derechos de la sociedad . Será muy pronto para ir más lejos cuando somos capaces de valorar con algo mejor exactitud el efecto de tal participación. Me gustaría afirmar las convicciones en Miranda v Arizona., Nº 759;. Vignera v Nueva York, N ° 760, y. Westover v Estados Unidos,No. 761. En cada uno de esos casos, me parece de las circunstancias sin orden de reversión. En. California v Stewart, N ° 584, me despediría el auto de avocación a falta de una sentencia definitiva, 28 USC § 1257 (3) (1964 ed.);pero, si los méritos para poder alcanzar, me afirmo en razón de que el Estado no cumplió con su carga, en ausencia de una demostración de que se les dio advertencias apropiadas, de la prueba de una renuncia o una totalidad de circunstancias que muestran la voluntariedad. ¿Debería haber un nuevo juicio, me dejo el Estado libre de intentar probar estos elementos. SR. Juez Harlan, quien MR. JUSTICIA STEWART y MR. JUSTICIA BLANCO unirse, disidente. Creo que la decisión de la Corte representa el derecho constitucional pobres y conlleva consecuencias perjudiciales para el país en general. ¿Qué tan serio estas consecuencias pueden llegar a ser, sólo el tiempo puede decir. Pero las fallas básicas en la justificación de la Corte me parecen evidentes ahora, una vez que se consideran todos los aspectos del problema. yo . INTRODUCCIÓN Al principio, es bueno tener en cuenta exactamente lo que se requiere por el nuevo código constitucional del Tribunal de reglas para las confesiones. El requisito más importante, sobre la que más tarde admisibilidad de una confesión depende, es que una advertencia de cuatro veces se da a una persona bajo custodia antes de ser interrogado, es decir, que tiene derecho a guardar silencio, que cualquier cosa que diga puede ser usado contra él, que él tiene el derecho de tener un abogado presente durante el interrogatorio, y que, en caso de indigencia que tiene derecho a un abogado

sin costo alguno. Para renunciar a estos derechos, es aparentemente requiere alguna declaración afirmativa de rechazo y amenazas, trucos, o cajolings para obtener esta exención, están prohibidos. Si, antes o durante el interrogatorio, el sospechoso intenta invocar su derecho a guardar silencio, el interrogatorio debe ser sacrificado o cesar; una solicitud de un abogado provoca el mismo resultado hasta que se consiguió un abogado. Por último, hay una miscelánea de directivas de menor importancia, por ejemplo, la carga de la prueba de la exención está en el Estado, las admisiones y declaraciones exculpatorias son tratados igual que las confesiones, la retirada de la exención siempre se permite, y así sucesivamente. [Nota 1] Si bien los puntos finos de este esquema son mucho menos clara que la Corte admite, el tenor es bastante evidente. Las nuevas reglas no están diseñados para proteger contra la brutalidad policial u otras formas de coacción inequívocamente prohibidas. Aquellos que usan tácticas de tercer grado y niegan ante los tribunales son igualmente capaces y destinado a mentir tan hábilmente acerca de las advertencias y renuncias. Más bien, el empuje de las nuevas normas es negar todas las presiones, para reforzar el sospechoso nervioso o ignorante, y en última instancia para desalentar cualquier confesión en absoluto. El objetivo, en definitiva, es hacia la "voluntariedad" en un sentido utópico, o, para verlo desde otro ángulo, la voluntariedad con una venganza. Para incorporar este concepto en la Constitución requiere una lectura forzada de la historia y los precedentes y un desprecio de las preocupaciones muy pragmáticas que sólo puede, en ocasiones, justificar tales cepas. Yo creo que el examen razonado mostrará que las cláusulas de debido proceso constituyen un instrumento adecuado para hacer frente a las confesiones, y que, incluso si la Quinta Enmienda privilegio contra la autoincriminación invocarse, sus precedentes, tomada en su conjunto, no sostener el presente reglas.Visto como una elección basada en la política pura, estas nuevas reglas de llegar a ser una muy discutible, si no es de un solo lado, la evaluación de los intereses en conflicto, impuestas sobre la objeción generalizada, en el mismo momento en que la restricción judicial es el más solicitado por las circunstancias . II . LOCALES CONSTITUCIONALES Es más adecuado para comenzar una investigación sobre los precedentes constitucionales mediante encuestas a los límites a las confesiones la Corte ha

evolucionado bajo la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda. Esto es así debido a que estos casos demuestran que existe un medio viables y eficaces de hacer frente a las confesiones de una manera judicial; porque los casos son la línea de base a partir del cual la Corte ya se marcha, y así sirven para medir la real, en oposición a los profesos, distancia que viaja, y porque el examen de ellos ayuda a revelar cómo la Corte ha costeado en su posición actual. Los casos más tempranos confesión en esta Corte surgieron de procesos federales, y se establecieron sobre una base no constitucional, la Corte la adopción de la regla de derecho común que la ausencia de incentivos, promesas y amenazas hizo una confesión voluntaria y admisible. Hopt v. Utah, 110 Estados Unidos 574;. Pierce v Estados Unidos, 160 US 355. Mientras que un caso más tarde dijo que el privilegio de la Quinta Enmienda admisibilidad controlado, esta proposición no era en sí desarrollamos en las decisiones posteriores. [Nota 2] El Tribunal, sin embargo, realzar la prueba de admisibilidad en los juicios federales a uno de voluntariedad "de hecho", Wan v. Estados Unidos, 266 US 1, 14 (citado, ante p. 462) y, a continuación, en general los jueces federales, de izquierda a aplicar las mismas normas de la Corte comenzó a derivar en una serie de casos judiciales estatales. Esta nueva línea de decisiones, poniendo a prueba la admisibilidad por la cláusula del debido proceso, se inició en 1936 con Marrón v.Mississippi, 297 US 278, y ahora debe abarcar un poco más de 30 opiniones completas de la Corte. [Nota 3] Mientras que la rúbrica voluntariedad se repitió en muchos casos, por ejemplo, Lyon v. Oklahoma, 322 EE.UU. 596, la Corte nunca prendió a un solo sentido, sino, por el contrario, infundido con un número de diferentes valores . Para viajar rápidamente sobre los temas principales, hubo un énfasis inicial en la fiabilidad, por ejemplo, la sala v. Tejas, 316 EE.UU. 547, complementado por la preocupación sobre la legalidad y la equidad de las prácticas de la policía, por ejemplo, Ashcraft v. Tennessee, 322 EE.UU. 143 , en un sistema "acusatorio" de la aplicación de la ley, Watts v. Indiana, 338 de Estados Unidos 49, 54, y, finalmente, por mucha atención al estado de la persona de la mente y la capacidad de elección efectiva, por ejemplo, Gallegos v. Colorado, 370 de Estados Unidos 49. El resultado fue una reevaluación continua de los hechos de cada caso de la cantidad de presión sobre el sospechoso era permisible. [Nota 4] Entre los criterios a menudo tomadas en cuenta fueron las amenazas o peligro inminente, por ejemplo, Payne v. Arkansas, 356 EE.UU. 560, privaciones físicas, tales como la falta de sueño o alimentación, por ejemplo, Reck v. Pate, 367

EE.UU. 433, repetida o interrogatorios extendida, por ejemplo, Chambers v Florida., 309 EE.UU. 227, límites al acceso a un abogado o amigos, Crooker vCalifornia., 357 EE.UU. 433; Cicenia v Lagay., 357 EE.UU. 504, la longitud y la ilegalidad de la detención bajo la ley estatal, por ejemplo, Haynes v . Washington, 373 EE.UU. 503, y debilidad o incapacidades individual, Lynumn v. Illinois, 372 EE.UU. 528. Aparte de la coerción física directa, sin embargo, no tiene valor predeterminado o combinación fija de impagos garantizados exclusión, y sinopsis de los casos servirían poco uso , debido a que el calibre global ha estado cambiando constantemente, por lo general en la dirección de la restricción de la admisibilidad. Pero para marcar simplemente qué punto se había llegado ante el Tribunal saltó los carriles en Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, vale la pena capsulizing el caso entonces reciente de Haynes v. Washington, 373 EE.UU. 503. Allí, se había celebrado Haynes algunos 16 o más horas en violación de la ley estatal antes de firmar la confesión en disputa, habían recibido advertencias de ningún tipo, y, a pesar de las peticiones, se había negado el acceso a su esposa o el abogado, la policía indica que el acceso se permitirá después de un confesión. Destacando especialmente este último incentivo y el rechazo de algunos indicios en contra de la voluntariedad, la Corte en una decisión de 5 a 4, celebró la confesión inadmisible. Hay varias lecciones importantes que se pueden extraer de esta historia constitucional. La primera es que, con más de 25 años de precedentes, la Corte ha desarrollado un enfoque elaborado, sofisticado, y sensible a la admisibilidad de las confesiones. Se trata de "judicial" en su tratamiento de un caso a la vez, ver Culombe v. Connecticut, 367 EE.UU. 568, 635 (voto concurrente de EL JUEZ PRESIDENTE), flexible en su capacidad de responder a las infinitas mutaciones de los hechos presentados, y cada vez más familiar para los tribunales inferiores. Por supuesto, la estricta seguridad no se obtiene en este proceso de desarrollo, pero esto es a menudo tan con los principios constitucionales, y el desacuerdo suele limitarse a la zona fronteriza de los casos cercanos donde importa menos. El segundo punto es que, en la práctica y, de vez en cuando, en principio, la Corte ha dado amplio reconocimiento al interés de la sociedad en el interrogatorio sospechoso como un instrumento de aplicación de la ley. Casos countenancing presiones muy importantes pueden citarse sin dificultad, [nota 5] y los tribunales inferiores menudo pueden haber sido todavía más tolerante. Por supuesto, las limitaciones impuestas hoy fueron rechazadas por implicación necesaria en caso tras caso, el derecho a las

advertencias de haber sido rechazado de manera explícita en esta Corte hace muchos años. Poderes v Estados Unidos., 223 EE.UU.303; Wilson v Estados Unidos., 162 EE.UU. 613. Tan recientemente como Haynes v. Washington, 373 EE.UU. 503, 515, la Corte reconoció abiertamente que el interrogatorio de los testigos y sospechosos "es sin duda una herramienta esencial en la aplicación efectiva de la ley." Accord, Crooker v. California, 357 EE.UU. 433, 441 . Por último, los casos revelan que el idioma en muchas de las opiniones exagera el curso real de decisión. Se ha dicho, por ejemplo, que una confesión admisible debe ser hecha por el sospechoso "en el libre ejercicio de su voluntad," Malloy v. Hogan, 378 US 1, 8, y que "un preso no es que se hizo el instrumento ilusorio de su propia convicción, '"Culombe v. Connecticut, 367 EE.UU. 568, 581 (Frankfurter, J., anunciando el juicio de la Corte y una opinión). Aunque a menudo repetida, tales principios rara vez se observan en plena medida. Incluso la palabra "voluntario" se puede considerar alguna lo engañoso, sobre todo cuando se tiene en cuenta muchas de las confesiones que se han traído bajo su paraguas. Véase, por ejemplo, supra, n. 5. La tendencia a exagerar les sea tomado en parte a los hechos flagrantes menudo ante la Corte; pero, en cualquier caso, hay que reconocer cómo ha templado actitudes y prestó un poco de color de la autoridad con el enfoque ahora adoptada por el Tribunal. Paso ahora a la dependencia afirmado de la Corte sobre la Quinta Enmienda, un enfoque que, francamente, me consideran como untromp l'oeil. La opinión del Tribunal, en mi opinión, revela que no hay base suficiente para extender el privilegio de la Quinta Enmienda contra la autoincriminación a la Estación de policia. Mucho más importante, no logra demostrar que las nuevas reglas de la Corte están bien apoyados, y mucho menos obligados, por la Quinta Enmienda precedentes. En cambio, las nuevas reglas en realidad se derivan de la cita y la analogía extraída de precedentes bajo la Sexta Enmienda, que deben tener debidamente nada que ver con el interrogatorio policial. Contención apertura de la Corte, que la Quinta Enmienda gobierna confesiones estación de policía, no es quizás una extensión permisible de la ley, pero tiene poco que elogiar a sí mismo en las circunstancias actuales. Históricamente, el privilegio contra la autoincriminación no llevaba nada en el uso de confesiones extrajudiciales, para los que las normas diferenciadas evolucionaron;ciertamente,

"la historia de los dos principios es muy separadas, que difieren en cien años en origen, y deriva a través de líneas separadas de los precedentes...." 8 Wigmore, evidencia § 2266, en 401 (McNaughton rev.1961). Práctica en virtud de las dos doctrinas también ha diferido en varios aspectos importantes. [Nota 6] Incluso aquellos que ampliar fácilmente el privilegio debe reconocer algunas dificultades lingüísticas, desde la Quinta Enmienda, en términos, proscribe única que obliga a cualquier persona "en ningún juicio criminal a ser testigo contra sí mismo." Cfr Kamisar, Igualdad de Justicia en el Casetas y Mansiones de Procedimiento Penal de América, en la Justicia Penal en Nuestro Tiempo 1, 25-26 (1965). Aunque de peso, yo no digo estos puntos y otros similares son concluyentes, ya que, como reitera la Corte, el privilegio encarna principios básicos siempre capaz de expansión. [Nota 7] Ciertamente el privilegio Qué representa una preocupación de protección para los acusados y un énfasis en los valores acusatorios, en lugar de inquisitoriales, en aplicación de la ley, aunque esto es igualmente cierto de otras limitaciones como la exigencia del gran jurado y el estándar de la duda razonable. Valores acusatorios, sin embargo, han sido abiertamente absorbido en el estándar de debido proceso que rige las confesiones; esto, de hecho, es la razón, en la actualidad, "el parentesco de las dos normas [que rigen las confesiones y la autoincriminación] es demasiado evidente para la negación." McCormick, Evidencia 155 (1954). Desde ya se ha producido la extensión del principio general, para insistir en que el privilegio se aplica como tal sólo sirve para llevar a más de detalles históricos fuera de lugar y la retórica atractiva y para ocultar las opciones políticas que se hagan en la regulación de las confesiones. Después de haber decidido que el privilegio de la Quinta Enmienda se aplica en la estación de policía, el Tribunal pone de manifiesto que el privilegio impone restricciones más exigentes que hace prueba de la voluntariedad de la Decimocuarta Enmienda. [Nota 8] A continuación, se desprende de un análisis de Escobedo que la Quinta Enmienda requiere, para una confesión admisible, que se le dé a uno claramente consciente de su derecho a no hablar y protegido de "la atmósfera convincente" de interrogatorio. Consulte antepp. 465 a 466. A partir de estas premisas fundamentales, la Corte finalmente desarrolla las garantías de advertencia, consejo, y así

sucesivamente. No creo que estas premisas son sostenidos por los precedentes bajo la Quinta Enmienda. [Nota 9] La premisa más importante es que la presión sobre el sospechoso debe ser eliminado, aunque sea sólo el sutil influencia de la atmósfera y sus alrededores. La Quinta Enmienda, sin embargo, nunca se ha pensado para prohibir toda la presión para incriminar a uno mismo en las situaciones cubiertas por el mismo. Por el contrario, se ha sostenido que el no declarar contra uno mismo puede resultar en la negación de la remoción del caso de uno de estado a un tribunal federal, Maryland v Soper., 270 de Estados Unidos 9;en el rechazo de una comisión militar, Orloff v Willoughby., 345 US 83; en la negación de una descarga de bancarrota, Kaufman v.Hurwitz, 176 F. 2d 210, y en muchas otras consecuencias adversas. Ver 8 Wigmore, evidencia § 2272, en cuatrocientos cuarenta y uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro, n. 18 (McNaughton rev.1961); Maguire, prueba de culpabilidad § 2.062 (1959). Esto no quiere decir que, a falta de la cárcel o la tortura, la sanción es admisible en ningún caso; la política y la historia por igual pueden imponer límites afilados. Véase, por ejemplo, Griffin v. California, 380 EE.UU. 609. Sin embargo, la asunción tácita del Tribunal de que cualquier presión viola el privilegio no es apoyada por los precedentes, y que no ha demostrado por qué la Quinta Enmienda prohíbe que la presión relativamente leve la debida permisos Cláusula Proceso. El Tribunal parece igualmente equivocado al pensar que el conocimiento preciso de los propios derechos es una condición previa establecida bajo la Quinta Enmienda de la pérdida de sus protecciones. Una serie de casos judiciales federales inferiores han sostenido que los grandes testigos del jurado no necesitan siempre ser advertidos de su privilegio, por ejemplo, Estados Unidos v.Scully, 225 F. 2d 113, 116, y los estados Wigmore que este es el mejor regla para testigos del juicio . Ver 8 Wigmore, evidencia § 2269 (McNaughton rev.1961). Cf. Enrique v. Mississippi, 379 EE.UU. 443, cuatrocientos cincuenta y un hasta cuatrocientos cincuenta y dos(renuncia a los derechos constitucionales de los abogados a pesar de la ignorancia del demandado sostuvo permisible). No Quinta Enmienda precedente se cita para opinión contraria de la Corte. Puede, por supuesto, haber razones aparte de la Quinta Enmienda precedente para exigir advertencia o cualquier otra salvaguardia en cuestionamiento, pero eso es un asunto completamente diferente.Véase infra pp. 516 a 517.

