Contabilidad y Teneduria de Libros

Contabilidad La contabilidad es una ciencia y una técnica que aporta información de utilidad para el proceso de toma de

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Contabilidad La contabilidad es una ciencia y una técnica que aporta información de utilidad para el proceso de toma de decisiones económicas. Esta disciplina estudia el patrimonio y presenta los resultados a través de estados contables o financieros. La contabilidad implica el análisis desde distintos sectores de todas las variables que inciden en este campo. Para esto es necesidad llevar a cabo un registro sistemático y cronológico de las operaciones financieras. En una empresa, por lo tanto, implica el control de todas sus operaciones diarias: compra, venta, gastos, inversiones, etc. El contador debe registrar, analizar, clasificar y resumir dichas operaciones para volcarlas en un estado o balance con información veraz. Existen distintas fases especializadas que forman parte de la contabilidad:  

 

La de costos se dedica a la clasificar y recopilar información de los costos corrientes y en perspectiva; La fiscal, por su parte, está fundamentada en la legislación impositiva de cada país. El contador debe encargarse de elaborar los informes pertinentes para la presentación de declaraciones ante la Administración Pública y para el pago de los impuestos; La financiera es la fase que se centra en la información cuantitativa de las transacciones y de otros eventos económicos que son susceptibles de cuantificación; La administrativa, por último, está vinculada a la elaboración de informes internos. La información es analizada por los propios responsables de la organización, quienes tomarán decisiones de gestión en base a los datos aportados. Las políticas de una empresa suelen basarse en estos informes de la contabilidad administrativa.

Objetivos 

Proporcionar información. A Dueños, accionistas, bancos y gerentes, con relación a la naturaleza del valor de las cosas que el negocio deba a terceros, la cosas poseídas por el negocio. Sin embargo, su primordial objetivo es suministrar información razonada, con base en registros técnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o público. Para ello deberá realizar:  Registros con bases en sistemas y procedimientos técnicos adaptados a la diversidad de operaciones que pueda realizar un determinado ente.  Clasificar operaciones registradas como medio para obtener objetivos propuestos.  Interpretar los resultados con el fin de dar información detallada y razonada.

Con relación a la información suministrada, esta deberá cumplir con un objetivo administrativo y uno financiero: 

Administrativo. ofrecer información a los usuarios internos para suministrar y facilitar a la administración intrínseca la planificación, toma de decisiones y control de operaciones. Para ello, comprende información histórica presente y futura de cada departamento en que se subdivida la organización de la empresa.



Financiero. proporcionar información a usuarios externos de las operaciones realizadas por un ente, fundamentalmente en el pasado por lo que también se le denomina contabilidad histórica.

Importancia. Su importancia radica en que todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras. La contabilidad posee una técnica que se ocupa de registrar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o directores a través de la contabilidad podrán orientarse sobre el curso que siguen sus negocios mediante datos contables y estadísticos. Estos datos permiten conocer la estabilidad y solvencia de la compañía, la corriente de cobros y pagos, las tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros. De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la empresa. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener información de carácter legal.

Teneduría de libros. La teneduría de libros es llevar los libros contables, elaborarlos, prepararlos, organizarlos y tenerlos a disposición de la empresa para cuando los requieran. En este orden las ideas, el objetivo de la teneduría de libros no es otro que lograr uno de los propósitos de la contabilidad, que es registrar de forma cronológica los hechos económicos de la empresa. Mediante la teneduría de libros se logran registrar, plasmar, imprimir en un libro físico o en un medio magnético, los hechos económicos sucedidos o desarrollador por la empresa. Se logra hacer la clasificación, organización y registro de cada operación de la empresa que es precisamente de lo que se ocupa la contabilidad mediante la teneduría de libros. También nos permite a la empresa tener a disposición la información contable y económica a través del tiempo, para ser consultada, para ser utilizada en la elaboración de informes, estudios, análisis, y lo más importante, para ser utilizada como una herramienta para la toma de decisiones. En resumen, el objetivo de la teneduría de libros permitir que la contabilidad se vuelva realidad, puesto que es mediante la teneduría de libros que es posible llevar un registro cronológico e histórico de todo lo que sucede en la empresa en materia contable, económica y financiera.

Diferencias entre contabilidad y tenduria de libros La contabilidad se encarga de:    

Analizar y valorar los resultados económicos. Agrupar y comparar resultados. Planificar y sintetizar los procedimientos a seguir. Controlar el cumplimiento de lo programado.

