Anexo 3 Guia Actividad 3

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

Versión: 001 14 de Julio de 2017

1. INFORMACIÓN GENERAL PRESENTACION: Este formato permite evidenciar los comportamientos, hábitos y actitudes que se deben tener en cuenta, respecto de los valores, derechos, obligaciones en las vías públicas, para conductores. Centro de Formación:

CENTRO INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO INTEGRAL - CIMI

Programa de Formación:

TECNICO EN SEGURIDAD VIAL CONTROL TRANSITO Y TRANSPORTE

Ficha de Formación:

Datos del (los) responsable(s) de la verificación

Nombre : Identificación:

Complete las actividades de acuerdo con las instrucciones planteadas en la guía de actividades N° 3. ACTIVIDAD 3.3.1.1 “Poder Público en Colombia”. ESTRUCTURAS DEL ESTADO PODER

FUNCIÓN

EJECUTIVO

es el responsable de la gestión diaria del Estado, concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nación en sus relaciones diplomáticas

QUIENES LO CONFORMAN

MAPA CONCEPTUAL

Conformado por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias. A nivel departamental está conformada por las gobernaciones y las secretarías de gabinete; y a nivel Municipal o Distrital por los alcaldes y sus secretarios de gabinete.

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito LAGISLATIVO

JUDICIAL

Radica en la facultad de desarrollar y modificar las leyes. De este modo, una institución (que, en un régimen democrático, es el Parlamento o Congreso) se encarga de la regulación de los derechos y de las responsabilidades de los ciudadanos, de acuerdo a lo establecido por la Constitución. La Rama judicial es la encargada de administrar la justicia en el Estado colombiano. Está compuesta por distintos órganos articulados del poder público destinado a dirimir conflictos conforme al Derecho colombiano

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Conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la República y la Cámara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y los Concejos municipales. El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional. La componen organismos como la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones Especiales y la Fiscalía General de la Nación, un organismo adscrito.

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito ORGANISMOS DE CONTROL

ORGANIZACIÓN ELECTORAL

Una función públic a que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación". El Consejo Nacional Electoral tendrá a su cargo la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral y en el ejercicio de estas atribuciones cumplirá las funciones que le asignen las Leyes y expedirá las medidas necesarias para el debido cumplimiento de éstas y de los Decretos que las reglamenten.

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se considera que los organismos de control son el Ministerio Publico, cuyo nombre más familiar es el de Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del pueblo que está adscrita a esta y la contraloría El órgano electoral colombiano es una estructura que se compone de dos partes: a) La Registraduría Nacional del Estado Civil y b) El Consejo Nacional Electoral.

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito ORGANOS AUTNOMOS

Los Organismos Autónomos y las entidades públicas empresariales forman parte de lo que se denomina Administración instrumental, integrada por una importante variedad de entes dotados de personalidad jurídica y de cierta independencia del ente matriz para el desempeño de funciones o servicios encomendados a éste.

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Banco de la republica Comisión nacional del servicio civil Comisión nacional de televisión

ACTIVIDAD 3.3.1.2 B “Tipos de normas y definiciones” TIPO DE NORMA CONVENIO INTERNACIONAL

TRATADO INTERNACIONAL

CONCEPTO

Los Convenios Internacionales son instrumentos de carácter normativo, en donde existe una concordancia de voluntades entre dos o más sujetos de Derecho Internacional, destinados a producir efectos jurídicos y con el fin de crear derechos y obligaciones entre las Partes. Tratado internacional es un término que designa los acuerdos jurídicos entre diferentes Estados o entre un Estado y un organismo internacional. ... Aquellos tratados que se establecen por escrito son

ENTIDADES QUE LAS EMITEN

Relaciones exteriores Cancillería

Estado colombiano Ministerio de relaciones exteriores Cancillería

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CONSTITUCIÓN

RESOLUCIÓN

ORDENANZA

CIRCULAR

DECRETO

controlados por la Convención de Viena es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad política ... Una resolución es una moción escrita por una Asamblea. La sustancia de la resolución puede ser nada que normalmente pueda ser propuesto como una moción. Ordenanza es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley. El término proviene de la palabra "orden", por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento Es una disposición de rango inferior dentro de la jerarquía normativa, por debajo de la Ley, el Decreto y la Orden ministerial, que regula, generalmente, aspectos organizativos o internos de una materia.