Palabras de cierre hay que decir acerca de la asistencia de un abogado Cláusula de la Sexta Enmienda, que nunca se basó expresamente por el Tribunal, pero cuyos antecedentes judiciales resultan ser ejes de las normas confesión anunciados hoy. Para apoyar su exigencia de una renuncia de complicidad e inteligente, la Corte cita Johnson v. Zerbst, 304 EE.UU. 458, ante p. 475;nombramiento de abogado del sospechoso indigentes está ligada a Gedeón v. Wainwright, 372 EE.UU. 335, y Douglas v. California,372 EE.UU. 353, ante p. 473; la doctrina silent-registro se tomó prestado de Carnley v. Cochran, 369 EE.UU. 506, ante p. 475, como es el derecho a una oferta expresa del consejo, ante p. 471. Todos estos casos imparten glosas a la Sexta Enmienda abogado interesado en el juicio o en la apelación. Si bien la Corte no encuentra ninguna diferencia relevante entre los procedimientos judiciales y el interrogatorio policial, creo las diferencias son tan grandes como para descalificar Exclusivamente precedentes Sexta Enmienda como analogías adecuadas en los presentes asuntos. [Nota 10] El único intento en este Tribunal a llevar el derecho a la asistencia a la comisaría ocurrió en Escobedo, el Tribunal de repetir varias veces que esa etapa no fue menos "crítico" que el juicio en sí. Ver 378 de Estados Unidos 485-488. Esto no es convincente si tenemos en cuenta que una investigación del gran jurado, la presentación de una petición de certiorari, y sin duda la compra de narcóticos por un agente encubierto de un acusado prospectivo todos sean igual de "crítica", sin embargo, el suministro de consejo y asesoramiento sobre que puntuación nunca han sido considerados obligado por la Constitución en estos casos. La razón de sonido por qué este derecho se extiende con tanta libertad para un juicio penal es la injusticia severa arriesgado confrontando un acusado sin entrenar con una serie de puntos técnicos de la ley, pruebas, y las tácticas conocidas por el fiscal, pero no a sí mismo. Este peligro se reduce notablemente en la estación de policía, donde, de hecho, el abogado, en el cumplimiento de sus responsabilidades profesionales, por necesidad puede convertirse en un obstáculo para truthfinding. Ver infra, n. Resumen de la citación de los casos la Sexta Enmienda 12. La Corte aquí me parece mejor descrita como "el método de dominó de la jurisdicción constitucional..., en el que cada exposición de motivos en un dictamen anterior se hizo la base para la extensión a una situación totalmente diferente." Friendly, supra, n. 10, en 950.

III . CONSIDERACIONES DE POLÍTICA Examinado como una expresión de la política pública, el nuevo régimen de la Corte demuestra de manera dudosa de que no puede haber debido compensación por su debilidad en el derecho constitucional. La discusión anterior ha demostrado, creo, lo equivocado es la Corte en lo que implica que la Constitución ha golpeado la balanza a favor del enfoque de la Corte toma. Ante, p. 479. Por el contrario, el precedente revela que la Decimocuarta Enmienda, en la práctica, se ha interpretado a un equilibrio diferente, que la Quinta Enmienda da poco apoyo sólido Corte en este contexto, ya que la Sexta Enmienda debería tener ninguna influencia en absoluto. La historia legal se ha estirado antes de satisfacer las necesidades profundas de la sociedad. En este caso, sin embargo, la Corte no tiene y no puede hacer que la poderosa demostración de que sus nuevas reglas son claramente deseable en el contexto de nuestra sociedad, algo que seguramente exigió antes de que esas reglas son injertados en la Constitución y las impuestas en cada estado y del condado en la tierra. Sin nada suscribirse a la imagen general negro de la conducta de la policía pintado por el Tribunal, creo que debe ser francamente reconocido desde el principio que permisible interrogatorio policial en virtud de los precedentes debido proceso puede implicar inherentemente poco de presión sobre el sospechoso, y puede buscar la ventaja en su ignorancia o debilidades. El ambiente y el interrogatorio, técnicas adecuadas y justas que sean, pueden, por sí mismos, ejerciendo un tirón en el sospechoso a confesar, y, en este sentido, "[p] ara hablar de cualquier confesiones de delitos realizados después de la detención como ser" voluntaria "o" sin coacción "es un tanto imprecisa, aunque tradicional. Una confesión entero e incontestablemente voluntario sólo si una persona culpable se entrega a la ley y se convierte en su acusador ". Ashcraft v. Tennessee, 322 EE.UU. 143, 161 (Jackson, J., disintiendo). Hasta hoy, el papel de la Constitución ha sido sólo para tamizar a cabo una presión indebida, no para asegurar confesiones espontáneas. [Nota 11] Nuevas reglas de la Corte tienen como objetivo compensar estas presiones menores y desventajas intrínsecas a cualquier tipo de interrogatorio policial. Las reglas no sirven a los intereses del debido proceso en la prevención de la coacción flagrante, ya que,

como he señalado anteriormente, no hacen nada para contener el policía que está dispuesto a mentir desde el principio. Las reglas de trabajo para la fiabilidad en confesiones casi sólo en el sentido de Pickwick que pueden prevenir algunos de ser dado en absoluto.[Nota 12] En resumen, la ventaja de este nuevo régimen es simplemente para disminuir o eliminar la compulsión inherente y las desigualdades a las que el Tribunal dedica unas nueve páginas de descripción. Ante, pp. 448-456. Lo que la Corte ignora en gran medida es que sus reglas perjudican, si no van a servir en su totalidad al final de frustrar, un instrumento de aplicación de la ley que de largo y bastante razonable se ha pensado vale la pena el precio que se paga por ello. [Nota13] No puede haber duda de que el nuevo código de la Corte sería notablemente disminuir el número de confesiones. Para advertir al sospechoso que él puede permanecer en silencio y recordarle que su confesión puede ser empleado en el tribunal son obstrucciones menores. Para requerir también una renuncia expresa por el sospechoso y el fin de cuestionamiento cada vez que pone reparos debe cuestionar fuertemente handicap. Y sugerir o proporcionar el abogado del sospechoso, simplemente invita al final del interrogatorio. Ver supra, n. 12. ¿Cuánto daño esta decisión infligir a las fuerzas del orden no se puede predecir con bastante exactitud ser. La evidencia sobre el papel de las confesiones es notoriamente incompleta, ver Developments, supra, n. 2, a novecientos cuarenta y una hasta novecientos cuarenta y cuatro, y poco se añadieron por referencia de la Corte a la experiencia del FBI y de los recursos que se cree perdido en los interrogatorios. Véase infra, n.19 y texto. Sabemos que algunos crímenes no pueden ser resueltos sin confesiones, que un amplio testimonio experto da fe de su importancia en el control del delito, [Nota 14] y que la Corte está tomando un riesgo real con el bienestar de la sociedad en la imposición de su nuevo régimen en el país. Los costos sociales de la delincuencia son demasiado grandes como para llamar a la nueva normativa nada sino una experimentación peligrosos. Al pasar sobre los costos y los riesgos de su experimento, el Tribunal retrata los males de los interrogatorios policiales normales en términos que me parecen exageradas. Aunque estrictamente confinado por las normas del debido proceso, el interrogatorio es, sin duda, a menudo incómodo y desagradable para el sospechoso. Sin embargo, no lo es menos que un hombre sea arrestado y encarcelado, tener su casa buscó, o para ser juzgado en el tribunal, sin embargo, todo esto puede ocurrir correctamente a la más inocente, dado causa probable, una orden judicial o

una acusación . La sociedad siempre ha pagado un alto precio por la ley y el orden, y el interrogatorio pacífica no es uno de los momentos más oscuros de la ley. Esta breve exposición de las consideraciones de la competencia me parece prueba suficiente de que la preferencia de la Corte es muy discutible, en el mejor, y por lo tanto no se puede leer en la Constitución. Sin embargo, puede hacer que el análisis más gráfico para considerar los hechos reales de uno de los cuatro casos invertidos por el Tribunal. Miranda v. Arizona sirve mejor, no ser ni el más difícil ni más fácil de los cuatro bajo las normas de la Corte.[Nota 15] El 3 de marzo de 1963, una joven de 18 años de edad, fue secuestrada y violada por la fuerza cerca de Phoenix, Arizona. Diez días más tarde, en la mañana del 13 de marzo de peticionario Miranda fue arrestado y llevado a la comisaría de policía. En este momento, Miranda tenía 23 años de edad, indigentes, y educado en la medida de completar la mitad del noveno grado. Tenía "una enfermedad emocional" del tipo esquizofrénico, de acuerdo con el médico que lo examinó con el tiempo; el informe del médico también dijo que Miranda estaba "alerta y orientado en cuanto a tiempo, lugar y persona" inteligente dentro de los límites normales, apto para ser juzgado, y sano dentro de la definición legal. En la estación de policía, la víctima tomó Miranda fuera de una alineación, y dos oficiales luego lo llevó a una habitación separada para interrogarlo, a partir de las 11:30 am Aunque al principio puede negar su culpabilidad, en poco tiempo, Miranda dio una detallada confesión oral, y luego escribió en su propia mano y firmó una breve declaración admitiendo y describir el crimen. Todo esto se llevó a cabo en dos horas o menos, sin ningún tipo de violencia, amenazas o promesas, y - voy a asumir esto, aunque el registro es incierto, ante 491-492 y nn 6667 - sin ningún tipo de advertencias eficaces en absoluto Confesiones orales y escritas de Miranda ahora se llevan a cabo inadmisible de conformidad con las nuevas reglas de la Corte. Uno tiene derecho a sentirse sorprendido de que la Constitución se puede leer para producir este resultado. Se obtuvieron Estas confesiones durante el breve interrogatorio diurna llevada a cabo por dos oficiales y no marcada por cualquiera de las marcas tradicionales de coerción. Aseguraron una condena por un crimen brutal e inquietante, para los que la policía tenía y muy posiblemente podría obtener poco más pruebas que las identificaciones de la víctima, la evidencia que es con frecuencia poco fiable. Había, en suma, un propósito legítimo, ninguna injusticia perceptible, y, ciertamente, poco riesgo de injusticia en el interrogatorio. Sin embargo, las confesiones resultantes, y el

supuesto responsable de la práctica policial que representan, deben ser sacrificados a la propia concepción finespun del Tribunal de justicia, que tengo serias dudas es compartida por muchos ciudadanos que piensan en este país. [Nota 16] El tenor de la opinión judicial también está muy por debajo de apoyar el nuevo enfoque de la Corte. Aunque Escobedo ampliamente se ha interpretado como una invitación abierta a los tribunales inferiores para reescribir la ley de confesiones, la mayoría pesados significativa de las decisiones estatales y federales en punto de haber buscado interpretaciones bastante estrechos. [Nota 17] De los tribunales que han aceptado la invitación, es difícil saber cuántos han sentido obligados por su mejor conjetura en cuanto a probabilidades construcción de este Tribunal; pero ninguna de las decisiones del Estado tuvo a bien confiar en el privilegio estatal contra la autoincriminación, y ninguna decisión en absoluto ha ido tan lejos como esta Corte pasa hoy. [Nota 18] También es instructivo comparar la actitud en este caso de los responsables de hacer cumplir la ley con las opiniones oficiales que existían cuando el Tribunal realizó tres revisiones importantes de la práctica de la fiscalía antes de este caso, Johnson v. Zerbst, 304 EE.UU. 458, Mapp v. Ohio, 367 EE.UU. 643, y Gedeón v. Wainwright, 372 EE.UU. 335. En Johnson, que estableció que el abogado designado debe ofrecer a los indigentes en juicios penales federales, el Gobierno Federal pero admitió la cuestión básica, que tenía, de hecho, ha fijado recientemente como Departamento de Justicia de la política. Ver Beaney, derecho a los Abogados de 29-30, 342 (1955). En Mapp, que impuso la regla de exclusión a los Estados para violaciónes de la Cuarta Enmienda, más de la mitad de los Estados tenía a sí mismos ya adoptaron algunos tal regla. Ver 367 de Estados Unidos en 651. En Gedeón, que se extendió Johnson v. Zerbst a Estados Unidos, un curiae escrito fue presentado por 22 Estados y mancomunidades instando a ese curso; sólo dos Estados, además de la del demandado se adelantó a protestar. Ver 372 de Estados Unidos en 345. Por el contrario, en este caso, las nuevas restricciones a la policía cuestionamiento han sido la oposición de los Estados Unidos y en un amicus breve firmado por 27 Estados y mancomunidades, sin incluir los otros tres Estados que son partes. Ningún Estado en el país ha instado a este Tribunal la imposición de las normas recientemente anunciados, ni ningún Estado ha optado por ir casi hasta el momento por su cuenta. La Corte, en el cierre de su debate general, invoca la práctica en las jurisdicciones federales y extranjeras como préstamos peso a sus nuevos bordillos en las

confesiones para todos los Estados. Un breve resumen será suficiente para demostrar que ninguna de estas jurisdicciones ha golpeado de manera unilateral un equilibrio que el Tribunal hace hoy. La dependencia más pesada se coloca en la práctica del FBI. Diferentes circunstancias puede hacer esta comparación muy poco fiable, [Nota 19], pero, en cualquier caso, el FBI cae sensiblemente por debajo de las reglas formales de la Corte. Por ejemplo, no hay ninguna indicación de que los agentes del FBI deben obtener una "renuncia" afirmativa antes de proseguir su interrogatorio. Tampoco está claro que uno invocando su derecho a guardar silencio no puede ser convencido a cambiar de opinión. Y la advertencia de que el abogado designado al parecer sólo indica que se le asignará por el juez cuando el sospechoso aparece delante de él; el empuje de las reglas de la Corte es inducir al sospechoso para obtener abogado designado para continuar la entrevista. Consulte ante pp. Desde 484 hasta 486. Al parecer, la práctica militar de Estados Unidos, que se menciona brevemente por el Tribunal, tiene estos mismos límites, y es mucho menos favorable para el sospechoso que la advertencia del FBI, sin hacer mención de un abogado designado. Desarrollos, supra, n. 2, en 1084-89. La ley de los países extranjeros descritos por el Tribunal también refleja una concepción más moderado de los derechos de los acusados frente a los de la sociedad cuando se consideran otros datos. Concededly, la experiencia Inglés es más relevante. En ese país, la precaución, ya que al silencio, pero no un abogado, durante mucho tiempo ha sido ordenada por las "Reglas de los jueces", que también ponen otros límites un tanto imprecisas sobre la policía el interrogatorio de sospechosos. Sin embargo, en la discreción del tribunal, confesiones pueden ser, y al parecer con bastante frecuencia son, admitidos en evidencia a pesar de la indiferencia del Reglamento Judicial, siempre y cuando se encuentran voluntaria bajo la prueba de derecho común. Por otra parte, la comprobación de que existe en el uso de las declaraciones previas al juicio se equilibra con la admisibilidad evidente de frutos de una confesión ilegal y por la autoridad de uso frecuente del juez para comentar negativamente en caso de fallo del acusado a declarar.[Nota 20] La India, Ceilán y Escocia son los otros ejemplos elegidos por la Corte. En la India y Ceilán, la prohibición general de las confesiones presentadas por la policía citada por el Tribunal está sujeta a una excepción importante: si la evidencia es descubierto por el interrogatorio policial, es totalmente admisible en el juicio, junto con la propia confesión, en lo que se refiere a las pruebas y no está descaradamente coaccionado. Ver Developments, supra, n. 2, a 1.106 hasta 1110; Reg. v.

