Contrato De Arrendamiento

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento que celebran de una parte la Sra. YOLANDA ROSA NOLASCO JUAN D

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente documento que celebran de una parte la Sra. YOLANDA ROSA NOLASCO JUAN DE DIOS con DNI N° 20022922 con domiciliado en la Av. José Olaya N° 1166 - Huancayo, quien adelante se denominara como ARRENDADOR y de otra parte el Sr. ELVIS THONY POZO QUILLCA con DNI N° 48604740 domiciliado en Pje. Micaela Bastidas N° 120 - Huancayo como ARRENDATARIO (inquilino). PRIMERO: EL local ubicado en la parte baja del inmueble de la Av. José Olaya N° 1166 – Huancayo, está destinado al comercio, el arrendador declara por medio de la presente que el inmueble se encuentra libre de cargo, gravámenes y arrendamientos. SEGUNDO: El interesado el Sr. ELVIS THONY POZO QUILLCA., para el arrendamiento del local descrito para el uso comercial, acuerdan celebrar el presente contrato de arrendamiento que ha sido pactado por ambas partes de forma expresa detallada, previa negociación particular de la diferentes estipulaciones y pactos que conforman el mismo.

TERCERO: Por el presente documento el arrendador da en arrendamiento al arrendatario el local del inmueble ubicado en la Av. José Olaya N° 1166 - Huancayo. (solo una tienda comercial), para ser utilizado exclusivamente como local comercial y mantenerlo en buen estado como se le entrega antes de ser arrendado. También hace conocimiento que el local consta de un baño, caño, puerta un ambiente amplio, ventanas y sobre todo con los servicios básicos de agua, desagüe y anergia eléctrica (todo en buenas condiciones), que es del inmueble a alquilar. CUARTO: El arrendatario destinara el local para uso de venta de comida rápida (chifa) que por lo general son en las tardes. QUINTO: Por el presente documento el arrendador da en alquiler el local para la venta exclusiva de chifa mas no para la venta de licor ni otros rubros en la cual se recalca evitar los escándalos, mantener el buen comportamiento. Y el respeto durante su permanencia. SEXTO: El plazo de duración del presente contrato es de 06 meses, que se inicia a partir del 19 de Diciembre del 2019 hasta el 19 de Junio del 2020.

SEPTIMO: El monto acordado es la suma de 370.00 soles, que corre a partir del 19 de Diciembre del 2019 y así sucesivamente, el pago es cada día 19 de cada mes. Durante su permanencia se le encarga al ocupante, tener un respeto mutuo y buena relación con el arrendador y mantener el local en buena conservación, aclarando que el consumo de los servicios de agua y luz pagará el ARRENDATARIO aparte.

OCTAVO: El arrendador deja en claro mediante esta cláusula que por ningún motivo da potestad al arrendatario para sub Arrendar el inmueble.

Se aclara que el ARRENDATARIO, deja la suma de S/. 350.00 soles como garantía en caso de algún perjuicio ocasionado en el local (monto que será entregado al momento de firmar el presente contrato Ambas partes declaran su conformidad con las cláusulas que anteceden y en tal virtud lo suscriben por duplicado en la fecha. Nota; en caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas se terminará automáticamente este contrato sin necesidad de dar previo aviso al arrendatario.

Huancayo, 19 de Diciembre del 2019

-------------------------------YOLANDA R. NOLASCO JUAN DE DIOS DNI N° 20022922

ARRENDADOR

-------------------------------ELVIS THONY POZO QUILLCA DNI N° 48604740

ARRENDATARIO