CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Apuntes de Contabilidad Gubernamental TEMA N° 1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (ADMINISTRACIÓN Y FINANCIAMIENTO) 1.1.

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental

TEMA N° 1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (ADMINISTRACIÓN Y FINANCIAMIENTO) 1.1.

DEFINICIONES

¿Qué es el Estado? Es una sociedad establecida en un territorio determinado y políticamente organizada mediante una autoridad o gobierno que emerge del ejercicio del poder político y que regula la convivencia social, buscando como finalidad el bienestar de sus miembros. ¿Qué es el Gobierno? El gobierno es el conjunto de poderes públicos a quienes se delega el ejercicio supremo de la soberanía que reside en el pueblo. ¿Qué es la Administración Pública? Es el conjunto de órganos administrativos que sirven al Estado para la realización de funciones y actividades destinadas a la provisión de bienes, obras y servicios a la sociedad. Tiene por objeto utilizar eficaz y eficientemente los recursos de la sociedad puesto a su disposición, eliminar el despilfarro, reducir los gastos, conservar y utilizar con criterio el patrimonio del Estado, así como proteger el bienestar y el interés de los servidores públicos. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

ARTICULO N° 1 POLÍTICO ESTADO

MODELO

Unitario /Social Libre Independiente Soberano Democrático Intercultural Descentralizado Con Autonomías

1.2.

PLURALIDAD

“VIVIR BIEN”

ESTRUCTURA DEL ESTADO (Art. 11, 12; CPE)

1.2.1. ÓRGANO LEGISLATIVO (Art. 158)  Emitir Leyes Ej.: Ley Financial  Aprobar el P.G.E.S. (PND) Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

ECONÓMICO CULTURAL LINGÜÍSTICO

Apuntes de Contabilidad Gubernamental  Aprobar Endeudamiento (Interno y Externo)  Establecer el sistema monetario  Aprobar Contratos  Aprobar Enajenación de bienes públicos  Controlar y Fiscalizar: Administración Publica (diputados/Senadores Interno)  Aprobar la rendición anual cuenta Interna Órgano ejecutivo 1.2.2. ÓRGANO EJECUTIVO (Art. 172)  Proponer Leyes: (Económico, Financiero) (Monetario/Fiscal)  Cumplir leyes – Reglamentar D.J.  Presentar el PND - M.P.D. = Órgano Rector  Administración de Recursos Públicos: Donaciones, Crédito, Impuesto  Presentar el ante proyecto del presupuesto  Designación del controlador general del estado (BCB / ASFI) Procuraduría General del Estado  Designación de Ministros y otras Autoridades. 1.3.

MODELO ECONÓMICO (Art. 306) Seguridad Alimentaria COMUNITARIA Formas de Organización ESTATAL MODELO ECONÓMICO PRIVADA SOCIAL COOPERATIVA PLURALIDAD Producción CALIDAD DE VIDA

Asociaciones Mixtas

“VIVIR BIEN” Erradicación de la Pobreza Distribución de la Riqueza

Industrialización (Producción / Distribución / Comercio) Recursos Naturales, Propiedad del Estado Elimina: Monopolio / Oligopolio Apoyo: Micro, Pequeño y Mediana Empresa Fomento a la Exportación Nueva Propiedad de la tierra: Generación de empleo Apoyo al cooperativismo

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

1.4.

ADMINISTRACION PUBLICA

ENTIDADES DESCENTRALIZAD AD

ENTIDADES ESPECIALES ÓRGANO LEG

INDEPENDENCIA

C.G.E. Ministerio Publico Defensoría del Pueblo Gobierno Municipal Gobiernos Departamentales Universidades

ADMINISTRACION PÚBLICA

P.G.E.

BIENES

MODELO ECONOMICO GESTIÓN PÚBLICA

POBLACIÓN SERVICIOS

PLURALIDAD POLITICAS

ECONOMICO

1.5.

FINANCIERO

POLITICAS ECONOMICAS

 Política: Productivo, Industrial, Comercial Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

MONETARIO

PLANIFICAR ORGANIZAR EJECUTAR CONTROLAR

FISCAL

Apuntes de Contabilidad Gubernamental o Demanda Interna o Exportación Urbanos Rurales

 Apoyo: Pequeña, Micro, Mediana Empresa  Apoyo: Infraestructura Productiva  Exportación: Valor Agregado  Industrialización: a) Medio Ambiente

b) Respeto a los Derechos de los Pueblos Indígenas  Comercialización Productivo Estratégico: Régimen Tributario

Impuesto Regalías Participaciones

Gob. Mun. Gob. Depto.

 Priorización: Inversión Boliviana 1.6.

POLITICAS FINANCIERAS Igualdad de Oportunidades

 Estado Regulado: Principios Usuarios Empresarios Artesanos Comerciantes Comunitarios Solidaridad Vivienda Distribución y Redistribución Igualitaria Bono

 Política financiera: Diversificación de la atención de los servicios financieros  Fomento: Creación Entidades no bancarias inversión social productiva. Producción Agrícola

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Seguridad Alimentaria

Apuntes de Contabilidad Gubernamental  BCB: No reconocen deudas de Bancos privados

 Operaciones Administración: BCB / Banco Unión Cuenta Única del Tesoro General Cuentas Fiscales

1.7.

POLITICA MONETARIA

 Estado: Ministerio de Economía y Finanzas Publicas – BCB  Transacciones: Bs SIGMA

E.E.F.F.

BID, BM, CAF

$us.

 BCB: Entidad Publica Descentralizada

Presupuesto Propio

 1 Presidente, 5 Directorios 1.8.

POLITICA FISCAL

Patrimonio Propio  Adm. Económica Autonomía de Gestión Presupuesto Propio

Política Monetaria Política Cambiaria

Recursos

y Financiera: Presupuesto Gastos

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

Estado Municipios Ciudadanía “Demandas”

 Asignación Gastos: Planificación

PND P. Depto. P. Regionales P. Municipales P. Estratégicos Municipales P.O.A

MACRO

Planes Sectoriales P.E.I

INSTITUCIONAL

 Inversión Pública: Educación, Salud, Vivienda, Alimentación.  Órgano Ejecutivo: Presenta a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Presupuesto (Ley Financiero)

RECURSOS

Impuestos Venta de Bienes y Servicios Crédito Donaciones

Infraestructura

P.G.E.

Tangible

GASTOS

Gastos de Inversión Gastos Corrientes

Proyecto Intangible

Sociales

 Proyecto: Fuente  Información: Órgano Ejecutivo

M.E.F.P.

SIGMA

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Presupuesto y su Ejecución Presupuestaria Toda Información

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

 Impuestos

 

 Tasas



Nacional Departamental Municipal

 Contribuciones Especiales Ley de Autonomías

 Deuda Publica

Órgano Legislativo Reglamento

M.E.F.P.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Consejos

 

Imp. Inmueble Imp. Vehículos

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TEMA N° 2 LEY 1178 2.1.

INTRODUCCION A LA LEY 1178

¿Qué es un Sistema? Un sistema es un conjunto de componentes o partes que tienen un orden preestablecido y armónico y que se interrelacionan e interactúan entre sí a fin de lograr objetivos comunes. ¿Cómo funciona un sistema? Los sistemas funcionan mediante las siguientes fases: a) La fase de Inicio, se denomina Entradas, Insumos o Input que son los recursos que llegan al sistema desde el medio ambiente interno o externo. b) Las fases Intermedias, son cumplidas por los procesos que son actividades que se realizan con criterio técnico, lógico, secuencial y en forma de una cadena. c) La fase Final, se denomina Salidas, Productos o Output que son los resultados que entrega el sistema y que sirven de insumos a otros sistemas; estos resultados deben contribuir a satisfacer plenamente a sus objetivos. d) Pero, aunque un estricto control y supervisión durante el funcionamiento de un sistema, siempre existe la posibilidad de que ocurran desvíos respecto de lo previsto, entonces el enfoque de sistemas ha previsto que exista una fase de corrección,

la

misma

que

se

denomina

Retroalimentación o Feedback.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Retroalimentación,

Control,

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

ENTRADAS

SALIDAS

PROCESO

RETROALIMENTACION O CONTROL

¿Qué ocurre cuando existe una alteración en las fases? Cualquier cambio o alteración que sufran las fases antes mencionadas tiene efectos en cadena porque, inevitablemente, produce cambios o alteraciones en las demás fases. De esta forma es como se manifiesta la característica de interrelación e interacción que antes mencionamos. 2.2.