Ramasamy [1965] AC 1 (PC). Límites de Escocia en el interrogatorio no a la altura de la Corte de; Sin embargo, sobrio comentario en el juicio en caso de fallo del acusado a subir al estrado se permite al juez, y, en muchos otros aspectos, la ley escocesa repara desventaja del fiscal en formas no permitidas en este país. [Nota 21] La Corte concluye su estudio mediante la imputación añadido fuerza para nuestro privilegio contra la autoincriminación, ya que, a diferencia de otros países, que se materializa en una Constitución escrita. Teniendo en cuenta las libertades la Corte ha tomado hoy con la historia constitucional y los precedentes, pocos encontrará este énfasis persuasivo. En el cierre de esta discusión necesariamente truncada de consideraciones de política que asisten a las nuevas reglas de la confesión, debe hacerse alguna referencia a su extemporaneidad irónico. Hay actualmente en curso en este país un nuevo examen masivo de los procedimientos de aplicación de la ley penal en una escala nunca antes vista. Los participantes en esta iniciativa incluyen un Comité Especial de la Asociación de Abogados de Estados Unidos, bajo la presidencia del Jefe Juez Lumbard de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito; un grupo de estudio distinguido del Instituto Americano de Derecho, dirigido por los profesores Vorenberg y Bator de la Escuela de Derecho de Harvard, y la Comisión Presidencial de Aplicación de la Ley y de la Administración de Justicia, bajo la dirección del Fiscal General de los Estados Unidos. [Nota 22] Los estudios también están llevando a cabo por el Distrito de Columbia Comisión del Delito, el Centro de Derecho de Georgetown, y por otros equipados para hacer la investigación práctica. [Nota 23] Hay también indicios de que las legislaturas de algunos de los Estados pueden estar preparándose para reexaminar el problema que nos ocupa. [Nota 24] No es ningún secreto que la preocupación ha sido expresada no sea a largo plazo y reformas duraderas serán frustrados por demasiado rápida salida de este Tribunal de las normas constitucionales vigentes. A pesar de exención de responsabilidad de la Corte, el efecto práctico de la decisión tomada hoy debe ser inevitablemente a perjudicar seriamente los esfuerzos de sonido en la reforma, sobre todo por la eliminación de las opciones necesarias para un compromiso justo de intereses en conflicto. Por supuesto, la reforma legislativa no suele ser rápida o unánime, aunque esta Corte ha sido más paciente en el pasado. [Nota 25] Sin embargo, las reformas legislativas, cuando vienen, tendría la gran ventaja de los datos empíricos y amplio estudio, que permitirían la experimentación y el uso de soluciones no abiertas a los

tribunales, y se restablecerían la iniciativa de reforma de la legislación penal a esos foros donde pertenece realmente. IV . CONCLUSIONES Los cuatro de los casos se trataba aquí presentes reivindicaciones expresas que las confesiones eran inadmisibles no por la coerción en el sentido tradicional del debido proceso, sino únicamente a causa de la falta de un abogado o la falta de advertencias sobre el abogado y el silencio. Por las razones expuestas en el presente dictamen, quiero adherir a la prueba debido proceso y rechazar los nuevos requisitos inauguradas por el Tribunal. Partiendo de esta premisa, mi disposición de cada uno de estos casos se puede afirmar brevemente. En dos de los tres casos que vienen de los tribunales estatales, Miranda v. Arizona (Nº 759) y Vignera v. Nueva York (Nº 760), las confesiones se celebraron admisible, y no hay otros errores pena comentario se alega por los peticionarios. Me gustaría afirmar en estos dos casos. El otro caso es el estado de California v. Stewart (No. 584), en el que el Tribunal Supremo del estado sostuvo la inadmisibilidad de la confesión, y revocó la condena. En ese caso, yo descarto el auto de avocación en razón de que no hay sentencia definitiva está delante de nosotros, 28 USC 1257 (1964 ed.); dejando a un lado el nuevo ensayo abierto al Estado en cualquier caso, la propia confesión ni siquiera ha quedado definitivamente excluidos, ya que la Corte Suprema de California dejó el Estado libre de mostrar prueba de una renuncia. Si los méritos de la decisión en Stewart llegar, entonces yo creo que debe ser revertida, y el caso remitido por lo que la Corte Suprema del Estado puede pasar en las otras reclamaciones a disposición de los encuestado. En el caso federal, Westover v. Estados Unidos (Nº 761), una serie de cuestiones se plantean por el solicitante, aparte de la que ya se tratan en este disenso. Ninguna de estas otras reclamaciones me parece defendible, ni en este contexto para justificar extensa discusión. Se insta a que la confesión era también inadmisible por no voluntaria, incluso medido por las normas del debido proceso, y debido a la cooperación federal-estatal trajo el McNabb-Mallory regla en juego bajo Anderson v. Estados Unidos, 318 EE.UU. 350. Sin embargo, los hechos alegados están muy por debajo de la coerción, en mi opinión, y creo que la participación de los agentes

federales en la detención del peticionario y la detención por el Estado demasiado ligero para invocar Anderson. Estoy de acuerdo con el Gobierno que la admisión de las pruebas ya protestó por peticionario fue, en la mayoría, error inocuo, y dos argumentos finales - uno que involucra el peso de la evidencia y otro comentario fiscal inadecuada - me parece infundada. Por tanto, quiero afirmar la convicción de Westover. En conclusión: no hay nada en la letra o el espíritu de la Constitución o en las precedentes plazas con la acción de mano dura y unilateral que es tan precipitadamente adoptada por el Tribunal en el nombre del cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales. La incursión que el Tribunal hace hoy trae a la mente las palabras sabias y previsoras de Sr. Juez Jackson en Douglas v Jeannette., 319 EE.UU. 157, 181 (opinión separada): "Esta Corte está agregando siempre nuevas historias a los templos de derecho constitucional, y los templos tienen una forma de colapso cuando una historia de muchos se añade." SR. JUSTICIA BLANCO, con quien MR. Juez Harlan y MR. JUSTICIA STEWART unirse, disidente. yo La proposición de que el privilegio contra la autoincriminación prohíbe el interrogatorio en custodia sin las advertencias especificadas en la opinión de la mayoría y sin una renuncia clara de un abogado no tiene apoyo significativo en la historia del privilegio o en el idioma de la Quinta Enmienda. En cuanto a las autoridades inglesas y la historia del common law, el privilegio, firmemente establecido en la segunda mitad del siglo XVII, nunca fue aplicada, excepto para prohibir los interrogatorios judiciales obligó. El principio de exclusión de confesiones forzadas madurado unos 100 años más tarde, "[b] ut no hay nada en los informes que sugieren que la teoría tiene sus raíces en el privilegio contra la autoincriminación. Y, por lo que respecta a los casos revelan, el privilegio, como tal, parece que se ha puesto en práctica sólo en procedimientos judiciales, incluyendo los exámenes preliminares de magistrados autorizados ". Morgan, El privilegio contra la autoincriminación, 34 Minn.L.Rev. 1, 18 (1949).

Nuestra propia disposición constitucional establece que ninguna persona "se ve obligado en cualquier caso penal a ser testigo contra sí mismo." Estas palabras, cuando "[c] onsidered a la luz para ser derramada por la gramática y el diccionario..., parecen significar simplemente que nadie será obligado a prestar testimonio oral contra sí mismo en un proceso penal en curso en el que está acusado ". Corwin, Construcción de la Cláusula de autoincriminación, 29 Mich.L.Rev de la Corte Suprema. 1, 2. Y hay muy poco en las circunstancias de la adopción de la Quinta Enmienda, o en las disposiciones de las constituciones de los estados entonces existentes o en la práctica estatal que daría a la disposición constitucional de cualquier significado más amplio. Mayers, Privilege El Testigo Federal contra la autoincriminación: Constitucional o Derecho común? 4 Revista Americana de Historia Legal 107 (1960). Dicha construcción, sin embargo, era mucho más estrecho que el privilegio en el derecho común, y, cuando finalmente se enfrentan con los problemas, la Corte amplió el privilegio constitucional a la producción obligatoria de libros y papeles, al testimonio común ante el gran jurado, y a los testigos en general. Boyd v. Estados Unidos, 116 US 616, y Counselman v. Hitchcock, 142 US 547. Ambas normas tienen soporte sólido en la historia de la ley común, si no en la historia de nuestra propia disposición constitucional. Unos años más tarde, el privilegio de la Quinta Enmienda se amplió de manera similar para abarcar la regla entonces bien establecida contra confesiones forzadas: "En los juicios penales, en los tribunales de los Estados Unidos, donde se plantea la cuestión de si una confesión es incompetente porque no voluntaria, la cuestión es controlado por la parte de la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, al mando de que ninguna persona ' será obligada en ninguna causa criminal a ser testigo contra sí mismo. '" . Bram v Estados Unidos, 168 EE.UU. 532, 542. Aunque este punto de vista ha encontrado aprobación en otros casos, Burdeau vMcDowell., 256 Estados Unidos 465, 475;. Powers v Estados Unidos, 223 EE.UU. 303, 313;. Shotwell v Estados Unidos , 371 EE.UU.341, 347, también ha sido cuestionada, véase Brown v Mississippi., 297 US 278, 285;. Estados Unidos v Carignan, 342 US 36, 41;. Stein v Nueva York, 346 EE.UU. 156, 191, n. 35, y se encuentra poco apoyo en cualquiera de

las autoridades estadounidenses Inglés o, véase en general Regina v. De Scott, Dears. & Bell 47; 3 Wigmore, evidencia § 823 (3d ed.1940), en 249 ("una confesión no es rechazada por cualquier conexión con el privilegio contra la auto-criminación"), y 250, n. 5 (sobre todo criticandoBram); 8 Wigmore, evidencia § 2266, en 400-401 (McNaughton rev.1961). Cualquiera que sea la fuente de la regla de exclusión de confesiones forzadas, está claro que, antes de la aplicación de la propia privilegio de los tribunales estatales, Malloy v. Hogan, 378 US1, la admisibilidad de una confesión en un proceso penal estatal se puso a prueba por el mismas normas que se aplicaron en los procesos federales. Id. en 6-7, 10. Bram, sin embargo, sí rechazó la proposición de que el Tribunal ahora defiende. La pregunta en Bram era si una confesión, obtenida durante el interrogatorio de custodia, se había visto obligado, y, si tal interrogatorio debía ser considerado inherentemente vulnerables, la investigación de la Corte podría haber terminado ahí. Después de examinar las autoridades inglesas y estadounidenses, sin embargo, la Corte declaró que: "En este corte también, se ha establecido que el mero hecho de que la confesión se hizo a un oficial de policía, mientras que el acusado estaba bajo arresto en o fuera de la cárcel, o fue sacado por sus preguntas, no hace que necesariamente la confesión involuntaria, pero, como una de las circunstancias, como el encarcelamiento o la interrogación pueden ser tomados en cuenta para determinar si las declaraciones del prisionero eran voluntarias. " 168 de Estados Unidos en 558. En este sentido, la Corte fue totalmente coherente con pronunciamientos anteriores y posteriores de este Tribunal. Por lo tanto, antes de Bram, la Corte, en Hopt v. Utah, 110 US 574, 583 a 587, se había confirmado la admisibilidad de una la confesión hecha a los oficiales de policía después de su detención, el registro estar en silencio respecto a lo que la conversación se había producido entre los oficiales y el acusado en el corto período que precede a la confesión. Basándose en Hopt, la Corte dictaminó de lleno en el tema en Sparf y Hansen v Estados Unidos., 156 de Estados Unidos 51, 55: "El abogado del acusado insiste en que no puede haber una declaración voluntaria, una confesión abierta gratuita, mientras que el demandado se limita y en plancha bajo la acusación de haber cometido un delito capital. No se nos ha referido a ninguna

autoridad en apoyo de esa posición . Es cierto que el hecho de ser de un prisionero en custodia en el momento en que hace una confesión es una circunstancia que no debe pasarse por alto, porque lleva a la investigación si la confesión se hizo voluntariamente o fue extorsionado por amenazas o violencia o realiza bajo la influencia del miedo. Pero reclusión o prisión no es, en sí mismo, suficiente para justificar la exclusión de una confesión si parece haber sido voluntaria, y no se obtuvo al poner al prisionero en el miedo o por las promesas. Cr.Ev. de Wharton 9ª ed. §§ 661, 663, y las autoridades citaron ". Accord, Pierce v. Estados Unidos, 160 US 355, 357. Y en Wilson v. Estados Unidos, 162 EE.UU. 613, 623, la Corte había considerado la importancia de interrogatorio bajo custodia sin ninguna advertencia antecedentes sobre el derecho a permanecer en silencio o el derecho a un abogado. Allí, el demandado había respondido a las preguntas formuladas por un comisario, que había fallado para que le asesore en sus derechos, y sus respuestas fueron celebrada admisible sobre su pretensión de involuntariedad. "El hecho de que [el acusado] está detenido y esposado no hace que necesariamente su involuntaria declaración, ni que necesariamente el efecto de la excitación popular poco anterior.... Y se establece que no es esencial para la admisibilidad de una confesión que debe parecer que la persona se le advirtió que lo que dijo sería usado en su contra, sino que, por el contrario, si la confesión fue voluntaria, es suficiente a pesar de que parezca que él No era tan advertido ". Desde Bram, la admisibilidad de las declaraciones hechas durante el interrogatorio bajo custodia ha sido frecuentemente reiterado.Poderes v. Estados Unidos, 223 EE.UU. 303, citado Wilson aprobación y celebramos admisible como versiones libres del testimonio del acusado en una audiencia preliminar a pesar de que no se le advirtió que lo que dijo que podría ser utilizado en su contra. Sin ningún tipo de discusión sobre la presencia o ausencia de advertencias, presumiblemente porque tal discusión se consideró innecesaria, muchos otros casos han declarado que "[e] l mero hecho de que se hizo una confesión mientras que en la custodia de la policía no hace inadmisible, "McNabb v Estados Unidos., 318 EE.UU. 332, 346; acuerdo, Estados Unidos v Mitchell., 322 de Estados Unidos 65, a pesar de haber sido provocada por el examen de la policía, Wan v Estados Unidos., 266 US 1, 14; Estados Unidos v.Carignan, 342 US 36, 39. Asimismo, en Crooker v. California, 357 EE.UU. 433, 437, la Corte dijo que

