Contrato Modelo

CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA El presente convenio viene a constituir la relación institucional y social entre

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CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA

El presente convenio viene a constituir la relación institucional y social entre el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), representada en este acto por su Presidente LUIS BELTRAN PRIETO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 4.799.468, así como consta en documento inscrito ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, quedando anotada bajo el N° 54, Tomo 403-A-VIII, en fecha 26 de febrero del año 2004 con numero de planilla 25333, cuya última reforma estatutaria fue protocolizada ante el citado Registro Mercantil, el 22 de septiembre del 2005, bajo el N° 23, Tomo 552-A-VII, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-31124444-1, y por otra parte la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, Sociedad Mercantil, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, en fecha 26 de agosto de 2015, inscrito bajo el N° 42, Tomo 138-A, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-40650370-4, representada en este acto por su Presidente, el Ciudadano HENRY ADOLFO RAMIREZ, GUANIPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 7.196.828. El presente CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA tiene por objeto: proveer cien (100) Kits para viviendas para un Plan de Viviendas de MIL (1.000) Unidades de Viviendas de interés social en: cualquier parte del territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, con la finalidad de apoyar la gestión social del Gobierno Nacional a través de la Gran Misión Vivienda Obrera (GMVO), decretada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, con motivo de la celebración del día trabajador del 1° de mayo de 2014. Resulta importante hacer notar que este convenio es de carácter socio institucional, con la finalidad de satisfacer las necesidades de la colectividad de nuestro país, en la materia que lo define. El objeto de este contrato está dirigido a adquirir kits de viviendas, cuya área es de setenta y dos metros cuadrados (72,00 m²), que comprenderá todos los materiales y accesorios integrados en la lista de empaque incluida en la orden de compra, previa aprobación por la Junta conformada por el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), el ente gubernamental que preste la plataforma financiera y los beneficiarios de la ASOCIACION CIVIL a la cual se le construirán las viviendas, escogida por FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA). Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela

En consecuencia el presente acuerdo tendrá y se regirá por las siguientes estipulaciones: CLAUSULA PRIMERA: El objeto del presente CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA es la de brindar soluciones habitacionales a los trabajadores de la administración pública nacional y del sector petrolero impulsando dichas soluciones para dar cumplimiento a lo decretado por el ciudadano Presidente de la Republica en la celebración del día del trabajador el 1° de mayo de 2014, dándole viabilidad financiera y operativa a los proyectos habitacionales delimitados con entes públicos para su desarrollo. CLAUSULA SEGUNDA: mediante el presente CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA, la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, se obliga a suministrar mediante la importación en países del Mercosur, Norte América, Europa y Asia, la cantidad de CIEN (100) KITS para la construcción de Cien (100) VIVIENDAS, que serán ejecutadas por la empresa que designe el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), la cual se propone desarrollar la cantidad mínima de UN MIL (1.000) unidades de viviendas, en atención a los proyectos, que con base en este instrumento, se aprueben o autoricen mediante los convenios oficiales conforme a este contrato que serán suscritos entre FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA) y cualquier ente público. CLAUSULA TERCERA: El presente CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA, tendrá una duración de seis (06) meses a partir de la firma del mismo para cumplir con el objeto del presente convenio, que es la de proveer los Cien (100) kits, previstos para consolidar los proyectos y unidades de viviendas planificadas dentro del territorio Nacional. CLAUSULA CUARTA: la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, delega en el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), todo lo relacionado a la gestión financiera ante los entes públicos, contratos que permitan la gestión y generación de divisas de acuerdo al marco legal para la importación de los referidos CIEN (100) KITS DE VIVIENDAS, objeto de este convenio. CLAUSULA QUINTA: La Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, garantizará previa revisión de las normativas legales y administrativas vigentes, la financiación por ante el Proveedor designado por el . Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela

ente público y FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), para la adquisición y suministro de Kits de viviendas conforme las características de los proyectos. Así mismo, en el presente convenio se deberá suministrar una casa modelo con las características ofrecidas por el Proveedor designado, siendo dicha casa una (01) de las cien (100) que serán adquiridas y suministradas, la cual será instalada en la locación seleccionada por el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), es decir, cuyo costo es parte integral del presente convenio, es decir por cuenta de FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA). CLAUSULA SEXTA: La Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, le reconoce al FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), por concepto de gastos operativos y administrativos con motivo de este CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA, la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00) por cada cien (100) unidades de viviendas de cada proyecto, discriminado en adendum separado por cada ente público, los cuales serán pagados, en quince (15) quince días hábiles, contados a partir de la firma de este CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA, por depósitos o transferencias bancarias efectuadas a la cuenta corriente perteneciente a FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA) del Banco Bicentenario Nro. 0175-0612960071411997. PARAGRAFO UNICO: El dinero entregado JACINTO, C.A a FONDO NACIONAL DE LA (EPS FONVITCA), tal como está establecido convenio, está sujeto a reintegro en su totalidad, este convenio.

por CONSTRUCCIONES SAN VIVIENDA DEL TRABAJADOR en la Cláusula Quinta de este de no materializarse el objeto de

