Ciencias Economicas, Administrativas Y Contables: Facultad De

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TEMA: DOCUMENTOS PUBL

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS,

ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

TEMA: DOCUMENTOS PUBLICOS Y PRIVADOS

ASIGNATURA:

DOCTRINA CONTABLE

DOCENTE:

Lic. Quispe Huayhua, Hilda

ALUMNO:

Colca Ttito, Juan Carlos Jr

CÓDIGO:

020120058C CUSCO-PERÚ Julio 2020

Documentos públicos y privados ¿Qué es un documento? Según el Artículo 233.- Documento.- Es todo escrito u objeto que sirve para acreditar un hecho. Artículo 234.- Clases de documentos.- Son documentos los escritos públicos o privados, los impresos, fotocopias, facsímil o fax, planos, cuadros, dibujos, fotografías, radiografías, cintas cinematográficas, microformas tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informáticos, y otras reproducciones de audio o video, la telemática en general y demás objetos que recojan, contengan o representen algún hecho, o una actividad humana o su resultado Artículo vigente conforme a la sustitución establecida por el Artículo 5 de la Ley Nº 26612, publicada el 21-05-96. Existen documentos públicos y privados, los cuales se hacen referencia tanto a la posibilidad de acceder a ellos como a su validez como prueba. ¿Qué es un documento público? Un documento público es aquel otorgado por un funcionario público depositario de la fe pública dentro de los límites de su competencia y de acuerdo con las formalidades prescritas por la ley. El código procesal civil en el inciso del artículo 235 define el documento público de la siguiente forma: « Es documento público: 1. El otorgado por funcionario público en ejercicio de sus atribuciones; y 2. La escritura pública y demás documentos otorgados ante o por notario público, según la ley de la materia. La copia del documento público tiene el mismo valor que el original, si está certificada por Auxiliar jurisdiccional respectivo, notario público o fedatario, según corresponda. » Es claro entonces que cualquier documento que sea elaborado por un funcionario público, o que en su elaboración haya intervenido un funcionario público, se considera como un documento público. ¿Qué es un documento privado? Artículo 236.- Documento privado.- Es el que no tiene las características del documento público. La legalización o certificación de un documento privado no lo convierte en público.

El documento privado es aquel documento que no cumple los requisitos del documento público, es decir, es un documento que no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración. Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades. Un documento privado es aquel documento realizado entre particulares en el que no ha intervenido ningún funcionario público o autoridad pública. Por ejemplo, es un documento privado un contrato de trabajo o un contrato de prestación de servicios, o un contrato de arrendamiento, etc. El documento privado es aquel documento que carece de los elementos o connotaciones de un documento público, es decir, que no ha sido elaborado por o con la participación un funcionario público competente. Un documento privado es pues un documento en el que sólo han participados personas o empresas particulares, en las que en ninguna parte de proceso de elaboración ha intervenido un funcionario público. Diferencia entre documento público y privado. Los documentos públicos tienen un valor probatorio por sí mismo sin necesidad de que nadie de su reconocimiento por la parte que se opone, los documentos carecen de valor probatorio hasta tanto se acredite la autenticidad de la firma que figure en ello, sea mediante el reconocimiento expreso tácito de la parte quien se atribuye o mediante la comprobación que pueda realizarse por cualquiera de las pruebas. La principal diferencia entre el documento público y privado, es que en el primer interviene un funcionario público o un particular que preste funciones públicas, en tanto en el segundo sólo intervienen particulares. Por regla general, todo documento público puede ser consultado por cualquier persona, a excepción de aquellos documentos que por expresa disposición legal son reservados. En cambio, el documento privado, por su propia naturaleza no puede estar disponible al público, sino en los casos en que una autoridad así lo disponga. Un documento privado puede adquirir la calidad o connotación de documento público cuando es presentado ante notario público. En el caso de los documentos privados presentados ante notario público, se constituye en un documento público por la intervención precisamente de ese funcionario público, pero no por ello se convierte en un documento de acceso público.