"el mero hecho de" detención y la policía examen en privado de una en la custodia oficial del estado 'de la policía no hace una confesión involuntaria por el que lo detuvieron. " Y, por último, en Cicenia v. Lagay, 357 EE.UU. 504, una confesión obtenida mediante interrogatorios de la policía después de su detención se llevó a cabo voluntariamente a pesar de que las autoridades se negaron a permitir a la parte demandada a consultar con su abogado. Ver generalmente Culombe v. Connecticut, 367 EE.UU. 568, 587-602 (opinión de Frankfurter, J.); 3 Wigmore, evidencia § 851, al 313 (3d ed.1940); véase también la alegría, la admisibilidad de las confesiones 38, 46 (1842). Sólo una pequeña minoría de los jueces que se han ocupado de la cuestión, incluida la mayoría de hoy, se han considerado los interrogatorios en custodia, sin más, como una violación de la Quinta Enmienda. Y esta Corte, cada miembro sabe, ha dejado de pie, literalmente, miles de condenas penales que descansaban al menos en parte, de las confesiones realizadas en el curso de los interrogatorios por la policía después de su detención. II Que la participación de la Corte hoy no es ni obligado ni siquiera sugerido fuertemente por el lenguaje de la Quinta Enmienda, está en contradicción con la historia del derecho estadounidense e Inglés, y consiste en una desviación de una larga línea de precedentes no prueba tampoco que la Corte ha superado su poderes o que la Corte es incorrecto o imprudente en su reinterpretación actual de la Quinta Enmienda. Lo hace, sin embargo, subrayar lo obvio - que el Tribunal no ha descubierto o encontrado la ley en la toma de la decisión de hoy, ni ha derivado desde algunas fuentes irrefutables; lo que ha hecho es hacer que la nueva ley y la nueva política pública en la misma forma que lo ha hecho en el curso de la interpretación de otros grandes cláusulas de la Constitución. [Nota 1] Esto es lo que históricamente ha hecho la Corte. De hecho, es lo que debe hacer, y lo seguirá haciendo hasta que, ya menos que haya algún cambio fundamental en la distribución constitucional de poderes gubernamentales. Pero si la Corte está aquí y ahora para anunciar nueva y fundamental de política para regir ciertos aspectos de nuestros asuntos, es totalmente legítimo para examinar el modo de esta o cualquier otra decisión constitucional en esta Corte, y para inquirir en la conveniencia de su extremo producto en términos de los intereses a largo plazo del

país. Por lo menos, el texto y el razonamiento de la Corte deben soportar el análisis, y ser una exposición razonable de la disposición constitucional que interpreta su dictamen. Decisionesm como estos no pueden recaer únicamente en el silogismo, la metafísica o algunas nociones mal definidas de la justicia natural, aunque cada uno de ellos quizá desempeñar su papel. Al proceder a este tipo de construcciones, ya que ahora anuncia, la Corte también debe considerar debidamente todos los factores e intereses que lleva sobre los casos, al menos en la medida en que los materiales relevantes están disponibles, y, si las consideraciones necesarias no son tratados en el registro u obtenible de alguna otra fuente fiable, el Tribunal no debe proceder a formular políticas fundamentales basados en la especulación solo. III En primer lugar, podemos preguntarnos cuáles son las textuales y fundamentos de hecho de esta nueva norma fundamental. Para alcanzar el resultado anunciado en los jardines lo hace, la Corte debe permanecer dentro de los confines de la Quinta Enmienda, que prohíbe únicamente la autoincriminación si obligado. Por lo tanto, el núcleo de la opinión del Tribunal es que, debido a la "compulsión inherente en un entorno de privación de libertad, ninguna declaración obtenida de [una] parte demandada [detenido] realmente puede ser el producto de su libre elección" ante al 458, en ausencia de la utilización de los dispositivos de protección adecuados como se describe por el Tribunal. Sin embargo, la Corte no apunta a ninguna irrupción repentina de nuevos conocimientos que requiere el rechazo de la experiencia de 70 años.Tampoco afirman que su novela conclusión refleja un consenso de cambiar entre los tribunales estatales, ver Mapp v. Ohio, 367 EE.UU. 643, o que una sucesión de casos había erosionado progresivamente la vieja regla y lo demostró inviable, ver Gedeón v.Wainwright, 372 Estados Unidos 335. En lugar de hacer valer nuevos conocimientos, la Corte reconoce que no puede realmente saber lo que ocurre durante el interrogatorio de custodia, debido al secretismo innato de tales procedimientos. Se extrapola una imagen de lo que concibe al ser la norma a partir de policía manuales investigatorial, publicado en 1959 y 1962 o antes, sin ningún intento de permitir ajustes en las prácticas policiales que pueden se han producido a raíz de las decisiones más recientes de los tribunales de apelación del Estado o esta Corte. Pero incluso si la aplicación implacable de los procedimientos descritos podría conducir a confesiones

involuntarias, que con toda seguridad no se sigue que todos y cada caso será divulgar este tipo de interrogatorio o este tipo de consecuencias. [Nota 2] En la medida en desprende de la opinión de la Corte, no ha examinado una única transcripción de cualquier interrogatorio policial, y mucho menos el interrogatorio que tuvo lugar en cualquiera de estos casos que decida hoy. Juzgado por cualquiera de las normas para la investigación empírica utilizada en las ciencias sociales, la base fáctica de la premisa de la Corte es a todas luces insuficiente. Aunque, en opinión de la Corte, en la custodia de interrogación coercitiva es inherentemente, la Corte dice que el producto espontáneo de la coerción de arresto y detención aún no se considerará voluntaria. El acusado, detenido en una causa probable, puede dejar escapar una confesión que será admisible a pesar de que está solo y bajo custodia, sin ninguna muestra de que tenía alguna noción de su derecho a guardar silencio o de las consecuencias de su admisión. Sin embargo, bajo el mandato de la Corte, si la policía pedirle una sola pregunta, como "¿Tiene algo que decir?" o "¿Mataste a tu mujer?", su respuesta, si es que existe, de alguna manera se ha obligado, incluso si tiene el acusado sido claramente advertido de su derecho a guardar silencio. El sentido común nos informa de lo contrario. Si bien se puede decir que la respuesta fue "involuntario" en el sentido de la pregunta provocó o fue la ocasión para la respuesta, y por lo tanto el acusado fue inducido a hablar cuando él podría haber permanecido en silencio si no es detenido y no cuestionado, es patentemente poco sólido para decir la respuesta es obligado. El resultado de hoy no seguiría aunque se acordó que, en cierta medida, interrogatorio bajo custodia es inherentemente coercitiva. Ver Ashcraft v. Tennessee, 322 EE.UU. 143, 161 (Jackson, J., disintiendo). La prueba ha sido si la totalidad de las circunstancias priva al acusado de un "libre elección que admitir, negar, o negarse a responder," Lisenba v. California, 314 EE.UU. 219, 241, y si la coacción física o psicológica fue de tal un título que "la voluntad del acusado fue overborne en el momento, confesó," Haynes v Washington.,373 EE.UU. 503, 513;. Lynumn v Illinois, 372 EE.UU. 528, 534. La duración y la naturaleza del régimen de incomunicación bajo custodia, la presencia o ausencia de asesoramiento en relación con los derechos constitucionales del acusado, y la concesión o denegación de las solicitudes de comunicarse con abogados, familiares o amigos todos se han considerado con razón como datos importantes que influyen en la investigación

básica. Véase, por ejemplo, Ashcraft v.Washington, 373 EE.UU. 503. [nota 3]

v Tennessee., 322

EE.UU. 143; Haynes

Pero nunca se ha sugerido, hasta hoy, que tal cuestionamiento era tan coercitivo y acusó a las personas por lo que carecen de audacia que la primera respuesta a la primera pregunta después del comienzo de la custodia debe presumir de manera concluyente que es el producto de una voluntad overborne . Si la regla anunciada hoy se basa realmente en una conclusión de que todas las confesiones que resultan de interrogatorio bajo custodia son coaccionados, entonces simplemente no tendría ningún fundamento racional. Comparar Estados Unidos., 319 EE.UU. 463, 466; Estados Unidos v Romano., 382

Tot v Estados

Unidos 136. Con mayor razón, que sería el caso de la extensión de la norma a las declaraciones exculpatorias, que los efectos de la Corte después de una breve discusión de por qué, a juicio de la Corte, deben considerarse incriminatoria, pero sin ningún tipo de discusión de por qué se debe Se considerará coaccionado. Ver Wilson v. Estados Unidos, 162 EE.UU. 613, 624. Incluso si uno fuera a postular que la preocupación de la Corte no es que todas las confesiones inducidas por el interrogatorio policial son coaccionados, sino más bien que algunas de estas confesiones se coaccionó y el presente judicial procedimientos se cree que son insuficientes para identificar las confesiones que están obligadas y las que no lo son, no por ello deja no ser esencial para imponer la regla de que la Corte se ha formado. Transcripciones u observadores podrían ser necesarios, plazos específicos, adaptados a la causa, se podrían imponer, o de otros dispositivos se podrían utilizar para reducir las posibilidades de que la coacción de otro modo imperceptible producirá una confesión inadmisible. Por otro lado, aunque se suponía que había una base fáctica suficiente para la conclusión de que todas las confesiones obtenidas durante los interrogatorios en custodia son el producto de la compulsión, la regla propuesta por la Corte seguiría siendo irracional, porque, al parecer, es sólo si también está advertido de su derecho a un abogado del acusado y renuncia tanto que el derecho y el derecho contra la autoincriminación que la compulsividad inherente de interrogación desaparece.Pero si el demandado no puede responder sin una advertencia una pregunta como "¿Dónde estuviste anoche?" sin tener su respuesta sea una obligada, ¿cómo puede la Corte jamás aceptar su respuesta negativa a la pregunta de si quiere consultar a su abogado contratado o su abogado a quien el tribunal designará? ¿Y por qué, si el abogado está

presente y el acusado, sin embargo, confiesa, o su abogado le dice al acusado de decir la verdad y eso es lo que el acusado tiene, es la situación sea menos coercitiva medida en que el acusado se refiere? El Tribunal al parecer se da cuenta de su dilema de excluir cuestionamiento sin las advertencias necesarias, pero, al mismo tiempo, permitir que el acusado, sentado en la misma silla en frente de los mismos policías, de renunciar a su derecho a consultar a un abogado. Se espera, sin embargo, que el acusado no suelen renunciar al derecho, y, cuando se pretendiere que tiene, el Estado enfrenta una severa carga, si no imposible, de la prueba. Todo esto hace muy poco sentido en términos de la compulsión que proscribe la Quinta Enmienda. Esa enmienda trata convincente el propio acusados. Es su voluntad que está implicado. Confesiones y admisiones incriminatorias, como tales, no están prohibidas las pruebas; sólo aquellos que se obligó están prohibidos. Dudo que la Corte observa estas distinciones hoy. Al considerar las respuestas a cualquier interrogatorio ser obligado independientemente del contenido y el curso de examen, y por la escalada de los requisitos para demostrar la renuncia, la Corte no sólo impide el uso de confesiones obligó, pero, a efectos prácticos, prohíbe el interrogatorio, salvo en la presencia de un abogado. Es decir, en lugar de limitarse a la protección del derecho contra el obligado autoincriminación la Corte ha creado una limitada Quinta Enmienda derecho a un abogado - o, como la Corte lo expresa, "necesidad de un abogado para proteger el privilegio de la Quinta Enmienda...." Ante al 470. El objetivo entonces no está en la voluntad de los acusados, sino de la voluntad de un abogado, y el grado de influencia que puede tener en el acusado. Obviamente no hay una orden judicial en la Quinta Enmienda para instalar tanto el abogado como el árbitro del privilegio. En suma, a pesar de exponer de la Corte sobre la atmósfera amenazadora de los procedimientos de interrogatorio de la policía, que ha dejado de suministrar cualquier base para las conclusiones que extrae o las medidas que adopte. IV La crítica de la opinión de la Corte, sin embargo, no puede detener con una demostración de que los fundamentos de hecho y de texto para la regla que propugna son, en el mejor, menos convincente. Igualmente relevante es una evaluación de las consecuencias de la regla medidos contra los valores de la comunidad. El deber del Tribunal para evaluar las consecuencias de su acción no se satisface con la expresión

de la verdad de que un valor de nuestro sistema de justicia penal es "respetar la inviolabilidad de la personalidad humana" y exigir del gobierno para producir las pruebas contra el acusado por sus propios trabajos independientes. Ante a 460. Más de la dignidad humana de los acusados está involucrado; la personalidad humana de los demás en la sociedad también debe ser preservado. Por lo tanto, los valores reflejados por el privilegio no son la única desideratum; El interés de la sociedad en la seguridad general es de igual peso. La base evidente de la decisión de la Corte es una desconfianza profunda de todas las confesiones. Como la Corte declara que el acusado no puede ser interrogado sin abogado presente, en ausencia de una renuncia al derecho a un abogado, y como el Tribunal pero amonesta al abogado asesorar al acusado a guardar silencio, el resultado se suma a una sentencia judicial que la evidencia de que el acusado no debe ser utilizado en su contra en cualquier forma, ya sea obligado o no. Esta es la insinuación no tan sutil de la opinión - que es intrínsecamente malo para la policía para reunir pruebas del propio acusado. Y este es precisamente el meollo de esta disidencia. No veo nada malo o inmoral, y ciertamente nada inconstitucional, en la policía de pedirle a un sospechoso al que tienen motivos razonables para detener o no mató a su esposa, o enfrentarse a él con las pruebas en que se basó la detención, al menos cuando que ha sido advertido claramente que él puede permanecer en completo silencio, ver Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, 499 (opinión disidente). Hasta hoy en día, "las admisiones o confesiones de los prisioneros, cuando se hizo voluntaria y libremente, siempre han clasificado de alta en la escala de pruebas incriminatorias." Marrón v Walker., 161 EE.UU. 591, 596; véase también Hopt v Utah., 110 US 574, 584-585. Particularmente cuando corroborado, como cuando la policía ha confirmado la divulgación del acusado del escondite de los instrumentos o frutos del crimen, tales confesiones tienen la más alta fiabilidad, y contribuyen de manera significativa a la certeza con la que podemos creer que el acusado es culpable. Por otra parte, no es en absoluto cierto que el proceso de confesión es perjudicial para el acusado. Por el contrario, puede proporcionar un alivio psicológico y mejorar las perspectivas de rehabilitación. Esto no quiere decir que el valor del respeto a la inviolabilidad de la personalidad individual del acusado debe conceder ningún peso, o que todas las confesiones debe ser admitido de manera indiscriminada. Esta Corte ha leído mucho la Constitución para prohibir confesiones obligó, una regla saludable de la que no debería haber ninguna retirada. Pero no veo ninguna base sólida, de hecho o de lo contrario, y la Corte da ninguna, para concluir

que la presente regla en contra de la recepción de las confesiones bajo coacción no es adecuada para el tarea de clasificar a cabo pruebas inadmisibles, y debe ser reemplazado por el de por sí norma que ahora se impone. Incluso si el nuevo concepto se puede decir que tiene ventajas de algún tipo sobre la presente ley, son muy inferiores a su probable impacto indeseable sobre otros intereses muy relevantes e importantes. La función más básica de todo gobierno es velar por la seguridad de la persona y de sus bienes. Lanzetta v. New Jersey, 306 EE.UU.451, 455. Estos extremos de la sociedad son atendidos por las leyes penales, que en su mayor parte tienen como objetivo en la prevención de la delincuencia. Sin el rendimiento razonablemente eficaz de la tarea de prevención de la violencia privada y la venganza, es ocioso hablar de la dignidad humana y los valores civilizados. Los modos en que las leyes penales sirven al interés general de seguridad son muchas. En primer lugar, el asesino que ha tomado la vida de otro se retira de las calles, privado de su libertad, y con ello impidió repetir su delito. En vista de las estadísticas sobre la reincidencia en este país, [nota 4] y del número de casos en el que la aprehensión se produce sólo después de reincidencia, nadie puede afirmar razonablemente que este aspecto de la ley penal no impide el crimen o contribuye significativamente a la seguridad personal del ciudadano de a pie. En segundo lugar, la aprehensión rápido y seguro de los que se niegan a respetar la seguridad personal y la dignidad de su vecino tiene, sin duda, su impacto en otras personas que podrían verse tentados de manera similar. Que el derecho penal es total o parcialmente ineficaces con un segmento de la población o con muchos de los que han sido detenidos y condenados es una base muy defectuoso para llegar a la conclusión de que no es eficaz con respecto a la gran mayoría de nuestros ciudadanos, o para pensando que, sin las leyes penales, o en ausencia de su aplicación, no habría aumento de la delincuencia. Los argumentos de esta naturaleza no son confirmadas por ningún tipo de evidencia confiable de que he visto hasta la fecha. En tercer lugar, la ley se ocupa de aquellos a los que se ha limitado. La esperanza y el objetivo de la ciencia penal moderna, por suerte, es lo más pronto posible para volver al penado a la sociedad un hombre mejor y más respetuoso de la ley que cuando se fue.A veces hay éxito, a veces falla. Pero al menos se hace el esfuerzo, y debe hacerse en la medida muy máximo de nuestras capacidades actuales y futuras.

