Constitucion de Sociedad Colectiva

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CONSTITUCION DE SOCIEDAD COLECTIVA SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de SOCIEDAD COLECTIVA que convienen en formar don …………………………….., Peruano, casado con doña ……………………………, de ocupación …………………., sufragante, identificado con DNI Nº ……………….. y RUC N° …………………… con domicilio en ………………………….., y don ………………………….., Peruano, soltero, de ocupación ……………………., sufragante, identificado con DNI N° ……………… y RUC N° …………………., domiciliado en …………………………….., de acuerdo a los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- La Sociedad que se constituye mediante la escritura que origine la presente minuta, girará bajo la razón social de «……………………………………….» y usará como razón comercial la de «………………………………». SEGUNDO.- La sociedad que se constituye se dedicará al giro de fabricación y comercialización de toda clase de muebles en general y toda actividad conexa permitida por Ley, así como importaciones y exportaciones en general. TERCERO.- El domicilio de la Sociedad que se constituye, es en la ciudad de Lima. CUARTO.- La duración de la sociedad será de …… años, contados a partir del ….. de …………. de ……….. en que comenzaron sus actividades comerciales. Dicho plazo se puede prorrogar por períodos de uno o más años. Si al cumplirse el plazo de …. años, alguno de los socios expresa voluntad de rescindir la sociedad, se hará mediante carta notarial remitida al otro, un mes antes de vencerse el plazo correspondiente. QUINTO.- El monto del capital es la suma de ………………………. Y 00/100 (S/. ……………..) que son suministros en partes iguales por los socios ……………………. y ………………………….., en la proporción de ……………………………………….. Y 00/100 (S/. ……………………) cada uno y que se encuentra pagado y depositado en el Banco Latino del Perú, Oficina Santa Anita, como consta el comprobante de depósito bancario que usted señor Notario se servirá insertar como parte integrante de la presente minuta. SEXTO.- La representación de la sociedad, así como de la firma social, corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes tienen la firma social de la sociedad, correspondiente dicha firma social a cada uno de ellos, separadamente o indistintamente, bastando para obligar a la sociedad la firma de uno cualquiera de ellos. SETIMO.- Queda convenido que entre ambos socios que los Balances Anuales de la Sociedad de efectuarán el treinta y uno de diciembre de cada año, con el objeto de igualar así el ejercicio social de las disposiciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), para el pago de los impuestos correspondientes y determinar la situación financiera y económica. OCTAVO.- Queda especialmente convenido que ninguno de los socios puede adquirir obligación alguna en nombre de la sociedad, que no sea referente al giro de sus negocios siendo nulas aquellas que pudieran ser contraídas por un socio, fuera de estas condiciones, pues los socios no pueden obligar a la Sociedad sino aquello que estrictamente se refiere a sus actividades, conforme al objeto de la Sociedad. NOVENO.- Los socios se obligan a prestar a la Sociedad toda su actividad y tiempo. Así como su mejor atención, indispensable al mejor éxito de los negocios de la firma como la atención de la

clientela, la dirección técnica de la fabricación y demás asuntos relativos a la sociedad. DECIMO.- El representante de la sociedad tiene facultad para representar a la Sociedad, tanto judicialmente o extrajudicialmente, con las facultades inherentes a los gerentes de las sociedades mercantiles, extendiéndosele también, todas aquellas facultades que fueren necesarias al buen éxito de los negocios de la sociedad, estando facultado para girar, aceptar, endosar y descontar letras y todas las operaciones referentes a estos documentos; pudiendo asimismo, girar cheques sobre saldos acreedores o en sobregiro, si así conviniere con las entidades financieras de la sociedad, así también puede cobrar cheques y endosarlos y celebrar contratos de cuenta corriente; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta con referencia a la representación y a la firma de la sociedad. Representar a la sociedad en juicios y procesos judiciales gozando para el efecto de las facultades generales del mandato y de las especiales contenidas en los Artículos 74° y 75° del Código Procesal Civil. DECIMO PRIMERO.- Queda especialmente convenido que don ………………………….. tendrá como remuneración por los servicios que preste a la sociedad, la suma mensual de S/............ mientras que don ……………………………, recibirá mensualmente y a cuenta de las utilidades la cantidad mensual de S/............................ DECIMO SEGUNDO.- Del resultado del Balance a que se refiere la cláusula Sétima un 10% de las utilidades serán destinadas al fondo de reserva. El 90% restante serán distribuidas en parte iguales para cada socio. Las pérdidas serán atribuibles en la misma proporción, y si el fondo de reserva no alcanzara para cubrirlos serán debitadas a las Cuentas del Capital de los socios. En cualquier momento, si las pérdidas llegarán a reducir una tercera parte del capital, se procederá de inmediato a la disolución y liquidación de la sociedad. DECIMO TERCERO.- Para que la Sociedad pueda dedicarse a cualquier otra actividad o negocio distinto del previsto en este contrato es indispensable el acuerdo unánime por escrito de ambos socios. DECIMO CUARTO.- Llegando que fuera, por cualquier motivo el caso de disolución y liquidación de la Sociedad, ésta se practicará por el liquidador que de común acuerdo nombren ambos socios; observándose en todo caso, las disposiciones contenidas en los Artículos 407° al 432° de la Ley General de Sociedades. DECIMO QUINTO.- Cualquiera de los socios que conforme la sociedad puede separarse de la sociedad en los casos previstos en la ley cuando exista una causa justa. DECIMO SEXTO.- La sociedad puede excluir al socio que infrinja las disposiciones del contrato de sociedad, que por esta escritura se constituye o que comete actos dolosos contra ella, o sea declarado en quiebra o sea inhabilitado para ejercer el comercio. La exclusión del socio se acordará por mayoría simple, sin considerar los votos del socio cuya exclusión se discute. Dentro de los treinta días siguientes que la exclusión se le comunicó al socio afectado, puede éste formular oposición mediante proceso sumarísimo. El Juez puede suspender los efectos de la medida de exclusión en cualquier estado del proceso sin perjuicio de la continuación del juicio. La liquidación de la participación del socio por causa de exclusión se hará sobre la base de la situación patrimonial de la sociedad en el día que se acuerde esta salida. El pago de la participación del socio se hará dentro de los seis meses del día que se acordó su exclusión o de la fecha en que queda ejecutoriada la sentencia que la ordena. DECIMO SETIMO.- En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad podrá continuar, si así lo acuerda el socio sobreviviente y los herederos del socio fallecido. DECIMO OCTAVO.- Que de conformidad con lo prescrito en el Artículo 48° de la Ley General de Sociedades, los socios convienen expresamente en someter a cualquier dificultad que entre ellos pueda

