Contrato de Servicios Profesionales

NUMERO VEINTIOCHO (28). En la ciudad de Guatemala, el dia diez de octubre de dos mil ocho. ANTE MÍ: SANDRA PATRICIA MORA

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NUMERO VEINTIOCHO (28). En la ciudad de Guatemala, el dia diez de octubre de dos mil ocho. ANTE MÍ: SANDRA PATRICIA MORALES ROMERO, Notaria, comparecen: Por una parte el señor LUIS PEDRO CUYUN CASTELLANOS, de Treinta

y dos años de edad, casado,

Guatemalteco, comerciante y de este domicilio, quién se identifica con la cédula de vecindad con número de orden B guión Dos (B-2) y de registro cincuenta y seis mil trescientos ochenta y nueve (56,389), extendida por el Alcalde Municipal de San Pedro del departamento de Sacatepequez. Y por otra parte la señora EVELYN DE MARIA REYES HERNANDEZ, de Cuarenta y dos años, casada, guatemalteca, Auditora, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro número cuatrocientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta y ocho (432,848) extendida por el alcalde municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El señor LUIS PEDRO CUYUN CASTELLANOS , contrata los servicios profesionales de la Auditora Evlyn de Maria Reyes Henandez , para que realice una Auditoria Interna, a su Empresa denominada INMOBILIARIA BIANCHI,S.A., la cual se encuentra ubicada en la sexta Avenida seis guión doce zona cuatro de esta ciudad Capital, de acuerdo a las siguientes condiciones. a) el servicio de auditoria deberá practicarse sobre el balance general, así como el balance a nivel de cajas registradoras e inventarios, del periodo correspondiente del uno de Julio del año dos mil cuatro al treinta de Junio del presente año, b) plazo debe entregar dicho informe en el plazo de tres meses a partir de la presente fecha. c) el horario de trabajo será cubierto por la auditora Elvira Quím. Can , de las ocho treinta horas, a las trece horas, estando a disposición del señor LUIS PEDRO CUYUN CASTELLANOS obligatoriamente en este tiempo. SEGUNDA: por el Trabajo que realizará la Auditora Evelyn de Maria Reyes Hernandez, se le pagara la cantidad de SESENTA MIL QUETZALES (Q. 60,000.00), entregándole la cantidad de

VEINTE MIL (Q. 20,000.00) en este momento a manera de adelanto, por la prestación de sus servicios profesionales. TERCERA: se prohíbe terminantemente a la profesional Evelyn de Maria Reyes Hernandez, revelar el resultado de dicha auditoria, a persona individual o jurídica ajena al contratante CUARTA: Que en caso de incumplimiento en la entrega del informe final o revelar la misma a persona distinta, la Auditora Evelyn de Maria Reyes Hernandez deberá pagar en concepto de daños y perjuicios las dos terceras partes de lo pactado como sus honorarios. QUINTA: La Auditora Evelyn de Maria Reyes Hernandez manifiesta que acepta el contenido del presente contrato y se compromete a realizar el mismo con ética y profesionalismo Manifiestan las partes que están conformes con lo estipulado y que aceptan el mismo por lo que firman de forma conjunta. DOY FE: A) De que lo escrito me fue expuesto y del contenido del presente instrumento: B) De haber tenido a la vista las Cédulas de vecindad relacionadas: C) de que advertí a los otorgantes de los efectos legales derivados de este contrato, que leí lo escrito a los comparecientes quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales lo ratifican, aceptan y firman ante el notario. f. f. ANTE MÍ