CARACTERÍSTICAS DE LA LEY 1178 ENFOQUE SISTEMICO Ley 1178 Sistemas Operativos Sistemas Administrativos

C.G.E.

Misión

Apoyo

Sustantivos S.A.B.S. Sub Contraloría

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental LEY “MARCO”

Sistema de Administración y Control Normas Básicas

LEY DE PRINCIPIOS

Ej. Régimen de Responsabilidades

Rendición Pública Transferencia

LEY POR RESULTADOS

OBJETIVO

FORMA

RESULTADO

Cuál es el Objeto

A que se ha destinado Para que se Adquirió Pasos de la Contratación

Ej. Compra de Equipos de Computación SABS

2.3.

Justificación

FINALIDADES DE LA LEY 1178 (Art. 1,2)

Tiene la finalidad de regular los sistemas de Administración y de Control de los recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e Inversión Pública, con el objeto de:

a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.

b) Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados financieros. c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados sino también de la forma y resultado de su aplicación. d) Desarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.

Los sistemas que se regulan son:

a) Para programar y organizar las actividades:  Programación de Operaciones.  Organización Administrativa.  Presupuesto. b) Para ejecutar las actividades programadas:

   

Administración de Personal. Administración de Bienes y Servicios. Tesorería y Crédito Público. Contabilidad Integrada.

c) Para controlar la gestión del Sector Público: Ley 1178

1990

Modelo Gestión Pública

 Control Gubernamental, integrado por el Control Interno y el Control Control Ley de Administración y Control Gubernamental Auditorias Externo Posterior. Adm. Clásica

Desarrollar la capacidad administrativa: Entidad, propios Servidores

OBJETIVO Programar Organizar Ejecutar Generar Información Útil, Oportuna y Confiable Controlar Lograr que todo Servidor Público sin distinción de su jerarquía asuma CENCAP la responsabilidad de

Eficiencia

Captación Recursos Públicos

Elaborado por: Prof. RuddyEficacia Chambi Choque Uso

Economía

R, Admin. R. Civil R. Penal R. Ejecutiva

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

SERVIDOR PÚBLICO: Aquella persona que trabaja en una entidad pública y recibe su remuneración sin identificar el origen y su fuente independientemente de su jerarquía. 2.4.

ÁMBITO DE APLICACIÓN (Art. 3,4,5)

Los sistemas de Administración y de Control se aplicarán en todas las entidades del Sector Público, sin excepción, entendiéndose por tales la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los ministerios, las unidades administrativas de la Contraloría General de la República y de las Cortes Electorales; el Banco Central de Bolivia, las Superintendencias de Bancos y de Seguros, las Corporaciones de Desarrollo y las entidades estatales de intermediación financiera; las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; los gobiernos departamentales, las universidades y las municipalidades; las instituciones, organismos y empresas de los gobiernos nacional, departamental y local, y toda otra persona jurídica donde el Estado tenga la mayoría del patrimonio. También en el Órgano Legislativo y Judicial aplicarán a sus unidades administrativas las mismas normas contempladas en la presente Ley, conforme a sus propios objetivos, planes y políticas, en el marco de la independencia y coordinación de poderes. ¿Se aplica la ley N° 1178 a personas ajenas al Sector Público? Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

Toda persona no comprendida en los artículos 30 y 40, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que reciba recursos del Estado para su inversión o funcionamiento, se beneficie de subsidios, subvenciones, ventajas o exenciones, o preste servicios públicos no sujetos a la libre competencia, según la reglamentación y con las excepciones por cuantía que la misma señale, informará a la entidad pública competente sobre el destino, forma y resultados del manejo de los recursos y privilegios públicos y le presentará estados financieros debidamente auditados. También podrá exigirse opinión calificada e independiente sobre la efectividad de algunos o todos los sistemas de administración y control que utiliza. ÁMBITO DE APLICACIÓN Implantar SAYCO

Alcanzados por el Control Gubernamental

P.J. P.N.

Implantar Terceros “ADMINISTRACION PUBLICA”

S.P.O S.P S.O.A.

2.5.

SISTEMAS DE LA LEY 1178

¿Cuáles son los sistemas de Administración y de control que regula la Ley? Son ocho los sistemas que regula la Ley N° 1178 y están agrupados por actividades de la siguiente manera: 

Para Programar y Organizar las Actividades o Sistema de Programación de Operaciones

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental o Sistema de Organización Administrativa o Sistema de Presupuesto 

Para Ejecutar las Actividades Programadas o Sistema de Administración de Personal o Sistema de Administración de Bienes y Servicios o Sistema de Tesorería y Crédito Publico o Sistema de Contabilidad Integrada



Para Controlar la Gestión del Sector Publico o M.P.D. Control Gubernamental integrado por el Control Interno y el Control Externo Posterior SNIP

L

M.P.D.

SNIP

LEY 1178

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

2.5.1. SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR ACTIVIDADES 2.5.1.1.

SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES (Art. 6)

El Sistema de Programación de Operaciones traducirá los objetivos y planes estratégicos de cada entidad, concordantes con los planes y políticas generados por el Sistema Nacional de Planificación, en resultados concretos a alcanzar en el corto y mediano plazo; en tareas específicas a ejecutar; en procedimientos a emplear y en medios y recursos a utilizar, todo ello en función del tiempo y del espacio. Esta programación será de carácter integral, incluyendo tanto las operaciones de funcionamiento como las de ejecución de pre inversión e inversión. El proceso de programación de inversiones deberá corresponder a proyectos compatibilizados con las políticas sectoriales y regionales, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. 2.5.1.2.

SISTEMA DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA (Art. 7)

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental El Sistema de Organización Administrativa se definirá y ajustará en función de la Programación de Operaciones. Evitará la duplicidad de objetivos y atribuciones mediante la adecuación, fusión o supresión de las entidades, en seguimiento de los siguientes preceptos:

a) Se centralizará en la entidad cabeza de sector de los diferentes niveles de gobierno, las funciones de adoptar políticas, emitir normas y vigilar su ejecución y cumplimiento; y se desconcentrará o descentralizará la ejecución de las políticas y el manejo de los sistemas de administración. b) Toda entidad pública organizará internamente, en función de sus objetivos y la naturaleza de sus actividades, los sistemas de administración y control interno de que trata esta ley. 2.5.1.3.

SISTEMA DE PRESUPUESTOS (Art. 8)

El Sistema de Presupuesto preverá, en función de las prioridades de la política gubernamental, los montos y fuentes de los recursos financieros para cada gestión anual y su asignación a los requerimientos monetarios de la Programación de Operaciones y de la Organización Administrativa adoptada. Se sujetará a los siguientes preceptos generales:

a) Las entidades gubernamentales que cuenten con recursos provenientes de tributación, aportes a la seguridad social y otros aportes, regalías o transferencias de los tesoros del Estado, sujetarán sus gastos totales a la disponibilidad de sus recursos, a las condiciones del financiamiento debidamente contraído y a los límites legales presupuestarios, no pudiendo transferir gastos de inversión a funcionamiento. b) Las entidades con autonomía de gestión y de patrimonio cuyos ingresos provengan exclusivamente por venta de bienes o por prestación de servicios, financiarán con tales ingresos sus costos de funcionamiento, el aporte propio del financiamiento para sus inversiones y el servicio de su deuda. Sus presupuestos de gastos son indicativos de sus operaciones de funcionamiento e inversión. c) Los presupuestos de gastos del Banco Central y de las entidades públicas de intermediación financiera sometidas al programa monetario del Gobierno y a la Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental vigilancia de la Superintendencia de Bancos, son indicativos de sus operaciones de funcionamiento y de inversión no financiera. d) La ejecución de los presupuestos de gastos de las entidades señaladas en los incisos b) y c) de este artículo, está sujeta, según reglamentación, al cumplimiento de las políticas y normas gubernamentales relacionadas con la naturaleza de sus actividades, incluyendo las referidas a las modificaciones, traspasos y transferencias dentro de sus presupuestos, así como a la disponibilidad de sus ingresos efectivos después de atender y prever el cumplimiento de sus obligaciones, reservas, aumentos de capital, rédito sobre patrimonio neto y otras contribuciones obligatorias. No se permitirá la transferencia de gastos de inversión o excedentes de ingresos presupuestados a gastos de funcionamiento. 2.5.2. SISTEMAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS 2.5.2.1.