La regla anunciada hoy mensurable debilitar la capacidad de la legislación penal para realizar estas tareas. Es un cálculo deliberado para impedir los interrogatorios, para reducir la incidencia de las confesiones y declaraciones de culpabilidad, y aumentar el número de ensayos. [Nota 5] Los juicios penales, no hay importa cuán eficiente la policía, no son apuestas seguras para el enjuiciamiento, ni deben ser, si la evidencia no es inminente. En virtud de la presente ley, la fiscalía no logra probar su caso en alrededor del 30% de las causas penales en realidad juzgados en los tribunales federales. Ver delincuentes federales: 1964, supra, nota 4, a las 6 (Tabla 4), 59 (Tabla 1) ; Los delincuentes federales: 1963,supra, nota 4, al 5 (Tabla 3); Distrito de Columbia Delincuente: 1963, supra, nota 4, en 2 (Tabla 1). Pero es algo más nuevo para eliminar de la causa penal ordinaria todas aquellas confesiones que hasta ahora se han celebrado como actos libres y voluntarias de los acusados, y establecer así una nueva barrera constitucional a la averiguación de la verdad por el proceso judicial. Hay, en mi opinión, todas las razones para creer que un buen número de los acusados, que de otro modo habrían sido condenados en lo que esta Corte ha pensado previamente para ser el tipo más satisfactorio de las pruebas será ahora, bajo esta nueva versión de la Quinta Enmienda, o bien no se trató en absoluto, o será absuelto si la evidencia del Estado, menos la confesión, es puesta a prueba de los litigios. Tengo ningún deseo de compartir la responsabilidad de cualquier impacto en el proceso penal actual. En algún número indeterminado de casos, la regla de la Corte devolverá un asesino, un violador o de otro tipo penal a las calles y al entorno que le produjo, para repetir su crimen cuando lo que le agrada. Como consecuencia, no habrá una ganancia, sino una pérdida, en la dignidad humana. La verdadera preocupación no son las desafortunadas consecuencias de esta nueva decisión sobre el derecho penal como una serie incorpórea abstracta de proscripciones de autoridad, pero el impacto en aquellos que dependen de la autoridad pública para la protección, y que, sin ella, sólo puede participar en autoayuda violentos con armas de fuego, cuchillos y la ayuda de sus vecinos inclinado de manera similar. Hay, Por supuesto, un factor de ahorro: las próximas víctimas son inciertas, sin nombre y sin representación en este caso. Tampoco puede esta decisión hacer aparte de tener un efecto corrosivo en el derecho penal como un dispositivo eficaz para prevenir la delincuencia. Un componente

importante en su eficacia en este sentido es su rápida y segura ejecución. Cuanto más fácil sea para salirse con la violación y asesinato, menos el efecto disuasivo sobre los que están dispuestos a intentarlo. Esto sigue siendo un buen sentido común. Si no lo fuera, deberíamos a toda prisa liquidar todo el establecimiento cumplimiento de la ley como un esfuerzo inútil, equivocada para controlar la conducta humana. Y qué decir de los acusados que ha confesado o confesaría en respuesta a la simple interrogante, no coercitivo y cuya culpabilidad no podría de otra manera ser probado? ¿Es tan claro que la liberación es lo mejor para él en todos los casos? Ha sido, sin duda, por lo que resolvió que, en cada caso, que sería mejor para él no confiesa, ya regresar a su ambiente sin intento alguno para ayudarlo? Yo creo que no. Es muy posible que, en muchos casos, será nada menos que un cruel desprecio por su propio bienestar, así como por los intereses de su próxima víctima. Hay otro aspecto en el sentido de la regla de la Corte sobre la persona a la que la policía ha detenido en una causa probable. El hecho es que él no puede ser culpable en absoluto, y puede ser capaz de liberarse a sí mismo de forma rápida y sencilla si se les hubiera dado las circunstancias de su detención y se le pidió que explicara. Este esfuerzo, y su puesta en libertad, ahora deben esperar la contratación de un abogado o de su nombramiento por el tribunal, la consulta con un abogado, y luego una sesión con la policía o el fiscal. Asimismo, cuando exista causa probable para arrestar a varios sospechosos, como en el que el cuerpo de la víctima se descubre en una casa con varios residentes, comparar Johnson v. Estado, 238 Md. 140, 207 A.2d 643 (1965), cert. negado, 382 de Estados Unidos 1013, que a menudo lo hará es cierto que un sospechoso puede borrar sólo a través de los resultados de los interrogatorios de los otros sospechosos. Aquí también, la liberación de los inocentes se puede retrasar por la regla de la Corte. Gran parte de los problemas con la nueva regla de la Corte es que va a operar de manera indiscriminada en todos los casos penales, independientemente de la gravedad del delito o de las circunstancias del caso. Se aplica a todos los acusados, si el criminal profesional o uno de cometer un crimen pasional momentánea que no es parte integrante de la delincuencia organizada. Se ralentiza la investigación y la aprehensión de los confederados en aquellos casos en que el tiempo es la esencia, como el secuestro, ver Brinegar v Estados Unidos., 338 EE.UU. 160, 183 (Jackson, J., disintiendo);. La gente v Modesto , 62 Cal.2d 436, 446, 398 P.2d 753, 759 (1965), las destinadas a la seguridad nacional, véase United States v. Drummond, 354 F. 2d 132,

147 (CA2d Cir.1965) (en banc) (caso de espionaje), mascota. para cert. pendientes, N ° 1203, Varios, OT 1965;. cf. Gessner v. Estados Unidos, 354 F. 2d 726, 730, n. 10 (CA décimo Cir.1965) (defensa, en caso de espionaje, sentencia el juicio que el Gobierno no tiene por qué presentar porciones clasificados de transcripción de interrogatorios), y algunos de los relacionados con el crimen organizado. En este último contexto, el abogado que llega también puede ser el abogado de los colegas de la parte demandada, y puede ser invocada para asegurar que no hay violación de la seguridad de la organización lleva a cabo a pesar de que el acusado puede sentir que lo mejor que puede hacer es cooperar. Al mismo tiempo, de la Corte per se enfoque no puede justificarse sobre la base de que proporciona una "línea brillante" que permite a las autoridades a juzgar de antemano si el interrogatorio con seguridad puede llevarse a cabo sin poner en peligro la admisibilidad de cualquier información obtenida como consecuencia. Tampoco puede afirmarse que el tiempo judicial y esfuerzo, asumiendo que es una consideración pertinente, se conserva debido a la facilidad de aplicación de la nueva regla. La decisión de hoy deja este tipo de preguntas abiertas como si el acusado se encontraba en custodia, si sus declaraciones fueron espontáneos o el producto de interrogatorio, si el acusado ha renunciado efectivamente sus derechos, y si la evidencia nontestimonial introducido en el juicio es el fruto de las declaraciones hechas durante una prohibidas interrogatorio, todo lo cual es cierto para demostrar productiva de incertidumbre durante la investigación y el litigio durante el procesamiento. Por todas estas razones, si son deseables nuevas restricciones a interrogatorio policial en este momento, un enfoque más flexible tiene mucho más sentido que la camisa de fuerza constitucional de la Corte, que excluye un tratamiento más exigente por los pronunciamientos legislativos o de reglamentación. La aplicación de las normas tradicionales de los casos ante la Corte, me mantendría estas confesiones voluntarias. Por tanto, quiero afirmar de Nos. 759, 760 y 761, e invertir en el número 584. Notas al pie [Nota 1] Comparar Estados Unidos v. Childress, 347 F. 2d 448 (CA séptimo Cir.1965), con Collins v. Beto, 348 F. 2d 823 (CA quinto Cir.1965).Comparación de People v. Dorado, 62 Cal.2d 338 , 398 P.2d 361, 42 Cal.Rptr. 169 (1964), con People v. Hartgraves, 31 Ill.2d 375, 202 NE2d 33 (1964).

[Nota 2] Véase, por ejemplo, Enker y Elsen, abogado del sospechoso:. Massiah v Estados Unidos y Escobedo v Illinois., 49 Minn.L.Rev. 47 (1964); Herman, el Tribunal Supremo y Restricciones en el interrogatorio policial, 25 Ohio St.LJ 449 (1964); Kamisar, Igualdad de Justicia en las Casetas y Mansiones de Procedimiento Penal de América, en la Justicia Penal en Nuestro Tiempo 1 (1965); Dowling,Escobedo y más allá: La necesidad de una Enmienda Decimocuarta Código de Procedimiento Penal, 56 J.Crim.L., C. & PS 143, 156 (1965). Los problemas complejos también provocaron discusiones por juristas. Comparar Bazelon, Derecho, Moral y Libertades Civiles, 12 UCLALRev. 13 (1964), con Friendly, La Carta de Derechos como un Código de Procedimiento Penal, 53 Calif.L.Rev. 929 (1965). [Nota 3] Por ejemplo, el jefe de la policía de Los Ángeles declaró que, "Si se requieren la policía... A... Establecer que el demandado tuvo conocimiento de sus garantías constitucionales de silencio y un asesor legal antes de la puesta en circulación de cualquier admisión o confesión, y que de forma inteligente renunciar estas garantías... En su conjunto caja de Pandora se abre como a en qué circunstancias... puede un acusado renunciar inteligentemente estos derechos.... Las acusaciones de que la investigación penal moderno puede compensar la falta de una confesión o admisión en cada caso penal es totalmente absurdo! " Parker, de 40 años Labar Bull. 603, 607, 642 (1965). Su homólogo de la fiscalía, el fiscal de distrito más joven, declaró que "[E] s empieza a parecer que muchas de estas decisiones aparentemente restrictivas van a contribuir de manera directa a un nivel más eficaz, eficiente y profesional de aplicación de la ley." LA Times, 02 de octubre 1965, p. 1. El ex comisionado de policía de Nueva York, Michael J. Murphy, declaró de Escobedo: "Lo que la Corte está haciendo es similar a la exigencia de un boxeador para luchar por el marqués de Queensbury reglas permitiendo al mismo tiempo que el otro extremo, gubia y bocado."

NY Times, 14 de mayo 1965, p. 39. El ex fiscal de Estados Unidos para el Distrito de Columbia, David C. Acheson, quien es actualmente Asistente Especial del Secretario de Hacienda (para ejecución), y directamente a cargo del Servicio Secreto y la Oficina de Narcóticos, observó que "Procedimiento de enjuiciamiento tiene, como mucho, sólo la conexión causal remoto más con el crimen. Los cambios en las decisiones de los tribunales y el procedimiento fiscalía tendría el mismo efecto en la tasa de criminalidad como una aspirina tendría en un tumor del cerebro." Citado en Herman, supra, n 2, en 500, n. 270. Otras opiniones sobre el tema, en general, se recogen en Weisberg, el interrogatorio policial de personas detenidas: una visión escéptica, 52 J.Crim.L., C. & PS 21 (1961). [Nota 4] Esto es lo que queríamos decir en Escobedo cuando hablamos de una investigación que se centró en un acusado. [Nota 5] Véase, por ejemplo, la Comisión Nacional para el Derecho IV Observancia y Aplicación, Informe sobre la anarquía en aplicación de la ley (1931) [Informe Wickersham]; Booth, Confesiones y métodos empleados en la adquisición de ellos, 4 So. Calif.L.Rev. 83 (1930);Kauper, Judicial Examen del Acusado - Un Remedio para el Tercer Grado, 30 Mich.L.Rev. 1.224 (1932). Es significativo que los casos de tratamiento de tercer grado de presos tuvieron lugar casi siempre durante el período entre la detención y el examen preliminar.Wickersham Informe, en 169; Hall, La Ley de la detención en relación con Problemas Sociales Contemporáneos, 3 U.Chi.L.Rev. . 345, 357 (1936) Ver también Foote, Derecho y Práctica de Policía: Salvaguardias en la Ley de Detención, 52 Nw.ULRev. 16 (1957). [Nota 6] De Brown v Mississippi, 297 US 278 (1936);. Cámaras v Florida, 309 EE.UU. 227 (1940);. Canty v Alabama, 309 EE.UU. 629 (1940);. Blanca v de Texas, 310 EE.UU. 530 (1940); Vernon v . Alabama, 313 EE.UU. 547 (1941);. Ward, v de Texas, 316 EE.UU. 547 (1942);. Ashcraft v Tennessee, 322 EE.UU. 143 (1944);. Malinski v Nueva York, 324 EE.UU. 401 (1945); Leyra v. Denno, 347 EE.UU. 556(1954). Véase también Williams v. Estados Unidos, 341 EE.UU. 97 (1951). [Nota 7] Además, ver a la gente v Wakat., 415 Ill 610, 114 NE2d 706 (1953);.. Wakat v Harlib, 253 F. 2d 59 (CA séptimo Cir.1958) (acusado sufre de huesos rotos, contusiones múltiples y lesiones suficientemente grave como para requerir

tratamiento médico de ocho meses después de haber sido maltratado por cinco policías);. Kier v Estado., 213 Md 556, 132 A.2d 494 (1957) (médico de la policía dijo a acusado, que estaba atado a una silla completamente desnuda, que propuso tomar raspados de piel y el cabello de cualquier cosa que se parecía a la sangre o esperma de varias partes de su cuerpo); Bruner v Pueblo., 113 Colo.194, 156 P.2d 111 (1945) (acusado en custodia durante dos meses , privados de alimentos durante 15 horas, obligados a someterse a una prueba de detector de mentiras cuando quería ir al baño);. La gente v Matlock, 51 Cal.2d 682, 336 P.2d 505 (1959) (acusado cuestionado incesantemente sobre el tiempo de una noche, hizo mentir a bordo de frío y para responder preguntas cada vez que parecía que estaba recibiendo sueño).Otros casos están documentados en la Unión Americana de Libertades Civiles, División de Illinois, la detención secreta por la Policía de Chicago (1959); Potts, tramitación y de "El Tercer Grado" 2 de Baylor L.Rev. 131 (1950); Sterling, Interrogatorio Policial y la Psicología de la Confesión, 14 J.Pub.L. 25 (1965). [Nota 8] Los manuales citados en el texto que sigue son los más recientes y representativos de los textos disponibles en la actualidad. El material de la misma naturaleza aparece en Kidd, Interrogatorio Policial (1940); Mulbar, Interrogatorio (1951); Dienstein, Técnicas para el Crimen Investigador 97-115 (1952). Estudios sobre las prácticas observadas de la policía aparecen en LaFave, Detención: la decisión de tomar un sospechoso en custodia 244 a 437, cuatrocientos noventa hasta quinientos veintiún (1965); LaFave, Detención de Investigaciones de la Policía: un análisis de las prácticas actuales, 1962 Wash.ULQ 331; Barrett, Prácticas de Policía y la Ley - De Arresto de liberación o de carga, 50 Calif.L.Rev. 11 (1962); Sterling, supra, n 7, en 47-65. [Nota 9] Los métodos descritos en Inbau y Reid, Interrogatorio Criminal y Confesiones (1962), son una revisión y ampliación de material que se presenta en tres ediciones anteriores de un texto predecesor, la detección de mentiras e Interrogatorio Criminal (3d ed.1953). Los autores y sus asociados son agentes de la Policía Científica del Laboratorio de Detección de Crimen de Chicago, y han tenido una amplia experiencia en la escritura, dando conferencias y hablando con las autoridades policiales durante un periodo de 20 años. Dicen que las técnicas retratadas en sus manuales reflejan sus experiencias, y son las estratagemas psicológicas más eficaces para emplear durante los interrogatorios. Del mismo modo, las técnicas descritas en O'Hara, Fundamentos de Investigación Criminal (1956), fueron recogidos de largo

servicio en calidad de observador, profesor de ciencias policiales, y trabajar como investigador criminal federal. Todos estos textos han tenido lugar un amplio uso entre los organismos encargados de hacer cumplir la ley y entre los estudiantes de la ciencia de la policía, con el total de las ventas y la circulación de más de 44.000. [Nota 10] Inbau y Reid, Interrogatorio Criminal y Confesiones (1962), en 1. [Nota 11] O'Hara, supra, a los 99. [Nota 12] Inbau y Reid, supra, en 34-43, 87. Por ejemplo, en Leyra v. Denno, 347 EE.UU. 556 (1954), el interrogador-psiquiatra dijo el acusado, "a veces hacemos cosas que no son correctas, pero en un ataque de ira o enojo a veces hacemos cosas que no son realmente responsables de "Identificación. a 562, y de nuevo," Sabemos que moralmente, estabas solo en la ira. Moralmente, usted no debe ser condenado, "Identificación. en 582. [Nota 13] Inbau Reid, supra, en 43-55. [Nota 14] O'Hara, supra, en 112. [Nota 15] Inbau y Reid, supra, a los 40. [Nota 16] Ibid. [Nota 17] O'Hara, supra, en 104, Inbau y Reid, supra, en 58-59. Ver Spano v. New York, 360 US 315 (1959). Una variante de la técnica de creación de hostilidad es uno de engendrar miedo. Este es quizás mejor descrito por el Fiscal en Malinski v Nueva York., 324 EE.UU.401, 407 (1945): ?.. "¿Por qué esto habla de que está desnudo Por supuesto, no tenían derecho a desnudarlo para buscar cicatrices de bala, y guardar la ropa de encima Ese fue el procedimiento policial bastante adecuada Eso es un poco más de la psicología - Que se siente un poco con una manta sobre él, humillarlo allí por un tiempo, le permitió sentarse en la esquina, que lo creo que se va a poner una paliza ". [Nota 18] O'Hara, supra, en 105-106. [Nota 19] Id. En 106. [Nota 20] Inbau y Reid, supra, en 111.