Clasificación de los documentos. Por la persona quien emana:  

Documentos públicos. Documentos privados.

En cuanto a la existencia del material del instrumento:  

Documentos solemnes. Documentos de aprobación.

En cuanto a su fuerza aprobatoria:  

Documentos auténticos. Documentos sea sientes.

De acuerdo al funcionario del cual emana se puede clasificar los documentos públicos en:    

Documentos registrales: son aquellos donde ha intervenido en su formación un registrador. Documentos judiciales: aquellos formulados por una autoridad judicial, como es el juez. Documentos notariales: los documentos donde ha intervenido un notario público. Documentos administrativos: proviene de un funcionario público investido de atribuciones administrativas.

Ejemplos de documentos públicos y documentos privados: Tipos 1. 2. 3. 4.

Testimonios de escrituras autorizadas por fedatarios. Libros de actas, registros, catastros que se hallen en los archivos públicos. Certificaciones de constancias existentes en los mismos archivos. Certificaciones de los encargados de los archivos parroquiales (si están cotejadas por notario). 5. Certificaciones de actas del registro del estado civil y sus extractos. 6. Acuses de recibo del servicio postal mexicano. 7. Actuaciones judiciales.

Ejemplos de Documentos públicos Estos son algunos de los documentos públicos más comunes y utilizados por la mayoría de las personas 1. Acta de nacimiento: es el documento que registra cuando nace una persona. En dicho documento, expedido por el Estado, constan diversos

datos vinculados al individuo que acaba de nacer, como su nombre y el nombre de sus padres, la fecha y el lugar de nacimiento. 2. DNI (DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD): El Documento Nacional de Identidad, más conocido como DNI, es el documento que todo ciudadano peruano debe tener obligatoriamente. Este es tu principal documento de identificación y es necesario para acceder a todos los servicios y beneficios del Estado.

3. Acta de divorcio: es un documento que comprueba la disolución del contrato matrimonial entre un hombre y una mujer. 4. Acta de defunción: es un documento oficial que atestigua la defunción de una persona. 5. Documentos de propiedad: es un documento que, tal como lo indica su nombre, acredita a una persona como dueño o propietario de algún bien, principalmente inmueble como una casa o local comercial. 6. Pasaporte: Documento que acredita la identidad y la nacionalidad de una persona y que es necesario para viajar a determinados países. Igual, los siguientes documentos públicos son ejemplos: 1. Acta de matrimonio: es un documento que el Reniec emite para demostrar que el trámite fue elaborado en el momento en el que una pareja decidió casarse. 2. Licencia de conducir: es el documento oficial otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones que autoriza a su titular a conducir un vehículo de transporte terrestre a nivel nacional. También es conocido como "Brevete". 3. Credencial para votar 4. Sentencia Definitiva

Ejemplos de Documentos privados Documentos Privados 1. Constancia de: es un documento en el que se hace constar algún hecho, en ocasiones de modo auténtico o fehaciente. 2. Carta poder: está prevista en el Código Civil Federal como un documento de carácter privado, firmado por el otorgante en presencia de 2 testigos,

mediante el cual autoriza a otra persona para que en su representación realice determinados actos jurídicos. 3. Prescripción médica: es el documento legal por medio del cual los médicos legalmente capacitados prescriben la medicación al paciente para su dispensación por parte del farmacéutico. 4. Contrato determinado de trabajo: El contrato de trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma voluntaria, por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, que se compromete al pago de una retribución. 5. Cotización de servicios: Aquel documento o información que el departamento de compras usa en una negociación. Es un documento informativo que no genera registro contable.

6. Recibos de Pagos de algún servicio privado: Un recibo es una Constancia (documento) que sirve para comprobar que se ha cumplido con el pago o solución de una obligación o prestación de un servicio o producto. Los documentos privados pueden llegar a ser documentos públicos cuando se presenten ante un notario público, y ¿Cuáles son estos documentos privados? entre estos ejemplos encontramos el contrato de trabajo, el contrato de prestación de servicios, el contrato de arrendamiento, entre otros.