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL (Art. 9)

El Sistema de Administración de Personal, en procura de la eficiencia en la función pública, determinará los puestos de trabajo efectivamente necesarios, los requisitos y mecanismos para proveerlos, implantará regímenes de evaluación y retribución del trabajo, desarrollará las capacidades y aptitudes de los servidores y establecerá los procedimientos para el retiro de los mismos. 2.5.2.2.

SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS (Art. 10)

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios. Se sujetará a los siguientes preceptos:

a) Previamente exigirá la disponibilidad de los fondos que compromete o definirá las condiciones de financiamiento requeridas; diferenciará las atribuciones de solicitar, autorizar el inicio y llevar a cabo el proceso de contratación; simplificará los trámites e identificará a los responsables de la decisión de Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental contratación con relación a la calidad, oportunidad y competitividad del precio del suministro, incluyendo los efectos de los términos de pago. b) Las entidades emplearán los bienes y los servicios que contraten, en los fines previstos en la Programación de Operaciones y realizarán el mantenimiento preventivo y la salvaguardia de los activos, identificando a los responsables de su manejo. c) La reglamentación establecerá mecanismos para la baja o venta oportuna de los bienes tomando en cuenta las necesidades específicas de las entidades propietarias. La venta de acciones de sociedades de economía mixta y la transferencia o liquidación de empresas del Estado, se realizará previa autorización legal específica o genérica, con la debida publicidad previa, durante y posterior a estas operaciones.

2.5.2.3.

SISTEMA DE TESORERÍA Y CRÉDITO PUBLICO (Art. 11)

El Sistema de Tesorería y Crédito Público manejará los ingresos, el financiamiento o crédito público y programará los compromisos, obligaciones y pagos para ejecutar el presupuesto de gastos. Aplicará los siguientes preceptos generales:

a) Toda deuda pública interna o externa con plazo igual o mayor a un año será contraída por la máxima autoridad del Sistema de Tesorería del Estado, por cuenta del Tesoro Nacional o de la entidad beneficiaria que asume la responsabilidad del servicio de la deuda respectiva. b) Las deudas públicas con plazo inferior al año serán contraídas por cada entidad con sujeción a la programación financiera fijada por la máxima autoridad del Sistema de Tesorería del Estado.

c) Serán de cumplimiento obligatorio por las entidades del Sector Público, las políticas y normas establecidas por la máxima autoridad del Sistema de Tesorería del Estado para el manejo de fondos, valores y endeudamiento. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

2.5.2.4.

SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA (Art. 12)

El Sistema de Contabilidad Integrada incorporará las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema común, oportuno y confiable, destino y fuente de los datos expresados en términos monetarios. Con base en los datos financieros y no financieros generará información relevante y útil para la toma de decisión por las autoridades que regulan la marcha del Estado y de cada una de sus entidades, asegurando que:

a) El sistema contable específico para cada entidad o conjunto de entidades similares, responda a la naturaleza de las mismas y a sus requerimientos operativos y gerenciales respetando los principios y normas de aplicación general; b) La Contabilidad Integrada identifique, cuando sea relevante, el costo de las acciones del Estado y mida los resultados obtenidos. 2.5.3. SISTEMAS PARA CONTROLAR 2.5.3.1.

CONTROL GUBERNAMENTAL (Art. 13,14,15,16)

El Control Gubernamental tendrá por objetivo mejorar la eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado; la confiabilidad de la información que se genere sobre los mismos; los procedimientos para que toda autoridad y ejecutivo rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión; y la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.

El Control Gubernamental se aplicará sobre el funcionamiento de los sistemas de administración de los recursos públicos y estará integrado por:

a) El Sistema de Control Interno que comprenderá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimientos de cada entidad, y la auditoría interna.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental b) El Sistema de Control Externo Posterior que se aplicará por medio de la auditoría externa de las operaciones ya ejecutadas. Los procedimientos de control interno previo se aplicarán por todas las unidades de la entidad antes de la ejecución de sus operaciones y actividades o de que sus actos causen efecto.

Comprende la verificación del cumplimiento de las normas que los regulan y los hechos que los respaldan, así como de su conveniencia y oportunidad en función de los fines y programas de la entidad. Se prohíbe el ejercicio de controles previos por los responsables de la auditoría interna y por parte de personas, de unidades o de entidades diferentes o externas a la unidad ejecutora de las operaciones. Tampoco podrá crearse una unidad especial que asuma la dirección o centralización del ejercicio de controles previos.

El control interno posterior será practicado:

a) Por los responsables superiores, respecto de los resultados alcanzados por las operaciones y actividades bajo su directa competencia b) Por la unidad de auditoría interna.

La auditoría interna se practicará por una unidad especializada de la propia entidad, que realizará las siguientes actividades en forma separada, combinada o integral: evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de los sistemas de administración y de los instrumentos de control interno incorporados a ellos; determinar la confiabilidad de los registros y estados financieros; y analizar los resultados y la eficiencia de las operaciones. La Unidad de auditoría interna no participará en ninguna otra operación ni actividad administrativa y dependerá de la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, sea ésta colegiada o no, formulando y ejecutando con total independencia el programa de sus actividades.

Todos sus informes serán remitidos inmediatamente después de concluidos a la máxima autoridad colegiada, si la hubiera; a la máxima autoridad del ente que ejerce tuición sobre la entidad auditada; y a la Contraloría General de la República. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

La auditoría externa será independiente e imparcial, y en cualquier momento podrá examinar las operaciones o actividades ya realizadas por la entidad, a fin de calificar la eficacia de los sistemas de administración y control interno; opinar sobre la confiabilidad de los registros contables y operativos; dictaminar sobre la razonabilidad de los estados financieros; y evaluar los resultados de eficiencia y economía de las operaciones. Estas actividades de auditoría externa posterior podrán ser ejecutadas en forma separada, combinada o integral, y sus recomendaciones, discutidas y aceptadas por la entidad auditada, son de obligatorio cumplimiento. 2.6.

RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA (Art. 2 al 12; D.S. 23318 - A)

¿Qué es la responsabilidad por la función publica? Es la obligación que emerge a raíz del incumplimiento de los deberes de todo servidor público de desempeñar sus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud. La responsabilidad por la función pública se determina tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión. ¿Qué son la acción y la omisión? Acción es el efecto u resultado de hacer, es la posibilidad o facultad de realizar una cosa jurídicamente es la facultad legal de ejercitar una potestad. Omisión es la abstención de hacer lo que señalan las diferentes obligaciones estipuladas en las normas y en criterios establecidos para el desempeño para la función pública. ¿Ante quienes responden los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones? Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental



Todos ante sus superiores jerárquicos hasta el máximo ejecutivo.



Los máximos ejecutivos ante las autoridades de las entidades que ejercen tuición hasta la cabeza de sector.



Las autoridades del poder ejecutivo y de las entidades autónomas, de acuerdo a disposiciones legales, ante el Poder Legislativo, consejos departamentales, consejos municipales o la máxima representación universitaria, según corresponda.



Todos ellos ante la sociedad.

¿Quiénes son sujetos de la responsabilidad por la función publica? Los Servidores públicos y los ex – servidores públicos ¿Qué otros sujetos de responsabilidad existen? También son sujetos de responsabilidad de índole civil y penal las personas naturales o jurídicas con relación contractual con el Estado y las personas naturales que no siendo servidores públicos se beneficien con recursos públicos. ¿Qué otros aspectos implica la responsabilidad por la función publica? Que todos los servidores públicos son responsables de los informes y documentos que suscriben y del ejercicio de su profesión. En el caso de los profesionales abogados, encargados del patrocinio legal del Sector Publico, son responsables cuando la tramitación de la causa la realicen con vicios procedimentales o cuando los recursos se declaren improcedentes por aspectos formales.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental ¿Qué obligaciones existen acerca de la información para fines de control posterior? 

Todo servidor publico o ex – servidor publico esta en la obligación de exhibir la documentación o información para el examen de auditoria interna o externa.



Las personas privadas con relaciones contractuales con el Estado, sujetas al control posterior, deben exhibir la documentación o información pertinente.



Para fines de control posterior, las autoridades de las entidades del Sector Publico, deben asegurar que los ex – servidores tengan acceso a la documentación que requieran.