En tanto que, la teneduría de libros se ocupa de:    

Recabar, registrar y clasificar las operaciones de empresa. Narrar en forma escrita los hechos contables. Ejecutar las tareas según los procedimientos preestablecidos. Está bajo control y supervisión del contador.

Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) NIC-1. Presentación de estados financieros (revisada en 1997). NIC-2. Existencias (revisada en 1993). NIC-3. Sustituido por IAS 27e IAS 28 NIC-4. Contabilización de la depreciación. NIC-5. Sustituido por IAS 1. NIC-6. Sustituido por IAS 15. NIC-7. Estado de flujos de efectivo (revisada en 1992). NIC-8. Ganancia o pérdida neta del período, errores fundamentales y cambios en las políticas contables. NIC-9. Costos de investigación y desarrollo. NIC-10. Contingencias y hechos ocurridos después de la fecha del balance (revisada en 1999). NIC-11. Contratos de construcción (revisada en 1993). NIC-12. Impuesto sobre las ganancias (revisada en 2000). NIC-13. Sustituido por IAS 1. NIC-14. Información financiera por segmentos (revisada en 1997). NIC-15. Información para reflejar los efectos de los cambios en los precios (párrafos reordenados en1994). NIC-16. Propiedades, planta y equipo (Inmovilizado material (revisada en 1998)). NIC-17. Arrendamientos (revisada en 1997). NIC-18. Ingresos (Ingresos ordinarios (revisada en 1993)). NIC-19. Beneficios a los empleados (Retribuciones a los Empleados (revisada en 2002)). NIC-20. Contabilización de las subvenciones oficiales e información a revelar sobre ayudas públicas (párrafos reordenados en 1994). NIC-21. Efectos de variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera (Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera (revisada en 1993)). NIC-22. Combinaciones de negocios (revisada en 1998). NIC-23. Costes por intereses (revisada en 1993). NIC-24. Información a revelar sobre partes relacionadas (Información a revelar sobre partes vinculadas (párrafos reordenados en 1994)). NIC-25. Contabilización de las inversiones NOTA: Este estándar fue sustituido por IAS 40, con respecto a accounting for investment property. IAS 25 fue retirado cuando este estándar comenzó a tener efecto. NIC-26. Contabilización e información financiera sobre planes de prestaciones por retiro (párrafos reordenados en 1994) NIC-27. Estados financieros consolidados y contabilización en subsidiarias (Estados financieros consolidados y contabilización de inversiones en dependientes (revisada en 2000)). NIC-28. Contabilización de inversiones en empresas asociadas (revisada en 2000) NIC-29. Información financiera en economías hiperinflacionarias (párrafos reordenados en 1994).

NIC-30. Información a revelar en los estados financieros de bancos y entidades financieras similares (párrafos reordenados en 1994). NIC-31. Información financiera de los intereses en negocios conjuntos (revisada en 2000). NIC-33. Ganancias por acción (1997). NIC-34. Información financiera intermedia (1998). NIC-35. Operaciones en discontinuación (Explotaciones en interrupción definitiva (1998)). NIC-36. Deterioro del valor de los activos (1998). NIC-37. Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes (1998). NIC-38. Activos intangibles (Activos inmateriales (1998)). NIC-39. Instrumentos financieros: NIC-40. Inmuebles de inversión (2000) NIC-41. Agricultura (2001)

Declaraciones de Principios de Contabilidad (DPC) DPC-0. Normas Básicas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. DPC-2. Contabilización de Costos y Gastos de empresas o actividades en periodo de desarrollo. DPC-3. Contabilidad para el Impuesto Sobre La Renta DPC-6. Revelación de Políticas Contables. DPC-7. Estados Financieros consolidados, combinados y valuación de inversiones permanentes por el método de participación patrimonial. DPC-8. Contingencias. DPC-9. Capitalización de los costos de intereses. DPC-10. Normas para la elaboración de estados financieros ajustados por efectos de la inflación. DPC-11. Estado del flujo del efectivo. DPC-12. Tratamiento contable de las transacciones en moneda extranjera y conversión o traducción de operaciones en el extranjero. DPC-13. Contabilización de Contratos de Construcción. DPC-14. Contabilización de los Arrendamientos DPC-15. Contabilización de Inversiones.