[Nota 21] Ibid. [Nota 22] Inbau y Reid, supra, en 112. [Nota 23] Inbau y Reid, detección de mentiras e Interrogatorio Penal 185 (3d ed.1953). [Nota 24] Procedimientos de interrogatorio pueden incluso dar lugar a una falsa confesión. El ejemplo conspicuo más reciente ocurrió en Nueva York, en 1964, cuando un negro de inteligencia limitada confesó dos asesinatos brutales y una violación que no había cometido.Cuando esto se descubrió, el fiscal habría dicho: "Llámelo como usted quiere - lavado de cerebro, la hipnosis, susto Le hicieron dar una confesión falsa La única cosa que no me creo es que Whitmore fue golpeado..." NY Times, 28 de enero 1965, p. 1, col. 5. En otros dos casos, se habían producido hechos similares. NY Times, 20 de octubre 1964, p.22, col. 1; NY Times, 25 de agosto 1965, p. 1, col. 1. En general, ver Borchard, condenar al inocente (1932); Frank & Frank, no culpable (1957). [Nota 25] En el cuarto caso confesión decidida por la Corte en el 1962 Plazo, Fay v. Noia, 372 EE.UU. 391 (1963), nuestra disposición hizo innecesario ahondar en profundidad de los hechos. Los hechos del caso del acusado allí, sin embargo, en paralelo las de sus coacusados, cuyas confesiones se encontró que han resultado de la interrogación continua y coercitiva durante 27 horas, con la negación de solicitudes de amigos o abogado. Véase Estados Unidos v. Murphy, 222 F .2d 698 (CA2d Cir.1955) (Frank, J.);. La gente v Bonino, 1 NY2d 752, 135 NE2d 51 (1956). [Nota 26] Lo absurdo de negar que una confesión obtenida bajo estas circunstancias se ve obligada es bien interpretado por un ejemplo en el reciente artículo, Crimen del profesor Sutherland y Confesión, 79 Harv.L.Rev. 21, 37 (1965): "Supongamos que un do acomodada testadora dice que tiene la intención de querer a su propiedad a Elizabeth. John y James quería que legar a ellos en su lugar. Ellos capturan la testadora, la puso en una habitación cuidadosamente diseñado, fuera de contacto con todo el mundo menos ellos y sus convenientes 'testigos' mantenerla apartada allí durante horas mientras hacen insistentes demandas, cansado de ella con contradicciones de sus afirmaciones de que ella quiere dejar su dinero para Elizabeth,

y finalmente inducirla a ejecutar la voluntad a su favor. Asumir que Juan y Santiago están profundamente y correcta convencidos de que Elizabeth es indigno, y hará uso de base de la propiedad si ella consigue sus manos en él, mientras que Juan y Santiago tienen las intenciones más nobles y justos. ¿Alguna juez de pruebas aceptar la voluntad así adquiridos como el acto "voluntario" de la testadora? " [Nota 27] Comentaristas siglo XIII encontraron un análogo al privilegio fundamentada en la Biblia. "Para resumir la cuestión, el principio de que ningún hombre ha de ser declarada culpable de su propia admisión es un decreto divino." Maimónides, Mishné Torá (Código de la Ley Judía), Libro de los Jueces, Leyes del Sanedrín, c. 18, 116, III Yale Judaica Series 52-53. Ver también Lamm, La Quinta Enmienda y su equivalente en la Halajá, 5 Judaísmo 53 (Invierno 1956). [Nota 28] Ver Morgan, El privilegio contra la autoincriminación, 34 Minn.L.Rev. 1, 911 (1949); 8 Wigmore, evidencia 289 hasta 295 (McNaughton rev.1961). Véase también Lowell, El Uso Judicial de la Tortura, Partes I y II, 11 Harv.L.Rev. 220, 290 (1897). [Nota 29] Ver Pittman, Colonial e Historia Constitucional del privilegio contra la autoincriminación en América, 21 Va.L.Rev. 763 (1935);. Ullmann v Estados Unidos, 350 US 422, 445 a 449 (1956) (DOUGLAS, J., disintiendo). [Nota 30] Comparación de Brown v Walker., 161 EE.UU. 591 (1896);. Quinn v Estados Unidos, 349 EE.UU. 155 (1955). [Nota 31] Breve para los Estados Unidos, p. 28. En el mismo sentido, ver Breve para los Estados Unidos, pp. 40-49, n. 44, Anderson v EstadosUnidos., 318 EE.UU. 350 (1943); Breve para los Estados Unidos, pp. 17-18, McNabb v. Estados Unidos, 318 EE.UU. 332 (1943). [Nota 32] Nuestra decisión de hoy no indica de ninguna manera, por supuesto, que estas reglas pueden ser ignorados. Cuando los funcionarios federales arrestan a un individuo, deben, como siempre cumplir con las exigencias de la legislación y de los casos en virtud del mismo Congreso. Ver generalmente Hogan & Snee, El McNabbMallory Regla: Su subida, Justificación y Rescate, 47 Geo.LJ 1 (1958) . [Nota 33] Las decisiones de esta Corte han garantizado la misma protección procesal del acusado si su confesión fue utilizado en un tribunal federal o estatal. Ahora es

axiomático que los derechos constitucionales del acusado han sido violados si su convicción se basa, en su totalidad o en parte, en una confesión involuntaria, independientemente de su verdad o falsedad. Rogers v Richmond., 365 EE.UU.534, 544 (1961); Wan v. Estados Unidos, 266 US 1 (1924). Esto es así incluso si existe una amplia evidencia, aparte de la confesión para apoyar la convicción, por ejemplo, Malinski v Nueva York., 324 EE.UU. 401, 404 (1945);. Bram v Estados Unidos, 168 EE.UU.532, 540-542 (1897 ). Ambos tribunales estatales y federales ahora se adhieren a los procedimientos judiciales que tratan de asegurar una determinación fiable y clara de la voluntariedad de la confesión ofrecida en el juicio, Jackson v Denno., 378 EE.UU. 368 (1964);Estados Unidos v Carignan., 342 US 36, 38 (1951); vemos también Wilson v Estados Unidos., 162 EE.UU. 613, 624 (1896). Examen en apelación es exigente, ver Haynes v Washington., 373 EE.UU. 503 (1963);. Blackburn v Alabama, 361 EE.UU. 199 (1960). Ya sea que su condena fue en un tribunal federal o estatal, el acusado puede fijar una audiencia posterior a la condena basada en el supuesto carácter involuntario de su confesión, siempre y cuando cumpla con los requisitos de procedimiento, Fay v Noia., 372 US 391 (1963); Townsend v. Sain, 372 EE.UU. 293 (1963). Además, ver a Murphy v. Waterfront Comm'n, 378 US 52 (1964). [Nota 34]

Ver

Lisenba

v California., 314

EE.UU. 219, 241

(1941); Ashcraft

v Tennessee., 322 EE.UU. 143 (1944);. Malinski v Nueva York, 324 EE.UU. 401 (1945);. Spano v Nueva York, 360 US 315 ( 1959);. Lynumn v Illinois, 372 Estados Unidos 528 (1963);. Haynes vWashington, 373 Estados Unidos 503 (1963). [Nota 35] La policía también impidió que el abogado de consultar con su cliente. Independiente de cualquier otra prohibición constitucional, esta acción constituye una violación de la Sexta Enmienda derecho a la asistencia de un abogado, y excluye cualquier declaración obtenida en su estela. Ver People v. Donovan, 13 NY2d 148, 193 NE2d 628, 243 NYS2d 841 ( 1963) (Fuld, J.) [Nota 36] In re Groban, 352 EE.UU. 330, 340 a 352 (1957) (NEGRO, J., disintiendo); Nota, 73 Yale LJ 1000, 1048 hasta 1051 (1964);Comentario, 31 U.Chi.L.Rev. 313, 320 (1964) y las autoridades citadas. [Nota 37] Ver pág. 454,. Supra Señor Devlin ha comentado: "Es probable que, incluso hoy en día, cuando hay mucho menos ignorancia sobre estos asuntos que antes, todavía hay una creencia general de que debe responder a todas las

preguntas que usted por un policía, o por lo menos que va a ser peor para que si no lo hace ". Devlin, la persecución penal en Inglaterra 32 (1958). De acuerdo con nuestra decisión de hoy, no es permisible para sancionar a una persona por ejercer su privilegio de la Quinta Enmienda cuando se encuentra bajo custodia policial interrogatorio. La fiscalía no puede, por lo tanto, utilizar en el juicio el hecho de que se quedó muda o reclamó su privilegio ante la acusación. Cf. . Griffin v California, 380 Estados Unidos 609 (1965);. Malloy vHogan, 378 US 1, 8 (1964); Comentario, 31 U.Chi.L.Rev. 556 (1964); Los avances en la Ley - Confesiones, 79 Harv.L.Rev. 935, 1041-1044 (1966). Véase también Bram v. Estados Unidos, 168 EE.UU. 532, 562 (1897). [Nota 38] Cf. . Betts v Brady, 316 EE.UU. 455. (1942), y la investigación recurrente en circunstancias especiales que exijan Véase en generalKamisar, Betts v Brady. Veinte años después: El Derecho a Valores abogado y el debido proceso, el 61 Mich.L.Rev. 219 (1962). [Nota 39] Ver Herman, el Tribunal Supremo y Restricciones en el interrogatorio policial, 25 Ohio St.LJ 440, 480 (1964). [Nota 40] Se han reportado estimaciones de 50 a 90% indigencia entre los acusados de delitos graves. Pollock, de Igualdad de Justicia en la práctica, 45 Minn.L.Rev. 737, 738-739 (1961); Birzon, Kasanof y Forma, el derecho a asistencia y los indigentes acusados en los tribunales de la jurisdicción penal del Estado de Nueva York, 14 Buffalo L.Rev. 428, 433 (1965). [Nota 41] Ver Kamisar, Igualdad de Justicia en las Casetas y Mansiones de Procedimiento Penal de América, en la Justicia Penal en Nuestro Tiempo 1, 64-81 (1965). Como se indica en el Informe del Comité de la Procuraduría General de la Pobreza y la Administración Federal de Justicia Penal 9 (1963): "Cuando el gobierno opta por ejercer sus competencias en el área de penal, su obligación es, sin duda no menos que la de tomar medidas razonables para eliminar aquellos factores que son irrelevantes para simplemente la administración de la ley, pero que, sin embargo, en ocasiones puede afectar a las determinaciones de la de responsabilidad civil o penal acusado. Mientras que el gobierno puede no ser

necesaria para aliviar el acusado de su pobreza, puede adecuadamente ser necesaria para minimizar la influencia de la pobreza en su administración de justicia ". [Nota 42] Cf. Estados Unidos ex rel. Marrón v. Fay, 242 F. Supp. 273, 277 (DCSDNY1965);. La gente v Witenski, 15 NY2d 392, 207 NE2d 358, 259 NYS2d 413 (1965). [Nota 43] Mientras que una advertencia de que los indigentes puede haber abogado designado no necesita ser dada a la persona que se sabe que tiene un abogado o se sabe que tiene amplios fondos para asegurar una, el expediente de dar una advertencia es demasiado simple, y de los derechos involucrados demasiado importante, para participar en retroactividad investigaciones sobre la capacidad financiera cuando existe alguna duda en absoluto en ese aspecto. [Nota 44] Si un individuo indica su deseo de permanecer en silencio, pero tiene un abogado presente, puede haber algunas circunstancias en las que cuestionan además sería permisible. En ausencia de evidencia de prepotente, las declaraciones hechas entonces en presencia de un abogado podría estar libre de la influencia convincente del proceso de interrogación y podrían ser bastante interpretarse como una renuncia al privilegio para los propósitos de estas declaraciones. [Nota 45] Aunque este Tribunal de Justicia en Rogers v. Estados Unidos, 340 EE.UU. 367 (1951), más fuerte disenso, que un testigo ante un gran jurado no puede en determinadas circunstancias deciden responder a algunas preguntas y luego negarse a responder a otros, esa decisión no tiene aplicación a la situación de interrogatorio nos ocupamos hoy. Ninguna autoridad factfinding legislativa o judicial está involucrado aquí, ni hay posibilidad de que el individuo puede hacer declaraciones egoístas de la que podría hacer uso en el juicio mientras se niega a responder a las declaraciones incriminatorias. [Nota 46] La distinción y su significado se ha descrito acertadamente a juicio de un tribunal escocés: "En otros tiempos, tal cuestionamiento, si lleva a cabo, se llevaría a cabo por agentes de policía que visitan la casa o lugar de trabajo del sospechoso y no preguntarle, probablemente en presencia de una relación o un amigo. Sin embargo conveniente la práctica moderna puede ser, normalmente debe crear una situación muy desfavorable para el sospechoso”.

Chalmer v. HM Abogado, [1954] Sess.Cas. 66, 78 (JC). [Nota 47] Vea People v. Dorado, 62 Cal.2d 338, 354, 398 P.2d 361, 371 42 Cal.Rptr. 169, 179 (1965). [Nota 48] De acuerdo con nuestras posiciones, hoy y en Escobedo v. Illinois, 378 EE.UU. 478, 492, Crooker v. California, 357 EE.UU. 433(1958) y Cicenia v. Lagay, 357 EE.UU. 504 (1958), no han de ser seguido. [Nota 49] Al citar el arriba del voto particular del Sr. Juez Brandeis que, por supuesto, no tienen la intención de transmitir las cuestiones constitucionales que participan en el Olmstead caso. [Nota 50] Schaefer, Federalismo y Procesal Penal del Estado, 70 Harv.L.Rev. 1, 26 (1956). [Nota 51] Miranda, Vignera y Westover fueron identificados por testigos presenciales. Billetes marcados desde el banco robado se encontraron en el coche de Westover. Los artículos robados de la víctima, así como de varias otras víctimas de robo fueron encontrados en la casa de Stewart en el principio de la investigación. [Nota 52] Tratar como lo hacemos aquí con las normas constitucionales en relación con las declaraciones hechas, la existencia de pruebas de corroboración independiente producida en el juicio es, por supuesto, irrelevante para nuestras decisiones. Haynes v Washington., 373 EE.UU. 503, 518 a 519 (1963); Lynumn . v Illinois, 372 Estados Unidos 528, 537-538 (1963);. Rogers v Richmond, 365 EE.UU. 534,541 (1961);. Blackburn v Alabama, 361 EE.UU. 199, 206 (1960). [Nota 53] Véase, por ejemplo, Informe y Recomendaciones de la [Distrito de Columbia] Comité de Comisarios sobre Detenciones policía para su investigación (1962); American Civil Liberties Union, Detención secreta por la Policía de Chicago (1959). Un ejemplo extremo de esta práctica ocurrió en el Distrito de Columbia en 1958. Buscando tres "robustas" jóvenes negros que habían robado un restaurante, la policía detuvieron a 90 personas de esa descripción general. Sesenta y tres se celebraron durante la noche antes de ser liberado por falta de pruebas. Un hombre no entre los 90 detenidos fue acusado en última instancia con el crimen. Washington Daily News 21 de enero de 1958, p. 5, col. 1; Audiencias ante un Subcomité del Comité