Responsabilidad por la Función Todo Pública Servidor Público

Responsabilidad

Resultados Toda Persona que Presta Servicios Desempeño Jerarquía

Acción Misión

Autoridad Estatal Fuente de Remuneración

2.6.1. TIPOS DE RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PUBLICA ¿Qué tipos de responsabilidad contemplan la Ley N° 1178? La Ley contempla los siguientes tipos de responsabilidad: 

Administrativa



Ejecutiva



Civil



Penal

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

2.6.1.1.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

¿Cuándo la responsabilidad es administrativa? Cuando el servidor publico en el ejercicio de sus funciones incurre en una acción u omisión que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor publico. Por tanto es de naturaleza disciplinaria. ¿Cómo esta constituido el ordenamiento jurídico administrativo? Esta constituido por las disposiciones legales atinentes a la Administración Publica y vigente en el país al momento en que se realizo el acto u omisión. El ordenamiento normativo en nuestro país lo constituyen la Constitución Política del Estado, las Leyes, y las disposiciones reglamentarias que emanan del Poder Ejecutivo: Decretos supremos, resoluciones supremas, resoluciones multiministeriales, ministeriales y administrativas. ¿Cuáles son las “Normas que regulan la conducta funcionaria”? Estas normas son de carácter general y especifico. Las normas generales están constituidas por: a) El Estatuto del funcionario Publico b) Las previstas en las Leyes. c) Las dictadas por el Órgano Rector del Sistema de Administración de Personal. d) Las que se aplican para el ejercicio de las profesiones en el Sector Publico. e) Los códigos de ética profesional. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

Las normas específicas son las establecidas por cada entidad, como por ejemplo: a) Reglamentos específicos de los sistemas de administración de la Ley N° 1178 b) Manuales de funciones c) Reglamentos internos d) Instructivos, circulares, memorándums. Ejemplo: La contratación de bienes sin seguir los procedimientos establecidos en el Reglamento Especifico del sistema de Administración de Bienes y Servicios de la entidad publica, constituye una omisión del ordenamiento normativo sobre esta materia. ¿Quiénes son sujetos de esta responsabilidad? Los Servidores Públicos y también los ex – servidores públicos. ¿Cómo se determina la responsabilidad administrativa? Por proceso que se lleva a cabo en la entidad por disposición de la Máxima Autoridad Ejecutiva. El proceso interno es un procedimiento administrativo que se inicia por: 

Denuncia por parte de cualquier servidor publico



De Oficio



Dictamen de responsabilidad administrativa

¿Cuáles son las sanciones previstas? Para los servidores públicos en ejercicio: Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental La autoridad competente aplicara, según la gravedad de la falta: 

Multa hasta un 20 por ciento de la remuneración mensual,



Suspensión hasta un máximo de 30 dias,



Destitución

Para los ex – servidores públicos: Se deja registro y constancia de su responsabilidad, para contar con un precedente de su desempeño en la entidad. 2.6.1.2.

RESPONSABILIDAD EJECUTIVA

¿Cuándo la responsabilidad es ejecutiva? Cuando la autoridad o ejecutivo ha incumplido con obligaciones expresamente señaladas en la Ley o cuando su gestión ha sido deficiente o negligente. ¿Cuándo son las obligaciones del ejecutivo señaladas por Ley? 

Rendir cuentas no solo de los objetivos a los que se destinaron los recursos públicos sino también de la forma y resultados de su aplicación.



Responder de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones inherentes a su cargo.



Implantar en su entidad los sistemas de administración, control y los de planificación e inversión, a través de la elaboración y aplicación de reglamentos específicos elaborados en el marco de las normas básicas dictadas por los órganos rectores.



Enviar a la Contraloría copias de contratos y documentación sustentatoria dentro los cinco días después de haber sido perfeccionados.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental 

Entregar a la entidad que ejerce tuición y a la Contaduría General del Estado, hasta los tres meses de concluido el ejercicio fiscal, los estados financieros y el informe del auditor interno.



Responder ante la contraloría General del Estado por el respeto a la independencia de la unidad de auditoria interna.

2.6.1.3.

RESPONSABILIDAD CIVIL

2.6.1.4.

RESPONSABILIDAD PENAL

¿Qué otros aspectos implica la responsabilidad por la función publica? Que todos los servidores públicos son responsables de los informes y documentos que suscriben y del ejercicio de su profesión. En el caso de los profesionales abogados, encargados del patrocinio legal del Sector Público, son responsables cuando la tramitación de la causa la realicen con vicios procedimentales o cuando los recursos se declaren improcedentes por aspectos formales. Cuadro de Resumen TIPO

Administrativa

Civil

Ejecutiva

INSTANCIA QUE SANCIONA Juez Sumariante

OBJETO

SUJETO

SANCIÓN

Contravención, Ordenamiento Jurídico – Administrativo General Administrativo Daño Económico valorable en dinero, en perdida de computadora (SIGMA) Gestión deficiente o negligente que obstaculice el logro de objetivos

Servidor Publico, Ex Servidor Publico Anotación Entidad C.G.E.

Llamada de atención, Multa del 20 % de la Remuneración, Suspensión de 30 días, Destitución

Servidor Publico, Ex Servidor Publico, Tercero Incumplimiento en elaboración reglamento MAE: Directores Presidente Gerente General Ministros Miembros del directorio (Cuerpos colegiados) Consejo

Resarcimiento del daño económico. Responsabilidad Solidaria mas de 2 personas

Juez Competente Coactivo, Fiscal

A diez años de la acción o desde la ultima actuación procesal.

Suspensión, Destitución

Contraloría General de Estado: Basados en Informes de Auditoria Denuncias

2 años de concluida la gestión

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

PRESCRIPCIÓN 2 Años de la contravención

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Municipal Fiscalización

Penal

Acción u omisión vinculada a un delito o hecho ilícito

Servidor Publico, Ex Servidor Publico, Personas Naturales

Sanciones previstas en el código penal y ley Marcelo Quiroga santa cruz Ley 004

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Juez en materia penal

De acuerdo al proceso de la Ley 004 y el código Penal

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

TEMA N° 3 EL PRESUPUESTO 2.1.

CONCEPTO

El concepto de presupuesto tiene varios usos, por lo general vinculados al área de las finanzas y la economía. El presupuesto es, en este sentido, la cantidad de dinero que se estima que será necesaria para hacer frente a ciertos gastos. Por ejemplo: una familia calcula sus ingresos y gastos y concluye que cuenta con un presupuesto de 1.000 dólares mensuales. Esto quiere decir que los gastos al mes no deberán superar dicha cifra, de lo contrario la familia incurrirá en deudas. Desarrollar un presupuesto ayuda, en estos casos, a alcanzar metas de ahorro. Otro ejemplo de presupuesto surge en los viajes, cuando los turistas viajan con x cantidad de dinero y saben que éste deberá alcanzarles para satisfacer sus necesidades durante toda la estadía. Si un viajero cuenta con un presupuesto de 500 pesos para unas vacaciones de cuatro días, y al segundo día ya gastó 400 pesos, al repasar los números se dará cuenta de que tiene que recortar sus gastos para no quedarse sin dinero. El presupuesto también es el cómputo anticipado del costo de una obra o de los gastos que implicará un determinado proyecto: “Ayer el electricista estuvo en casa y me dejó su presupuesto: dice que la nueva instalación saldrá 150 pesos”,

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental “Nuestro presupuesto para el diseño de una página web de dichas características es de 200 euros, sin contar los gastos de mantenimiento mensuales”. Presupuesto, por último, es el pretexto, causa o motivo con que se ejecuta algo, o los supuestos o suposiciones: “Si partimos de ese presupuesto, está claro que vamos a tener problemas”. Se llama presupuesto (budget en inglés) al cálculo y negociación anticipada de los ingresos y egresos de una actividad económica (personal, familiar, un negocio, una empresa, una oficina, un gobierno) durante un período, por lo general en forma anual. Es un plan de acción dirigido a cumplir una meta prevista, expresada en valores y términos financieros que debe cumplirse en determinado tiempo y bajo ciertas condiciones previstas, este concepto se aplica a cada centro de responsabilidad de la organización. El presupuesto es el instrumento de desarrollo anual de las empresas o instituciones cuyos planes y programas se formulan por término de un año. Elaborar

un

presupuesto

permite

a

las

empresas,

los

gobiernos,

las

organizaciones privadas o las familias establecer prioridades y evaluar la consecución de sus objetivos. Para alcanzar estos fines, puede ser necesario incurrir en déficit (que los gastos superen a los ingresos) o, por el contrario, puede ser posible ahorrar, en cuyo caso el presupuesto presentará un superávit (los ingresos superan a los gastos). 2.2.