Es un acto administrativo el cual es expedido en la mayoría de ocasiones para situaciones de urgente necesidad es por el poder ejecutivo y, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su

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La figura de Poder Constituyente debe distinguirse de la de poderes constituidos. El primero es el que elabora el texto constitucional y los segundos son los que surgen de la Constitución

esta puede ser creada por un tribunal, jefe de un servicio y hasta por la misma O

sede administrativa

Las instrucciones son órdenes precisas que los superiores dan a las autoridades inferiores para que actúen en sus términos. La instrucción frecuentemente se refiere a un asunto o grupos de asuntos parcialmente considerados, en tanto que la circular es de carácter más general.

presidente

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rango es jerárquicamente inferior a las leyes. Los acuerdos pueden desarrollarse en cualquier ámbito. Dos países pueden llegar a acuerdos a través de sus respectivos gobiernos, ya sea en materia económica, social u otra.

ACUERDO

LEY

es una norma jurídica la cual es expedida o dictada por el legislador,

JURISPRUDENCIA

es el conjunto de derechos magnos y constitucionales de la carta magna de los tribunales sobre una materia determinada, de las cuales se puede extraer la interpretación dada por los jueces a una situación concreta

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una junta, asamblea o tribunal

El Poder Legislativo

Es creada por los órganos del Estado (los Tribunales), que forman parte del Poder Judicial de la Federación que es encabezado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien también actúa como Máximo Tribunal de la Nación

ACTIVIDAD 3.3.2.2 “Derechos”

DERECHOS CONSTITUCIONALES ARTICULO 11

13

RESUMEN CONCEPTUAL

RELACIÓN CON LA SEGURIDAD VIAL

El derecho a la vida es inviolable. no habrá pena de muerte

respetar los interruptores viales, conductor, peatón evitando accidentes

todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma

sin importar sus políticas, sexo o raza deben cumplir con los requisitos implementados en el área de seguridad vial dando cumplimiento a cnt

protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o Familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

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todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su Buen nombre, y el estado debe respetarlos y hacerlos respetar. de igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre Ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

tienen derecho a tener licencia de conducción, tarjeta de propiedad de un vehículo

en la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás Garantías consagradas en la constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las Formalidades que establezca la ley. para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás Documentos privados, en los términos que señale la ley.

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todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad

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derecho personalizar su vehículo cumpliendo las normal y regulaciones vigentes

Sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. 20

se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su

todos los usuarios son iguales y merecen respeto e igual trato

pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de Fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. se garantiza el derecho a la Rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura. 21

Se garantiza el derecho a la honra. la ley señalará la forma de su

respetando las leyes, sus vehículos y sus derechos establecidos

Protección. 22

La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

cumpliendo la norma se genera conciencia y paz

23

toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las

tiene derechos a reclamar una sanción y apelar si no es coherente o si no la ha cometido

Autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. el legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar

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Los derechos fundamentales. 24

todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho

derecho a transitar por el territorio colombiano excepto las vías restringidas

a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y Residenciarse en Colombia. 25

el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus

derecho a trabajar en el área de transporte cumpliendo con los parámetros establecidos

Modalidades, de la especial protección del estado. toda persona tiene derecho a un Trabajo en condiciones dignas y justas. 27

el estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación

reconocimiento de los centros de enseñanza automovilística

Y cátedra. 28

Toda persona es libre. nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de

todas personas que infrinja o haga dado materia o físico por medio de un accidente no sea arrestado al menos que el juez le ponga esta disposición

mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y Por motivo previamente definido en la ley.

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la persona detenida preventivamente será puesta a disposición del juez competente dentro de las treinta y seis horas siguientes, para que éste adopte la decisión Correspondiente en el término que establezca la ley. en ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad Imprescriptibles. 31

toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las Excepciones que consagre la ley.

derecho a apelar la decisión de un juez buscando aclarar los hechos del accidente

el superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante Único. 38

se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las Distintas actividades que las personas realizan en sociedad.

41

en todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán Obligatorios el estudio de la constitución y la instrucción cívica. así mismo se

derecho a realizar campañas desfiles, caravanas con el previo consentimiento de las autoridades competente y su respaldo

se dictan y se dan a conocer las normas leyes resoluciones que estén relacionado al tránsito y transporte, seguridad vial

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fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la Participación ciudadana. El estado divulgará la constitución. Actividad 3.3.2.3 “deberes y obligaciones”

deberes y obligaciones articulo 95 numerales

resumen conceptual

relación con la seguridad vial

1

respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;

respetar a los conductores y peatones

2

obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones

antes una situación ya sea de accidente, prestar las atenciones, primeros auxilios ayuda y no ignorar la situación

humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas; 3

respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para

respetar las entidades de regulación vial sin importar el cargo desempeñado

mantener la independencia y la integridad nacionales; 4

defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;

no abusar de los derechos propios ejemplo, invadir senderos peatonales o/y ocasionar ruidos excesivos que dañen la tranquilidad

5

participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;

todos los conductores y peatones deben participar en las votaciones

6

propender al logro y mantenimiento de la paz;

promover campañas educativas y brindar una conciencia vil

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7

colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;

colaborar en todo caso de accidente presentando las pruebas obtenidas

8

proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un

realizar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes para cumplir con los parámetros establecidos

ambiente sano, 9

contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de

cumplir con los impuestos vehiculares

Conceptos de justicia y equidad.

