Buenas Practicas Laborales DIAPOSITIVAS[1]

ESCUELA PROFESIONAL DE: DERECHO FILIAL AYACUCHO CICLO V • Llamado también derecho del trabajo o Derecho social, siend

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ESCUELA PROFESIONAL DE: DERECHO FILIAL AYACUCHO

CICLO V

• Llamado también derecho del trabajo o Derecho social, siendo principios y normas jurídicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. • Es la actividad realizada por un ser humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia, en una actividad cuyos frutos son atribuidos directamente a un tercero.

• El trabajo asalariado genera relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el empleado).

• La legislación laboral es sumamente importante y siempre se recomienda a los trabajadores conocerla a modo de poder reclamar lo que les corresponde pero también para saber cuáles son sus obligaciones frente a quien los emplea. • La legislación laboral diferencia dos instancias: el derecho individual representa a todo aquello que tenga que ver con los derechos particulares del empleado o trabajador, por ejemplo, la cantidad de horas, el sueldo mínimo, las posibles licencias, etc el derecho colectivo tiene que ver con la figura del sindicato. El sindicato es una organización social que surge para defender los derechos de los trabajadores de una rama o área laboral específica y hoy en día es considerado un derecho de los trabajadores agruparse dentro de uno de estos sindicatos a fin de ver cumplidos sus derechos. • Junto a la figura del sindicato también se establece en el derecho laboral colectivo la huelga o protesta

El contrato individual de trabajo es un convenio mediante el cual una persona física se compromete a prestar sus servicios a otra persona (física o jurídica), bajo el mando de esta a cambio de una remuneración. 1. Prestación personal de servicios. 2. Remuneración: Es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado. 3. Jornada de trabajo: La jornada es el número máximo de horas que un empleador puede exigir de un trabajador. 4. Vacaciones y feriados: Las vacaciones corresponden a una determinada cantidad de tiempo que el trabajador puede ausentarse de su trabajo, sin dejar de percibir su remuneración, por un acumulado de horas laboradas. 5. Seguridad laboral: Lo relacionado a la salud ocupacional es de interés público. La salud ocupacional tiene como objetivo la seguridad física y mental del trabajador, así como protegerlo contra riesgos.

• Los empleadores tienen las siguientes obligaciones:

Investigar los accidentes y enfermedades profesionales que ocurran y eliminar o controlar sus causas. Denunciar los accidentes y enfermedades ante la autoridad administrativa designada. • Las legislaciones disponen en general que el trabajador que sufra un accidente tiene derecho a:

Asistencia médica, farmacéutica y a rehabilitación. Prótesis y aparatos médicos.

Reeducación laboral. Prestaciones económicas tales como indemnización por incapacidad temporal, pensión de invalidez, pensiones de viudez y orfandad.

El tiempo diario, semanal, mensual y, en algunos casos, anual que debe destinar el trabajador a favor del empleador, en el marco de una relación laboral. En otras palabras, la jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador queda a disposición del empleador para brindar su prestación de servicio

LA DURACIÓN La jornada de trabajo es el número de horas laborales diaria o semanalmente. De acuerdo con la Constitución del Estado, su duración es de 8 horas diarias o 48 horas semanales como máximo, para varones y mujeres mayores de edad.

• Jornada máxima: Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-TR (en adelante, Ley de Jornada de Trabajo), establece que la jornada máxima de trabajo es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales. Al respecto, resulta necesario destacar que la jornada máxima tiene, finalmente, solo un límite semanal, pues nada impide que un trabajador labore más de ocho (8) diarias siempre que no supere el límite de cuarenta y ocho (48) horas semanales. • Jornada ordinaria: La doctrina nacional propone que la “(…) Jornada ordinaria es lo normal de trabajo, es decir, la que se establece con carácter general y permanente dentro de cada establecimiento, la que habitualmente cumple el trabajador por ley, pacto o costumbre. Por razones obvias, no puede en ningún caso exceder de la jornada máxima legal (…)”

• Jornada extraordinaria: es aquella “(…) que excede del límite de la jornada normal u ordinaria, exceso que es de duración temporal, relacionada con las actividades habituales de la producción a que se dedica el centro de trabajo y siempre que ese exceso o prolongación del servicio sea objeto de sobre remuneración se le conoce también con las denominaciones de trabajo suplementario, trabajo extra, horas extras, sobretiempo, etc.

La Responsabilidad Social Empresarial (RSE): Es la contribución al desarrollo humano sostenible, a través del compromiso y la confianza de la empresa hacia sus empleados y las familias de éstos, hacia la sociedad en general y hacia la comunidad local, en post de mejorar el capital social y la calidad de vida de toda la comunidad. El objetivo principal de la responsabilidad social empresarial es que el impacto positivo que causan estas prácticas en la sociedad se traduzca en una mayor competitividad y sostenibilidad para las empresas. Así, ser responsable socialmente generará automáticamente más productividad, puesto que una mejora en las condiciones para los trabajadores optimizará también su eficacia. La responsabilidad social empresarial se focaliza, en tres vertientes: cuidado al medio ambiente, a las condiciones laborales de sus trabajadores y apoyo a las causas humanitarias.

Las prácticas en RSE permiten que una organización logre resultados positivos a mediano y largo plazo debido a que fortalecen las inversiones de la empresa; contribuyen con empoderar y capacitar a su personal y mejoran su imagen institucional, lo cual podría generarle mayor valor económico (cotización en bolsa) así como una mejor relación con los clientes.

Principios Un principio fundamental de la Declaración de Filadelfia de la OIT de 1944 es que el trabajo no es una mercancía. Esto quiere decir que los trabajadores no deberían ser tratados como un factor de producción, ni estar sujetos a las mismas fuerzas del mercado que se aplican a las mercancías. La vulnerabilidad inherente de los trabajadores y la necesidad de proteger sus derechos básicos se refleja en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los principios involucrados incluyen el derecho de las personas a ganarse la vida con un trabajo escogido libremente, y el derecho a condiciones laborales justas y favorables. Consideraciones

Los derechos humanos que la OIT reconoce como derechos fundamentales en el trabajo incluyen: el derecho de todos los trabajadores y empleadores a crear o agruparse en organizaciones propias para defender sus intereses. El derecho de los trabajadores de negociar en forma colectiva con sus empleadores. El derecho a no ser discriminado por su trabajo u ocupación, así como la prohibición del trabajo infantil y el trabajo forzado.

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