OBJETIVO

Sistema de Presupuesto

Normas Principios Recursos

Políticas Conjunto

OBJETIVO

Procedimientos Instrumentos

Traducir en términos Monetarios (Bs)

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi P.O.A. Choque

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PRESUPUESTO

Principios

Flexibilidad Equilibrio Sostenible Universalidad Transparencia

Nota: Si tenemos un Saldo Caja y Banco que se tiene de la anterior gestión este tipo de cuenta es disponible en la que se puede disponer para alguna actividad que se haya presupuestado, es decir que ese mismo efectivo puede ser reflejado en el balance general y ser utilizado en la siguiente gestión. Pero sin embargo cuando tenemos una compra de vehículo en dicha gestión que solo se gasto Bs 100 y como sobrante de lo presupuestado es Bs 50 entonces ese sobrante en efectivo no podrá ser arrastrado para la siguiente gestión. 2.3.

ETAPAS DEL PROCESO PRESUPUESTARIO

2.3.1. FORMULACIÓN Concepto El subsistema de Formulación Presupuestaria es el conjunto de acciones desarrolladas por el Órgano Rector, el Órgano Operativo y Coordinador del Sistema y todas las instituciones publicas, que se inicia con la fijación de políticas y directrices de formulación Presupuestaria, y continua con la elaboración de los anteproyectos de presupuesto institucional y la formulación del proyecto del Presupuesto General de la Nación. Requisitos a. Política Presupuestaria. b. Directrices de formulación Presupuestaria. c. Programación de Operaciones Anual de la Institución.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Procedimientos del Subsistema a. El Ministerio de Economía y Finanzas Publicas fija la política presupuestaria para el ejercicio presupuestario, prepara las guías de aplicación de la política presupuestaria y en base a ellas, aprueba anualmente las Directrices de formulación Presupuestaria. b. Las instituciones publicas con base en las directrices de formulación presupuestaria y el programa de operaciones Anual, elaboran sus anteproyectos de presupuesto. c. El Órgano Operativo y Coordinador del Sistema establece la coherencia de los anteproyectos de presupuesto institucional previamente aprobados por instancia competente de la institución. d. Sobre la base de los anteproyectos de presupuesto de las instituciones publicas y con los ajustes que resulte necesario introducir, se prepara el proyecto de Presupuesto General de la Nación para su consideración por el Órgano Ejecutivo. e. El Órgano Ejecutivo presenta el proyecto de Presupuesto General de la Nación al Órgano Legislativo, para su respectiva discusión y aprobación 2.3.2. DISCUSIÓN Y APROBACIÓN El Subsistema concluye con la elaboración del proyecto del Presupuesto General de la Nación y su presentación al Órgano Legislativo para su discusión y aprobación mediante Ley Financial Anual. 2.3.3. EJECUCIÓN Concepto y Características Generales La Coordinación de la Ejecución Presupuestaria, es el conjunto de acciones destinadas a dotar de recursos reales y financieros en el lugar y momento adecuados, para que las unidades ejecutoras puedan producir bienes y prestar

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental servicios, en sujeción a la programación de operaciones anual de la institución y de acuerdo a procedimientos administrativos establecidos. La Coordinación de la Ejecución Presupuestaria utiliza como herramienta, el régimen de la programación de la ejecución presupuestaria y el régimen de modificaciones presupuestarias. El régimen de la Programación de la Ejecución Presupuestaria se expresa mediante la fijación de cuotas periódicas de compromisos, de gastos devengados y de desembolsos, compatibilizados con los flujos de caja y coordinados entre las áreas de Presupuesto y de Tesorería. El Régimen de las Modificaciones Presupuestarias actualiza la programación anual, en función de aspectos coyunturales no previstas en el presupuesto institucional aprobado. Requisitos del Subsistema a. La Programación de Operaciones anual de la institución. b. El Presupuesto Institucional aprobado. c. El desarrollo de Sistemas de Información de la ejecución física y financiera del presupuesto institucional. d. Las disposiciones legales vigentes sobre el régimen de modificaciones presupuestarias y otras disposiciones legales referidas al Subsistema. Procedimientos del Subsistema a. Establecer los cronogramas de utilización de recursos humanos, materiales y de servicios generales en términos financieros y en función del ritmo de producción de bienes y prestación servicios de las instituciones publicas. b. Coordinador con la tesorería y apoyarla en la fijación o determinación de las respectivas cuotas periódicas de compromiso, de gastos devengados y de desembolsos, compatibles con el flujo de caja.

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental Resultados del Subsistema El subsistema concluye con la emisión y presentación de reportes periódicos de la programación de la ejecución del presupuesto institucional.

2.3.4. CONTROL Y EVALUACIÓN Concepto y Características Generales El Seguimiento y Evaluación Presupuestaria es el proceso de monitoreo de la ejecución presupuestaria, que realiza cada institución publica, el Órgano Rector y el Órgano Operativo y Coordinador del Sistema destinado a evaluar la gestión presupuestaria, posibilitar la toma de decisiones correctivas durante la ejecución y alimentar la programación de ejercicios futuros. El Seguimiento y Evaluación Presupuestaria deben realizarse durante el ejercicio presupuestario en forma permanente, por periodos y/o al cierre del ejercicio. Requisitos del Subsistema a. Desarrollo de sistemas de información de la ejecución física y financiera del presupuesto institucional. b. Los presupuestos institucionales aprobados y/o modificados. c. La programación de operaciones institucional. Procedimientos del Subsistema a. Emitir y presentar información periódica sobre la ejecución física y financiera de los presupuestos institucionales. b. Analizar la información de la ejecución física y financiera de los presupuestos institucionales y comprar los resultados obtenidos con los

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental establecidos en la programación de operaciones anual institucional, identificando los desvíos entre la programación y lo ejecutado. c.

Emitir informes sobre el seguimiento y evaluación presupuestaria, explicando las causas de desvíos en caso de que existieran, analizarlos y recomendar propuestas de medidas correctivas.

Resultados del Subsistema El subsistema permite calificar los resultados alcanzados, medir la eficacia, eficiencia y efectividad de la gestión presupuestaria, así como las variaciones con relación a lo establecido en la programación física y financiera del presupuesto institucional y los efectos generados en la producción de bienes y la prestación de servicios, y proponer las medidas correctivas correspondientes. 2.4.

INSTRUMENTOS BÁSICOS DE LA CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA

2.4.1. CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS 2.4.1.1.

CLASIFICADOR DE RECURSOS POR RUBROS

Describe la totalidad de los recursos, con la posibilidad de ser presupuestados y registrados. Los códigos de rubros de recursos principales, son:

CORRIENTES CAPITAL

Códig o 11000 12000 13000 14000

GASTOS Sueldos Materiales Seguros Publicidad Obras TOTAL GASTOS

RECURSOS Ventas Alquileres Donaciones Ctes. Donaciones Cap. Transferencia Ctes. Deuda Publica TOTAL RECURSOS

Bs 100 50 20 80 200 450

Descripción Ingresos de Operación Ventas de Bienes y Servicios de las Administraciones Publicas Ingresos por Impuestos Regalías

Código 23000 31000 32000 33000 34000

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Bs 150 20 40 150 40 50 150

CORRIENTES

CAPITAL

Descripción Transferencia de Capital Venta de Acciones y Participación de Capital Recuperación de Prestamos de Corto Plazo Recuperación de Prestamos de Largo Plazo Venta de Títulos y Valores

Apuntes de Contabilidad Gubernamental 15000 16000 17000 18000 19000 21000 22000

Tasas, Derechos y Otros Ingresos Intereses y Otras Rentas de la Propiedad Contribuciones a la Seguridad Social Donaciones Corrientes Transferencias Corrientes Recursos Propios de Capital Donaciones de Capital

35000 36000 37000 38000 39000

Disminución y Cobro de Otros Activos Financieros Obtención de Prestamos Internos y de Fondos – Fideicomisos Obtención de Prestamos del Exterior Emisión de Títulos de Deuda Incremento de Otros Pasivos y Aportes de Capital

11. Sector Empresarial – Min. No genera venta Sector Público Financiero – B/S porque ellos realizan políticas

Ventas de B/S

12. El resto

Alquileres Impuestos

Nacionales Municipales

CORRIENTES

Tasas/Patentes/Regalías Departamentales Donaciones Ctes. Interno Monetizable: Bs Externo Convenio No Monetizable Especie Transferencias

Bs 1000 Aplicación Ley Norma – D.S.