Judicial del Senado sobre HR 11477, S. 2970, S. 3325, y S. 3355, 85º Cong., 2d Sess. (Julio de 1958), pp. 40, 78. [Nota 54] En 1952, J. Edgar Hoover, director del FBI, declaró: "Aplicación de la ley, sin embargo, en la derrota del penal, debe mantener intacta las libertades históricas de la persona. Para dar marcha atrás al criminal, pero, al hacerlo, destruir la dignidad de la persona, sería una victoria hueca." "* * * *" "Podemos tener la Constitución, las mejores leyes en la tierra, y las críticas más honestos de los tribunales - pero a menos que la profesión de aplicación de la ley está impregnado de la tradición democrática, mantiene los más altos de la ética, y hace su trabajo una carrera de honor , las libertades civiles continuamente - y sin fin - se violó La mejor protección de las libertades civiles es una alerta, agencia policial inteligente y honesta No puede haber ninguna alternativa "...... "* * * *" "... Los agentes especiales se les enseña que cualquier sospechoso o persona detenida, al comienzo de una entrevista, deben ser advertidos de que no está obligado a hacer una declaración y que cualquier declaración dada puede ser utilizado en su contra en la corte. Además, la individuo debe ser informado de que, si lo desea, puede obtener los servicios de un abogado de su elección ". Hoover, Libertades Públicas y Aplicación de la ley: el papel del FBI, 37 Iowa L.Rev. 175, 177-182 (1952). [Nota 55] Estamos de acuerdo en que el agente de entrevista debe ejercer su juicio para determinar si la persona renuncia a su derecho a un abogado. Debido a la base constitucional del derecho, sin embargo, el estándar para la exención es necesariamente alta. Y, por supuesto, la responsabilidad última de la resolución de esta cuestión constitucional recae en los tribunales. [Nota 56] Entre los crímenes de la competencia de aplicación del FBI son el secuestro, el 18 USC § 1.201 mil (1964 ed.), Trata de blancas, 18 USC §§ 2.421 a 2.423 (1964 ed.), Robo de un banco, 18 USC § 2113 (1964 ed. ), transporte interestatal y venta de bienes robados, 18 USC §§ 2311 hasta 2317 (1964 ed.), todo tipo de conspiraciones, 18 USC §

371 (1964 ed.), y violaciónes de los derechos civiles 18 USC §§ 241 hasta 242 (1964 ed.). Véase también 18 USC § 1114 (1964 ed.) (asesinato de funcionario o empleado de los Estados Unidos). [Nota 57] [1964] Crim.L.Rev. en 166-170. Estas reglas proporcionan en parte: "II. Tan pronto como un oficial de policía tiene pruebas que pagar motivos razonables para sospechar que una persona ha cometido un delito, se deberá advertir a esa persona o causar que sea advertido antes de poner a él alguna pregunta, o más preguntas, en relación con ese delito ". "La prudencia será en los siguientes términos:" "Usted no está obligado a decir nada a menos que desee hacerlo, pero lo que usted dice puede ser puesto por escrito y se le dará a la vista." "Cuando, después de haber sido advertido una persona está siendo cuestionado, o elige a hacer una declaración, se mantendrá un registro de la hora y el lugar en el que cualquier interrogatorio o declaración comenzaron y terminaron y de las personas presentes." "III" "(b) Sólo en casos excepcionales que las cuestiones relativas al delito deben ser puestas a la persona acusada después de haber sido acusado ni informado de que pueda ser procesado." ". IV Todas las declaraciones escritas después de precaución se tomará de la siguiente manera:" "(a) Si una persona dice que quiere hacer una declaración, se le dijo que se pretende hacer un registro escrito de lo que dice." "Él siempre se pregunta si desea escribir a sí mismo lo que quiere decir; si dice que no puede escribir, o que le gustaría a alguien para escribir para él, un oficial de policía puede ofrecer a escribir la declaración por él ... ". "(b) Cualquier persona que escribe su propia declaración se le permitirá hacerlo sin ninguna petición, a diferencia de lo que indica que él lo que importa son material".

"(d) Siempre que un oficial de policía, escribe la declaración, que deberá acabar con las palabras exactas pronunciadas por la persona que hace la declaración, sin poner alguna pregunta que no sea tal que pueda ser necesario para hacer la declaración coherente, comprensible y relevante para el material importa: él no lo se pedirá ". Las reglas anteriores aparecen en Devlin, la persecución penal en Inglaterra 137-141 (1958). A pesar de las sugerencias de algunos laxitud en la aplicación de las normas, ya pesar de una cierta discrecionalidad en cuanto a la admisibilidad se invierte en el juez de la causa, las reglas son una influencia significativa en el sistema penal Inglés aplicación de la ley. Véase, por ejemplo, [1964] Crim. L.Rev. en el 182, y los artículos recogidos en [1960] Crim.L.Rev. en 298-356. [Nota 58] La introducción al Reglamento Judicial establece en parte: "Estas reglas no afectan a los principios" "(c) Que todas las personas en cualquier etapa de una investigación debe ser capaz de comunicarse y consultar en privado con un abogado. Esto es así incluso si se encuentra bajo custodia, siempre que, en tal caso, sin demora ni obstáculos irrazonables es causada a los procesos de investigación o la administración de justicia por su hacerlo... ". [1964] Crim.L.Rev. en 166-167. [Nota 59] Como se ha dicho por el Señor General de Justicia en el Abogado Chalmers v. HM, [1954] Sess.Cas. 66, 78 (JC): "La teoría de nuestra ley es que, en la fase de investigación inicial, la policía puede interrogar a cualquier persona con el fin de adquirir la información que pueda conducir a la detección del criminal, pero que, cuando se ha alcanzado la etapa en que la sospecha, o más de la sospecha, tiene su punto de vista centrado en una persona como autor probable del crimen, más interrogatorios de esa persona se vuelve muy peligroso, y, si se lleva demasiado lejos, por ejemplo, hasta el punto de obtener una confesión por lo que viene a interrogatorio, es casi seguro que excluir la evidencia de que la confesión. Una vez que el acusado ha sido detenido y acusado, él tiene el derecho legal a una entrevista privada con un abogado y de ser llevado ante un

magistrado con la diligencia debida para que puede, si así lo aconseja, emitir una declaración en presencia de su abogado en condiciones que lo protejan contra los prejuicios ". [Nota 60] "Ninguna confesión hecha a un agente de policía se demostró como contra una persona acusada de un delito." Ley de pruebas § 25. "Ninguna confesión hecha por cualquier persona, mientras que él está en la custodia de un oficial de policía a menos que se hará en la presencia inmediata de un magistrado, se probó frente a esa persona." Ley Indígena Evidencia § 26. Ver 1 Ramaswami y Rajagopalan, Derecho probatorio en la India 553-569 (1962). Para evitar cualquier efecto continuo de la presión de la policía o de incitación, el Tribunal Supremo de la India ha invalidado una confesión hecha poco después de que la policía llevaron a un sospechoso ante un juez, lo que sugiere: "[E] s sería, pensamos, sería razonable insistir en dar a una persona acusada de al menos 24 horas para decidir si debía o no hacer una confesión." Sarwan Singh v. Estado de Punjab, 44 All India Rep. 1957, Sup.Ct. 637, 644. [Nota 61] Yo promulgaciones legislativas de Ceilán 211 (1958). [Nota 62] 10 USC § 831 (b) (1964 ed.) [Nota 63] Estados Unidos v Rose, 24 CMR 251 (1957);. Estados Unidos v Gunnels, 23 CMR 354 (1957). [Nota 64] Aunque existía ninguna constitución en las confesiones de tiempo fueron excluidos por la regla de la evidencia en 1872, la India ahora tiene una constitución escrita que incluye la disposición de que "Ninguna persona acusada de un delito podrá ser obligado a declarar contra sí mismo." Constitución de la India, el artículo 20 (3). Ver Tope, La Constitución de la India 63-67 (1960). [Nota 65] Breve para Estados Unidos en el número 761, Westover v Estados Unidos., Pp 44-47.; Breve para el Estado de Nueva York comoamicus curiae, pp. 35-39. Ver también Breve para el Distrito de la Asociación Nacional de Abogados como amicus curiae, pp. 23-26.

[Nota 66] Miranda también fue condenado en un juicio separado por un cargo de robo sin relación no se presenta aquí para su revisión. Una declaración introducida en ese juicio se obtuvo de Miranda durante el mismo interrogatorio que dio lugar a la confesión en juego aquí.En el juicio robo, un oficial declaró que, durante el interrogatorio, no le dijo a Miranda que cualquier cosa que dijera se celebraría en contra de él o que él podría consultar con un abogado. El otro funcionario afirmó que ambos habían dijo Miranda que cualquier cosa que dijera sería usado en su contra y que no estaba obligado por ley a decirles nada. [Nota 67] Uno de los oficiales declararon que leyó este párrafo para Miranda. Al parecer, sin embargo, él no lo hizo hasta después de Miranda había confesado por vía oral. [Nota 68] Vignera atacó a partir de entonces con éxito la validez de una de las condenas anteriores, Vignera v. Wilkins, Civ. 9901 (DCWDNY 31 de diciembre 1961) (no declarada), pero fue luego condenado de como delincuente segundo delito grave a la misma pena de prisión como la sentencia original. R. 31 a 33. [Nota 69] El fracaso de los abogados defensores de oponerse a la introducción de la confesión en el juicio, señalado por la Corte de Apelaciones y enfatizado por el Procurador General, no se opone a nuestro examen de la cuestión. Dado que el juicio se celebró antes de nuestra decisión en Escobedo y, por supuesto, antes de nuestra decisión de hoy haciendo la objeción disponible, el hecho de no oponerse en el juicio no constituye una renuncia a la reclamación. Ver, por ejemplo, Estados Unidos ex rel. V Angelet. Fay, 333 F. 2d 12, 16 (CA2d Cir.1964), aff'd, 381 EE.UU. 654 (1965). Cf. Ziffrin, Inc. v. Estados Unidos, 318 de Estados Unidos 73, 78 (1943). [Nota 70] Debido a esta disposición del caso, la Corte Suprema de California no llegó a las afirmaciones de que la confesión fue forzada por amenazas de la policía para mantener a su esposa enferma en custodia hasta que confesó, que no había oído como es requerido porJackson v. Denno, 378 Estados Unidos 368 (uno mil novecientos sesenta y cuatro), y que el juez de primera instancia dio una instrucción condenado por decisión de la Corte Suprema de California en Pueblo v. Morse, 60 Cal.2d 631, 388 P.2d 33, 36 Cal.Rptr.201 (1964). [Nota 71] Después se le concedió certiorari en este caso, el demandado pidió que se desestimara por considerar que no había sentencia firme de la que el Estado podría

apelar, desde la sentencia a continuación ordenó que se volverá a intentar. En el demandado evento fue un éxito en la obtención de una sentencia absolutoria en el nuevo juicio, sin embargo, bajo la ley de California que el Estado no tendría ningún recurso. Satisfecho de que, en estas circunstancias, la decisión de abajo constituía una decisión sobre el 28 USC § 1257 (3) (1964 ed.), Rechazamos la moción. 383 Estados Unidos 903. [Nota 1] Por ejemplo, Inbau y Reid, Interrogatorio Criminal y Confesiones (196); O'Hara, Fundamentos de Investigación Criminal (1956);Dienstein, Técnicas para el Crimen Investigador (1952); Mulbar, Interrogatorio (1951); Kidd, Interrogatorio Policial (1940). [Nota 2] Como desarrollada por mi hermano Harlan, publicar pp. 506-514, tales casos, con la excepción de la decisión desacreditado largo deBram v. Estados Unidos, 168 EE.UU. 532 (1897), fueron tratados adecuadamente en términos del debido proceso. [Nota 3] El Tribunal señala a Inglaterra, Escocia, Ceilán y la India como tener reglas igualmente rígidos. Al igual que en el hermano HARLAN señala, después, pp. 521-523, la Corte se equivoca en este sentido, ya que pasa por alto las ventajas fiscales de contrapeso. Por otra parte, los requisitos de la Oficina Federal de Investigaciones no aparecen de la carta, el Fiscal General ante, pp 484-46, para ser tan estrictas como las impuestas hoy en al menos dos aspectos:. (1) La oferta de consejo se articula sólo como "un derecho a un abogado"; nada se dice sobre el derecho de tener un abogado presente en el interrogatorio bajo custodia. (Ver también los ejemplos citados por el Procurador General, Westover v Estados Unidos., 342 F. 2d 684, 685 (1965) ("derecho a consultar a un abogado");Jackson v Estados Unidos., 337 F. 2d 136, 138 ( 1964) (acusado "tiene derecho a un abogado").) De hecho, la práctica es que, cada vez que el sospechoso "decide que desea consultar con un abogado antes de hacer una declaración, la entrevista se termina en ese punto.... Cuando el abogado aparece en persona, se le permite hablar con su cliente en privado." Esto indica claramente que el FBI no advierte que el abogado puede estar presente durante el interrogatorio bajo custodia. (2) La carta del Procurador General establece:

"[E] de la manguera que han sido detenidos por un delito bajo la jurisdicción del FBI, o cuya detención se contempla después de la entrevista, [se recomienda] de un derecho a la asistencia gratuita si no pueden pagar, y la disponibilidad de tal consejo del Juez ". Así expresado, esta advertencia no indica que el agente garantizará consejo. Más bien, la declaración también puede ser interpretado por el sospechoso en el sentido de que la carga se coloca sobre sí mismo, y que puede tener un abogado sólo se designó al comparecer ante el juez o en el juicio - pero no a interrogatorio bajo custodia. Como puedo ver la práctica del FBI, no es tan amplia como la establecida hoy por la Corte. [Nota 4] En mi punto de vista, "no hay un apoyo significativo" en nuestros casos para la celebración de la Corte hoy que el privilegio de la Quinta Enmienda, en efecto, prohíbe interrogatorio bajo custodia. Para una discusión de este punto, véase la opinión disidente de mi hermano BLANCO, puesto pp. 526-531. [Nota 1] Mi discusión en el presente dictamen se dirige a las principales cuestiones decididas por el Tribunal y necesaria para su decisión; en ignorar algunos de los puntos colaterales, yo no quiero dar a entender acuerdo. [Nota 2] El caso fue Bram v. Estados Unidos, 168 EE.UU. 532 (citado ante p. 461). Sus premisas históricas fueron posteriormente refutadas por Wigmore, quien llegó a la conclusión "de que no hay afirmaciones podrían ser más fundamento." 3 Wigmore, evidencia § 823, a 250, n. 5 (ed.1940 3d). El Tribunal de Justicia en Estados Unidos v. Carignan, 342 US 36, 41, se negó a elegir entre Bram y Wigmore, y Stein v. New York, 346 EE.UU. 156, 191, n. 35, echaron más dudas sobre Bram. Hay, sin embargo, varios dictámenes judiciales que asumen en la dicta la relevancia del privilegio de la Quinta Enmienda a las confesiones. Burdeau v McDowell., 256 EE.UU. 465, 475;.. Ver Shotwell Mfg Co. v Estados Unidos, 371 US 341, 347. En Bram y los casos de confesión federales en general, ver Avances en la Ley - Confesiones, 79 Harv.L.Rev. 935, 959 a 961 (1966). [Nota 3] Comentario, 31 U.Chi.L.Rev. 313 y n. 1 (1964), afirma que, por el 1963 Plazo, 33 Estado coaccionado casos confesión había sido decidido por esta Corte, además de por curiams. Spano v. New York, 360 US 315, 321, n. 2, recoge 28 casos. [Nota 4] Bator y Vorenberg, arresto, detención, el interrogatorio y el derecho a asistencia, 66 Col.L.Rev. 62, 73 (1966):

"De hecho, el concepto de involuntariedad parece ser utilizado por los tribunales como una abreviatura para referirse a prácticas que son repelentes a las normas civilizadas de la decencia o que, dadas las circunstancias, se cree que aplicar un grado de presión a un individuo que injustamente afecta su capacidad para hacer una elección racional ". Ver Herman, el Tribunal Supremo y Restricciones en el interrogatorio policial, 25 Ohio St.LJ 449, 452-458 (1964); Desarrollos, supra, n. 2, en 964 a 984. [Nota 5] Ver los casos synopsized en Herman, supra, n. 4, en 456, nn. 36-39. Un ejemplo no muy lejano es. Stroble v California, 343 EE.UU.181, en el que el sospechoso fue pateado y amenazado después de su detención, cuestionó un poco más tarde durante dos horas, y aislado de un abogado tratando de verlo; la confesión resultante se mantuvo admisible. [Nota 6] Entre los ejemplos dados en 8 Wigmore, evidencia § 2266, en 401 (McNaughton rev.1961), son los siguientes: el privilegio se aplica a cualquier testigo, civil o penal, pero la regla confesión protege acusados solamente penales; las ofertas de privilegio solamente con la coacción, mientras que la regla de la confesión puede excluir declaraciones obtenidas por el truco o la promesa, y donde el privilegio se ha anulado - como por la Ley Concursal Inglés - la regla de la confesión todavía puede operar. [Nota 7] Además, hay precedentes y argumentos, incluso históricos que pueden ser desplegadas a favor de traer el interrogatorio extrajudicial en el privilegio. Véase en general Maguire, prueba de culpabilidad § 2.03, en 15 a 16 (1959). [Nota 8] Esto, por supuesto, está implícito en el anuncio de presentación del Tribunal de que "[o] ur decisión Malloy v. Hogan, 378 US 1 (1964) [extender la Quinta Enmienda privilegio de los Estados] hace necesario un examen del alcance del privilegio en los casos estatales, así. "Ante, p. 463. También es incompatible con Malloy sí mismo, en el que la extensión de la Quinta Enmienda de los Estados descansaba en parte de la opinión de que la restricción de la cláusula de debido proceso en las confesiones del Estado ha sido, en los últimos años, ha sido "el mismo nivel", como la impuesta en procesos federales assertedly por la Quinta Enmienda. 378 de Estados Unidos a las 7.