suscitarse, así como cualquier diferencia en lo relativo a la interpretación de las disposiciones de este contrato a la decisión de un arbitraje o conciliación extrajudicial con arreglo a las leyes de la materia. Lo acordado en esta cláusula es de aplicación, a la sociedad, a los socios o administradores aun cuando al momento de suscitarse la controversia hubiesen dejado de serlo y a los terceros que al contratar con la sociedad se someten al arbitraje y a la conciliación extrajudicial. DECIMO NOVENO.- Ninguno de los socios podrá dedicarse por su cuenta ni asociado a otra u otras personas al mismo ramo de negocios que las de la sociedad, salvo que sea con conocimiento expreso por escrito del otro socio. VIGESIMO.- En todo lo que no estuviere previsto expresamente en la presente Escritura de Constitución o en los actos que la modifique, se aplicarán las disposiciones que establece la Ley. Agregue usted señor notario las demás cláusulas la Ley cuidando de pasar los partes al Registro Mercantil para la inscripción de la Sociedad Colectiva que por esta minuta se constituye.- LUGAR Y FECHA.

PRORROGA DE SOCIEDAD COLECTIVA SEÑOR NOTARIO Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de PRORROGA DE SOCIEDAD COLECTIVA que otorgan los socios don ……………………… y don …………………………….; de acuerdo a los términos siguientes: PRIMERO.- Por Escritura Pública de fecha …. de ………. de ………., extendida ante el Notario Público de esta Capital Dr. …………………., los otorgantes de este contrato constituyeron la Sociedad Colectiva «…………………………………….», para dedicarse a toda clase de fabricación de muebles, ventanas y puertas metálicos y de madera, y cuanto le sea conexa, que se registró en la Ficha N° 1897 del Registro Mercantil de Lima, el plazo de duración de la sociedad fue de …… años, plazo que se extingue el ….. de …….. de …….., el Capital Social de la Sociedad actualmente es de S/. ………………….. SEGUNDO.- Por la presente, los otorgantes convienen en prorrogar el plazo de duración de la Sociedad por 3 años más que comenzará a contarse desde el ….. de …….. de ……. y concluirá el …. de …….. de …….. TERCERO.- Se introduce las siguientes modificaciones en el contrato de la Sociedad a que se refiere la cláusula Primera. a. Se asigna al socio señor ……………………. la cantidad mensual de S/........... para sus gastos particulares y al señor ………………………. la suma de S/.............. para el mismo fin. b. De las utilidades netas que arroje el Balance Anual al ….. de ……. de cada año un 10% serán destinadas al fondo de reserva, el 90% restante será distribuido entre los socios, correspondiendo al señor ……………………… el 50% y el 50% al señor …………………………... c. Al finalizar el plazo de duración de este contrato, el señor ………………………. tendrá opción para adquirir la totalidad del negocio pagando al señor ………………………….. la parte que le corresponde en el capital y asumiendo el activo y pasivo del mismo. El pago deberá hacerse en armadas mensuales de un monto tal que la participación de don ……………………………… queda cancelada en un plazo de 10 meses sin perjuicio de las utilidades proporcionales que le corresponda al concluir el último ejercicio de la sociedad.