Disposiciones y Normativas Legales. Contabilidad Mercantil A través de la Contabilidad, es posible tanto para los administradores como para los socios, conocer de antemano la productividad económica de su compañía, lo que determinará su capacidad de endeudamiento en función de su liquidez, solvencia patrimonial y valor efectivo del capital social. En otras palabras, constituye un medio de información confiable para establecer la capacidad económica que tiene la empresa para obligarse. La Contabilidad Mercantil se define a grandes rasgos, como una forma de registrar, clasificar y resumir todas las operaciones mercantiles realizadas por una empresa, para interpretar posteriormente sus resultados, en función de conocer con certeza su situación financiera. Ofrece la practicidad de llevar un registro descriptivo, -el cual puede ser de forma manual o mecánica-, de los distintos procesos que se ejecutan en el libre desenvolvimiento de la actividad mercantil,

permitiendo a los sujetos intervinientes, conocer los resultados obtenidos durante un determinado periodo de tiempo.

De Los Libros Obligatorios y de Los Libros Auxiliares El Código de Comercio establece en su artículo 32, la obligación para todo comerciante de llevar la contabilidad de la empresa, mediante el uso de los libros principales, lo cuales comprenden: el Libro Diario, el Libro Mayor y el Libro de Inventarios. Además, la misma ley le otorga al empresario, de modo facultativo, la potestad de llevar cualquier otro libro auxiliar que considere pertinente para el mayor orden y claridad en sus operaciones, como por ejemplo, el Libro de Caja, el Libro de Operaciones o el Libro Copiador de Cartas.

Libros obligatorios.  Libro Diario En este libro se registran en orden cronológico las operaciones realizadas día por día, expresando los datos del acreedor, deudor y especificaciones de la negociación. Existe la posibilidad, para aquellos comerciantes con el carácter de minorista, de cumplir con tales obligaciones, asentando diariamente un resumen de las operaciones hechas de contado, y aplicando mayor énfasis a las que se hicieron a crédito. Estas facultades se encuentran establecidas en el artículo 34 del citado Código. El Libro Diario es conocido como el libro de entrada original, por el hecho de que en él se registran por primera vez las operaciones de la empresa. Este libro no puede ponerse en uso sin que se haya hecho la previa presentación por ante el Registrador Mercantil, con la finalidad de que sea debidamente habilitado, según lo previsto en el artículo 33 eiusdem.

 Libro Mayor En él se ordenan todos los asientos que fueron registrados en el Libro Diario, haciendo especial énfasis en la identificación de los clientes. Se registran las operaciones de contado, a crédito, los pagos, y las garantías contraídas. Este libro representa el lugar a donde se trasladan todas las operaciones que se plasman en el Libro Diario, colocando entre otros datos, la fecha de cada operación, su naturaleza, y clase. Una particularidad de este libro es que en él puede apreciarse la situación o estado de cuenta particular con cada cliente, acreedor o deudor. Es considerado el libro más importante en cualquier contabilidad, toda vez que en ella se registran cuentas individuales o colectivas de los bienes materiales, derechos y créditos que integran el activo; las deudas y obligaciones que forman el pasivo; el capital; las ganancias y pérdidas, y en general todas las operaciones de una empresa.

 Libro de Inventario En el Libro de Inventario se establece una valoración estimada de los bienes muebles, inmuebles y créditos. Este libro permite al comerciante tener una apreciación del activo circulante, al inicio y

luego al cierre de cada ejercicio económico, expresando la clase y naturaleza del bien, su valor, cuándo fue adquirido, depreciación y ajuste por inflación, entre otros aspectos. Dentro de sus características esenciales, está su más que necesario cierre con el Balance y la Cuenta de Ganancias y Pérdidas. Según el artículo 35 eiusdem, el Libro de Inventario debe ser firmado por aquellas personas del establecimiento que han intervenido en su formación.

Libros Auxiliares El Código de Comercio establece en el único aparte del artículo 32, la facultad para los comerciantes de llevar todos los libros auxiliares que estimare conveniente para el mayor orden y claridad de sus operaciones. Dentro de los libros auxiliares o facultativos están: el Libro de Caja, el Libro de Facturas y el Copiador de Cartas. Al igual que todos los demás libros contables, deben cumplir con los requisitos generales establecidos en la ley para su correcto uso, dentro de los cuales están, entre otras: la habilitación, así como el de no poseer ningún tipo de alteración.