ACTIVIDAD 3.3.2.4 “CNT deberes, derechos y obligaciones”.

DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES CNT CAPITULOS I

RESUMEN CONCEPTUAL

RELACIÓN CON LA SEGURIDAD VIAL

respetar de los derechos ajenos respetar los senderos peatonales y las y no abusar de los propios aceras

II

obrar conforme al principio de solarizad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que ponga en peligro de la vida o la salud de las personas

ante un accidente de tránsito, facilitar atención, llamar a la ambulancia y autoridades competentes llegado el caso

III ARTÍCULOS 62 Y 63

respetar y apoyar a las autoridad democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales

respetar a los agentes de tránsito, policía de tránsito y autoridades competentes no faltándole al respeto

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito IV ARTÍCULO 92

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defender y difundir los derechos tener precaución al conducir evitando humanos como fundamento de accidentes y dando paso a los peatones la convivencia pacifica y demás seres que transite por la vía

V

participar en la vida política, cívica y comunitaria del país

participación en la agencia de seguridad vial participando en las campañas y actividades

VI

proponer al logro y mantenimiento de la paz

conducir de una manera prudente y consiente sin generar caos vehicular

VII

colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia

colaborar si se ha visto de algún suceso legal visto, como accidente, homicidio e.c.t

proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano

proteger las señales de tránsito,

contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad

cumplir con los impuestos y los peajes establecidos por las autoridades competentes

Actividad 3.3.3

NOMBRE:

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CAPACIDADES FISICAS Coordinativas y condicionales R

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Versión: 001 14 de Julio de 2017

EQUILIBRIO REACCION RESISTENCIA RITMO APRENDIZAJE ADAPTACION ANTICIPACION DIFERENCIACION FLEXIBILIDAD REGULACION FUERZA AGILIDAD VELOCIDAD ORIENTACION

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 1. Contextualización de la movilidad y la seguridad vial

Versión: 001

CAPACIDADES CONDICIONALES: Son cualidades energético-funcionales del rendimiento, que se desarrollan como resultado de la acción motriz consciente del alumno y que al mismo tiempo constituyen condiciones de esas acciones motrices y de otras a desarrollar.

VELOCIDAD: Relación que se establece entre el espacio o la distancia que recorre un objeto y el tiempo que invierte en ello

FUERZA: Aplicación de esta capacidad física sobre algo.

FLEXIBILIDAD: Capacidad para adaptarse con facilidad a las diversas circunstancias o para acomodar las normas a las distintas situaciones o necesidades

RESISTENCIA: La resistencia física es una de las cuatro capacidades físicas básicas, particularmente aquella que nos permite llevar a cabo una actividad o esfuerzo durante el mayor tiempo posible.

CAPACIDADES COORDINATIVAS: La orientación, el equilibrio, el ritmo, la adaptación, el acoplamiento o sincronización, la reacción y la diferenciación forman parte de este tipo discapacidades físicas.

EQUILIBRIO: Estado de inmovilidad de un cuerpo sometido a dos o más fuerzas de la misma intensidad que actúan en sentido opuesto, por lo que se contrarrestan o anulan.

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

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REACCION: Acción que resiste o se opone a otra acción, actuando en sentido contrario a ella.

RITMO: Forma de sucederse y alternar una serie de cosas (movimientos, palpitaciones, acontecimientos, etc.) que se repiten periódicamente en un determinado intervalo de tiempo.

APRENDIZAJE: Adquisición del conocimiento de algo por medio del estudio, el ejercicio o la experiencia, en especial de los conocimientos necesarios para aprender algún arte u oficio.

ADAPTACION: Conjunto de cambios que se realizan en una obra literaria, musical, etc., para destinarla a un medio distinto de aquél para el que fue creada

ANTICIPACION: Acción de anticipar en el tiempo la ejecución de una cosa o anticiparse una cosa.

DIFERENCIACION: Circunstancia de ser diferentes dos cosas o de haber diferencia entre ellas.