[Nota 9] Me acosté de lado Escobedo sí mismo; contiene ningún razonamiento o incluso conclusiones generales dirigidas a la Quinta Enmienda, y de hecho su mención en este sentido parece sorprendente en vista de de Escobedo dependencia primaria en la Sexta Enmienda. [Nota 10] Dado que la Corte conspicuamente no afirma que la propia Sexta Enmienda garantiza que sus nuevas reglas de interrogatorio de la policía, no hay razón ahora para sacar el extremadamente poderosa evidencia histórica y de precedente que la enmienda se hará cargo de tal significado. Véase, en general es amable, el proyecto de ley de Derechos como Código de Procedimiento Penal, 53 Calif.L.Rev. 9'9, 943 hasta 948 (1965). [Nota 11]Ver supra, n. 4 y texto. Por supuesto, el uso de términos como voluntariedad implica cuestiones de derecho y la terminología tanto como las cuestiones de hecho. Ver Collins v Beto., 348 F. 2d 823, 832 (voto concurrente); Bator y Vorenberg, supra, n. 4, 72-73, en. [Nota 12] La visión de la Corte de un "mitigat [ing] los peligros de la falta de credibilidad" abogado (a priori., P 470) al presenciar la coerción y la asistencia a la precisión en la confesión es en gran parte una fantasía; porque si el abogado llega, se rara vez va a ser una confesión comisaría. Watt v Indiana., 338 de Estados Unidos 49, 59 (opinión separada de Jackson, J.): "[A] abogado ny que se precie le dirá al sospechoso en sin lugar a dudas que no hacen ninguna declaración a la policía bajo ninguna circunstancia. "Ver Enker y Elsen, abogado del sospechoso, de 49 años Minn.L.Rev. 47, 66-68 (1964). [Nota 13] Esta necesidad es, por supuesto, lo que lo hace tan engañosa comparación de la Corte de un juez testamentario establecer fácilmente un lado como involuntaria de la voluntad de una anciana acosado y asediado por los nuevos herederos. Ante, págs. 457 a 458, n. 26. Con voluntades, no hay interés público, salvo en una elección totalmente libre; con las confesiones, la solución de la delincuencia es una ganancia compensatoria sin embargo que se resuelva el equilibrio. [Nota 14]Véase, por ejemplo, las citas voluminosos a testimonio comité del Congreso y otras fuentes recogidas en Culombe v. Connecticut, 367 EE.UU. 568, 578 a 579 (Frankfurter, J., anunciando el juicio de la Corte y una opinión).

[Nota 15]En Westover, un criminal experimentado prácticamente se da dotación completa de las advertencias de la Corte, y no los escuchó. ElStewart caso, por otra parte, implica la detención de largo y sucesiva interrogatorio. En Vignera, los hechos son complicados, y el registro algo incompleta. [Nota 16]"[J] usticia, aunque debido a los acusados, se debe a que el acusador también. El concepto de equidad no debe ser filtrada hasta que se estrecha a un filamento. Tenemos que mantener el equilibrio verdadero." Snyder v. Massachusetts, 291 EE.UU. 97, 122 (Cardozo, J.). [Nota 17]Una lectura estrecha se da en: Estados Unidos v Robinson., 354 F. 2d 109 (CA2d Cir.); Davis v Carolina del Norte., 339 F. 2d 770 (CA4th Cir.); Edwards v Holman., 342 F. 2d 679 (. CA quinto Cir); Estados Unidos ex rel. Townsend v Ogilvie., 334 F. 2d 837 (CA séptimo Cir.);. La gente v Hartgraves, 31 Ill.2d 375, 202 NE2d 33;. Estado v Fox, ___ ___ Iowa, 131 NW2d 684;. Rowe vCommonwealth, 394 SW2d 751 (Ky.);. Parker v Warden, 236 Md 236, 203 A.2d 418;.. Estado v Howard, 383 SW2d 701 (MO);. Frijol vEstado., ___ ___ Nevada, 398 P. 2d 251;. Estado v Hodgson, 44 NJ 151, 207 A.2d 542;. La gente v Artillero, 15 NY2d 226, 205 NE2d 852; Commonwealth ex rel. . Linde v Maroney, 416 Pa 331, 206 A.2d 288;.. Browne v Estado, 24 Wis.2d 491, 131 NW2d 169. Una amplia lectura se da en: Estados Unidos ex rel. Russo v Nueva Jersey., 351 F. 2d 429 (CA3d Cir.);. Wright v Dickson, 336 F. 2d 878 (CA 9th Cir.);. La gente v Dorado, 62 Cal.2d 338, 398 P.2d 361 ;. Estado v Dufour, ___ ___ RI, 206 A.2d 82;. Estado v Neely, 239 Ore 487, 395 P.2d 557,. modificado, 398 P.2d 482. Los casos en ambas categorías son las disponibles; sin duda hay muchos otros. [Nota 18]Por

ejemplo, comparar los

requisitos

del

caso

catalítica

de People

v. Dorado, 62 Cal.2d 338, 398 P.2d 361, con las establecidas en la actualidad. Ver también Traynor, Los Diablos del Debido Proceso de Detección Criminal, Detención, y Trial, 33 U.Chi.L.Rev. 657, 670. [Nota 19]La Corte obiter dictum obstante, ante p. 486, hay alguna base para creer que el elemento básico de la FBI trabajo penal difiere importante de tanto crimen en el ken de la policía local. La habilidad y los recursos del FBI también pueden ser inusual.

[Nota 20]Para citas y discusión que cubren cada uno de estos puntos, ver Developments, supra, n. 2, en 1091-1.097 y Enker y Elsen, supra, n.12, al 80 y n. 94. [Nota 21]El comentario, ver Hardin, Otras respuestas: Búsqueda y Confiscación, forzada confesión, y la Instancia Penal en Escocia, 113 U.Pa.L.Rev. 165, 181 y nn. 9697 de (1964). Otros ejemplos son menos estrictas normas de registro e incautación y sin exclusión automática de violación de ellos, de id. En 167-169; culpabilidad sobre la base de los veredictos del jurado de la mayoría, de id. a 185, y el descubrimiento preventiva de pruebas de ambas partes, de id. a 175. [Nota 22]De especial relevancia es la redacción del ALI de un Código Modelo de Procedimiento Pre-lectura de cargos, ya en su primer borrador tentativo. Si bien los estudios de ABA y de la Comisión Nacional tienen mayor alcance, el primero está prestando su asesoramiento al proyecto de la LPA y el director ejecutivo de este último es uno de los reporteros del Código Modelo. [Nota 23]Ver resumen de los Estados Unidos en Westover, p. 45. Los New York Times, 03 de junio 1966, p. 41 (ed ciudad tarde.) Informó que la Fundación Ford ha otorgado $ 1.1 millones para un estudio de cinco años de detenciones y la confesión en Nueva York. [Nota 24]La Asamblea de Nueva York aprobó recientemente un proyecto de ley para exigir ciertas advertencias antes de tomar una confesión admisible, aunque las reglas son menos estrictas que son el Tribunal de. NY Times, 24 de mayo 1966, p. 35 (finales ciudad ed.). [Nota 25]La Corte esperó 12 años después de lobo v. Colorado, 338 de Estados Unidos 25, declaró la privacidad contra intrusiones estatales inadecuadas para ser salvaguardado constitucionalmente antes de que llegó a la conclusión, en Mapp v. Ohio, 367 EE.UU. 643, que no se habían proporcionado los recursos estatales adecuados para proteger este intereses, por lo que la regla de exclusión era necesario. [Nota 1] Por supuesto, la Corte no niega que se aparta de los precedentes antes; que anula expresamente Crooker y Cicenia, ante al 479, n.48, y se reconoce que, en el presente "casos, quizás no nos encontramos con las declaraciones de los acusados de haber sido involuntario en términos tradicionales," ante al 457.

[Nota 2]De hecho, el tipo de interrogatorio sostenida descrita por el Tribunal parece ser la excepción, no la regla. Una encuesta de 399 casos en una ciudad encontró que, en casi la mitad de los casos, el interrogatorio duró menos de 30 minutos. Barrett, Prácticas de Policía y la Ley - De Arresto de liberación o de carga, 50 Calif.L.Rev. 11, 41-45 (1962). Cuestionamiento tiende a ser confusa y esporádica, y por lo general se concentra en los enfrentamientos con los testigos o nuevos elementos de prueba ya que se obtienen por los agentes encargados de la investigación. Ver generalmente LaFave, Detención: la decisión de tomar un sospechoso en custodia 386 (1965); Ali, un Código Modelo de pre-lectura de cargos Procedimiento, Comentario § 5.01, a 170, n. 4 (Tent.Draft No. 1, 1966). [Nota 3]Por el contrario, la Corte indica que, en la aplicación de esta nueva norma, "no hacer una pausa para preguntar en cada caso si el acusado era consciente de sus derechos sin una advertencia está dando." Ante al 468. La razón dada es que la evaluación de el conocimiento del acusado sobre la base de información en cuanto a la edad, la educación, la inteligencia, o contacto previo con las autoridades nunca puede ser más que una especulación, mientras que una advertencia es un hecho claro. Pero la afirmación de los oficiales que dieron las advertencias necesarias puede ser discutida, y los hechos que respeten la experiencia previa del acusado puede ser indiscutible, y ser de una naturaleza tal que prácticamente excluye cualquier duda de que el acusado sabía de sus derechos. Véase Estados Unidos v . Bolden, 355 F. 2d 453 (CA séptimo Cir.1965), petición de revisión. pendientes, N ° 1146, OT 1.965 (Secreto agente del servicio);. La gente v Du Bont, 235 Cal.App.2d 844, 45 Cal.Rptr. 717, mascota. para cert. pendientes No.1053, Misc., OT 1965 (ex policía). [Nota 4]Estadísticas precisas sobre el alcance de la reincidencia no están disponibles, en parte porque no todos los crímenes se resuelven y en parte debido a los antecedentes penales de las condenas en diferentes jurisdicciones no se unen por una agencia central de recogida de datos. A partir de 1963, sin embargo, la Oficina Federal de Investigaciones comenzó a recopilar datos sobre "Carreras en Crimen", que se publica en su uniforme Informes Delito. De 92,869 delincuentes procesados en 1963 y 1964, el 76% tenían un registro de arresto previo en algún cargo. Durante un período de 10 años, el grupo había acumulado 434.000 cargos. FBI, Crime Reports Uniforme 1964, 27-28. En 1963 y 1964, entre el 23% y el 25% de todos los delincuentes condenados en 88 tribunales federales de distrito (con exclusión de la Corte de Distrito para el Distrito de Columbia) cuyos registros criminales se informó

anteriormente había sido condenado a una pena de prisión de 13 meses o más . Aproximadamente un 40% adicional tenía un historial previo de menos de prisión (expediente juvenil, ficha libertad condicional, etc.). Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos, los delincuentes federales en los Tribunales de Distrito de los Estados Unidos: 1964, x, 36 (en adelante citado como delincuentes federales: 1964); Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos, los delincuentes federales en los Tribunales de Distrito de los Estados Unidos: 1963, 2527 (en adelante citado como delincuentes federales: 1963). Durante los mismos dos años en el Tribunal de Distrito para el Distrito de Columbia, entre el 28% y el 35% de los condenados tenían antecedentes penales anteriores, y del 37% al 40% tienen un historial previo de menos de prisión. Los delincuentes federales: 1964, xii, 64, 66; Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos, los delincuentes federales en la Corte Federal de Distrito para el Distrito de Columbia: 1963, 8, 10 (en adelante citado como Distrito de Columbia Delincuente: 1963). Un cuadro similar se obtiene si uno mira los registros posteriores de los liberados de su confinamiento. En 1964, el 12,3% de las personas en libertad condicional federal había su libertad condicional revocada debido a la comisión de los principales violaciónes (definida como aquella en la que el período de prueba se ha comprometido a prisión por un período de 90 días o más, ha puesto a prueba por más de un año en un nuevo delito, o se ha fugado con cargos por delitos graves en circulación). Veintitrés y dos décimas por ciento de las personas en libertad condicional y el 16,9% de los que habían sido puestos en libertad obligatoriamente después del servicio de una parte de su condena igualmente comprometido principales violaciónes. Informes de las Actas de la Conferencia Judicial del Informe del Director de la Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos Estados Unidos y Anual: 1965, 138. Ver también Mandel et al., La reincidencia estudiado y Definido, 56 J.Crim.L ., C. & PS 59 (1965) (dentro de los cinco años de libertad, 62,33% de la muestra tenían delitos cometidos colocándolos en la categoría reincidente). [Nota 5]Ochenta y ocho tribunales federales de distrito (con exclusión del Tribunal de Distrito para el Distrito de Columbia) dispuesto de los casos de 33,381 acusados de delitos penales en 1964. Sólo el 12,5% de los casos fueron juzgados en realidad. De los casos restantes, el 89,9% era denunciado por convicciones sobre declaraciones de culpabilidad y el 10,1% fueron despedidos. Dicho de otra manera, aproximadamente

el 90% de todas las convicciones resultado de declaraciones de culpabilidad. Los delincuentes federales: 1964, supra, nota 4, 3-6. En el Tribunal de Distrito para el Distrito de Columbia, un mayor porcentaje, 27%, fue a juicio, y el acusado se declaró culpable en aproximadamente el 78% de los casos terminados antes del juicio. Id. En 58-59. No hay estadísticas fiables están disponibles en relación con el porcentaje de casos en que las declaraciones de culpabilidad son inducidos por la existencia de una confesión o de evidencia física descubierto como resultado de una confesión. Sin duda, el número de tales casos es considerable. Quizás de igual importancia es el número de casos de delitos conocidos que no se resuelven. En 1964, solamente 388.946, o un 23,9%, de 1,626,574 delitos graves conocidos fueron absueltos. La tasa de aclaramiento osciló entre el 89,8% de los homicidios de 18,7% para el hurto. FBI, Crime Reports Uniforme - 1964, 20-22, 101. Los que sustituiría a los interrogatorios como una herramienta investigatorial por técnicas de investigación científica moderna sobreestiman significativamente la eficacia de los procedimientos actuales, incluso cuando se incluye el interrogatorio. Descargo de responsabilidad: jurisprudencia del Tribunal Supremo Oficial sólo se encuentra en la versión impresa de los informes de Estados Unidos. Jurisprudencia Justia se proporciona únicamente con fines informativos, y no siempre son representativas actuales legales desarrollos, veredictos o acuerdos. No hacemos ninguna garantía o garantías sobre la exactitud, integridad o adecuación de la información contenida en este sitio o la información con enlaces desde este sitio. Por favor, consulte las fuentes oficiales.