CLAUSULA SEPTIMA: Las solicitudes de procura internacional, que serán entregadas a la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, requeridas por el ente público designado y FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), deberán formalizarse mediante documento denominado “solicitud de pedido”, el cual será suscrito por las tres (03) partes antes indicadas. En dicho documento se establecerán las características técnicas de los Cien (100) kits de viviendas, así como el tiempo para suministrarlos, puerto a puerto. Asimismo, una vez que los cien (100) kits de viviendas, hayan llegado a territorio venezolano, el traslado, póliza de seguro, . . Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela

permisologia requerida, el lugar de entrega, así como cualquier especificación que se considere necesario FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), no correrá por cuenta de CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A. CLAUSULA OCTAVA: Todo lo relacionado al presente convenio en materia financiera y de divisas, será objeto de la conversión a la moneda nacional de conformidad con el cambio oficial vigente de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, tal como lo establece el artículo 130 de la Ley del Banco Central de Venezuela vigente. CLAUSULA NOVENA: la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, se obliga a proveer o financiar, el monto total en Bolívares acordados para la adquisición de divisas de un proveedor en el extranjero, el cual es la cantidad de SETENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 70.000.000,00), al operador cambiario correspondiente destinado a la adquisición de los Cien (100) kits objeto de este convenio, quedando entendido que CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, todo esto fundamentado en los adendums necesarios para sustentar esta otra porción de la inversión. CLAUSULA DECIMA: Para el cumplimiento del presente convenio las partes se comprometen a realizar esfuerzos conjuntos y articulados para concretar los procesos de procura y gestión financiera nacionales que permitan la obtención de las divisas preferenciales requeridas para la adquisición de los kits de vivienda objeto de este convenio. CLAUSULA DECIMA PRIMERA: Queda entendido, que este convenio se ha celebrado a INTUITO PERSONAE, en lo que a ambas partes se refiere, en razón de las características propias de las partes y el interés mutuo y el desarrollo de los objetivos señalados en la cláusula primera de este convenio. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA. Cada una de las partes, se obliga en beneficios de los resultados exitosos del presente convenio a guardar reserva en relación a cualquier información datos o documentos relacionados con carácter, confidencial, es decir, calificados así legalmente en el transcurso de la negociación y ejecución del presente convenio.

Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela

CLAUSULA DECIMA TERCERA: La cantidad de dinero en moneda de curso legal en Venezuela, acordada para la adquisición de divisas ante el Banco Central de Venezuela, es decir los SETENTA MILLONES DE VOLIVARES (BS. 70.000.000,00), correspondiente a la compra de los Cien (100) kits de viviendas, la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A autorizara al Banco Central de Venezuela, que sean debitados de la cuenta que para tal fin haya dispuesto, de acuerdo a los tiempos descritos en un contrato que se suscribirá entre el ente público y CVG Internacional, ente que autoriza la liquidación de las divisas. CLAUSULA DECIMA CUARTA: Las partes, podrán mediante comunicación escrita o correo electrónico de conformidad a lo pautado en la Ley sobre Manejos de Datos y Firmas Electrónicas dirigida a la otra, dar por terminado el presente convenio por las razones siguientes: 1) por no llevar adelante la ejecución y desarrollo de este convenio, en los términos y condiciones que establecen para tal fin. 2) por no proporcionarse de manera transparente información y otros recursos económicos para la buena ejecución del objeto de este convenio. 3) por caso fortuito o de fuerza mayor. CLAUSULA DECIMA QUINTA: Para todos los efectos de este CONVENIO MARCO MISIÓN VIVIENDA OBRERA, las partes de mutuo y común acuerdo, eligen como domicilio especial, exclusivo y excluyente, la ciudad de MARACAY, a la jurisdicción de cuyos tribunales declaran expresamente someterse. PARAGRAFO PRIMERO: Los días martes o miércoles las partes deberán reunirse durante cada mes una vez por semana con la finalidad de avanzar los propósitos y alcances previstos en el presente convenio. CLAUSULA DECIMA SEXTA: De este convenio marco se desprenderán convenios entre el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), el ente público y la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, mediante contratos y/o adendums por separado, en los cuales quedaran plasmadas las obligaciones de todas las partes que intervengan en esta negociación, en aspecto como: cantidades de kits de viviendas, lugares de ejecución de los proyectos, las formas de pago, montos establecidos, especificaciones técnicas, anticipos, tiempos de ejecución y entrega, coordenadas bancarias para los pagos y todo lo concerniente para la plena y buena ejecución de este convenio, entre otros.

Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela

CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: Se establece como domicilio del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA), la siguiente dirección: Distrito Libertador, Parroquia El Recreo, Plaza Venezuela, Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus, Nivel 5, oficina 5-C, CaracasVenezuela, teléfonos de contacto: 0414-5987575, 0424-2959773, y como correo oficial [email protected] y como dirección de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, correo oficial [email protected], número de contacto: 0414142523, 04144772764. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: Queda entendido entre las partes, que las solicitudes de procura internacional requeridas por FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DEL TRABAJADOR (EPS FONVITCA) y el ente público, se realizaran a través de la institución bancaria designada por la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES SAN JACINTO, C.A, para tal fin. En Maracay, a los siete (07) días del mes de septiembre de 2015.

__________________________ LUIS BELTRAN PRIETO SUAREZ Presidente de Fondo Nacional de la Vivienda del Trabajador (FONVITCA)

________________________ HENRY RAMIREZ GUANIPA Presidente de Construcciones SAN JACINTO, C.A

Distrito Libertador Parroquia El Recreo Plaza Venezuela Av. Abraham Lincoln, Edificio Torre Domus Nivel 5 Oficina 5-C; Email: [email protected]. Tlf: (0212) 541.75.05 Celular: (0414) 598.75.75- (0424) 295.97.73 www.Fonvitca.com Caracas - Venezuela