Recursos de Coparticipación – Ley autonómica Donaciones de Capital

CAPITAL

DEUDA

Materiales Vacunas Inyecciones

Monetizable No Monetizable

Transferencia Capital Activos Fijos Venta de Acciones / Participativo IDH - Infraestructura Venta de Activos Fijos





Interna ------- C.P. Externa ------- I.P.

Gastos de

NO RECURRENTES (OTROS)

2.4.1.2.

Bs 1

CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO

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Revaluó

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Muestra y describe el universo de gastos presupuestarios susceptibles de registro para cada gestión. Los códigos de partidas de gastos principales son los siguientes: Códig o 10000 20000 30000 40000 50000

Descripción

Código

Servicios Personales Servicios No Personales Materiales y Suministros Activos Reales Activos Financieros

60000 70000 80000 90000

Descripción Servicios de la Deuda Publica y Disminución de Otros Pasivos Transferencias Impuestos, Regalías y Tasas Otros Gastos

Personal Permanente (Ítem)

10000

SERVICIOS PERSONALES Personal Eventual (Corto Plazo)

P.E P.P

SAP 2.4.1.3.

Aporte Aguinaldos Subsidios Vacaciones Bonos Primas Indemnización

Carrera Adm.

Carrera

L.G.T.

Adm.

Estatuto del Funcionario Publico

Carrera

Competencia

L.G.T.

CLASIFICADOR INSTITUCIONAL

Este clasificador agrupa a todas las instituciones publicas y aun cuando tenga varios desgloses, solo se muestra a continuación el código de la Institución y descripción de algunas de ellas: Código 0006 0010 0108 0141 0206 1302

Denominación Vicepresidencia Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Orquesta Sinfónica Nacional Universidad Mayor de San Simón Instituto Nacional de Estadística Municipalidad de Quillacollo

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental El código institucional permite identificar a las entidades en los sistemas informáticos de contabilidad integrada y otros segmentos e instancias de información de la administración pública. 2.4.1.4.

CLASIFICADOR DE GASTOS POR FINALIDAD Y FUNCION

Este clasificador permite identificar las finalidades que persiguen los gastos, así como la función que cumplirá o cumplió determinado gasto. Es utilizado al momento de cargar en el sistema informático las aperturas programáticas de gastos, en las cuales se presupuestaran y ejecutaran gastos. Este plan presupuestario resulta, más bien, de utilidad al Ministerio de Economías y Finanzas Publicas que a la misma entidad que lo registra. A continuación se muestra algunos casos: 2.4.1.5. 2.4.1.6.

CLASIFICADOR DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO CLASIFICADOR DE ORGANISMOS FINANCIADORES

2.4.2. CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS Categoría programática es terminología técnica utilizada en programación y administración financiera, para catalogar, delimitar, jerarquizar, agrupar por afinidad de contenido y ejecución a diferentes acciones presupuestarias. También podemos indicar, con fines didácticos, que categoría programática, es un nombre genérico que se utiliza para agrupar determinado tipo de actividades u operaciones del sector publico, susceptibles de ser presupuestado. Dicho de otra forma, las categorías programáticas simplifican la presupuestacion de los gastos, en la medida que agrupan diversidad de gastos, en tal o cual categoría programática vigente.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Las categorías programáticas definidas inicialmente por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas (ex Ministerio de Hacienda), para su aplicación en el sector publico y como instrumentos de la Contabilidad Integrada, fueron en orden de presentación y aplicación, las siguientes: 2.4.2.1.

PROGRAMA

Esta categoría programática es la de mayor nivel jerárquico. Aun cuando tenga nombre y definición propios, esta categoría se conforma con la agregación de las categorías programáticas de menor nivel, como son los proyectos, obras y actividades. Su característica principal es la de generar producción terminal de bienes y/o servicios,

destinada

a

satisfacer

las

necesidades

de

la

comunidad

consecuentemente, coadyuva directamente al logro de los objetivos institucionales y las políticas gubernamentales. Así por ejemplo: el Programa de Servicios de Educación, aplicando en una institución pública, coadyuva a disminuir el déficit en la existencia de escuela en una determinada región, en particular, y en el país, en general. Similar hecho ocurre con otros programas, como: Mejoramiento de Vías Rurales, Capacitación del Personal, Infraestructura de Salud, Fortalecimiento Institucional, etc. Gráficamente se Representa: Denominación del Programa

Contribuye a Objetivo de:

Servicio de Educación

Mejorar la educación de la Comunidad, elevado el índice de desarrollo humano.

Mejoramiento Caminos Vecinales

Mejorar la Comunicación y Producción de bienes, agropecuarios, Industrial, etc. de la comunidad.

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Desarrollo de la Cultura y Turismo

Mejorar la calidad de vida y generar mayor actividad económica, de la comunidad.

No esta demás señalar que cuando un programa contribuye a lograr ciertos objetivos institucionales, es porque ha generado bienes y servicios. 2.4.2.2.

SUBPROGRAMA

En la actualidad el uso de esta categoría programática ha sido desplazado debido a que dificulta el proceso de elaboración y comprensión de las redes de acciones presupuestarias y la consiguiente elaboración de presupuestos, sin embargo no esta demás conocer algunas conceptualizaciones de la misma. Se considera su creación en la programación de operaciones cuando un programa (1º nivel) dada su complejidad para lograr sus objetivos, requería de niveles de acciones presupuestarias inferiores de apoyo. La producción de bienes y/o servicios que generaba era considerada como intermedia. 2.4.2.3.

PROYECTO

Esta categoría programática la de 2º nivel y tiene como características la producción inmediata de bienes y/o servicios. La producción intermedia de varios proyectos coadyuva al logro del objetivo de un Programa (1º nivel) determinado, así por ejemplo: Categoría Programática PROGRAMA Proyecto Proyecto PROGRAMA Proyecto Proyecto Proyecto PROGRAMA Proyecto

Apertura Programática SANEAMIENTO BASICO Construcción Alcantarillado Construcción batería de baños APOYO A LA CULTURA Y EL DEPORTE Construcción casa de la cultura Miraflores Construcción cancha deportiva múltiple Misicuni Construcción de coliseo cerrado Florida MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA RURAL Empedrado camino Los Molles

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Proyecto Proyecto Proyecto

Construcción puente Molino Blanco Desayuno escolar Construcción parque Las Brisas

Las Directrices Presupuestarias emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, establecen la existencia de los siguientes Gastos de Inversión o Proyectos: Gastos de Inversión o Proyectos Capitalizables - Gastos de Inversión o Proyectos No Capitalizables Veamos las características de tales proyectos: PROYECTOS CAPITALIZABLES: Gastos de inversión en proyectos dirigidos a incrementar la formación bruta de capital físico de Dominio Publico y/o Privado, que conformaran el Patrimonio del Estado. Incluye los gastos de pre inversión e inversión (Construcción de Escuelas, Hospitales, Centros Deportivos, etc.). PROYECTOS NO CAPITALIZABLES: Gastos de inversión en gastos no capitalizables y que no contribuirán a la formación de capital físico, los cuales incluyen proyectos sociales que, una vez concluidos, no forman parte del activo fijo o patrimonio público (Proyectos de Capacitación, Proyectos de Fortalecimiento Municipal, Desayuno Escolar, etc.). Con relación a los proyectos capitalizables y a fin de poder diferenciarlos de los no capitalizables, el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas (antes de Hacienda) ha establecido tres requisitos que deben cumplir los mismos: N ° 1 2 3

Requisitos Acción Objeto Ubicación

Ejemplo: Ampliación, Construcción, etc. Centro de salud, Escuela, Puente, etc. Valle Grande, Pacata, Valle Hermoso

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

¿Cumple?

¿Es Proyecto?

Si

Si

Si

Si

Si

Si

Apuntes de Contabilidad Gubernamental 2.4.2.4.