La suma que debe pagarse en armadas al señor ……………………………. ganará un interés anual de.....% que se computará a medida que se realicen las amortizaciones mensuales. Para hacer valer el derecho que este acápite confiere al señor ……………………………., deberá este dar aviso por Carta Notarial a don …………………………………….., con........ meses de anticipación al vencimiento de plazo de duración de la sociedad. d. Si alguno de los socios falleciera durante la vigencia de la sociedad, ésta continuará con los herederos del extinto en las mismas condiciones a que este contrato se refiere. e. Si al finalizar el plazo de duración de la sociedad sin que el señor ……………………………. hubiere hecho valer el derecho que le confiere el punto «C» de esta cláusula, se procederá a la disolución y liquidación de la sociedad, actuando como liquidadores ambos socios a cuyo efecto se ejecutarán a las disposiciones de la Ley General de Sociedades. La liquidación se llevará a cabo en forma conveniente a los intereses comunes de los socios. Una vez pagadas las deudas de la sociedad y realizados los créditos, se procederá la división de los bienes y efectos de la Sociedad. CUARTO.- Subsistente en todo lo demás, las estipulaciones de la escritura de Constitución de la Sociedad. Usted Señor Notario se servirá agregar la demás cláusulas que fueren de ley, cuidando de pasar los partes respectivos al Registro Mercantil de Lima, para los fines de la inscripción de la prórroga a que se refiere este instrumento.- LUGAR Y FECHA.

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDAD COLECTIVA SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de DISOLUCION Y LIQUIDACION de la Sociedad Colectiva «………………………………………..», que otorgan los socios don ………………………………………, y ………………………………; de acuerdo a los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- Que por Escritura Pública de fecha ….. de ……….. de …………, otorgada por ante el Notario Público de esta ciudad doctor …………………., don ………………………….. y don ……………………………, constituyeron una Sociedad Colectiva bajo la razón social «…………………………………», inscrita en la FICHA N° 1897 del Registro Mercantil de Lima, con domicilio en esta ciudad y dedicada al giro de fabricación y comercialización de toda clase de muebles en general y toda actividad conexa permitida por la ley, así como importaciones y exportaciones en general, por un plazo de duración de …. años y prorrogado por …. años, siendo el capital social de S/. ……………… aportado por igual por cada uno de los socios. SEGUNDO.- Expirando el plazo de la referida escritura para la Sociedad, se ha formulado el Balance General e Inventario de todos los bienes, créditos y débitos que ha dado el siguiente resultado:

RESUMEN DEL BALANCE GENERAL ACTIVO S/.

…………..

PASIVO S/.

……………

CAPITAL Y UTILIDADES A DISTRIBUIR

S/. ………………

Así resulta del libro de Inventarios y Balances de la Sociedad, practicada por el Contador señor …………………………, que como anexo se acompaña y que usted señor Notario insertará en este

instrumento. TERCERO.- Que de mutuo acuerdo don ………………………………… y don ………………………………, declaran disuelta la Sociedad Colectiva «……………………………………..», retirando cada socio en mercaderías, efectos y créditos personales, el valor de su capital aportado a la firma, como también S/. …………………. que representan las utilidades que a cada uno corresponde. De esta forma liquidados declaran que no tienen que reclamar nada, ni cantidad alguna. Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas que fueren de ley, cuidando de pasar los partes respectivos al Registro Mercantil de Lima, para los fines de la inscripción de la disolución y liquidación a que se refiere el presente instrumento .- LUGAR Y FECHA.

APLICACION CONTABLE, DISOLUCION Y LIQUIDACION SOCIEDAD COLECTIVA ………………………………………………….. –——————————— 1 –——————————— 10 Caja 101 Efectivo …………….. 20 Mercadería 201 Varios 33 Inmuebles, Maquinarias y Equipos 335 Muebles varios 42 A Proveedores 50 A Capital 59 A Resultados Acumualdos Asiento de Balance antes de cierre –——————————— 2 –——————————— 42 Proveedores 10 A Caja y Bancos Cancelación Proveedores –——————————— 3 –——————————— 10 Caja y Bancos 101 Efectivo 20 A Mercaderías 201 Varios 33 A Inmuebles, Maquinaria y Equipos 335 Muebles y Enseres Cancelación activos –——————————— 4 –——————————— 50 Capital 501 …………………………. …………. 502 …………………………. …………. 59 Resultado Acumulado 591 …………………………. …………. 592 …………………………. ………….

DEBE

HABER …………..

…………….. …………….. …………. …………. ………….

…………. ………….

…………. …………. ………….

………….

………….

14 A Cuentas por Cobrar Accionistas 144 144.1 …………………………. …………. 144.2 …………………………. …………. Por el retiro de los accionistas ………………………... y ………………………………. –——————————— 5 –——————————— 14 Cuentas por cobrar a Accionistas y Personal 144 144.1 …………………………... …………… 144.2 …………………………... …………… ——— 10 A Caja y Bancos 101 Efectivo Por la liquidación de los accionistas ………………………... y ……………………………

pagado en efectivo.

………….

……………

……………