 Cuentas de Ganancias y Pérdidas y Balances El primer aparte del artículo 35 del Código de Comercio exige que el inventario se cierre con el Balance y la Cuenta de Ganancias y Pérdidas. Ambos estados financieros se preparan con el objeto de presentar un informe periódico acerca de la situación actual del negocio, sobre los procesos de la Administración, y los resultados obtenidos durante un determinado periodo económico. Para Barboza, E (2007) el balance “constituye un estado demostrativo de la situación patrimonial de la empresa…” (p.107); representa: "Un reporte producido *…+ con el propósito de medir el valor neto contable de una empresa en cierta fecha, y su riesgo ante acreedores potenciales. En este documento *…+ se reflejan los activos, pasivos y el patrimonio de los propietarios, incluyendo los excedentes de las operaciones, (superávit), o crecimiento natural de la empresa”. La preparación de dicho balance es de gran importancia para todo ente económico, ya que muestra en forma ordenada todas las cuentas que constituyen los bienes, derechos, obligaciones y el capital para una determinada fecha. Establece, de forma más detallada, dónde se encuentran invertidos los fondos de la empresa (activos) y el origen de los mismos (pasivo y capital). Este informe debe elaborarse por lo menos una vez al año, al finalizar el ejercicio económico, o por períodos menores (mensual, trimestral, semestral) de acuerdo con las leyes vigentes y los estatutos de la empresa. En materia de Sociedades Anónimas, el artículo 304 del Código de Comercio, exige que el balance demuestre con exactitud los beneficios realmente obtenidos y las pérdidas experimentadas, fijando las partidas del acervo social por el valor que realmente tengan o se les presuma.

Con respecto a las Cuentas de Ganancias y Pérdidas, o Estado de Resultados, éstas se definen como aquellas donde se clasifican sumariamente los negocios, desde el punto de vista de las utilidades (ingresos) y las pérdidas (gastos), que se hayan producido durante el respectivo ejercicio económico. Según el citado Artículo 35, la Cuenta de Ganancias y Pérdidas, o Estado de Resultado, debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas, haciendo mención expresa de las fianzas otorgadas, así como de cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva, con anotación a la respectiva contrapartida. Los ingresos vendrían siendo las cantidades obtenidas por la venta de los bienes o servicios producidos por la empresa, mientras que los gastos reflejan todas aquellas transacciones que hacen posible que la empresa desarrolle su actividad, por lo que en ellos se incluyen los salarios, los alquileres, el pago de intereses y los impuestos, entre otros. Su importancia consiste en el hecho de que por medio de ésta, describe las transacciones que dan como resultado una ganancia o una pérdida, examinando desde un punto de vista general, la efectividad y el rendimiento económico de la compañía.

 Valor Probatorio de los Libros y su Producción en Juicio El artículo 38 del Código de Comercio establece: Los libros llevados con arreglo a los artículos anteriores podrán hacer prueba entre comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que no fuere comerciante, los asientos de los libros solo harán fe contra su dueño; Pero la otra parte, no podrá aceptar lo favorable, sin admitir también lo adverso que ellos contengan. Según este dispositivo, en principio, los Libros de Comercio no constituyen por si solos prueba alguna. Valeri, P. (2004) expresa que: “La prueba se concreta a los asientos bien llevados en los Libros de Comercio obligatorios, es decir, que no se haya incurrido en alguno de los supuestos prohibidos por el Código de Comercio” (p.88). Por tanto, dichos asientos constituyen prueba entre comerciantes, en todo lo que les beneficie o los perjudique. Ahora bien, para los no comerciantes, los asientos hacen fe únicamente contra su dueño, pero la otra parte, no podrá aceptar lo favorable que se desprenda de esos libros, si al mismo tiempo no acepta también lo adverso que de ellos se derive. Barboza, E. (2007) agrega: “los libros de contabilidad darán fe contra su dueño, ya que, virtualmente, estos libros recogen una confesión extrajudicial de los negocios y obligaciones que contrae el comerciante” (p.89). Asimismo, el artículo 124 ejusdem, establece que: “Las obligaciones mercantiles y su liberación se prueban: …Con los libros mercantiles de las partes contratantes…”. Es decir, los Libros de Comercio sólo serán objeto de prueba entre comerciantes por hechos de comercio, y la fuerza y eficacia probatoria de estos quedará sometida al prudente arbitrio del juez. En este sentido, Morles, A. (2004) señala:

El grado probatorio de los libros es cuestión que la ley deja a la apreciación del juez y, en consecuencia, éste puede considerarlos desde prueba plena de la obligación hasta simple presunción hominis dependiendo de la extensión y claridad de los asientos y de los restantes elementos que el magistrado considere. (p. 416) Con respecto a los Libros Auxiliares, para que sus asientos surtan efectos jurídicos, estos deben ser legalizados por el Registrador Mercantil y ser llevados correctamente sin incurrir en los supuestos prohibitivos del artículo 37 del Código de Comercio. Del mismo modo, el Código de Comercio en su artículo 40, prohíbe hacer pesquisas de oficio por Tribunal o autoridad alguna, para inquirir si los comerciantes llevan o no libros, o si éstos están con arreglo a las prescripciones legales. Pero si el comerciante intenta hacer valer los asientos alterados, podrá incurrir en responsabilidad tanto civil como penal, según sean las circunstancias del caso. Además, en el supuesto de cesación de pago por parte de éste, tales hechos contribuyen a conformar hechos demostrativos de quiebra culpable o quiebra fraudulenta, tipificados en el Código Penal Venezolano como delitos. (Valeri, P. 2004, p. 88). Por otro lado, es importante tomar en cuenta la llamada manifestación o examen general de los libros de Comercio, los cuales podrán acordarse de oficio o a instancia de parte, sólo en los casos taxativos del artículo 41 Código de Comercio, es decir, en materia de sucesión universal, comunidad de bienes, liquidación de sociedades legales o convencionales, y en los casos de atraso y quiebra. Finalmente, con respecto a la prueba de las obligaciones contraídas entre venezolanos y extranjeros, se debe atender a las leyes del país en el que el comerciante ejerce su actividad, en lo relativo a los libros y a la forma de llevarlos (locus regit actum), y para estimar su valor probatorio, debe tomarse en consideración la ley del país antes cuyos tribunales se haga valer la correspondiente pretensión (lex fori). (Barboza, E. 2007, p.109). En este orden de ideas, el artículo 116 del Código de Comercio dispone: “Todos los actos concernientes a la ejecución de los contratos mercantiles celebrados en país extranjero y cumplideros en Venezuela, serán recogidos por la ley venezolana, a menos que las partes hubieren acordado otra cosa”. En estos casos, deberá atenderse a los principios generales de Derecho Internacional Privado y la respectiva ley (Código de Bustamante).

Notas y referencias. Bibliográficas (e-Books) ALBORNOZ VALERI, P. (2004). Curso de Derecho Mercantil. Caracas, Venezuela: Ediciones Liber. BARBOZA PARRA, E. (2007). Derecho Mercantil. Manual Teórico Práctico. (13ª. ed.). Caracas, Venezuela: Editorial Mc Graw Hill Interamericana de Venezuela, S.A. GARAY, J. M. (2004). Código de Comercio. Anotado. (5a ed) Caracas, Venezuela: Ediciones Juan Garay. Artículos: del 32 al 44 ambos inclusive. GOLDSCHMIDT, R. (2006) Curso de Derecho Mercantil. Caracas, Venezuela: Universidad Católica Andrés Bello. MORLES HERNÁNDEZ, A. (2006). Curso de Derecho Mercantil “Las sociedades mercantiles”. (8a. ed. T. 1). Caracas, Venezuela: Editorial Texto, C.A. VV.AA. Memento contable 2012. FRANCIS LEFEBVRE, S.A.. ISBN 9788415056577. García Castellví, Antonio (coord.) (2008). Contabilidad financiera. Análisis y aplicación del PGC de 2007. Ariel. ISBN 978-84-344-4552-9. Consultado el 1 de enero de 2012. Alcarria Jaime, José J.. Universitat Jaume I. ed. Contabilidad financiera I. ISBN 978-84-691-1809-2. Consultado el 29 de noviembre de 2011. Giménez Barriocanal, Fernando. La actividad económica en el derecho romano. Análisis contable. Dyckinson S.L.. ISBN 84-9772-202-7. Consultado el 1 de diciembre de 2011. Amanda Alicia Godoy-Orlando Greco. Diccionario Contable y Comercial Blanco Richart, Enrique R.. Contabilidad y fiscalidad. Editorial Club Universitario. ISBN 84-8454-1886. Consultado el 1 de mayo de 2013. Omeña García, Jesús. Contabilidad general. Deusto. ISBN 978-84-234-2614-0. Consultado el 27 de noviembre de 2011. Pérez, Rosario. Técnica contable. Editex. ISBN 978-84-9771-6482. Rey Pombo, José. Contabilidad general. Paraninfo. ISBN 978-84-9732-727-5. Consultado el 22 de diciembre de 2011. Montesinos Julve, Vicente (coord.). Introducción a la contabilidad financiera, un enfoque internacional. Ariel. ISBN 978-84-344-4544-4. Consultado el 2 de enero de 2012.

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