REGULACION: acción y efecto de regular (ajustar o poner en orden algo, reglar el funcionamiento de un sistema, determinar normas). El término suele utilizarse como sinónimo de normativa.

AGILIDAD: como la habilidad de cambiar la posición del cuerpo de manera eficaz

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

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ORIENTACION: Acción de orientar o colocar una cosa con respecto a un punto fijo.

ACTIVIDAD 3.4.1 “Descripción Infracciones” CODIGO INFRACCIÓN

A QUE SE REFIERE

A-01 No transitar por la derecha de la vía

A-05

No respetar las señales de tránsito.

B-01 Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción.

GRÁFICO

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

B-07

No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado.

B-17 Abandonar un vehículo de servicio público con pasajeros.

C-01

Presentar licencia de conducción adulterada o ajena, lo cual dará lugar a la inmovilización del vehículo.

C-03

Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito.

C-06

No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004.

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

C-15

Conducir un vehículo, particular o de servicio público, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación.

C-21

No asegurar la carga para evitar que se caigan en la vía las cosas transportadas. Además, se inmovilizará el vehículo hasta tanto se remedie la situación.

C-30

No atender una señal de ceda el paso.

C-33 Poner un vehículo en marcha sin las precauciones para evitar choques

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

D-01

Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente. Además, el vehículo será inmovilizado en el lugar de los hechos, hasta que éste sea retirado por una persona autorizada por el infractor con licencia de conducción.

D-12

Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez cuarenta días.

H-02

El conductor que no porte la licencia de tránsito, además el vehículo será inmovilizado.

H-09

El pasajero que profiera expresiones injuriosas o groseras, promueva riñas o cause cualquier molestia a los demás pasajeros, además la orden de abandonar el vehículo, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

J-04

Será sancionado con multa equivalente a cien (100) salarios mínimos legales diarios vigentes el propietario de expendio que provea de combustible a un vehículo automotor de servicio público con el motor encendido y pasajeros a bordo.

400

No informar a la autoridad de transporte competente los cambios de sede o de domicilio principal.

411

Modificar el nivel de servicio autorizado.

421

No implementar el plan de rodamiento del parque automotor de la empresa o no reportarlo semestralmente o cuando sea modificado antes de este plazo.

425 Alterar la tarifa.

433

No hacer el aporte correspondiente al Fondo de Reposición.

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

437

No portar los documentos que soportan la operación de los equipos.

441

Permitir la operación de los vehículos vinculados, sin portar los distintivos de la misma o los señalados por las disposiciones legales vigentes según la modalidad de servicio.

460 Cobrar valor alguno por la expedición de la Tarjeta de Control.

465 Prestar el servicio de transporte en un radio de acción diferente al autorizado, sin portar la Planilla de Viaje Ocasional. 480

Permitir la prestación del servicio en vehículos sin las necesarias condiciones de seguridad.

Versión: 001 14 de Julio de 2017

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500

No hacer el aporte correspondiente al fondo de reposición.

593

Cuando se detecte que el vehículo es utilizado para el transporte irregular de narcóticos o de sus componentes, caso en el cual deberá ponerse a disposición de la Autoridad Judicial Competente en forma inmediata, quien decidirá sobre su devolución. La inmovilización se cumplirá en el sitio que determine la Autoridad Judicial Competente.

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito

Versión: 001 14 de Julio de 2017

ACTIVIDAD 3.4.2 “Reconocimiento Señales de Tránsito”. CODIGO SEÑAL DE TRÁNSITO SP-10

DESCRIPCIÓN

CURVA Y CONTRA CURVA PRONUNCIADA PRIMERA A LA DERECHA

SP-19

INTERSECCION ESCALONADA PRIMERA A LA DERECHA

SP-20

GLORIETA

SP-63

TRANSICION DE 2 A 3 CARRILES ( 1 A 2 POR LA IZQ)

SR-01

PARE

DIBUJO

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito SR-02

SEDA EL PASO

SR-16

CIRCULACION PROHIBIDA DE VEHICULOS AUTOMOTORES

SR-40

PARADERO

SI-01

RUTA NACIONAL

SI-05

INFORMACION PREVENTIVA

SI-12

MONUMENTO NACIONAL

Versión: 001 14 de Julio de 2017

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Anexo 3. Interpretación de las normas de tránsito SI-40

Versión: 001 14 de Julio de 2017

CRUCE PEATONAL

CIUDAD Y FECHA: 7 de diciembre de 2015 ELIGIO MONTECNIO DIEGO MONTAÑEZ STEVEN VIVAS

REGULO CASTRO BARON MARTHA ISABEL BUSTOS

CONTROL DEL DOCUMENTO (ELABORADA POR)