ACTIVIDAD U OBRA

OBRA: La categoría programática Obra, al presente no es utilizada de manera usual, debido a que las entidades públicas utilizan con mayor frecuencia y por un asunto de impacto psicológico, la categoría Proyecto. La categoría Obra corresponde al 4° nivel de categoría programática, generando producción intermedia de servicios y contribuyendo indirectamente a los objetivos de gestión, El uso de esta categoría esta condicionado al cumplimiento de los tres requisitos de un proyecto Capitalizable, es decir: Acción, Objeto y Ubicación Para una mejor comprensión de la relación de dependencia de las categorías Obra – Programa, se muestra el siguiente cuadro: Categoría Programática Apertura Programática PROGRAMA MEJORAMIENTO VIAS RURALES Obra

Empedrado acceso vial a Pampa grande

Obra

Asfalto acceso comunidad Los Chacos

PROGRAMA

SANEAMIENTO BASICO

Obra

Obra N° 1 OTB Santa Ana

Obra

Obra N° 2 OTB Los Molles

Obra

Obra N° 3 Junta Vecinal Las Lomas

ACTIVIDAD: La categoría programática Actividad, corresponde al 5° nivel y es la de mayor nivel. Genera producción intermedia de servicios y coadyuva indirectamente al logro de los objetivos institucionales. Su característica es la de agrupar acciones presupuestarias de índole administrativo -

financiero – legal, que condicionan el funcionamiento de los

programas y proyectos de la institución. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

¿De que acciones presupuestarias administrativas hablamos? “Pago de sueldo, compra de material de escritorio, pago de pasajes y viáticos, compra de muebles de oficina, adquisición de una camioneta, gastos en tramites judiciales, gastos por refrigerios, compra de licencia de software, mantenimiento de inmuebles y vehículos, desembolsos por servicios de limpieza, etc.”. en fin son actividades no relacionadas con la ejecución de proyectos u obras. En el ámbito de la programación presupuestaria publica, se conceptualizan los siguientes tipos de Actividad: ACTIVIDAD CENTRAL Este tipo de Actividad, condiciona el funcionamiento de todos los Programas, de una Entidad Publica, así por Ejemplo: Las actividades del Despacho del Gobernador ejercen influencia sobre los Programas de la Gobernación, como ser: Seguridad Ciudadana, Mejoramiento de Infraestructura Caminera, Apoyo a la Producción, etc. Similar situación se da con las actividades del Máximo Ejecutivo de las instituciones públicas (Ministro, Alcalde, Rector, Director, etc.) Asimismo, las actividades de las unidades administrativas, como: Oficialía Mayor, Secretaria

del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, Auditoria Interna,

Asesoría Legal, Planificación, Sistemas Informáticos, recursos humanos, etc., condicionan en general el funcionamiento de los Programas y Proyectos institucionales. La relación de dependencia y condicionamiento entre Actividad Central – Programa, gráficamente se muestra así: Actividad Central

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Programa

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

Auditoria Interna Despacho Gobernador Sistemas Planificación

SERVICIOS DE EDUCACION Y FOMENTO AL DEPORTE MEJORAMIENTO CAMINOS VECINALES DESARROLLO DE LA CULTURA Y TURISMO

Asesoría Legal

ACTIVIDAD COMUN Este tipo de actividad tiene por características condicionar el funcionamiento de dos o más Programas, pero no a todos los programas. Como ejemplo, se presenta el siguiente caso: las actividades administrativas de la Oficialía Mayor de Cultura en una Municipalidad, condicionaran los programas de Fortalecimiento de la Cultura, pero no así a la construcción de una escuela, que también es función Municipal. La relación de dependencia y condicionamiento entre Actividad Central – Programa, gráficamente se muestra así:

Oficialía Mayor Técnica

INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO CAMINOS VECINALES SERVICIOS DE EDUCACION Y FOMENTO AL DEPORTE

Oficialía Mayor Cultura

DESARROLLO DE LA CULTURA Y TURISMO

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

Al presente, la categoría Actividad Común ha entrado en desuso, debido principalmente a la complejidad que presenta en la aplicación del proceso de formulación presupuestaria. ACTIVIDAD ESPECÍFICA Este tipo de Actividades la mas utilizada en las entidades publicas y se caracteriza por que condiciona el funcionamiento de un Programa especifico; así por ejemplo: el programa Servicios de Salud es puesto en marcha a través de actividades administrativas especificas, como ser: Seguro Universal Materno Infantil, compra de materiales y suministros, publicidad, cursos de capacitación, compra de movilidades, equipamiento, etc. La relación de dependencia y condicionamiento entre Actividad Central – Programa, gráficamente se muestra así: Programa

Actividad Específica Mantenimiento de vías urbanas Provisión de Agregados Adquisición de Pupitres Equipamiento de Unidades Escolares

INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL

SERVICIOS DE EDUCACION Y FOMENTO AL DEPORTE

2.4.3. MOMENTOS DE REGISTRO DE LAS TRANSACCIONES El ultimo requisito de un sistema integrado de información en el referido a la selección de momentos de Registro. Los momentos de registro son etapas por las cuales pasa una operación o transacción, de manera simultánea o uno por vez. Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental Las normas básicas de contabilidad Integrada establecen los siguientes momentos de registro, para las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería: Para los Recursos: Estimación, Devengado, Percibido Para los Gastos: Apropiación, Compromiso, Devengado y Pagado A continuación se detallan las características de los momentos de recursos y gastos señalados. 2.4.3.1.

DE LOS RECURSOS: (ESTIMACIÓN PRESUPUESTARIA, DEVENGADO, RECAUDADO O PERCIBIDO)

ESTIMACION Es el primer momento de registros de recursos presupuestarios y corresponde a la introducción al sistema informático, del presupuesto de recursos elaborados y aprobado por disposición legal competente (Ordenanza Municipal, Resolución Prefectural, Ley Financial). Este momento de registro es utilizado una sola vez en la gestión. La estimación se la realiza por rubros de recursos, en función del Clasificador Presupuestario de Recursos aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, así por ejemplo: Venta de Bienes y Servicios, Impuestos Municipales, Transferencias Corrientes, Disminución Caja – Banco, etc. DEVENGADO

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental El segundo momento de registro de recursos es el Devengado. Este momento es el que integra los subsistemas de presupuestos y patrimonial. Este momento lo utiliza el contador cuando un recurso ha sido perfeccionado desde la perspectiva de la legislación boliviana (emisión de factura o entrega del bien, lo que ocurra primero). Adicionalmente, como aclaración debe existir la contraprestación del bien o servicio. Vale decir que, toda vez que se tenga

certeza y exista documentación que

respalde un ingreso que no fue cobrado (derecho de cobro), este

debe ser

registrado en la contabilidad patrimonial y presupuestaria. Los recursos que merecen ser registrados en el momento del devengado, son: ventas de servicios acredito, regularización de recursos cobrados por anticipados, cobro de deudas de gestiones anteriores, así por ejemplo: ---------------------------- X ---------------------------Cuentas por Cobrar500.Venta de Servicios500.-

X

Estimación

Devengado

Percibido

Sin embargo, es importante señalar que algunos recursos, como: los recursos de coparticipación tributaria, subsidios y subvenciones; no son susceptibles de ser devengados, debido al principio de Prudencia. El momento del devengado de recursos tiene la característica de ejecutar el presupuesto. La contra cuenta utilizada para equilibrar el recurso no cobrado, pero si ganado o realizado, normalmente es una cuenta por cobrar, documento por cobrar, etc.

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental El momento del Devengado de Recursos puede registrarse simultáneamente con el momento del Percibido. PERCIBIDO Es el tercer momento de registro de recursos y permite contabilizar las operaciones que generaron ingreso de efectivo real a las cuentas bancarias o caja de la entidad. (Operaciones que con carácter previo se encontraban devengados o se devengaron y cobraron con forma simultánea). Las operaciones que deben registrarse, en este momento, son las recaudaciones de recursos en efectivo (ventas, impuestos, tasas, patentes, transferencias corrientes, de capital, donaciones, etc.), cobros de deudas de gestiones anteriores y gestión actual. En tales casos, se registra este momento en forma simultanea al momento del Devengado. También las recaudaciones de recursos anticipados afectan al momento del Percibido. ---------------------------- X ---------------------------Bancos900.Ingresos por Impuestos900.-

Estimación

x

x

Devengado

Percibido

---------------------------- X ---------------------------Bancos650.Impuestos Anticipados650.-

x

Estimación

2.4.3.2.

Devengado

Percibido

DE LOS GASTOS: (APROPIACIÓN PRESUPUESTARIA, COMPROMISO, DEVENGADO Y PAGADO)

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental

APROPIACION O ASIGNACION Es el primer momento del registro de los gastos y se verifica toda vez que se carga el presupuesto aprobado de gastos en el sistema informático. La apropiación presupuestaria ser realiza por apertura programática, tomando en cuenta el Clasificador Presupuestario, por partida de Gastos. Este momento de registro es utilizado una sola vez en la gestión. COMPROMISO Es el segundo momento de registro presupuestario de gastos. Esencialmente es un acto administrativo formal que únicamente compromete o reserva un monto de presupuesto y no crea derechos ni obligaciones. El registro de operaciones a nivel de compromiso, afecta únicamente al modulo presupuestario, y es una medida administrativa muy importante que permite mantener actualizada la información del modulo presupuestario, en cuanto a la existencia disponible de saldos presupuestarios para ejecutar gastos. También diremos que este acto permite realizar una reserva de presupuesto, para los gastos que se realizaran en una gestión, como en el caso de la suscripción de un contrato de obra, servicio, anticipo financiero, etc. Ejemplo: i.

Para la gestión 2015, se ha presupuestado en la partida 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Publico Bs 10,000, para la construcción de un puente y otras obras. Bs 10,000

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental

ii.

Se suscribe contrato para construcciones de puente por Bs 7,300. Presupuesto Total Bs 10,000

Compromiso o reserva Bs 7,300

Saldo disponible Bs 2,700

DEVENGADO (Gastos) El tercer momento de registro de gastos es el Devengado. Al igual que el Devengado

de

Recursos,

permite

integrar

los

registros

contables

y

presupuestarios es decir que toda vez que se registra un gasto devengado, los reportes contables y presupuestarios son afectados. El devengado es un Principio de contabilidad Integrada, el cual establece que los gastos se deben registrar toda vez que se haya producido la contraprestación efectiva del bien o servicio, no obstante que no se cancele o pague la obligación generada en esa contra prestación. El momento del Devengado debe registrarse siempre y cuando haya existido el momento del Compromiso. No existe Devengado sin Compromiso. La contra cuenta que equilibra el registro del gasto realizado, pero no pagado, normalmente una cuenta de pasivo, como ser: cuentas por pagar, documentos por pagar, retenciones por pagar, etc. Las transacciones que deben registrarse en este momento son: compras de bienes o servicios a crédito, regularización de gastos anticipados, así por ejemplo:

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Apuntes de Contabilidad Gubernamental

---------------------------- X ---------------------------Gastos material escritorio531.Cuentas por Pagar 531.-

x

x

Apropiación Compromiso

Devengado

Pagado

PAGADO El Pagado es el momento de registro que contabiliza el desembolso de efectivo mediante caja – bancos para cubrir adquisiciones de bienes y/o servicios, que con carácter previo fueron comprometidas y devengadas o que se comprometen o devengan, simultáneamente. Dicho momento afecta el modulo patrimonial y de tesorería; y según sea el caso, podría afectar al módulo presupuestario. Este momento puede registrarse simultanea o separadamente, con los momentos del Compromiso y Devengado. Las operaciones que deben afectar este momento de registro son: compras en efectivo de bienes y/o servicios, desembolsos por operaciones anticipadas, pago de deudas de gestiones anteriores y gestión actual, así por ejemplo: ---------------------------- X ---------------------------Gastos material escritorio 913.Bancos 913.-

x

Apropiación Compromiso

x

x

Devengado

Pagado

2.4.4. CLASIFICACIÓN DE LAS TRANSACCIONES 2.4.4.1.

PRESUPUESTARIAS

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental 2.4.4.2.

PATRIMONIALES

2.4.4.3.

TESORERÍA

2.4.4.4.

PRESUPUESTARIA – PATRIMONIALES

2.4.4.5.

PATRIMONIALES Y DE TESORERÍA

2.4.4.6.

PRESUPUESTARIA - PATRIMONIALES Y DE TESORERÍA

TEMA N° 4 APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PRESUPUESTO DE RECURSO Y GASTOS 3.1.

APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PRESUPUESTO DE RECURSOS

PRACTICA N° 1 El Fondo de Inversión Productiva y Social (entidad pública descentralizada) y con base en las Directrices de Formulación Presupuestaria 2015, formula su Anteproyecto de presupuesto de Gastos correspondiente a la gestión 2015 (12 meses), de acuerdo a las siguientes consideraciones: Servicios Personales: A continuación se presenta la planilla de personal permanente (mensual):  Director Ejecutivo Bs 11.000  Gerente Administrativo Financiero Bs 9.000  Jefe Financiero Bs 7.000  Profesional – I Bs 6.000 El presupuesto incluye aportes a la seguridad social y aguinaldo.  Alquiler de oficinas en La Paz, por Bs 8.500 mensual (un semestre) Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental      



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Servicios de Publicidad Bs 20.000 (Anual) Mantenimiento de Vehículos (administrativos) Bs 4.000 mensual Gastos de apoyo judicial por Bs 15.000 Contratación de seguro de vehículos: prima anual Bs 20.000 Contratación de Auditoria Externa, estimada de Bs 40.000 Viáticos (interior: Bs 150): Director Ejecutivo o Cochabamba (4 días Marzo) o Santa Cruz (2 días Agosto) Pasajes: o Cochabamba (Bs 1.500) o Santa Cruz (Bs 2.000) Compra de materiales: dos compras anuales de Bs 20.000 de material de Útiles de Escritorio de Oficial. Compra de llantas (4 veces) para vehículo: Bs 3.000 cada trimestre Adquisición de activos fijos: escritorios Bs 10.000, equipos de computación Bs 17.000, Vehículos Bs 50.000 Contratación de una Consultoría (Por Producto) para la implementación de un proyecto de construcción de un sistema de alcantarillado por Bs 87.000 y su construcción por Bs 450.000 (la supervisión se la realiza de forma directa por personal del FPS)

PRACTICA N° 2 El Fondo de Inversión Productiva y Social (entidad pública descentralizada) y con base en las Directrices de Formulación Presupuestaria 2015, formula su Anteproyecto de presupuesto de Gastos correspondiente a la gestión 2015 (12 meses), de acuerdo a las siguientes consideraciones: Servicios Personales (Financiado con Transferencias Corrientes del TGN) A continuación se presenta la planilla de personal permanente (mensual):  Director Ejecutivo Bs 11.000  Gerente Administrativo Financiero Bs 9.000  Jefe Financiero Bs 7.000  Profesional – I Bs 6.000 El presupuesto incluye aportes a la seguridad social y aguinaldo (Financiado con Transferencias Corrientes del TGN).  Alquiler de oficinas en La Paz, por Bs 8.500 mensual (un semestre) (Financiado el 50% con Transferencias Corrientes del TGN y 50% Donaciones Corrientes de Japón). Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental  Servicios de Publicidad Bs 20.000 (Anual) (Recursos Propios: Alquiler de Edificios).  Mantenimiento de Vehículos (administrativos) Bs 4.000 mensual (Transferencias TGN – Otros Ingresos)  Gastos de apoyo judicial por Bs 15.000, Contratación de seguro de vehículos: prima anual Bs 20.000, Contratación de Auditoria Externa, estimada de Bs 40.000  Viáticos (interior: Bs 150): Director Ejecutivo o Cochabamba (4 días Marzo) o Santa Cruz (2 días Agosto)  Pasajes: o Cochabamba (Bs 1.500) o Santa Cruz (Bs 2.000)  Compra de materiales: dos compras anuales de Bs 20.000 de material de Útiles de Escritorio de Oficial. Compra de llantas (4 veces) para vehículo: Bs 3.000 cada trimestre  Adquisición de activos fijos: escritorios Bs 10.000, equipos de computación Bs 17.000, Vehículos Bs 50.000 (Créditos a largo Plazo de Venezuela)  Contratación de una Consultoría (Por Producto) para la implementación de un proyecto de construcción de un sistema de alcantarillado por Bs 87.000 y su construcción por Bs 450.000 (la supervisión se la realiza de forma directa por personal del FPS) (Financiado con Transferencias de Capital del Ministerio de Planificación del Desarrollo – obtenido de un crédito de la CAF). Recursos: Los Gastos de apoyo judicial, seguro y auditoria se financian con venta de servicios y los viáticos, pasajes y compra de materiales, se financia con Donaciones Corrientes: Suecia. Se pide: Formular el Presupuesto de Recursos y el Presupuesto de Gastos.

3.2.

APLICACIÓN PRÁCTICA DE PRESUPUESTO DE GASTOS

TEMA N° 5 SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL INTEGRADA Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque

Apuntes de Contabilidad Gubernamental 4.1.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL INTEGRADA

4.2.

APLICACIÓN PRÁCTICA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL INTEGRADA

TEMA N° 6 APLICACIÓN PRÁCTICA EN EL SINCON

Elaborado por: Prof. Ruddy Chambi Choque